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PSICOLOGÍA Y ACOMPAÑAMIENTO A
VÍCTIMAS
Autoras:
ADRIANA P. ESPINOSA BECERRA
ANGELA C. TAPIAS SALDAÑA
2
Tabla de Contenido
1
UNIDAD TEMÁTICA I. AFECTACIONES DE LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA Y
ACCIONES PSICOSOCIALES ............................................................................................................................................. 4
1.1
ASPECTOS MOTIVACIONALES ............................................................... 4
1.2
ESTRUCTURA CONCEPTUAL ................................................................. 5
1.3
OBJETIVOS Y COMPETENCIAS .............................................................. 5
1.4
EXPERIENCIAS PREVIAS DE APRENDIZAJE ......................................... 7
1.5 AFECTACIONES DE LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN
COLOMBIA Y ACCIONES PSICOSOCIALES ..................................................... 7
1.5.1
Reacciones habituales y trastorno mental .................................................................. 7
1.5.2
Duelo ......................................................................................................................... 11
1.5.3
¿Qué se debe hacer? ................................................................................................. 14
1.5.4
Daño psicológico, daño moral e impacto psicosocial................................................ 20
1.5.5
Impacto diferencial ................................................................................................... 24
1.5.6
Incesto ....................................................................................................................... 26
1.5.7
Violencia Conyugal .................................................................................................... 28
1.5.8
Delitos sociopolíticos................................................................................................. 29
1.5.9
Desaparición forzada y sugerencias de intervención ................................................ 32
1.5.10
Secuestro ................................................................................................................... 33
1.5.11
Sugerencias para la intervención en secuestro ......................................................... 34
1.5.12
Pericia psicológica forense como medio de conocimiento ....................................... 34
1.5.13
Enfoque de derechos y de salud ............................................................................... 39
1.5.14
Ejes para el análisis diferencial .................................................................................. 43
1.5.15
Diferenciación entre víctima y paciente.................................................................... 47
1.6
ACCIONES PSICOSOCIALES EN EL ABORDAJE A VICTIMA .............. 52
1.6.1
Asesoría psicológica .................................................................................................. 53
1.6.2
Intervención psicosocial ............................................................................................ 54
1.6.3
Estado de crisis y perspectiva diferencial de la crisis ................................................ 57
1.6.4
Primeros auxilios psicológicos ................................................................................... 60
1.6.5
Sugerencias para la intervención: ............................................................................. 63
1.6.6
Revictimización y acción sin daño ............................................................................. 65
3
4
1 UNIDAD TEMÁTICA I. AFECTACIONES DE LAS VÍCTIMAS DEL
CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA Y ACCIONES
PSICOSOCIALES
1.1
ASPECTOS MOTIVACIONALES
La violencia busca la dominación y control no sólo en lo individual sino en lo
colectivo; ésta causa diversos efectos negativos sobre la vida de las personas y
las comunidades. Franco (1998) afirma: “Es múltiple y creciente el impacto de las
diferentes formas de violencia sobre las personas y su salud, y sobre la sociedad
en su conjunto. De un lado, la violencia deteriora de manera significativa la calidad
de vida y las posibilidades de desarrollo y bienestar individual. Ella produce
incertidumbre, miedo, dolor e inseguridad, alterando por tanto la salud mental y el
desarrollo psicoafectivo de las personas. Pero, altera también los proyectos
colectivos, el funcionamiento social, el desarrollo económico y la legitimidad del
Estado”.
Conocer las diferentes respuestas que se pueden presentar producto de la
exposición a hechos violentos, le permite direccionar al facilitador sus esfuerzos
para ser más efectivo en su actividad. Cuando a una persona se le han vulnerado
sus derechos, experimenta una serie de situaciones bastante complejas
especialmente en el plano psicológico, generando la mayoría de las veces
ansiedad, estrés y depresión. En algunos casos, estas reacciones son adaptativas
y transitorias, pero en otro casos, se convierten en situaciones que sobrepasan la
capacidad y estrategias de afrontamiento de quien las padece.
5
Por eso, es tan importante que los encargados de la atención a víctimas
identifiquen las condiciones en las que se están desarrollando las consecuencias
derivadas de una exposición a un hecho violento, las diferencias implícitas en las
variables que caracterizan a la víctima, y los factores de riesgo y protectores que
le acompañan.
1.2
ESTRUCTURA CONCEPTUAL
1.3
OBJETIVOS Y COMPETENCIAS
Ofrecer a los estudiantes, una herramienta conceptual y práctica, que permita
comprender y analizar la problemática del acompañamiento a víctimas, a partir de
las afectaciones psicosociales que se derivan, contribuyendo a generar una
orientación más adecuada y específica, que facilite el acercamiento a esta
población.
COMPETENCIAS
INDICADORES DE DESEMPEÑO

Identifica la forma como la Psicología, aporta a la
discusión
relacionada
con
las
afectaciones
psicosociales a víctimas del conflicto armado.

Reconoce la importancia del enfoque diferencial en el
momento
COGNITIVAS
de
comprender
las
afectaciones
psicosociales de las víctimas.

Identifica los diferentes tipos de intervenciones:
asesoría psicológica, acompañamiento psicosocial e
intervención en crisis.

Maneja aspectos conceptuales dentro de la temática,
6
los primeros auxilios psicológicos y procesos de
revictimización.

Reconoce
la
importancia
de
la
relación
interdisciplinaria inmersa en el ejercicio del trabajo
con víctimas, y por ende la necesidad de trabajar en
equipo.

Involucra adecuadamente las variables implicadas en
una problemática
PRAXIOLÓGICA
particular relacionada con
la
atención psicosocial a víctimas.

Propone y estructura estrategias acordes con los
postulados teóricos que ofrece la psicología en temas
relacionados con la atención psicosocial a víctimas.

Propone y estructura estrategias acordes con los
postulados teóricos que ofrece la psicología en temas
relacionados con la acción sin daño, evitando la
revictimización.

AXIOLÓGICA
Reconoce y actúa de acuerdo con un marco ético y
disciplinar.

Identifica y construye un marco ético relacionado con
el
quehacer
de
los
sujetos
encargados
del
acompañamiento a víctimas.

Estructura
propuestas
de
atención,
asesoría
y
acompañamiento de acuerdo con las particularidades
del caso tomando como
COMUNICATIVA
referencia postulados
teóricos emanados desde la psicología.

Demuestra dominio en intervenciones orales, maneja
un adecuado nivel de fluidez verbal, poniendo en
práctica competencias cognitivas especialmente la
argumentativa.
7
1.4
EXPERIENCIAS PREVIAS DE APRENDIZAJE
El estudiante
debe conocer y manejar las
disposiciones legales
relacionadas con la asesoría y acompañamiento a víctimas, lo dispuesto en la ley
penal colombiana, la jurisprudencia y la doctrina que la sustenta. De igual manera,
sabrá identificar los diferentes escenarios en los que puede interactuar
directamente con la víctima, así como las necesidades que de allí se derivan.
1.5
1.5.1
AFECTACIONES DE LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN
COLOMBIA Y ACCIONES PSICOSOCIALES
Reacciones habituales y trastorno mental
La vida cotidiana trae consigo desafíos por afrontar, como la consecución
de un trabajo, la superación de una enfermedad, la consolidación de un
patrimonio, entre muchos acontecimientos que hacen parte de la historia de vida
de cada persona; y que incluso, en escenarios de “normalidad”, pueden evocar
reacciones psicológicas, como por ejemplo, estrés, ansiedad, entre otras; que
aunque sencillamente son situaciones “esperables” dentro de la regularidad social,
muchas veces superan la capacidad de afrontamiento del individuo.
Sin embargo, existen también situaciones indeseables, para las cuales
nunca está preparado el ser humano; como el delito, la victimización y la
búsqueda de justicia, circunstancias que desencadenan mayores reacciones
psicológicas y logran alterar los vínculos sociales. Dentro de las conductas
antisociales, habrá actos punibles más sencillos de superar que otros; por
ejemplo, es más sencillo trascender un hurto simple, que un hurto con violencia,
con uso de armas, cuyo resultado final es un homicidio. Por esto, se requiere de
8
un amplio profesionalismo por parte de quienes trabajan atendiendo a las víctimas,
ya que son múltiples los impactos a nivel biológico, psicológico, social y cultural,
que se derivan de esta condición; a estas reacciones y a otros temas de interés en
este vasto y complejo panorama, está dedicada esta unidad, la cual también
incluye un espacio para considerar los efectos que este trabajo genera en los
servidores de la justicia que día a día se desgastan en esta demandante labor.
La victimización genera diversos tipos de reacciones, algunas temporales y
otras permanentes, algunas que se logran sobrellevar con los propios recursos
psicológicos y otras que requieren de asesoría profesional; algunas afectaciones
generales, compartidas con las víctimas que padecieron el mismo delito o
crímenes similares, en contraste con otras respuestas particulares derivadas de la
personalidad, de la historia y de las estrategias de afrontamiento previas.
Dentro de los efectos de la victimización es probable que se desencadene
algún trastorno mental, sin embargo cuando se menciona el término enfermedad
mental, hay una reacción social de antipatía, sin distingo de condiciones socioculturales, pues se considera, que los síntomas de la enfermedad mental resultan
dramáticos, incurables y vergonzosos. Esto indica desconocimiento, ya que varias
psicopatologías
son
comunes,
transitorias
e
incluso
pueden
superarse
espontáneamente; es posible que muchas personas hayan experimentado
trastornos de estado de ánimo o de adaptación, sin caer en cuenta que estaban
enfermos y necesitaban atención, así como cuando una persona resiste una gripa
o una bronquitis sin
acudir al médico. También es posible que haya
experimentado sólo algunos síntomas, pero no se haya configurado todo el cuadro
diagnóstico para indicar un trastorno, por ejemplo, cuando alguien experimentó
gran tristeza, desmotivación, insomnio y llanto frecuente, pero no alcanzó un
diagnóstico de episodio depresivo mayor, porque no alcanzó a estar así más de
dos semanas, ni tuvo pensamientos recurrentes de muerte, ni bajó el 5% de su
peso.
9
Para identificar una psicopatología hay que recibir entrenamiento, sin
embargo, lo básico se aprende al remitirse a la definición que aparece en el
Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales DSM (Por sus siglas
en inglés y que indican: Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders,
2001). En este manual se afirma que tal situación obedece a un “síndrome
clínicamente significativo que se asocia a síntomas perturbadores en una o más
áreas principales de actividad o con un riesgo mayor de padecer dolor,
incapacidad, muerte o pérdida de libertad”. Esta acepción permite identificar que
quien padece un trastorno mental, sufre; y si esta situación es consecuencia de un
delito, se puede considerar un perjudicado, que merece una reparación.
Tapias (2010) aclara que en la mayoría de las victimaciones, hay dos
trastornos que se desencadenan con gran frecuencia, la depresión y la ansiedad.
Aunque no todas las víctimas desarrollan trastornos mentales, ni todos los que
padecen trastorno mental son víctimas; y no todos los daños que padecen las
víctimas se restringen a trastornos mentales, algunos quedan lesionados en los
vínculos sociales o en su proyección de vida, entre otros aspectos.
El primero de los cuadros clínicos, la depresión,
se caracteriza por un
estado de ánimo de tipo negativo que se manifiesta con irritabilidad la mayor parte
del día, disminución de interés o placer, pérdida de peso corporal, insomnio e
hipersomnia,
enlentecimiento
psicomotor,
fatiga
o
pérdida
de
energía,
sentimientos de inutilidad o culpa y pensamientos recurrentes de muerte (DSM,
2001).
La
ansiedad, por su parte, es una forma de reacción poco adaptativa,
popularmente conocida como “nervios”, que implica reacciones emocionales,
motrices y cognitivas caracterizadas por activación y tensión. Aunque también es
posible que se manifiesten sólo algunos síntomas y no necesariamente todo el
cuadro diagnóstico (DSM, 2001).
10
La ansiedad puede adquirir diversas formas, según el DSM (2001), las
fobias, las crisis de angustia, el estrés postraumático, la ansiedad generalizada,
entre otras; esto, en función de la topografía conductual del delito y de
predisponentes en las víctimas. Ej. Si la víctima padeció un atraco con arma de
fuego en un callejón puede desencadenar fobia a los espacios similares a
callejones.
Las fobias, se caracterizan por la presencia de ansiedad, clínicamente
significativa, como respuesta a la exposición ante situaciones u objetos
específicos temidos por la persona, la mayoría de los casos por exposiciones
traumáticas previas, lo cual suele dar lugar a comportamientos de evitación. Las
crisis de angustia, o también conocidas como ataque de pánico (panic attack) se
caracterizan por la aparición súbita de síntomas de aprensión, miedo o terror,
acompañados habitualmente de sensación de muerte inminente. Durante estas
crisis, hay una alta respuesta fisiológica, con presencia de palpitaciones, falta de
aliento, opresión o malestar torácico, sensación de atragantamiento o asfixia,
miedo a “volverse loco” o perder el control. El trastorno de ansiedad generalizada
se caracteriza por ansiedad, preocupación excesiva y descontrolada, con
síntomas físicos y malestar significativo: inquietud, fatigabilidad, no concentración,
tensión muscular, alteraciones de sueño, entre otros síntomas.
El estrés postraumático es un trastorno de ansiedad, que puede surgir con
posterioridad, a que una persona haya estado expuesta a un evento traumático
que le generó temor extremo. Este cuadro diagnóstico aparece sobrestimado,
pues se diagnostica con frecuencia, ante situaciones que no lo ameritan y se
confunde con otras reacciones de ansiedad, consecuencia de actos vulneradores
pero nimios. El trastorno de estrés postraumático puede producirse a raíz de
eventos altamente estresores (por ejemplo violación, guerra, desastres naturales,
abuso, muerte, amenazas, accidentes o cautiverio) o por haber presenciado o
saber de un acto violento o trágico. Este diagnóstico cuenta con tres grupos de
síntomas:
11
a. Re experimentación (recuerdos recurrentes e intrusivos, sueños del
hecho, sensación del hecho: ilusiones, flash-backs, alucinaciones, malestar
psicofisiológico ante estímulos similares).
b. Evitación (Esfuerzos para no pensar o sentir el hecho, evitar actividades,
lugares o personas, incapacidad para recordar algo del trauma, desinterés,
desapego y enajenación, restricción afectiva, futuro desolador) y.
c. Activación fisiológica (alteraciones del sueño, irritabilidad ataques de ira,
dificultad para concentrarse, hipervigilancia y sobresalto). Estos síntomas duran un
mes como mínimo y afectan la capacidad del paciente para retomar su vida
normal.
Para efectos psicológicos y jurídicos, siempre resulta conveniente evaluar la
presencia o ausencia de estos trastornos en el sujeto, ya que indican el curso de
acción del tratamiento y se convierten en la evidencia del daño psicológico, es
decir, son indicadores de afectación que deben plasmarse en la pericia
psicológica, en la prueba judicial y con base en ellos se plantean las solicitudes de
reparación. (Tapias, 2010).
1.5.2
Duelo
El duelo es otra de las reacciones frecuentes de las víctimas, pues se
presenta como la respuesta psicológica normal ante una pérdida, ya sea por el
deceso violento de un ser querido, por la mutilación de una parte del cuerpo en el
caso de las víctimas de minas antipersonales,
porque se perdieron bienes
materiales e inmateriales como las tierras, el hogar, la salud o la ilusión de un plan
de vida. Incluso situaciones cotidianas como la pérdida del empleo o el divorcio,
generan fuertes duelos y proporcionalmente, la vulneración de derechos genera
duelos mayores.
12
Molano, et al (2009), definen el duelo como: El proceso consistente en las
tareas de elaboración de las pérdidas experimentadas por un individuo, familia o
colectivo. El duelo permite emplear los recursos psicológicos, así como del
entorno social y cultural, para superar el malestar y dar un significado a lo
ocurrido, para poder seguir viviendo con la memoria de lo pasado. Para estos
mismos autores, y algunas organizaciones, el duelo consta de tres etapas:
1.
Primera etapa. Abarca desde las primeras horas a días; es normal
que se experimente: shock e incredulidad, negación de la pérdida
o muerte, pensamiento confuso, es decir, hay una dificultad para
asimilar el hecho, pues al principio el duelo se manifiesta con
perplejidad y está acompañado por expresiones de sufrimiento y
malestar como llanto y suspiros; debilidad; pérdida del apetito y
por tanto de peso; problemas de sueño, como difícil conciliación;
sueño liviano, con fácil despertar; soñar con la persona que ha
perdido; así como dificultad para concentrarse, respirar, hablar y
trabajar (Corporación Avre, 2002).
2.
Segunda etapa. Desde las primeras semanas hasta los seis
meses, el doliente entra en una fase en la cual percibe y vive
totalmente la pérdida. Dentro de esta segunda etapa del duelo,
según el COFAVIC (Comité de Familiares de las Víctimas.
Organización no Gubernamental para la Protección y Promoción
de los Derechos Humanos) se observan algunas reacciones
emocionales como son:

Estado de ánimo predominantemente triste.

Sensación de intranquilidad acompañados de ansiedad.

Confusión de emociones que pueden ir desde la tristeza,
dolor y llanto hasta experimentar desconfianza e inseguridad.

Sentimientos de rabia, frustración e impotencia.

Dificultad para conciliar el sueño
13

Aumento o disminución del apetito.

Dificultades para la concentración, recuerdo de eventos
pasados como recientes, así como enlentecimiento del
pensamiento.

Pensamientos recurrentes y reiterados que a menudo
pueden ser intrusivos sobre el hecho ocurrido y situación de
pérdida.

Reacciones somáticas de malestar como dolores de cabeza,
dolencias musculares y gástricas, sensación de cansancio
físico y agotamiento.
De esta forma se observa que lo normal en el duelo es pasar por
labilidad emocional y lo más recomendable resulta ser la
expresión verbal, artística,
espiritual o simbólica de dichas
emociones. Es también frecuente el autoreproche centrado en
actos triviales sobre lo que se hizo o dejo de hacer con la persona
que se ha perdido. Se puede experimentar la culpa del
superviviente, ya que llega a creer que es quien debía haber
muerto, y no el otro; o por sentimientos de alivio al ver que se
produjo la muerte del otro y no la propia. (Corporación Avre, 2002)
3.
Tercera etapa. Dura entre 6 meses y 1 año. Reorganización en la
cual se restaura el funcionamiento normal de la persona y su
conducta. Se acepta el hecho totalmente y el impacto que ha
tenido en su vida. Aunque los síntomas de la segunda etapa del
duelo pueden prolongarse y la
aceptación de la pérdida que
implica elaboración.
Las recomendaciones para prestar los primeros auxilios a una persona en
duelo según InterAgency Standing Committee (2007) son:
14

La mayoría de las personas pueden superar el proceso de duelo sin ayuda
médica, siempre y cuando cuenten con el apoyo y comprensión de quienes
lo rodean.

Cuando no hay señales de aflicción ante una pérdida importante, puede
considerarse como un indicio de que la persona está necesitando ayuda.
No debe asumirse que las personas calladas, que reprimen sus emociones,
están manejando apropiadamente el duelo.

Cuando la persona muestra tanta pena como al principio y ya ha pasado
más o menos un año de la pérdida, es señal de que está necesitando
ayuda para superar el duelo.

La administración de medicamentos es contraproducente ya que retarda la
vivencia del duelo, que en ningún caso es evitable. Incluso los
medicamentos pueden hacer sentir a la persona culpable por no estar
consciente en las fases del duelo. Si hay medicamentos, estos deben ser
ordenados por un médico que estudie las condiciones de la persona y
evalúe el alcance de los mismos.

