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UNIVERSIDAD DE MENDOZA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES ABOGACÍA - ESCRIBANÍA Año 2006 PROGRAMA DE DERECHO DE LAS OBLIGACIONES CÁTEDRAS "A", "B" y "C" Profesores Titulares: Dr. CARLOS ALBERTO PARELLADA Dr. DIEGO BOULIN Dr. ADOLFO M. RODRÍGUEZ SAA Profesores Asociados: Dr. AMÉRICO ALEJANDRO DÚO Profesores Adjuntos: Dra. SILVINA FURLOTTI Dra. MARÍA JOSEFINA TAVANO Jefe de Trabajos Prácticos: Dr. RAÚL ARMANDO MARTÍNEZ Dra. SILVINA MARÍA LIVELLARA Dr. FERNANDO RUBÉN NORAS VIVIANA MERCEDES LIZABE ROBERTO RETA OBJETIVOS EDUCATIVOS: 1.Generales: a) Comprender los principios generales, las normas y las tendencias jurisprudenciales relativas al Derecho de las Obligaciones. b) Manejar la terminología básica de la materia. c) Establecer relaciones entre los principios específicos y el sistema jurídico general. d) Desarrollar la capacidad para plantear los conflictos y proponer las soluciones. e) Realizar el proceso de subsunción de los hechos en las normas.f) Incentivar el juicio crítico hacia los valores de justicia y seguridad. g) Asumir con responsabilidad ética el ejercicio profesional en el ámbito del Derecho de las Obligaciones. h) Promover el interés y la participación en el proceso de enseñanza - aprendizaje. 2.Particulares. a) Distinguir los derechos reales de los crediticios. b) Analizar los elementos esenciales de la obligación. c) Discriminar los elementos accidentales de las obligaciones y reconocer sus vinculaciones con el régimen de la mora. d) Comprender a la luz del principio de la buena fe los efectos de las obligaciones. e) Discernir la vía adecuada para hacer efectivos los derechos del acreedor sobre el patrimonio del deudor. f) Resolver los conflictos de prioridad entre los acreedores. g) Valorar las soluciones legales en materia de graduación de los privilegios. h) Analizar el régimen legal de las obligaciones indivisibles, solidarias o indistintas. j) Reconocer las diferentes clases de obligaciones. k) Justificar la influencia del tiempo sobre la eficacia del derecho del acreedor. l) Incentivar el juicio crítico acerca de los diversos factores de atribución de la responsabilidad civil. m) Juzgar las ventajas e inconvenientes del ejercicio de la acción indemnizatoria por la vía contractual o extracontractual. n) Desarrollar el juicio crítico sobre el proceso de asunción de responsabilidades profesionales. PRIMERA PARTE : Obligaciones en general (1) UNIDAD I Estructura de la obligación. Nociones básicas. 1.- Definiciones clásicas y modernas de la obligación. 2.- Deber jurídico y obligación. 3.- Derecho crediticio y derecho real. Intentos de asimilación y diferenciación. Obligaciones propter rem. (2) 4.- Metodología del Código Civil Argentino. La protección del consumidor (3). Tendencia a la unificación de las obligaciones civiles y comerciales. Proyectos de Reformas de 1987, 1993 y 1998. 5.- Influencias del Derecho Romano y Canónico en el moderno derecho de las obligaciones. UNIDAD II Estructura de la obligación. Elementos esenciales. 1.- Elementos esenciales y accidentales. 2.- Los sujetos: requisitos. Casos especiales de supuestos. Indeterminación de los sujetos. 3.- El objeto. Concepto moderno del objeto de la obligación, requisitos, la patrimonialidad del objeto y la extrapatrimonialidad del interés del acreedor. Nuestro sistema legal. 4.- El vínculo jurídico. Concepto: teorías subjetivas y objetivas. 