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PLIEGO DE CONDICIONES
DE LA LICITACIÓN ABREVIADA N° 4/90408
PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
ASISTENCIA MÉDICA INTEGRAL EN LA CIUDAD DE SALTO, Y LAS
DIVERSAS LOCALIDADES DEL DEPARTAMENTO PARA LOS
FUNCIONARIOS Y EX- FUNCIONARIOS (JUBILADOS)
SECCIÓN I
CONDICIONES PARTICULARES
1°)
RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
Día: 11 de agosto de 2004
Hora: 15.30
Local: Primer Piso - Sala de Licitaciones - Edificio ANCAP (Paysandú y Avda.
Libertador Brig. Gral. Lavalleja)
Constancias: En el acto de apertura los oferentes deberán presentar las
ofertas en original y 3 (tres) copias y además:
1.
Comprobante
de
INSCRIPCIÓN
EN
EL
REGISTRO
DE
PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN, de acuerdo con el punto
2.6.2 de la Sección II.
No se aceptarán comprobantes de inscripción sin fecha, o cuando
la misma sea anterior al año 2001.
2.
Comprobante de adquisición del Pliego, de acuerdo al punto 8.2 lit. d)
del Pliego Único.
3.
Recibo de Depósito de Garantía de Mantenimiento de Propuesta (si
correspondiera).
4.
Formulario de Identificación del Oferente (Anexo 1 del Pliego Único).
Presentación de Ofertas: Tener en cuenta lo establecido en el punto 2.2 de la
Sección II. Fax: 902.1136 y 902.1642.
NOTA: El horario de cajas para la adquisición de pliegos y para efectuar
depósitos de garantía es de lunes a viernes de 9 a 12 y de 13 a 16 horas en
el Sección Tesorería del Edificio ANCAP, sito en Paysandú y
Avda. Libertador Brig. Gral. Lavalleja.
Licitación Abreviada N° 4/90408
2°)
OBJETO DE LA LICITACIÓN
La División Administración General de ANCAP llama a Licitación
Abreviada para la contratación de servicios de atención médica integral en la
ciudad de Salto y las diversas localidades del Departamento para los
funcionarios y ex-funcionarios (jubilados) de la Administración que ANCAP
indique (a la fecha de apertura el total asciende aproximadamente a 316
beneficiarios) por el término de 1 (un) año con opción hasta 1 (un) año más a
criterio de ANCAP.
3°)
CONDICIONES GENERALES MÍNIMAS
Las condiciones mínimas exigidas para la prestación de la asistencia
médica integral de la presente convocatoria, son las siguientes:
3.1 El oferente no podrá establecer discriminación ni limitación de especie
alguna al ingreso y utilización de los servicios para los beneficiarios de
esta contratación. Los beneficiarios tendrán acceso a todos los servicios
desde el primer día de vigencia del contrato.
3.2 Policlínica y Urgencia. Los beneficiarios serán atendidos de lunes a
viernes en el día, por un médico general, en cualquiera de las policlínicas
habilitadas.
El beneficiario podrá optar por ser asistido por el médico general de su
preferencia, salvo imposibilidad de ser asistido por éste.
El beneficiario que requiera asistencia médica fuera de los horarios fijados
para la atención en Policlínica, lo hará sólo en caso de urgencia y deberá
ser atendido por un médico de guardia en forma inmediata.
Las asistencias requeridas en los días sábados, domingos y feriados
serán atendidas igualmente en el día para los casos no urgentes y en la
forma señalada que antecede para los casos URGENTES por un médico
de guardia.
A tales efectos el oferente deberá proporcionar una descripción del
funcionamiento del Servicio de Policlínica y Urgencia y su integración,
hora de funcionamiento y otros elementos informativos, tales como planta
física, ambulancia, equipamiento, instrumentales y comunicaciones.
3.3 Domicilio. Cuando el quebranto de salud del paciente así lo justifique, se
deberá otorgar atención médica domiciliaria en el día, salvo los casos de
urgencia en los que se procederá de acuerdo con lo mencionado en el
punto 3.2, esto es en forma inmediata y en el domicilio.
3.4 Ambulancia. Se deberá contar con servicio de ambulancia para el traslado
y asistencia de los pacientes.
