Download justificación - Prosperidad Social

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Código: F-GABS-EPPN-003
JUSTIFICACIÓN
Fecha aprobación: 05-12-2013
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO
|Fecha de diligenciamiento: 07 de abril de 2016
Proceso: Área de Gestión de Alianzas Público-Privadas.
Responsable del Proceso: Andrea León López
Correo
electrónico
Responsable
[email protected]
1.
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del
Proceso:
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD:
Mediante el Decreto 2559 de 2015 se establece que el Departamento para la
Prosperidad Social – Prosperidad Social, perteneciente al Sector Administrativo de
Inclusión Social y Reconciliación, tiene como objetivo formular, adoptar, dirigir,
coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para la inclusión
social y la reconciliación en términos de la superación de la pobreza y la pobreza
extrema, la atención de grupos vulnerables, la atención integral a la primera infancia,
infancia y adolescencia, el desarrollo territorial y la atención y reparación a víctimas
del conflicto armado a las que se refiere el artículo 3º de la Ley 1448 de 2011, el cual
desarrollará directamente o a través de sus entidades adscritas o vinculadas, en
coordinación con las demás entidades u organismos del Estado competentes.
Hacen parte del Sector Administrativo de la Inclusión Social y Reconciliación, como
entidades adscritas, la Unidad de Atención a Víctimas, el Centro de Memoria Histórica
y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF.
En razón de este mandato Prosperidad Social ha venido trabajando en pro de la
implementación de políticas sociales que permitan generar el mejoramiento de la
calidad de vida de la población más vulnerable, en particular sobre aquellos grupos
poblacionales donde se acentúa con mayor fuerza las consecuencias de la pobreza y
teniendo como base el CONPES No. 173 de 2014 establece los lineamientos para la
formulación, implementación y seguimiento de una estrategia para propiciar una
adecuada inserción de los adolescentes y jóvenes en el ámbito socioeconómico.
Es así como en el CONPES No. 173 de 2014 se busca: i) Promover el capital social y
la recuperación de la confianza como factores para la minimización de las condiciones
de vulnerabilidad; ii) impulsar la generación y ampliación de capacidades y
competencias de los adolescentes y jóvenes a través de la formación; iii) Mejorar la
transición de los jóvenes al mundo laboral en condiciones dignas y decentes; iv)
Incrementar el acceso a los programas de emprendimiento, innovación, I + D,
tecnología e investigación aplicada con fines productivos para los jóvenes urbanos y
rurales del país, y; v) Brindar oportunidades de Desarrollo Humano y productivo a los
jóvenes rurales que permitan el relevo generacional de esta población en el campo a
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través de alternativas de generación de ingresos.
Además del CONPES mencionado, se tiene como marco de referencia para
Prosperidad Social las bases para el Plan de Desarrollo 2014-2018, que se basa en
tres pilares:
1.
UN PAÍS SOLIDARIO, INCLUYENTE Y DE OPORTUNIDADES DE EDUCACIÓN
PARA TODOS, cuya prioridad está en los niños y su calidad de educación en busca de
trasformar la sociedad en un país de oportunidades; En este sentido se establece a
su vez como prioridad el plan de vivienda para todos y reformas en pro de un sistema
de salud con servicios de verdadera calidad y oportunidad encaminado de igual forma
a la inclusión social de las personas con alguna condición especial o discapacidad.
2.
UN PAÍS DE EMPRENDEDORES Y CON PLENO EMPLEO, para ello se llevará a la
industria a una nueva fase de expansión con reducción de costos y encadenamiento
productivo. Impulso en el sector de servicios y en especial al sector turismo, buscando
convertir a Colombia en la Meca del emprendimiento de América Latina. Para ello se
concentrarán los esfuerzos en apoyar a las pequeñas y medianas empresas y a
impulsar las buenas ideas.
3.
