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CAFEINA Y BEBIDAS CAFEINADAS INTRODUCCION La cafeína es una sustancia natural (un alcaloide) presente en las hojas, semillas y frutos de más de 63 especies vegetales de todo el mundo. Desde hace tiempo, se consumen en todas partes productos que contienen cafeína, como el té, el café y algunos refrescos. Más recientemente, han aparecido en el mercado bebidas con mayor cantidad de cafeína (mal llamadas bebidas energizantes "bebidas energéticas"). Ha sido utilizada desde la antigüedad, originariamente en China, nace su uso en medio oriente y fue trasladada a América por los españoles. La FDA considera que el consumo de cafeína como estimulantes en dosis de 100 a 200 mg por día es segura. La cafeína juega un papel importante en el sabor de las bebidas gaseosas suaves y está en la lista de ingredientes permitidos. Pero este rol ha sido cuestionado, desde el momento que estas bebidas son promocionadas como estimulantes, y siendo que además esta sustancia no es considerada como nutriente esencial para el ser humano. El ser humano no requiere del consumo de cafeína en la dieta; sin embargo, su consumo moderado no está asociado con ningún riesgo para la salud. Tres tazas de café de 235 ml (250 miligramos de cafeína) por día, se consideran una cantidad moderada o promedio de cafeína, y 10 tazas de 235 ml (840 mg de cafeína) se consideran un consumo excesivo. El consumo moderado de cafeína ha sido establecido por algunos investigadores tales como Barone J.J. y Roberts H. en su estudio “Caffeine consumption. Food and Chemical Toxicology”. Para que se pueda realizar el cálculo de lo que representa un “consumo moderado”, mostramos en la tabla que sigue el contenido de cafeína de los diferentes productos que la contienen. No obstante, quedan sin aclarar los efectos de dosis elevadas de cafeína, por lo que se recomienda a las mujeres embarazadas moderación en su consumo (300 mg al día o 3-4 tazas de café instantáneo). La posible adicción a la cafeína debería tenerse en cuenta, ya que si el consumo es importante y frecuente, al cesar el mismo se manifiestan, en algunas personas, cefalea, fatiga y somnolencia como síntomas de abstinencia. EFECTOS EN LA SALUD Durante las dos décadas pasadas, se han realizado muchos estudios sobre la influencia que tiene el consumo de cafeína en la salud. La Administración de Alimentos y Drogas de los Estados Unidos (FDA) incluyó en 1958 a la cafeína en la categoría GRAS, o sea, Alimentos Generalmente Reconocidos como Seguros. Un estudio más reciente “no halló evidencia que demostrara que el uso de la cafeína en las bebidas carbonatadas pudiera transformar tales productos en perjudiciales para la salud.” La AMA (Asociación Médica de los Estados Unidos) tiene una posición similar respecto a la seguridad de la cafeína, y expresó que quienes beban té o café con 1 moderación no tienen por qué preocuparse por el consumo de cafeína, mientras sus otros hábitos de vida (dieta, consumo de alcohol) también sean moderados. La mayoría de los expertos está de acuerdo en afirmar que la moderación y el sentido común son las claves para consumir alimentos y bebidas que contengan cafeína. Se considera que un consumo moderado de cafeína es de aproximadamente 300 mg, lo que equivale a 3 tazas de café, pero esto dependerá de cada uno y puede distribuirse entre varias bebidas. Los consumidores con ciertos problemas de salud quizás deban consultar a sus médicos antes de consumir cafeína. Según los expertos, un niño puede llegar a ingerir 128 miligramos de esta sustancia, mientras que el Gobierno de Canadá recomienda un consumo inferior a los 85 miligramos en niños de diez a doce años. USO TERAPEUTICO La cafeina para uso terapéutico se utiliza: o endovenosa, o en forma intramuscular, en medios hospitalarios (estimulante respiratorio – apnea del neonato pretérmino – fallo circulatorio - Cefalea post punción dural) - Crisis migrañosas. o Por vía oral ha sido utilizada