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Licitación Abreviada N° 4/90408
3.5 Los servicios a prestar por el adjudicatario, deberán cumplirse en un todo
de acuerdo con las normas establecidas actualmente y/o futuras del
Ministerio de Salud Pública para las Instituciones de Asistencia Médica
Colectiva y comprenderán:
a) Atención médica general.
b) Atención médica especializada en todas sus formas.
c) Atención odontológica de acuerdo con las Reglamentaciones y
Ordenanzas vigentes del Ministerio de Salud Pública.
d) Intervenciones quirúrgicas (altamente especializadas, alta, mayor y
corriente).
e) Internación sanatorial para casos médicos, quirúrgicos, psiquiátricos,
Centro de Cuidados Especiales, C.T.I. y C.I.
La internación sanatorial se realizará con un máximo de 2 (dos)
pacientes por habitación con baño privado. Las internaciones
siquiátricas se brindarán en la forma establecida por el Ministerio de
Salud Pública.
f) Exámenes paraclínicos (análisis de laboratorio, imagenología, etc.)
necesarios para un correcto estudio del paciente.
g) Hemoterapia. Las reposiciones de sangre se regirán de acuerdo con
las normas que regulan dicha materia, según la Ley N 12.072, y
disposiciones modificativas, complementarias y/o concordantes
competentes en dicha materia. En ningún caso la Administración se
hará cargo de la reposición de sangre y derivados.
h) Inyectables y curaciones en Policlínica y en domicilio, según sea la
clínica de cada caso.
i) Inhaloterapia en Sanatorio, Policlínica y domicilio.
j) Fisioterapia, y demás actividades de rehabilitación en Sanatorio,
Policlínica y/o domicilio.
3.6 La atención por especialista, así como los servicios auxiliares, deberán
cumplirse dentro de los horarios fijados para la Policlínica.
Los médicos especialistas prestarán su asistencia a solicitud del afiliado
y/o por pase del médico de medicina general, y en los casos que el
Departamento Médico de ANCAP a través del área de Medicina
Preventiva, así lo solicite. En caso de intervención quirúrgica, el
funcionario podrá elegir libremente el cirujano entre los que disponga la
Mutualista, que puede no ser el médico tratante.
3.7 Historias clínicas. El adjudicatario deberá cumplir con las normas
establecidas por el Ministerio de Salud Pública referidas a "Registros
Clínicos" y a las que en el futuro se establezcan. Además deberá, durante
la vigencia del contrato y a solicitud del Departamento Médico de ANCAP,
proporcionar en un plazo máximo de 48 horas, las historias clínicas o sus
fotocopias que este solicitare, las que serán devueltas a la brevedad.
Cuando la asistencia médica de un afiliado de ANCAP sea trasladada a
otra institución, el adjudicatario deberá entregar a ANCAP su historia
clínica.
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Licitación Abreviada N° 4/90408
3.8 Medicamentos. El adjudicatario deberá suministrar los medicamentos de
uso general y/o especializados, de acuerdo con las indicaciones médicas
impartidas y a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Salud
Pública.
3.9 Los médicos tratantes del adjudicatario deberán determinar en las
constancias de incapacidad que expidan la o las patologías
responsables de la misma, y se abstendrán, en todos los casos, de
determinar tiempo de duración de ésta.
El adjudicatario deberá, a solicitud del Médico Certificador, brindarle la
más completa colaboración, a efectos de que el mismo tenga libre acceso
a toda la documentación clínica y paraclínica de los beneficiarios, así
como también colaborar en las Juntas Médicas que esta Administración
requiera para la evaluación de los mismos.
Para el caso de que el Médico Certificador de ANCAP desempeñe
funciones particulares dentro de los cuadros funcionales del oferente,
deberá abstenerse de actuar como médico tratante de los beneficiarios de
esta Administración, salvo que no exista otra alternativa para la atención
del paciente.
3.10 Los gastos de traslado que los beneficiarios requieran para ser asistidos
en otras localidades del país, serán de cargo del adjudicatario. Cuando
por la índole de la dolencia que afecte al paciente internado sea
necesario contar con los servicios de un acompañante, los gastos que
éste origine serán de cargo del paciente y no de ANCAP.
4°)
REQUISITOS
4.1 Los oferentes, a efectos de evaluar su experiencia, su solvencia técnica y
comercial y la eficiencia de la organización que brindará la asistencia,
ofrecerán en su propuesta una descripción de los servicios que presta, las
instalaciones y demás elementos que utiliza para la atención médica
integral.