Los familiares de una persona que se ha suicidado son los que más
necesitan y pueden beneficiarse de ayuda profesional para superar sus
sentimientos de fracaso, rabia y dolor.
1.5.3
¿Qué se debe hacer?
1. Acompañar al doliente. El desconsuelo de aquellos
que sufren una
pérdida importante, es tan intenso, que estas personas pueden sentirse
muy aturdidas o paralizadas para pedir ayuda. No hay que esperar a que
esto suceda, los familiares y amigos deben tomar la iniciativa de pasar
algún tiempo con ellos, aunque esto signifique simplemente sentarse al
lado y permanecer en silencio.
2. Escuchar. Las personas que enfrentan un duelo, necesitan expresar sus
sentimientos frecuentemente, una y otra vez.
15
3. En todo caso debe permitirse que la persona exprese sus emociones,
sean éstas de rabia, tristeza o desespero. Recuerde que los
sentimientos de hostilidad comúnmente se presentan. Deben evitarse
los comentarios tales como: “por lo menos usted tiene niños” o “es la
voluntad de Dios” o “la vida debe seguir”, ya que desautorizan y
minimizan los sentimientos del doliente.
4. Procurar que la persona entienda que los síntomas de insomnio,
aislamiento y preocupaciones asociadas con la imagen del muerto son
reacciones normales ante la pérdida y que gradualmente se superan con
el tiempo y la expresión de los sentimientos.
5. Asegurar a la persona que no está volviéndose “loca” por presentar
estos síntomas.
6. Permita que el doliente se cerciore de que la muerte es real e
irreversible. Por esto, cuando no se presentan casos de desfiguración,
es conveniente que el doliente vea el cuerpo del muerto, si lo desea, ya
que las fantasías suelen ser peores que la realidad. Para asumir el duelo
es importante poder decir adiós.
7. Recomendar la reanudación de las actividades habituales tan pronto
como sea posible.
Varios autores y organizaciones, explican que hay duelos alterados; Molano, et
al (2009), y la Corporación Avre (2002) han propuesto diferentes tipologías, que
finalmente, se caracterizan por la ausencia de la expresión del duelo o el retraso,
para no enfrentarse a la pérdida; pueden aparecer manifestaciones extrañas como
una falsa euforia o “desplazamiento”, duelo hacia otras pérdidas menos
significativas que simbolizan la pérdida original más importante. También se
presentan como conductas des adaptativas, cuando la persona se siente
desbordada o permanece en la misma fase sin desarrollar el proceso, o porque el
duelo resulta excesivamente intenso y prolongado, lo cual, con frecuencia, se
asocia a intenciones suicidas o a otras manifestaciones de desorganización
16
mental. Las pérdidas por procesos de victimización son duelos difíciles de superar,
porque conllevan la destrucción de los supuestos básicos en la vida del ser
humano, de las creencias que orientan y dan seguridad a las personas, le dan
sentido de realidad, significado y propósito a la vida.
La Corporación Avre (2002) ejemplifica diversas formas de negación como
intentos de perdurar la relación con el ser querido ahora ausente, como seguir
comprando objetos que gustaban al difunto o que lo recuerdan, la sensación de
presencia del fallecido o desaparecido, lo cual puede ser tan fuerte, que incluso
puede alcanzar la experimentación de ilusiones o alucinaciones (tales como oír la
voz del difunto). En un duelo normal la persona reconoce que esto no es real,
mientras en el alterado se presentan episodios de disociación.
Estas ilustraciones permiten a los profesionales que atienden víctimas
identificar señales de duelo normal y duelo alterado y actuar en consecuencia
haciendo el respectivo acompañamiento, favoreciendo la expresión emocional o
remitiendo a expertos en casos de notar señales de alarma o alteración del duelo.
Al margen de los duelos alterados, la mayoría de los duelos son reacciones
esperadas y normales, que pueden verse influenciados por el tipo de delito que
hayan padecido. En ese sentido, la Corporación Avre (2002) describe
manifestaciones
particulares
de
dolor,
según
la
clase
de
victimización
experimentada y sugiere adecuar la intervención a los impactos esperados.
1.5.3.1 Duelo de la persona en condición de desplazamiento.
En esta población se genera un desarraigo de su terruño y actividades
cotidianas; pérdidas materiales y cambio brusco de hábitat. Es posible que inicie
con un duelo normal, que se convierta en depresión crónica, síndromes ansiosos
como consecuencia de la delicada situación consecuente con el desarraigo.
17
Molano, et al (2009) mencionan que la pérdida del territorio y lugar donde se dan
las vivencias y se mora, genera en las víctimas pérdidas del referente espaciotemporal que daban sentido de pertenencia e identidad. Esto afecta aún más a los
sujetos colectivos, como se observa en algunos sectores del campesinado,
indígenas y afro descendientes.
Baró
(2000),
documentó
experiencialmente
secuelas
de
campesinos
salvadoreños desplazados por la guerra, los cuales mostraban trazas de delirio
paranoide: estaban constantemente alertas, hipervigilantes, no se confiaban de
nadie desconocido, sospechaban de todos cuando se acercan a ellos, escrutando
los gestos y las palabras de peligro. Indefensos e impotentes para enfrentar
cualquier ataque; sin embargo, su comportamiento persecutorio no es patológico
fruto de sus ansiedades, sino que corresponde con la realidad de manera realista.
Es decir, que consiste en una reacción normal y proporcionada ante una situación
social anormal e indeseable.
1.5.3.2 Duelo por familiar asesinado.
El origen violento de la muerte genera sentimientos de rabia, protesta y tendencia
a negar el hecho, impotencia ante la impunidad,
lo cual puede complicar y
prolongar el duelo, así como la incertidumbre sobre la forma de muerte y el grado
de sufrimiento experimentado, particularmente cuando hay huellas de tortura en el
cadáver.
1.5.3.3 Duelo por familiar desaparecido.
Resulta muy compleja e inaceptable la ausencia total y abrupta del ser querido,
particularmente la incertidumbre sobre su supervivencia y el sufrimiento que
atraviesa. Castaño (1994, citado por la Corporación Avre, 2002) manifiesta que la
18
huella dejada es imborrable, ya que siempre existirá la incertidumbre por saber
qué pasó con la persona desaparecida. Los familiares de desaparecidos no
quieren ni hablar de su situación, ni de sus emociones, pretenden mantener en
secreto las consecuencias de los hechos, pues a nivel social es muy doloroso
reconocer que prácticamente nada se puede hacer. Es muy posible que el duelo
esté “congelado” y aunque pasen muchos años para los familiares la idea de la
muerte es inaceptable y prefieren mantener la esperanza de que esté privado de
la libertad, pero vivo. En estos casos los movimientos asociativos de víctimas
favorecen la comprensión y aceptación de la posible muerte o tortura padecida, ya
que resulta más llevadera esta verdad.
1.5.3.4 Duelo en sobreviviente o testigo de masacre.
La persona que experimenta múltiples pérdidas de personas significativas
(familiares, amigos, conocidos) genera sentimientos de culpa por haber
sobrevivido y temor por haber podido compartir el infortunio del deceso.
El profesional que atiende este tipo de víctimas debe recordar que es importante
tener en cuenta en estos procesos de duelo, las creencias, lo espiritual, el
componente étnico, cultural y la organización familiar, ya que son elementos
fundamentales para la elaboración y manejo del duelo. Ej. Los operativos de
inhumación y exhumación deben ser coherentes con los rituales religiosos de las
víctimas y los familiares.
También se debe tomar en cuenta la organización familiar, cabe prestar atención a
las clases de vínculos familiares; es decir, si se caracterizan por ser amalgamadas
o distantes, teniendo en cuenta que como lo menciona Walsh (1998) citado por
Molano, et al (2009), la organización familiar se altera cuando ocurre una
desgracia, por lo que las reglas o normas, los roles y los límites deben ser
flexibles, pero se deben mantener para dar a la familia cohesión y seguridad.
19
Estas características diferenciales según delito, familias o características
personales, también influyen en las medidas de reparación. Beristain (2009)
refiere que diversas medidas simbólicas como (como placas de conmemoración,
nombres de
calles, escuelas, monumentos), la búsqueda de personas
desaparecidas y entregar cuerpos a familiares, informar los resultados de las
investigaciones, sancionar a los responsables, entre otras, contribuyen en los
procesos de duelo o las formas de recuerdo familiar o colectivo, permitiendo así,
canalizar las emociones, optimizar la capacidad de afrontamiento que permita
aceptar su realidad y dar un nuevo paso para continuar viviendo con el recuerdo
del hecho doloroso.
Según Hambert (2006), citado por Beristain (2009), otro elemento esencial del
valor de las medidas simbólicas para la reparación de las víctimas, no ocurre a
través del “objeto”, sino del proceso. Es decir, que además del fin reparatorio son
fundamentales los medios, lo cual implica que las medidas de reparación sean
consultadas, concertadas, afables, respetuosas y no dilatorias. Es decir, que en
dicho proceso es vital la participación de las comunidades, a través de sus
opiniones, conocimientos y esperanzas.
Para autores como Molano, et al (2009), en estos casos es recomendable
profundizar en la exploración del duelo, respecto a los siguientes aspectos,
dependiendo de la comunidad en la que se esté trabajando:
1. Relación previa y actual con aquellos considerados como otros.
2. Relación con el pasado y estructura de la memoria colectiva.
3. Duelos previos individuales y colectivos.
4. Atribución de causalidad sobre los hechos ocurridos.
5. Sentimientos de culpa o vergüenza en relación con el grupo de
pertenencia.
6. Formas de comunicación con los ancestros (influencia de éstos en la
situación presente y sentimientos relacionados).
20
7. Acatamiento de las advertencias y admoniciones realizadas por los
ancestros.
8. Percepción del grado de control o desempoderamiento de los líderes
respecto a las situaciones presentadas.
9. Rituales de memoria y duelo individuales y colectivos.
10. Manifestaciones espirituales, reparadoras y que promuevan la cohesión
social.
Con la observancia de las respuestas a estas inquietudes el servidor público
logrará acciones favorecedoras en la elaboración del duelo, es decir, de la
culminación normal de este proceso. Es probable que la mayoría de las víctimas
experimente procesos de duelo, pero en lo que hay que trabajar tanto de manera
individual como colectiva, debe evitarse que se conviertan en duelos alterados,
que generen a posterioridad daño psicológico, cualquier tipo depresión crónica u
otros cuadros clínicos asociados.
1.5.4
Daño psicológico, daño moral e impacto psicosocial
El concepto de daño es un concepto jurídico, sin embargo recientemente se ha
venido incorporado en las discusiones al interior de la Psicología Jurídica y en la
Victimología; este concepto básicamente hace relación al reconocimiento jurídico
del perjuicio inmaterial. Dentro de los daños inmateriales se incluyen los morales y
los psicológicos; muchos profesionales confunden o utilizan como sinónimos
ambos términos, lo cual es un error.
Según Navia (2007) la connotación de daño cambia dependiendo del país y su
doctrina, verbigracia en Italia se considera daño moral, daño psicológico, daño a la
21
vida en relación y daño existencial. En Colombia se habla de daño moral, de daño
a la vida en relación y más recientemente del daño psicológico.
Los daños son perjuicios que por medio del derecho se pueden resarcir y se
pueden clasificar como daños materiales e inmateriales. Los materiales dan origen
al lucro cesante y al daño emergente, y los daños inmateriales se dividen en daño
moral y daño a la vida de relación.
El daño moral es de carácter interno no científico, ya que no conlleva patología
por lo cual la demostración de su existencia escapa al horizonte pericial forense,
pues es un perjuicio capaz de apreciación desde el entendimiento, la sensibilidad
o la voluntad de las personas. El juez a su saber lo identifica, lo calcula y tasa la
indemnización a lugar (Castex, 2003). Navia (2007), explica como ejemplos de
daño moral el honor, la dignidad personal, dolores, molestias injustamente
causadas, ofensa a los sentimientos religiosos, la libertad de expresión o de
pensamiento, entre otros.
A las consecuencias que se generan en la víctima con ocasión de un ilícito, se han
denominado de múltiples maneras: secuela, perturbación psíquica, trastorno
mental, lesión psicológica, afectación,
alteración, impacto o daño psicológico.
Este último término ha hecho tradición científica como palabra clave dentro de la
psicología jurídica y forense, aunque es posible que no coincida con la doctrina
jurídica colombiana (Tapias, 2010).
El daño psicológico es un constructo psico-jurídico, que implica la identificación de
un perjuicio inmaterial, plasmado en la salud mental y los vínculos psicosociales
de una persona; la demostración probatoria de este daño implica el
reconocimiento de la reparación jurídica, ya sea patrimonial o extra patrimonial.
Castex (2003), citado por Cañas y Tapias (2012), dice que el daño psíquico es la
consecuencia de “un acaecimiento o un evento, una agresión que conduce a una
22
perturbación, disturbio, disfunción, trastorno y/o disminución de tal dimensión
vital”, y lo determina “cuando un sujeto presenta deterioro, disfunción, disturbio o
trastorno, o desarrollo psico-génico o psico-orgánico que, producido por una lesión
psíquica ha afectado sus esferas afectiva y/o intelectiva y/o volitiva, limita su
capacidad de goce intelectual, familiar, laboral, social y/o recreativa”.
Adicionalmente, se explica como daño no patrimonial directo, que puede ser
mediado
por
preexistencias,
concausas
simultáneas
o
posteriores
o
complicaciones adyacentes a la victimación (predisponentes y consecuentes).
El daño psicológico en Colombia se ha subsumido como parte del daño moral, se
le ha denominado como daño a la vida en relación y se expresa en palabras de
Echeburúa, Corral y Amor (2004), como las secuelas emocionales que tienen
como objetivo generar estabilizaciones del daño psíquico, es decir, obedecen en
algunos casos a una discapacidad permanente que no remite con el paso del
tiempo, ni con el tratamiento adecuado, implica una alteración irreversible en la
salud mental; dentro de las secuelas más frecuentes están alteraciones en el
proyecto de vida, daño intergeneracional, afectación a la vida en relación,
restricción de afectos y cambios en la estructura de personalidad, con la aparición
de rasgos desadaptativos (Ej. Dependencia. Hostilidad, suspicacia).
Tapias (2012), define el daño psicológico como el cambio individual o relacional
que afecta la vida de las personas, surge como consecuencia de un perjuicio
externo (delito, hecho dañoso) y se puede judicializar y reparar material o
simbólicamente. Se manifiesta como una alteración psicosocial que se puede
evaluar científicamente y determinar su relación consecuente y coherente con el
hecho.
Adicionalmente,
se
puede
expresar
como
exacerbación
o
desencadenamiento de una condición pre existente y ser de mediano o largo
plazo.
23
El reconocimiento jurídico del daño psicológico tiene una consecuencia lógica en
los procesos judiciales: la reparación. Ésta, es una herramienta que debe darse a
conocer a las víctimas para que ellas inicien solicitudes en este sentido. Las
reparaciones incluyen la indemnización de carácter pecuniario, pero también
alternativas (cuando lo amerita) como el tratamiento psicológico y otras medidas
de satisfacción con carácter simbólico, como el reconocimiento público de
responsabilidad y petición de perdón, o monumentos erigidos en honor a las
víctimas, entre otros.
Echeburúa, de Corral y Amor (2004) agregan una lista de daños a nivel cognitivo
como la confusión, dificultad para tomar decisiones, incontrolabilidad, sobresaltos
continuos a nivel psicofisiológico y a nivel conductual, apatía y dificultad para
retomar sus actividades; ponen de presente que los sucesos más traumáticos
como agresiones sexuales, muerte y secuestro, dejan frecuentemente huellas
devastadoras y secuelas imborrables a modo de cicatrices psicológicas, lo que
hacen a las personas más vulnerables a trastornos mentales y enfermedades
psicosomáticas.
Otras manifestaciones del daño psicológico en Esbec (citado por Echeburúa, de
Corral y Amor, 2004), son los sentimientos negativos: culpa; ira; ansiedad;
preocupación constante por el trauma con tendencia a revivir el suceso; pérdida
progresiva de confianza personal, como consecuencia de los sentimientos de
indefensión y desesperanza experimentados; disminución de la autoestima;
perdida del interés y de la concentración en actividades gratificantes; cambios en
el sistema de valores, especialmente la confianza de los demás y la creencia de
un mundo justo; hostilidad; agresividad y abuso de drogas; modificación de las
relaciones (dependencia emocional y aislamiento); aumento de la vulnerabilidad
con temor a vivir un mundo peligroso y pérdida de control sobre la propia vida;
cambio drástico en el estilo de vida; miedo a acudir a lugares acostumbrados;
necesidad apremiante de trasladarse de domicilio; alteraciones en el ritmo y
contenido del sueño y disfunción sexual.
24
Beristain (2010) agrega: muchas formas de victimización implican la pérdida del
ser querido, por ejemplo el homicidio, el genocidio, el etnocidio, las masacres y la
desaparición forzada, todas estas pérdidas pueden desencadenar como daño
psíquico duelos complicados, porque los síntomas que en principio se consideran
normales, se convierten en alteraciones cuando persisten más de 18 meses.
Estos duelos alterados se caracterizan por desear la presencia de la víctima
fallecida y rechazar la pérdida, preocupaciones constantes en relación con el
difunto, sentimientos de vacío, soledad, llantos repetidos y afectación severa por la
pérdida.
1.5.5
Impacto diferencial
Las vulneraciones a los derechos humanos afectan de manera diversa a todas las
personas que los sufren y en esto influyen factores como el delito padecido, el
género de las víctimas, el grupo social al que pertenecen y la discapacidad. Por
ejemplo, ante el desplazamiento forzado, los niños se afectan en su escolaridad y
socialización, mientras que los hombres pierden sus trabajos y capacidad
productiva y se altera su rol familiar, las mujeres con frecuencia se convierten en
proveedoras cambiando su función maternal y los discapacitados sufren en mayor
medida, por su mayor condición de vulnerabilidad.
Con este preludio, es evidente que la intervención institucional y profesional no
puede ofertar acciones idénticas para todas las personas, sino que debe ajustarse
a las necesidades de ellos según sus características etarias, étnicas, culturales, de
género y condiciones especiales. Esta diferenciación en la atención, es una de las
condiciones esenciales para generar acción, sin daño adicional a la población.
Más adelante se enfatizará en la ideología que sustenta este enfoque diferencial,
mientras tanto se presentarán los impactos diversos según el tipo de delito
padecido.
25
Los efectos del delito se manifiestan de manera diferencial según el tipo de
delito y según características de la víctima como su género, edad, etnia, estrato
social o discapacidad. En estas situaciones, se encuentran acciones claves de
buenas prácticas en el abordaje a las víctimas.
En lo relativo al tipo de delito, Tapias (2010), ha descrito algunos elementos
comunes y frecuentes que desencadenan o mantienen el proceso de victimación y
que orientan la intervención, sin que esto signifique que todos los casos de este
delito son iguales, ya que obviamente cada victimización es particular.
Para ilustración se indican algunas de las constantes en las dinámicas
victimológicas y criminológicas: En el abuso sexual infantil es la condición de
vulnerabilidad de las víctimas (Save the Children 1994); en agresión de pareja la
constante es la dependencia emocional; en delitos de Estado lo común es la
estigmatización de las víctimas (Gómez 2009); todo estos fenómenos pueden
representar claves para la atención futura a quienes padecen estos delitos.
Asimismo, se puede mencionar cierta regularidad en las afectaciones o