5.- La causa fuente. Noción de causa fuente: contrato, cuasi-contrato, delito, cuasi delito, la ley, la sentencia judicial, las relaciones contractuales de hecho y la declaración unilateral de voluntad, casos: oferta de contrato, oferta al público, promesa de recompensa, promesa de fundación, títulos al portador. 1 2 Ver la bibliografía general: al final del programa. ALSINA ATIENZA D: Introducción al Estudio de las Obligaciones propter rem en J.A. 1960-II-sec.doc. pág. 40. ALSINA ATIENZA D: La Caracterización de las Obligaciones Reales en J.A. 1960-III-sec.doc. pág. 85. Cám.Civ.Sala A en L.L.,To 104 pág. 350. ZANNONI, Eduardo “Elementos de la obligación”, Bs.As., Astrea, 1996.3 PIZARRO, Ramón D. y VALLESPINOS, Carlos Gustavo, “Instituciones de Derecho Civil – Obligaciones”, To. I pág. 97 a 127, No. 19 a 28 sobre protección al consumidor y unificación de las obligaciones civiles y comerciales. 2 6.- La causa fin y la causa motivo. El causalismo clásico, el anticausalismo y el neocausalismo. 7.- Disposiciones del Código Civil Argentino relativas a la causa (presunción de causa, falsa causa, causa ilícita). Su interpretación por la doctrina nacional. 8.- El enriquecimiento sin causa: noción. Fundamentos, el principio en el Código Civil Argentino y en la jurisprudencia. Requisitos. Pago indebido. Repetición de lo pagado por error: casos en que procede. Repetición de lo pagado sin causa: principios generales. (4) Causa futura, causa ilícita y por medios ilícitos. Efectos de la acción por repetición del pago: concepto, casos y efectos. 9.- Reconocimiento de las obligaciones. Clases. Requisitos. UNIDAD III Elementos accidentales. 1.- Modalidades de las obligaciones. 2.- Condición: concepto, cuestión terminológica, caracteres formas, prueba, requisitos, paralelo con otras figuras jurídicas (especialmente con el plazo). Clases. Cumplimiento de las condiciones: casos de cumplimiento ficto y frustrado. Efectos de las condiciones. 3.- Obligaciones a plazo: noción y caracteres. Clasificaciones de los plazos (5): a) Suspensivo y resolutorio. b) Cierto e incierto. c) Expreso y tácito. d) Convencional, legal y judicial. e) Esencial y no esencial. f) Determinado e indeterminado. El pago "a mejor fortuna" A favor de qué parte se considera establecido el plazo. Efectos del plazo suspensivo y resolutorio, pendiente y vencido. Caducidad del plazo: distintos supuestos. 4.- Obligaciones con cargo o modo: concepto, tiempo, forma y prueba. Caracteres, requisitos, clases, cumplimiento, transmisión. UNIDAD IV Efectos de las obligaciones 1.- El principio de la buena fe. Buena fe, creencia y probidad. La doctrina de los actos propios: su aplicación en jurisprudencia. (6) 2.- Efectos con relación a las partes. Derechos y deberes que confiere al acreedor y al deudor. El sucesor universal y particular. (7) 3.- Efectos con relación a terceros: principio general y excepciones. 4.- Los derechos del acreedor sobre el patrimonio del deudor. a) Principio general, fundamentos, limitaciones. b) Las medidas conservatorias: nociones de embargo, inhibición, anotación preventiva de la litis, prohibición de contratar, intervención judicial, secuestro. Especial estudio de la acción subrogatoria: sus diferencias con las acciones de simulación y revocatoria, requisitos y efectos. 4 FASSI, Santiago C.: El Pago de lo Indebido en L.L. To 80, pág. 648. ALTERINI, A.A.: Repetibilidad del pago sin causa no mediando error. L.L. To 127, pág. 62. 