4.2 Describir los servicios de ambulancia para el traslado y asistencia de los
pacientes, sus características (cantidad, equipamiento, tipo de vehículo,
instrumental, radio-controlada, etc.).
4.3 El oferente deberá suministrar conjuntamente con su propuesta el
"vademecum" utilizado en su organización médica, describiendo,
además, los criterios de renovación de medicamentos dentro de éste así
como los procedimientos a seguir para aquellos medicamentos
imprescindibles y/o insustituibles que no se encuentren en el mismo
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Licitación Abreviada N° 4/90408
5°)
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
5.1 Para la prestación de los servicios, el adjudicatario exigirá al paciente la
presentación del Carné de funcionario o ex-funcionario (jubilado) de
ANCAP y/o asociado. ANCAP no se responsabiliza por todas aquellas
atenciones que se realicen a personas ajenas al Organismo, extremo
que desde ya conocen y aceptan los oferentes, sin derecho a
reclamo alguno.
5.2 Toda cobertura en materia de Medicina Preventiva, Asistencial y
Odontológica que preste la Instituciones de Asistencia Médica Colectiva,
deberá ajustarse a la normativa legal vigente.
6°)
OBLIGACIONES DE ANCAP
6.1 ANCAP proporcionará al adjudicatario dentro de los 5 (cinco) primeros
días de cada mes, las nóminas de beneficiarios de la atención médica.
Dichas nóminas comprenderán: nombre y apellido, dirección, carné de
funcionario o ex - funcionario y Cédula de Identidad cuando corresponda.
6.2 ANCAP se compromete a abonar 3 (tres) afiliaciones, a efectos de
retribuir atenciones médicas realizadas por el adjudicatario a beneficiarios
de ANCAP, por razones de emergencia y/o urgencia, y de paso en la
ciudad de Maldonado y alrededores.
7°)
DERECHOS DE ANCAP
7.1 Para aquellos casos que generen situaciones litigables o que den origen a
la concesión por parte de ANCAP de licencias médicas prolongadas, se
integrará una Junta Médica con 3 (tres) miembros (un especialista del
caso a considerar, un médico de ANCAP y el médico tratante).
7.2 ANCAP se reserva el derecho de designar médicos subrogantes en todos
aquellos casos, en que la no integración total impida el funcionamiento de
la Junta Médica.
7.3 ANCAP desde la apertura de propuestas y hasta la finalización del
contrato, podrá realizar dos tipos de comprobaciones en las visitas a los
servicios asistenciales:
7.3.1 de carácter técnico, y
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Licitación Abreviada N° 4/90408
7.3.2 de carácter no técnico, tales como cumplimiento de horarios,
sistema de atención, confort sanatorial y similares.
Serán realizadas por personal de ANCAP, que deberá ser acompañado
por personas con jerarquía, autorizadas por el oferente o el adjudicatario
según corresponda.
7.4 Sin perjuicio de lo establecido en el numeral 7.4, ANCAP (Departamento
Médico) realizará evaluaciones de los servicios, por intermedio de una
comisión "técnico - administrativa" designada a dichos efectos y de
verificarse incumplimientos de las obligaciones contraidas, podrá realizar
observaciones e incluso recomendar la rescisión del contrato.
8°)
GARANTÍAS
DE PROPUESTA: Será del 1 % (uno por ciento) del valor de la oferta en caso
de que este monto supere el límite establecido para este requisito en el
T.O.C.A.F. Actualmente $ 1:514.000 (un millón quinientos catorce mil pesos
uruguayos) impuestos incluidos.
El cálculo del Depósito de Garantía de Propuesta a realizar se efectuará de la
siguiente forma: Número de beneficiarios (aproximadamente 316 como se
indicó) por cuota total cotizada por el oferente según Numeral 9.1 (incluyendo
todos los conceptos detallados).
DE CONTRATO: 5 % (cinco por ciento) del valor de la adjudicación.
El oferente quedará eximido de este requisito en caso de que este valor no
supere el monto establecido en el T.O.C.A.F. Actualmente: $ 605.600
(seiscientos cinco mil seiscientos pesos uruguayos), impuestos incluidos.
Deberá tenerse especialmente en cuenta lo establecido en el Artículo 3° DE
LAS GARANTÍAS de la sección II y Artículos 10º, 18º y 26° del Pliego Único.
