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Ética
OBLIGACIÓN MORAL
La acción moral puede ser vista como una conducta obligada y como un acto de
deber, en donde el agente o sujeto moral se encuentra obligado a comportarse, sea
en forma positiva o negativa, con relación a una norma, regla o principio de acción.
La obligación moral requiere grados de libertad tanto en la elección y acción del
individuo, donde el sujeto reconoce dicha obligatoriedad como razonada,
argumentada y justificada.
Dos aspectos esenciales constituyen la naturaleza de la obligación moral para
poder distinguirla de otras formas de obligación, y lo otro dice relación a los
contenidos de la obligatoriedad moral, abordemos pues estas dos interrogantes.
Necesidad y Fuerza
Ya hemos analizado que la conducta moral se presenta libre, consciente y
obligatoria, sin embargo no debemos olvidar los alcances que hemos hecho, en su
momento, a la libertad y su relación con la necesidad. Tampoco debemos entender
la obligación moral como un proceso que excluye a la libertad, recordemos el
aspecto negativo de toda acción moral; la negación o violación de una norma.
No debemos confundir la obligación moral con una condicionante histórica social
como por ejemplo; en la Grecia antigua y la visión que se tenía de los esclavos los
cuales no fueron considerados hombres. Aquí no hay un contenido moral, pues los
hombres de aquella época estaban “obligados” a pensar y sentir como lo hicieron,
es decir; no tuvieron alternativa y es justamente por esto se hace imposible la
obligación moral, ya que no hay libertad.
Podemos encontrar una serie de ejemplos más cercanos a nuestra realidad, sin
embargo los elementos claves que se deben considerar para visualizar cómo las
necesidades o fuerzas externas (amenaza) o internas (pasión) desplazan a la
obligación moral y la convierten en otro tipo de obligatoriedad.
Cuando al sujeto o agente moral se encuentra en una situación en que se le impone
una forma de comportamiento no deseado, no querido y por tanto no libre, dicha
fuerza desplaza a la acción moral y la acción está sometida a una determinación,
así estas formas de “obligación” hacen imposible la obligación moral.
Libertad y Obligación Moral
La libre elección en el comportamiento moral ya lo hemos analizado y hemos
dejado claro que no toda libertad de elección tiene que ver con una acción moral.
La libertad de elección es una condición indispensable para cumplir una obligación
moral que se contrae, aquí vemos que la obligación moral nos muestra un camino a
seguir pero, también nos muestra lo que no debemos elegir o hacer. Y he aquí lo
de la libertad, podemos elegir y por supuesto que también, al mismo tiempo,
restringimos nuestra propio rango de libertad. En el comportamiento moral positivo
(cumplimiento de una promesa) estamos obligados a cumplir la regla, la norma o el
principio que dirige nuestra conducta moral.
Si se analiza lo expuesto en forma superficial se puede encontrar una
contradicción, sin embargo debemos hundirnos para poder hacer un intento en
serio de comprender lo que se nos muestra como una paradoja.
La clave está en que es el propio sujeto o agente moral que restringe su libertad y
con ello se reafirma su libertad, por tanto existe el grado suficiente para asumir la
responsabilidad moral. Si por algún motivo, hecho o elemento la limitación de la
libertad estuviera fuera del agente o sujeto moral no hay posibilidad de obligación
moral.
Si se elige no cumplir la norma, la regla o el principio moral, es justamente por que
existe el grado de libertad para tal elección de no hacer una obligación moral. Por
ejemplo; en el cumplimiento de la ley jurídica estamos obligados (fuerza externa) a
cumplirla, de lo contrario hay un castigo o una pena. Por tanto, la obligatoriedad
moral se da en forma libre y consciente y el elemento individual no puede olvidarse
o dejarse de lado, por el hecho de que es el individuo quien reconoce como suya, ha
internalizado, la regla o el principio moral y usará su libertad para decidir si la
cumple o no.
Carácter Social de la Obligación Moral
A través del curso hemos insistido en el carácter histórico y social de la acción
moral del ser humano, esto quiere decir que no debemos abstraer el sujeto o
individuo de su realidad, vale decir de las relaciones sociales en que se encuentra y
por tanto la obligación moral no la podemos explicar sólo desde la individualidad
puesto que tiene un carácter histórico social y lo podemos observar en:
1. Existe obligación moral cuando las decisiones o acciones afectan a los otros, un
grupo o a toda la comunidad. Aquí se encuentra el origen de la obligación
moral.