UN PAÍS SIN MIEDO, SIN GUERRA Y EN PAZ, busca la mejora de la seguridad
ciudadana, y robustecer la política de defensa nacional, mejorar el sector justicia y
combatir la corrupción. Se fortalecerá la capacidad de reacción del Estado frente a la
delincuencia común y al crimen organizado y se ejecutarán estrategias para
garantizar la eficacia de la Policía Nacional en la lucha contra el crimen.
El plan de desarrollo propone una estructura territorial que desarrolla a nivel regional
los pilares nacionales y las estrategias transversales de política que se implementaran
durante el cuatrienio. Esta construcción debe entenderse como una evolución del
enfoque territorial planteado en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en el cual
se enfatizó en reconocer las diferencias regionales como marco de referencia para la
formulación de políticas públicas y programas sectoriales. Dicha transición implica
incorporar no solo una visión territorial sino, especialmente, un marco para la
identificación y definición de cursos de acción concretos para cerrar las brechas de
desarrollo existentes entre las regiones, los departamentos –sus subregiones y
municipios-, y el centro del país. Su estructura exige, igualmente, un proceso de
construcción participativo, a partir del diálogo entre la institucionalidad nacional y
regional, convocando la participación de los actores sociales y políticos locales. Solo
así, los fundamentos de la paz pueden construirse con las regiones y desde las
regiones. De igual manera, así puede afianzarse la legitimidad social de las políticas
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públicas y las relaciones de confianza entre el Estado, sus distintos niveles de
gobierno y los ciudadanos.
Para el logro de los objetivos del plan, se plantean cinco estrategias transversales.
Ellas son: i) Infraestructura y competitividad estratégicas, ii) movilidad social, iii)
transformación del campo y crecimiento verde, iv) consolidación del Estado Social de
Derecho y finalmente v) buen gobierno. Estas cinco estrategias, unidas a una
estrategia envolvente de crecimiento verde, trazan los lineamientos de política que
nos permitirán avanzar hacia la construcción de un país en paz, equitativo y educado.
Cada estrategia transversal plantea objetivos específicos guiados hacia el alcance de
estos tres grandes pilares; paz, equidad y educación.
En el marco de la estrategia de “movilidad social” del Plan Nacional de Desarrollo, el
numeral tercero propone como uno de sus objetivos incrementar las oportunidades
de enganche laboral y calidad del empleo para jóvenes, mujeres y víctimas a través
de las siguientes acciones:
•
•
•
•
•
Desarrollar rutas de atención para jóvenes que promuevan su empleabilidad.
Generar incentivos para que las empresas faciliten el acceso de las mujeres al
mercado laboral, tales como la flexibilización de los horarios de trabajo, el
teletrabajo y la creación de guarderías en los lugares de trabajo.
Promover campañas y estrategias comunicativas que promuevan la conciliación
de la vida familiar y laboral.
Promover mejores y más igualitarias condiciones laborales para las mujeres a
través del fortalecimiento de la estrategia Equipares.
Fortalecer la ruta de empleo y autoempleo rural y urbano para la población
víctima del conflicto armado, definida en la Ley de Víctimas y Restitución de
Tierras, la cual tiene como fin reparar a la población, restituyendo sus
capacidades laborales con el fin de generar un auto sostenimiento en el
mediano y largo plazo.
En este sentido, la educación y el empleo de alta calidad son asuntos prioritarios en
los cuales las entidades que conforman el Gobierno Nacional deben concentrar sus
esfuerzos, afianzando de manera definitiva los avances obtenidos en el último
cuatrienio y preparando las condiciones para alcanzar el bienestar ciudadano 1.
Al interior de Prosperidad Social y como parte de la Dirección de Transferencias
Monetarias Condicionadas se encuentra el Grupo Interno de trabajo Jóvenes en Acción
1
Desde enero del 2013 se han creado cerca de 1,2 millones de empleos formales, lo que se ha traducido
en una disminución sustancial de la tasa de informalidad desde 2012, de 69,1 % a 65,6 % en noviembre
de 2014. Bases del Plan Nacional de Desarrollo, pág. 41.
