Download 150/ 1 - Parlamento

Document related concepts

Julio Herrera y Obes wikipedia , lookup

Transcript
Carpeta N° 279 de 2005
Repartido N° 150
Anexo I
Noviembre de 2005
PENSIONES GRACIABLES
SE CREA UNA COMISION"PERMANENTE EN LA
ORBfTA;DEL MINISTERIO DE EDUCACION y
CULTURA PARA SU OTORGAMIENTO
pona Comisión de Asuntos Laborales
•
Proyecto de ley sustitutivo elaborado
y Seguridad SociaL
~
Informe de la Comisión,
~
Proyecto de ley presentado por el sefior Senador Julio Lara Gilene.
-
Acta NQ 19 de la Comisión de Asuntos laborales y Seguridad Social.
1
PROYECTO DE LEY
SUSTITUTIVO
Artículo 1".- Créase una Comisión PemUU1ente en la órbit."l del Ministerio
de Educación y Cultura para el tratamiento de las pensiones graciables a
nivel del Poder Ejecutivo.Dicha Comisión se integrará con un representante del Ministerio de
Educación y Cultura, que la presidirá, un representante del Ministerio de
Economía y Finanzas, un representante del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y un representante del Banco de Previsión Socia/.La misma deberá integrarse dentro del plazo de 90 días de promulgada la
presente ley.Artículo r.- La Comisión que se crea tendrá por cometido la
consideración y el tratamiento de las pensiones graciables que se soliciten.
A estos efectos, se le otorgarán las más amplias facultades para el
estudio, seguimiento y envío a consideración del Poder Ejecutivo de las
solicitudes de pensión graciable presentadas.Artículo 3°._ La Comisión dispondrá de un plazo de 90 días contados a
partir de la fecha de recibo de la correspondiente solicitud, para expedirse
al respecto.Las resoluciones que dispongan favorablemente el envío al Poder
Ejecutivo de las solicitudes de pensión graciable que se formulen, deberán
ser adoptadas por la Comisión por unanimidad de sus miembros.
Artículo 4°._ La Comisión que se crea tendrá asimismo como cometido,
controlar que el pago de las pensiones graciables otorgadas por la Cámara
de Senadores, se realice a los beneficiarios dentro del plazo máximo de 60
días a contar de la fecha de dicho otorgamiento, comunicando el
incumplimiento de pago dentro de dicho plazo al Ministerio de Educación
y Cultura a efectos de la adopción por palte de éste de las medidas que
pueda corresponder para efectivizarlo.-
Montevideo, 31 de octubre de 2005.
JULIO
c.
LARA GILENE
3
INFORME
Las pensiones graciables encuentran consagración en la Constitución de la
República; en su artículo 85, numeral 13), el mismo dispone dentro de las
competencias de la Asamblea General, el "( ... ) acordar pensiones y
recompensas pecuniarias o de otra clase y decretar honores públicos a los
grandes servicios."
En nuestro país el tema de las pensiones graciables merece una solución
más efectiva de la que hasta hoy se le ha dado, es sabido que en ocasiones
el beneficiario de estas pensiones fallece sin siquiera haber percibido el
pago de la pensión, aun cuando la Asamblea General se la había concedido.
De manera que con intención de dar solución a este problema proponemos,
la creación de una Comisión Permanente en la órbita del Ministerios de
Educación y Cultura, constituida por un representante de dicho Ministerio,
así como también un representante Ministerio de Economía y Finanzas, un
representante del Ministerio Trabajo y Seguridad Social, y fmalmente un
representante del Banco de Previsión Social, la que garantizará el
otorgamiento efectivo de estas pensiones en plazos racionales, justos y
prudentes, dándole celeridad al pago efectivo de las mismas.
Para ello se le otorgará a la mencionada Comisión,
facultades para el seguimiento, la toma de
las más amplias
decisiones, así como el
elevamiento a consideración del Poder ejecutivo de las solicitudes de
pensiones graciables presentadas.
4
Es de relevancia dejar en claro que en nuestro país se han otorgado hasta el
momento tan sólo 357 pensiones graciables, muchas de estas como
mencionamos ut supra son pagadas luego de fallecido el beneficiario, de
esta forma buscamos evitar la proliferación de solicitudes inconclusas y se
garantizaría la excepcionalidad en el otorgamiento de este beneficio.
JULIO C. LARA GILENE
-
PROYECTO DE LEY
