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Las Mujeres y su Derecho a la Ciudad: Una Mirada a Su Goce y Reconocimiento en el
Distrito Cultural y Turístico de Cartagena de Indias-Colombia
ELABORADA POR:
Ana Milena Montoya Ruiz
-Colombia-
DIRECTORA DE TESIS: Flor María Díaz Chalarca
Coordinadora Nacional Programa Integral Contra las Violencia Basadas en el Género
UNIFEM-Colombia.
TUTORA PRIGEPP: María del Carmen Tamargo
FECHA: septiembre de 2011
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales “FLACSO”
Programa Regional De Formación En Género y Políticas Públicas “PRIGEPP”
Argentina
1
PRESENTACIÓN
Las ciudades actuales son una construcción cultural compleja, en las cuales se
establecen diversas relaciones sociales. Las ciudades han nacido de los procesos de
industrialización –urbanización-, los cuales según Alejandra Massolo (2005), se han
caracterizado por su carácter violento, traducido en las desigualdades sociales, la
segregación espacial, la lucha por la supervivencia en las condiciones de pobreza, la
ineptitud, la corrupción, los autoritarismos de los poderes públicos y el establecimiento
de excluyentes ordenes de género, lo cual ha impedido el goce diferencial de los
derechos humanos por hombres y mujeres.
El proyecto se realizó como requisito para obtener el título de magister en Género y
políticas públicas, delPrograma Regional de Formación en Género y Políticas Públicas
“PRIGEPP” de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO-Argentina.
El propósito de éste fue aproximarse a las complejidades de la ciudad como espacio no
neutral, donde se evidencian las desigualdades y discriminaciones de género.
En él se define el Derecho a la Ciudad de las mujeres, desde el enfoque de la seguridad
humana, como derecho colectivo en construcción que reivindica el disfrute y goce de
los espacios urbanos. Se indagó, de manera particular, cómo las mujeres disfrutan de
este derecho en la ciudad de Cartagena, principal destino turístico del Caribe
Colombiano. Situar la elaboración teórica de esta investigación en Cartagena, es
significativo, pues la cultura machista dominante se prolonga en prácticas
discriminatorias con múltiples interseccionalidades como son: raza, condición
económica, orientación sexual, creencias, nivel educativo y demás. Igualmente, es un
desafío pensar cómo las mujeres han participado en el desarrollo, construcción y
planeación de Cartagena, la cual está marcada por procesos de exclusión (sexual y de
género, racial, económica, social y cultural), por la ausencia de control social y por la
débil formación política de los habitantes, convirtiéndola, sin lugar a dudas, en una
ciudad insegura para las mujeres en los ámbitos privados y públicos.
Acorde con lo anterior, el problema central de investigación es: ¿Qué significa el
derecho a la ciudad para las mujeres?; pregunta que se intentó responder a partir de la
2
mirada previa de los aportes de la categoría de género en los estudios de ciudad, con los
cuales se analizaron las acciones político administrativas del gobierno local de la
ciudad de Cartagena, hechas con el finde salvaguardar la seguridad ciudadana y humana
de las mujeres en el contexto urbano, seguridades fundamentales para garantizar el goce
pleno del derecho colectivo a la ciudad, derecho en construcción.
Las hipótesis del proyecto de investigación, que se trataron de demostrar a lo largo del
texto son:
Primero:Las aportes sobre la definición del derecho a la ciudad de las mujeres desde la
categoría de género, requieren la inclusión del desarrollo de las dimensiones del
enfoque de la seguridad humana para la garantía efectiva del derecho.
Segundo: la violencia urbana basada en género atenta directamente, contra la
ciudadanía de las mujeres y la igualdad de oportunidades para ejercer sus derechos en
los contextos urbanos, participar de la vida pública, gozar de las libertades democráticas
y contribuir al desarrollo local, en ejercicio de su derecho a la ciudad.
Tercero: el predominio de una perspectiva androcéntrica, en la definición y real
aplicación de las políticas públicas de seguridad ciudadana en la ciudad de Cartagena de
Indias, lo cual limita el alcance de su derecho a la ciudad y la eficacia de las
disposiciones de las Política pública de equidad de Género “Cartageneras en pleno goce
de nuestros derechos 2008-2011”.
Éstas se trataron en tres capítulos: en el primero y el segundo se presentan los
principales aportes de los estudios de la ciudad desde la categoría de género y a partir de
éstos, se reelabora el concepto de derecho a la ciudad y el de seguridad ciudadana en el
marco de la seguridad humana. En el tercer y último capítulo se hace el estudio de caso
de la ciudad de Cartagena de Indias, y se diseña y aplica unaruta para el análisis del
reconocimiento del derecho a la ciudad de las mujeres. Finalmente, se presentan las
conclusiones del estudio y se formulan algunas recomendaciones generales para
garantizar a las mujeres el derecho a la ciudad y el goce en ella de sus derechos
humanos.
Para concluir esta presentación, presento mis reconocimientos a las personas sin las
cuales la culminación de este trabajo no hubiera sido posible. En primer lugar agradezco
3
la comprometida asesoría de mi tutora Flor María Díaz Chalarca durante el desarrollo y
ajuste del proyecto; el acompañamiento en la formulación del proyecto de la profesora
María del Carmen Tamargo, y a Pedro di Pietro, mi tutor durante todo el curso de la
maestría, quienes marcaron las luces conceptuales de esta investigación. También mis
más sinceros agradecimientos al movimiento social de mujeres de Cartagena, en
especial a Gloria Elena Gil Zea, Rubiela Valderrama, Nina Ferrer Araujo y Bexy Cruz,
quienes compartieron sus saberes y experiencias de vida sobre la ciudad conmigo; así
como a todas las mujeres con quienes hemos compartido nuestros pasos para descubrir
esta mágica y compleja ciudad.
Finalmente, agradezco a mi familia, Marleny Ruiz Hoyos mi madre, Agustín J.
Montoya mi padre, y Carolina Montoya Ruiz mi hermana, y a todas las maravillosas
mujeres que la conforman, abuelas, tías y primas, quienes me acompañan, apoyan y
enseñan día a día una manera diferente de tomar un lugar en el mundo. Así como a mis
amigos y amigas, con quienes compartí cada una de estas reflexiones, en especial a
Lucas Correa Montoya, con quien soñé el comienzo de esta reflexión sobre la ciudad, a
Alejandra Restrepo, Clara Atehortua Arredondo, Luz Dary Ruiz, VaninaMoadie, Paola
Andrea Cataño Gómez, Biviana Ramírez Cardona, Alicia Avellaneda, Inés Ayestaran,
Olga Cecilia Restrepo, y a todos los integrantes del Colectivo del Interés Público,
plataforma académica e investigativa quienes me han alentado a culminar estas líneas.
4
Contenido
Capítulo I: La ciudad, el derecho a la ciudad y la seguridad, desde el enfoque de
género. Una mirada a las categorías de la investigación. ............................................ 7
1.Aproximación al concepto de ciudad desde la categoría de género. ....................... 8
2. Derecho a la ciudad y derecho a la ciudad de las mujeres .................................... 15
2.1 Derecho a la ciudad. ............................................................................................... 16
2.2 Derecho a la ciudad, de las mujeres ..................................................................... 20
3. Seguridad ciudadana para las mujeres desde el enfoque de la seguridad
humana. ......................................................................................................................... 26
4. Violencia Basada en Género en los contextos urbanos ......................................... 30
5. Palabras Finales ........................................................................................................ 35
Capítulo II La ciudad y derecho a la ciudad, de las mujeres, y la seguridad
ciudadana desde el enfoque de seguridad humana.................................................... 36
1.Apuntes sobre la ciudad ............................................................................................ 37
2.Mujeres y definición de los derechos. ...................................................................... 46
2.1.Críticas al pensamiento liberal transformador de la Teoría General del
Derecho .......................................................................................................................... 47
2.2. Críticas a la identificación y aplicación del derecho y su relación con el
patriarcado. ................................................................................................................... 51
3. Apuntes previos sobre el derecho a la ciudad necesarios para conceptualizar el
derecho a la ciudad, de las mujeres............................................................................. 53
3.1Carta Mundial del Derecho a la Ciudad: principios y contenido ....................... 56
3.1 Facetas y elementos del Derecho a la Ciudad ...................................................... 60
4. El derecho a la ciudad, de las mujeres: declaraciones internacionales su y
contenido........................................................................................................................ 62
5. Definición del derecho a la ciudad, de las mujeres: facetas, enfoque y contendidos
........................................................................................................................................ 70
6.Derecho a la Ciudad, de las Mujeres y su relación con el enfoque de seguridad
humana. ......................................................................................................................... 74
6.1 Antecedentes, concepto y dimensiones del enfoque de seguridad humana para
su inclusión en la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres. ..................... 78
5
6.2 Recomendaciones para la vivencia del derecho a la ciudad de las mujeres,
desde el enfoque de seguridad humana y su inclusión en políticas públicas de
ciudad ............................................................................................................................. 82
Capítulo III: Disfrute del Derecho a la Ciudad de las Mujeres en Cartagena de
Indias Distrito Cultural y Turístico: estudio de caso de las políticas públicas y sus
contenidos sobre la seguridad de las mujeres en la ciudad....................................... 88
1.Ruta para el análisis del reconocimiento del derecho a la ciudad, de las mujeres.
Elementos para identificar en las Políticas Públicas. ................................................ 88
1.1. Primer momento: análisis axiológico de los componentes de la política pública
........................................................................................................................................ 90
1.2 Segundo momento: identificación de la idea de ciudad de los actores de la
política pública .............................................................................................................. 92
1.3 Tercer momento: revisión de contenidos de la política pública conforme a las
facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres .......................................................... 93
2. Estudio de caso de las políticas públicas y sus contenidos sobre la seguridad de
las mujeres en la Ciudad de Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico. ... 96
2.1 Aspectos generales del contexto: posibilidades para vivir bien sin humillaciones
y como se quiere, por las mujeres en la ciudad de Cartagena .................................. 96
2.2 El disfrute del derecho a la ciudad de las mujeres cartageneras: facetas,
posibilidades y limitaciones........................................................................................ 107
2.3 La idea de ciudad, de las mujeres, orientadora para la formulación de políticas
públicas ........................................................................................................................ 117
2.4 Contenidos de la política pública y condiciones de seguridad ciudadana de las
mujeres en la ciudad de Cartagena ........................................................................... 122
Conclusiones ................................................................................................................ 133
Referencias Bibliográficas .................................................................................... 135
Anexos .................................................................................................................. 143
Anexo 1: Guía de Entrevistas semiestructuradas........................................... 143
Anexo 2: Derechos de Petición dirigidos a Instituciones Públicas .................. 146
Derecho 1: Secretaria del Interior del Distrito de Cartagena ......................... 146
Derecho 2: Secretaria de Participación y Desarrollo Social de Cartagena .... 147
6
Capítulo I: La ciudad, el derecho a la ciudad y la seguridad, desde el enfoque de
género. Una mirada a las categorías de la investigación.
“La ciudad, las ciudades son al mismo tiempo compartidas y excluyentes.
A quienes las viven y las aman les toca transformar su realidad para acercarlas
al modelo que aspiran para el próximo futuro”.
(La ciudad Compartida. María Ángeles Durán)
Ir tras las huellas de lo que se pretende investigar es una labor que debe realizar todo
investigador(a) que asume un proceso investigativo, para trascender los parámetros de
lo “conocido” conociendo cuánto se sabe y cuánto se desconoce sobre el tema de
investigación con el fin de construir un conocimiento crítico. Este camino, lo orienta la
comprensión de la construcción teórica del problema de su investigación desde una
perspectiva particular, permitiéndole identificar conclusiones y hallazgos previos sobre
las categorías y conceptos fundamentales, y echar un vistazo sobre los logros, avances,
limitaciones, dificultades, y vacíos que ofrece la investigación sobre determinado
objeto1 (Consuelo Hoyos, 2001)
En este capítulo presenta un sondeo completo a nivel descriptivo, sinóptico y analítico
sobre fuentes de información relacionadas con las categorías de la investigación, con el
fin de dar cuenta de las tendencias y perspectivas metodológicas, enfoques teóricos y
disciplinarios que han sido utilizados, y delimitar qué tanto se ha investigado y qué
aspectos faltan por abordar y dimensiones explorar sobre el objeto de estudio, aspectos
de gran importancia para el desarrollo teórico e investigativo.
Se conceptualizará desde la categoría de género los conceptos de ciudad, derecho a la
ciudad, y derecho a la ciudad, de las mujeres; y seguridad ciudadana y seguridad
humana, en la cual se incluyen los temas de inseguridad y violencia urbana de género, a
1
Siguiendo a Consuelo Hoyos (2001) y su Guía Teórico Práctica para la Construcción de los Estados del
Arte, este capítulo presentará la revisión bibliográfica, que en forma de espiral nos desliza por la
producción teórica constitutiva del saber acumulado sobre el fenómeno previamente escogido, lo cual lo
enfoca, describe y contextúa desde distintas disciplinas, referentes teóricos y perspectivas metodológicas.
7
partir de la lectura inicial de algunos textos seleccionados, respondiendo a las preguntas
de ¿Qué se produce?; ¿Dónde se ha producido?, ¿Quiénes han hecho los estudios?, y
¿Cuál ha sido su finalidad?. Para su elaboración se realizó una revisión de estudios,
artículos
académicos,
resultados
de
investigaciones,
ensayos,
declaraciones
internacionales, entre otra literatura sobre el tema, diversos autores, privilegiando los
aportes de las mujeres y los estudios latinoamericanos.
1. Aproximación al concepto de ciudad desde la categoría de género.
La ciudad es una construcción cultural compleja donde surgen tensiones de poder entre
géneros por el usufructo de los bienes que en ella se ofrecen, y en la cual se instalan y
reproducen un conjunto de inequidades y desigualdades de género, al ser un centro
dicotómico entre lo público y lo privado, la producción y la reproducción, el desarrollo
económico y la vida doméstica (Alejandra Massolo, 2005).
La ciudad y su relación con el género, ha sido abordada desde diversas disciplinas
principalmente por la arquitectura, la sociología, la historia, y el urbanismo que,
motivadas por encontrar explicaciones a las formas como se construyen códigos de
relacionamiento entre hombres y mujeres, como seres culturales en permanente
definición y redefinición, han ido poco a poco corriendo el velo de la desigualdad entre
los géneros en la ciudad y en sus espacios urbanos.
Las primeras interpretaciones realizadas sobre la relación de los conceptos de género y
ciudad, los encontramos en los estudios de Caren Levy (2003)
2
refiriéndose a los
estudios sobre participación de las mujeres en la sociedad urbana, identificando como
centro propicio para las luchas de las mujeres en la ciudad por los derechos políticos, y
las problemáticas sociales y económicas, las cuales difieren a la de los hombres,
centrando sus hallazgos en dos líneas de análisis: la participación de las mujeres en los
movimientos sociales y el análisis de las relaciones de género con respecto a los
problemas de los servicios urbanos.
2 Levy Caren. Profesor Titular de la Unidad de Planificación del Desarrollo del University Collage of
London, Directora del Programa “GenderPolicy and Planning”. Levy Caren (2003). Ciudad y Género
Una ciudad más justa: El género y la planificación. Compiladores MarcelloBalbao& otros. En:
Cuadernos de la Cepal. La Ciudad Inclusiva ( pp. 237-259). Santiago de Chile: CEPAL &Cooperazione
Italiana.
