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PLATONISMO MUSICAL Y DISTINTAS VERSIONES DE UNA OBRA
Estética, teoría de las artes y literatura
Nemesio García-Carril Puy
Master en filosofía contemporánea, doctorando de la Universidad de Granada
[email protected]
La tesis que se defenderá en esta ponencia es que el platonismo musical de
Julian Dodd (2007) no da cuenta de manera adecuada de nuestras intuiciones acerca de
la naturaleza de las obras musicales al caracterizar a estas como entidades
temporalmente inflexibles.
Para ello, en primer lugar, se planteará el caso límite de un compositor que, tras
la primera audición de su obra (escrita en la partitura P), decide modificar la última nota
de uno de los instrumentos (dando lugar a la partitura P1). ¿Ha dado lugar el compositor
a una nueva obra musical? ¿Entenderían los ejecutantes que están ante dos partituras de
obras diferentes? ¿Accedería el programador de una sala de conciertos a programar en
el mismo concierto las ejecuciones de P y P1 como obras diferentes? ¿Accedería una
editorial a publicar las partituras P y P1 como obras diferentes? La respuesta a estas
preguntas nos permitirá mostrar que una de nuestras intuiciones más arraigadas acerca
de las obras musicales es que:
Sean dos estructuras de sonidos, X y X1, tal que X1 es idéntica a X excepto en el último sonido,
X puede ser indicada por una partitura P y X1 puede ser indicada por una partitura P 1: no estamos
dispuestos a aceptar como dos obras musicales distintas una obra musical constituida por la
estructura de sonidos X y otra obra musical constituida por la estructura de sonidos X 1.
La consecuencia inmediata de esta intuición es que el hecho de que tengamos
estructuras de sonidos diferentes en algún aspecto no es condición suficiente para
considerar que esas estructuras de sonidos dan lugar a dos obras musicales distintas. En
efecto, a partir de los ejemplos históricos de la Sinfonía nº 2 de Chaikovski y la Quinta
Sinfonía de Sibelius, se mostrará que el mundo de la música no considera que unas
ligeras modificaciones efectuadas por un compositor en una obra musical compuesta
por él dan lugar a una obra musical nueva, sino que, a lo sumo, originan una nueva
versión de la misma obra. Por tanto, las obras musicales no pueden ser entidades
temporalmente inflexibles, es decir, entidades que no puedan experimentar cambios en
sus propiedades intrínsecas a lo largo del tiempo.
Sin embargo, el platonismo de Dodd es incompatible con las consecuencias que
se siguen de esta intuición. Dodd defiende la tesis de que una obra musical es un tipo,
es decir, una estructura tipo cuyos constituyentes son sonidos tipo (Dodd, 2000: 425).
Los tipos son entidades de naturaleza abstracta que se caracterizan por ser modal y
temporalmente inflexibles y ontológicamente finas (Dodd, 2007: 53). Si las obras
musicales son tipos, entonces tienen que poseer los rasgos ontológicos que caracterizan
a esta clase de entidades. Dodd niega la flexibilidad temporal de las obras musicales a
partir del principio siguiente: si un objeto cambia, entonces deja de existir en su estado
previo (Dodd, 2007: 88). De acuerdo con este principio, no es posible el caso de que un
objeto cambie y, a la vez, pueda seguir existiendo en su estado previo. En el caso de las
obras musicales, si una obra ha sufrido cambio temporal, entonces debería de dejar de
existir la posibilidad de ejecutar sus versiones previas al cambio. Pero las distintas
versiones de una obra musical se encuentran ontológicamente a la par y son
recuperables y, por tanto, son obras musicales diferentes aunque con un alto grado de
parecido. Sin embargo, se mostrará que la aplicación de la teoría de Dodd a casos reales
como el de la Quinta Sinfonía de Sibelius es problemático. En efecto, Sibelius escribió
tres versiones de esta sinfonía en 1915, 1916 y 1919, la segunda de las cuales no es
recuperable debido a que el propio Sibelius destruyó la partitura. Así, partiendo del
principio de Dodd, si atendemos exclusivamente a las versiones de 1915 y 1919, la
Quinta sinfonía es temporalmente inflexible. Pero si atendemos exclusivamente a las
versiones de 1916 y 1919, entonces la Quinta sinfonía es una entidad temporalmente
flexible.
El origen del problema de la aplicación de la teoría de Dodd a este tipo de casos
radica en la asunción del supuesto formalista de que una obra musical solo puede tener
una estructura de sonidos. La solución de este problema pasa por una ontología de la
música que parta de la base de que la relación entre obra musical y estructura de sonidos
no es necesariamente una relación uno a uno. El rechazo del supuesto formalista puede
implicar nuevos problemas relacionados con las condiciones de identidad de las obras
musicales. Sin embargo, se esbozará que un nominalismo de parecido para las obras
musicales puede hacer frente a muchos de estos problemas.
REFERENCIAS:
DODD, J. (2000) “Musical works as eternal types”, British Journal of
Aesthetics, Vol. 40, No. 4. Pp. 424-440.
DODD, J. (2007) Works of music. An essay in ontology. Oxford University
Press, Oxford.