daño psicológico típico, e incluso en el tiempo de la problemática y la resolución.
Por ejemplo, en víctimas de tortura se da con frecuencia un cambio de
personalidad según el protocolo de Estambul (Naciones Unidas 2001); en agresión
de pareja hay una media de 10 años de conflicto (Echeburúa y Del Corral, 1998);
en alienación parental se conoce que el fenómeno no se limita en el tiempo ni el
espacio (Aguilar, J. 2006). Estos “ritmos” permiten que el profesional y las víctimas
se encaminen en acciones en las que se puede estimar una forma de abordaje, un
tiempo de compromiso y un acompañamiento profesional especializados.
26
1.5.6
Incesto
Un abuso crónico infantil intrafamiliar, debe contar con una intervención
psicológica y jurídica muy distinta a la de un asalto sexual cometido en persona
con mayoría de edad, perpetrada por un adulto desconocido; a su vez, estas dos
situaciones son muy diferentes de lo que implica la violación perpetrada por el
cónyuge.
El fenómeno de incesto más frecuente es el perpetrado por el padre hacia
su hija, cuando ella está en la prepubertad y se realiza a través de aproximaciones
que simulan el afecto y la seducción, por lo cual es muy probable que la hija, pese
a la confusión que padece, no siempre lo perciba como violento o violatorio
(Vázquez 1995). Furnish (1984, citado por Sanz y Molina, 1999) indica que el
incesto puede suceder con varios hijos a la vez.
Dentro de lo expuesto por ejercicios investigativos, cuyo objetivo ha sido la
caracterización de poblaciones victimizadas, la hija afectada por el incesto se
define por su confusión ante la situación con sentimientos de odio y afecto hacia
sus progenitores, dependiente de la familia y del padre, que se ubica como aliada
o competidora con la madre como pareja sexual del padre. La hija genera culpa
porque se siente diferente de sus pares, se aísla, es desconfiada, fría, agresiva,
independiente, poco convencional y rebelde, Barudy (1991). La madre se concibe
como una mujer pasiva – dependiente, que usa la negación como estrategia de
afrontamiento, que padece depresión crónica y es probable haya sido víctima de
abuso en la infancia. Barudy (1991), describe una madre fría, frustrada, renuente
al contacto sexual, dependiente, negligente, distante de sus hijos y fagocitada en
el sistema violento. De la madre se podría incurrir en digresiones sobre su
complicidad, no obstante resultan personas tan deterioradas y algunas de ellas
con depresión severa e indefensión aprendida, situación que explica cómo no se
pueden proteger a sí mismas y menos a sus descendientes, por esto no se
27
considera procedente la judicialización de ellas como co-autoras, aunque estas
circunstancias distan de justificar su accionar.
Existe evidencia de afectación en los hijos no abusados, ya sea porque
desencadenan síntomas o porque esa victimización vicaria les representa un
factor de riesgo para incurrir en este delito. Estas familias resultan muy
disfuncionales y por tanto cohesionadas por su fragilidad, por ello no favorecen la
emancipación. Si el descubrimiento del incesto no cuenta con aliados del grupo
familiar que deseen poner fin a la problemática, es muy probable que el grupo
completo se movilice evadiendo a la justicia e imposibilitando cualquier asesoría
profesional.
Según Tapias (2010), para la intervención en incesto, resulta crucial que el
profesional en psicología jurídica se aproxime a diversos miembros de la familia y
que su presencia, antes que amenazante, resulte de cooperación para lograr el
cambio, es decir, que no se persiga judicialmente o se genere censuras agresivas
con toda la familia, sino que se construya el cambio con ellos para finalizar el
incesto; para garantizar el control social de este fenómeno es necesario mantener
el contacto y ubicación del grupo familiar. La gravedad de esta conducta conduce
a la pena privativa de la libertad, pero para lograr la judicialización es perentorio
asegurar las pruebas forenses y testimoniales, y garantizar la participación de
alguna víctima o testigo que permita movilizar el aparato judicial y la ubicación de
la víctima y del victimario.
Un reciente estudio colombiano realizado por Cuellar, Rueda y Tejedor (2012)
indica cómo las hijas víctimas de incesto, terminan siendo retiradas del hogar
como una medida de protección y restablecimiento de derechos, situación que en
la mayoría de los casos se percibe como un castigo; esta situación sugiere la toma
de medidas frente a la otra parte del conflicto, en donde lo adecuado sería lograr
el desalojo efectivo del agresor. El mismo estudio reveló que la judicialización es
muy lenta pues toma entre 3 y 5 años lograr la condena, tiempo en el cual los
28
ofensores tienen todas las posibilidades de convertirse en personas en
contumacia. La sugerencia de intervención está en acelerar los mecanismos de
judicialización, y así potenciar la pronta captura, investigación, condena (de ser el
caso) y ejecución de la pena, pues en muchos de estos casos hay evidencias
contundentes como las pruebas de ADN en hijos - nietos que agilizarían los
procesos judiciales.
1.5.7
Violencia Conyugal
Echeburúa y Del Corral
(1998), caracterizan a la víctima de este tipo de
problemáticas, como una persona carente de apoyo social, aislada, con falta de
oficios extra domésticos, pasivo-agresiva que provoca verbalmente al agresor, con
dependencia emocional y económica, baja autoestima y que padece distorsiones
cognoscitivas que minimizan la percepción de violencia. Estas circunstancias
indican el norte de la intervención en la reconstrucción de vínculos, la
reestructuración cognoscitiva y la resolución de problemas. Este estudio devela
también las características del agresor, quien por lo general, padece celotipia,
tiene baja autoestima, es irritable, tiene déficit en habilidades sociales y resolución
de problemas. Esta problemática es cíclica y progresiva y con frecuencia la
recurrencia judicial coincide con las crisis, dinámica establecida como una
estrategia momentánea, pues la víctima desiste coaccionada o deliberadamente;
con frecuencia, ella misma sabotea las órdenes judiciales y las medidas de
protección, por esto la acción judicial no se debe imponer simplemente con la
fuerza de la ley, sino que deben ser asumidas y respetadas por las partes en
conflicto.
Dentro de las sugerencias para la intervención Tapias (2010), inquiere ¿La
indefensión de la víctima justifica la intervención y fuerza del Estado en el seno
familiar? ¿Se puede controlar a la víctima y al agresor con medidas judiciales que
son irrespetadas por quien las solicitó? En muchos casos, el trabajo profesional en
estas problemáticas resulta frustrante y desgastante; y las políticas de incremento
29
de penas resultan ilusorias, deleznables e ineficaces pues no logran controlar los
factores psicológicos que propician y mantienen la situación.
Coherente con esto, las medidas de protección deben ser racionalizadas y
concertadas con las víctimas y puede propenderse por acciones alternativas
incluyentes, restauradoras en las que, en cambio de tratar de romper el vínculo de
la pareja unida por su patología, se les inste a construir nuevas formas de relación,
se convoque a establecer límites de respeto y formas de reparación del daño, es
decir, poner el énfasis del esfuerzo profesional en lo psicológico, más que en lo
penal o policial. Se recomienda usar grupos de mutua ayuda o de apoyo de
víctimas, para el empoderamiento y establecimiento de límites por parte de las
afectadas, vinculación de familias en las acciones terapéuticas y cooperación
comunitaria, para intervenir inmediatamente en las crisis violentas. Las acciones
judiciales siempre deberían incluir asesoría respecto de la normatividad e
instituciones; las acciones policiales deberían reservarse sólo en casos de
agresión inminente.
1.5.8
Delitos sociopolíticos
Muchas son las víctimas de delitos sociopolíticos, quienes sufren desplazamiento
forzado por la usurpación de tierras, los que padecen las ejecuciones
extrajudiciales, las torturas o las desapariciones forzadas (Tapias 2010).
En estos casos los victimarios son grupos con motivación ideológica, que cuentan
con poder económico o político y con una maquinaria para garantizar impunidad;
causan los daños hacia la población civil de manera generalizada y sistemática;
cometen el delito como acto estratégico y por tanto perseveran en su nocividad.
30
Las víctimas padecen mayores efectos por la naturaleza gravosa del hecho, pues
por la impunidad se genera más desestructuración y desconfianza hacia las
autoridades e instituciones, con frecuencia los denunciantes de estas causas son
amenazados, exiliados y hasta señalados falsamente de criminales. En estos
casos, se genera con mayor probabilidad una identidad permanente de víctima.
A todo lo anterior se suma el efecto de la dilación de la justicia y la impunidad que
rodea estos casos, lo que genera y mantiene la afectación a las víctimas. También
se anexa la intensidad de la afectación, ya que la gravedad de las violaciones a
los derechos humanos y particularmente los delitos en connivencia con el Estado,
generan mayores secuelas que los delitos comunes. Ante las violaciones de
derechos humanos, puede darse también un impacto acumulativo, si además del
padecimiento por el delito, a las víctimas se les ha aislado, perseguido o causado
nuevos hechos traumáticos (Beristain, 2010)
La Corporación Avre (2002), aporta una interesante lista de los impactos de la
impunidad como consecuencia de la violencia sociopolítica, éstos pueden
convertirse en criterios a identificar y evaluar por parte del forense encargado de la
valoración del daño:
1. Debilitamiento de espacios de participación colectiva; lazos de solidaridad y
proceso organizativos; pérdidas de guías sociales y alteración de hábitos y
aspectos de identidad cultural.
2. Miedo y desconfianza generalizada; atribuciones erróneas en torno a que
su activismo social fue la causa de la vulneración de sus derechos.
3. Ruptura de proyecto de vida individual y de las relaciones familiares y
sociales; cambio de roles dentro del grupo.
4. Duelos alterados a causa de las dificultades para lograr justicia y reparación
por el daño causado.
31
5. Tendencia a olvidar por miedo a seguir sufriendo, atentando contra la
posibilidad de una memoria crítica de los hechos; negación de lo que se ha
vivido.
6. Sentimientos de impotencia, culpa y vergüenza en las víctimas.
7. Afectación de la creencia positiva del futuro, pues se refuerza la
desesperanza.
8. Afectación de la identidad de la víctima, frustra su necesidad moral de
sanción judicial.
9. Desconfianza y poca credibilidad en las instituciones estatales
10. Sentimientos de venganza como una forma desadaptativa de afrontar el
daño padecido.
La Corporación Avre (2002) ilustra, igualmente, la dificultad para contar con el
apoyo social en la realización de los rituales, que como dinámica y efecto
simbólico, se pudieran desarrollar en el manejo de estos fenómenos, tal y como
ocurre con frecuencia en las pérdidas causadas por la violencia sociopolítica,
situación que interfiere y complica el duelo.
Como sugerencias para la intervención en delitos sociopolíticos Tapias
(2010), considera que es fundamental realizar un acompañamiento comprometido,
para garantizar la confianza de las víctimas. Es importante hacerles ver y
comprender, que hay vías e instituciones alternativas a las tradicionales en la
búsqueda de justicia, para superar la impunidad, como los mecanismos de control
del Estado, las ONG’s y los organismos internacionales. En casos colectivos es
viable realizar pericias grupales con muestras de víctimas representativas y
significativas, y ser recursivos en el uso de técnicas; dentro de ellas, recomienda
Gómez (2009), usar grupos focales y aplicar instrumentos válidos. Si el conflicto
armado permanece vigente, se sugiere un tratamiento especializado e
independiente del Estado, pues puede resultar difícil o inadecuado que los
servicios de salud tradicionales proporcionen el tratamiento (Beristain, 2008).
32
1.5.9
Desaparición forzada y sugerencias de intervención
Es frecuente que esta forma de victimización inicie con una privación ilegal de la
libertad; durante el tiempo de cautiverio la persona sea sometida a torturas y
finalmente se le de muerte y se desaparezca el cuerpo para generar mayor terror
entre los familiares, colectivos y poblaciones.
La incertidumbre de conocer la
suerte del familiar es la que mayor daño genera, incluso puede llegar a ser mayor
que el que se genera en casos de homicidios o masacres, justamente la ausencia
del cuerpo y la posibilidad de identificar el mismo, se convierte en el gran
obstáculo para la elaboración del duelo.
Navarro, Pérez y Kernjak (2010), en el Consenso Mundial de principios y normas
mínimas sobre trabajo psicosocial en casos de desapariciones forzadas, sugieren
para la atención en este tipo de casos, no escatimar esfuerzos personales,
económicos e institucionales en la búsqueda de las víctimas de desapariciones
forzadas, ejecuciones arbitrarias y extrajudiciales hasta dar con su paradero; esto
lógicamente, permite esclarecer los hechos sin importar la época en la que éstos
ocurrieron, ni requerir denuncia judicial previa de los propios familiares. Se deben
mantener altos estándares científicos en el trabajo forense; se debe tener el
máximo cuidado para que los cuerpos y otras evidencias se mantengan en
adecuadas condiciones de conservación y seguridad, y así poder realizar
posteriores análisis para establecer la identidad de las víctimas y el
esclarecimiento de los hechos.
Se debe evitar, por todos los medios, cualquier obstaculización de los procesos de
búsqueda propendiendo por el derecho a la justicia para lograr la reparación
integral, y como parte de ésta, se recomienda apoyar la libre constitución de
espacios asociativos de las víctimas con medidas legales, administrativas o
económicas, y enfatizar en la importancia de las acciones simbólicas, para
propiciar el respeto a las distintas opciones de conmemoración que definan las
familias, de carácter íntimo, religioso, étnico, o reivindicativo como un medio de
33
reparación integral que favorezca la transformación de imaginarios sociales
colectivos, que en muchos casos al no manejarse de manera adecuada, pueden
limitar una reparación favorable.
Otra importante indicación, consiste en localizar los familiares, motivarlos a
participar activamente, darles información constante y transparente de los
procesos; garantizar la protección y seguridad; y brindar atención psicosocial
acorde con el contexto cultural; todo lo anterior basado en el enfoque diferencial
que permite tener en cuenta el género, la edad, la etnia, entre otros aspectos. Y
asimismo coordinar acciones con familiares, Estado, comunidad internacional,
organizaciones no gubernamentales, entre otros.
1.5.10 Secuestro
Consecuente al plagio, la familia del secuestrado entra en crisis, se congrega en
torno a la victimización y aplaza todas las actividades, cesan de laborar, estudiar e
incluso se alteran sus necesidades fisiológicas como alimentación y sueño, ya que
es elevadísima la ansiedad y depresión. (Fondelibertad, 2002)
En la etapa inicial la familia se concentra, expresa y recibe solidaridad, pero con el
correr del tiempo, que es característico de esta problemática al menos en
Colombia (18 meses aproximadamente), la familia se va quedando sola y se ve
compelida a retornar a las actividades cotidianas.
34
1.5.11 Sugerencias para la intervención en secuestro
Al inicio del secuestro la familia se encuentra con el temor a acudir a las
autoridades, pues han sido amenazadas por los captores y aleccionadas en el
sentido contrario; no obstante, el profesional debe acercarse al grupo familiar,
ganar confianza y propender por la denuncia y el apoyo judicial, investigativo y
policivo. Dentro del acompañamiento psicojurídico está prevista la cooperación
para la reorganización de la familia, la elección del líder para la toma de
decisiones, la catarsis durante el proceso y la información sobre los actores del
crimen, su modo de operación y tiempos para favorecer la adaptación. Empero, la
labor imprescindible de los servidores públicos es mantener la esperanza de la
familia y orientar sobre formas de mantener el contacto (mensajes de radio,
mensajes con Cruz Roja, solicitar pruebas de sobrevivencia a los captores), el
afecto o la historia durante el secuestro (álbum o diario familiar para el retorno del
secuestrado), entre otras.
Esta sucinta información pretende evidenciar la preparación particular que se
requiere para abordar las víctimas de diversos tipos de delitos, por lo cual sería
necesario
ampliar
las
particularidades
de
los
delitos
acá
plasmados;
adicionalmente, se deben señalar sugerencias específicas y tal vez novedosas
para orientar el accionar del equipo interdisciplinario.
1.5.12 Pericia psicológica forense como medio de conocimiento
Dentro de la lógica de los procesos judiciales es imprescindible generar debates
probatorios optimizados que impacten en la toma de decisión judicial, los medios
de conocimiento que presentan las partes deben corresponder con la teoría del
35
caso, y fortalecer la misma; para ello se valen las partes de testimonios, pruebas
documentales, evidencia física, prueba pericial, entre otros. Frente a esta última
posibilidad probatoria, se parte de la necesidad de resolver una pregunta o
inquietud que surge desde el análisis del caso por parte del abogado, y que debe
ser respondida desde la ciencia, arte u oficio de un experto, que con suficiente
argumento y solidez científica aporte al debate probatorio. Una de las actividades
periciales que con mayor frecuencia se solicitan en estos contextos, es el peritaje
psicológico, que es un procedimiento de evaluación psicológica experta para
asesorar al sistema administrador de justicia, y que en la mayoría de los casos se
solicita para evidenciar el daño causado a las víctimas y así propulsar las acciones
judiciales que restablezcan sus derechos.
La prueba pericial es uno de los medios de conocimiento concebidos en el Código
de Procedimiento Penal, ley 906 de 2004 en el artículo 382, que los enuncia como:
testimonio, peritaje, documento, inspección, elementos materiales probatorios y
evidencia física y cualquier otro medio técnico científico que no viole el
ordenamiento jurídico.
La pericia psicológica es procedente para establecer las perturbaciones
psicológicas posteriores a situaciones violentas; para demostrar afectación en la
salud mental, particularmente en aquellos casos que no presentan evidencia física
del delito; para evidenciar la presencia o presunción de lesiones cerebrales, por
ejemplo en casos de tortura con trauma cráneo encefálico o accidentes de
tránsito; para evaluar credibilidad de testimonio en casos de niños o niñas
abusados sexualmente, etc.
Esta evaluación, idealmente debe ser realizada por un experto en psicología
forense. La Psicología Forense es una sub área de especialización de la
psicología Jurídica, que comprende la realización de evaluaciones psicológicas
por solicitud de autoridades competentes, para aportar información especializada y
veraz, que se convertirá en un medio probatorio para orientar la toma de
36
decisiones judiciales, en tribunales nacionales, pero también en cortes
internacionales (Tapias, 2008).
Aunque esta disciplina en Colombia se enseña en posgrados desde el año 1999,
aún son muchos los profesionales que empíricamente desarrollan esta labor,
basados en su buena fe, pero lastimosamente aún carentes de todas las
competencias requeridas. Esta situación genera debilidades en los informes
periciales y enormes controversias en los juicios, bajo el riesgo de perder los
casos por la falta de idoneidad de la pericia. Actualmente, ya varias instituciones
estatales, como la Defensoría del Pueblo, están comprendiendo la importancia de
vincular psicólogos especialistas, magísteres y doctores en psicología jurídica y
forense, sin embargo, es perentorio que todas las instituciones incluyan
profesionales con esta experticia en su departamento de talento humano para que
realmente se generen las debidas pruebas periciales psicológicas.
Las competencias que debe tener un profesional en psicología jurídica y forense
según el Colegio Colombiano de Psicólogos (2013) son:

Fundamenta epistemológica y teóricamente sus prácticas evaluativas,
generalmente de carácter forense.

Conoce y aplica los fundamentos de la medición y evaluación en el campo
jurídico y forense.

Planifica, selecciona y aplica los procedimientos e instrumentos evaluativos
acordes al fenómeno psico jurídico a intervenir.

Emite conceptos, sustentado en un procedimiento riguroso y ético, de
acuerdo con las necesidades del sistema social.

Realiza recomendaciones de acuerdo con las condiciones jurídicas y
sociales del proceso o persona evaluadas.

Conoce instrumentos y técnicas de evaluación psicológica forense.

Diferencia instrumentos de evaluación clínica y de evaluación forense.
37

Discrimina procedimientos de evaluación psico - jurídica válidos y
confiables, de los que no lo son.

En sus actuaciones e investigaciones, aplica rigurosamente la estadística y
la psicometría

Conoce y explicita la definición de la psicología jurídica y psicología
forense.

Concibe factores bio - fisiológicos y sociopolíticos como explicativos de los
conflictos judiciales.

Establece las relaciones entre psicología y derecho.

Analiza los problemas humanos y judiciales susceptibles de ser abordados
por la psicología jurídica.

Comprende y explica el comportamiento manifestado en ambientes
jurídicos.

Identifica las principales teorías y autores de la psicología Jurídica.

Indaga y comprende comportamientos relacionados con
problemáticas
relacionadas con el derecho.

Comprende las limitaciones de la psicología jurídica y sus interacciones con
otras áreas de la psicología y otras disciplinas.

Identifica las normas y procedimientos que regulan su labor y las
consecuencias judiciales de sus actuaciones.

Comprende que los problemas judiciales y la administración de la justicia
están influenciados por los contextos social, político y económico.
Como se puede apreciar, son elevadas las exigencias para los peritos, razón
por la cual, no pueden ser reemplazados por un profesional con formación
general, sin embargo por razones presupuestales, a ellos se está solicitando la
mayoría de estas labores. No obstante, se recomienda elevar los perfiles de
aquellos a quienes se encargue la pericia, ya que no basta darles por ley el
estatus de peritos, como lo indica el Art. 408 de la Ley 906 de 2004, en donde se
otorga tal condición a personas con título legalmente obtenido; o como sucede
con la Ley 1098 de 2006, Código de infancia y adolescencia, que en el artículo 79,
38
otorga carácter pericial a los informes de los equipos técnicos interdisciplinarios, lo
que significa que invistió de tal carácter a sus profesionales.
Lamentablemente esto ha generado muchas dificultades, porque estos
profesionales son interrogados en juicio, sin haber sido preparados para el ritual
de la oralidad, porque se les inquiere sobre el uso de test psicológicos y técnicas
especializadas que no conocen y se les cuestiona sobre su imparcialidad, ya que
deben desarrollar labores clínicas, que están protegidas por el secreto profesional
y el vínculo terapéutico con fines de alivio en la salud mental, al tiempo que
desarrollan actividades periciales forenses que no están amparadas bajo el
secreto y tienen el fin de orientar una decisión judicial. Internacionalmente existe
literatura científica que señala que las labores clínicas y las forenses son
incompatibles (Ackerman, 1999; Vázquez, 2007; Tapias, 2008) empero siguen
siendo muchos los profesionales colombianos conminados contractualmente a
ejecutarlas, al margen del daño que esto puede generar al proceso.
Otras instituciones públicas han optado por otorgar cargos con la denominación de
“forense” considerando que es suficiente forma de acreditación, y aunque es cierto
que implica un aval laboral e institucional, no garantiza la cientificidad de los
conceptos y los métodos desarrollados por un profesional cuyo cargo es perito.
Para remediar lo anterior, asociaciones profesionales como la Latinoamericana e
Iberoamericana de Psicología Jurídica, agremiaciones profesionales como el
Colegio Colombiano de Psicólogos y Universidades con formación de posgrado,
motivan a los profesionales que realizan atención a las víctimas, a promover la
construcción de la prueba pericial psicológica garantizando en lo posible, que
quien realice esta evaluación forense sea un perito debidamente acreditado por su
formación y experiencia, que sea un profesional que no confunda funciones
sanitarias con judiciales, y que utilice el consentimiento informado para no incurrir
en faltas éticas.
39
1.5.13 Enfoque de derechos y de salud
Son múltiples las necesidades de las víctimas y, entre ellas, se encuentra una
primaria que es la de atender su salud, incluso antes de procurarle justicia; esto no
significa que los profesionales que las atienden realicen acciones simultáneas,
paralelas, ni que sobre un profesional o una sola institución, recaiga toda la
responsabilidad de la acción sanitaria y la judicial.
La necesidad de un abordaje integral a las víctimas, implica cooperaciones
interinstitucionales e intersectoriales, entre la rama judicial y el poder ejecutivo del
que se desprende el sistema de salud. También es importante la participación del
sector educativo, particularmente para las acciones preventivas. Con esto, se
pretende enfatizar que las víctimas deben recibir atención de todos los sectores
del Estado.
Particularmente se presenta en este módulo un énfasis en el abordaje psico
jurídico de las víctimas y por ello, se propone fundamentarse en el enfoque de
derechos que es una perspectiva orientada hacia la promoción, reconocimiento,
garantía y restitución de los derechos fundamentales, civiles y políticos,
económicos, sociales culturales y colectivos de las personas (Alcaldía Mayor de
Bogotá, 2011). Esta perspectiva considera que el primer paso para otorgar poder a
los sectores excluidos, es reconocer que son titulares de derechos que obligan al
Estado, lo que implica cambiar la lógica de los procesos, para que el punto de
partida no sea la existencia de personas con necesidades que deben ser asistidas,
sino sujetos con derecho a demandar prestaciones y conductas.
El enfoque de derechos, según Acosta, Gabrish y Góngora (2007), es un marco
conceptual para el proceso de desarrollo humano, que desde el punto de vista
normativo, está basado en las normas internacionales de derechos humanos y
desde el punto de vista operacional, está orientado a la promoción y la protección
40
de los derechos humanos. Su propósito es analizar las desigualdades que se
encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas
discriminatorias y el injusto reparto del poder que obstaculizan el progreso en
materia de desarrollo.
Este enfoque da poder a los sectores excluidos, porque los reconoce como
titulares de derechos que obligan al Estado. El punto de partida son las
necesidades, sin embargo, las necesidades y los derechos no son incompatibles,
pues las necesidades son derechos y el cambio fundamental está en el
cumplimiento de los derechos, ya que éstos son exigibles, las necesidades no lo
son.
Este enfoque implica comprender que las víctimas tienen derecho a lo que están
solicitando y se les debe entregar de forma digna, no como favores, hay que
acompañarles como sujetos de derechos, para que propulsen sus proyectos y
logren sus metas y no asistirles todo, como si fueran incapaces, hay que tomar en
cuenta su opinión, ya que son competentes y libres de consentir o no; ni siquiera
se les deberían imponer medidas de protección, éstas deberían acordarse con
ellos.
Incluso en términos de salud y justicia, las víctimas tienen derechos ganados
como todos los ciudadanos, de manera que, si les proporcionan medidas para
restablecerles derechos, lo que obtienen no puede ser el mismo elemento que ya
tenían ganado. Por ejemplo, un ciudadano por esta misma condición es un sujeto
de derechos de salud, y si eventualmente resultara víctima de un delito y requiriera
acciones de reparación, éstas deben superar lo que ya tenía garantizado en salud
por derecho propio, no se le puede reparar otorgándole ingreso a una entidad
prestadora de salud o servicio subsidiado de salud, pues eso es algo de lo que ya
debía estar gozando y le pertenece.
41
Sobre el tema de atención en salud, la investigación de Fajardo, Ducón, Monzón y
Tapias (en prensa) obtuvo de las víctimas beneficiarias de los fallos de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado colombiano su opinión
sobre las reparaciones otorgadas, y la mayoría informó entre otros aspectos: no
haber recibido tratamiento; habérsele ofertado servicios básicos y subsidiados de
salud; imposición de instituciones, horarios e intervenciones sin enfoque
diferencial; atención en centro psiquiátrico, cuando ésta era innecesaria,
incompatible e inadecuada en muchos casos. Todo esto es ejemplo de acciones
que a cambio de reparar causan re-victimizaciones y resultan el perfecto ejemplo
de modelos a no seguir por parte de profesionales e instituciones públicas que
atienden víctimas. De esta forma, se insiste en la importancia de estructurar
modelos de atención, en donde la concertación con las víctimas, sea la base del
análisis frente a las acciones a tomar, donde el enfoque de derechos y la
perspectiva diferencial actúen y ofrezcan reparaciones que vayan más allá de los
derechos previamente adquiridos.
Parte de lo que se quiere señalar, es la importancia de realizar intervenciones
adecuadas y diferentes según las características de los usuarios afectados, lo que
se ha denominado el enfoque diferencial, el cual parte de que justicia NO es dar a
todos por igual, sino abordar a cada uno desde su diferencia, desde su
particularidad.
Fundamentos de esta perspectiva diferencial se encuentran en la Constitución
Política de Colombia, que en el Artículo 1. consagra: “Colombia es un Estado
social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada,
con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y
pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la
solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
De igual manera, en el artículo 7, se lee: “El Estado reconoce y protege la
diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana” (cursiva fuera de texto).
42
Navarro, Pérez y Kernjak (2010), resaltan del enfoque diferencial, la importancia
que en las investigaciones forenses en casos de desapariciones forzadas,
ejecuciones arbitrarias o extrajudiciales, deben tener las particularidades,
expectativas y necesidades de la población con la que se trabaja; entre ellas, su
contexto social, político, económico, histórico y cultural, y sus características de
género, generación, etnia, lengua, espiritualidad, opción sexual, formas de
organización y sistemas de justicia tradicionales, así como otras circunstancias
personales sociales diferenciadoras.
Para el Ministerio de Protección Social (2011) el enfoque diferencial es un “Método
de análisis, actuación y evaluación, que toma en cuenta las diversidades e
inequidades de la población en situación o en riesgo de desplazamiento, para
brindar una atención integral, protección y garantía de derechos, que cualifique la
respuesta institucional y comunitaria. Involucra las condiciones y posiciones de
los/las distintos/as actores sociales como sujetos/as de derecho, desde una
mirada de grupo socioeconómico, género, etnia e identidad cultural, y de las
variables implícitas en el ciclo vital - niñez, juventud, adultez y vejez”
Como la Constitución Nacional es norma de normas, estos principios se deben
viabilizar en políticas, lineamientos de acción, normas y prácticas sociales que
propendan por la equidad y la inclusión, mientras reafirman la diversidad y el
pluralismo. Esto se puede lograr, a través de ideas y acciones afirmativas que
generen una discriminación positiva, para visibilizar y favorecer a las poblaciones
vulnerables, identificando las necesidades, riesgos y potencialidades particulares,
volcándolos luego, en estrategias que prioricen para ellos acciones preventivas e
interventivas.
El enfoque diferencial se podría definir como
una política universal para la
prevención y atención a las poblaciones vulnerables, con miras a reconocer,
garantizar y dar respuesta adecuada a los derechos, necesidades y problemáticas
propendiendo por la equidad (Tapias, 2010).
43
El Auto 006 de 2009 de la Corte Constitucional explica que “el enfoque diferencial
involucra las condiciones y posiciones de los/las distintos/as actores sociales
como sujetos/as de derecho, desde una mirada al grupo socioeconómico, género,
etnia e identidad cultural, y de las variables implícitas en el ciclo vital - niñez,
juventud, adultez y vejez.”
En ese orden de ideas, se podrían identificar como categorías que identifican a las
poblaciones:
generación,
sexo,
género,
etnia,
discapacidad,
aspectos
socioeconómicos, entre otros; categorías que también permitirían identificar
aquellas consideradas como minorías, las que históricamente han sido
desfavorecidas, las que por su condición social, física o mental, tienen menos
posibilidad de defender sus derechos.
Al respecto, resulta muy ilustrativo el aporte de Ignacio Martín Baró (2000), quien
explica que la guerra no tiene un impacto similar en la población, sino que
depende de la clase social, el involucramiento y la temporalidad. La clase social
influye, pues generalmente (la guerra) afecta a los más humildes, mientras que los
sectores medios y altos no reciben el impacto igual. Incluso lo que para unos
significa la ruina, para otros significa un gran negocio; lo que a ciertos grupos pone
al borde de la muerte, a otros abre la posibilidad de una nueva vida. El grado de
involucramiento es diferencial entre los combatientes y las víctimas, ya que
padecen consecuencias diferentes. Por esto, la afectación es de carácter
individual.
1.5.14 Ejes para el análisis diferencial
Los ejes en torno a los cuales se debe realizar el análisis diferencial son:
44

Edad: El factor etario está compuesto por poblaciones variables
tradicionalmente conocidas como infantes, adolescentes, adultos y adultos
mayores. Dentro de este grupo los niños, los adolescentes y los adultos
mayores son los más vulnerables.