8
Se ubican en la primera línea, participación de las mujeres en los movimientos
sociales al interior de las ciudades,las indagaciones por establecer las razones por las
cuales las mujeres ha sido poco reconocidas por las políticas y la planificación urbana,
procurando identificar su participación en los movimientos sociales urbanos, los cuales
han sido los escenarios propicios, para reforzarles su conciencia del lugar que ocupan
en el cambio urbano3. La segunda línea, análisis de las relaciones de género con
respecto a los problemas de los servicios urbanos, ha sido un tema de gran interés
por ser las mujeres, quienes históricamente se han dedicado a las actividades
domésticas, del cuidado y prestación de servicios sociales. El desarrollo de ambas
líneas, según Caren Levy, han permitido dar cuenta de cómo a partir de la participación
comunitaria, las mujeres han incrementando su propia conciencia y cuestionan los roles
asumidos, así mismo, destaca su influencia en el cambio de las ciudades solucionando
problemas sociales como: hacerse cargo de los niños, las personas mayores, los
problemas de agua, alimentación, servicios higiénicos, sanitarios y de salud.
Los avances en estas dos líneas de análisis sobre la relación Género y ciudadhan
importantes, sobre todo en los años ochenta y noventa, conservando estrecha relación
con la crisis del estado de bienestar imperante en esta época, en la cual los temas de
supervivencia de las mujeres como habitantes de las ciudades, tomaron mayor
importancia para las organizaciones sociales y redes nacionales e internacionales de
activistas y académicas. Sin embargo, han sido criticados porque no profundizaron en
el tema de las relaciones de género, poder y dominación existente en las ciudades, las
cuales paulatinamente comienzan a ser nombradas en el ámbito comunitario, que es el
escenario donde las mujeres buscan solución a sus necesidades urbanas, y profundizan
su conciencia política a partir de las críticas sobre las implicaciones de las diferencias y
desigualdades de clase y género en las urbes.
3 Ejemplo de este tipo de estudios pueden encontrarse en la selección de artículos “Como las mujeres
están estrechamente vinculadas a la búsqueda de alternativas que desafían las visiones y estructuras
globalocentricas, los marcos y regímenes que invisibilizan las actividades políticas locales mediante las
cuales ellas recrean y redefinen sus lugares” HARCOURT WENDY & ESCOBAR ARTURO (2007) Las
mujeres y las políticas de lugar (1era edición en español). México: Universidad Nacional Autónoma de
México, PUEG Programa Universitario de Estudios de Género.
9
Identificamos de esta manera como los estudios de la relación de género y ciudad
comienzan a inscribirse en la investigación urbana, haciendo visibles las actividades
desempeñadas por hombres y mujeres en los contextos urbanos y las implicaciones de
su papel social, económico y político, como actores y actoras con necesidades y
potencialidades. No obstante, no se encuentra en qué medida estos estudios han
perfilando propuestas para la elaboración de políticas de planeación urbana renovadas,
que
tengan en consideración con las necesidades de las mujeres como grupo
específico, como base para fundar su participación en las decisiones y en la gestión de
la ciudad.
Otra línea de análisis identificada en los estudios de ciudad y género, ha sido los temas
de urbanismo feminista y urbanismo con enfoque de género, que se inician según
María Lourdes García Vásquez4 (2010) en Estados Unidos y Europa a mediados de los
años sesenta por mujeres geógrafas, que ven la necesidad de construir una geografía de
género, planteando preguntas sobre el origen y las consecuencias de la división de la
esfera masculina y femenina en las ciudades, hasta situar en los estudios geográficos y
en la teoría urbana, la relación entre el trabajodoméstico y el remunerado, y sus
conexiones con la desigualdad en la ciudad, percatándose de cómo ésta se divide y
produce efectos diferenciados5.
Además de las anteriores líneas, la relación entre ciudad y género también han sido
desarrollados los estudios sobre roles de género en los espacios urbanos,liderados por
el Institute of International Development de la Universidad de Harvard en los años
ochenta, desde los cuales se concluye la no neutralidad del espacio en cuanto al género,
y se identifican las formas como los roles de la mujer en la familia y sus actividades
domésticas, condicionan su percepción, acceso y uso de la ciudad, haciéndola diferente
a los hombres.(Bowlby, 1990 citado por García Vásquez).
Igualmente, se complementan los anteriores postulados de la relación del género y
ciudad, con el avance conceptual en los años ochenta del enfoque de desarrollo
propuesto por las Naciones Unidas, trascendiendo los postulados de
Mujer en el
4 Docente de de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Autónoma de México. García Vásquez
María Lourdes ( SF) Ciudad y Género. Recuperado el 6 de Junio de 2010, del sitio web de la Universidad
de Barcelona Grupo Género y Multiculturalismo: http://www.ub.es/multigen/donapla/lourdes_garcia.pdf.
5Citadopor Alejandra Massolo: J. Little, L. Peak y P. Richardson “Introduction: Geography and Gender
in the Urban Environment”, en: Women in Cities. Gender in the Urban Environment, J. Little, L. Peak y
P. Richardson (eds), New York University Press, 1988.
10
desarrollo (MED) a Género en el desarrollo (GED), éste ultimo considerado como un
enfoque progresistas que resaltó la injerencia de la mujer en el desarrollo, abandonando
las explicaciones a sus problemas en razón de su sexo, y diferencias biológicas con los
hombres. Esta nueva mirada lleva a sumir como problema, su posición subordinada
frente a los hombres, la cual le impide participar como actora y participe del desarrollo,
y en este caso del desarrollo de las ciudades.
En este contexto se fortalecen los estudios sobre mujer y género, y se tejen las alianzas
globales, entre ellas encontramos en el año de 1988 la creación de la Red de Mujer y
Hábitat6 adscrita a Habitat International Coalition del centro de las Naciones Unidas
para los Asentamientos Humanos CNUAH, fijándose como misión unir, promover y
apoyar a las mujeres y a sus organizaciones en el desarrollo de asentamientos humanos
para mejorar su calidad de vida y la de sus comunidades, fundación que marcó el
comienzo para explorar, en el mundo, y especialmente en América Latina, un nuevo
abanico de problemas sociales y líneas de estudio, además de las expuestas, sobre la
forma en que la mujer vive y se define en las ciudades, estas son:

Desigualdad en la participación del poder y la toma de decisiones a todos los
niveles.

Insuficiencia de mecanismos para promover una mejoría en la situación de las
mujeres en términos sociales, económicos y políticos en las ciudades.

Falta de conciencia y compromiso para la defensa de los derechos de las
mujeres en las ciudades.

Feminización de la pobreza.

Desigualdad en la participación y acceso de las mujeres a la definición de
políticas.

Desigualdad en el acceso a la educación, la salud y el empleo.

Violencia en contra de la mujer.

Ciudades y conflictos nacionales e internacionales.
6
Ver: Red de Mujer y Hábitat http://www.redmujer.org.ar/instituciones.html
Hábitat International Coalition del centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos
CNUAH http://www.hic-net.org/es_about.php
11
Otra línea de estudios identificados en la relación ciudad y género son los presentados
por la arquitectura y género, que analiza la concepción androcéntrica dominante en la
historia de la arquitectura occidental, y que usando el enfoque materialista histórico,
formulan algunas explicaciones sobre el lugar y el espacio que ocupan las mujeres en
las ciudades, y las diferencias presentadas en el uso y apropiación del espacio
realizadas por hombres7. Estos estudios cuestionan la producción de conocimiento en la
arquitectura, por desconocer la ubicación del cuerpo y la percepción femenina como
bases del conocimiento, analizando el papel de los sentidos en la vida urbana, que
determinan las relaciones entre la organización del tiempo y la frontera doméstica para
la organización del contrato social implícito en las ciudades.
Así mismo, otra de las líneas temáticas encontradas en esta relación, género y ciudad,
son los estudios de antropología y género desde los cuales se crítica el sexismo en las
ciudades, en este sentido los estudios de Teresa del Valle (1997) y su comparación de
ciudades con dinámicas urbanas diferentes, como lo fue San Sebastián, ciudad pequeña
dedicada al turismo, y Bilbao gran ciudad dedicada a la industria, en el cual se preguntó
¿Cómo el espacio afecta a las mujeres, que en un amplio abanico de formas distintas,
residen en las ciudades? y como respuesta identifica los lugares que atemorizaban a las
mujeres, denominándoles “Ciudades Prohibidas”8.
Los principales aportes de esta línea temática ha sido la elaboración de un nuevo
concepto de ciudad que incluya la mirada socio cultural identificando como las
relaciones de género juegan un papel crucial en el urbanismo, la formulación de
cuestionamientos a la fijación de espacios de representación de los que están excluidos
las mujeres, y la asignación de lugares específicos a partir de una visión concreta del
trabajo que adscribe roles fijos, llamando la atención en la necesidad de un nuevo
paradigma de la casa, la vecindad, el barrio, la ciudad, en la que se tenga a la mujer
como ciudadana con derecho a acceder a los espacios diversos de la urbe, proponiendo
la incorporación en la política urbanística de:
7En esta línea de estudio se destaca la politóloga española María Ángeles Duran (2008) y la Arquitecta
española Mónica Cevedio (2003)7, ambas españolas.
8 Éste estudio de Teresa del Valle fue iniciado desde 1988 hasta 1995 y presentado en el texto
Andamios para una Nueva Ciudad. Lecturas desde la Antropología. Instituto de la Mujer, Universidad de
Valencia, Madrid en el año 1997.
12
La preocupación por una dimensión social y simbólica propia de los grupos
silenciados, que permitan aplicaciones innovadoras así como formas nuevas y
alternativas de inserción social (…) todo ello debe quedar, a mi entender,
comprendido en el pensamiento de las urbes y ayudar así a cuestionar
concepciones monolíticas de las ciudades o pensadas desde las áreas
dominantes de influencia económica y política (Del Valle, 1997 pág. 19).
Finalmente, la última línea de estudios identificada son los trabajos de sociología
urbana, los cuales presentan un recorrido sobre las relación de las mujeres y la ciudad
en las agendas temáticas, y las discusiones que reorientan las discusión urbana en la
región, tomando como referente los estudios de Manuel Castells9, a partir de los cuales
se incluye, en los años ochenta y noventa, el tema de mujeres en la ciudad en las
investigaciones latinoamericanas, y la cuestión de género en el análisis de los
movimientos y cambios urbanos.
En este sentido, se destacan los trabajos de la especialista Alejandra Massolo10,quien se
pregunta por el papel de las mujeres en las investigaciones urbanas en México en su
texto, discutiendo temas como: (1) las formas espaciales y las relaciones entre la
dominación de género y la vida familiar; (2) la consideración de las relaciones de
género en las fuentes del cambio social urbano; y (3) el papel decisivo de las mujeres
en las luchas urbanas contribuyendo a legitimar las relaciones de género y las luchas de
las mujeres en la investigación de las ciudades (Massolo, 1992).
Estos estudios han develado las interrelaciones que existen entre las relaciones de
género, social e históricamente constituidas, y el espacio urbano socialmente
construido, evidenciando la función que cumplen los espacios en la construcción de las
9 Citado por Alejandra Massolo: Manuel Castells (1983). The City and the Grassroots. A Crosscultural
Theory Of Urbana Social Movements, University of California Press, 1983. Traducido al Español en
Alianza Editorial, España 1986.
10 Algunos estudios de Alejandra Massolo:
MASSOLO, Alejandra. 1994. “Introducción. Política y mujeres: una peculiar relación”. En Alejandra
Massolo (comp), Los Medios y los Modos: participación política y acción colectiva de las mujeres,
PIEM, El Colegio de México, Méxic"Amor y coraje, las mujeres en el movimiento urbano en la ciudad de
México, D.F. Massolo, Alejandra. 1998. “Pluralidad política y pluralidad de género a favor de
ayuntamientos democráticos”. En Dalia Barrera Bassols y Alejandra Massolo (coords), Mujeres que
gobiernan municipios. Experiencias, aportes y retos, PIEM, El Colegio de México, México, D.F.
13
relaciones desiguales de género, y el papel de la diferencia de género en los procesos y
desarrollos de los cambios urbanos, citando las palabras de Massolo:
“Los hombres y las mujeres perciben, acceden, usan la ciudad de manera
diferente, y la vida cotidiana y las experiencias cotidianas de las mujeres son
cualitativamente distintas a las de los hombres aunque pertenezcan a la misma
clase social, raza, etnia, zona habitacional o barrio (…) La focalización sobre
la presencia de las mujeres ha superado la etapa de verlas como víctimas del
medio ambiente urbano, sufriendo pasivamente las restricciones para verlas y
conceptualizarlas como actores del espacio urbano que contribuyen a edificar,
modificar y reestructurar el entorno físico-social en que viven” (Massolo, 1992
pp 12).
En la obra de Alejandra Massolo, da cuenta de importantes avances investigativos en el
contexto mexicano, que se convierten en referente para el desarrollo de futuras
investigaciones en América latina estos son: (1) carencias y problemas de vivienda,
equipamientos y las condiciones integrales del hábitat, y como estos afectan diferencial
y gravemente la vida de hombres y mujeres; (2) las condiciones de vida de las mujeres
en los sectores populares y urbanos y los efectos de políticas de desarrollo económico,
social y político y cultural11; (3) la participación de las mujeres en los movimientos
urbanos y sus luchas por la defensa y regularización del suelo urbano para autoconstruir
viviendas y las luchas inquilinarias; (4) la participación de las mujeres en las
asociaciones vecinales y órganos de colaboración vecinal; (5) la relación entre
vivienda, mujeres jefas de hogar y autoconstrucción como solución al problema
habitacional, y su relación con la feminización de la pobreza en contextos urbanos; y
finalmente (6) la reacciones y transformaciones entre familia nuclear y los espacios
habitacionales 12.
En el contexto colombiano, lugar donde es desarrollado el proyecto de investigación,
encontramos escasas investigaciones, algunas de ellas impulsadas por los trabajos de la
Red de Mujer y Hábitat, representada por la Asociación de
Vivienda Popular
11 Considera como texto pionero de esta temática: CEPAL, La Mujer en el Sector Popular Urbano,
Varios Autores, Chile 1984.
12 Alejandra Massolo (1992). Mujeres y Ciudades. Participación Social, Vivienda y vida Cotidiana.
(compilación) Primera Edición. México Colegio de México: Programa Interdisciplinario de Estudios de
la Mujer. Páginas 297
14
(AVP)quien en los años noventa desarrolla la investigación "Mujeres de sectores
populares y crisis urbana" presentando en ella, de qué manera, el trabajo de mujeres en
ciertos sectores del país, permitió la superación de los problemas de servicios públicos,
sociales y de vivienda en los barrios de las zonas más deprimidas de la ciudad de Santa
Fe de Bogotá 13.
Entre los más recientes estudios se encuentra el diagnóstico “Del derecho de las
Mujeres a la vivienda adecuada y el acceso a la propiedad de la tierra, desde una
perspectiva de género en Colombia”14en el cual se presenta la situación que viven las
mujeres con respecto al derecho a la vivienda adecuada y el derecho al acceso a la
propiedad de la tierra, haciendo especial énfasis sobre la situación que viven las
mujeres en condiciones de desplazamiento forzado por causa del conflicto armado y
social, y la violencia sociopolítica del país durante el periodo 2002-2006, en el cual a
partir de fuentes primarias y secundarias se reseñan casos emblemáticos de violación de
derechos de las mujeres a la vivienda y a la propiedad de la tierra. De igual manera,
realiza un análisis de la política habitacional en el país y recopila el marco jurídico
internacional y constitucional sobre el derecho a la vivienda adecuada.
