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T.P ciencias sociales
“Demografía y Población”
Ariel Ochoa y Manuel Maron
12
Elegimos la política pública “Pensiones no contributivas”
La política pública “Pensiones no contributivas” es una política Nacional cuyo objetivo es
promover el acceso a derechos de personas y familias en situación de vulnerabilidad social
mediante la asignación de pensiones que no requieren de aportes para su otorgamiento.
Esta herramienta basa su funcionamiento por un lado, en una mirada social integral, que
comprende a las personas como sujetos de derecho con sus particularidades sociales,
económicas y regionales; por otro lado, en el trabajo territorial, que prioriza el contacto
directo con los sectores más vulnerables y con las zonas de menor acceso a la
información. En este sentido, se realizan periódicamente operativos de asesoramiento y
gestión de pensiones en todo el país a través de la Comisión Nacional de Pensiones en el
Territorio, que trabaja en Centros de Atención Local (CALs), Centros de Referencia y en el
Tren de Desarrollo Social y Sanitario.
Existen tres tipos de pensiones comprendidas por el programa. En todos los casos, los
titulares de este derecho cuentan con cobertura médica integral administrada por el
Programa Federal de Salud (PROFE) dependiente del Ministerio de Salud de la Nación:

Pensiones a la vejez, por invalidez y a madres de 7 o más hijos: Se trata de
un derecho que poseen las personas que se encuentran en una situación de
vulnerabilidad social sin amparo previsional o no contributivo, que no
poseen bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no
tienen parientes obligados legalmente a proporcionarles alimentos o que,
teniéndolos, se encuentran impedidos para hacerlo. Las pensiones a la
vejez se otorgan a personas mayores de 70 años, mientras que las que son
por invalidez están dirigidas a quienes presenten un 76 por ciento o más de
invalidez o discapacidad. Las destinadas a madres de 7 o más hijos
contemplan a quienes sean o hayan sido madres de 7 o más hijos nacidos
vivos, biológicos o adoptivos.

Pensiones graciables: Son aquellas que se otorgan por medio del Congreso
de la Nación de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 13.337 y por la Ley
de Presupuesto General de la Nación. La función de la Comisión Nacional
de Pensiones en este caso, consiste en verificar el cumplimiento de los
requisitos establecidos por la Ley de otorgamiento y su posterior
liquidación.

Las Pensiones por Leyes Especiales. Abarcan las otorgadas a Presidentes y
Vicepresidentes de la Nación; Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación; Premios Nóbel; Primeros Premios Nacionales a las Ciencias, Letras y
Artes Plásticas; Premios Olímpicos y Paralímpicos; Familiares de Personas
Desaparecidas; Pioneros de la Antártida; Precursores de la Aeronáutica y
Primera Conscripción Argentina (Cura Malal).
Los trámites de gestión de pensiones pueden iniciarse en los Centros de Referencia de
todo el país o en los centros de atención directa a la comunidad. Además, se trabaja
articuladamente con los gobiernos provinciales y municipales, que despliegan espacios
complementarios de atención y asesoramiento.
Los objetivos de esta política generalmente se cumplen pero actualmente hay un
problema en el que el titular de la ANSES, Diego Bossio, insiste en que no hay fondos para
cumplir con los fallos judiciales, los números oficiales marcan que de los $280.000
millones del presupuesto del organismo para 2013, unos $ 200.000 millones serán para
pagar los beneficios del sistema -como jubilaciones y pensiones, seguros de desempleo y
asignaciones familiares. Pero el resto --$80.000 millones-- cubren prestaciones no
contributivas que deberían tener un financiamiento propio porque no forman parte del
régimen previsional, como la Asignación por Hijo, las pensiones no contributivas, los
déficits de las cajas de Policía, FF.AA. y de Seguridad y Cajas provinciales no transferidas,
diversos planes de empleo y el plan de computadoras Conectar para chicos en edad
escolar.
Las pensiones no contributivas son muy beneficiarias al abarcar grandes grupos de
personas como diabéticos, celíacos y personas con Lupus, obesidad y VIH. Otro beneficio
es que una vez otorgada la pensión, los beneficiarios contarán con la Obra Social “PROFE”.
El monto se va actualizando a medida que se actualizan las jubilaciones ordinarias, dos
veces al año, dispuestas por con Congreso de la Nación.
Las contras de esta política social es que no acepta pensiones para madres solteras ya que
hace un tiempo, la Provincia de Buenos Aires había lanzado una pensión para madres
solteras, pero ésta fue absorbida por la Asignación Universal por hijo, dejando sin efecto
ese beneficio. Además, en el caso de un matrimonio la pensión por invalidez, vejez o por
madre de 7 hijos solo puede tramitarse a favor de solo uno de los cónyuges (salvo que se
encuentren divorciados).
Las Pensiones no Contributivas de Jubilación y de Invalidez son incompatibles:

Entre sí,

Con las pensiones asistenciales del Fondo de Asistencia Social (FAS),

Con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona
de la Ley de Integración de los Minusválidos,

Con la condición de causante de la prestación familiar por hijo o hija a cargo con
discapacidad
Para que la problemática sea completamente abordada, nosotros agregaríamos mas
asistentes sociales (ya que no es muy controlado ) al servicio de cada familia o persona
que cobra una pensión no contributiva, para así evaluar y abarcar mayormente el sector
de personas y familias en una situación de vulnerabilidad.
Una de las limitaciones de esta política es la limitación de ingreso, significa que si los
ingresos alcanzan para tener una condición de vida digna no es necesario recibir una
pensión no contributiva.
Fuente:
http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pensiones-no-contributivas/
http://www.desarrollosocial.gov.ar/pensiones/161
http://www.solesdebuenosaires.org.ar/pensiones.html