Género: Además de los géneros, sugeridos por el sexo: hombres y
mujeres,
se incluyen
otras condiciones como
la homosexualidad,
bisexualidad, transexualidad e intersexualidad. Sólo la primera condición, la
de ser hombre, en palabras de los expertos resulta ser la que implica más
baja vulnerabilidad.

Étnico cultural: factor relacionado con la raza que en Colombia incluye
poblaciones como los mestizos, indígenas, raizales, rom (gitanos),
afrodescedientes, entre otras.

Discapacidad: física, cognitiva o sensorial

Socioeconómico: nivel de recursos financieros alto, medio o bajo; también
identificado en Colombia con variables numéricas de estratos económicos
de 1 al 6. Este factor correlaciona positivamente con el nivel educativo, ya
que a mayor estrato mayores alcances de formación y oportunidades en la
población.
Ha cobrado tal importancia, la incorporación del enfoque diferencial, que se ha
incluido explícitamente en normas colombianas como la Ley 1098 de 2006, Código
de infancia y adolescencia, que en el artículo 36 resalta los derechos de niños,
niñas y adolescentes con discapacidad, para ser destinatarios de acciones y de
oportunidades para reducir su vulnerabilidad y permitir la participación en igualdad
de condiciones. En el artículo 202, numeral 3, en el cual incluye dentro de los
objetivos de políticas públicas, diseñar y poner en marcha acciones para lograr la
inclusión de la población infantil más vulnerable a la vida social en condiciones de
igualdad y en el artículo 204, se pronuncia en torno a la necesidad de contar con
una política pública diferencial y prioritaria de infancia y adolescencia.
45
También hay una importante mención en la Ley 1448 de 2011, con respecto al
enfoque diferencial:
El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con
características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y
situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria,
atención, asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley,
contarán con dicho enfoque.
El Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos
expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3° de la
presente Ley, tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores,
personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros
de organizaciones sindicales, defensores de Derechos Humanos y víctimas de
desplazamiento forzado.
Para el efecto, en la ejecución y adopción por parte del Gobierno Nacional de
políticas de asistencia y reparación en desarrollo de la presente ley, deberán
adoptarse criterios diferenciales que respondan a las particularidades y grado de
vulnerabilidad de cada uno de estos grupos poblacionales.
Igualmente, el Estado realizará esfuerzos encaminados a que las medidas de
atención, asistencia y reparación contenidas en la presente ley, contribuyan a la
eliminación de los esquemas de discriminación y marginación que pudieron ser la
causa de los hechos victimizantes (Artículo 13).
También exige el enfoque diferencial el art.28 en el numeral 6 dentro de la
política pública art. 32 en los programas de protección integral; art. 43 asistencia
judicial; art. 47 para la ayuda humanitaria; art. 139 en las medidas de satisfacción;
art. 145 acciones en materia de memoria histórica; art. 149 garantías de no
46
repetición, comunicación y pedagogía diferencial; art. 168 la unidad administrativa
especial para la atención y reparación integral a las víctimas. num.10 participación
de víctimas; art. 172 coordinación y articulación nación-territorio; art. 205
regulación de los derechos y garantías de las víctimas pertenecientes a pueblos y
comunidades indígenas, rom y negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
Estas perspectivas diferencial y de derechos, quedan incluidas en lo que se
puede denominar enfoque psicosocial, expresión cliché en las organizaciones
gubernamentales y ONG´s que trabajan con víctimas. Expresión que sin
definición, aparece como un requisito en la intervención en la Ley de infancia y
adolescencia y en la Ley de víctimas y restitución de tierras, entre otras. Modelo
que
han
entendido
ligeramente
las
organizaciones,
generando
equipos
multidisciplinarios en los cuales colaboran psicólogos, trabajadores sociales y
abogados,
sin
necesariamente
comprender
lo
que
significa
trabajo
interdisciplinario e integral.
Baró (2000), aporta en la comprensión de los fines del enfoque psicosocial,
pues fundamenta que el trauma social es causado por un proceso histórico que
puede afectar toda una población, sus pasos no se encuentran en el individuo sino
en la sociedad. La tarea psicosocial surge por la insuficiencia de la psicoterapia
individual o grupal, mientras no se produzca un cambio significativo en las
relaciones sociales, es necesario iniciar un proceso de despolarización,
desideologización y desmilitarización que sanee las relaciones sociales y
que permita a las personas elaborar su historia en un contexto interpersonal
diferente al actual.
En ese sentido, invita a los profesionales de la salud mental, a no limitarse en
la comprensión de la enfermedad hacia atrás, en relación con el pasado, sino a
que lo visualicen desde el goce de un cuerpo social libre, dinámico y justo, al no
centrarse en la atención de los destrozos y trastornos ocasionados, el reto se cifra
en construir un hombre nuevo en una (nueva) sociedad. Parafraseando a Baró
47
(2000), los profesionales de las ciencias sociales y de la salud, no deben centrarse
en curar la enfermedad, sino en la prevención y los cambios de las raíces sociales
que afectan la salud mental, a no realizar acciones individualistas, micros, sino
intervenciones estructurales macro sociales. Para este mismo autor, la fuente
curativa de cualquier método psicoterapéutico, se encuentra en su dosis de
ruptura con la cultura imperante, que como para el caso del Salvador (que no
resulta tan diferente de Colombia), la urgencia consiste en emprender una tarea
psicosocial de despolarización, desideologización y desmilitarización del país.
Osadamente Tapias (2013), expone los componentes del enfoque psicosocial,
el cual se puede concebir como un modelo que favorece la comprensión y el
abordaje de problemáticas sociales, y en síntesis incluye:

Enfoque de derechos

Perspectiva diferencial

Modelo de integralidad (no asistencialista)

Contextualización
sociopolítica,
incluyendo
profesionales
como
acompañantes con compromiso sociopolítico