Estas líneas de abordaje de la ciudad y los avances existentes en su estudio, cobran
sentido cuando la misma será definida como derecho en construcción, con aspectos
diferenciales para hombres y para mujeres, que pretenda hacer de ella como
construcción cultural compleja, un espacio no homogéneo, en el cual se pueda
desarrollar la vida de hombres y mujeres en igualdad de condiciones y oportunidades.
2. Derecho a la ciudad y derecho a la ciudad de las mujeres
La segunda categoría de la investigación es el derecho a la cuidad y el derecho a la
ciudad, de las mujeres, definido como un derecho colectivo en construcción,
de
disfrute de una vida urbana renovada, que hace de la ciudad un lugar para el goce pleno
13
Dalmazoo , Marisol (1990) cartilla “Nosotras en la ciudad aporte invisible de las mujeres al desarrollo
urbano en Colombia, FEDEVIVIENDA, Enda América Latina y la financiación de ROOFTOP.
14
Chacón María Eneida, Ramírez María Eugenia, Zea Margarita, &Yañez Silvia (2007) diagnostico “Del
Derecho de las Mujeres a la Vivienda Adecuada y el Acceso a la Propiedad de la Tierra, Desde una
Perspectiva de Género en Colombia”, Colombia: ILSA & Mujeres y Organizaciones vinculadas al
proceso del Tribunal Nacional de Mujeres DESC con el Apoyo de la Agencia Catalana para la
Cooperación y el Desarrollo. Pag 86.
15
y efectivo de los derechos humanos, donde se debe vivir dignamente. Su definición está
en construcción, pero existen acuerdos en que debe comprender las siguientes facetas:
(a) Física, como el derecho al lugar, a permanecer, a la movilidad, es el derecho a la
centralidad accesible, al entorno bello y al espacio público significante; el derecho a la
seguridad, a la convivencia pacífica; (b) La individual, como el derecho a definir el
proyecto de vida libremente, el derecho a no vivir alejado, en espacios invisibles y sin
cualidad; y finalmente (c) La colectiva, como el derecho a la participación en los
ámbitos reales de la decisión y la gestión 15.
Para analizar esta categoría y sistematizar los hallazgos la subdividimos en el derecho a
la ciudad, y el derecho a la ciudad, de las mujeres por considerar que los roles y papeles
que ellas asumen en la ciudad, que hacen que el mismo deba de tener contenidos
diferenciales.
2.1 Derecho a la ciudad.
El antecedente teórico sobre el derecho a la ciudad es la obra de Henri Lefebvre
(1969) 16 , retomada por movimientos sociales, y organizaciones de la sociedad civil,
gremiales y académicas, a partir del Tercer Foro Social Mundial realizado en Porto
Alegre, Brasil, en 2003 donde se formula la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad,
promoviéndolo como un nuevo derecho humano de carácter colectivo.
Henri Lefebvre nombra el “Derecho a la Ciudad” y comienza a darle sentido al asumir
la ciudad como lugar del deseo y considera que la problemática urbana está relacionada
con el proceso de industrialización en las ciudades, “motor de las transformaciones en la
sociedad” y núcleo de la vida política, social, cultural, y de intercambio comercial. Ella
es el fruto de la industrialización, se convierte en espacios mercantiles de producción,
comercio, usura, generando consecuencias inherentes al crecimiento, expansión y
15
Para profundizar en la explicación de cada una de las facetas ver CORREA MONTOYA Lucas (2008)
Qué significa Tener Derecho a la Ciudad. La ciudad Como Lugar y posibilidad de los derechos humanos.
En:
Colectivo
del
Interés
Público
http://colectivoip.blogspot.com/
publicaciones
http://issuu.com/colectivodelip (Fecha de Consulta Junio 27 2010)
16 LEFEBVRE, Henri. (1978). El Derecho a la Ciudad. Barcelona: Península. Barcelona. 1969. 169p.
16
desarrollo urbano, en condiciones desiguales entre sus habitantes olvidándose así el lado
humano de la vida en la ciudad.
Los planteamientos de Lefebvre se fundamentan en los postulados de la dialéctica
materialista, y a partir de sus conceptos establece relaciones entre industrialización y
urbanización, crecimiento y desarrollo, y producción económica y vida social, para
criticar el desconocimiento de aspectos indispensables para el desarrollo humano y el
respeto a los derechos sociales integrales17.
En esta mismo sentido, retomando la denominación realizada por Lefebvre del derecho
a la ciudad, se encuentran los trabajos del urbanista brasilero EdésioFernandes 18, quien
unido a esta mirada filosófica aporta fundamentos para comprender desde el marco
jurídico, los preceptos del derecho a la ciudad desde el derecho urbanístico actual, que
según su opinión, no se puede desprender de la gestión urbana. Su propuesta se centró
en proponer un nuevo enfoque para el derecho urbano, que elimine el paradigma
individualista y privatista del derecho civil inspirado en la autonomía privada y que le
ha servido de fuente, para proponer uno nuevo que privilegie el concepto de función
social de la propiedad y el interés colectivo.19
Estos aportes comienzan a ser estudiados por algunas académicas, quienes comienzan a
leerlos y analizarlos a partir del enfoque de género y los estudios feministas,
contribuyendo así, desde su conocimiento y saber femenino a la definición de este
derecho en construcción, entre sus producciones encontramos el texto “Hacer de
nuestra Ciudad Nuestra propia Casa” de Nadia Nehls Martínez (2008) 20 , la cual
resalta en Lefebvre su humanismo como eje rector del proceso de desarrollo urbano,
dado su interés en centrar las necesidades humanas en las ciudades. En sus textos,
17
Lefebvre Henri. El derecho a la ciudad. Península. Barcelona, 1978.
Algunos textos del autor: FERNANDES, Edésio. (2006a). The City Statute in Brazil. En: UNESCO.
(2006). International Public debates.Urban Policies and the Right to the City. Paris: UNESCO.------.
(2006b). Updating the Declaration of the Rights of Citizens in Latin America: Constructing the Right to
the City in Brazil. En: UNESCO. (2006). International Public debates.Urban Policies and the Right to the
City. Paris: UNESCO.------. (2007). Constructing the "Right to the City" in Brazil. En: Social & Legal
Studies, 2007; 16; 201. pp 201 - 219
19
FernandesEdésio. «Del código civil al estatuto de la ciudad: algunas notas sobre la trayectoria del
derecho urbanístico en Brasil» en Revista Eure (Vol.xxix, Nº 87), pp. 63-78, Santiago de Chile,
septiembre de 2003.
20
Nehls Martínez Nadia (2008) Hacer de nuestra Ciudad Nuestra propia Casa En: Derecho a la Ciudad en
el mundo. Compilación de documentos relevantes para el debate, Coalición Internacional para el Hábitat
Oficina Regional para América Latina HIC-A (2008) Compiladora Nadia Nehls Martínez, México. P 416
18
17
comienza a llamar la atención en cuáles son las respuestas a las necesidades básicas en
la ciudad, y lo que otorga posibilidades de gozo pleno de los espacios y los derechos
colectivos, entre ellos está poseer servicios e infraestructura urbana, y otros que superen
el intercambio de mercancías en las ciudades, para lograr intercambios que fortalezcan
en la ciudad lazos de identidad entre su habitantes.
Así mismo, en la propuesta de EdésioFernandes, Nehls destaca su visión de la ciudad
como un conjunto articulado y no como una unión de fracciones, y la clave para lograrlo
es establecer un cambio de paradigma en la concepción del derecho urbanístico, que se
construya a partir del concepto del bien común y subordine la propiedad individual a
los intereses sociales y ambientales esenciales, y de esta manera tener ciudades plenas,
donde el derecho a la ciudad constituya un derecho colectivo fundamental (Nehls Nadia,
2008). Es así, que las mujeres comienzan a definir el derecho a la ciudad, de las
mujeres, mirada que será complementada más adelante.
A pesar de lo reciente que ha sido la demanda y la discusión en las agendas
internacionales globales la consagración del derecho a la ciudad, encontramos la
cronología realizada por Enrique Ortiz Flores (2007) quien ubica como hitos la Cumbre
de la Tierra realizada en Río de Janeiro, Brasil, en 1992, en la cual se redactó el Tratado
sobre Urbanización “Por ciudades, villas y poblados
justos, democráticos y
sustentables”, la Cumbre de la Tierra, Túnez, 1992; el Foro Internacional sobre Medio
Ambiente, Pobreza y Derecho a la Ciudad; y la Carta Mundial por el Derecho a la
Ciudad construida por delegados de 35 países en la Asamblea Mundial de Pobladores
“Repensando la ciudad desde la gente”, realizada en México en el año 2000, retomada
con posterioridad en 2003 y 2005 en el III y V Foro Social Mundial en Porto Alegre,
Brasil. Todos estos antecedentes son un mosaico de propuestas orientadas a la
construcción
de
ciudades
democráticas,
incluyentes,
educadoras,
habitables,
sustentables, productivas y seguras.
La Carta del Derecho a la Ciudad aun es un instrumento jurídico no vinculante con la
pretensión de llegar a ser un instrumento internacional de derechos humanos, pendiente
de ser adoptado por el la Organización de las Naciones Unidas, los Sistemas Regionales
de Derechos Humanos, y los Estados. Ha sido el resultado de la lucha de movimientos
populares, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales, foros y
18
redes nacionales e internacionales de la sociedad civil, comprometidas con las luchas
sociales por ciudades justas, democráticas, humanas y sustentables, y el desafío de una
vida urbana sustentable, basada en los principios de solidaridad, libertad, equidad,
dignidad y justicia social (Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, 2005)21.
Por su origen y significado social, la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad
es, ante todo,
un
instrumento dirigido a fortalecer
los procesos,
reivindicaciones y luchas urbanas. Está llamada a constituirse en plataforma
capaz de articular los esfuerzos de todos aquellos actores – públicos, sociales y
privados – interesados en darle plena vigencia y efectividad a este nuevo
derecho
humano
mediante
su
promoción,
reconocimiento
legal,
implementación, regulación y puesta en práctica Carta Mundial por el Derecho
a la Ciudad, 2005).
En este sentido, definir la naturaleza y alcance del Derecho a la Ciudad ha sido un
compromiso a escala global, toda vez que guarda interdependencia con otros derechos
reconocidos por los principales pactos y convenciones de derechos humanos, entre los
principios que lo inspiran Ortiz (2007) destaca:
(1) Ejercicio pleno de la ciudadanía: la ciudad como ámbito de realización de
todos los derechos humanos. (2) Función social de la ciudad y de la propiedad
urbana: equidad distributiva y usufructo pleno por parte de todos los habitantes
de los recursos, bienes y Servicios que la ciudad ofrece, prevaleciendo el interés
colectivo por encima del derecho individual de propiedad y de los intereses
especulativos. (3) Gestión democrática de la ciudad: papel determinante de la
participación ciudadana en la gestión urbana a través de formas directas y
representativas (Ortiz, 2007, pág. 21)
El compromiso para definir a escala Global el derecho a la ciudad, no ha sido un tema
únicamente de hombres, este ha sido abordado por los estudios de género y teorías
21
Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad. Versiones: Foro Social de las Américas – Quito, Julio 2004,
Foro Mundial Urbano – Barcelona, Octubre 2004, Foro Social Mundial – Porto Alegre, Enero 2005,
Revisión II Foro Urbano Mundial previa a Barcelona, Septiembre 2005.
19
feministas, dando sentido de lo que significa la ciudad para las mujeres y el desarrollo
en ella como ciudadanas plenas.
2.2 Derecho a la ciudad, de las mujeres
Las mujeres han generado y difundido un nuevo conocimiento, entre ellas se
encuentran los estudios de género y los teorías feministas, que han aportado una nueva
interpretación del mundo y la sociedad, al convertir en centro de sus postulados, los
cuestionamiento a la subordinación de las mujeres como sustento de las relaciones
sociales, y reinterpretar los conocimientos de las diversas ciencias y disciplinas,
producto de la lógica androcéntrica de comprensión y construcción del mundo. Estas
corrientes de pensamiento ha representado uno de los mayores cambios culturales en el
último siglo, y ha otorgado así nuevos contenidos sobre los conceptos de democracia,
ciudadanía y participación, entre otros.
En ellos ha tenido lugar la definición de los derechos de las mujeres, en el cual
ubicamos su derecho a la ciudad, surgiendo declaraciones internacionales, artículos y
ensayos sobre el tema, y estudios realizados por redes académicas como Habitat
International Coalition (HIC) y la Red Mujer y Hábitat de América Latina22, adscripta
a HIC, los cuales no se han referido directamente al Derecho a la Ciudad, de las
mujeres, sino que se han centrado en múltiples temas que afectan y comprometen la
vida de las mujeres en las ciudades, la violencia urbana, vivienda adecuada, seguridad y
espacio público .
Originalmente, la propuesta del derecho a la ciudad, de las mujeres, la encontramos en
la Carta Europea de la Mujer en la Ciudad de 1996 y la Carta por el Derecho a la
Ciudad de las Mujeres presentada en el Foro Urbano Mundial, Barcelona 2004, un año
después del III Foro Social Mundial realizado en 2003 en Porto Alegre, la cual nace
como documento de discusión para la inserción de la voz de las mujeres en su
definición. Al igual que la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, la Carta Europea
y la Carta por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, que son declaraciones
22
Ver Red de Mujeres y Hábitat de América Latina. http://www.redmujer.org.ar/red.html Países
integrantes Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, el Salvador, Guatemala, México,
Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay.
20
internacionales no vinculantes, pero que han puesto el tema de su denominación,
reconocimiento y justiciabilidad en la agenda global, antes de las discusiones realizadas
en el Foro Social Mundial del Porto Alegre, 2005 en el cual se inicia la primera
redacción de la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad23.
La Carta Europea de la Mujer en la Ciudad (Bruselas, 1995)24, es el primer referente
que encontramos sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres, es considerada como un
documento de Buenas Prácticas de las Organización de las Naciones Unidas (Dubái,
1996) y fue escrita por las organizaciones de mujeres en Europa para ser presentado en
la II Conferencia de Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos (Hábitat II),
realizada en Estambul (Turquía) en 1996. Su elaboración es resultado del proyecto de
investigación La ciudad, la ciudadanía y el género (1994-1995) que se propuso
conocer la situación actual de las mujeres europeas en las ciudades, subvencionado por
la Comisión de la Unión Europea (Unidad en Igualdad de Oportunidades),
identificando en la investigación los siguientes cinco aspectos prioritarios de las
mujeres en las ciudades: 1) planeamiento urbano y desarrollo sostenible, 2) seguridad
3)movilidad, 4) hábitat y equipamientos locales, y 5) estrategia urbana.
