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Parlamento Europeo 2014-2019 Comisión de Asuntos Exteriores Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria 2016/2228(INI) 12.10.2016 PROYECTO DE INFORME sobre una política integrada de la Unión para el Ártico (2016/2228(INI)) Comisión de Asuntos Exteriores Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria Ponentes: Urmas Paet, Sirpa Pietikäinen (Reuniones conjuntas de comisiones – artículo 55 del Reglamento) PR\1104536ES.docx ES PE589.323v01-00 Unida en la diversidad ES PR_INI ÍNDICE Página PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO .................................... 3 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS................................................................................................. 11 PE589.323v01-00 ES 2/13 PR\1104536ES.docx PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO sobre una política integrada de la Unión para el Ártico (2016/2228(INI)) El Parlamento Europeo, – Vistas la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), celebrada el 10 de diciembre de 1982 y en vigor desde el 16 de noviembre de 1994, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de 13 de septiembre de 20071, – Visto el acuerdo aprobado en París en la vigesimoprimera Conferencia de las Partes de la CMNUCC, de 12 de diciembre de 2015 (el Acuerdo de París), – Vistos el Convenio de Minamata, el Convenio sobre la Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Gran Distancia, el Protocolo de Gotemburgo, el Convenio de Estocolmo, la Convención de Aarhus y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, – Vistos la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible y el documento final aprobado por la Asamblea General el 25 de septiembre de 2015, titulado «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible»2, – Vista la Convención de la Unesco sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de 16 de noviembre de 1972, – Vistos el Convenio 169 de la OIT y la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, – Vista la Declaración de Circumpolar Inuit sobre los principios del desarrollo de los recursos en las regiones inuit de Canadá3, – Vistas las Conclusiones del Consejo sobre cuestiones árticas, en particular las de 20 de junio de 2016, 12 de mayo de 2014, 8 de diciembre de 2009 y 8 de diciembre de 2008, – Vista la «Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea – Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte», – Vistas la Comunicación conjunta de la Comisión y la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR), de 27 de abril de 2016, sobre «Una política integrada de la Unión Europea para el Ártico»4, la Comunicación conjunta de la Comisión y la alta representante, de 26 de junio de 2012, titulada «Desarrollo de una política de la Unión Europea para la región del Ártico: avances 1 2 UNGA 61/295/2007. Resolución A/RES/70/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. 3 http://www.inuitcircumpolar.com/uploads/3/0/5/4/30542564/declaration_on_resource_development_a3_final.pd f 4 JOIN (2016)0021. PR\1104536ES.docx 3/13 PE589.323v01-00 ES desde 2008 y próximos pasos»1 y la Comunicación de la Comisión, de 20 de noviembre de 2008, sobre «La Unión Europea y la región ártica», – Vistas las estrategias árticas nacionales de los Estados árticos, en particular las del Reino de Dinamarca (2011), Suecia (2011) y Finlandia (2013), así como las de otros Estados miembros de la Unión y del EEE, – Visto el programa del Consejo Ártico para el periodo 2015-2017 bajo Presidencia estadounidense, – Vistas las declaraciones de la Conferencia de Parlamentarios de la Región Ártica (CPAR) y de la Conferencia Parlamentaria de Barents (CBP), en particular la Declaración aprobada en la 12.ª Conferencia de la CPAR celebrada en Ulan-Ude (Rusia) del 14 al 16 de junio de 2016, – Vistas sus Resoluciones, de 21 de noviembre de 2013, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa (basada en el informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre la política exterior y de seguridad común)2, de 12 de septiembre de 2013, sobre la dimensión marítima de la política común de seguridad y defensa3, de 22 de noviembre de 2012, sobre sobre la función de la Política Común de Seguridad y Defensa en caso de crisis provocadas por el clima y de catástrofes naturales4, y de 12 de septiembre de 2012, sobre el Informe anual del Consejo al Parlamento Europeo sobre la política exterior y de seguridad común5, – Vistos sus anteriores Resoluciones sobre