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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Jueves 2 de marzo de 2000
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
DECRETO por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología
Nucleares en América Latina y el Caribe, adoptado en Viena, el veinticinco de septiembre de mil novecientos
noventa y ocho.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el ACUERDO DE COOPERACION PARA LA PROMOCION DE LA CIENCIA Y
LA TECNOLOGIA NUCLEARES EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE , adoptado en Viena, el veinticinco de
septiembre de mil novecientos noventa y ocho.
México, D.F., a 2 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Porfirio Camarena Castro, Secretario.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
DECRETO por el que se aprueba el Convenio sobre Cooperación Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los
Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Polonia, firmado en la Ciudad de México, el treinta de
noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA ENTRE
EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE POLONIA, firmado
en la ciudad de México, treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
México, D.F., a 7 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Laura Pavón Jaramillo, Secretaria.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
Jueves 2 de marzo de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
DECRETO por el que se aprueba el Convenio Básico de Cooperación Científica y Tecnológica entre el Gobierno de
los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Helénica, firmado en la ciudad de Atenas, el catorce de
junio de mil novecientos noventa y nueve.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA HELENICA ,
firmado en la ciudad de Atenas, el catorce de junio de mil novecientos noventa y nueve.
México, D.F., a 7 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Laura Pavón Jaramillo, Secretaria.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
DECRETO por el que se aprueba el Convenio sobre Transportes Aéreos entre el Gobierno de los Estados Unidos
Mexicanos y el Gobierno del Reino de Bélgica, firmado en la Ciudad de México, el veintiséis de abril de mil
novecientos noventa y nueve.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO SOBRE TRANSPORTES AEREOS ENTRE EL GOBIERNO DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DEL REINO DE BELGICA , firmado en la Ciudad de México,
el veintiséis de abril de mil novecientos noventa y nueve.
México, D.F., a 23 de noviembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Jueves 2 de marzo de 2000
DECRETO por el que se aprueba el Convenio de Cooperación en las Areas de la Educación, la Cultura y el Deporte
entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Bolivia, firmado en la Ciudad
de México, el once de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO DE COOPERACION EN LAS AREAS DE LA EDUCACION, LA
CULTURA Y EL DEPORTE ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA DE BOLIVIA, firmado en la Ciudad de México, el once de diciembre de mil novecientos noventa y
ocho.
México, D.F., a 23 de noviembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
DECRETO por el que se aprueba el Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de los
Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de San Kitts y Nevis, firmado en la ciudad de Santo Domingo, República
Dominicana, el diecisiete de abril de mil novecientos noventa y nueve.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE
EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE SAN KITTS Y NEVIS , firmado en la
ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el diecisiete de abril de mil novecientos noventa y nueve.
México, D.F., a 23 de noviembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
Jueves 2 de marzo de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
DECRETO por el que se aprueba el Convenio relativo a la Organización Hidrográfica Internacional, adoptado en
Mónaco, el tres de mayo de mil novecientos sesenta y siete.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO RELATIVO A LA ORGANIZACION HIDROGRAFICA
INTERNACIONAL, adoptado en Mónaco, el tres de mayo de mil novecientos sesenta y siete.
México, D.F., a 13 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
DECRETO por el que se aprueba el Convenio Básico de Cooperación para el Desarrollo entre el Gobierno de los
Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, el doce de
abril de mil novecientos noventa y nueve.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO BASICO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO ENTRE
EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CUBA, firmado en
la ciudad de La Habana, el doce de abril de mil novecientos noventa y nueve.
México, D.F., a 9 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero
de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco
Altamirano.- Rúbrica.
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Jueves 2 de marzo de 2000
ACUERDO mediante el cual se autoriza la fijación de estrados en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría de Relaciones Exteriores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.
ROSARIO GREEN MACIAS, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 12, 20 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal del
Procedimiento Administrativo; 1, 6 y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
demás disposiciones aplicables, y
CONSIDERANDO
Que es atribución de la Secretaría de Relaciones Exteriores dar trámite y resolución de los asuntos que
expresamente le encomiendan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Ley Federal del Procedimiento
Administrativo, la Ley sobre la Celebración de Tratados y otras leyes, así como los reglamentos, decretos,
circulares, acuerdos y órdenes relativos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Que con motivo de los procedimientos administrativos que se llevan a cabo por la Dirección General de
Asuntos Jurídicos de esta Secretaría es necesaria la instrumentación de estrados, espacio que será
destinado para la publicación de decretos, circulares, acuerdos, resoluciones y demás trámites en los que
intervenga esta dependencia del Ejecutivo Federal y que así lo requieran, ya se trate de manera unilateral o
por mandato judicial.
Que corresponde a esta Secretaría promover, coordinar, vigilar y controlar las actividades y servicios
otorgados por ésta, así como coadyuvar con las diversas dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal, gobiernos estatales y municipales, organismos auxiliares y particulares, en la debida
observancia de sus diversas leyes, que garanticen el cumplimiento de las normas, por lo que he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO
UNICO.- Se autoriza la fijación de estrados en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
de Relaciones Exteriores que se encuentra ubicada en avenida Ricardo Flores Magón número 1, Anexo II,
planta alta, colonia Tlatelolco, en México, Distrito Federal.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los ocho días del mes de febrero de dos mil.- La
Secretaria de Relaciones Exteriores, Rosario Green.- Rúbrica.
OFICIO mediante el cual se informa el nombramiento de la señora Leigh A. Rieder, Vicecónsul de los Estados
Unidos de América en Ciudad Juárez, con circunscripción consular en el Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.- México.- Dirección General del Protocolo.- PRO 01566.
Asunto: EUA.- Nombramiento de la señora Leigh A. Rieder, Vicecónsul.
Se informa el nombramiento de la señora Leigh A. Rieder, como Vicecónsul de los Estados Unidos de
América en Ciudad Juárez con circunscripción consular en el Estado de Chihuahua.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Tlatelolco, D.F., a 27 de enero de 2000.- P.O. de la Secretaria, el Director General, Francisco del Río.Rúbrica.
OFICIO mediante el cual se informa el fallecimiento del señor José Canales, Cónsul Honorario en Monterrey,
habiendo tenido circunscripción consular en los estados de Coahuila y Nuevo León.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.- México.- Dirección General del Protocolo.- PRO 01873.
Asunto: SUIZA.- Baja por fallecimiento del señor José Canales, Cónsul Honorario en Monterrey, N.L.
Se informa el fallecimiento del señor José Canales, quien fungiera como Cónsul Honorario de Suiza en
Monterrey, habiendo tenido circunscripción consular en los estados de Coahuila y Nuevo León.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Jueves 2 de marzo de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
Tlatelolco, D.F., a 7 de febrero de 2000.- P.O. de la Secretaria, el Director General, Francisco del Río.Rúbrica.