Los depósitos de garantía deberán efectuarse de acuerdo con el punto 3 de la
Sección II, en la Sección Tesorería del Edificio ANCAP, sito en Avda. Libertador
Brig. Gral. Lavalleja y Paysandú (MONTEVIDEO).
Las mutualistas sin fines de lucro, impedidas por disposiciones legales de
emplear fondos que no sean para fines estrictamente asistenciales, podrán en
su caso, integrar las garantías con un pagaré a la orden de ANCAP, por el
importe representativo del 1% (uno por ciento) o 5% (cinco por ciento) del valor
de la oferta o adjudicación respectivamente. La circunstancia de hallarse
comprendidas en esta disposición, será certificada notarialmente.
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Licitación Abreviada N° 4/90408
9°)
COTIZACIÓN
9.1 Se cotizará en moneda nacional un precio unitario (afiliación por paciente)
correspondiente a la prestación de asistencia médica integral en su
totalidad que será de aplicación a cada uno de los afiliados.
Los oferentes deberán presentar la cuota de afiliación total desglosada y
los diferentes factores que la componen, a saber:





Cuota Base
I.M.A.E. (Ley N° 16.343 y concordantes)
Cuotas autorizadas legalmente, si las hubiere.
Tributos vigentes.
Porcentaje sustitutivo de tiques
Deberán aportar toda la documentación que apruebe fehacientemente y
legalmente los montos autorizados a cobrar durante la vigencia del
contrato.
9.2 ANCAP pagará un porcentaje sobre la cuota base como sustitutivo de
tiques por la utilización de todos los servicios que realicen los beneficiarios
de esta contratación, no aceptándose otra solución al respecto.
El adjudicatario tendrá a su cargo el cobro a los beneficiarios de los tiques
por los conceptos y montos que ANCAP determine, no pudiendo el
adjudicatario cobrar otros conceptos no autorizados por ANCAP. Los
montos recaudados se verterán a ANCAP mediante depósito bancario o
nota de crédito. ANCAP podrá efectuar los controles que estime
convenientes al respecto, debiendo suministrar el adjudicatario toda la
documentación e información necesaria a tales efectos.
Para ello, el adjudicatario suministrará a ANCAP, una relación,
discriminada por concepto de tiques, con indicación del número de
afiliado, número de Registro ANCAP o Cédula de Identidad, fecha de
consulta o de la receta de medicamento e importe total, adjuntando a ésta
los talonarios o recibos de tiques que deberán ser firmados por el
beneficiario o familiar en caso de imposibilidad y que contendrán los
siguientes datos:
FECHA, NUMERO DE AFILIADO, CONCEPTO DE TIQUE E IMPORTE.
A los efectos señalados precedentemente, el adjudicatario suministrará a
ANCAP los valores vigentes por concepto de tique, así como la duración
de las órdenes en consultorio y domicilio.
A título informativo, se comunica que a la fecha de apertura de esta
Licitación, el número total de beneficiarios asciende aproximadamente a
316, e indefectiblemente ANCAP abonará a la adjudicataria por la
cantidad efectiva de beneficiarios que ANCAP indique.
9.3 PRESENTACIÓN DE FACTURAS:
El adjudicatario deberá presentar facturas mensuales separadas por
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Licitación Abreviada N° 4/90408
precio básico y por el precio que surge del ajuste, si correspondiere.
Solamente se aceptarán los incrementos autorizados legalmente.
Las facturas de ajuste deben cumplir las siguientes condiciones:
1) Indicar Nº de factura básica.
2) Indicar Nº de Pedido de Compra
3) Indicar mes de prestación del servicio.
4) Cada factura de ajuste deberá corresponder a una factura básica.
10°)
CONDICIONES DE PAGO
ANCAP expresa su preferencia por aquellas ofertas que establezcan
pagos mensuales a 30 (treinta) o más días calendario de presentación de
factura. En caso de omisión se entenderá que la forma de pago para las
facturas de precio base mensual es a 30 (treinta) días calendario de fecha de
presentación de dicho documento. Las facturas de ajuste indefectiblemente se
pagarán a 45 (cuarenta y cinco) días calendario de fecha de presentación de
factura.
Para estos supuestos deberá tenerse en cuenta la modificación
dispuesta para el Numeral 27 del Pliego Único por el Decreto Nº 20/002.