La investigación La ciudad, la ciudadanía y el género (1994-1995), previa a la
elaboración de la carta, considera que los principales elementos y factores que influyen
en la vida de las mujeres en la ciudad, y que aun no son garantizados, son: 1)
posibilidades para el acceso al empleo, 2) la proximidad y calidad de los servicios
comunitarios que les facilite las actividades de la economía del cuidado, 3) el acceso y
participación en los centros de decisiones, la cultura y las actividades de ocio, 4) la
23
Además de las anteriores, las siguientes sonDeclaraciones Internacionales No Vinculantes en las
cuales encuentra asiento y reconocimiento el derecho a la ciudad de las mujeres: La Conferencia de
Naciones Unidas, de Medio Ambiente y Desarrollo (1992); Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer
(Beijing, 1995); II Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat,
1996); La Declaración Los Objetivos del Milenio (2002); Declaración Mundial IULA sobre la Mujeres en
el Gobierno Local (1998); Declaración del Congreso Fundador de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos
de Paris (2004); Declaración de Montreal sobre la seguridad de las mujeres. Declaraciones
vinculantesConvención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer
CEDAW (1979-1981) y su Protocolo Facultativo; y Convención de Belém do Pará (1994)
24
CARTA EUROPEA DE LA MUJER EN LA CIUDAD (1995) La ciudad, la ciudadanía y el género.
Investigación-Acción 1994-1995 subvencionada por la “Unidad para la igualdad de oportunidades” de la
Comisión Europea organizaciones Plataforma Común de Reflexión sobre el Plan Europeo.
Organizaciones: City &Shelter - Bruselas, Bélgica - Fopa - Dortmund, Alemania, Groupe Cadre de Vie Meudon, Francia - Praxis - Atenas, Grecia SeirovNirov - La Haya, Países Bajos. En línea:
http://www.cityshelter.org/03.charte/chartes/02charte-es.htm. Fecha de Consulta 19 de Junio de 2010.
21
seguridad y las medidas contra todos los factores de inseguridad en la ciudades, 5) la
falta de equilibrio en el transporte individual y colectivo, y finalmente 5) La calidad y
conservación del medio ambiente
En la formulación del problema se identifican los siguientes aspectos relevantes que
orientan los objetivos de la carta:
Las mujeres no forman parte (o sólo de forma insignificante) de ninguno de los
niveles de decisión que influyen en la creación y la gestión de la Ciudad, el
entorno de vida y el ordenamiento territorial. El Marco de vida en la Ciudad (a
nivel del barrio y la vivienda) influye (…) en las mujeres porque muchas tienen
doble jornada de trabajo y dependen por eso más de la calidad de los servicios
urbanos y de las opciones adoptadas para transporte y medio ambiente. (…) La
exclusión como usuario de la ciudad y su no participación en los proyectos
urbanos y de vivienda. Las discriminaciones en las ofertas de empleo, dado que
constituyen el sector de población relativamente más pobre y que sufren los
peores efectos del mal funcionamiento de las ciudades. La dificultad de acceso
a la vivienda, las limitaciones de movilidad, y la violencia. La consideración en
planificación Urbana de modelos de familia nuclear, con la mujer dedicada a
las labores domésticas y sólo el hombre trabajando fuera del hogar. (La
ciudad, la ciudadanía y el género. Investigación-Acción, 1994-95).
La Carta Europea tuvo como principales objetivos proponer una nueva filosofía de la
planificación urbana, y el desarrollo de una sociedad más emancipada y libre de
estereotipos, en la medida que sea incluido el factor género en la planeación urbana.
Complementario a ello y como estrategia de movilización y posicionamiento del tema,
se propuso crear una Red Internacional de Acciones y de Expertos sobre Género y
Asentamientos Humanos, para desarrollar investigaciones sobre diversos enfoques en
materia de planeamiento urbano, movilidad, seguridad ciudadana y vivienda.
La Carta Internacional por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres fue presentada y
difundida por redes de América Latina en el Foro Mundial de las Mujeres, con el
propósito de adicionar La Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad presentada en el II
Foro Urbano Mundial, Barcelona 2004. Sin lugar a dudas, esta carta es el avance más
22
importante en la definición, declaración y reconocimiento del derecho a la ciudad, de las
mujeres, ella incluye en la agenda social y de los gobiernos los temas de preocupación
mundial desde la visión de las mujeres, enfatizando en los desafíos pendientes para
lograr las ciudades equitativas y democráticas, donde sean incluidas y reconocidos sus
aportes históricos a la construcción y planificación de los asentamientos humanos
(Carta Internacional por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, 2004).
Es una carta abierta a futuras y nuevas propuestas. Es el camino construido
por las organizaciones de mujeres y feministas en el mundo para alcanzar
muchos de los derechos a los que estuvimos históricamente excluidas.
Articulando esfuerzos entre mujeres de todos los países y regiones, evaluando
críticamente los resultados de las acciones, respetando la diversidad que nos
caracteriza(clase social, etnia, edades, nacionalidad, cultura) y consensuando
intereses en pos de la utopía de otro mundo posible, donde la diferencia sexual
no se traduzca necesariamente en desigualdad social (Carta Internacional por
el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, 2004).
En los documentos previos a su elaboración de la Carta Internacional por el Derecho a
la Ciudad, de las Mujeres, se problematiza su situación en las ciudades, centrándose en
dos aspectos, que serán fundamentales en la propuesta de definición que se realiza en el
segundo capítulo del derecho a la ciudad, de las mujeres:
1) las mujeres y su incidencia en la gestión democrática en la ciudadincluyendo su
participación en el poder local, la planificación urbana y territorial, el control en las
inversiones y el gasto público, y la visibilización de
los obstáculos para su
participación y ciudadanía activa. 2) La sustentabilidad de las ciudades relacionada
con el acceso a los servicios públicos urbanos, el acceso al agua potable, las
condiciones de seguridad y movibilidad en la ciudad, el disfrute de un medio ambiente
sano, y el acceso a la tenencia segura de la vivienda por las mujeres.
En el análisis de esta categoría, hallamos otros aportes diversos a los intentos de
positivización y formación de un articulado sobre el derecho, entre ellos se encuentra en
Latinoamérica la traducción de textos, en su mayoría de autores y autoras
norteamericanas y francesas, quienes desde el enfoque de género y feminista aportan a
23
la
definición y conceptualización de
las facetas:
Goce
de
los derechos
humanos,oportunidad de usufructo de los bienes urbanos, y participación efectiva en los
asuntos de ciudad25.
El primero de ellos es el artículo de Shelley Buckingham (2010) 26donde en su intento
de definirlo, observa cómo es violado el derecho a la ciudad, de las mujeres todos los
días en sus viviendas y encuentros diarios en la ciudad. Su tesis se funda en asumir la
ciudad como el espacio donde se convierten en cotidianidad las funciones y roles
construidos por la sociedad a la que le pertenece. De esta manera, defiende la hipótesis
de la no neutralidad del espacio, clave para entender las particularidades del derecho a
la ciudad, de las mujeres, el cual comprende entre otros componentes: la seguridad en
los ambientes urbanos, la infraestructura y el transporte público, la proximidad entre sus
viviendas y sus empleos, el rompimiento entre la dicotomía de las esferas pública y
privada, la participación en la toma de decisiones, gobernanza y planificación, entre
otros.
Esta primera elaboración teórica del derecho a la ciudad, se une a los planteamientos de
ToviFenster (2010)27, quien a partir de la crítica feminista y la categoría de género,
critica la noción Lefebvriana de Derecho a la Ciudad por no prestar suficiente atención a
las relaciones de poder patriarcal ni a las experiencias cotidianas de las mujeres, las
cuales considera reflejadas en los sentimientos de comodidad, pertenencia, y
compromiso experimentados en relación con la ciudad en la cual se vive
28
.
Concluyéndose que existen escalas que hacen parte del entorno cotidiano en la ciudad,
25
Ana Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) (2010). Ciudades para tod@s: Por el derecho a la
ciudad, propuestas y experiencias Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera ediciónSantiago de Chile.
26 Buckingham Shelley (2010) El derecho a la ciudad desde la perspectiva de género. En: Ana
Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad,
propuestas y experiencias (pág 59-65) Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera ediciónSantiago de Chile.
27
FensterTovi (2010) El derecho a la ciudad y la vida cotidiana Basada en el género. En: Ana Sugranyes
y Charlotte Mathivet (Compiladoras) Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad, propuestas y
experiencias (pág 66-80) Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera edición-Santiago de
Chile.
28
Enuncia en su artículo los estudios realizados durante los años 1999 y 2002 (citando a Fenster, 2004,
con quien realizó investigaciones) a mujeres residentes en Londres y Jerusalén, ciudades escogidas por
sus contrastes (Londres por ser una ciudad globalizadas, cosmopolita, e intolerante con los extranjeros y
Jerusalén ciudad estricta, regida, sagrada y habitada por diversas identidades) para analizar las
experiencias cotidianas en relación con la comodidad, pertenencia y responsabilidad, determinantes para
la calidad de vida y el goce del derecho a la ciudad .
24
que a pesar de los contrastes son coincidentes en varias ciudades, estas son: el hogar, el
inmueble, la calle, el barrio, el centro de la ciudad, ciudad, y parques urbanos, que
requieren ser redefinidas.
En este sentido, la definición del derecho a la ciudad debe de incluir la restructuración
y reterritorialización, del concepto de ciudadanía plena, cuestionando el estrecho
vínculo entre la ciudadanía, soberanía territorial del estado-nación, lealtad política, y
dirigiendo su mirada hacia la ciudad como espacio de los ciudadanos no homogéneos
con necesidades prácticas y estratégicas que interactúan con autoridades locales. (Tovi
Fenster,2010)
Así mismo, la investigadora Liliana Rainero29 comienza analizar el tema urbano desde
una perspectiva socio-espacial, y del derecho a la ciudad aunque directamente no lo
nombran en sus trabajos, siendo uno de sus propósitos que se reconozca y garantice el
derecho de las mujeres a vivir en ciudades libres de violencia, lo cual implica el uso y el
disfrute del espacio público, la recuperación de la calle como lugar de encuentro y de
interacción social, donde las mujeres puedan transitar sin peligro ni temor30.
Estos aportes sobre lo que significa el derecho a la ciudad de las mujeres, aportan a
nuestra propuesta de definición, la cual será abordada desde el enfoque de seguridad
humana, la inclusión de dimensiones sociales y culturales de las mujeres, entre las
principales encontramos el derecho a la vivienda en la ciudad, el derecho a las ciudades
seguras, el derecho a espacios públicos y servicios públicos desde un enfoque
diferencial, el derecho a condiciones y alternativas que faciliten su vida cotidiana y uso
del tiempo libre, el derecho a la ciudadanía y a participar en la gobernabilidad de la
29
Sus estudios se encuentran en el portal de la Red Mujer y Hábitat de América Latina adscripta a HIC –
Coalición Internacional del Habitat Liliana Rainero Arquitecta, egresada de la Facultad de Arquitectura,
Urbanismo y Diseño de la Universidad Nacional de Córdoba. Coordinadora Regional de la Red Mujer y
Hábitat de América Latina, adscripta a HIC –Coalición Internacional del Hábitat Ver Red de Mujeres y
Hábitat de América Latina. http://www.redmujer.org.ar/red.html
30
Se destacan los siguientes textos de Liliana Rainero: Derechos, Legislaciones y Prácticas de Acceso a la
Vivienda y la ciudad presentado en el Foro de Género de las Américas, panel sobre Igualdad de Género
en el Goce de los Derechos Sociales y Culturales, Ciudad de Buenos Aires: 7 al 9 de abril de 2005
consultado en la Página web de la Red Mujer y Hábitat en América Latina
http://www.redmujer.org.ar/articulos/art_14.pdf. Y su ponencia en el Seminario Internacional Ciudades
Seguras Para Mujeres Y Niñas.Segunda Conferencia Internacional “Bogotá, Ciudad de Paz”, Colombia
22 al 25 de noviembre de 2004 consultado en la página web de la Red Mujer y Hábitat en América
Latinahttp://www.redmujer.org.ar/articulos/art_13.pdf Fecha de consulta Enero de 2011.
25
ciudad, el derecho a incidir en el ciclo de las políticas públicas, y el derecho a
beneficiarse de los programas de crédito y financiamiento, entre otros.
3. Seguridad ciudadana para las mujeres desde el enfoque de la seguridad
humana.
Esta categoría corresponde al enfoque definido en el proyecto desde el cual se espera
analizar el derecho a la ciudad, de las mujeres, aportando a los avances hasta hora
realizados en la región y en el contexto latinoamericano, partiendo del supuesto de que
sólo las mujeres podrán garantizary disfrutar de su derecho a la ciudad sí cuentan con
condiciones de seguridad humana, en especial con garantías de seguridad ciudadana, al
interior de las ciudades.
Los estudios sobre seguridad han tenido dos tendencias para abordarla, la primera de
ellas como concepto, y la segunda como responsabilidad de los estados, tendencias que
han sido objeto de diversas teorías y estudios durante el tiempo. En su acepción clásica
encontramos su definición como defensa militar de la soberanía, la independencia y la
territorialidad del Estado, frente a posibles interferencias de otros estados, haciendo
indispensable que éstos persigan su propia seguridad a través del incremento de su
poder político y militar.
No obstante, la acepción clásica de seguridad ha sido limitada, lo cual inspira un nuevo
enfoque sobre este concepto que considere otras fuentes de seguridad de origen interno
y global, tales como las económicas, medioambientales, sociopolíticas, entre otras que
comienzan a poner en el centro de la seguridad a las personas y sus derechos,
desplazándola de a la soberanía de los estados. Es por ello que a partir de este nuevo
enfoque, comienzan a resinificarse y crearse nuevos derechos, tal y como el derecho a
la ciudad, que hacen de la vida de las personas posible y perdurable en con condiciones
de digna.
En la literatura revisada, sobre el abordaje del tema de seguridad ciudadana con
enfoque de género encontramos los trabajos de Giulia Tamayo 31 quien profundiza en la
31
Giulia Tamayo -Abogada Amnistía Internacional-(2002) Seguridad Ciudadana con Enfoque de Género,
ponencia presentada en la Conferencia Centro Americana y del Caribe Reducción de la Pobreza,
26
crítica, iniciada en los años noventa, de las concepciones, modelos de intervención, y
estructuras tradicionales sobre los cuales se ha gestionado la seguridad ciudadana y la
seguridad pública en América Latina en el marco de los procesos de globalización, y
que han desconocido la violencia sistemática que experimentan las mujeres.
Siguiendo los planteamientos de Pierre Bordieu sobre la violencia simbólica, explica la
relación entre género, violencia y criminalidad, y profundiza en cómo las
construcciones sociales de género influyen en la adopción de comportamientos
violentos, y los roles asumidos por hombres y mujeres en la perpetración de diversos
delitos, y explora las teorías sobre la criminalidad femenina para proponer desafíos a la
gestión de la seguridad ciudadana.
La propuesta de definición del derecho a la ciudad, de las mujeres desde los postulados
de la seguridad humana, implica además de la consideración de la seguridad objetiva,
referida a la medición de la violencia en términos de registro y medición en términos
de actividad delictiva y en relación a la eficacia en la respuesta institucional, la
producción de información diversa que dé cuenta de otros delitos y temores en la
población en los contextos urbanos, entre ellas se encuentra los seguimientos a la
violencia sexual, familiar, y datos sobre las características de las mujeres víctimas. Y
el seguimiento a la seguridad subjetiva, referida a las representaciones colectivas que
involucran sentimientos de temor o percepción de amenazas y riesgos de las mujeres en
la ciudad.