el Ártico, en particular las Resoluciones, de 12 de marzo de 2014, sobre la estrategia de la UE para el Ártico6, de 20 de enero de 2011, sobre una política sostenible de la UE para el Alto Norte7, y de 9 de octubre de 2008, sobre la gobernanza del Ártico8, – Vistas sus Resoluciones, de 2 de febrero de 2016, sobre la revisión intermedia de la estrategia de la UE sobre biodiversidad9, y de 12 de mayo de 2016, sobre el «seguimiento y revisión de la Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible10, – Vistas las recomendaciones pertinentes de la Delegación para las Relaciones con Suiza y Noruega, en la Comisión Parlamentaria Mixta UE-Islandia y en la Comisión Parlamentaria Mixta del Espacio Económico Europeo (EEE), – Visto el artículo 52 de su Reglamento, – Vistas las deliberaciones conjuntas de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de conformidad 1 JOIN (2012)0019. Textos Aprobados, P7_TA (2013)0513. 3 Textos Aprobados, P7_TA (2013)0380. 4 Textos Aprobados, P7_TA (2012)0458. 5 Textos Aprobados, P7_TA (2012)0334. 6 Textos Aprobados, P7_TA (2014)0236. 7 Textos Aprobados, P7_TA (2011)0024. 8 Textos Aprobados, P6_TA (2008)0474. 9 Textos Aprobados, P8_TA (2016)0034. 10 Textos Aprobados, P8_TA (2016)0224. 2 PE589.323v01-00 ES 4/13 PR\1104536ES.docx con el artículo 55 del Reglamento, – Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional, la Comisión de Desarrollo Regional y la Comisión de Pesca (A8-0000/2016), A. Considerando que la Unión es un actor global; que el prolongado compromiso de la Unión en el Ártico se fundamenta en la historia, la geografía, la economía y la investigación; B. Considerando que la Unión ha construido y mejorado gradualmente su política sobre el Ártico; que el compromiso cambiante y los intereses comunes de la Unión están protegidos con unos medios comunes bien coordinados; C. Considerando que al Ártico se le aplica un amplio marco jurídico internacional; D. Considerando que el interés por el Ártico y sus recursos está aumentando debido a los cambios medioambientales que se han producido en la zona, así como a la escasez de recursos; que la importancia geopolítica de la región es cada vez mayor; que los efectos del cambio climático y el aumento de la competencia por el acceso al Ártico y a los recursos naturales, así como el incremento de las actividades económicas, han generado riesgos (en materia de seguridad) para la región, incluidos desafíos a la seguridad humana, pero también nuevas oportunidades; que como consecuencia del cambio climático se abrirán nuevas rutas de navegación y nuevos caladeros y habrá recursos naturales disponibles, lo que traerá consigo un aumento de la actividad humana en la región; E. Considerando que el Ártico ha sido durante mucho tiempo una zona en la que se ha desarrollado una constructiva cooperación internacional, y que es necesario mantener el Ártico como una zona de baja tensión; F. Considerando que un ecosistema ártico sólido y sano, habitado por comunidades viables, reviste una importancia estratégica para la estabilidad política y económica de Europa; que los costes de la inacción por lo que respecta a la preservación del ecosistema ártico están aumentando de manera exponencial; G. Considerando que el hielo marino del Ártico se ha reducido notablemente desde 1981, que están disminuyendo las zonas de permafrost, con el consiguiente riesgo de liberación accidental de enormes cantidades de dióxido de carbono y de metano a la atmósfera, que la capa de nieve sigue disminuyendo y que la fusión de los glaciares está contribuyendo a la elevación del nivel del mar a escala mundial; que se ha constatado que el hielo marino está desapareciendo a un ritmo aún más rápido de lo que predecían los modelos; que donde más rápidamente está avanzando el cambio climático es en las regiones polares; H. Considerando que tres Estados miembros de la Unión (Dinamarca, Finlandia y Suecia) son también miembros de pleno derecho del Consejo Ártico, formado por ocho miembros, y que otros siete Estados miembros (Francia, Alemania, Italia, los Países Bajos, Polonia, España y el Reino Unido) tienen estatuto de observador; que la Unión PR\1104536ES.docx 5/13 PE589.323v01-00 ES está intentando mejorar su estatus en el seno del Consejo Ártico; I. Considerando que en la región ártica viven unos cuatro millones de personas, de los cuales aproximadamente el diez por ciento son miembros de pueblos indígenas; que el vulnerable entorno ártico, así como los derechos fundamentales de los pueblos indígenas, requiere medidas de protección