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DECRETO DEL CONSEJERO DELEGADO Unidad de Contratación Nº Expte.:GSP2/11 Ref.: RCHO/rdv De conformidad con la propuesta de resolución del Jefe de Unidad de Contratación de fecha 03.05.2011, fiscalizada conforme por la Interventora Accidental de la Corporación de fecha 04.05.2011, referente a la adjudicación del contrato de la gestión del servicio público para la atención residencial de personas con discapacidad intelectual y trastornos graves de la conducta, bajo la modalidad de concierto, mediante procedimiento negociado sin publicidad y sin promover la concurrencia en la oferta. Primero.- Mediante resolución del órgano de contratación de fecha 11.04.2011 se aprobó el expediente de contratación de la gestión del servicio público para la atención residencial de personas con discapacidad intelectual y trastornos graves de la conducta, bajo la modalidad de concierto, mediante procedimiento negociado sin publicidad y sin promover la concurrencia en la oferta, con un presupuesto máximo del contrato que asciende a la cantidad de treinta y seis mil seiscientos euros (36.600,00€), excluido el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). La prestación del servicio está exenta del IGIC de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del régimen económico fiscal de Canarias. Segundo.- La entidad invitada a aceptar el contrato de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas, mediante oficio del Consejero delegado de Economía, Hacienda y Nuevas Tecnologías de fecha 12.04.2011, registro de salida nº 4.931 fue la Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife, con CIF: R3800019F, de conformidad con lo dispuesto en el apartado d) del artículo 154 de la LCSP, dado que, por razones técnicas, sólo puede encomendarse a esta entidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Tercero.- El plazo de presentación de documentación fue de quince días hábiles a partir de la recepción de la invitación. La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife recibe la invitación el día 14.04.2011, siendo el plazo de vencimiento el día 03.05.2011. Cuarto.- La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife presentó con fecha 29.04.2011, Registro de Entrada nº 3.272 el sobre correspondiente a la documentación administrativa y aceptación del contrato. Unidad de Contratación Nº Expte.:GSP2/11 Ref.: RCHO/rdv Quinto.- Atendida la providencia del Consejero delegado de Economía, Hacienda y Nuevas Tecnologías de fecha 02.05.2011, se emite el siguiente informe por el Jefe de la Unidad de Contratación, ………………” PRIMERO.- La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife aporta los documentos siguientes: copia del Registro de Entidades Religiosas dependientes del Ministerio de Justicia, del código de identificación fiscal, del poder y documento nacional de identidad del representante de la entidad, de los certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma, con la Seguridad Social, declaración de estar exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas y declaración responsable de no estar incursa la entidad en las prohibiciones para contratar de fecha 28.04.2011. SEGUNDO.- La Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife se compromete a ejecutar el contrato de gestión de servicio público para la atención residencial de personas con discapacidad intelectual y trastornos graves de la conducta, bajo la modalidad de concierto, con sujeción estricta al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas particulares por la cantidad de treinta y seis mil seiscientos euros (36.600,00 €), excluido el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). La prestación del servicio está exenta del IGIC de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del régimen económico fiscal de canarias. El precio unitario de la plaza ocupada día asciende a cien euros (100,00€/día). Es cuanto se tiene que informar.” Sexto.- Mediante providencia del órgano de contratación de fecha 03.05.2011 se designa responsable del contrato a Dña. Luz Divina Cabrera Travieso, Jefa de la Unidad de Asuntos Sociales, Sanidad, Consumo e Inmigración. En virtud del artículo 135, apartado d) del 154 y la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público y en el decreto de delegación de Competencias número 2.648/2009, por la presente, HE RESUELTO: PRIMERO.- Adjudicar el contrato de la gestión del servicio público para la atención residencial de personas con discapacidad intelectual y trastornos graves de la conducta, bajo la modalidad de concierto, mediante procedimiento negociado sin 2 Unidad de Contratación Nº Expte.:GSP2/11 Ref.: RCHO/rdv publicidad y sin promover la concurrencia en la oferta, a la Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife, con CIF: R3800019F, por un precio de treinta y seis mil seiscientos euros (36.600,00€), excluido el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). La prestación del servicio está exenta del IGIC de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del régimen económico fiscal de Canarias. SEGUNDO.- Requerir a la Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife, para que, en el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución de la adjudicación proceda a la formalización del correspondiente contrato. TERCERO.- Designar responsable del contrato a Dña. Luz Divina Cabrera Travieso, Jefa de la Unidad de Asuntos Sociales, Sanidad, Consumo e Inmigración. CUARTO.- Notificar la presente resolución a la entidad adjudicataria Orden Hospitalaria San Juan de Dios en Tenerife, y dar traslado de la misma a la Intervención de Fondos, a la Unidad de Tesorería, a la Consejería de Asuntos Sociales, Sanidad, Consumo e Inmigración, a la Unidad de Contratación y al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el órgano administrativo que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de recibo de esta notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de recibo de esta notificación. Interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contenciosa administrativa. 3 Unidad de Contratación Nº Expte.:GSP2/11 Ref.: RCHO/rdv En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente en derecho. En Puerto del Rosario, a 6 de mayo de 2011 EL CONSEJERO DELEGADO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y NUEVAS TECNOLOGIAS, Fdo.: Antonio Mesa Hernández EL SECRETARIO GENERAL Fdo.: Miguel A. Rodríguez Martínez 4