11°)
ADJUDICACIÓN
A efectos de la adjudicación, se tendrán en cuenta los siguientes
factores de selección, en el orden de prelación que se indica a continuación:

Factor CALIDAD
-
-
Cumplimiento de las condiciones generales mínimas y requisitos
establecidos en el presente pliego.
Tres referencias comerciales y/o bancarias de las firmas oferentes,
como mínimo.
Antecedentes en servicios similares al licitado: nómina de las
empresas, a las cuales les haya prestado servicios en los últimos
tres años, detallando nombre de la empresa, dirección, fecha y
duración del contrato, y por lo menos tres referencias por escrito,
expedidas por los responsables de las empresas a las que se hace
referencia.
Aceptación de multas.
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Licitación Abreviada N° 4/90408

Factor PRECIO
-
Monto
Descuento y condiciones de pago
ANCAP no adjudicará en forma dividida, esto implica que la
adjudicación recaerá en un solo oferente; ni adjudicará parcialmente el
objeto, esto es, comprenderá todo el objeto licitado.
Ello sin perjuicio de que ANCAP se reserva el derecho de no adjudicar la
licitación, extremo que los proponentes ya conocen y aceptan sin
reclamación de especie alguna.
12°)
VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato será por el término de 1 (un) año con opción
hasta 1 (un) año más a criterio de ANCAP.
Si durante el plazo contractual, por razones de no tener real necesidad
de utilización de las tareas contratadas, no se hiciere uso de las mismas, por no
existir una efectiva demanda, la Administración no contraerá por ello ninguna
obligación, eximiéndose de toda responsabilidad y no pudiendo por lo tanto el
adjudicatario, presentar reclamación o pedir indemnización alguna, extremo
que desde ya conocen y aceptan los oferentes.
13°)
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD RELATIVA A ANCAP
ANCAP quedará exenta de toda responsabilidad que se pretenda hacer
valer contra ella, por daños generados en actos llevados a cabo por el
adjudicatario.
La empresa oferente conoce y acepta expresamente que el vínculo
contractual emergente de esta licitación no implica dependencia ni
subordinación de especie alguna respecto de la Administración.
14°)
MULTAS
En caso de que el adjudicatario no diere cumplimiento a lo contratado, la
Administración podrá exigir al adjudicatario incumplidor una multa del 10 %
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Licitación Abreviada N° 4/90408
(diez por ciento) sobre el servicio total mensual en el que se produjo dicho
incumplimiento. Asimismo será de su cargo el costo que la Administración deba
asumir para cubrir el servicio incumplido. Lo dicho, sin perjuicio de los daños y
perjuicios que puedan corresponder.
Por otra parte, en caso de incumplimiento total y/o definitivo, la
Administración podrá exigir al adjudicatario incumplidor una multa equivalente
al 10 % (diez por ciento) sobre el saldo total del servicio adjudicado. Que a
tales efectos, se podrá considerar por esta Administración incumplimiento total
y/o definitivo cuando el adjudicatario no cumpla con el servicio, o que
comenzado el cumplimiento del mismo se suspenda sin justificación en un
plazo de 2 (dos) días continuos y/o 3 (tres) días discontinuos mensuales.
El extremo de que eventualmente la Administración no ejerza en alguna
o algunas instancias este derecho, no implica renunciar a ejercerlo en el futuro.
Vencidos los plazos establecidos, ANCAP podrá rescindir unilateralmente el
contrato (sin derecho a reclamo por la parte incumplidora) y ejercer la potestad
de efectivizar la multa, además de los daños y perjuicios que pudieran
irrogarse.
La no aceptación de estas exigencias será considerada como un
elemento negativo al hacerse el estudio de adjudicación.
15°)
CONSTANCIAS
El adjudicatario, previo a la ejecución del contrato, debe tener
debidamente asegurado al personal interviniente con póliza que cubra
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Art. 61 Ley 16.074)
debiendo mantener vigente tal cobertura durante la vigencia del contrato,
pudiéndose comprobar tal extremo por parte de la Administración.
Será de su total y exclusiva cuenta y responsabilidad el cumplimiento y
las consecuencias de tales extremos y de tomar a su cargo el pago de los
premios resultantes.