Entre otros estudios sobre seguridad ciudadana y enfoque de género, identificamos el
proyecto Género, Seguridad y Consolidación de la Paz” realizado por la Fundación
Género y Sociedad GESO, quienes realizan un estado del arte sobre la relación género
y seguridad, observando en sus hallazgos, que los principales estudios sobre la temática
se han referido a la situación de las mujeres en los ámbitos de paz y conflicto armado,
en ellos los principales núcleos temáticos abordados han sido, la participación de
mujeres en fuerzas armadas y policía, mujeres víctimas y actoras de los conflictos
armados (muerte, violación, desplazamiento, refugio, etc), mujeres y procesos de paz,
Gobernabilidad Democrática y Equidad de Género Colaboradora del CLADEM, el Comité de América
Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de las mujeres. En Nicaragua, agosto de 2002.
Organizado por el Proyecto Promoción de las Políticas de Género de la GTZ.
27
mujeres y violencia doméstica, mujeres e inseguridad ciudadana, mujeres y
participación en los escenarios de decisión sobre la seguridad, y las relaciones entre
mujeres y defensa, sistemas de paz y seguridad, y seguridad interna y policial (García
Quesada Ana Isabel y Gomáriz Moraga Enrique, 2002)32.
En este sentido, se concluye que el concepto de seguridad ha sido explorado sobre sus
principales paradigmas teóricos entre los cuales se encuentra: la seguridad nacional, la
seguridad democrática –visiones clásicas de la seguridad-, la seguridad pública, la
seguridad ciudadana –posturas críticas a la mirada clásica militarista- .Todos estos
enfoques, unos más que otros, han contemplado el tema de la seguridad en sus ámbito
interno, externo y regional, proponiendo como desafío nuevas miradas y abordajes
teóricos y políticos entre los que se destaca el enfoque de seguridad humana, que
considera la inseguridad como resultado de la insatisfacción de las necesidades básicas
de los individuos, por diferentes causas posibles, entre ellas se encuentran: la
degradación medioambiental, desastres naturales, acelerado crecimiento demográfico,
la violencia sociopolítica, entre otras, proponiéndose un cambio de paradigma sobre las
definiciones y acciones anteriores para su garantía.
Los avances en el enfoque de seguridad ciudadana y el aumento de conflicto civiles que
comenzaron afectar la seguridad al interior de los estados, causados no por agresiones
externas sino por factores políticos, económicos y culturales de tipo interno,
conllevaron a nuevos análisis sobre el tema de seguridad, la cual no podía seguir siendo
definida exclusivamente en el ámbito externo, con base a las fronteras y el equilibrio
militar, sino que procuró identificar nuevas causas generadoras de peligros a escala
local, justificados en la incapacidad del modelo de desarrollo de satisfacer las
necesidades básicas de la población. Y proponiéndose como alternativa, la definición
de la seguridad definida en relación a las posibilidades de desarrollo humano de cada
persona, enfoque central del interés de esta investigación.
32
García Quesada Ana Isabel y Gomáriz Moraga Enrique - investigadores de la Fundación Género y
Sociedad GESO- San Josa de Costa Rica- (2002) Estado del Arte sobre la relación género y seguridad.
Ponencia presentada en la Conferencia Centro Americana y del Caribe Reducción de la Pobreza,
Gobernabilidad Democrática y Equidad de Género. En Nicaragua, agosto de 2002. Organizado por el
Proyecto Promoción de las Políticas de Género de la GTZ.
28
Este cuestionamiento sentó las bases de una nueva visión de la seguridad, dando
nacimiento al tema de la seguridad humana, concepto que irrumpe en el panorama
mundial a finales de los 80 y principios de los 90, que comienza a ser recomendado por
la Organización de las Naciones Unidas para reforzar su capacidad de actuación en
materia de paz y seguridad internacional en el nuevo contexto de la post-guerra fría. En
1994El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), precisa su contenido
y lo difunde mediante su Informe sobre el Desarrollo Humano, planteando:
La seguridad humana está centrada en el ser humano. Se preocupa por la
forma en que la gente respira en sociedad, la libertad con que puede ejercer
diversas opciones, el grado de acceso al mercado y a las oportunidades
sociales, y a la vida en conflicto o en paz. Lo que significaría que la gente
puede ejercer esas opciones en forma segura y libre, con la confianza relativa
en que las oportunidades que tiene hoy no desaparecerán totalmente mañana.
Encontramos estudios y teorías que se enfocan en conceptualizar la seguridad humana,
entre ellos se encuentra Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y
Educacionales en América Latina y el Caribe realizado por la Facultad Latinoamérica
de Ciencias Sociales y Humanas FLACSO auspiciado por la UNESCO 33, quienes al
observar las limitaciones del concepto por su enfoque multidimensional, proponen un
enfoque inclusivo para establecer una plataforma de acción común entre los estados que
sensibilice sobre la necesidad de apoyar el desarrollo teórico y práctico de este
concepto, en una sólida base ética, formada por valores comunes, que conduzcan al
compromiso de proteger la dignidad humana, elemento clave para la seguridad humana,
convirtiendo en centro de sus intereses a las poblaciones, en particular los de sus
segmentos que requieren mayor protección.
En este sentido, recogen y analizan los debates sobre el concepto, las iniciativas
hemisféricas de promoción e inclusión del concepto en los estados, su dimensión ética y
normativa fundada en el derecho internacional y el respeto prioritario por los derechos
humanos, y las principales amenazas a la seguridad humana en América Latina.
33
Rojas Aravena Francisco & Fuentes F. Claudia (2005). Promover la Seguridad Humana: Marcos
Éticos, Normativos y Educacionales en América Latina y el Caribe Facultad Latinoamérica de Ciencias
Sociales y Humanas FLACSO, UNESCO: S.I Pag 215
29
Se concluye de manera general de dicho estudio que, para la mayoría de las personas, el
sentimiento de inseguridad se focaliza más en las preocupaciones de la vida cotidiana
que en el temor de una guerra en el mundo, por consiguiente los estados y gobiernos
locales, deben garantizar a la población la posibilidad de vivir sin temor ni carencias,
asegurando la procura de seis dimensiones, que se articularan con la definición del
derecho a la ciudad, de las mujeres: económica, salud, medio ambiente, personal,
comunitaria y política, que aunque distinguibles, forman parte de un sólo fenómeno, el
de la seguridad humana, y su desconocimiento e insatisfacción afecta el desarrollo de
las otras dimensiones generando contextos de vulnerabilidad e inseguridad.
En la tarea de escindir el tema de la seguridad de la intervención militar, y aportar a
nuevos miradas sobre el tema de la seguridad ciudadana, es de resaltar los aportes del
feminismo, que desde mediados de los 80, han posicionado una dimensión personal de
la seguridad, que depende no sólo de la condición de ciudadano de un determinado país,
sino de categorías individuales como el género, identificando distintas causas de
inseguridad lejanas a las agresiones militares extranjeras, como lo ha sido la violencia
doméstica, la explotación laboral de las mujeres, la inseguridad ciudadana, la violencia
de género que atropella la dignidad de las mujeres, entre otros temas abordados en
investigaciones sobre derechos de las mujeres.
4. Violencia Basada en Género en los contextos urbanos
El análisis de la seguridad, de sus nuevos enfoques y contenidos, y sus relaciones con
las facetas y postulados del derecho a la ciudad, de las mujeres, nos obligan hacer
referencia entre las distintas causas de inseguridad que pueden afectar las mujeres a la
violencia basada en género en los contextos urbanos, concepto que será transversal a
toda la investigación dado su carácter de imprescindible para comprender las
posibilidades y limitaciones que afectan el goce del derecho a la ciudad de las mujeres
La violencia basada en el género es según la Convención De Belém Do Pará cualquier
acción o omisión que le cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico,
económico ó patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales
actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el
ámbito público o en el privado.
30
Los estudios sobre violencia basada en género son amplios, por ello precisamos la
búsqueda sobre los estudios de violencia de género en contextos urbanos, entre ellos
encontramos las investigaciones realizadas por el Fondo de las Naciones Unidas para
la Mujer –UNIFEM- y otras organizaciones como la Agencia de Cooperación
Española, la Red Mujer y Hábitat, en Latinoamérica. En Colombia identificamos
diversas investigaciones desarrolladas por la Corporación de Investigación y Acción
Social y Económica – CIASE y los generados en desarrollo del Programa Regional
Ciudades Sin Violencia Hacia Las Mujeres, Ciudades Seguras Para Todos y Todas de
UNIFEM, los cuales se constituyen en las principales referencias sobre este tópico.
Así mismo, el Programa Ciudades Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas
Públicas, ejecutado por UNIFEM, con el apoyo de la Agencia Española de
Cooperación Internacional (AECI) ha ido elaborando informes para explicar la
violencia contra las mujeres en los contextos urbanos en varias ciudades de
Sudamérica. En el ámbito regional ha incluido las ciudades de Rosario, Santiago, y
Bogotá, siendo de ésta última de gran relevancia para la investigación por ubicarse
cerca del espacio geográfico de nuestra investigación, la ciudad de Cartagena 34.
Es común en éstos estudios, concluir que se debe reducir la violencia pública y privada
de la que son victima las mujeres, y para ello se sugiere la inclusión de la perspectiva
de las mujeres en la planificación de la seguridad en las ciudades, vital para que ellas
pueda usar y disfrutar de los servicios y espacios públicos, así como de todo los
componentes esenciales del derecho a la ciudad. Sus investigaciones han tenido como
propósito, entre otros, fortalecer el ejercicio de los derechos de las mujeres y su
ciudadanía activa en las ciudades, para que puedan disfrutar de una ciudad más segura
en la cual gocen de su derecho a la vida libre de violencias en los ámbitos privados y
públicos.
34
Entre los principales estudios del Programa Ciudades Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas
Públicas –UNIFEM- Falú Ana, Segovia Olga (2007). Ciudades para Convivir sin Violencia Hacia las
Mujeres. Debates para la construcción de propuestas. UNIFEM, Agencia de Cooperación Española, y
Red Mujer y Hábitat-América Latina (HIC), Chile. Producto inicial del Programa «Ciudades Seguras».
UNIFEM. Su contenido remite al debate realizado en el marco del Seminario Internacional «Ciudades sin
violencia para las mujeres, ciudades
seguras para todas y todos». llevado a cabo en Santiago, Chile, en agosto de 2006.
31
Los principales temas desarrollados alrededor de la categoría, e identificados desde el
2006 son 1)políticas de género en América Latina y los desafíos que representan para
éstas la construcción de respuestas efectivas para la seguridad de las mujeres en las
ciudades, 2) inseguridad, violencia y género en la ciudad, presentándose presupuestos
y consideraciones generales acerca de la violencia urbana, la violencia basada en
género, el feminicidio, y las políticas de seguridad ciudadana.
La tendencia de estos estudios ha sido dar una nueva mirada a los protagonistas de la
inseguridad urbana a la luz de los procesos de exclusión y segregación de las ciudades,
con la cual han reafirmando la asunción de la seguridad como bien público y
componente esencial del entorno cotidiano, además de condición inalienable en la vida
de cada habitante. Así pues, a partir de este tópico, se ha sugerido explorar las razones
por las cuales las mujeres se sienten inseguras y cuáles son sus necesidades para
sentirse seguras en los contextos urbanos, en razón de su disfrute del derecho a la
ciudad.
Otros temas desarrollados y presentados como objeto de nuevos análisis sobre el tema
central de esta categoría son: 3) inseguridad y temor en la ciudad, desde donde se ha
explorado sobre el temor en las urbes y su relación con las especificidades del género,
que ha venido convirtiendo a las mujeres, en mayor grado víctimas de las agresiones
sexuales, y doblemente vulnerables a la violencia urbana. Lo anterior justificado en la
subordinación histórica y las relaciones desiguales determinantes en su proceso
socializador en la familia, la escuela, la iglesia, y la calle.
Finalmente, están los análisis sobre 4) gobiernos locales, seguridad ciudadana y
género que hacen énfasis a los gobierno locales, y como desde su perfil institucional,
competencias y funciones, deben garantizar el ejercicio real de la ciudadanía de las
mujeres a través de la prevención de la violencia y delincuencia, y la creación de
indicadores, normas e instrumentos para medir e interpretar los índices de inseguridad
Ciudadana de manera diferenciada35.
35
Las ponencias centrales sobre cada uno de estos ejes de reflexión mujeres en las ciudades, compilados
en el libro Falú Ana, Segovia Olga, (2007). Ciudades para Convivir sin Violencia Hacia las Mujeres.
Debates para la construcción de propuestas, fueron acompañadas por algunas textos y comentarios de
otros autores, a saber: 1) Políticas de género en América Latina: contexto político, desafíos y
oportunidades. Ponencia María Jennie Dador Tozzini, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú.
32
Dado la proliferación de estudios y enfoques de análisis de esta categoría, se destacan
por un lado las líneas temáticas presentadas, y los nuevos estudios y enfoques, que han
buscado comprender las relaciones entre violencia doméstica y violencia social, y
violencia doméstica en contextos de los conflictos y los postconflictos armados internos
y externos. De igual manera, se identifica la prevalencia en proponerse herramientas
diagnósticas de planificación y gestión, para el diseño de políticas públicas y la
implementación de planes y programas concretos, que impacte sobre los contextos de
inseguridad ciudadana, no obstante estos últimos son temas aun insuficientemente
desarrollados en clave la violencia urbana.
La producción nacional sobre el tema se ha centrado en la victimización y participación
de las mujeres en el conflicto armado, el cual se a extendió a los espacios rurales y
urbanos, en este sentido se encuentran numerosos informes e investigaciones de
organizaciones de la sociedad civil y centros académicos sobre la consecuencias y
afecciones de las mujeres en la dinámica del conflicto y sus efectos, entre ellos se
encuentran los informes sobre “violencia contra las mujeres y conflicto armado en
colombiano” realizados, desde el 2001, por la mesa de trabajo “Mujer y Conflicto
Armado”36.
En el contexto de la violencia urbana, contra las mujeres en Colombia, se encuentran
los informes sobre Violencia de Género producidos por el Programa Ciudades Seguras
de UNIFEM, La Corporación de Investigación y Acción Social y Económica – CIASE,
entre otras instituciones ejecutantes de este programa 37 , quienes han propuesto un
nuevo sentido al concepto de violencia urbana contra las mujeres, para abarcar todas
Comentaristas: Nieves Rico y Eugenio Lahera. 2) Inseguridad, violencia y género en la ciudad. Ponencia
de Claudia Laub. Comentaristas: José Olavarría. 3) Inseguridad y temor en la ciudad. Ponencia Lucía
Dammert Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Flacso-Chile. Comentaristas: Ivonne
Fernández, Mariana Alonso, Enrique Oviedo. 4) Gobiernos locales, seguridad ciudadana y género.
Ponencia: Alejandra Massolo Red Mujer y Hábitat América Latina. Comentaristas: Fernando Carrión y
Andreina Torres, Patricia Provoste. 4) Seguridad ciudadana y violencia de género: indicadores, normas e
instrumento. Ponencia: AnalíaAucía Comentaristas: Teresa Valdés.
36
Ver informes de la Mesa de Trabajo Mujer y Conflicto Armado en Colombia, la cual busca
documentar y dar seguimiento a las formas de violencia que afectan las vidas de mujeres, jóvenes y niñas.
Los cuales son enviados a la Relatoría Especial de las Naciones Unidas Sobre Violencia contra las
Mujeres de las Naciones Unidas. http://www.mujeryconflictoarmado.org/informes.html Consultado Julio
de 2010.