5 MERINO - MOISSET DE ESPANES: Reflexiones sobre la clasificación de los plazos, la Mora y la Obligación de inscribir una transferencia de automotores en E.D. To. 41, pág. 1003 6 ALTERINI, A.A. - LOPEZ CABANA R.: La virtualidad de los actos propios en el Derecho Argentino en L.L. 1984-A-pág. 877. MOISSET DE ESPANES, L. Teoría de los actos propios renuncia tácita, en L.L. 1983-D-pág. 523. 7 LAJE, Eduardo J: Derechos y Obligaciones del Sucesor Particular. Bs.As., Arayú 1955. 3 c) Medidas de ejecución: ejecución forzada en las diversas especies de obligación: acciones individuales y colectivas. d) Astreintes: concepto, caracteres. Ambito de aplicación: disposiciones en el Código Civil Argentino y en las leyes procesales. 5. Ejecución por tercero. Autorización judicial. 6. Transmisión de obligaciones: Concepto. Cesión créditos y de deudas. Asunción privativa de deuda. Asunción acumulativa. Promesa de liberación. Transmisión de patrimonios integrales.UNIDAD V Preferencias entre acreedores. 1.- Los privilegios y los derechos reales de garantía. 2.- Privilegios. Caracteres de los privilegios. Fundamento Naturaleza jurídica. Asiento. Clasificación en el Código Civil y en la Ley de Concursos 24.522. Extinción. 3.- Vía de oposición de los privilegios: legislación aplicable en su consecuencia. (8) 4.- Los gastos de justicia. 5.- Los privilegios sobre todo el patrimonio del deudor. Estudio especial de los créditos del fisco y los créditos laborales. 6.- Las preferencias especiales sobre muebles. Estudio especial del crédito del locador. Suministros rurales, acreedor prendario y vendedor. 7.- Preferencias especiales sobre inmuebles: estudio del crédito del vendedor, el acreedor hipotecario y arquitectos, empresarios, albañiles y obreros. 8.- Privilegios creados por leyes especiales. Estudio del consorcio de propiedad horizontal.9.- Derecho de retención: concepto, requisitos. Casos. Efectos entre partes y con relación a terceros. Extinción. 10.- Conflicto de las preferencias especiales entre sí. Estudio del rango de los siguientes acreedores: crédito del fisco, crédito del acreedor hipotecario, crédito del locador, vendedor, arquitectos, empresarios, albañiles, obreros y retenedor. 11.- La preferencia del acreedor embargante. Cuestión de la constitucionalidad de las disposiciones procesales. Extinción. (9) UNIDAD VI Clasificación de las obligaciones en cuanto al vínculo. 1.- Obligaciones civiles y naturales. La obligación natural: caracteres, clases, enumeración legal, efectos (pago, novación, conpensación, transacción, garantías).2.- Obligaciones principales y accesorias. Disposiciones legales. 3.- Obligaciones con cláusula penal: clasificación, caracteres, efectos. (10) 4.- Las obligaciones bilaterales o recíprocas. Caracteres y efectos. UNIDAD VII Clasificación de las obligaciones en cuanto al objeto. 1.- La obligación de dar: concepto, clasificación. Obligaciones de dar cosas ciertas: modos de cumplimiento (la tradición y los otros sistemas). Pérdida, deterioro, aumentos, frutos y mejoras de la cosa debida en esta clase de obligaciones. Reglas que rigen la concurrencia de varios acreedores. 8 KEMELMAJER DE CARLUCCI, Aída Rosa "Los Privilegios en el Proceso concursal", Bs.As. Astrea, 1975, págs. 32 a 39. 9 PODETTI J.R.: "Tratado de las Ejecuciones", To VII-B-pág. 40. 10 KEMELMAJER DE CARLUCCI, A.: La Cláusula Penal, Ed. Depalma. 4 2.