más rigurosas, especialmente en lo que se refiere a los proyectos en los que la extracción de los recursos naturales tiene carácter invasivo; J. Considerando que el ecosistema del Ártico, incluidas su flora y su fauna, es especialmente vulnerable a los desprendimientos, y que el período de recuperación es relativamente largo; que a menudo los efectos medioambientales negativos se acumulan y son irreversibles; K. Considerando que el aumento de los gases de efecto invernadero y la contaminación atmosférica están contribuyendo al cambio climático del Ártico; que la contaminación del clima ártico es consecuencia, principalmente, de emisores asiáticos, norteamericanos y europeos, de modo que las medidas de reducción de las emisiones en la Unión desempeñan un importante papel en la lucha contra el cambio climático en el Ártico; L. Considerando que la política de la Unión en la región del Ártico debería reflejar con mayor precisión los objetivos de desarrollo sostenible que la Unión se ha comprometido a alcanzar para 2030; M. Considerando que la adopción de decisiones sobre una base científica es fundamental para proteger los frágiles ecosistemas del Ártico, reducir los riesgos y facilitar la adaptación de las comunidades locales; que la Unión es el principal proveedor mundial de fondos para la investigación sobre el Ártico y promueve el libre intercambio de sus resultados; 1. Acoge con satisfacción la Comunicación conjunta como un paso positivo hacia una política integrada de la Unión sobre las cuestiones del Ártico, con el establecimiento de 39 ámbitos de acción específicos, y hacia el desarrollo de un marco de actuación de la Unión más coherente; destaca la necesidad de una mayor coherencia entre las políticas interiores de la Unión y las exteriores por lo que respecta al Ártico; reitera su llamamiento en favor de una estrategia global y un plan de acción específico sobre el compromiso de la Unión respecto del Ártico; 2. Subraya la importancia de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en la que se prevé un marco jurídico multilateral complementario para resolver las cuestiones de soberanía dentro de la zona del Ártico; señala que quedan por resolver muy pocos problemas de jurisdicción en el Ártico; considera que es esencial que se respete el Derecho internacional en el Ártico; aboga por un papel destacado de la Unión en la promoción de regímenes multilaterales eficaces y un orden mundial basado en normas, mediante el refuerzo y la aplicación coherente de los acuerdos, marcos y regímenes internacionales, regionales y bilaterales; hace hincapié en que la Unión debería desempeñar un papel importante en la consecución de un acuerdo para preservar el Ártico, región que no está sometida a ninguna jurisdicción nacional, como un patrimonio común que se utilice exclusivamente para fines científicos y pacíficos; PE589.323v01-00 ES 6/13 PR\1104536ES.docx señala que ello no afecta a la navegación ni a los medios de vida tradicionales; 3. Celebra que la Unión haya ratificado el Acuerdo de París; 4. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que asuman un mayor papel en la aplicación efectiva de los convenios internacionales, como el Acuerdo de París, el Convenio de Minimata, el Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, el Protocolo de Gotemburgo, el Convenio de Estocolmo y el Convenio sobre la Diversidad Biológica; pide a la Comisión que preste especial atención al proceso internacional en curso del Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes con vistas a restringir en mayor medida el uso de los contaminantes orgánicos persistentes; 5. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que redoblen sus esfuerzos dentro del marco legislativo de la Unión acordando unos objetivos de reducción ambiciosos en las negociaciones sobre la Directiva sobre techos nacionales de emisión, reduciendo los niveles de contaminación local a través del paquete «aire puro» y negociando unos objetivos ambiciosos en materia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y medidas sobre el comercio de derechos de emisión y el reparto del esfuerzo entre los diferentes sectores, teniendo presente el objetivo de limitar el aumento de la temperatura a 1,5 °C para 2100; 6. Insta a la Comisión y a los Estados miembros asociados a los trabajos del Consejo Ártico a que apoyen la realización de una evaluación de impacto ambiental (EIA) del Ártico para preservar su vulnerable ecosistema; señala que esa EIA debería convertirse en obligatoria y tener en cuenta, como mínimo, los