Acompañamiento a las víctimas para procesos de empoderamiento

“Despatologizar” los fenómenos y analizarlos desde el contexto social

Analizar el impacto familiar y colectivo

Propender por un cambio social
1.5.15 Diferenciación entre víctima y paciente
En psicología jurídica, las víctimas pueden y deben ser asumidas como
personas con un papel activo, como sujetos de derecho y con roles relevantes y
específicos. De hecho, clásicos como Von Henting y Mendelsohn según
48
Rodríguez (2005) aportaron una imagen más realista de la víctima como sujeto
activo, en su estructura, dinámica y procesos de prevención.
Adicionalmente a esta concepción, la psicología jurídica ha acertado en la
diferenciación entre lo clínico y lo forense, autores como Ackerman (1999),
Vázquez (2007) y Tapias (2008), han avanzado en la comprensión de las víctimas
como sujetos de derechos y no como pacientes mentales dejando de lado la
perspectiva psico diagnóstica clínica con énfasis en las explicaciones endógenas
individualistas y patológicas, para dar paso a explicaciones que legitiman sus
afectaciones psicológicas como reacciones normales y proporcionales ante
hechos sociales anormales (Baró, 1984). La siguiente tabla sintetiza esta posición
epistemológica:
CATEGORÍA
Sujeto de atención
PSICOLOGÍA JURÍDICA
PARADIGMA CLÍNICO
Y FORENSE
TRADICIONAL
Víctima,
procesado
o Consultante
persona en conflicto con la
ley
Objetivo de atención
Búsqueda de justicia
Expectativa de alivio, de
cura
Acceso al
Voluntario
o
no,
ej. Voluntariedad por
profesional
Procesos que se adelantan confianza en la
de oficio o que se conmina confidencialidad y
a
comparecer
ante
la búsqueda de la ayuda
justicia
Secreto Profesional
El secreto profesional se Amparado por secreto
comparte con el abogado y profesional
el
evaluado,
y
como
49
principio
se
haciendo
excluye
uso
del
consentimiento informado
Origen de la
Causa
externa
social, Origen intrínseco,
problemática
económica y política
endógeno y
psicobiológico o micro
social
Impacto de la
Problema con connotación Problema individual,
problemática
social,
político
y personal, privado y
económico
confidencial
Expectativas frente
Necesidad de respeto y Solicitud de secreto
a la atención
visibilización social
Manejo de la
Se presume distorsión o Se presume sinceridad
información
coerción,
suministrada
del agente causal de la este espacio privado
profesional
prioritariamente pues el sujeto ha elegido
victimización, pero también como forma de resolver
de
la
víctima
minimiza
o
porque su situación
simula
síntomas
Instrumentos de
Instrumentos
de Técnicas directas de
evaluación
evaluación
con
indirectas,
previendo
técnicas evaluación en las que
distorsión del examinado
la hay poca prevención
frente a la simulación o
distorsión
Contexto de
Atención psicosocial y
atención
jurídica
Atención en salud
50
En cada uno de estos enfoques hay una perspectiva diferencial del sujeto,
de sus expectativas, de los modelos explicativos y del tipo de intervención.
El sistema de salud tradicional ha acostumbrado concebir los problemas
psicológicos, como individuales y endógenos, y en consecuencia han intervenido
desde lo intra psíquico y farmacológico. En casos de delito y lesión psíquica, o
macro victimizaciones, resulta erróneo e insuficiente este paradigma intra
psíquico, individualista y biologicista, pues parte de lo que favorece la
recuperación y readaptación es la aceptación de la situación, la judicialización y
una atribución exacta de la realidad y los desencadenantes sociales. En estas
intervenciones lo perentorio no es eliminar el síntoma, sino ayudar al sujeto en la
comprensión de que su reacción psicológica alterada es proporcional a la
victimación e incluso, en muchos casos, resulta adaptativa.
Es decir, el restablecimiento de la salud, implica mucho del reconocimiento
exacto de los hechos y de su condición de víctima, como prioritaria por encima de
la de “trastornado mental”, es decir, la víctima no es un sujeto psicopatológico
aislado, desviado de la normalidad estadística, sino una persona que reaccionó
ante una situación anormal (Baró, 1984).
Frente a la intervención farmacológica, se ha encontrado que resulta
oportuna para controlar síntomas en episodios agudos, pero presenta elevadas
tasas de recaída a mediano plazo. En contraste con las terapias cognitivas que
generan importantes efectos en estados agudos y previenen recaídas, es decir,
generan un efecto más estable. Esta ventaja se podría derivar del aprendizaje de
habilidades de afrontamiento y de estilos cognitivos más efectivos.
La ventaja de la intervención psico jurídica es que trabaja con un paradigma
amplio, incluyendo el conflicto social como fuente de la salud mental, coincidiendo
con la OMS (2002) que identifica la violencia como un problema de salud mental.
51
En lo cognoscitivo, la amplia comprensión de lo sociopolítico como
generador de bienestar o malestar, libera a la víctima de la auto descripción de
“enfermo mental”, “patológico” y la ayuda a comprenderse como “vulnerable” o
como una víctima digna. Es imprescindible comprender que la víctima no es un
enfermo mental; sino que, como ya se ha dicho anteriormente, es una persona
que reacciona de manera normal ante una situación anormal. Así, la atención
prestada no debe dar una sensación de caridad, sino de comprensión (Defensoría
del Pueblo).
En lo afectivo, la intervención psicológica no pretende eliminar las
emociones, sino validarlas, expresarlas en un ambiente de contención y
comprensión que colateralmente tiene el efecto de atenuarlas. Esta posición, es
mejor aceptada por víctimas que expresan su rechazo a la terapia que propende
por superar el dolor, perdonar, olvidar y usar fármacos, pues manifiestan la
necesidad de recordar y el derecho a sufrir y sentirse indignados mientras haya
injusticia e impunidad. No gustan de ser señalados como personas con daño,
como “dañados”, sino como perjudicados con impactos que incluso pudieron
hacerlos mejores, más fuertes y más conscientes.
Al respecto, la Corporación AVRE (2009) entiende por análisis psicojurídico,
el ejercicio metodológico de realizar una lectura psicosocial de las diferentes
etapas del proceso, identificando los impactos que sobre las víctimas y familiares
tuvo, y una valoración general sobre el impacto psicosocial que este tipo de casos
puede generar en los representantes legales y organizaciones acompañantes.
Centrando los procedimientos en las garantías de las víctimas.
Es importante reconocer que los proceso jurídicos, que dan paso a la
verdad y la justicia, ejercen un importante efecto colateral y terapéutico en las
víctimas. Es decir, existen consecuencias en dos sentidos, uno en relación con la
salud mental y otro relativo a la reparación integral.
52
Lo contrario también es cierto, es decir, si la justicia y la reparación son
meras formalidades, tardías o inadecuadas, es posible que en la mayoría de los
casos, las personas continúen bajo las secuelas de las violaciones iniciales,
Corporación AVRE (2009). Es decir, los procesos de exigibilidad a la verdad,
justicia y reparación, en contextos marcados por la impunidad estructural y
conflicto sociopolítico, perpetúan los impactos psicosociales y afectaciones en las
condiciones de salud mental, a todos los actores involucrados, como son las
víctimas, sus familiares, organizaciones, abogados y organismos acompañantes.
1.6
ACCIONES PSICOSOCIALES EN EL ABORDAJE A VICTIMA
Como se ha señalado son muchas las necesidades de las víctimas, y por ello
se pueden considerar diversos tipos de atención, por ejemplo la intervención en
crisis, la consulta psicológica y la intervención psicosocial, por lo cual es
determinante identificar en qué consiste cada una de ellas, al tiempo que el
contexto en el que se deben aplicar como forma de buenas prácticas.
La gobernación de Santander (2013), basada en un texto del Ministerio de
Salud, presenta en su glosario, varios conceptos relativos a la atención a víctimas,
entre ellos, abordaje o enfoque psicosocial, atención integral con enfoque
psicosocial, atención psicosocial, acompañamiento psicosocial, apoyo psicosocial,
asesoría psicosocial, asesoría psicológica e intervención psicosocial. Todos estos
términos parecen indicar una tendencia social de clichés profesionales, de hecho,
para quienes escriben, hay varios textos relativos a estos temas, que ni siquiera
definen los términos, los definen aplicándolos a situaciones particulares cuando
son términos genéricos o los usan como sinónimos indistintamente, todo lo cual
puede generar una enorme confusión, por lo cual, para efectos prácticos y de
53
claridad de estos, sólo nos referiremos a asesoría psicológica e intervención
psicosocial y de otras fuentes se definirá lo atinente a intervención en crisis.
Tipos de intervención: asesoría psicológica, acompañamiento psicosocial e
intervención en crisis
1.6.1
Asesoría psicológica
Es
la
acción
realizada
por
profesionales
de
la
salud
mental,
intencionalmente dirigida a brindar herramientas conceptuales, metodológicas y
técnicas, en las áreas comportamental y cognitiva que facilite la toma de
decisiones en la vida relacional de las personas.
Es decir, se trata de aquella intervención terapéutica clásica extensa (puede
desarrollarse de semanas a meses, con sesiones semanales de una hora),
realizada por psicólogos y psiquiatras en el ámbito de la salud y donde opera la
reserva del secreto profesional; en este escenario, las metas son el alivio del
sufrimiento y el cambio pactado entre el usuario y el terapeuta. Este contexto,
resulta adecuado aplicarlo en el caso de afectaciones individuales, también
cuando los impactos son de largo plazo; cuando se alcanzó el diagnóstico de un
trastorno mental; cuando esté disponible un sistema de salud privado o público
que lo pueda proveer, bajo un espacio de celosa confidencialidad en el que se
comprenda que violar el secreto profesional es una infracción deontológica a
resolverse en el plano disciplinario.
También se denomina intervención de segunda instancia, en contraste con
los primeros auxilios psicológicos que son intervenciones de primera instancia.
54
1.6.2
Intervención psicosocial
Este concepto será definido fusionando dos de los términos del glosario de
la Gobernación de Santander (2013), el de acompañamiento y propiamente el de
intervención. Son acciones integrales que facilitan que los procesos psicosociales
o jurídicos de las víctimas (entiéndase actores jurídicos); se realizan propendiendo
por el restablecimiento de sus derechos y procesos sociales basados en medidas
de reparación.
La diferencia entre intervención y acompañamiento, radica en
variables como tiempo y vinculación, el segundo de ellos se caracteriza por ser
más duradero y comprometido, puede incluir situaciones como la de los
defensores comunitarios cuyo compromiso es tan elevado que empiezan a
convivir con las poblaciones vulnerables, compartiendo con ellos el riesgo. Las
ONG´s, por su parte, suelen realizar acciones de acompañamiento, ya que pueden
vincularse con un caso desde su inicio hasta que han pasado años de litigio
nacional o internacional. La intervención tendría un carácter más puntual, acorde
con las posibilidades de la mayoría de las instituciones estatales.
Esta intervención psicosocial puede ser comprendida más ampliamente con
las connotaciones que le dan Navarro, Perez y Kernjak (2010), en el Consenso
mundial de principios y normas mínimas sobre trabajo psicosocial, en procesos
búsqueda e investigaciones forenses para casos de desapariciones forzadas,
ejecuciones arbitrarias o extrajudiciales, donde se le denomina “trabajo
psicosocial” a los procesos de acompañamiento individual, familiar, comunitario y
social orientados a prevenir, atender y afrontar las consecuencias del impacto de
la desaparición forzada, las ejecuciones arbitrarias o extrajudiciales y otras graves
violaciones de los derechos humanos. Estos procesos promueven bienestar,
apoyo social y soporte emocional a las víctimas, y contribuyen a restablecer su
integridad, fortaleciendo su dignidad y estimulando el desarrollo de sus acciones
en los procesos de búsqueda de verdad, justicia y reparación integral.
55
Este trabajo se considera indispensable para la reparación integral, ya que
contribuye a visibilizar el daño y restituir socialmente la dignidad de las víctimas y
de sus familiares, al tiempo que favorece la reconstrucción de redes sociales de
apoyo que han sido destruidas como consecuencia de dichas violaciones.
Generalmente, dicho trabajo lo realizan equipos profesionales y promotores de
salud mental.
Bajo esta concepción, la intervención psicosocial debe contribuir a enfrentar
el sufrimiento y a fortalecer las capacidades de las víctimas sobrevivientes, sus
familiares y la sociedad; debe ajustarse al contexto social, cultural y político, a las
expectativas de los familiares y comunidades; debe contribuir a la identificación de
los daños producidos, a la recuperación del tejido social dañado; propender por la
reflexión crítica y el bienestar emocional de personas y grupos afectados para que
ellas decidan sobre la búsqueda de sanción penal a los responsables y la
exigibilidad de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación.
La intervención psicosocial debe favorecer relaciones constructivas entre
los actores internos y externos de la comunidad fortaleciendo el tejido social,
propender por la organización de las víctimas y fomentar el apoyo mutuo. Debe
contar con una planificación, seguimiento y evaluación a nivel individual, familiar,
comunitario y social; identificar los riesgos derivados de las prácticas forenses,
legales o psicosociales y su prevención; fomentar la participación conjunta de los
equipos forenses y psicosociales en las instancias de recopilación y transmisión
de información con familiares y comunidad, para propiciar un espacio reparador
para las familias y la reivindicación del aporte y papel social de las víctimas y sus
organizaciones.
Como se observa, está universalmente recomendado orientar a las víctimas
para que se organicen y se brinden ayuda horizontal, por lo cual, para los
profesionales que atienden víctimas, resulta valioso remitirlas a movimientos
asociativos de víctimas que según García-Pablos (1996), son ejemplos
56
emblemáticos de resiliencia y estrategias de afrontamiento positivos; en ellos, se
observan víctimas dignas, fuertes, con conocimiento y en posición de exigibilidad
de beneficios psicológicos y jurídicos. Estas organizaciones se trazan como
objetivos defender sus derechos, visibilizar las realidades e injusticias, recuperar la
dignidad y bienestar, mantener la historia real y no sólo la verdad probada
jurídicamente; luchan por la verdad, la justicia y la reparación. Ejemplos de estas
organizaciones son las Madres de la Plaza de Mayo, que tras décadas de
perseverante lucha han logrado desenmascarar los abusos de poder de la
dictadura Argentina, e incluso han llegado más allá derogando leyes, políticos e
identificando los nietos desconocidos de los hijos desaparecidos.
Para efectos de conexión con estas iniciativas de asociación, existen
diversos grupos a los que se puede remitir a los usuarios, por ejemplo
ASFAMIPAZ, Asociación Colombiana de Familiares de Miembros de la Fuerza
Pública Retenidos y Liberados, Hijos e Hijas por la memoria y contra la impunidad;
la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos ASFADDES; y el
Movimiento de Víctimas de Estado MOVICE.
De todos estos movimientos colombianos asociativos de víctimas se
destaca la misión de ASFADDES (2010), quienes se propusieron desde su inicio
como misión luchar coordinadamente con todos los asociados y organizaciones
afines, por encontrar los detenidos desaparecidos, exigiendo al Estado
Colombiano la plena vigencia y la garantía del derecho a conocer la Verdad, la
aplicación de la Justicia, la Reparación Integral y la Recuperación de la Memoria
Histórica. Como objetivos se han propuesto mantener la memoria, dignificar las
víctimas, tipificar la desaparición, posicionarse como grupo de opinión y brindarse
apoyo mutuo.
El
MOVICE (2010), tiene como objetivo reivindicar a las víctimas de
crímenes cometidos por el Estado sea por su acción u omisión, exigiendo de
manera clara el restablecimiento de los derechos a la verdad, justicia, reparación
57
integral, garantía de no repetición y a la memoria de centenares de miles de
hombres y mujeres que le apostaron a construir una Colombia en paz y con
justicia social. Dentro de sus estrategias han definido el catastro alternativo, una
comisión ética, verdad y memoria histórica y movilización contra la desaparición
forzada.
Por lo general, las personas que pertenecen a estos movimientos
asociativos de víctimas,
deciden autodefinirse como víctimas de manera
permanente incluso después de superar la victimización personal, esto por la
convicción de mantener su solidaridad con el grupo y por el compromiso social
que asumen en la permanente defensa de los derechos humanos (Tapias 2010).
1.6.3
Estado de crisis y perspectiva diferencial de la crisis
La experiencia del crimen con frecuencia genera en las víctimas una crisis,
la cual es un estado temporal de afectación y desorganización -de 4 a 6 semanascaracterizado por la incapacidad del individuo para manejar situaciones, utilizando
métodos acostumbrados para la solución de problemas. (Slaikeu, 1996 citado por
Tapias, 2010). La persona entra en crisis cuando se enfrenta a una situación
concreta en la que evalúa que sus recursos son inferiores a las demandas del
ambiente (Gómez y Corral, 2009).
En los momentos de crisis, la persona siente que no hay salida al problema
y la única forma de verla es a través del apoyo y objetividad de otra persona. Si la
crisis es tan grande, al punto de colindar con un trastorno mental, es preciso una
evaluación y manejo profesional (Molano, et al, 2009).
58
Quien experimenta una crisis indica no saber qué hacer, se encuentra como
paralizada e incluso sorprendida, porque no logra afrontar la situación, se percibe
a merced de las circunstancias, posiblemente experimentando emociones que no
conocía y percibiendo una gran necesidad de ayuda. La crisis se experimenta de
manera diversa según el delito padecido, la edad al ser victimizado, el sexo del
afectado y condición de discapacidad y aspectos socioculturales, es decir, genera
impactos diferenciales y por ello debe abordarse tomando en cuenta las
características particulares de la víctima.
Es perentorio aclarar que no todas las víctimas entran en estado de crisis,
sin embargo, si la sufren debe documentarse como una de las afectaciones
presentadas por la víctima, aunque es un estado que se supera con intervención,
es decir, que no se fija como uno de los daños permanentes en quien lo padece.
También hay que puntualizar que la crisis es diferente al duelo, el cual es
una reacción de la persona ante una pérdida en cualquiera de sus modalidades,
no todas las crisis son causadas por duelos, ni todos los duelos culminan en crisis.
Las crisis también se diferencian de los trastornos mentales, pues los que están
en crisis, no necesariamente cumplen con los criterios diagnósticos de
enfermedad mental y el tiempo es uno de los límites que permite identificar si se
trata de lo uno o de lo otro, ya que las crisis suelen ser más breves que los
trastornos. Dentro de las precisiones, hay que anotar que la crisis es diferente del
estrés, este es una reacción del organismo ante una situación que interpreta como
amenaza, desafío o sobrecarga, pero que puede tener las herramientas para
afrontarlo. La crisis es más severa que el estrés, pues no todo estrés genera crisis.
Según Gómez y Corral (2009), las crisis se pueden dividir en crisis
circunstanciales traumáticas o evolutivas. Estas últimas tienen que ver con las
etapas del ciclo vital, del desarrollo humano, generan crisis “previsibles” entre un
estadio y otro
ej. Crisis de la adolescencia, de la jubilación, etc. Las crisis
circunstanciales o traumáticas surgen de la ocurrencia de eventos raros y
59
extraordinarios que un individuo no tiene manera alguna de prever ni controlar (ej.
secuestro, accidente). Es una circunstancia azarosa, imprevista, conmovedora,
intensa y catastrófica, es decir, la mayoría de las situaciones que vivencian las
personas afectadas por delitos y que son atendidas por servidores públicos.
Se considera que las personas que experimentan crisis vivencian tres
etapas: La primera es la fase de impacto que incluye todo lo inmediato al suceso
traumático, puede durar desde minutos a días, las reacciones son extraordinarias.
La segunda es la fase de reacción: pasada la confusión, comienza a comprender
lo que ha pasado y reacciona en consecuencia. Puede ser tremendamente
dolorosa, porque es acá donde comprende todas las implicaciones que el suceso
traumático trae a su vida y es donde se siente más desorientada. Y la tercera que
es la reorientación: si ha superado las fases anteriores, aceptará el suceso
traumático y lo integrará a su vida, será capaz de volver a retomarla, de
ilusionarse con nuevos proyectos y volver a ser feliz. Para el profesional que
atiende esta población, es relevante identificar en cuál de estas fases se
encuentra la víctima, para así brindar una atención en consecuencia.
Algunas pautas que ayudan a identificar cuando una persona está en crisis
son: cansancio continuo, sensación de desamparo e inadecuación, confusión,
ansiedad y síntomas físicos. Por otro lado, para contrastar y distinguir los que no
están en crisis, se aprecian que son personas que siguen interactuando con el
medio, buscan información, expresan sentimientos, piden ayuda, hacen una
fragmentación favorable (no pensar todo el tiempo en el problema), confían en sí
mismos y se apoyan en otros.
El objetivo inicial de la intervención en la emergencia, en la crisis, es el
proceso de ayuda dirigido a auxiliar una o varias personas, a sobrevivir un suceso
traumático, minimizando el impacto psicológico a corto plazo, disminuyendo la
probabilidad de que aparezcan trastornos psicológicos posteriores y aumentando
60
el crecimiento personal (nuevas habilidades perspectivas y opciones) (Gómez y
Corral, 2009). También tiene como fin generar enlaces con recursos de ayuda.
A esta intervención inicial, también se denomina los Primeros Auxilios
Psicológicos cuya sigla es PAP, considerados como el conjunto de estrategias
puestas en marcha, de manera inmediata, por los intervinientes tras un suceso
crítico y que están orientados a prevenir o disminuir consecuencias negativas en la
salud mental de los afectados. Las crisis son un momento oportuno para el equipo
interdisciplinario, no sólo para el profesional en psicología, pues cualquier persona
entrenada puede brindar primeros auxilios psicológicos. Adicionalmente es un
momento oportuno para asesorar al sujeto para que inicie la reorganización y
dentro de ese plan incluya la búsqueda de justicia. Estos primeros momentos son
cruciales, McGee (sf) citado por Gómez y Corral (2009), afirma que la efectividad
de la intervención en crisis, aumenta de modo directo en función de la proximidad
tanto física, como en el tiempo con los sobrevivientes del evento causal, por lo
cual resulta clave que los profesionales que entran en contacto con la víctima, sea
lo más cercano al iter criminis.
1.6.4
Primeros auxilios psicológicos
También denominadas intervenciones de primera instancia, dirigidas a
cualquier persona impactada por un incidente crítico (victimas, familiares y
allegados), se realizan de manera inmediata y generalmente son de corta duración
(desde minutos hasta pocas horas), se realizan lo más próximo en tiempo y
espacio al suceso o un momento muy cercano ej. Hospitales, servicios policiales,
iglesias, hogares, líneas de emergencia, centros educativos, etc. Su objetivo es
proporcionar apoyo, reducir el peligro de muerte y enlazar a la persona en crisis
con los recursos de ayuda.
61
Molano, et al (2009) aclaran que la intervención en crisis es útil para
proporcionar apoyo y brindar la oportunidad de expresión, procurar el apoyo
social, generar esperanza, convertir la crisis en una oportunidad de crecimiento y
aprendizaje en el desarrollo de la persona.
Los primeros auxilios psicológicos (PAP), los puede brindar cualquier
persona suficientemente entrenada (policías, médicos, enfermeras, trabajadores
sociales, maestros, supervisores tutores, abogados, entrenadores o sacerdotes).
Es decir, no son competencia exclusiva de los psicólogos y los psiquiatras, sino
que son herramientas de estas disciplinas a las que pueden recurrir los diferentes
profesionales y/o servidores. Inter-Agency Standing Committee IASC (2007),
afirma que todos los trabajadores de asistencia, deberían estar en condiciones de
ofrecer primeros auxilios psicológicos muy básicos, pues existe el error frecuente
de creer que los primeros auxilios psicológicos requieren intervenciones clínicas o
psiquiátricas urgentes. Por el contrario, se trata simplemente de una respuesta
humana de apoyo a otro ser humano que está sufriendo y necesita soporte. Las
personas suelen experimentar reacciones agudas de angustia, después de
presenciar acontecimientos traumáticos y la mejor manera de ayudarlas es
evitando el uso de medicamentos.
Según Molano, et al (2009), dentro de las reglas básicas para prestar primeros
auxilios psicológicos están:

El instrumento principal es el trabajador, el protagonista es el auxiliador,
con su carácter, sus valores, su sensibilidad hacia los sentimientos de
otros, su capacidad de comunicación.

