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(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de marzo de 2000 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DECRETO por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe, adoptado en Viena, el veinticinco de septiembre de mil novecientos noventa y ocho. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el ACUERDO DE COOPERACION PARA LA PROMOCION DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA NUCLEARES EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE , adoptado en Viena, el veinticinco de septiembre de mil novecientos noventa y ocho. México, D.F., a 2 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Porfirio Camarena Castro, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Convenio sobre Cooperación Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Polonia, firmado en la Ciudad de México, el treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE POLONIA, firmado en la ciudad de México, treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. México, D.F., a 7 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Laura Pavón Jaramillo, Secretaria.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. Jueves 2 de marzo de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) DECRETO por el que se aprueba el Convenio Básico de Cooperación Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Helénica, firmado en la ciudad de Atenas, el catorce de junio de mil novecientos noventa y nueve. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA HELENICA , firmado en la ciudad de Atenas, el catorce de junio de mil novecientos noventa y nueve. México, D.F., a 7 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Laura Pavón Jaramillo, Secretaria.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Convenio sobre Transportes Aéreos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Bélgica, firmado en la Ciudad de México, el veintiséis de abril de mil novecientos noventa y nueve. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO SOBRE TRANSPORTES AEREOS ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DEL REINO DE BELGICA , firmado en la Ciudad de México, el veintiséis de abril de mil novecientos noventa y nueve. México, D.F., a 23 de noviembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de marzo de 2000 DECRETO por el que se aprueba el Convenio de Cooperación en las Areas de la Educación, la Cultura y el Deporte entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Bolivia, firmado en la Ciudad de México, el once de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO DE COOPERACION EN LAS AREAS DE LA EDUCACION, LA CULTURA Y EL DEPORTE ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA, firmado en la Ciudad de México, el once de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. México, D.F., a 23 de noviembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de San Kitts y Nevis, firmado en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el diecisiete de abril de mil novecientos noventa y nueve. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE SAN KITTS Y NEVIS , firmado en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el diecisiete de abril de mil novecientos noventa y nueve. México, D.F., a 23 de noviembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. Jueves 2 de marzo de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) DECRETO por el que se aprueba el Convenio relativo a la Organización Hidrográfica Internacional, adoptado en Mónaco, el tres de mayo de mil novecientos sesenta y siete. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO RELATIVO A LA ORGANIZACION HIDROGRAFICA INTERNACIONAL, adoptado en Mónaco, el tres de mayo de mil novecientos sesenta y siete. México, D.F., a 13 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. DECRETO por el que se aprueba el Convenio Básico de Cooperación para el Desarrollo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, el doce de abril de mil novecientos noventa y nueve. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- Se aprueba el CONVENIO BASICO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CUBA, firmado en la ciudad de La Habana, el doce de abril de mil novecientos noventa y nueve. México, D.F., a 9 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.Sen. Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de marzo de 2000 ACUERDO mediante el cual se autoriza la fijación de estrados en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. ROSARIO GREEN MACIAS, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 20 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; 1, 6 y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y demás disposiciones aplicables, y CONSIDERANDO Que es atribución de la Secretaría de Relaciones Exteriores dar trámite y resolución de los asuntos que expresamente le encomiendan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, la Ley sobre la Celebración de Tratados y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, circulares, acuerdos y órdenes relativos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Que con motivo de los procedimientos administrativos que se llevan a cabo por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría es necesaria la instrumentación de estrados, espacio que será destinado para la publicación de decretos, circulares, acuerdos, resoluciones y demás trámites en los que intervenga esta dependencia del Ejecutivo Federal y que así lo requieran, ya se trate de manera unilateral o por mandato judicial. Que corresponde a esta Secretaría promover, coordinar, vigilar y controlar las actividades y servicios otorgados por ésta, así como coadyuvar con las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos estatales y municipales, organismos auxiliares y particulares, en la debida observancia de sus diversas leyes, que garanticen el cumplimiento de las normas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO UNICO.- Se autoriza la fijación de estrados en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores que se encuentra ubicada en avenida Ricardo Flores Magón número 1, Anexo II, planta alta, colonia Tlatelolco, en México, Distrito Federal. TRANSITORIO UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los ocho días del mes de febrero de dos mil.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Rosario Green.- Rúbrica. OFICIO mediante el cual se informa el nombramiento de la señora Leigh A. Rieder, Vicecónsul de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, con circunscripción consular en el Estado de Chihuahua. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.- México.- Dirección General del Protocolo.- PRO 01566. Asunto: EUA.- Nombramiento de la señora Leigh A. Rieder, Vicecónsul. Se informa el nombramiento de la señora Leigh A. Rieder, como Vicecónsul de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez con circunscripción consular en el Estado de Chihuahua. Sufragio Efectivo. No Reelección. Tlatelolco, D.F., a 27 de enero de 2000.- P.O. de la Secretaria, el Director General, Francisco del Río.Rúbrica. OFICIO mediante el cual se informa el fallecimiento del señor José Canales, Cónsul Honorario en Monterrey, habiendo tenido circunscripción consular en los estados de Coahuila y Nuevo León. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.- México.- Dirección General del Protocolo.- PRO 01873. Asunto: SUIZA.- Baja por fallecimiento del señor José Canales, Cónsul Honorario en Monterrey, N.L. Se informa el fallecimiento del señor José Canales, quien fungiera como Cónsul Honorario de Suiza en Monterrey, habiendo tenido circunscripción consular en los estados de Coahuila y Nuevo León. Sufragio Efectivo. No Reelección. Jueves 2 de marzo de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Tlatelolco, D.F., a 7 de febrero de 2000.- P.O. de la Secretaria, el Director General, Francisco del Río.Rúbrica.