2. Si bien es cierto que la norma, la regla o el principio debe ser aceptado
libremente por el individuo, dicha decisión está establecida en su grupo o
comunidad, por tanto no hay un vacío en la elección. Es la comunidad o el grupo
el que establece los límites de lo positivo o negativo de cada norma, regla o
principio moral.
3. Lo social está presente en cada acción y decisión del individuo moral
(conciencia moral), a pesar que es su elección o decisión, no deja de ser hijo de
tiempo, sin embargo siempre es él quien asume la responsabilidad moral de su
conducta pero no se debe olvidar las ligas que tiene todo sujeto con su grupo o
comunidad.
La Conciencia Moral
El término conciencia tiene dos sentidos para ser usado. Uno que es general y que
significa el conocimiento o reconocimiento de algo, y el tener conciencia o ser
conscientes es la comprensión de algo que está por suceder o sucedió, también es
registrar la existencia de algo. Aquí debemos adicionar el carácter de proyección de
la conciencia, puesto que puede anticipar los resultados o consecuencias de lo que
va a suceder.
El término específico de la conciencia moral existe sobre la base del anterior y
como una especificidad de ella pero, desde la esfera moral, en breve es la
comprensión del comportamiento moral e implica también una valoración y
evaluación de tal conducta en conformidad a los principios, normas o reglas que
dicha conciencia conoce o reconoce, registra y proyecta como obligatorias y he aquí
su relación con el concepto de obligatoriedad moral.
La conciencia moral es la que singulariza cada norma, que por principio es general
puesto que es imposible que la norma nos diga que hacer en cada situación
concreta y cotidiana. La conciencia moral al tomar razón de la situación y con
ayuda, es una de las funciones, de la norma que la conoce o reconoce como parte
suya, inicia el proceso de la toma de decisiones que considera adecuadas y juzga
(en su fuero interno) sus propias acciones, elecciones y decisiones.
La conciencia moral adquiere un rango de juez interno en que ningún acto moral
puede evitar su juicio y de poder hacerlo no podríamos considerarlo una acción
moral. Sin embargo como hemos ya analizado, la libertad humana no debe ser
llevada al plano absoluto, la conciencia es libre pero está condicionada al tiempo y
lugar que se desarrolla.
La conciencia moral es el resultado del desarrollo histórico y social del ser humano,
puesto que los grupos o comunidades no pueden existir sin una moral, por ello
producen una moral que necesitan, que juzgan, evalúan y valoran. Así pues la
conciencia se desarrolla y cambia conforme al desarrollo y cambio del ser humano.
Así la conciencia de los individuos, que son parte de la comunidad, es la facultad
de juzgar y valorar el comportamiento que tiene consecuencias tanto para él como
para los demás. Solamente en sociedad o comunidad el individuo adquiere la
conciencia moral de lo que está permitido o prohibido, la obligación o no en un
sentido moral.
No debemos pensar que el ser humano llegó a este estado de desarrollo de la
conciencia moral desde siempre. He aquí donde la tradición y la costumbre
adquieren su fuerza en los individuos. La tradición y la costumbre es actuar en
forma pasiva, no escucha el dictamen de su conciencia, más bien hace caso a sus
ancestros, a sus dioses.
El cumplimiento de las normas, valores, principios o reglas morales es la
comprensión (razón) por parte del ser humano que tiene el deber de cumplirlas.
Aquí tenemos otros índices de tal conciencia moral; la vergüenza, el sentimiento de
culpa y el remordimiento que están ligadas al comportamiento no debido y tales
sentimientos se manifiestan en la insatisfacción puesto que se debió actuar de otro
modo o forma cuando se pudo hacerlo.
Así la conciencia moral ha venido adquiriendo la forma de un juez interno o voz
interna que se ha desarrollado histórica y socialmente a través del tiempo y
lugares, cuando la conciencia moral actúa también lo hace la comunidad conforme
a principios, reglas, normas o valores que tiene como buenos.