- Obligaciones de género o dar cosas inciertas no fungibles: noción, caracteres, elección, efectos. Obligaciones de género limitado. 3.- Obligaciones de dar cantidades de cosas: noción, diferencia con las obligaciones de género, efectos. 4.- Obligaciones de dar sumas de dinero: clases de moneda, valores de la moneda metálica (nominal y de cambio): el art. 619 del Cód. Civil: su interpretación doctrinal y jurisprudencial (revaluación y valorismo); La vuelta al nominalismo. Ley de Convertibilidad (11). Modificación Ley 25.445. Desindexación (Ley 24.283). Régimen según la Ley de Emergencia Económica Ley 25.561. Cláusulas de estabilización (valor moneda extranjera, valor oro, otros índices). Intereses: clases (lucrativos, moratorios y sancionatorios), límites de validez del pacto de intereses; extinción. Anatocismo: casos permitidos. Depreciación monetaria e intereses. 5.- Obligaciones de dar moneda extranjera. Régimen en el Cód. Civil y en la Ley de Convertibilidad. 6.- Obligación de hacer: noción, distinción de las obligaciones de dar, ejecución forzada (directa o indirecta). 7.- Obligación de no hacer: noción, clasificación, ejecución forzada (directa o indirecta).8.- Obligaciones facultativas: noción, fuentes, denominación, diferencias con otros tipos, caracteres y régimen. 9.- Obligaciones alternativas: noción, fuentes, caracteres. Elección. UNIDAD VIII Clasificación de las obligaciones en cuanto al sujeto. 1.- Pluralidad conjunta. Diversos casos. 2.- Obligaciones simplemente mancomunadas y solidarias: a) Obligaciones mancomunadas: concepto. b) Obligaciones solidarias: noción, caracteres, prueba fuentes, función. Efecto de la solidaridad. 3.- Obligaciones indistintas o concurrentes. Noción. Régimen jurídico. (12) 4.- Obligaciones divisibles e indivisibles: principios generales en el Código Civil Argentino y en otras legislaciones. La divisibilidad y la indivisibilidad en las obligaciones de dar, hacer, no hacer, alternativas, facultativas y con cláusula penal. Efectos. 5.- Paralelo entre las obligaciones solidarias, indistintas e indivisibles. UNIDAD IX Extinción de las obligaciones. Pago 1.- Clasificación. Modos no mencionados por el Código Civil. 2.- El pago: a) Noción, acepciones, naturaleza jurídica, prueba y efectos. Ley No. 25.345. (13) b) Personas que puedan pagar, pagos efectuados por terceros. 11 PARELLADA, Carlos Alberto “Aproximación a algunos aspectos del régimen de la Ley 23.928” en Convertibilidad del Austral”, Bs.As., Zavalía, 1991, pág. 85 12 STIGLITZ, Rubén - TRIGO REPRESAS, F.A., Citación en Garantía al Asegurador y Obligación Concurrente de éste con la del asegurado, J.A. 1977-I-pág. 492, Caps. XXI y sg. 13 LOUSTAUNAU, Roberto, “Ineficacia del pago superior a diez mil pesos (Ley 25.345)” (inédito, puede consultarse en la web de la Cátedra – Directorio documentos) 5 c) Personas a quienes debe hacerse el pago (acreedor, poseedor del instrumento de crédito, terceros en general, deudas pignoradas o embargadas). d) De lo que debe darse en pago. Los pagos parciales: principio y excepciones. e) Lugar donde debe hacerse el pago. 3.- Pago por consignación. Concepto y caracteres. Requisitos y casos. Régimen del juicio de consignación. Efectos. Deudas de cosas ciertas y cosas indeterminadas a elección del acreedor. 4.- Pago por subrogación. Noción. Subrogación legal y convencional. Efectos. 5.- Imputación del pago. Concepto. Imputación por el deudor. Imputación por el acreedor. Imputación legal. 6.