El papel de la persona que presta primeros auxilios psicológicos es ser
amable y no emitir juicios, además debe mostrarse interesado y
preocupado por el bienestar de la persona a quien va a ayudar. Debe
transmitir seguridad y competencia
62

Reconocer las propias limitaciones. Estar alerta para percibirlo y abstenerse
de intervenir

Empatía, no lástima. Es importante que el afectado perciba que se le
comprende, que el auxiliador es capaz de ponerse en su lugar y entender
su situación

El afectado no siempre colaborará con el auxiliador. En efecto, si está
convencido de que no se puede hacer nada y de que es incapaz de
enfrentarse a sus problemas podrá disimular, de hecho, sus propios
recursos, en un intento por lograr que el auxiliador cuide de él. Una vez que
la urgencia ha desaparecido, no es raro encontrar que la persona mencione
posibles soluciones, como pedir la ayuda de un pariente cercano, unos
fondos de reserva, o un plan al que pudo haber recurrido si el auxiliador
hubiera fallado. Existen casos en los que el afectado se niega activamente
a recibir ayuda o no se interesa por mejorar la situación. Si definitivamente
la persona no actúa una vez se ha intentado estimularlo, se debe
considerar la posibilidad de retirarse del caso.

Cada caso es especial. El auxiliador debe poner empeño por comprender
las circunstancias específicas de la persona o personas a quien busca
prestar el auxilio.

Espacio adecuado. Buscar un sitio adecuado, cómodo, tranquilo y que
permita la privacidad.

Identificar cuándo es importante remitir a evaluación médica, psicológica o
psiquiátrica. Si la persona es suicida, o presenta comportamientos fuera de
control como episodios psicóticos, el auxiliador debe llevarlo o remitirlo
rápidamente a un servicio de urgencias.
63
1.6.5

Sugerencias para la intervención:
Establecer empatía: generar confianza, invitar al sujeto a hablar, escuchar
activamente (hechos y sentimientos), mostrar interés, realizar contacto
físico, comunicar aceptación y por último despojarse de su distancia
profesional.

Indagar el pasado inmediato: Incidente que precipitó la crisis; fortalezas y
debilidades previas a la crisis, para identificar los recursos propios del
sujeto.

Identificar fortalezas y debilidades del presente, recursos personales
internos, y recursos externos (redes de apoyo). Es indispensable evaluar
factores de riesgo asociados a mortalidad.

Favorecer el futuro inmediato: propulsar decisiones inminentes, examinar lo
que el individuo podría hacer ahora, proponer alternativas: nuevos
comportamientos, redefinir el problema estableciendo metas específicas a
corto plazo, hacer confrontaciones cuando sea necesario, ser directivo,
hacer un convenio para hacer seguimiento y evaluar los pasos de acción.
Esta intervención tiene el fin de favorecer la normalización de la situación y ayudar
al usuario a la reorganización de su proyecto de vida a corto y mediano plazo. Es
una estrategia de acercamiento profesional con buenas prácticas, para evitar
acciones iatrogénicas, revictimizantes o que causen daños adicionales a las
víctimas y allegados.
Los primeros auxilios psicológicos abarcan según Inter-Agency Standing
Committee IASC (2007):
64
1. Proteger a los sobrevivientes respecto de daños mayores (a veces, una
persona muy angustiada puede adoptar decisiones que provocan mayor
riesgo).
2. Proporcionar a los sobrevivientes oportunidad de que hablen sobre los
hechos, pero sin ejercer presión. Es preciso respetar el deseo de no hablar
y evitar insistir para obtener más información, que aquella que la persona
está dispuesta a dar. Según sea apropiado, cabe informar a los
sobrevivientes angustiados, de su derecho a negarse a hablar de los
hechos, con otros trabajadores de asistencia o periodistas.
3. Escuchar pacientemente, aceptando lo que se oye y sin emitir juicio
4. Transmitir una empatía auténtica.
5. Determinar cuáles son las necesidades prácticas básicas y velar por que se
satisfagan.
6. Preguntar a las personas qué les preocupa y tratar de abordar esas
preocupaciones.
7. Desalentar las maneras negativas de hacer frente a la situación
(especialmente, desalentar el consumo de alcohol y otras sustancias
nocivas, es importante explicar que las personas muy angustiadas corren
un riesgo mucho mayor de generar adicciones).
8. Alentar la participación en actividades cotidianas normales (tanto como sea
posible) y aprovechar medios positivos para hacer frente a la situación (por
ejemplo,
actividades
de
que
generen
tranquilidad
y
distracción
culturalmente apropiados; acceso a redes de apoyo).
9. Participar de actividades culturales y espirituales acorde con su sistema de
creencias, y que resulten adecuados para su condición actual.
10. Alentar, pero no obligar, a buscar la compañía de uno o más familiares o
amigos.
11. Según corresponda, ofrecer a la persona la posibilidad de regresar para
obtener más apoyo.
12. Recurrir a los sanadores tradicionales existentes y, según sea apropiado,
colaborar con ellos, ya que generalmente suelen estar bien informados con
65
respecto a la ubicación de los afectados y pueden proporcionar información
de índole cultural a los profesionales externos.
En casos excepcionales, cuando la angustia aguda y severa limita el
funcionamiento básico de una persona, probablemente se necesitará remitir a
tratamiento clínico.
1.6.6
Revictimización y acción sin daño
Un principio hipocrático de atención es “no causar más daño” y esto aplica
también para los servidores de la administración de la justicia y sus usuarios, ya
que aunque hayan muy buenas intenciones, la falta de formación en temas
humanos, la sobrecarga de trabajo y otros factores pueden influir en que la
atención no sea la más adecuada, de allí la importancia de identificar en qué
consiste una intervención nociva o acción revictimizante.
Inter-Agency Standing Committee IASC (2007), enfatiza en el principio “ante
todo no dañar” y tener la precaución de no crear, mediante los diagnósticos de
situación, expectativas poco realistas (por ejemplo, los entrevistados deben
comprender que los evaluadores tal vez no regresen si no reciben financiación a
las propuestas).
Deben evitarse los interrogatorios invasivos. Las organizaciones deben
hacer todo lo posible por que la participación de miembros de la comunidad en los
diagnósticos sea auténticamente voluntaria. Las personas que entrevistan a los
niños u otros grupos, con necesidades particulares, deben estar dotadas de las
aptitudes, la formación y la experiencia apropiada. La manera en que se ofrece
atención de salud en general tiene efectos sobre el bienestar psicosocial de las
66
personas afectadas por una crisis. El trato que incluya elementos de empatía y
apoyo emocional protege el bienestar de los sobrevivientes, mientras que un trato
no respetuoso y la comunicación deficiente, menoscaban la dignidad, disuaden a
las personas de ir en busca de servicios de salud y debilita su adhesión al
tratamiento.
Necesidad de evitar una inapropiada tipificación como patología o problema
médico (es decir, distinguir entre el malestar no patológico y los trastornos
mentales que requieren tratamiento y/o remisión a otros servicios).
Comunicación con los usuarios, cuidando el proporcionar información clara
y fidedigna, sobre su estado de salud y sobre servicios de emergencia, como los
de reunificación familiar.
Adicionalmente hay que mantener presente evitar la Revictimización, que
son “las experiencias traumáticas que sufre la víctima en sus encuentros con la
justicia penal” (Garrido, Stangeland y Redondo, 2001).
La revictimización también ha sido denominada como victimización
secundaria, varios autores coinciden en definirla como las consecuencias
psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones
de la víctima con el sistema jurídico penal, supone, un choque frustrante entre las
legítimas expectativas de la víctima y la realidad institucional, involucrando una
pérdida de comprensión acerca del sufrimiento psicológico y físico que ha causado
el hecho delictivo, dejándolas desoladas e inseguras y generando una pérdida de
fe en la habilidad de la comunidad, los profesionales y las instituciones para dar
respuesta a las necesidades de las mismas. (Gutiérrez de Piñeres, Coronel y
Pérez, 2009; Beristain, 1996;
Montada, 1994).
Kreuter, 2006; Soria, 1998; Albertin, 2006;
67
Asimismo se entiende como otra experiencia victimal que resulta con
alguna frecuencia siendo más negativa que la primaria, y puede llevar a
incrementar el daño causado por el delito con otros de dimensión psicológica o
patrimonial.
También Albarrán (2003) considera que la victimización secundaria es una
reacción social negativa, generada como consecuencia de la victimización
primaria, donde la víctima re experimenta una nueva violación a sus derechos
legítimos, cuando la policía, las instituciones sociales y gubernamentales
intervienen con el fin de reparar la situación de la víctima, a nivel económico,
social, físico y psicológico.
El término victimización secundaria ha recibido distintas denominaciones,
entre ellas “doble Victimización o Revictimización”, esta última definida como las
repetidas situaciones por las que tienen que pasar las víctimas después de haber
sido afectadas por algún delito (el ejemplo más palpable está en los casos de
abuso sexual), ante los organismos judiciales, viéndose obligadas a testificar un
sinnúmero de veces, perjudicándose psicológica y emocionalmente de manera
más profunda y traumática a la víctima. La revictimización también incluye la
innecesaria, y a veces inadecuada intervención psicológica terapéutica o médica
que brindan profesionales inescrupulosos y mal entrenados para atender
situaciones que revisten características particulares (Rozanski, 2003, citado en
Gutiérrez de Piñeres, Coronel y Pérez, 2009).
No obstante, hay que distinguir entre la revictimización y volver a ser
víctima de un nuevo delito, por ejemplo si una víctima de amenazas luego sufre un
secuestro, esta privación de la libertad no puede ser comprendida como una revictimización (victimización secundaria), sino como una nueva victimización
primaria, para no desdibujar el hecho gravoso del nuevo delito, ser varias veces
víctima no es sinónimo de revictimización, es el padecimiento de varios delitos.
68
Para mayor ilustración se cita otro ejemplo: una madre cabeza de familia
desplazada forzosamente con sus hijos llega a la ciudad, entra en contacto con las
instituciones estatales, cuando le atienden le dan información insuficiente, le
indican mal la ruta de atención, le hacen perder tiempo y se muestran insensibles
ante su situación, todo esto es revictimización. Empero, si ella es asediada porque
van a reclutar forzadamente a uno de sus hijos para vincularlo a un grupo ilegal,
este es un nuevo delito, que debe ser investigado igualmente que el primero, es
un nuevo hecho punible, no simplemente una acción inadecuada revictimizante.
La Victimización primaria deriva directamente del hecho delictivo, la
victimización secundaria, de la relación posterior establecida entre la víctima y el
sistema jurídico-penal o unos servicios sociales defectuosos. El maltrato o la
inadecuada gestión institucional contribuye a agravar el daño psicológico de la
víctima, cronificando las secuelas (Echeburúa, Paz del Corral & Amor, 2002;
Asensi, 2006).
Garrido y Sobral (2008), indican como ejemplos de la victimización
secundaria, cuando el sistema investiga la realidad objetiva del crimen, pero olvida
la víctima o la trata de modo frío e impersonal; no se le proporciona información
suficiente a la víctima sobre la evolución del proceso; ausencia de un entorno
donde prime la intimidad y la protección; uso excesivo de tecnicismos jurídicos;
desconocimiento de los diferentes roles profesionales; la desesperante lentitud del
proceso judicial; el juicio oral donde se narran los delitos, donde se intentan
destruir discursos y credibilidades”.
De todo lo anterior, se deduce la relevancia de la acción sin daño, que en el
Consenso mundial de principios y normas mínimas sobre trabajo psicosocial,
relativo a desapariciones forzadas y ejecuciones arbitrarias, sugiere que todos los
equipos implicados en la atención a víctimas, deben ante todo garantizar que no
se genere más daño a las víctimas, sino que se fomente la realización de acciones
que tengan un carácter reparador. Todas las acciones que se desarrollen deben
69
tener como sentido y fin último el cumplimiento de las expectativas de las víctimas
y sus familias, así como generar actuaciones orientadas hacia su inclusión y
participación en los procesos de búsqueda, investigación forense y entrega de sus
seres queridos sin causar perjuicios adicionales (Navarro, Perez y Kernjak, 2010).