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el cual tiene entre otras funciones “crear, ajustar y administrar todos los procesos y
actividades relacionadas con el programa Jóvenes en Acción e Ingreso para la
Prosperidad Social” y “Mejorar las oportunidades de los participantes en el mercado
laboral a través de la formación para el trabajo”.
En desarrollo de este mandato Prosperidad Social inició desde finales del año 2014 la
estructuración de una ruta de empleabilidad que permitirá complementar los
componentes de apoyo a la formación que ofrece a través de sus direcciones
misionales, en particular el programa Jóvenes en Acción.
El programa Jóvenes en Acción tiene como objetivo incentivar el mejoramiento de las
capacidades, competencias, habilidades y destrezas para el trabajo de la población
joven en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, a través de una transferencia
monetaria condicionada, que incentiva la formación de capital humano y el
incremento de la empleabilidad. Entre sus objetivos específicos se destacan los
siguientes:
•
•
•
•
•
•
Incentivar la demanda por educación de los jóvenes en condición de pobreza y
vulnerabilidad para acceder a la formación superior en los niveles técnico,
tecnológico y universitario en la modalidad de pregrado.
Contribuir a la formación de capacidades y competencias para el trabajo de los
jóvenes en condición de pobreza y vulnerabilidad, aumentando la
empleabilidad a través del desarrollo de competencias laborales.
Reducir el porcentaje de inactividad de los jóvenes en condición de pobreza y
vulnerabilidad.
Generar movilidad social en los jóvenes en condición de pobreza y
vulnerabilidad.
Brindar asesoría y acompañamiento a los jóvenes en acción en el desarrollo de
su plan de mejoramiento de habilidades para la vida.
Promover la articulación de oferta institucional pública y privada en función de
la demanda de educación de la población joven en acción en condición de
pobreza y vulnerabilidad que contribuya a la generación de capital humano.
El programa inició su implementación en el año 2013, y busca incentivar y fortalecer
la formación de capital humano de la población joven en condición de pobreza y
vulnerabilidad, mediante un modelo de transferencias monetarias condicionadasTMC, que permita el acceso y permanencia en la educación en programas técnicos,
tecnológicos ofertados por el SENA y programas de pregrado ofertados por
universidades públicas con las cuales se tiene convenio. Actualmente, el programa ha
ampliado su intervención a 98 municipios incluyendo de esta manera a los 32
departamentos del país. Con corte a febrero de 2016, 242.362 jóvenes se
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encontraban matriculados en instituciones de formación con las cuales Prosperidad
Social tiene convenio. 146.436 jóvenes en Centros de Formación del SENA y 93.926
jóvenes en Instituciones de Educación Superior Públicas (universidades).
Por su parte el artículo 22 del decreto 2559 de 2015 establece entre las funciones de
la Dirección de Inclusión Productiva “ Identificar, formular e implementar rutas para
la inclusión productiva de la población objeto del Sector Administrativo de Inclusión
Social y Reconciliación, en coordinación con la Subdirección General para la
Superación de la Pobreza” así como “Formular y desarrollar acciones conducentes a
incrementar el compromiso y alcance de la participación de los actores de las
instituciones públicas y privadas del nivel nacional y territorial en la promoción,
organización y cofinanciamiento de procesos de inclusión productiva y seguridad
alimentaria”.
La Dirección de Inclusión Productiva ha identificado en las instituciones privadas
oportunidades para la estructuración de proyectos que complementen el análisis de
la oferta y demanda laboral por regiones y sectores, incluido el apoyo en la
socialización y convocatoria de oportunidades de vinculación laboral.
Teniendo en cuenta que la formación de capital humano es el elemento central sobre
el cual se construye la movilidad social y una sociedad más equitativa, se ha
identificado la necesidad de completar este proceso con oportunidades de acceso
efectivo para la población vulnerable en entornos laborales acordes con la formación
recibida. Así se contribuye a que la población beneficiaria del programa se apropie de
su desarrollo, aumente su fuente de ingresos y participe de manera adecuada en
dinámicas productivas de su entorno.