en Crisis asmáticas (como broncodilatador) y como estimulante del estado mental o En forma tópica (al 30 %) para dermatitis de contacto o En la administración oral: - dosis de cafeína como estimulante es de 100 a 200 mg cada 3 a 4 hs. - Coadyuvante de analgésicos antimigrañosos. - Conjuntamente con analgésicos no esteroides. BEBIDAS ENERGIZANTES “Lo que más preocupa son los 23 miligramos de cafeína incluidos en cada 100 mililitros de bebida energizante”. En realidad en los envases de estas bebidas figura 32 mg por cada 100 ml, esto equivale a 80 mg de cafeína por lata de 250 ml Desde el punto de vista de la cantidad de cafeína contenida en las bebidas energizantes, parecería que no tiene riesgo el consumo de ellas si éste es moderado y no se consumen otras bebidas con cafeína, fármacos que la contengan, u otros productos estimulantes y/o drogas de abuso con el mismo efecto. 2 Recientemente Ivy y asociados demostraron que una dosis de 250 mg de cafeina aumenta la producción total de trabajo durante una ergometría de dos horas de duración. En forma similar, Costill y otros comprobaron que, durante una ergometría submáxima (80% del consumo máximo de oxígeno) con la ingestión de 330 mg de cafeína son capaces de prolongar el tiempo de agotamiento. Por otro lado algunos expertos de nuestro país en Toxicología y / o en Adicciones tales como el Dr. Osvaldo Curci (CNI – Cuerpo Médico Forense), Dra. Mónica Nápoli (Centro de Atención a las Adicciones de la Secretaría de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), opinan que en los adolescentes y jóvenes ha aumentado el consumo de estas bebidas, que cuando se ingieren conjuntamente con alcohol u otras drogas estimulantes pueden llegar a ocasionar graves problemas de salud derivados de la acción sumatoria o sinérgica de las sustancias consumidas. También se tiene en cuenta que estas bebidas tienen un efecto que permitiría no apreciar los efectos depresores del alcohol y que por lo tanto los induciría a consumirlo en mayor cantidad. Hugo Miguez, investigador de epidemiología del CONICET opina que “las energizantes son sólo el principio para la adicción a otras sustancias”…“ya que no sólo el riesgo está en la toxicidad del principio activo sino en el estilo de vida que se está imponiendo a los jóvenes y adolescentes”… “implican una propuesta de aceleración, descontrol y rendimientos anormales, que está impulsada por un mercado de adultos…..” Para ello, la publicidad promociona que estas bebidas evitan el cansancio y aportan energía, captando de ese modo la voluntad de quienes creen percibir en ellas esas cualidades, lo que no significa que realmente generen ese efecto”. Para el psicólogo Alberto Mangone (Subsecretaría de Atención de las Adicciones del Ministerio de Salud Bonaerense “el uso de bebidas energizantes es otra automedicación más de las que se practican hoy……” En el laboratorio CEPROCOR de la provincia de Córdoba se han analizado cuatro marcas diferentes de “bebidas energizantes” cuyo contenido de cafeína era aproximadamente de 35 mg por 100 ml de bebida, el cual no coincidía con lo indicado en el envase. ANTECEDENTES NACIONALES En nuestro país el Código Alimentario Argentino regula en diferentes artículos las concentraciones que deben cumplir las diferentes bebidas que contengan cafeína (café, té, cacao, bebidas sin alcohol) El artículo, el cual se refiere a la elaboración de bebidas sin alcohol, gasificadas o no, dice al respecto de las cantidades y la forma de rotulado:: “Resolución 613/1988 (Sustituido. (B.O. 09-06-88). (M.S. y A.S.). ) [Image] Artículo 1000 *Artículo 1.000.