16°)
CAMBIOS INSTITUCIONALES
En caso de producirse durante la vigencia de la relación contractual,
cambios en la estructura de ANCAP, derivados de privatizaciones,
desmonopolizaciones, redistribuciones del personal, mudanzas, etc., ANCAP
y el adjudicatario acordarán las modificaciones contractuales pertinentes,
ajustando las obligaciones de las partes a la nueva realidad institucional, o en
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Licitación Abreviada N° 4/90408
su caso, la rescisión unilateral del contrato a criterio de ANCAP.
El adjudicatario exime a ANCAP de cualquier tipo de responsabilidad
originada en dichos cambios, reconociendo expresamente que ni ANCAP ni
ningún otro Órgano del Estado deberán indemnizaciones por dicho concepto.
17)
CONTRATO
Una vez que se adopte resolución disponiendo la adjudicación, el
adjudicatario será notificado y a los 15 días calendario siguientes de dicha
fecha regirá respecto de sus obligaciones lo establecido en el numeral 8 y
concordantes de la Sección II. Sin perjuicio de la notificación y firma del
contrato que División Asesoría Legal (Escribanía) le requerirá oportunamente.
18)
CARNÉ DE SALUD
Todo el personal empleado por el adjudicatario deberá tener Carné de
Salud vigente de acuerdo con lo establecido por el Decreto N651/90 del
Poder Ejecutivo.
El Departamento Médico de ANCAP podrá exigir en cualquier momento
al adjudicatario la presentación de dichos carnés.
19)
CONSULTAS
Los interesados podrán efectuar consultas por escrito respecto de esta
Licitación Abreviada en la División Administración General - Sección Compras,
Planta Principal del Edificio Central de ANCAP (Paysandú y Avda. Libertador
Brig. Gral. Lavalleja), a través del fax 902.6545.
Las mismas deberán efectuarse hasta 4 (cuatro) días hábiles antes de la
fecha de apertura de propuestas y serán contestadas a quienes hubieren
retirado las presentes bases, en un plazo de hasta 2 (dos) días hábiles antes
de dicha apertura.
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20°)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
El adjudicatario presentará constancia de estar al día con la Dirección
General Impositiva y Banco de Previsión Social cuando ANCAP lo solicite.
21º)
AFECTACIONES
A) Queda pactado que cualquier adeudo de la firma adjudicataria sea por
incumplimiento del objeto licitado, aportes, salarios de sus trabajadores,
etc. podrá retenerse de los créditos que le correspondan a la misma, ya sea
provenientes del contrato que origina dicho incumplimiento, de otros que
pueda tener con el Organismo, o de cualquier otro crédito, imputándose
esa retención para el pago de tales adeudos.
B) Sin perjuicio de poder hacerse efectiva en su caso la multa contra el
depósito de garantía de contrato, la Administración podrá también ir
contra el referido depósito en las situaciones de incumplimiento de
cualquier naturaleza, sea del objeto licitado, aportes, o refiera a adeudos
salariales de los trabajadores involucrados, etc. Para estos últimos casos
(pago de aportes y/o rubros salariales) su aplicación conlleva que además
de lo expresado, no se proceda a la devolución de la garantía hasta tanto
la adjudicataria no acredite en forma el cumplimiento de sus obligaciones
salariales con el personal a su cargo que fuera afectado al contrato.
22º)
TRIBUTOS
Se deja constancia que a los efectos de esta licitación, todos los tributos
que legalmente correspondan al contratista por el cumplimiento del contrato se
considerarán incluidos en los precios cotizados.
Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que graven
la prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del
adjudicatario o de la Administración según corresponda.
No se aceptarán cláusulas que modifiquen lo consignado en el párrafo
anterior, y se rechazará toda cláusula del oferente que pretenda exonerarse del
pago de un tributo del que resulta sujeto pasivo, poniéndolo de cargo de
ANCAP.
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Licitación Abreviada N° 4/90408
23°)
ELEMENTOS INTEGRANTES DEL PRESENTE PLIEGO
De acuerdo al numeral 1.1 de la Sección II del mismo, acompañan a la
presente Sección I:

Sección II con modelo de Fórmula de Propuesta y Avales Bancarios I y II.

Pliego Único de Bases y Condiciones Generales con modelo de
Formulario de Identificación del Oferente.
Montevideo, 20 de julio de 2004
Expediente N° 235.668
Solicitud de Pedido N° 10005224
División Administración General
Departamento Médico
Contrataciones y Liquidaciones
División Administración General
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