La participación del sector privado en este proceso es estratégica. Por un lado,
permite conocer la demanda laboral que actualmente requieren sectores clave de la
economía nacional y por el otro contribuye a ajustar las necesidades de formación
que actualmente se ofertan a la población en Colombia para facilitar su inserción al
mercado laboral.
Considerando que el artículo 4º del Decreto 2559 de 2015 establece como una de las
funciones del Departamento para la Prosperidad Social la de Gestionar y generar
alianzas con el sector privado, organismos de carácter internacional y otros gobiernos
que faciliten e impulsen el logro de los objetivos del Sector, en coordinación con las
demás entidades estatales competentes.
consagra como función de la Subdirección General para la Superación de la, entre
otras, “11.Coordinar con las entidades del Sector Administrativo de Inclusión Social y
Reconciliación las alianzas con el sector privado, organismos internacionales y
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organizaciones sociales que permitan la identificación y canalización de recursos para
el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos del Sector
Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.”
Teniendo en cuenta lo anterior, y con el ánimo de reforzar la corresponsabilidad
pretendida de los diferentes sectores de la sociedad, Prosperidad Social propone al
sector privado participar de una serie de acciones tendientes a la identificación y
perfilamiento laboral de jóvenes que han culminado su proceso lectivo en los distintos
tipos de formaciones apoyadas por Prosperidad Social y que buscan actualmente una
oportunidad laboral.
El Grupo interno de trabajo de Inversión Social Privada de Prosperidad Social en
articulación con la Dirección de Transferencias Monetarias Condicionadas y la
Dirección de Inclusión Productiva realiza acercamientos con empresas y fundaciones
a lo largo del territorio nacional para socializar la estrategia y consolidar un grupo
base de aliados para ponerla en marcha su modelo. Como resultado de la gestión a
varias instituciones privadas, cajas de compensación familiar y gremios han iniciado
la fase de alistamiento para trabajar articuladamente con Prosperidad Social.
La iniciativa que se propone cuenta con la participación de la Asociación Colombiana
de Contact Center y BPO – ACDECC, agremiación que busca posicionar la industria de
Contact Center y BPO fomentando el desarrollo de la industria y promoviendo,
representando y protegiendo los intereses de los más de 50 asociados que la
conforman, permitiéndole ser reconocida como la Asociación del Año en América
Latina en 2015.
2.- DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:
Establecer a través de un Memorando de Entendimiento una Alianza por lo Social
entre Prosperidad Social y ACDECC quienes en conjunto con se denominarán Las
Partes, las cuales han convenido constituir el presente Memorando con el fin de
facilitar la implementación de una estrategia conjunta de empleabilidad, bajo los
principios de coordinación, concurrencia, complementariedad de la oferta y el manejo
eficiente de los recursos e iniciativas.
2.1- OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Realizar las acciones que promuevan al mejoramiento de las condiciones de vida de
la población vulnerable a través de la articulación del componente de empleabilidad
de Prosperidad Social con las iniciativas de ubicación laboral que desarrollen las
partes.
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Fortalecer y mejorar las posibilidades de ingreso al mercado laboral formal de los
beneficiarios de la alianza a través de empleabilidad formal.
2.3.-IDENTIFICACIÓN DEL ACUERDO A CELEBRAR
Memorando de Entendimiento.
3.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
El Artículo 209 de la Constitución Política Colombiana establece: “La función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado
cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes,
tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”
A su vez, el artículo 4 del Decreto 2559 de 2015 establece como funciones del
Departamento para la Prosperidad Social: “13. Gestionar y generar alianzas con el
sector privado, organismos de carácter internacional y otros gobiernos que faciliten e
impulsen el logro de los objetivos del Sector, en coordinación con las demás entidades
estatales competentes.”