siguientes aspectos al evaluar los proyectos que se ejecuten en el Ártico: todos los posibles efectos medioambientales, socioeconómicos y culturales, tanto durante como después de finalizado el proyecto, incluidos los efectos acumulados de los proyectos actuales y futuros; el principio de precaución y el principio de que quien contamina paga han de aplicarse en todas las fases de los proyectos por lo que respecta a la planificación, la evaluación, la ejecución y la regeneración; la regeneración y la recuperación de los hábitats y las tierras afectadas han de planificarse exhaustivamente y financiarse totalmente por adelantado; la demostración de la capacidad de la industria para recuperar los vertidos de petróleo en condiciones de congelación, fracturación y recongelación de la capa de hielo; se ha de establecer un régimen internacional de responsabilidad e indemnización en caso de contaminación de los suelos, el agua y las zonas marinas debido a la exploración y la explotación petroleras en alta mar; 7. Pide a la Comisión y a los Estados miembros de la Unión que dispongan que la correcta aplicación de la EIA del Ártico es un requisito previo para la comercialización en la Unión de productos derivados de los proyectos ejecutados en la región del Ártico; PR\1104536ES.docx 7/13 PE589.323v01-00 ES 8. Anima a establecer una estrecha cooperación sobre las cuestiones relativas al Ártico entre las instituciones de la Unión y los Estados miembros de la Unión pertinentes; pide a los Estados miembros que son miembros de pleno derecho del Consejo Ártico que mantengan informados a los demás Estados miembros y al Alto Representante de cualesquiera cuestiones de interés común en el Consejo Ártico, de conformidad con el artículo 34, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea; 9. Subraya la necesidad de que la Unión entable un diálogo político con todos los socios de la región del Ártico; pide que se establezca una mejor coordinación entre la Unión, el Consejo Ártico, el Consejo Euroártico de Barents y otros organismos implicados en la cooperación en el Gran Norte; 10. Confirma su respaldo al estatuto de observador permanente de la Unión en el Consejo Ártico; está convencido de que si se concediese a la Unión un estatuto superior se reforzaría el papel político e institucional del Consejo Ártico para abordar la problemática del Ártico; 11. Sugiere, asimismo, que se siga mejorando la coordinación entre la Comisión y el SEAE sobre las cuestiones relativas al Ártico, así como que se estudie la posibilidad de crear una unidad competente para las políticas septentrionales dentro del SEAE y se refuerce la cooperación entre los servicios del SEAE y de la Comisión para garantizar un enfoque político coherente, coordinado e integrado en todos los ámbitos políticos clave; 12. Toma nota de la capacidad de la Unión para contribuir de muchas maneras a la resolución de los posibles retos en materia de seguridad y a la prevención de conflictos; pide a la Unión que contribuya, en colaboración con los Estados miembros, a desarrollar mecanismos de seguridad civil y también a potenciar las capacidades de gestión de las crisis y catástrofes naturales y de origen humano, así como las infraestructuras de búsqueda y rescate; 13. Toma nota del aumento de las fuerzas militares rusas estacionadas en la región, de construcción y reapertura de bases, y de la creación de un distrito militar ruso en el Ártico; 14. Hace hincapié en la importancia de implicar a Rusia en la cooperación en la región ártica y en la necesidad de afirmar en mayor medida los intereses estratégicos de la Unión respecto de Rusia recurriendo a compromisos selectivos, y de intentar avanzar sobre cuestiones de interés común, cuando exista una base para alcanzar soluciones globales para los retos y amenazas comunes; insta a que este asunto se incluya en la estrategia de la Unión para el Ártico; 15. Observa la aparición de rutas de migración por el Ártico que penetran en la Unión; hace hincapié en que, a la hora de elaborar una estrategia de la Unión para el Ártico, se deberían tener en cuenta las rutas migratorias y el aumento del transporte; 16. Acoge con satisfacción los planes para crear un foro europeo de partes interesadas en el Ártico; está de acuerdo en que no se creen nuevos mecanismos de financiación, sino que se mejoren las sinergias entre los instrumentos financieros ya existentes, a fin de evitar posibles solapamientos y de maximizar la interacción entre los programas de dimensión interna y los de dimensión externa de la