- Queda permitida la elaboración de bebidas sin alcohol gasificadas o no, con extractos, infusiones, maceraciones, percolaciones, de café, zarzaparrilla, té, yerba mate, macís, semillas de cola, canela u otras sustancias vegetales contempladas por el presente Código y/o con esencia natural autorizadas. Podrán contener: a. Cafeína, como máximo 200 mg/kg (con declaración en el rótulo en las proximidades de la denominación), en el caso que la solución extractiva empleada la contenga como componente natural, excluidas las bebidas elaboradas únicamente con esencia natural. b. Quinina, máximo 110 mg/kg expresada como sulfato neutro anhidro o su equivalente en clorhidrato de quinina anhidra (con declaración en el rótulo en las proximidades de la denominación). c. Extractos aromatizantes naturales y/o esencias naturales y/o compuestos químicos aislados de los mismos. d. Acido Fosfórico, (según artículo 996 inc. d), excluidas las bebidas elaboradas únicamente con esencias naturales. e. Dimetil Polisiloxano como antiespumante, máximo 10 mg/kg. Las bebidas no gasificadas tendrán como máximo 12 Brix y deberán llevar la indicación "Para consumo directo". Estas bebidas se rotularán con el nombre de fantasía, debiendo declarar los aditivos en el rotulado según lo establecido en el artículo 1.396. Los caracteres que indican el tipo de bebida deberán ser de buen realce y visibilidad. En el caso de envases de vidrio vitrificados y/o pintados se permitirá la rotulación en la parte plana de la tapa. Para bebidas no gasificadas deberá consignarse la fecha de elaboración (mes y año) 3 y el lapso de aptitud, o fecha de vencimiento (mes y año). Modificado por:Resolución 538/1994 Art.5 ((B.O. 10-08-94). Noveno y décimo párrafos modificados. (M.S. y A.S.). ) Resolución 613/1988 (Sustituido. (B.O. 09-06-88). (M.S. y A.S.). Asimismo, en el artículo 1003, referido a la denominación Guaraná: "Artículo 1003 *Art. 1003.- Con la denominación de Guaraná se entiende la bebida sin alcohol gasificada o no, preparada con semillas de Paullinia cupana Kunth o sus variedades. Podrá contener como máximo 200 mg/kg de cafeína,…” En el CAA también queda regulado , mediante los artículos 1163 (Café, Café verde y café Crudo: cafeína mínima: 0,9 %); Art. 1170.(Café descafeinado: máximo: 0,20 %); artículo 1171 (Café sin cafeína: máximo: 0,10 %); artículo 1185 (te verde o negro envasado para consumo contendrá un mínimo, sobre producto seco, de 28 % g de cafeína); artículo 1188 (te descafeinado o sin cafeína: el máximo de cafeina no será mayor de 0,10 %) En cuanto a los extractos, en el artículo 1307 inciso 1: “Extracto líquido de Kola: Es el extractivo de las semillas desecadas de Kola (Kola nítida), preparado de acuerdo a la Farmacopea Nacional Argentina V Ed., y debe contener no menos de 1 3 y no más de 1,7 por ciento P/V de alcaloides de la Kola (cafeína y teobromina)” Aromatizante En el artículo 1398 del CAA, se especifa como aromatizante: Aromatizante. 38. Cafeína (trimetilxantina) Fórmula empírica: C8H10N4O2 H2O Peso molecular: 212,2 Características: agujas incoloras, brillantes, sedosas, agrupadas, inodoras, de sabor amargo y eflorescentes en el aire seco. Cumplirá los ensayos de identificación, pureza y valoración de la Farmacopea Nacional Argentina. (F.N.A.) BIBLIOGRAFIA 1. FDA tabla de contenidos.pdf 2. MedlinePlus Enciclopedia – Cafeina en la Dieta – Recomendaciones 3. 34:119-129,1996 Institute of Food Technologists Expert panel on Seguridad alimentaria and Nutrition. Caffeine, a scientific status ; Fuente: EUFIC (Consejo Europeo de información sobre la Alimentación) en su pagina Mitos y Realidades de la cafeina 4. Wuilbur Grimson (SEDRONAR)– La Nación - DocMedical: Novedades 5. Trainermed.com 6. Nutrar.com - Diario Clarín 7. IFIC (International Food Information Council o Consejo Internacional de Información de Alimentos) – Cafeina; consumo moderado – La Cafeina y la Salud Femenina - Caffeine and Health: clarifying the controversias – Julio1998 8. Daniel Bustamante, farmacólogo del Programa Farmacia Molecular y Clínica del Instituto de Ciencias Biomédicas de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile 9. Expertos estadounidenses alertan del consumo de cafeína en niños 12 de junio de 2003 – Diario de la Seguridad Alimentaria – 25 de abril 2004 10. Micromedex – Healthcare Series – Vol 120 – 2004 – Caffeine 4