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PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Adhiérase a la Ley N° 27.072 Ley Federal del Trabajo Social publicada en el
Boletín Oficial de la República Argentina N° 33.035 del 22 de diciembre de 2014.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
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FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El Trabajo Social como profesión basada en la práctica, es una disciplina
académica que promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social, el
fortalecimiento y la liberación de las personas. Su relevancia social y la contribución a la
vigencia, defensa y reivindicación de los derechos humanos, la construcción de ciudadanía
y la democratización de las relaciones sociales, fundamenta su jerarquización.
El Artículo 1° de la Ley N° 27.072 tiene por objeto establecer el marco
general para el ejercicio profesional de trabajo social en todo el territorio nacional, sin
perjuicio de la aplicación de las normas locales dictadas por la provincia de Buenos Aires y
la CABA.
En la CABA la normativa vigente es la Ley N° 23.377 que en su Artículo 1°
regula el ejercicio de la profesión del servicio social o trabajo social, así como el control del
mismo y el gobierno de la matrícula de los profesionales que la ejerzan.
El Artículo 2° de la ley 23.377 define al trabajo social como la actividad
educativa de carácter promocional, preventivo y asistencial, destinada a la atención de
situaciones de carencia, desorganización o desintegración social, que presentan personas,
grupos o comunidades, tendientes al logro de una mejor calidad de la vida de la población,
afianzando en ello un proceso socioeducativo.
La Ley N° 27.072 viene a complementar la actual normativa vigente en la
ciudad, no contraponiéndose una con la otra, buscando jerarquizar la labor del trabajo
social, abriendo nuevos horizontes y posibilidades que ponen en valor su noble ejercicio.
En el Artículo 4° de la ley 27.072 se redefine el ejercicio profesional de
trabajo social como la realización de tareas, actos, acciones o prácticas, relacionadas o
encuadradas en una o varias de las incumbencias profesionales establecidas en esta ley,
incluyendo el desempeño de cargos o funciones derivadas de nombramientos judiciales, de
oficio o a propuesta de partes. Se entiende como Trabajo Social a la profesión basada en la
práctica y una disciplina académica que promueve el cambio y el desarrollo social, la
cohesión, el fortalecimiento y la liberación de las personas. Los principios de la justicia
social, los derechos humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad, son
fundamentales para el trabajo social. Respaldada por las teorías del trabajo social, las
ciencias sociales, las humanidades y los conocimientos de aborígenes, el trabajo social
involucra a las personas y estructuras para hacer frente a los desafíos de la vida y aumentar
el bienestar general.
Además, la Ley Federal de Trabajo Social surge de un largo proceso de
lucha histórico llevado a cabo por los trabajadores sociales del país, desde mediados de la
década del ´60. Estas luchas perseguían el fin de lograr la sanción de una ley que
estableciera el marco general y las condiciones en lo que hace a la formación,
competencias, derechos y obligaciones para el ejercicio profesional.
Por otro lado, los objetivos que dieron origen al proyecto de la mencionada
ley, tienen como fundamento el proceso de restitución y ampliación de derechos, así como
también, la sanción de nuevas legislaciones sociales en materia de salud mental, salud
sexual y reproductiva, educación sexual integral, violencia de género, niñez y adolescencia,
trata de personales, entre otras.
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Sin dudas, este conjunto de normas ha influido en la tarea profesional de los
trabajadores/as sociales, por cuanto ha implicado nueva demanda de intervención
profesional, mayor cantidad de profesionales, nuevos campos ocupacionales y la necesidad
de actualización y perfeccionamiento ante las mayores exigencias profesionales derivadas
de las nuevas legislaciones.
El trabajo social reviste singular importancia en las distintas áreas del Estado
tanto en la esfera Nacional como local, con gran impacto social.
En la Ciudad de Buenos Aires, el trabajo social es de vital importancia en las políticas
públicas que hacen al tejido social, la diversidad de realidades sociales existentes en la
ciudad hacen necesaria su, quienes desempeñan tareas en ámbitos diversos, en procura de
construir una sociedad mejor.
Por lo tanto, se requiere una visión uniforme que establezca un marco
normativo de carácter general en resguardo de las garantías constitucionales, ya que la
citada norma viene a jerarquizar la profesión, legislando, entre otros puntos, la inserción
laboral del trabajador/a social, mediante el título de Grado. Así, valoriza también a la
Universidad Pública como única formación profesional en Trabajo Social.
La aprobación de la Ley Federal, vislumbró un momento histórico para
todos los Trabajadores Sociales, que resume años de lucha de todos los profesionales del
trabajo social para la concreción de este logro. Permitió avanzar de forma concreta la
puesta en valor de la actividad como profesión y su aporte a la transformación de la patria.
Entonces, en el ámbito nacional rige la Ley N° 27.072, a la que ya han adherido algunas
provincias.
El Artículo 14 de la Ley N° 27.072, invita a las provincias y a la CABA, a
adherir la citada norma Federal de Trabajo Social, motivo por el cual, y en consecuencia de
los fundamentos esgrimidos, correspondería su adhesión.
Por todo lo expuesto, solicito la sanción del presente proyecto de Ley.
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