Unión; PE589.323v01-00 ES 8/13 PR\1104536ES.docx 17. Solicita una participación mejor y más temprana de la población autóctona en la elaboración de una política para el Ártico centrada en los ciudadanos; hace hincapié en la necesidad de salvaguardar sus derechos, cultura y lengua; 18. Tiene especialmente presente el ODS 4.5, que incluye la garantía de la igualdad de acceso a todos los niveles de la educación y la formación profesional para los pueblos autóctonos; 19. Destaca el papel de las comunidades locales y las poblaciones autóctonas a la hora de mantener la viabilidad y la sostenibilidad de la región del Ártico; insta a la Comisión a centrarse en esas comunidades para proporcionarles acceso a toda la información relevante sobre los requisitos del mercado único, las mejores prácticas y los instrumentos de financiación de la Unión; subraya el papel de unas redes fluidas de transporte, comunicaciones y eléctricas a la hora de crear actividades económicas en la zona; 20. Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de, cuando menos, mantener el nivel de la financiación destinada a la investigación sobre el Ártico en Horizonte 2020; 21. Afirma que para hacer frente a todos los desafíos adecuadamente es esencial conocer mejor el Ártico, y anima, en consecuencia, a que se promueva y facilite la cooperación internacional científica y en materia de investigación entre todas las partes activas en el ámbito de la investigación sobre el Ártico, y a que se creen infraestructuras de investigación; apoya la cooperación entre los principales institutos de investigación sobre el Ártico con vistas al desarrollo de un programa europeo integrado de investigación polar dentro de la Iniciativa EU-PolarNet; 22. Reitera su llamamiento a la Comisión para que cree un centro de la Unión de información sobre el Ártico y lo dote de fondos suficientes para garantizar un acceso eficiente a la información y los datos sobre el Ártico; 23. Pide que los datos obtenidos en el marco de proyectos de investigación sobre el Ártico se recopilen de forma más sistemática y a largo plazo; lamenta que con frecuencia se pierdan los logros de los diferentes proyectos cuando se pasa de un período de financiación a otro; pide a la Comisión que procure mantener la continuidad cuando planifique el marco de investigación sobre el Ártico posterior a 2020; 24. Acoge con satisfacción la voluntad decidida de la Comisión de promover la creación de zonas marinas protegidas en el Ártico; recuerda a la Comisión y a los Estados miembros el objetivo de protección de al menos el 10 % de las zonas costeras y marinas en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible; 25. Reitera su posición desde 2014 y pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan activamente la prohibición del uso de fuelóleo pesado como combustible en los buques de transporte y embarcaciones que navegan en las aguas del Ártico en el marco del Convenio MARPOL de la OMI o mediante el control por el Estado rector del puerto; pide a la Comisión que incluya los riesgos climáticos y medioambientales del uso de fuelóleo pesado en su estudio sobre los riesgos que acarrearía el incremento de la navegación en la ruta marina del norte; PR\1104536ES.docx 9/13 PE589.323v01-00 ES 26. Considera esencial para la aplicación de las políticas relativas al Ártico la participación de los parlamentos y la estrecha cooperación interparlamentaria, en particular con los Parlamentos nacionales de los Estados miembros implicados de la Unión; 27. Insta a la Alta Representante y a la Comisión a que hagan un seguimiento estrecho de los acontecimientos que se registren en los ámbitos climático, medioambiental, marítimo, socioeconómico y en materia de seguridad en la región del Ártico, y a que informen periódicamente al Parlamento y al Consejo, también sobre la aplicación de la política relacionada con el Ártico de la Unión; 28. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Alta Representante, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados de la región del Ártico. PE589.323v01-00 ES 10/13 PR\1104536ES.docx EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Geopolítica, cooperación internacional, retos en materia de seguridad y cuestiones relacionadas con la gobernanza en la región del Ártico La importancia geopolítica de la región del Ártico es cada vez mayor. Los efectos del cambio climático y el aumento de la competencia en el acceso al Ártico y a los recursos naturales, así como el incremento de las actividades económicas, han traído consigo tanto oportunidades como riesgos para la región, incluidos retos para la seguridad. La transformación del Ártico podría abrir nuevas rutas de navegación, lo que daría acceso a nuevos caladeros y pondría a disposición recursos naturales nuevos, lo que traerá consigo un aumento de la actividad humana en la región. El Ártico ha sido durante mucho tiempo una zona en la que se ha desarrollado una cooperación internacional constructiva y se ha mantenido como una zona de baja tensión en el mundo. Es muy importante que el Ártico siga siendo una zona de baja tensión. Al Ártico se le aplica un amplio marco jurídico internacional y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en la que se prevé un marco jurídico multilateral complementario para resolver las cuestiones de soberanía dentro de la zona del Ártico, reviste una importancia capital. La Unión tiene un prolongado compromiso en el Ártico basado en la historia, la geografía, la economía y la investigación. Tres Estados miembros de la Unión (Dinamarca, Finlandia y Suecia) son miembros de pleno derecho del Consejo Ártico, que cuenta con ocho miembros, y otros siete Estados miembros (Francia, Alemania, Italia, los Países Bajos, Polonia, España y el Reino Unido) tienen estatuto de observador. La Unión está a la espera de que se confirme su estatuto de observador en el Consejo Ártico. Habida cuenta de que la Unión es el principal proveedor de fondos en el Ártico, tendría sentido que pudiera reforzar su estatus en el Consejo Ártico y convertirse en observador. La Unión ha construido y mejorado gradualmente su política sobre el Ártico. La Comunicación conjunta de la Comisión es un paso positivo hacia una política de la Unión más integrada en relación con los asuntos del Ártico. La Estrategia Global sobre Política exterior y de seguridad de la Unión Europea de 2016 sobre «Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte» también aborda las cuestiones de seguridad en la región del Ártico, a diferencia de la Comunicación de la Comisión. Hay que tener en cuenta que la evolución geopolítica en la región del Ártico también afecta a la situación en materia de seguridad en el norte de Europa y el resto del mundo. Es necesario evitar la militarización del Ártico. El informe prevé la necesidad de aumentar la coherencia de la política interior y exterior de la Unión, una estrategia en relación con el Ártico y un plan de acción concreto sobre la participación de la Unión en el Ártico, teniendo en cuenta todos los aspectos. Esto se desprende también del hecho de que todos los Estados miembros de la Unión de la región del Ártico y también algunos otros Estados miembros tienen sus propias estrategias árticas nacionales. PR\1104536ES.docx 11/13 PE589.323v01-00 ES La Unión tiene la capacidad de contribuir de muchas maneras a la resolución de los posibles retos en materia de seguridad y a la prevención de conflictos, y debería contribuir, en colaboración con sus Estados miembros, a desarrollar mecanismos de seguridad civil y también a potenciar las capacidades de gestión de las crisis y catástrofes, así como las infraestructuras de búsqueda y rescate. El informe aboga por una política sostenible en relación con el Ártico, llama la atención sobre el hecho de que la Unión considera esencial el respeto del Derecho internacional en el Ártico, y aboga por un papel destacado de la Unión en la promoción de regímenes multilaterales eficaces y un orden mundial basado en normas. También sugiere que se refuerce la gobernanza multilateral del Ártico mediante el refuerzo y la aplicación coherente de los acuerdos, marcos y regímenes internacionales, regionales y bilateral. Política ártica sostenible, poblaciones autóctonas, retos medioambientales y necesidad de una acción por el clima La región del Ártico es una zona particularmente virgen y sensible. El objetivo último de la comunidad mundial es preservar y fortalecer la capacidad del ecosistema del Ártico. Esta capacidad se encuentra bajo presión por diversas fuentes. El Ártico es una región que cuenta con poblaciones autóctonas interesadas en un crecimiento económico sostenible; países ribereños que están explorando los recursos naturales existentes en la región; empresas multinacionales interesadas en rutas logísticas más rápidas; y científicos que investigan el entorno cambiante del Ártico. Todos estos intereses están estrechamente relacionados con el objetivo primordial de que todas las políticas relacionadas con el Ártico sean sostenibles desde el punto del medio ambiente, social y cultural y que su objetivo sea