La conciencia moral es siempre comprensión de la obligación moral, y la valoración
moral de las conductas de acuerdo a las normas que son libre e íntimamente
aceptadas.
Aunque existan diferentes tipos de conciencias, juicios y apreciaciones, la
conciencia moral conlleva siempre el reconocimiento de la norma y la
obligatoriedad de la conducta que denominamos moral.
Sin embargo tal obligatoriedad, insistimos en este hecho, es impuesta por su
misma libertad y reconocemos que tal libertad no es absoluta y tiene un fuerte
componente social.
Teorías de la Obligación Moral
Abordemos ahora el problema del contenido mismo de la obligación moral, es decir
sobre cómo debemos actuar o, también qué tipo de acción estamos obligados
moralmente a realizar. Para lo cual analizaremos brevemente las teorías más
importantes sobre la obligación moral.
Deontología del Acto Moral
El principio de esta teoría (del griego deón que significa deber) sostiene que la
especificidad de cada situación (acto) impide la aplicación de una norma general
para poder decidir lo que se debe hacer. Así, se origina un "intuir" especial en
cómo debemos actuar o decidir sin utilizar la norma, la cual no puede ser aplicada
en un caso concreto por su generalidad.
Si bien es cierto que se reconoce el carácter particular, concreto y único de una
situación dada en la que se ha de elegir y actuar., lo que es importante, sin
embargo no significa que diferentes situaciones específicas sean tan singulares
como para que no tengan rasgos o características comunes o esenciales y que por
tanto no se pueda aplicar una misma norma. También esta el hecho que si no apelo
a ninguna norma general no podríamos argumentar que una acción es preferible a
otra.
Para terminar, la moral efectiva, concreta, nos ha demostrado que un
deontologismo extremo es imposible aplicarlo, puesto que cuando se pretende
decidir sin recurrir a una norma, de hecho se apela a una norma general
modificada, el sólo hecho de "escoger libremente" o "escoger sin reglas" ya se está
aplicando una norma, a pesar que no queda claro el por qué vamos a
comprometernos o cuál es el compromiso que se adquiere cuando se "escoge
libremente" o "escoger sin reglas" entre las posibles alternativas, si es que hay
tales alternativas.
Teoría Deontológica de la Norma
Existen variantes de ésta teoría, sin embargo lo principal es que ellas sostienen que
lo que debemos hacer en cada acción o acto moral ha ser determinado por las
normas, las cuales son válidas e independientes de las consecuencias de su
aplicación.
La máxima expresión de tal tesis es la teoría formal de Kant. Recordemos que para
Kant la buena voluntad es lo único bueno moralmente, luego; la buena voluntad es
la voluntad de actuar por deber y, por último, la acción buena moralmente es
aquella que se realiza no sólo conforme al deber sino por deber.
¿Cuándo actuamos por deber? Cuando lo hacemos en forma racional, no por
conveniencia, no por temor al castigo, no por nuestras inclinaciones o intereses.
Puesto que la razón es una facultad universal está en todos los hombres (homo
sapiens), por tanto la buena voluntad cuando actúa lo hace por deber y
universalmente, no sólo actúa para mí sino para los demás y por tanto no admite
excepciones a nuestro favor. Aquí nace el concepto "a priori", puesto que la
exigencia de la razón es una exigencia universal (todos los hombres) y tal
exigencia se presenta como ley válida para todos los seres razonables y adopta una
forma de mandato o imperativo.
Todos los imperativos se presentan y señalan un deber hacer a la voluntad
subjetiva (sujeto) imperfecta (hombre).
Los imperativos categóricos son aquellos que declaran que una acción es
objetivamente necesaria, sin que su realización esté subordinada a un fin o a una
condición, de aquí que es una norma que vale sin excepción, ejemplos,; "no
mates", "no robes"; "no mientas", "no quebrantes una promesa". El imperativo
categórico prohíbe los actos o acciones que no pueden ser universales, razón por la
cual no admite excepción alguna a favor de nadie.