37
Instituciones Ejecutantes: Red Nacional de Mujeres, Ciase, Red de Mujeres de América Latina,
Asociación de Vivienda AVP. Contrapartidas: Alcaldía Mayor de Bogotá, y Política Pública de Mujer y
Género. Coordina: UNIFEM. Financia Embajada de España para Colombia y la Agencia de Cooperación
Internacional, Oficina Técnica de Cooperación.
33
aquellas violencias que se cometen en el espacio público, y en los lugares de la
institucionalidad, al interior de los hogares o sitios de habitación, ya sean ejercidas por
personas de la familia, conocidos y desconocidos.
Entre los trabajos realizados en la ciudad de Bogotá, referentes importantes la
investigación, se analizó particularmente el caso de las mujeres de la localidad de Suba,
cuyo propósito fue “Fortalecer la participación y autonomía de las mujeres en la
definición y gestión de políticas públicas distritales y locales contra la violencia urbana
de género, promover la mayor apropiación y recuperación del espacio público urbano
por las mujeres, y las y los jóvenes, y avanzar en el reconocimiento de las violencias
urbanas como una violación a los derechos de las mujeres en la ciudadanía en general”.
Ésta investigación concluyó que las principales manifestaciones de violencia contra las
mujeres en el espacio público son las violaciones, robos y atracos, manoseo y piropos
ofensivos, los cuales son realizados con mayor frecuencia en humedales, parques, lotes
baldíos, calles cerradas, y en los espacios del sistema de transporte, identificando entre
ellos espacios donde a las mujeres les es prohibido transitar, vendándoles así sus
derechos a la movilidad, recreación, y educación.
Entre sus hallazgos se identifican causas especiales, culturales y políticas de la
violencia contra las mujeres en los espacios urbanos de la ciudad de Bogotá, los cuales
son de interés para contrastar otros escenarios urbanos al interior del país,
particularmente la ciudad de Cartagena de Indias, estas son:
Causas especiales: abandono y deterioro de lotes, ausencia institucional para el
mantenimiento e invasiones de los espacios públicos, consumo de alcohol y drogas, y
saturación de personas en los medios de transporte.
Causas culturales: convicciones masculinas sobre la propiedad del cuerpo de las
mujeres, representación de las mujeres como objeto sexual en los medios de
comunicación, persistencia de roles tradicionales en el sistema educativo,
revictimización de las mujeres afectadas por la violencia en el entorno familiar,
aceptación de los delitos y falta de denuncia, entre otras.
34
Causas políticas: poca sensibilidad e interés de funcionarios públicos sobre la
problemática de las violencias contra las mujeres, impunidad de los delitos, falta de
atención integral para las mujeres víctimas de los diferentes tipos de violencia, poca
articulación institucional y rutas de atención ineficientes, desconocimiento de las
mujeres de sus derechos y mecanismos de protección y garantía, y finalmente, vacío de
las perspectiva de género en las políticas públicas38.
5. Palabras Finales
El panorama abarcado en este primer capítulo da cuenta de una variedad de
investigaciones, teóricas, aplicadas y documentales, sobre las categorías de la
investigación, y el posicionamiento del tema de mujeres y ciudades a nivel
latinoamericano como uno de los principales avances de los estudios del feminismo y de
género. No obstante, se evidencia que la articulación entre ellas: mujeres, derecho a la
ciudad, seguridad ciudadana entendida desde el marco de la seguridad humana, y
violencia contra las mujeres en los espacios urbanos, no ha sido explorada, llevándonos
a concluir al final de este recorrido, que aún no se ha pensado en la riqueza conceptual y
práctica que ofrecería la articulación de estos enfoques como ejes interpretativos y
propositivos de nuevos contendidos para la formulación y seguimiento de políticas
públicas.
38
Dalmazoo Marisol, Serrano Nicolás, Cardona Lucy (2008). En Bogotá, ciudad segura. La violencia
contra las mujeres es inaceptable. Documento de Avances y Resultados. Programa Regional Ciudades
Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas Públicas. Localidad de Suba. En:
http://www.redmujer.org.ar/pdf_publicaciones/art_32.pdf Consultado Julio de 2010.
35
Capítulo IILa ciudad y derecho a la ciudad, de las mujeres, y la seguridad
ciudadana desde el enfoque de seguridad humana.
“Hablar de la ciudad es hablar de sujetos, de las ideas del cuerpo que la portan, el
sentido que provee el reconocimiento cifrado en metáforas que acumulan historias que
nos ha contenido; cada esquina, cada rincón, cada plaza y calle han signado la
experiencia y el haber de una identidad encontrada y desencontrada en el circuito de la
luz que la habita. Algo le pasa a las palabras cuando incapaces refieren el significado
que se apodera de la ciudad definida, no existe un lenguaje coherente para referirla,
quizás porque hay muchas ciudades en la ciudad dependiendo de los sujetos y de las
intenciones que hacen de sus deseos, de ahí que las palabras impidan cercar la
sensación múltiple que condensa la ciudad acechada por la noción de los tiempos que
la trazan”(Marta López, Ciudad y desencuentro dos miradas de mujer en Pensar la
Ciudad, 1996)
En este capítulo se presenta las conceptualizaciones sobre el derecho a la ciudad y el
derecho a la ciudad, de las mujeres los cuales se encuentran en proceso de construcción
y debate global. La pregunta central que orienta su elaboración, y a la cual no se espera
dar una respuesta definitiva, toda vez que es un concepto polisémico es ¿Qué significa
el derecho a la ciudad para las mujeres?aportando con ello a la discusión sobre la
conceptualización del derecho a la ciudad como derecho colectivo, definido a partir de
las necesidades, demandas, y oportunidades de ejercicio y goce de las mujeres a una
“Buena vida” en las ciudades, que les permita acceder a la vida urbana renovada en
condiciones de igualdad.
Se definiráel derecho a la ciudad, de las mujeres, a partir de la división de sus facetas: 1)
goce de los derechos humanos, 2) usufructo equitativo de los bienes de la ciudad, y 3)
participación en los asuntos de ciudad, y cómo las mismas atraviesan la vida cotidiana
de las mujeres en las ciudades reafirmando su condición y papel como ciudadanas.Así
mismo, se hará hincapié en su vida social cotidiana urbana y cómo a partir de su
resignificación y reinterpretación, es posible transformar las relaciones de género en
36
las ciudades, las cuales siguiendo a Lefebvre (1969) responden a una historia y son una
obra histórica, realizada por personas y grupos determinados, que aportan acciones,
decisiones, y conductas que conforman la realidad urbana, la cual se compone por
relaciones a concebir, a construir o reconstruir por el pensamiento.
En primer lugar se presentanalgunos apuntes sobre la ciudad y larelación que algunos
teóricos han hecho de ella con las mujeres y las relaciones de género. En segundo se
plantean las críticas realizadas a la teoría general del derecho por las feministas, ysu
relación con la creación y definición de los derechos con el fin de explicar el por qué
hablar de un derecho a la ciudad, de las mujeres.
En tercer lugar se expone que es el derecho a la ciudad, explicando los orígenes de su
conceptualización y las declaraciones internacionales que lo recogen.Y en cuarto lugar,
se define que es el derecho a la ciudad, de las mujeres articulándolo a los conceptos
seguridad ciudadana desde el enfoque de seguridad humana, que serán fundamentopara
construir una ruta de análisis para el estudio del contenido de las políticas públicasy sus
contendidos sobre la seguridad en la ciudad de las mujeres Cartagena de Indias –
Colombia- 2008-2010, a presentarse en el tercer capítulo.
1. Apuntes sobre la ciudad
Tal y como ha sido presentado en el primer capítulo, definir la ciudad como una
construcción cultural compleja, implica observar en ella no sólo su conjunto
arquitectónico y urbano, conformado por un conglomerado físico y espacial, sino que
requiere detenerse en las relaciones que en ella se tejen, ésta es más que calles y
edificios, es una “proyección de la sociedad global sobre el terreno” en la cual según
Lefebvre(1969), seplasma en su estructura y forma urbana, los conflictos entre clases y
otras contradicciones múltiples, en las cuales incluimos las diferencias de género.
En este sentido,la ciudad se produce y “Si hay producción de la ciudad y relaciones
sociales en la ciudad, ello no es otra cosa que producción y reproducción de seres
humanos por seres humanos, mejor aún que producción de objetos. La ciudad tiene su
historia, es una obra de la historia, es decir personas y grupos muy determinados que
37
realizan esta obra en condiciones históricas”(Lefebvre, 1969: 65), grupos en los cuales
no han sido tradicionalmente incluidas las mujeres.
Lo urbano se encuentra vinculado a tres elementos:el espacio, la cotidianidad y la
reproducción capitalista de las relaciones sociales, por ello las problemáticas urbanas
están estrechamente ligadas con la vida cotidiana, puesto que las relaciones capitalistas
(las producidas entre capital, trabajo y salario, y en términos de agentes sociales, las
existentes entre burguesía y proletariado) se reproducen todos los días e la utilización
cotidiana del espacio(José Luis Lezama (2002).
Es en el espacio como ámbito de reproducción de la vida cotidiana donde los habitantes
de las ciudades están obligados a satisfacer sus necesidades, sin embargo, están
alienados al encontrar en las ciudades únicamente las relaciones de producción propias
de la ciudad industrial y capitalista –valor de cambio-, haciéndose necesario pensar en
las relaciones de consumo –valor uso-, los cuales al unirse, valor de cambio y valor de
uso, en palabras del autor, dará lugar a la desaparición de la alienación de la vida
cotidiana porque existiría la posibilidad de que los hombres y las mujeres (no
mencionadas por el autor) creen la ciudad como una obra de arte susceptible de su
apropiación.
Finalmente, según los planteamientos de Lefebvre la ciudad es el territorio donde se
desarrolla la vida cotidiana, es el espacio-tiempo en el cual se contiene lo esencial del
hombre (y la mujer aunque no la menciona); por tanto, constituye el gran escenario en el
cual debe producirse la liberación del ser humano. En ella se proyecta sobre el terreno la
totalidad social, la economía, la cultura, las instituciones, la ética, los valores, y es en
elladonde los hombres con sus ideas, sus proyectos de vida, sus iniciativas, dan lugar al
espacio y al orden urbano,mientras las mujeres dan vida al espacio privado.
Aunque Lefebvreexplica los conflictos urbanos, es decir, los que se originan por el uso
del espacio y del dominio de la vida cotidiana, no determinan los actores en condición a
su sexo -hembras y machos- y género –hombres y mujeres-, ni hizo una alusión directa
a las relaciones de poder entre hombres y mujeres al interior de las ciudades. Sin
embargo, al entenderlas como producto histórico hace que en ellas se instalen y
reproduzcan inequidades y desigualdades de género y sean un lugar dicotómico, donde
se vive de un lado lo público y de otro lo privado, lo productivo y lo reproductivo, lo
38
visible y looculto. Lo anterior no impidió que reconociera que al interior de las ciudades
se gestan códigos de relacionamiento, normas y valores, entre hombres y mujeres,
quienes por ser seres culturales, los usan para masculinizar o feminizar su habitar.
De esta manera, la ciudad “escribe, prescribe, es decir, significa: ordena y estipula”
(Lefebvre, 1969: 66) la construcción de realidades urbanas diversas, entre las cuales se
encuentra un contrato sexualimplícito en su organización y en el uso diferencial que
hombres y mujeres realizan del espacio, haciendo de ellos escenarios no neutrales en
cuanto al género, y condicionando su acceso, uso y goce a los estereotipos de género y a
los roles marcados por la división del trabajo, hombres trabajo productivo y mujeres
trabajo reproductivo, que a pesar de ser paulatinamente transformada, en las ciudades,
las mujeres continúan al servicio de los demás y no de sí mismas, limitando de ésta
manera su ro, las diversas formas de habitar y apropiarse del espacio, y el ejercicio y
exigencia de sus derechos, en el cual ubicamos el derecho a la ciudad y los derechos
relacionados.En este sentido, retomamos las palabras de Lefebvre:
… los tiempos y los espacios urbanos [han permitido] producirse en ellos a
grupos, tomarlos a su cargo, apropiarlos; y ello inventado, esculpiendo el
espacio (para emplear una metáfora) adoptando unos ritmos. Estos grupos han
aportado innovaciones en la manera de vivir, de tener una familia, de criar y
educar a los niños, de permitir a las mujeres un puesto de mayor o menor, de
utilizar o transmitir la riqueza. Estas transformaciones de la vida cotidiana
modificaron la realidad urbana sin por ello apartarse de las motivaciones de
ésta. La ciudad fue a la vez lugar y medio, teatro y empeño de estas
interacciones complejas (1969: 70).
Aunque enel discurso de Lefebvre, nose hizo menciónde las relaciones del poder
patriarcal existentes en las ciudades,si da cuenta como a partir de procesos globales,
económicos, sociales, políticos, y culturales, se conforma el espacio urbano y se
moldeasu dinámica, a partir de la transformación del tejido urbano, el cual se ha ido
extendiendo hasta lograr densidades alarmantes haciendo que las ciudades pierdan su
forma original, razón por la cual hace necesario que reviva en su planeación“el
humanismo” muerto y que es el eje rector del proceso de desarrollo urbano,
indispensables para el desarrollo humano de hombres y mujeres.
39
Posteriormente, los planteamientos de Castellssobre lo urbano complementan la mirada
de Lefebvre sobre la producción de relaciones sociales, en las cuales se incluyen las
relaciones de género en la ciudad. Sus planteamientos son realizados a partir de la teoría
social marxista, y considera que el espacio urbano es el soporte de una trama social que
se explica por las relaciones sociales que se estructuran en la sociedad, las cuales son
determinadas, en un primer momento por la economía, considerando el espacio y su
proceso de urbanización, desde una lógica estrictamente mercantilista, por ser en el
donde se concreta un modo de producción especifico, el modo de producción
“Capitalista” (José Luis Lezama, 1993).
José Luis Lezama (1993) quien presenta los principales postulados sobre los
planteamientos de Castells, considera como destacable dos momentos en su teoría, en el
primero de ellos explica el proceso de urbanización como resultado de la lógica
estrictamente económica, que hacen a la ciudad producto de los procesos de
reproducción de la fuerza de trabajo, y considerando los siguientes componentes del
espacio urbano, importantes para definir los sistemas de relaciones de género al interior
de las ciudades:
1) la producciónreferido a las realizaciones espaciales que resultan del proceso social
de reproducción de los medios de producción y el trabajo 2) el consumo, referido a las
concreciones del espacio que provienen de la reproducción de los medios de trabajo,
ejemplo de ellos son las viviendas –donde ubica a las mujeres- y otros casos de bienes
de consumo colectivo; y finalmente 3) el intercambio referido a la concreción espacial
de un conjunto de transferencias o relaciones de circulación que se producen entre la
producción y el consumo, todas ellas se convierten en expresión del aparato jurídico y
político que determinan las formas de organización del espacio y aseguran la
dominación de las clases [y sexo] dominantes (José Luis Lezama, 1993: 265).
En un segundo momento Castells amplía su mirada sobre el concepto de lo urbano,
dado su fracaso en la aplicación de la teoría marxista para su estudio por no incluir el
concepto de movimiento social como agente de transformación, y que ha sido
determinante para establecer el protagonismo de las mujeres en la ciudad y el disfrute de
su derecho a la ciudad. De tal manera inicia, considerando a principios de los ochenta,
40
como el proceso de urbanización ya no aparece como el simple resultado del despliegue
de una lógica de carácter estrictamente económica que hace de la ciudad el ámbito
específico de los procesos de reproducción y fuerza de trabajo, por el contario, la ciudad
es un producto social resultante de los intereses y valores sociales en pugna, lo que
significa que lo urbano es resultado de las acciones conscientes de individuos, grupos y
clases sociales que participan en la conformación de la ciudad a la imagen y semejanza
de sus elecciones (José Luis Lezama, 2002: 277).
