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CONSTITUCIÓN POLÍTICA
CONSTITUYENTE Y CONSTITUCIÓN
Poder constituyente. Es la voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo,
para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y
política que más le convenga.
Una Asamblea Constituyente o simplemente Constituyente es una reunión nacional de delegados
del pueblo—no representantes— elegidos o designados con el objetivo especifico formar las reglas
de funcionamiento y distribución del Poder como fundamento del su sistema político y social y de
plasmar estas reglas a través de un pacto político en una Constitución que fijara reglas para la
construcción de un nuevo Estado y de convivencia entre el Poder publico y la sociedad.
LA CONSTITUCIÓN
También llamada CARTA MAGNA es la norma suprema, escrita o no, de un Estado soberano u
organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las
relaciones entre los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus
ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones
en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y
libertades.
ESTADO DE DERECHO Y ESTADO SOCIAL DE DERECHO.
El Estado de Derecho basado en las leyes, tiene como funciones básicas asegurar la vida, la
propiedad y la libertad mediante la protección contra el fraude, el hurto, el incumplimiento
contractual o los daños ocasionados por terceros.
El Estado Social de Derecho debe “crear los supuestos sociales de la misma libertad para todos, esto
es, de suprimir la desigualdad social”; según la constitución, “con el término ‘social’ se señala que la
acción del Estado debe dirigirse a garantizarle a los asociados condiciones de vida dignas. Es decir,
con este concepto se resalta que la voluntad del Constituyente en torno al Estado no se reduce a
exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el
mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para
ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los
apremios materiales.”
Fuente: http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/07/pcac.html
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CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Colombia, ¿Estado social de derecho?... y su modelo económico...
En el artículo 1º primero reza de manera muy clara el tipo de Estado que es Colombia:
"Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria,
descentralizada…, …fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la
solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general".
Sí, es muy cierto que la nueva Constitución Política definió a Colombia como un Estado
social de derecho. Entonces, sabiendo lo anteriormente mencionado se puede afirmar muy
seguramente que los fines del Estado Colombiano no deben ser otros que los del bien a la
comunidad. Esto se deja ver muy claro cuando la Constitución Política de Colombia
consagra la prevalencia del interés general así como establece que es fin esencial del
Estado garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes. Entonces podemos
decir que Colombia como Estado Social de derecho, entre otras cosas, es un Estado de
bienestar, que surge como respuesta a las demandas sociales hechas por los movimientos
populares en su lucha por las reivindicaciones de sus derechos económicos, políticos,
sociales. Culturales y civiles.
El Estado social de derecho es el que garantiza estándares mínimos de salarios,
alimentación, salud, habitación, educación y participación activa para todos los ciudadanos
con la idea de derecho y no de simple caridad o servicio. Ahora Bien, sabiendo que existe
un presupuesto de inversión social, ¿Qué está sucediendo con el proclamado Estado social
de derecho? ¿Será que el Estado colombiano garantiza estándares mínimos de salarios,
alimentación, salud, habitación y educación para todos los ciudadanos? El término social en
Colombia no se ha utilizado con el rigor que se merece. Para responder a las preguntas
anteriores aclararé que el tan mencionado Estado social de derecho en Colombia es
incoherente y se contradice con el modelo económico impuesto.
El estado Colombiano le está dejando su responsabilidad al sector privado. Esto se
evidencia en la prestación de servicios básicos, como en la aplicación de proyectos sociales.
Con el modelo económico en el que nos encontramos desaparecen las garantías propuestas
por el Estado para proteger los derechos ciudadanos y el ciudadano se convierte en un
cliente o usuario de servicios por la comodidad o posibilidades económicas y no obtiene
dichos servicios porque por derecho le corresponden sino porque tiene la cantidad de dinero
suficiente para contratarlos.
Fuente: http://es.shvoong.com/humanities/402915-colombia-estado-social-derecho-su/#ixzz1nzQ8nHaC
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