Los imperativos hipotéticos son aquellos que postulan una acción prácticamente
necesaria si la voluntad se propone un fin y por tanto, supedita su realización a los
fines trazados como condiciones, ejemplos: "si quieres x debes hacer y". La acción
equis debe ser realizada sólo en tanto que se persigue con fin "y", así es su
condición o su medio de realización.
Actuar por deber es obrar conforme a la ley moral que se expresa en imperativos
universales y la voluntad que así actúa, independiente de condiciones y
circunstancias, intereses o inclinaciones, es una buena voluntad.. El deber se
cumple por el deber mismo, por el sentimiento del deber de obedecer a los
imperativos universales.
La máxima fórmula de la razón kantiana es: "Obra sólo según una máxima tal que
puedas querer al mismo tiempo que se torne una ley universal" 1 . Nada nos dice de
los contenidos de nuestras acciones y es por ello que se llama, por lo general, el
principio formal de Kant de la ley moral.
Las principales objeciones que se le han hecho a esta teoría son las siguientes.
Schiller, pensador alemán de la época de Kant, establecía; si se ayuda de buen
agrado a un amigo, siguiendo el impulso de su corazón, no obra moralmente, pues
se debe despreciar ese impulso, y hacer con repugnancia lo que ordena el deber. De
tal manera, de dos acciones que persiguen el mismo fin; ayudar a un amigo, y de
las cuales una acción se realiza obedeciendo un impulso o inclinación , y la otra
acción, por deber, la primera acción sería moralmente mala, y la otra buena.
Los problemas aumentan si hacemos una comparación de dos actos distintos por
sus motivos y resultados. Un acto realizado por deber que produce un mal a otros,
y una acción realizada siguiendo un impulso o inclinación que produce un bien, la
consulta es: Qué debemos preferir.
Los ejemplos pueden multiplicarse, sin embargo lo importante es que siguiendo la
teoría formal kantiana nos encontramos con los muros rígidos de la absoluta
exigencia de la universalidad que postula su teoría de la obligación moral y ésta
puede darse sin problemas en un mundo abstracto donde no hay conflictos de
intereses, donde los contenidos de las máximas y deberes son también abstractos,
en breve; dicha idea no es para el hombre real, el de carne y hueso.
Teorías Teleológicas
Se denominan aquellas así del término griego télos que significa fin, puesto que la
obligación moral de un acto o acción moral se considera solamente de sus
consecuencias, resultados o fin.
Por tanto, lo que se debe hacer estará en lo correcto cuando las consecuencias de
los actos apunta al beneficio o provecho ya sea de nosotros o los demás. Si se
considera el bien propio y nada más, entonces la teoría de la obligación moral se
dirige hacia el egoísmo moral. La fórmula de expresión estaría en: debes hacer lo
que ofrece mayor beneficio, sin considerar las consecuencias buenas o negativas
para los demás. La tesis de la moral se reduce a: cada cual debe actuar según sus
propios intereses o fines individualistas. Su base es la idea psicológica de que el ser
humano está constituido de tal forma que siempre persigue la satisfacción de su
propio interés y nada más, en breve el ser humano es un ser egoísta por
naturaleza.
La teoría del egoísmo psicológico falla muchas veces en la realidad, incluso en su
propia idea también, no siempre responde a la realidad, puesto que falla cuando el
ser humano actúa en “beneficio propio” pero se daña, como es el caso de la
drogadicción.
Ahora, si se considera, sobre todo, el bien de los otros sin que se sacrifique el bien
del sujeto moral, entonces tendremos variadas formas del utilitarismo, que tienen
las expresiones tal como; debes hacer lo que ofrece mayor beneficio a los demás o
al mayor número de individuos.
Aquí tenemos o podemos distinguir dos tipos de utilitarismos: el que se basa en el
acto y aquel que se fundamenta en la norma.
Utilitarismo del Acto
Como ya lo analizamos, el utilitarismo establece que se debe hacer aquello que
aporta los mejores resultados para el mayor número de individuos. También se
analizó los problemas que tiene este principio. Veamos la siguiente situación. Se
tienen dos actos que los identificaremos como X , que implica una injusticia, y Z
que no implica injusticia, en que ambos resultados producen el mismo bien y que
tomados desde el resultado numérico ambos son igualmente buenos, así diría un
utilitarista. Sin embargo, es válido su bondad desde la versión cuantitativa pero, no
considera la injusticia que resulta X.
