Download La prueba pericial oftalmológica

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CURSO 31: Congreso SEO 2.001
En las reclamaciones por
responsabilidad profesional.
José Antonio Menéndez de Lucas.
José María Pérez Pérez.
Sábado 24 de septiembre de 2.011
Concepto y tipos de RP.
 Requisitos del delito culposo.
 Consentimiento Informado e
Historia Clínica.
 Intervenciones más
frecuentemente denunciadas.
 El informe pericial
oftalmológico.
 Prevención de denuncias.

“…la obligación que tienen
los médicos de reparar y
satisfacer las
consecuencias de los
actos, omisiones y errores
voluntarios e incluso
involuntarios dentro de
ciertos límites, cometidos
en el ejercicio de su
profesión”.(*)
(*).- Gisbert Calabuig JA. Medicina Legal y toxicología. 4ª ed. Madrid: Salvat; 1991.
3
1.
2.
3.
4.



MORAL.
DEONTOLÓGICA.
ADMINISTRATIVA.
JUDICIAL:
Penal.
Civil.
ContenciosoAdministrativo.
4
Son intencionales.
Son excepcionales en el
ámbito de la RP.
Ejemplos: certificados
falsos, estafa,
prescripción ilegal de
drogas,…
DOLOSOS
No hay intención, pero sí
CULPA, por:

Imprudencia.

Impericia.

negligencia.
Son delitos de tipo abierto
CULPOSOS
5




Acción u omisión.
Resultado lesivo.
Relación de causalidad.
Antijuricidad (= mal praxis).
6
Menéndez de Lucas JA.
La responsabilidad en oftalmología.
Madrid: Mc Line SL; 2010.
7
… el que se ajusta a la
“Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del
pacientes y de derechos y obligaciones en materia de
información y documentación clínica”.
(BOE de 15/11/02).
 En general es
verbal.
 Dejando constancia
en la HC.
 Escrito en
intervenciones de
riesgo.
 Uno por
intervención.
 Información
suficiente (art 8.3)
 El procedimiento y sus riesgos, consecuencias
relevantes o importantes que origina con seguridad.
Riesgos personales. Riesgos probables y
contraindicaciones (art. 10).
 Advertido de proyectos docentes, no riesgo adicional.
 Estado de necesidad terapéutico (razones objetivas)
 Excepciones (urgencias, incapacidad y salud pública).
Es un acto clínico más.
Puede considerarse
incluido en la lex
artis, o bien en la
obligación general de
medios (*).
(*).- Hernández Gil A. Responsabilidad legal del médico. Prevención,
diagnóstico y tratamiento. Madrid: Master Line & Prodigio; 2.005.
“Todo facultativo tiene la obligación de informar y
de obtener el CI y la falta de consentimiento
genera indemnización”.
… pero no es una garantía de ausencia de
responsabilidad, no amparando éste en ningún
caso la mala praxis.
Mavroforou A, Michalodimitrakis E. Physicians´ liability in ophthalmoogy
malpractice. Acta Ophthalmol Scand. 2003;81 (4):321-5.
13



Es una obligación legal del médico (*).
Es un documento medico-legal esclarecedor en las
denuncias por mal praxis.
Suele ser la mejor prueba de una actuación
impecable.
(*).- Ley 41/02 Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y
obligaciones en materia de información y documentación clínica
14
90 denuncias en CMF de
Madrid.
 En 9 años (2000-2008).
 Solo casos de mal praxis
oftalmológica.
 Jurisdicción Penal y CA.
 Analizamos: media de
reclamaciones/año,
actuación oftalmológica,
causas más frecuentes,
información, mal praxis y
resolución judicial.

Menéndez JA, Luque F, Molina V.
Denuncias en oftalmología en España.
Arch Soc Esp Oftalmol 2009; 84: 459468.
Media: 10 denuncias /año.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Encabezamiento.
Objeto del informe.
Documentación Examinada.
Antecedentes Patológicos.
Exploración Oftalmológica.
Consideraciones Médico-Legales.
Conclusiones Médico-Legales.
Fórmula Final.
 Fecha.
 Nombre
y cargo del
perito.
 Nombre del lesionado.
 Juzgado que encarga la
prueba pericial.
 Número de Asunto.
 Opcional: Juramento de
desempeñar fielmente
el cargo.
…que en virtud del oficio de fecha… ha sido designado
para informar sobre: “si la actuación del
oftalmólogo denunciado se ajustó a la Lex Artis, o si
por el contrario actuó de forma negligente”.
1.
2.
3.
4.
5.
Historia Clínica.
Escrito de denuncia
o querella.
Declaraciones.
Informes médicos
asistenciales y
periciales.
Documentación
administrativa.








AV corregida.
Anejos.
MOI.
MOE.
BMC.
PIO.
FO.
Exploración
específicas.
Juicio Clínico
Pericial.
… durante el Juicio
Oral, puede
cuestionarse la
validez de nuestro
informe por no
provenir nuestra
información de un
conocimiento directo
del paciente.






Es la parte valorativa del
informe.
La más importante.
No bastan opiniones subjetivas.
Nuestras afirmaciones deben
estar basadas en argumentos
científicos.
Debemos estar dispuestos a
defenderlas en el Juicio y a
aclarar las dudas que nos
planteen.
Dan lugar a las CONCLUSIONES
ML.



Si la actuación ha sido acorde a la Lex
Artis.
Valoración de secuelas.
Si existe relación de causalidad.
① Ha sido correcta
y acorde a la
Lex Artis.
② No hallamos
evidencias de
actuación
incorrecta.
③ Ha sido incorrecta
en relación a la Lex
Artis ad hoc.
Por muy
desagradable
que sea
informar en
contra de otro
oftalmólogo,
es nuestra
obligación
hacerlo, y nos
hemos
comprometido
al aceptar la
pericia.
“ Hay una creciente
preocupación porque las
enormes indemnizaciones
obtenidas por los abogados
en casos de negligencias
médicas, puedan inducirles
a escribir el guión de lo que
tiene que decir un perito
corruptible (“hired gun”)”.
Anderson B. The expert witness. Ophthalmology 1990; 97: 1390-1392.
27
“ Si el objetivo del perito
no es ayudar al jurado,
sino convertirse en el
abogado a sueldo de una
de las partes en
conflicto, el sistema está
corrompido y el
veredicto será injusto”.
Anderson B. The expert witness. Ophthalmology 1990; 97: 1390-1392.
28
1.
Tener un buen nivel profesional y
estar actualizado.
2.
Buena información con el paciente
(incluso cuando surjan
complicaciones).
3.
Evitar sensación de abandono.
4.
Mostrar compasión (reduce el
riesgo).
5.
No olvidar la firma del CI.
6.
Evitar las promesas de resultados.
(*)- Menéndez de Lucas JA. Cuestiones médico forenses de interés en la
práctica clínica. Madrid: Master Line; 1999.
29
7.
Buena Historia Clínica. Es la
mejor prueba de una
actuación correcta. No
corregir.
8.
No hacer al paciente
comentarios que nos
avergonzaría ver publicados
en la primera plana de un
periódico.
9.
Evitar comentarios críticos.
10.
Cuidar el Secreto Profesional.
11.
Evitar trabajar “contra reloj”.
¡Ojo! con la “presión
asistencial.
12.
Emplear la “Contrareclamación”. Es un
mecanismo de defensa.
(*)- Menéndez de Lucas JA. Cuestiones médico forenses de interés en la
práctica clínica. Madrid: Master Line; 1999.
30