Dada esta nueva concepción, define y caracteriza los movimientos sociales urbanos
como protagonistas de la transformación de la ciudad, ellos resignifican el espacio
urbano con luchas y propuestas de base popular para que ésta no continúe siendo el
resultado de la acción de los intereses y prácticas políticas de las clases dominantes,
ampliándose la idea que se tenía de la lucha de clases como factor del conflicto y fuente
primaria del cambio social urbano, por el papel decisivo que tiene las relaciones entre
los sexos, los movimientos étnicos nacionales, los movimientos ciudadanos, entre otros
Es así como para Castells la ciudad aparece como producto histórico, no sólo en su
materialidad física, sino en su significado cultural, y lo urbano como significado social
de una forma espacial que expresa a una sociedad históricamente definida, de esta
manera los actores sociales, hombres, mujeres, instituciones, movimientos, entre otros,
han estructurado la ciudad de acuerdo con sus intereses y valores, conformándose por la
unidad de los siguientes procesos:
1) Los que son motivados por la definición del significado urbano, 2) aquellos
que derivan del cumplimiento adecuado de las funciones urbanas y que
provienen de las diversidad de valores e intereses dentro de un mismo marco
aceptado, así como por los distintos enfoques adoptados en el cumplimiento de
objetivos compartidos en la función urbana, 3) los motivados por la adecuada
expresión simbólica del significado urbano y, o de las funciones urbanas
(Lezama, 2002: 278).
En estos procesos, emerge en su planteamiento el concepto de cambio urbano que alude
a la redefinición del significado de lo urbano a partir de laacción consciente y colectiva
del movimiento social urbano. Entre los factores de cambio social urbano considera: la
41
producción por las acciones de las clases dominantes, la toma del poder de una clase
dominada, la construcción de un significado propio y autónomo por parte de un
movimiento social en contradicción con el significado dominante, y hace hincapié en el
feminismo como movimiento que impone un nuevo significado de lo urbano en
contradicción con el significado institucionalizado y los intereses del patriarcado.
En este sentido, las mujeres que se movilizan para satisfacer las necesidades de carácter
familiar, con lo cual contribuye así a luchas políticas para su inserción en la estructura
de clase y para romper con la dominación estructural de un género sobre otro “en el
caso de las luchas feministas, en Thecity and thegrassroots, señala que las luchas por
cambiar un significado urbano (vinculado por el valor de cambio, por otro en el que
predomine el valor de uso) están conectadas al tema feminista de la identidad y la
comunicación”, reconociendo de esta manera a las mujeres y al feminismo como un
importante movimiento social urbano generador de cambio social y agente en la
satisfacción de las demandas del consumo colectivo, una cultura comunitaria, y la auto
gestión política.
A pesar de ser un referente importante y obligatorio para hablar de la ciudad y las
mujeres, ha sido criticado por las interpretaciones feministas, entre dichas críticas se
encuentra el análisis de Blanca Oliva Peña Bolívar (2008), quien usando algunos de los
conceptos de la teoríafeminista (género, patriarcado, división sexual del trabajo, ámbito
privado y ámbito público)lo criticaa pesar que reconocelas diferencias degénero como
dicotómicas entre la producción y el consumo, y la diversidad entre las actividades
masculinas y femeninas, mujeres consumidoras y hombres productores, en primer lugar
por asumir en la ciudad moderna la subordinación de las mujeres como consumidoras y
no como productoras en la reproducción y cuidado de la fuerza de trabajo. Y en segundo
lugar porque a pesar de resaltarelpapel de la mujer en sus luchas por cambiar el
significado de lo urbano, donde están vinculadas la identidad y la comunicación,no
desarrolla el asunto desde el punto de vista teórico.
De otro lado, Alejandra Massolo (1992), destaca en los planteamientos de Castells su
influencia del pensamiento marxista, a partir del cual confiere a la mujer un rol de
consumidora pasiva, separando la esfera del trabajo del hogar, y creando un patrón
urbano ineficiente para las mujeres que supone gasto de tiempo, acceso a la vida urbana
42
y al trabajo remunerado, de ésta manera refuerza la segregación espacial de las mujeres
a la residencia y su papel doméstico. Acorde con ello, considera que en dichos estudios
se ignoró las relaciones patriarcales que organizan a la familia, así como la forma en que
esta última conforma los espacios urbanos contemporáneos, razón por la cual no
evidencia la condición de subordinación de las mujeres, sino que simplemente las
considera como reproductoras de la fuerza de trabajo, sin vincular los patrones
espaciales de distribución de bienes y servicios públicos y sus efectos sobre la
distribución de trabajo y tiempos domésticos dentro del hogar.
Dadas las anteriores consideraciones sobre el pensamiento de los principales exponentes
de la ciudad, concluimos que las ciudades no son una simple proyección de la sociedad
en el espacio urbano, sino que ellas son producto de la relación entre los hombres y las
mujeres quienes moldean el espacio y le aseguran tanto una función y una significación
social, haciendo de ellas un lugar para el nacimiento y la vivencia de los derechos, lo
cual incluye:
Contar con elementos indispensables que le dan vida a una metrópoli, elementos
que constituyen y configuran el ritmo, la esencia y la trascendencia de una
ciudad y que responden no solamente a las necesidades básicas sino que
otorgan la posibilidad del gozo pleno de los espacios y de los derechos
colectivos. Significa poseer servicios e infraestructura urbana, transporte, tener
una centralidad, contar con plazas, mercados, centros educativos, de recreación
y esparcimiento de carácter público para que todos los pobladores tengan
acceso a ellos, de espacios adaptados para las personas con capacidades
diferentes, espacios incluyentes; se trata pues, de construir lugares donde no
sólo se dé el intercambio de mercancías sino donde existan las posibilidades del
intercambio cultural, espacios que fortalezcan los lazos de identidad entre los
habitantes (Nehls Martínez Nadia, 2008:29).
La visión de ciudad para y desde las mujeres, la considera como el lugar para la
realización de los derechos, la cual coincide con los planteamientos de Jordi Borja
(2004) quien la define como un producto cultural, colectivo y político, donde es posible
la expresión de las voluntades colectivas, las prácticas solidarias pero también las
43
conflictivas, entre las cuales destacamos las tensiones de poder entre los géneros por el
usufructo de los bienes que hacen parte de la ciudad.
Estas tensiones se producen y reproducen en la ciudad al considerar que es en ella
donde se teje, produce, reproduce, o altera, el sistema de relaciones de género,
entendido este como un sistema de relaciones económicas, sociales, políticas y
culturales entre hombres y mujeres que contienen dimensiones simbólicas, normativas y
subjetivas, las cuales configuran las prácticas sociales en distintos espacios de la
sociedad. Por ello, la mirada de la ciudad como una construcción cultural compleja, nos
conlleva analizar siguiendo a Mónica Ceveido (2003) cómo la definición de tiempo y
espacio, a partir de los géneros,a puesto a las mujeres siempre al servicio de los demás,
limitando sus roles y las diversas formas de habitar y apropiarse del espacio,
encontrándose representado en las diferencias de género en el uso y apropiación del
espacio urbano.
Las mujeres residen en las ciudades sin que estén reconocidas como colectivo con
intereses diferenciados que haya que tener en cuenta, sobre ello Teresa del Valle (1997)
considera que las ciudad y sus espacios pude ser entendida desde dos puntos de vista, en
primer lugar por los espacios físicamente delimitables, y en segundo por las actividades
que se llevan a cabo en ellos, la gente que los ocupa, los elementos que los contienen o
los contenidos simbólicos que se le atribuyen, ellas son un espacio genérico y dan
cuenta de cómo directamente o indirectamente, se configuran por la construcción
sexuada de una cultura. Es así como pueden distinguirse espacios denominados de
forma permanente como femeninos y otros como masculinos, así como otros aquellos
que a mereced de actuaciones y significados alternativos, pueden considerarse como
espacios de igualdad y que son resultados de cambios significativos.
Ésta autora, representante de la concepción que las mujeres hacen de la ciudad desde
una mirada dinámica y cultural, considera que se debe entender la separación de los
espacios públicos y privados, en sus palabras la misma “sirve para separar, y con
frecuencia va unido a las formas de cómo una sociedad elabora y expresa sus relaciones
de poder, sus conceptos de igualdad y desigualdad”(Teresa del Valle, 1997: 26). Es así
como a partir de su visión dinámica del espacio,explicacómo influye en el orden
sociocultural, los entornos los cuales se componen de formas concretas, edificaciones,
44
caminos, y lugares, que basados en actividades y formas de interacción de la población,
pueden definirse y cambiarse teniendo como presupuesto las relaciones que hombres y
mujeres hagan de su entorno, al respecto expresa:
…se cuestiona la fijación de espacios de representación de los que están
excluidos las mujeres o la asignación de lugares específicos a partir de una
división concreta del trabajo y una adscripción de roles fijos. De ahí que
parezca la necesidad de un nuevo paradigma de la casa, la vecindad, el barrio, la
ciudad, en el que se tenga en cuenta a la mujer como ciudadana con derecho
acceder a los espacios diversos de la urbe. Que su hacer quede incorporado a la
memoria social a través de las representaciones simbólicas del espacio urbano
(Teresa del Valle, 1997: 27).
Otra definición del concepto de ciudad como concepto cultural y complejo, está en la
mirada de “ciudad compartida” realizada por María de los Ángeles Durán (2008), la
cual es opuesta a la ciudad violenta, discriminatoria, desigual y fragmentada. La
“Ciudad Compartida” es el lugar donde todos y todas podemos estar, toda vez que
compartir es distribuir algo en partes, también es participar en algo, y lleva consigo un
deseo de futuro: una ciudad de la que todos seamos partícipes, en sus palabras:
Una ciudad contiene muchas ciudades, cada una con su verdad propia.
Lasciudades no se muestran enteras ni uniformes y cuesta trabajo acceder a lo
queesconden tras sus apariencias obvias. El viaje por los circuitos explícitos se
deslizafácilmente por códigos simples, los que dominan. Pero no son los únicos,
niserán los mismos para siempre. Frente a la lectura estandarizada de la
ciudad(el circuito, la guía oficial, el trayecto turístico), hay otras formas más
trabajosas,pero igualmente verdaderas, de acercarse a ella. Son las
aproximaciones desdela ausencia, la queja y el deseo de cambio, que buscan el
sentido por encima omás allá de los aparentes significados neutrales de las
cosas(María de los Ángeles Durán,2008: 51).
Estos apuntes sobre la concepción de ciudad, desde su construcción cultural compleja
visión que permite entender y comprender las relaciones que se construyen a su interior
45
entre los géneros, sugieren la reformulación de la vida urbana con mayor equidad,
donde la mayoría de los habitantes logren ser felices, solidarios, generando y
redistribuyendo los beneficios de la ciudad para todos y todas, razón por la cual
hombres y mujeres deben de tener el derecho a transformarla, a disfrutarla y soñarla,
todos ellos atributos importantes en la definición del derecho a la ciudad.
Su conceptualización como espacio no neutral, que hace de ella un lugar para la
inseguridad, supone las distinciones entre las necesidades de hombres y mujeres,
convirtiéndose en prioritario condiciones para el “Buen Vivir”, el cual depende del
reconocimiento y goce de los derechos humanos y las satisfacciones de las necesidades
prácticas e intereses estratégicas de sus habitantes, y que para particularmente para las
mujeres se definen como:
Necesidades Prácticas:Demandas que surgen de la vida cotidiana en razón de los roles
que les son asignados, son vinculadas a las condiciones materiales, las cuales son
diversas según la edad y la clase social, entre ellas se encuentran las generadas por la
división sexual del trabajo: cuidado y educación de los hijos, tareas domésticas,
sostenimiento de las redes familiares, intereses estratégicos relacionadas con la
necesidad de modificar ciertas estructuras de poder y privilegio de un género sobre otro.
Ambas confluyentes en las dimensiones de seguridad humana, necesarias a procurar y
garantizar el derecho a la ciudad, al respecto se profundizará en la ruta de análisis de
política presentada en el capítulo III.
2. Mujeres y definición de los derechos.
Dado nuestro propósito de definir el Derecho a la Ciudad, de las mujeres, se presentarán
algunos aspectos críticos de la teoría general del derecho y las características que la
misma ha dado a la definición de los derechos, los cuales son resultado de una
concepción general revelada en la concepción unisex de los derechos humanos, en los
cuales subyace aun el concepto de hombre como sujeto universal que representa y
contiene a los sujetos particulares, dejando a las mujeres sin existencia propia,
considerando irrelevante su distinción para la definición de sus prerrogativas y su
justiciabilidad.
46
La comprensión del derecho como conjunto de instituciones formales que regula la vida
en sociedad, estableciendo contendidos, teorías, conceptos e instituciones, algunos de
ellos anquilosados en el tiempo, otros dinámicos dadas las necesidades del cambio de
las sociedades, han sido objeto de las críticas del feminismo y herramientas de lucha de
las mujeres por alcanzar el lugar que desean tener dentro de la sociedad.
Es por ello que formular respuestas a la pregunta ¿Qué es el derecho a la ciudad, de las
mujeres? hace necesario presentar algunas de estas críticas, formuladas por las teorías
feministas a la teoría jurídica, a sus conceptos e instituciones fundamentales, los cuales
son el centro de la disciplina jurídica y de sus fundamentos científicos y
filosóficosinspiradores de la definición y reconocimiento de los derechos como
postulados universales, generales y abstractos.
Agruparemos estas críticas en aquellas realizadas al pensamiento liberal transformador
de las instituciones jurídicas e inspirador del discurso de los derechos humanos, en los
cuales ubicamos el Derecho a la Ciudad como derecho humano y colectivo en
construcción, vinculado al goce de los otros derechos humanos en las ciudades, y las
realizadas por la influencia de la ideología patriarcal en la definición, identificación y
aplicación del derecho y sus valores masculinizados.
2.1. Críticas al pensamiento liberal transformador de la Teoría General del
Derecho
La teoría social y política del liberalismo siguiendo a Mary G. Dietz (1986) cuenta con
los siguientes rasgos que han justificado el desencadenamiento de las críticas feministas
al discurso liberal, este último determinante para transformar el discurso romano y
canónico de la juridicidad y la consecuente evolución de las instituciones jurídicas, las
cuales convierten al “individuo”, “la persona” y el “ser humano” en el centro del
discurso jurídico.
Entre sus argumentos discursivos, los cuales son criticados por las teóricas feministas
encontramos:
47
1) la noción que los seres humanos son agentes autónomos y racionales, los cuales
tienen necesidades y capacidades que son independientes de su posición social y política
inmediata.2) el principio político por medio del cual toda la sociedad deberá garantizar
la libertad de todos sus miembros.3) la insistencia en los principios de libertad
individual e igualdad humana; y por último 4) la concepción del individuo como
portador de derechos formales.