Adicionalmente, el artículo 17 del Decreto 2559 de 2015 consagra como función de la
Subdirección General para la Superación de la, entre otras, “11.Coordinar con las
entidades del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación las alianzas
con el sector privado, organismos internacionales y organizaciones sociales que
permitan la identificación y canalización de recursos para el cumplimiento de las
políticas, planes, programas y proyectos del Sector Administrativo de Inclusión Social
y Reconciliación.”
En virtud de la normas constitucionales y legales previamente mencionadas, resulta
importante agregar que el Gobierno Nacional fijó mediante el Documento CONPES
3616 del 28 de septiembre de 2009, los “Lineamientos de la Política de Generación
de Ingresos para la Población en Situación de Pobreza Extrema y/o Desplazamiento”.
Este documento contiene un plan de acción con estrategias y acciones para cada uno
de los ejes problemáticos identificados en la política pública.
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El Eje problemático 4 denominado “Debilidades en el marco institucional actual”
señala como acciones prioritarias entre otras: “Definir una estrategia (modelo de
intervención) para la articulación público-privada, teniendo en cuenta los sectores
prioritarios para el gobierno y las cadenas de valor existentes en las empresas.”;
“Articular las iniciativas de alianzas público-privadas de orden gubernamental,
particularmente aquellas orientadas hacia temas de generación de ingresos de
población PPED.” y finalmente “Identificar a nivel territorial y nacional las empresas
que tengan iniciativas para trabajar en lo referente a generación de ingresos
(capacitación, asistencia técnica, acceso a activos físicos y financieros).”
4.- EN DESARROLLO DEL OBJETO DEL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO,
LOS ALIADOS PROPENDERÁN POR:
1. Identificar iniciativas, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto
del Memorando.
2. Facilitar a Prosperidad Social la información sobre perfiles, actividades laborales
y vacantes disponibles para los procesos de selección que realice el aliado.
3. Propender por la realización de acompañamiento y brindar soporte técnico
cuando sea requerido para cumplir con los objetivos del Memorando de
Entendimiento.
4. Designar un enlace de cada organización quien propenderá por la debida
ejecución de los acuerdos que se realicen en el marco de la Alianza.
5.- EN DESARROLLO DEL OBJETO DEL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO, EL
DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL PROPENDERÁ POR:
1. Identificar iniciativas, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto
del Memorando.
2. Propender por la focalización, identificación y selección de población beneficiaria
en los municipios priorizados por la Alianza.
3. Brindar la información, asesoría y orientación que se requiera para cumplir con
los objetivos del Memorando de Entendimiento.
4. Designar un enlace de DPS quien propenderá por la debida ejecución de los
acuerdos que se realicen en el marco de la alianza.
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6.- SEGUIMIENTO DE LA ALIANZA:
Los delegados del aliado y el DPS se reunirán trimestralmente para realizar
seguimiento a la Alianza por lo Social. En este espacio de articulación las partes se
encargarán de dinamizar a través de planes operativos las iniciativas, programas y
proyectos priorizados, de conformidad con los objetivos de la Alianza.
7.- VALOR:
El Memorando de Entendimiento no genera ningún precio, ni tiene ningún valor a
cargo de las partes contratantes y en consecuencia no requiere disponibilidad
presupuestal ni genera incorporación de recursos al presupuesto de Prosperidad
Social.
Para todos los efectos legales y fiscales, las Partes dejan constancia de que el
Memorando de Entendimiento no tiene valor alguno para ninguna de ellas.
8.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL:
No habrá vínculo laboral alguno entre Prosperidad Social, el aliado y las personas
naturales o jurídicas que sean contratadas por estos para el apoyo técnico y el
desarrollo del objeto del Memorando de Entendimiento.
9.- SEGUIMIENTO:
El seguimiento del presente Memorando de Entendimiento estará a cargo de manera
conjunta, por parte del Prosperidad Social por el (la) Coordinador(a) del –Grupo
Interno de Trabajo Inversión Social Privada o quien haga sus veces y/o por quien
designe la Subdirectora de Contratación de Prosperidad Social, previa solicitud del
área responsable de acuerdo a lo establecido en la Resolución 2746 de 15 de octubre
de 2014; por parte del Aliado por quien designe el director y/o gerente general de
cada una de ellas.