- Pago por entrega de bienes. Concepto. Disposiciones aplicables. UNIDAD X Extinción de las obligaciones (continuación) 1.- Novación: concepto: a) Obligaciones sucesivas. b) Capacidad. c) Voluntad: clases de novación; cambio de causa, cambio de objeto, otras alteraciones que producen novación; cambio de sujetos y accidentales. 2.- Transacción: definición y elementos. Caracteres generales. Requisitos. a) Capacidad para transigir; b) Objeto; c) Forma y prueba. Efectos de la transacción: a) fuerza obligatoria. b) efecto extintivo c) Declarativo: d) Nulidad de transacciones. Análisis de los diversos casos. Efectos. 3.- Renuncia: forma y efectos. Paralelo con la remisión de la deuda. UNIDAD XI Extinción de las obligaciones (continuación). 1.- Compensación. Concepto. Importancia. Clases de compensación: a) Convencional. b) Facultativa. c) Judicial. d) Legal; Requisitos de la compensación legal: Compensación total o parcial. Efectos esenciales y accidentales de la compensación. 2.- Confusión: casos en que procede. Efectos. 3.- Imposibilidad del pago. Noción. Requisitos. UNIDAD XII Prescripción liberatoria. 1.- Prescripción liberatoria o extintiva. Concepto y fundamento. Caracteres. Contra quiénes se prescribe. Derechos prescriptibles: principio general y excepciones. 2.- Curso de la prescripción: 6 a) momento inicial: distintas hipótesis (14). b) Interrupción: causales; c) Suspensión: causales. 3.- Dispensa de la prescripción. 4.- Renuncia de la prescripción. 5.- Oportunidad procesal para oponer la prescripción. (15) 6.- Plazos de prescripción: principio general. Estudio especial de las acciones de nulidades, por el cobro de honorarios, prestaciones periódicas y de responsabilidad extracontractual. 7.- Paralelo de los plazos de prescripción con los de caducidad. SEGUNDA PARTE: Derecho de daños. (16) UNIDAD XIII Generalidades y presupuestos comunes 1.- La responsabilidad civil: sus órbitas contractual y extracontractual . (17) 2.- Método del Cód. Civil Argentino. El problema de la opción y el cúmulo. (18) 3.- Los presupuestos comunes. A) Antijuricidad: concepto, la omisión antijurídica, la extensión de la reparación. Causas que excluyen la antijuricidad. (19) B) Imputabilidad: causas que la excluyen: la reparación de los daños en los actos involuntarios. C) Los factores de atribución. 1. Factores subjetivos a) La culpa: concepto, regulación en el Cód. Civil Argentino, culpa civil y culpa penal, dispensa de la culpa, prueba, obligaciones de medios y resultado, efectos. (20) b) El dolo: sus acepciones, dispensa, efectos. 2. Factores objetivos a) La equidad. (21) b) La garantía. 14 PARELLADA, Carlos A., Responsabilidad emergente de la denuncia calumniosa o negligente, J.A. To. 1979-III-pág. 687. 15 KEMELMAJER DE CARLUCCI A.R.; PARELLADA, C.A.: Oportunidad procesal para plantear la prescripción. J.A. 1979-III-384. 16 Ver la bibliografía general: al final del programa. 17 ALTERINI, A.A.; Responsabilidad Civil. Ed. Perrot, pág. 28 a 59. 18 BIANCHI, B.: El Olvidado Artículo 1107 del C.C. en J.A. 1976-II-pág. 269. MOSSET ITURRASPE J.: "Responsabilidad por Daños", Ediar, To I, pág. 23. 19 20 BUERES, Alberto: Responsabilidad Civil del Escribano, Bs.As., Hamnurabi, cap. VI y VII. ZANNONI, Eduardo: Obligaciones de Medios y de Resultado. Observaciones críticas a un distingo conceptual a propósito de un fallo, J.A. To. 1983-II-pág. 168. 