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DECRETO DEL CONSEJERO DELEGADO
Unidad de Contratación
Nº Expte.:GSP2/11
Ref.: RCHO/rdv
De conformidad con la propuesta de resolución del Jefe de Unidad de
Contratación de fecha 03.05.2011, fiscalizada conforme por la Interventora Accidental
de la Corporación de fecha 04.05.2011, referente a la adjudicación del contrato de la
gestión del servicio público para la atención residencial de personas con discapacidad
intelectual y trastornos graves de la conducta, bajo la modalidad de concierto,
mediante procedimiento negociado sin publicidad y sin promover la concurrencia en la
oferta.
Primero.- Mediante resolución del órgano de contratación de fecha 11.04.2011
se aprobó el expediente de contratación de la gestión del servicio público para la
atención residencial de personas con discapacidad intelectual y trastornos graves de la
conducta, bajo la modalidad de concierto, mediante procedimiento negociado sin
publicidad y sin promover la concurrencia en la oferta, con un presupuesto máximo
del contrato que asciende a la cantidad de treinta y seis mil seiscientos euros
(36.600,00€), excluido el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).
La prestación del servicio está exenta del IGIC de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10 de la ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales
del régimen económico fiscal de Canarias.
Segundo.- La entidad invitada a aceptar el contrato de conformidad con el
pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas,
mediante oficio del Consejero delegado de Economía, Hacienda y Nuevas Tecnologías
de fecha 12.04.2011, registro de salida nº 4.931 fue la Orden Hospitalaria San Juan
de Dios en Tenerife, con CIF: R3800019F, de conformidad con lo dispuesto en el
apartado d) del artículo 154 de la LCSP, dado que, por razones técnicas, sólo puede
encomendarse a esta entidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tercero.- El plazo de presentación de documentación fue de quince días
hábiles a partir de la recepción de la invitación. La Orden Hospitalaria San Juan de
Dios en Tenerife recibe la invitación el día 14.04.2011, siendo el plazo de vencimiento
el día 03.05.2011.
Cuarto.- La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife presentó con
fecha 29.04.2011, Registro de Entrada nº 3.272 el sobre correspondiente a la
documentación administrativa y aceptación del contrato.
Unidad de Contratación
Nº Expte.:GSP2/11
Ref.: RCHO/rdv
Quinto.- Atendida la providencia del Consejero delegado de Economía,
Hacienda y Nuevas Tecnologías de fecha 02.05.2011, se emite el siguiente informe
por el Jefe de la Unidad de Contratación,
………………”
PRIMERO.- La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife aporta los documentos
siguientes: copia del Registro de Entidades Religiosas dependientes del Ministerio de Justicia,
del código de identificación fiscal, del poder y documento nacional de identidad del
representante de la entidad, de los certificados de estar al corriente en las obligaciones
tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma, con la Seguridad Social, declaración de
estar exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas y declaración responsable de no
estar incursa la entidad en las prohibiciones para contratar de fecha 28.04.2011.
SEGUNDO.- La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife se compromete a
ejecutar el contrato de gestión de servicio público para la atención residencial de personas con
discapacidad intelectual y trastornos graves de la conducta, bajo la modalidad de concierto, con
sujeción estricta al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones
técnicas particulares por la cantidad de treinta y seis mil seiscientos euros (36.600,00 €),
excluido el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).
La prestación del servicio está exenta del IGIC de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10 de la ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del
régimen económico fiscal de canarias.
El precio unitario de la plaza ocupada día asciende a cien euros (100,00€/día).
Es cuanto se tiene que informar.”
Sexto.- Mediante providencia del órgano de contratación de fecha 03.05.2011
se designa responsable del contrato a Dña. Luz Divina Cabrera Travieso, Jefa de la
Unidad de Asuntos Sociales, Sanidad, Consumo e Inmigración.
En virtud del artículo 135, apartado d) del 154 y la Disposición Adicional
Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público y en el decreto de delegación de
Competencias número 2.648/2009, por la presente,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Adjudicar el contrato de la gestión del servicio público para la
atención residencial de personas con discapacidad intelectual y trastornos graves de la
conducta, bajo la modalidad de concierto, mediante procedimiento negociado sin
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publicidad y sin promover la concurrencia en la oferta, a la Orden Hospitalaria San
Juan de Dios en Tenerife, con CIF: R3800019F, por un precio de treinta y seis mil
seiscientos euros (36.600,00€), excluido el Impuesto General Indirecto Canario
(IGIC).
La prestación del servicio está exenta del IGIC de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10 de la ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales
del régimen económico fiscal de Canarias.
SEGUNDO.- Requerir a la Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife,
para que, en el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la
notificación de la resolución de la adjudicación proceda a la formalización del
correspondiente contrato.
TERCERO.- Designar responsable del contrato a Dña. Luz Divina Cabrera
Travieso, Jefa de la Unidad de Asuntos Sociales, Sanidad, Consumo e Inmigración.
CUARTO.- Notificar la presente resolución a la entidad adjudicataria Orden
Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife, y dar traslado de la misma a la
Intervención de Fondos, a la Unidad de Tesorería, a la Consejería de Asuntos Sociales,
Sanidad, Consumo e Inmigración, a la Unidad de Contratación y al Pleno de la
Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá
interponer potestativamente recurso de reposición, ante el órgano administrativo
que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de recibo de esta
notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto
en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
artículo 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de recibo de esta notificación.
Interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido un mes desde la interposición
del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado
y quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
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En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión
o cualquier otro que estime procedente en derecho.
En Puerto del Rosario, a 6 de mayo de 2011
EL CONSEJERO DELEGADO DE ECONOMÍA,
HACIENDA Y NUEVAS TECNOLOGIAS,
Fdo.: Antonio Mesa Hernández
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo.: Miguel A. Rodríguez Martínez
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