Download Expte. Nº 11804 - Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
H. Cámara de Diputados Provincia de Corrientes Lautaro Javier Sáez Diputado Provincial – Partido Popular EXPEDIENTE 11804-REGISTRADO 7/11/16-HORA 13 PROYECTO DE LEY Iniciativa: Diputado LAUTARO JAVIER SAEZ.Proyecto: “LEY” Bloque: Partido Popular Asunto: Ley de tratamiento, asistencia e investigación de la psoriasis como enfermedad crónica - FUNDAMENTOS: HONORABLE CAMARA: La Psoriasis es una enfermedad inflamatoria, crónica, sistémica, no contagiosa. La misma aparece tanto en hombres como en mujeres de cualquier edad, afectando al 0,5 al 3% de la población mundial. En Argentina se estima que el porcentaje ronda entre el 2 y 3% de la población, por lo cual entre 800.000 y 1.200.000 argentinos padecen esta enfermedad. Se estima que el 10% de estos pacientes sufre cuadros severos. Se presenta en forma de lesiones rojas, cubiertas por escamas blancas con gran variación en la severidad y la distribución de las mismas, siendo más frecuentes en determinadas zonas como codos, H. Cámara de Diputados Provincia de Corrientes Lautaro Javier Sáez Diputado Provincial – Partido Popular rodillas, tronco y cuero cabelludo. Puede comprometer también las palmas de las manos y las plantas de los pies, las uñas, la semimucosa labial y la mucosa genital. Su origen es multifactorial: existe una predisposición genética, un mecanismo inmune y la influencia de múltiples factores como el estrés, medicamentos, traumatismos, infecciones, alcohol, tabaco y obesidad, pueden desencadenar o agravar la evolución de la misma. La psoriasis no es meramente una cuestión cosmética, la enfermedad afecta no solamente la piel sino que puede comprometer las articulaciones, el intestino, el tejido adiposo, el sistema cardiovascular, entre otros. La psoriasis es controlable, empero requiere siempre de una campaña de educación e Información sobre Psoriasis, al efecto de que la población acceda a la misma. La psoriasis es una enfermedad crónica inflamatoria de la piel, que compromete las mucosas, uñas, articulaciones y se caracteriza por presentar lesiones rojas, cubiertas de escamas blanquecinas que se desprenden fácilmente y pueden sangrar o doler. Durante la campaña, se deberá al menos distribuirá material informativo en hospitales y centros de salud de todo la provincia, donde, además, especialistas en dermatología responderán todas las preguntas referidas al diagnóstico, medicamentos y tratamientos para esta patología que en la Provincia afecta a mucha personas. Que proyectamos la misma sea coincidente con el día mundial de la psoriasis -29 de octubre –. Las estadísticas médicas dicen que entre un 10 y 30% de los casos de psoriasis, pueden devenir en artritis psoriásica. La artritis psoriásica es un tipo de artritis que provoca H. Cámara de Diputados Provincia de Corrientes Lautaro Javier Sáez Diputado Provincial – Partido Popular inflamación e hinchazón en manos, pies o articulaciones como las rodillas, caderas, codos y columna, causando dolor, rigidez articular y finalmente invalidez. Por otra parte, más allá de los aspectos físicos de la enfermedad, la psoriasis provoca un fuerte impacto psicológico en la persona. En el trabajo "Enfermedad Psiquiátrica y Psicológica Intercurrente en Pacientes con Trastornos Dermatológicos" cuyos autores son Gupta MA y Gupta AK se señala que "la afección cutánea genera un efecto sumamente desfavorable en la calidad de vida de los pacientes, fenómeno que a su vez es causa de morbilidad psicológica importante. En estos enfermos, el estrés obedece casi con exclusividad al efecto cosmético de la patología y al estigma social que genera." "Las respuestas dejan en claro que la psoriasis influye de forma muy importante en la vida del paciente, tanto en la esfera psicoemocional como en las relaciones del sujeto con su entorno laboral y social. Los resultados reflejan que la psoriasis afecta incluso a los aspectos más