"DE LAS PENSIONES GRACIABLES".
í
JULIO C. LARA GILENE.
SENADOR DE LA REPÚBLICA
7
Proyecto de ley.
Artículo 1.- Créase una COMISIÓN PERMANENTE en la órbita del
Ministerio de Educación y Cultura para el otorgamiento de las pensiones
graciables.
Dicha COMISIÓN deberá integrarse con un representante del Ministerio
de Educación y Cultura, un representante del Ministerio de Economía y
finanzas, un representante del Ministerio de Trabajo y seguridad Social, y
un representante del Banco de Previsión Social.
La misma deberá constituirse una vez promulgada la presente ley.
Artículo 2.- La Comisión tendrá por cometido, el otorgamiento efectivo
de las pensiones graciables. .
Para ello se le otorgará a ésta, .las más amplias facultades para el
el seguimiento, la toma de decisiones, así como el elevamiento a
consideración del Poder ~ecutivo de las solicitudes de pen¡;iones
graciables presentadas.
Artículo 3.- El otorgamiento de las pensiones graciables:
A. La Comisión deberá resolver el otorgamiento de las pensiones
graciables por unanimidad de votos de sus miembros.
B. Dicha comisión contará con un plazo de 90 días para expedirse
contados de corrido a partir del día de recibido el expediente de
solicitud sin importar de donde provenga el mismo.
C. La Comisión deberá controlar que el cobro de las pensiones
graciables se efectúe en un plazo máximo de 60 días contados a
partir del otorgamiento de las mismas por la cámara de senadores.
Montevideo, 3 de agosto de 2005.
JULIO
c. LARA GILENE
9
CÁMARA DE SENADORES
COMISiÓN DE ASUNTOS
LABORALES Y S~GURIDAD SOCIAL
XLVa. LEGISLATURA
Primer
Periodo
ACTA N° 19
En Montevideo, el veinte de octubre de dos mil cinco, a la hora dieciséis y
cinco minutos se reúne, en forma extraordinaria la Comisión de Asuntos
La borales y Seguridad Social del Senado.-----------------------------------------Asisten los Senadores miembros señores doctor Francisco Gallinal, Julio
Lara Gilenc, ingeniero agrónomo Eduardo Lorier y Jorge Saravia.--------Faltan con aviso, según nota oportunamente presentada, los Senadores
señora Susana Dalmás y señores contador-economista Isaac Alfie y doctor
Ed u a rd o Rí os. ---------------~------------------------------------------------------------Preside el señor Senador Julio Lara Gilene.----------------------------------------Actúa en Secretaría la señora Beatriz Pérez Rovira con la colaboración de
la señora Verónica Cantero.---------------------------------------------------------En primer té"mino se da entrada al siguiente proyecto de ley:---------------- Por el que se faculta a O.S.E (Obras Sanitarias del Estado) a celebrar
contratos de función pública con carácter permanente (Carp. 363/05). La
Comisión considera el proyecto y realiza modificaciones. Se aprueba por
unanimidad y se nombra miembro informante al Senador Gallinal.----Seguidamente se plantea la situación del proyecto de ley por el que se crea
una Comisión Permanente, en la órbita del Ministerio de Educación y
Cultura, para el otorgamiento de "Pensiones Graciables" (Carp. 279/05) y
que fuera elevado al Plenario. Dicho p"oyecto volvió a Comisión para
realizar ajustes y al respecto se faculta al Senador Lara Gilene a realiza,'
las modificaciones correspondientes, como miembro informante.-------------A continuación la Comisión IJasa a recibir a las siguientes delegaciones:----- Soci eda d Uru g u a ya d e Aeto res; ---------------------------7---------------------- Empleados no sindica liza dos de la empresa Dirox S.A; y.------------------- Asociación de Trabajadores de TV Libre.-----------------------------------------
CÁMARA DE SENADORES
10
COMISiÓN DE ASUNTOS
LABORAl_ES Y SEGURIDAD SOCIAL
De lo tratado se toman versiones taquigráficas que constan de seis, diez y
siete fojas útiles respectivamente, y forman parte integrante de esta acta
(distribuidos Nos. 517/05, 518/05 Y 519/05).------------~--------------------------­
A la hora dieciocho y cincuenta y tres minutos se levanta la sesión.-----------Para constancia se labra la presente que, una vez aprobada, firman el señor
Presidente y la señora Secretaria de .Ia Comisión.----------------------------------
.M-~(.
Presidente
..
--- ~---