21 KEMELMAJER DE CARLUCCI A.R.; PARELLADA C.A.: Indemnizaciones de Equidad: J.A. To. 1981-II pág. 147 7 c) El riesgo: su receptividad en el Cód. Civil Argentino, en el ámbito contractual y extracontractual. ( ) d) Ejercicio abusivo de los derechos. e) Violación de la intimidad. D) Daño causado: concepto, requisitos, clasificaciones, sistemas de reparación del daño (23); especial estudio del daño moral: el sistema de la Ley 17.711. Normas del C.C. sobre diversos delitos. Sistemas E) La relación de causalidad. Teorías. Normas del Cód. Civil. (24) Caso fortuito: concepto, requisitos, efectos, excepciones, prueba. 22 UNIDAD XIV Responsabilidades especiales. 1.- El cumplimiento tardío: la mora del deudor y del acreedor. Concepto, elementos, régimen de la Ley 17.711, efectos. (25) 2.- La responsabilidad derivada de los actos ilícitos, efectos subsistentes de la clasificación en delitos y cuasidelitos. 3.- La responsabilidad por el hecho de otro: a) Generalidades. b) Responsabilidad del patrono o comitente por el hecho del dependiente. (26) c) Responsabilidad de los padres, tutores y curadores d) Responsabilidad de los establecimientos educativos. e) Responsabilidad de los dueños de hoteles y establecimientos similares. f) Responsabilidad por el hecho de otro en el incumplimiento de contrato. 4.- Responsabilidad por el hecho de las cosas. a) Generalidades. Dueño y guardián. 22 LOPEZ OLACIREGUI, José M.: Esencia y Fundamento de la Responsabilidad Civil, en Rev. Dcho. Comercial y las Obligaciones To. 11-1978-pág. 941. PIZARRO, R.D.: Responsabilidad Civil por Riesgo o Vicio de la Cosa Bs.As., Ed, Universidad, Cap. II. LORENZETI, Ricardo L. “Estudio sobre la nueva concepción normativa del riesgo creado en el Derecho Argentino” en “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Félix A. Trigo Represas”, Bs.As., La Rocca, 1993, pág. 339/362. 23 KEMELMAJER DE CARLUCCI A.R.: Sistema de Reparación del Daño Causado Idearium. No. 8-9 pág. 93. ZANNONI, Eduardo A.: El Daño en la Responsabilidad Civil, Bs.As., Astrea, Cap. I. 24 GOLDENBERG, Isidoro. La Relación de Causalidad en la Responsabilidad Civil, Bs.As., Astrea. 25 CAM.NAC. EN PLENO en J.A. 1977-IV-pág. 4 y L.L. To. 1980-A Fallo 78.191 y nota del Dr. BUSTAMANTE ALSINA. 26 PARELLADA, Carlos “Responsabilidad y dependencia” en “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Jorge Mosset Iturraspe”, Bs.As., La Rocca, 1989, pág. 455/472.- KEMELMAJER de CARLUCCI, A.R. “Responsabilidad por los dependientes”, Bs.As., Hammurabi, 1992. 8 b) Daños causados por cosas inanimadas. Especial referencia a los daños causados con automotores: Automotor-peatón; Automotor-automotor. Las disposiciones de la Ley Local de Tránsito: Normas generales de la circulación automotriz y peatonal y presunciones de culpa. c) Daños causados por animales. d) Daños causados por las cosas arrojadas o suspendidas y expuestas a caer. e) Las inmisiones. 5.- Responsabilidades profesionales: especial estudio de la responsabilidad de los abogados, médicos y escribanos, profesionales del arte de la construcción, periodistas, etc.. (27) 6.- Responsabilidad del Estado y de los funcionarios públicos. Principios. Factores de atribución. Casos. 7.- Reglas comunes a todas las responsabilidades indirectas. 8.- Responsabilidad por la contaminación del medio ambiente (28). Residuos peligrosos. 9.- Responsabilidad por los productos elaborados. La protección del consumidor. (29) UNIDAD XV La acción indemnizatoria. 1.