personales y cotidianos de la vida." "La carga psicológica de esta enfermedad queda patente en las respuestas de los encuestados, pues más de un 60% de ellos asegura sufrir inseguridad y el 75% indica que padece angustia y estrés debido a su enfermedad. "Contribuyen a las situaciones mencionadas la existencia de un gran desconocimiento a escala social y una información limitada de lo que es la psoriasis. Un mayor conocimiento por parte de la sociedad sobre la enfermedad y sus dificultades son, sin duda, el primer paso hacia la plena integración del enfermo. El presente proyecto propone incorporar el diagnóstico y tratamiento de la psoriasis en el Plan Médico Obligatorio, que permitan la integración y la comprensión del paciente psoriásico. Por H. Cámara de Diputados Provincia de Corrientes Lautaro Javier Sáez Diputado Provincial – Partido Popular otra parte también se prevé la conformación de una base de datos que permitan conocer con mayor precisión la prevalencia de la enfermedad y las características de los que la sufren, para de este modo, poder realizar investigaciones e implementar políticas. Por todos los fundamentos expuestos ruego una sanción favorable del presente proyecto de ley, el que queda redactado de la siguiente manera: L E Y Nº .- EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y: LEY DE TRATAMIENTO, ASISTENCIA E INVESTIGACION DE LA PSORIASIS COMO ENFERMEDAD CRONICA H. Cámara de Diputados Provincia de Corrientes Lautaro Javier Sáez Diputado Provincial – Partido Popular Artículo 1º.- De la Enfermedad: Reconócese en todo el ámbito de la Provincia de CORRIENTES a la enfermedad denominada psoriasis como enfermedad crónica; y a su tratamiento, como prestación básica esencial garantizada, en los términos que establece la presente. Artículo 2º.- Deberes del Estado Provincial: El Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Salud, garantizará su tratamiento comprendiendo ello las fases de diagnóstico, tratamiento clínico, psicológico, farmacológico, insumos que irrogan tales prácticas y todo aquello que concurra a atender adecuadamente la enfermedad. Artículo 3º.- Obligaciones del Estado: El Estado Provincial deberá: a) Asegurar la existencia de por lo menos un (1) equipo de fototerapia PUBA y un equipo de fototerapia UVB NB de banda angosta o sus sucedáneos. En todos los casos gozará de supervisión médica y de enfermería durante la totalidad del período que dure el tratamiento; b) llevar un registro de personas con las patologías mencionadas en el artículo 1º; c) propiciar e implementar programas y cursos de educación para los pacientes y su grupo familiar, tendientes a lograr su activa participación en el control y tratamiento de la enfermedad; d) desarrollar programas de docencia e investigación, auspiciando la formación y capacitación de recursos humanos especializados para el sector; H. Cámara de Diputados Provincia de Corrientes Lautaro Javier Sáez Diputado Provincial – Partido Popular e) instrumentar los recursos de infraestructura, técnicos y humanos, para la concreción del inciso a); f) realizar toda otra actividad necesaria para el diagnóstico, rehabilitación y tratamiento de esta patología. Articulo 5º.- Campaña de concientización: El gobierno provincial llevará a cabo una campaña intensiva de difusión de la enfermedad de la psoriasis, tendientes a la información sobre la dolencia, su tratamiento, datos de investigación y los programas médicos de salud provincial específicos, cada última semana del mes de octubre de cada año, haciendo coincidir con el día 29 de octubre “día mundial de la psoriasis”. Artículo 6º.- Financiamiento: Los gastos que irrogue la aplicación de la presente ley, serán atendidos con el presupuesto provincial destinado a la Salud. Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, a los _______días del mes de _________________ del año dos mil dieciséis.- LAUTARO JAVIER SAEZ Diputado Provincial Partido Popular -Provincia de Corrientes-