Lo anterior demuestra lo difícil que resulta calcular los efectos o consecuencias del
comportamiento moral y por ello, también lo difícil que resulta no considerar la
norma. Con lo cual, la norma que es una acumulación y síntesis de experiencias
anteriores, al intentar de aplicarla al ejemplo dado, podemos prever, no calcular,
las posibles consecuencias del acto posible.
Las limitaciones que surgen de la teoría de la obligación moral basada en el
utilitarismo del acto han llevado a pensar en la importancia de la norma. Veamos
brevemente que nos plantea ésta otra idea.
Utilitarismo de la Norma
De acuerdo a ésta teoría debemos actuar conforme a la norma o regla cuya
aplicación ofrezca el mayor bien al mayor número de individuos, grupos o
comunidad entera. Aquí no hay dudas, se debe aplicar la norma que tenga mayor
beneficio/consecuencia para el mayor número de seres humanos.
Ya hemos visto el problema de; mayor bien y mayor número. Veamos un ejemplo.
En un lugar existe escasez de leche, para que todos puedan tener acceso a este
alimento hay que usar el racionamiento. Así pues usaremos el principio de mayor
bien y mayor número. Sin embargo, en la realidad son tantas las personas a las que
hay que repartir la leche que no tocan casi nada y no es un máximo bien. Y todos
los que verdaderamente necesitan la leche, tal como niños, ancianos y enfermos no
pueden acceder a la cantidad mínima para satisfacer sus requerimientos, por tanto
se debe hacer una modificación al principio: máximo bien (leche) a número menor
(necesitados), y esto no significa echar por la borda el principio, más bien recobra
su validez una vez que lo hacemos real tomando en cuenta los hechos concretos y
no una aplicación en abstracto o de laboratorio.
A pesar que la aplicación del principio o norma, en una situación concreta, no
ofreció el máximo bien a un número mayor, si logro solucionar el problema en
concreto y si logró el máximo bien para el mayor número pero, de aquellos que
realmente lo requerían.
Este principio tiene objeciones y es que a veces no considera los conflictos de
intereses o conflictos entre normas, así tenemos por ejemplo: jamás y en ningún
caso debe condenarse a un inocente, y al frente tenemos, no absuelvas a un
inocente, si con ello perjudicas a la sociedad. Sin embargo, si somos veraces
encontraremos que tal conflicto es una forma de ilusión.
Para finalizar, diremos que la teoría de la norma en la obligación moral va a caer en
un formalismo muy similar al kantiano puesto, que para salir de su generalidad
(norma) debe especificar algunas condiciones pero aquí ya entre en un callejón sin
salida y no puede, la norma, buscar respuestas a los casos particulares y debe salir
de nuevo hacia lo general y cae en un circulo vicioso. La norma por su generalidad
es vacía y no tiene contenidos para los casos concretos y por lo mismo es aplicable
a todos los casos, y ya estamos en el terreno de lo formal, forma pero no contenido.
Conclusiones
1. Como hemos expuesto, ya en forma machacona, la aplicación de normas,
principios, reglas o valores cuando se hacen a espaldas de la realidad lo que se
obtiene es justamente eso, no ver la realidad, son válidas para el mundo
abstracto que fueron estipuladas.
2. La obligación moral debe ser concebida como propia del ser humano real, aquel
individuo que nace, vive, se desarrolla y muere en sociedad y por tanto así
como él cambia también lo harán sus obligaciones morales en conformidad a su
tiempo y lugar histórico.
3. La obligación moral requiere, en mayor o menor grado, de la adhesión interna
del individuo en forma libre y consciente de las normas, reglas o principios que
regulan a una comunidad dada y por tanto, el sistema de normas y el contenido
de la obligación moral cambian, incluso dentro de un mismo grupo o
comunidad.
4. Cambia, también la forma de interiorizar o de asumir las normas en forma de
deberes en cada grupo, sector o comunidad entera.
5. Toda teoría podrá señalar lo que debe hacer el ser humano en todos los tiempos
y sociedades, a menos que considere la obligación moral como una función de
las necesidades sociales del ser humano.
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