atenuar el cambio climático gracias a la reducción de la huella humana de carbono. La Unión se ha comprometió a alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible en el horizonte 2030. El desarrollo sostenible es la única forma viable de desarrollo en la región del Ártico y, por ello, la política de la Unión en relación con el Ártico debe reflejar mejor las necesidades de los distintos objetivos de desarrollo sostenible en el contexto del Ártico, con especial hincapié en la conservación de los ecosistemas. Los objetivos de desarrollo sostenible son un marco útil para examinar de manera global la capacidad de los ecosistemas, que sufren la presión de la acumulación de efectos negativos sobre el medio ambiente, acelerados por el cambio climático. La contribución antropogénico al cambio climático es innegable. Se están produciendo cambios medioambientales en el Ártico a un ritmo más rápido que en cualquier otro lugar del mundo. El aumento de la concentración de dióxido de carbono en la atmósfera en los últimos 50 años ha aumentado la temperatura en la superficie del Ártico dos grados más que en el resto del planeta. El hielo marino en el Ártico ha disminuido en un 13,4 % por década desde 1981 y la capa de nieve sigue disminuyendo cada año. El incremento de la temperatura y la desaparición del hielo marino afecta a los ecosistemas en todo el planeta con el incremento del nivel del mar, cambios en la composición de la masa del mar y la creación de pautas meteorológicas impredecibles. Sin unas medidas eficaces, el ritmo del cambio climático podría acelerarse aún más en el futuro, como consecuencia del derretimiento de las zonas de permafrost de la región del Ártico. Las zonas de permafrost en desaparición están generando un riesgo de liberación accidental de grandes cantidades de dióxido de carbono y de metano a la atmósfera. PE589.323v01-00 ES 12/13 PR\1104536ES.docx Las claves para una acción eficaz en relación con el clima están no solo en manos de los países árticos sino en las de todos los Estados situados en las latitudes medias. La contaminación del Ártico de la contaminación es consecuencia, principalmente, de emisores asiáticos, norteamericanos y europeos, de modo que las medidas de reducción de las emisiones en la Unión desempeñan un importante papel en la lucha contra el cambio climático en el Ártico. El informe insta a la Comisión y a los Estados miembros a que asuman un papel más relevante en la aplicación efectiva de los convenios internacionales, como el Acuerdo de París, el Convenio de Minimata, el Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, el Protocolo de Gotemburgo, el Convenio de Estocolmo, la Convención de Aarhus y el Convenio sobre la Diversidad Biológica. La Comisión también debería valerse de su papel facilitador en las negociaciones en curso en el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI) para prohibir el uso de fuelóleo pesado como combustible en los buques de transporte y embarcaciones que navegan en las aguas del Ártico en el marco del Convenio MARPOL de la OMI. Es necesario actuar rápidamente. Los costes de la inacción aumentan con el paso del tiempo. Para alcanzar el objetivo fijado en el Acuerdo de París es necesario llevar a cabo reducciones de las emisiones inmediatas y de importancia. Por otra parte, los efectos medioambientales negativos sobre el Ártico a menudo se acumulan y son irreversibles. El ecosistema, incluida su flora y fauna, en el Ártico es particularmente vulnerable a los desprendimientos. El desarrollo sostenible de la región del Ártico consiste en la combinación de poblaciones autóctonas viables y de un ecosistema saludable. La propuesta de la Comisión de creación de un foro de partes interesadas, centrado en los agentes locales, es una muy buena iniciativa y, una vez en funcionamiento, debería convertirse en una estructura con un carácter más permanente. El Foro tiene el potencial de sensibilizar sobre las oportunidades que la Unión brinda en la región, por ejemplo, para las pequeñas y medianas empresas, en relación con la mejora del transporte, las redes de comunicación y las redes eléctricas y soluciones tecnológicas poco contaminantes adaptadas a las bajas temperaturas. Otra manera de establecer garantías más estrictas para este entorno vulnerable y los derechos fundamentales de los pueblos indígenas del Ártico es una evaluación de impacto medioambiental específica para el Ártico, efectuada con anterioridad a los proyectos realizados en la región del Ártico. PR\1104536ES.docx 13/13 PE589.323v01-00 ES