Los encargados del seguimiento al presente Memorando de Entendimiento podrán
solicitar en todo momento información sobre el desarrollo de las acciones, así como
recomendar cualquier tipo de acción preventiva o correctiva para garantizar la
correcta ejecución del Memorando.
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10.- PUBLICACIONES:
Toda la información y documentos entregados con ocasión del Memorando de
Entendimiento, y aquellos que resulten de su ejecución, los cuales sean susceptibles
de publicación, requerirán la autorización escrita de la otra parte y la mención explícita
de las instituciones firmantes del Memorando, salvo que corresponda a la propiedad
de cada una de las partes. Cada parte se compromete a no publicar o divulgar de
cualquier modo la información científica o técnica perteneciente a la otra parte, de la
cual aquella pudiera tener conocimiento con ocasión o por efecto de la ejecución del
Memorando de Entendimiento, siempre que dicha información no sea del dominio
público.
Autorización uso de marca, dominio o nombre comercial. Las Partes siempre
solicitarán la autorización por escrito para hacer uso de las marcas, dominios o
nombres comerciales del aliado y/o el Prosperidad Social, con fines de patrocinio,
apoyo institucional, difusión, divulgación y promoción de la marca y los servicios que
prestan ambas, para efectos únicos y exclusivos de contribuir con las actividades y
proyectos diseñados y ejecutados por ambas partes conjuntamente, tendientes a
beneficiar a la comunidad en general y desarrollar la política de responsabilidad social
en el marco del objeto del presente Memorando.
11.- VISIBILIZACIÓN DE LAS PARTES:
Todas las acciones desarrolladas en el marco del Memorando de Entendimiento,
visibilizarán de manera equitativa la participación de las entidades y organizaciones
firmantes mediante el uso responsable de logos, emblemas y distintivos oficiales de
cada entidad.
12.- LUGAR DE EJECUCIÓN:
La ejecución del objeto del presente Memorando de Entendimiento se desarrollará en
las regiones y municipios que establezcan las partes de conformidad con los con
resultados de la focalización que realice Prosperidad Social con el Aliado.
Parágrafo: Las partes podrán de común acuerdo definir o modificar nuevos lugares
y zonas de intervención.
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13.- MODIFICACIONES DEL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO:
El Memorando de Entendimiento es obligatorio para las partes. No obstante, lo
anterior, podrá ser modificado de común acuerdo por solicitud de los firmantes,
mediante suscripción de documento que precise razón y alcance de esta decisión.
14.- CESIÓN:
El Memorando de Entendimiento no podrá ser cedido total o parcialmente sin
autorización expresa de las Partes.
15.- INDEMNIDAD:
Cada una de las partes mantendrá indemne a la otra de todo reclamo, demanda,
acción y costos que puedan surgir por reclamaciones de cualquier índole relacionadas
con el Memorando de Entendimiento. En caso de promoverse un reclamo, demanda,
o acción legal contra cualquiera de las partes por este concepto, serán notificadas por
la otra parte para que por su cuenta adopte las medidas previstas por la Ley para
mantener indemne a el Aliado y a Prosperidad Social y adelante las gestiones
pertinentes.
16.- DECLARACIONES:
Las Partes se comprometen a reconocer en los actos públicos o privados, verbalmente
o por escrito la Alianza Estratégica creada a través del Memorando de Entendimiento.
Sin embargo, si en algún momento se requiere la utilización de los emblemas del
Aliado y/o de Prosperidad Social deberán solicitar la autorización expresa de las
partes. Así mismo, las partes reconocen y manifiestan que no tienen facultades para
actuar en nombre de la otra parte.