- La prevención del daño. Noción. Prevención directa e indirecta. Fundamento. La cuestión en materia de intereses difusos. La Constitución Reformada.2.- Ejercicio de la acción indemnizatoria: legitimación activa y pasiva: estudio especial de la legitimación en el delito de homicidio, injurias, daño a las cosas y daños colectivos. Extinción de la acción indemnizatoria. 3.- Relaciones entre la acción civil y la penal. El sistema del Código Civil y del Código Penal. Ejercicio de la acción indemnizatoria en sede penal y sede civil. 27 BUSTAMANTE ALSINA, J. “Responsabilidad de los Abogados” en “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Jorge Mosset Iturraspe”, Bs.As., La Rocca, 1989, pág. 472/493. PIÑON, Benjamín P., “Responsabilidad de los escribanos públicos” en “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Jorge Mosset Iturraspe”, Bs.As., La Rocca, 1989, pág.495/507. LORENZETTI, Ricardo L., “Responsabilidad civil del médico y establecimientos asistenciales” en “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Jorge Mosset Iturraspe”, Bs.As., La Rocca, 1989, pág. 509/532. TRIGO REPRESAS, F.A., Responsabilidad Civil de los Profesionales. Astrea.28 BUSTAMANTE ALSINA, Jorge “Derecho ambiental”, Bs.As., Abeledo-Perrot, 1995 HIGHTON, Elena “Reparación y prevención del daño al medio ambiente. ¿Conviene dañar? ¿Hay derecho a dañar? “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Felix A. Trigo Represas”, Bs.As., La Rocca, 1993, pág. 803. PARELLADA, Carlos A. “Los principios de la responsabilidad civil por daño ambiental” en “Responsabilidad por daños al medio ambiente”, Bogotá, Univ. del Externado de Colombia, 2000, pág. 235 HENAO, Juan Carlos “Responsabilidad del Estado colombiano por daño ambiental”, en “Responsabilidad por daños al medio ambiente”, Bogotá, Univ. del Externado de Colombia, 2000, pág. 129. 29 ANDORNO, Luis O. “La responsabilidad por los daños causados por los productos elaborados en el ámbito del Mercosur”, en “Derecho de daños. Homenaje al Dr. Félix A. Trigo Represas”, Bs.As., La Rocca, 1993, pág. 695/732. 9 BIBLIOGRAFIA PRIMERA PARTE. Tratados Generales 1.- CAZEAUX, Pedro Néstor -TRIGO REPRESAS, Felix Alberto. "Derecho de las Obligaciones", La Plata, Lib. Ed. Platense. 2.- LLAMBÍAS, Jorge Joaquín. "Tratado de Derecho Civil, Obligaciones", Bs.As., Perrot. 3.- BORDA, Guillermo A., "Tratado de Derecho Civil, Obligaciones", Bs.As., Perrot. 4.- ALTERINI, A.A., AMEAL, O.J., LOPEZ CABANA, R.M. “Derecho de Obligaciones. Civiles y Comerciales”, Bs.As., Abeledo Perrot. 5.- PIZARRO, Ramón Daniel – VALLESPINOS, Carlos Gustavo “Instituciones de Derecho Civil – Obligaciones”, Bs.As., Hammurabi, 1999. 5.- MOISSET de ESPANÉS, Luis “Curso de Obligaciones”, Córdoba, Advocatus. 6.- BOFFI BOGGERO, Luis M. "Tratado de las Obligaciones", Bs.As., Astrea. Especial Unidad III. Punto 3. Unidad IV. Punto 1. Unidad IV. Punto 2. Unidad V. Punto 3. Unidad V. Punto 12 Unidad VI. Punto 2. SEGUNDA PARTE A.- General 1.- MOSSET ITURRASPE, Jorge (Director), KEMELMAJER de CARLUCCI (Coord.), “Responsabilidad Civil”, Bs.As., Hammurabi, 1992.2.- BUSTAMANTE ALSINA, Jorge: "Teoría General de la Responsabilidad Civil", Bs.As., Perrot. 3.- MOSSET ITURRASPE, Jorge: "Responsabilidad por Daños", Ed. Ediar, Bs.As. 4.- KEMELMAJER DE CARLUCCI, A.R., en BELLUSCIO-ZANNONI: Código Civil y Leyes complementarias", Bs.As., Astrea, To. V. 5.- ORGAZ, Alfredo, "La Culpa", "La Ilicitud" y "El Daño resarcible" (son 3 obras diferentes). 10