17.- AUTONOMÍA:
Tanto Prosperidad Social como el Aliado conservan plena autonomía jurídica,
financiera, técnica y administrativa. Por lo tanto, no se genera entre ellas ningún tipo
de relación de dependencia o subordinación de la una en relación con la otra, como
tampoco vínculos societarios ni de responsabilidad solidaria frente a las obligaciones
que cada una contraiga en desarrollo de sus respectivos objetos sociales y estatutos,
misión y funciones. Consecuencialmente, cada una ejercerá sus derechos y
responderá por sus obligaciones de manera independiente.
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18.- CONFIDENCIALIDAD:
La información entregada por cualquiera de los cooperantes a su contraparte, y
aquella a la que tengan acceso en desarrollo de la ejecución del Memorando de
Entendimiento, goza de confidencialidad y está protegida por las normas que sobre
el particular estén vigentes. La información solo podrá ser usada para fines inherentes
a la actividad en desarrollo del Memorando de Entendimiento. Su utilización para otros
fines no está permitida, y su protección es indefinida, incluso durante la ejecución del
Memorando de Entendimiento o una vez finalizado. Cualquier incumplimiento de esta
Cláusula dará al afectado derecho a iniciar acciones legales y/o a la indemnización
por los perjuicios que se causen.
19.- ENTRADA EN VIGOR, CESE Y ENMIENDAS:
El Memorando de Entendimiento entrará en vigor a partir de su firma y se mantendrá
vigente por 2 años a partir de la fecha de suscripción. En caso de que una de las
partes no cumpla alguno de los compromisos adquiridos en virtud del Memorando de
Entendimiento, deberá informar a la otra parte por escrito, justificando si es del caso,
la razón de tal situación. El Memorando de Entendimiento podrá darse por terminado
de manera anticipada, por decisión entre las partes.
No obstante, lo anterior, cualquiera de las Partes podrá retirarse del Memorando de
Entendimiento mediante un aviso escrito enviado a las otras Partes con un mínimo
de quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha efectiva de su retiro. La parte
que se retira estará obligada, en todo caso, a terminar de cumplir con las obligaciones
que le corresponda y que estén en ejecución en el marco del Memorando de
Entendimiento, a menos que no pueda hacerlo por motivos de conveniencia o fuerza
mayor.
20.- PLAZO DEL MEMORANDO:
Dos años a partir de la fecha de suscripción.
21.- ADHESIÓN:
Al presente Memorando de Entendimiento se podrán adherir las personas de derecho
público o privado que se encuentren interesadas, para el efecto los supervisores
deberán remitir a cada uno de las partes, la solicitud de quien pretende adherirse
para su aprobación. Aprobada la adhesión por la totalidad de las partes PROSPERIDAD
SOCIAL suscribirá un acta con el adherente la cual formará parte integral de este
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documento, en la que se consignaran las condiciones específicas bajo las cuales se
realiza la adhesión y los compromisos particulares a cumplir.
Por estas razones, y por considerar que la empleabilidad de jóvenes beneficiarios de
los programas de Prosperidad Social es una prioridad para el gobierno nacional, se
justifica el Memorando de Entendimiento entre Prosperidad Social y el Aliado.
_____________________________
ANDREA LEÓN LÓPEZ
Directora Gestión y Articulación de la Oferta Social.
Anexos:
ECE
1. Certificado de existencia y representación legal
2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal y/o firmante autorizado.
3. Certificado vigente del Registro Único Tributario (RUT)
5. Certificados de antecedentes disciplinarios de los aliados expedido por la Procuraduría General de la Nación
6. Certificado de antecedentes disciplinarios del representante legal y/o firmante autorizado, expedido por la Procuraduría
General de la Nación
7. Certificado de antecedentes fiscales delos aliados, expedido por la Contraloría General de la República
8. Certificado de antecedentes fiscales del representante legal y/o firmante autorizado, expedido por la Contraloría General
de la República.
9. Certificado de antecedentes judiciales del representante legal y/o firmante autorizado expedido por la Policía Nacional.
Santiago Reyes
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