A partir de estos supuestos, inspiradores del pensamiento político liberal y de su
discurso de los derechos humanos, el feminismo refuta y cuestiona la responsabilidad de
las sociedades en garantizar la libertad de todos sus miembros para la realización de sus
capacidades, y el logro de la igualdad humana.En primer lugar por olvidar que las
necesidades y capacidades de los individuos, hombres y mujeres, no son iguales, sino
que por el contrario, dependen de su situación social y política, siendo ontológicamente
previos a la sociedad. En segundo, por desvalorar el contexto al considerar que las
expectativas de los individuos son independientes de cualquier condición social o
política y del lugar en el cual se encuentre. Y en tercer lugar, por concebirles seres
separados e independientes, portadores de derechos formales, universales y abstractos
(Mary G. Dietz, 1986).
Es así como cuestionando estos planteamientos, la crítica feminista comenzó a dejar al
descubierto la realidad escondida tras la idea de la igualdad de oportunidades,
conductora aun de los hilos del pensamiento y discurso político contemporáneo, el cual
se divide en lareafirmación de la universalidad de los derechos, y en la definición de
nuevos derechos justificados en la orientación sexual, la identidad de género, las
limitaciones físicas, las minorías étnicas, entre otros.
En este sentido, las mujeres partieron de considerar que el axioma de “acceso igual no
basta”, sintiéndose atrapadas por su primacía en una red de conceptos liberales:
derechos, intereses, contratos, individualismo, gobierno representativo, libertad
negativa, entre otras instituciones y conceptos jurídicos hijos del liberalismo, que a
pesar de haber abierto algunos canales del discurso, al mismo tiempo bloquearon otros
como la política, la vivencia de la ciudadanía, y las posibilidades para una buena vida,
que incluyera los valores e intereses feministas, en la definición y reconocimiento de
derechos para sí.
48
En razón de ello, concluyenla teoría feministas del derecho, que la consideración del
individuo como concepto abstracto, destinatario y portador de derechos, está unido a
jerarquías entre lo universal, lo general y lo abstracto, conceptos dominantes en la
definición de los derechos humanos y en la evolución de las instituciones jurídicas, que
en primer lugar, han descartado los conceptos de concreto, particular y diferente, por ser
amenazadores del orden social y de género establecido, y en segundo, han perpetuado
relaciones jerárquicas entre hombres y mujeres, creadoras de brechas de desigualdad
para la subordinación.
Sus postulados, fueron sintetizados en asumir el concepto de hombre como sinónimo de
humanidad, el cual fue inspirador de los Derechos del Hombre del ciudadano y la
posterior Declaración de los Derechos Humanos, controvertida por Olympe de
Gougesen su Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana en el siglo XVIII,
toda vez que las propiedades de generalidad, universalidad y abstracción de las normas
jurídicashan desconocido las identidades y subjetividades, éstas últimas llenas de
significado, en tanto que se redefinen en su particularidad a partir de sus necesidades y
capacidades, imponiendo un “Ser Humano” único, homogéneo y con virtudes
estandarizadas y masculinizadas, que ha permeado la definición y el ejercicio de los
derechos, siendo este discurso el seno donde comienza a ser nombrado los nuevos
derechos colectivos, tal y como lo es el Derecho a la ciudad.
Dadas estas críticas, existen otras visiones sobre la definición, ejercicio y protección de
los derechos humanos, al respecto Chantal Moufle (2001), presenta un planteamiento
igualmente crítico pero diverso, sobre el debate liberal igualdad vs diferencia, que
siguiendo sus palabras, no se derrumba por tener una entidad homogénea “mujer”
enfrentada con otra entidad homogénea “varón”, si no que por el contrario, la
composición de la vida social depende de la multiplicidad de relaciones sociales, en las
cuales se incluye la diferencia sexual, de suerte que se hagan necesario plantear la lucha
contra la subordinación desde formas específicas y diferenciales.
A pesar de que el fin de los postulados liberales al interior de la teoría jurídica fue la
humanización delderecho,a partir del los principios de generalidad como garantía de
imparcialidad del Estado respecto a grupos sociales, igualdad como defensa de los
49
privilegios a grupos determinados, y la abstracción como garantía del orden jurídico por
la certeza y previsibilidad que implicaba para elderecho (Zagrebelsky Gustavo, 1999),
las feministas han opinado que no fue vista con lentes de género, poniéndose de
manifiesto las desigualdades entre hombres y mujeres, ocultas tras el mito de las
oportunidades legales y la universalidad de los derechos, en este sentido consideran que:
Si bien los ideales han demostrado ser eficaces en acabar con las
restricciones que sufrían las mujeres como individuos, la teoría liberal no
proporciona el lenguaje ni los conceptos que puedan ayudarnos a entender
las diversas clases de interdependencia humana que forman parte de la vida
tanto de las familias como de los gobiernos, ni de articular una concepción
feminista de “Buena Vida”. Las feministas se encuentran, pues, en la difícil
posición de tener que recurrir a la retorica cuando se refieren a un estado
que no describe los fines de ellas de manera adecuada y que puede tratar de
debilitar los intentos que ellas hacen para inaugurar nuevas formas de vida
(Shanley citada por Mary G Dietz, 1987:6).
Haciéndose de tal manera necesario, redefinir los valores jurídicos y las
conceptualizaciones realizadas sobre los derechos humanos, exigiendo de ellos nuevas
definiciones, normatividades y esquemas interpretativos que contemplen el género
como categoría política y teórica, la cual siguiendo a Gloria Bonder (1998) permite
comprender el tejido de relaciones de poder social, que involucra tanto a las mujeres y
lo femenino, como a los varones y lo masculino, profundizando y trascendiendo, la
denuncia de la condición discriminada o subordinada de la mujer.
En este sentido, es necesario pensar en nuevos significados y contenidos de los derechos
y de los derechos humanos, proponiendo nuevas interpretaciones y aplicaciones,
resultantes de ubicar en el centro de los planteamientos a las y los sujetos de los
derechos, y destinatarios de las normas, trascendiendo con ello, la categoría normativa y
universal del sujeto portador de derechos fundante del discurso jurídico, que sin realizar
distinciones, considera a los seres humanos como unidades socialesautodeterminadas,
racionales,con sentido moral y de alcance universal, para hablar de sujetos hombres y
mujeres construidos cultural y socialmente, en contextos diversos.
50
2.2. Críticas a la identificación y aplicación del derecho y su relación con el
patriarcado.
El análisis de los postulados liberales inspiradores de la transformación de las
instituciones jurídicas, que definen el sujeto de derechos como ser universal e
invariable, no son las únicas críticas realizadas a la mirada del derecho sobre los
derechos, por ello ubicamos un segundo grupo correspondiente a las interpretaciones
que se han realizado de la teoría jurídica y la forma como ésta define los derechos a
partir de la influencia de la ideología patriarcal, como otro foco de análisis importante
para presentar las definiciones realizadas sobre el Derecho a la Ciudad y sus acepciones
para las mujeres.
Siguiendo a Isabel Cristina Jaramillo (2000) quien analiza el debate teórico sobre el
carácter androcéntrico de la Teoría Jurídica y la definición que ella hace de los
derechos,se consideran como principales aportes del feminismo, en primer lugar la
critica que ha realizado sobre la identificación delderecho como producto de sociedades
patriarcales y producto de los valores masculinos. Y en segundo, la insuficiencia ensu
aplicación y reconocimiento de los derechos e intereses de las mujeres, a pesar de dar
cuenta de avances en su reconocimiento, por parte de instituciones y funcionarios,
quienes son influenciados mayoritariamente por la ideología patriarcal.
El feminismo ha sido crítico del derecho y de sus postulados fundamentales, no
obstante, sus contenidos tambiénhan sido retomados por las mujeres como estandartes y
herramientas estratégicas de defensa de las mujeres. Retomando los planteamientos de
Isabel Cristina Jaramillo (2000) la crítica desde la teoría jurídica, la cual define el
contenido de los derechos, la estructura de las normas, sus medios de aplicación y
coerción para su cumplimiento, ha versado en tres aspectos, los cuales se presentarán
sucintamente:
El primero de ellos son las críticasa los paradigmas generales existentes y sus
postulados de la teoría general del derecho, señalando que el derecho y los derechos con
sus correspondientes corresponsabilidades, ha sido producto de las sociedades
patriarcales y construido desde el punto de vista masculino, por ello refleja y protege los
valores y atiende a sus necesidades e intereses, al respecto considera que:“…cuando el
derecho protege los intereses y necesidades de las mujeres e introduce su punto de
51
vista, en su aplicación por instituciones e individuos moldeados por la ideología
patriarcal, ha desfavorecido a las mujeres” (Isabel Cristina Jaramillo, 2000: 52).
El segundo grupo de críticas son las dirigidas a las instituciones jurídicas, entre las
cuales se destacan las realizadas a las normas jurídicas que excluían a las mujeres como
destinatarias de ciertos derechos, ejemplo de ello fueron las normas que preveían el voto
sólo para hombres, el establecimiento de la potestad marital, las limitaciones de acceso
a la educación superior, la tipificación de los derechos sexuales, las restricciones a la
autonomía del cuerpo femenino, entre otras.
Éstas críticas permitieron que las normas jurídicas fueran transformándose para proveer
formalmente iguales derechos a hombres y a mujeres, y se reconocieran nuevas
situaciones en su beneficio, tal y como ha sido la aplicación de acciones positivas, y el
reconocimientos de losderechos políticos y sociales, hasta proponer un nuevo esquema
de derechos especiales a través de los cuales se reconozca y valore el punto de vista y
las prácticas particulares de las mujeres, propuesta en la cual se asienta construir una
definición del derecho a la ciudad, de las mujeres, que les permita habitar las ciudades y
encontrar en ellas las condiciones necesarias para su seguridad humana y buena vida.
Paralelo a ello han propuesto métodos de análisis jurídicos, aplicables a los
ordenamientos jurídicos internos y a las normas, convenciones, y declaraciones de
carácter internacional donde se han hecho la pregunta por las mujeres y las
consecuencias diferenciadas por género que puedan derivarse de las normas jurídicas
cuando estas son aplicadas.
Así mismo, se ha sugerido la relectura de los textos jurídicos para entender de qué
manera las experiencias de las mujeres han quedado marginadas en las lecturas
tradicionales y como sus experiencias y valores pueden ser incluidas en las nuevas
relecturas, y en las nuevas definiciones de derecho como actualmente ocurre con el
derecho a la ciudad, el cual dadas sus vivencias y necesidades en las ciudades sus
contenidos serán definidos, interpretados y aplicados para que vivan en condiciones de
dignidad escuchando sus voces para la creación y recreación de la ciudad.
52
3. Apuntes previos sobre el derecho a la ciudad necesarios para conceptualizar el
derecho a la ciudad, de las mujeres
El derecho a la ciudad se manifiesta como forma superior de los derechos: el
derecho a la libertad, a la individualización en la socialización, al hábitat y al
habitar. El derecho a la obra (a la actividad participante) y el derecho a la
apropiación (muy diferente del derecho a la propiedad) están imbricados en el
derecho a la ciudad. (El Derecho a la Ciudad, Henri Lefebvre, 1969)
Para acércanos a la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres, asumimos que los
derechos humanos trátese de los fundamentales o de los socioeconómicos y culturales, o
de los derechos colectivos, son social y políticamente producidos, y culturalmente
sostenidos, lo que traduce su carácter socio histórico, haciendo de ellos postulados para
la humanidad, no agotados ni definitivos,sino que por el contrario están en constante
definición. Retomando la definición que de ellos hace Helio Gallardo (2006) quien
establece su fundamento son las luchas sociales necesarias para que sean reconocidos y
aceptados culturalmente, con posibilidades de exigir su efectividad ante tribunales
internacionales.
Es a partir de la identificación de estas luchas sociales, en las cuales inscribimos el
feminismo y la movilización social de las mujeres, como fuerzas modernizadoras, que
se han propuesto el reconocimiento y relectura de los derechos, con el fin de contemplar
la perspectiva de género y el contexto cultural desde el cual son vivenciados. Propuesta
que se cruza con las criticas presentadas sobre la universalidad, la generalización y la
abstracción de los derechos, y que encuentra como punto de conexión,la proposición de
nuevas definiciones, contenidos e interpretaciones a la luz de los sujetos y sujetas,
hombres y mujeres, con realidades e historias diversas.
En este sentido, los planteamientos anteriores son la preludio para presentar el Derecho
a la Ciudad, derecho colectivo en actual definición por movimientos sociales a escala
global y quienes se encuentran luchando por su reconocimiento en instrumentos
internacionales vinculantes para los estados, desde lavisión de las mujeres las cuales
habitan y se apropian de las ciudades de forma diversa a los hombres, y donde su ser
53
mujer, determina, condiciona y limitan las posibilidades de goce, disfrute de la vida
urbana renovada.
En el Capítulo I se presentaron los antecedentes del derecho a la ciudad, los cuales se
encuentran en la obra de Henri Lefebvre (1969) quien lo nombra y comienza a definirle
en los albores de la industrialización.
Frente a este derecho o pseudoderecho, el derecho a la ciudad se anuncia como
llamada, como exigencia. Este derecho, a través de sorprendentes rodeos (la
nostalgia, el turismo, el retorno hacia el corazón de la ciudad tradicional, la
llamada de centralidades existentes o nuevamente elaboradas) camina
lentamente. [Hacia] la reivindicación de la naturaleza, el deseo de gozar de
ella… El derecho a la ciudad no puede considerarse como un simple derecho de
visita o retornohacia las ciudades tradicionales. Sólo puede formularse como
derecho a la vida urbana transformada, renovada(Henri Lefebvre, 1969: 139).
La complejidad de nuestras sociedades, su inmersión en las dinámicas globales “desde
arriba”, y la urgencia de garantizar y transformar su desarrollo humano y social a escala
local, ha hecho que en su médula se comiencen a hilar nuevas situaciones, impensables
en el desarrollo histórico de los derechos, convirtiéndose en prioridad la generación de
nuevos derechos, derechos complejos, dinámicos y flexibles para adaptarse a la
diversidad social.
Los aportes de Lefebvre son releídos y retomados por movimientos sociales y
organizaciones de la sociedad civil, quienes comienzan a promoverlo como un nuevo
derecho humano de carácter colectivo, y proponen en 2003 en el desarrollo del Tercer
Foro Social Mundial realizado en Porto Alegre, Brasilla redacción de la
primera
versión de Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, la cual es complementada en el
Foro Social de las Américas realizado en Quito (Ecuador) en 2004 y el Foro Urbano
Mundial convocado en Barcelona (España) en el mismo año, en los cuales se planteó
como necesidad urgente modificar la realidad urbana mundial mediante la construcción
deciudades justas, humanas, democráticas y sustentables, hasta realizar su formulación
final en el Quinto Foro Social Mundial convocado en Porto Alegre en el año de 2005.
54
En razón de ellos es imperante construir conceptualmente y desarrollar el derecho a la
ciudad, así como complementar los derechos históricamente existentes, integradosen el
ordenamiento jurídico teniendo en cuenta las criticas anteriormente realizadas en el
aparte anterior a su definición y constitución, en este sentido, no será suficiente hablar
del derecho al trabajo, sin que se complemente con el derecho al mínimo vital y móvil,
ni del derecho a la educación en una etapa inicial de la vida,para comenzara hablar del
derecho a la educación continuada, ni del derecho a elegir y ser elegido, sin mecanismos
de participación y control, entre otros.
Dado el apremio de complejizar los derechos como conceptos dinámicos que procuran
el bienestar y la existencia de la humanidad, ha sido significativo como en los últimos
años organismos internacionales, diversos, unos representativos de los estados y otros
de las autoridades locales, así como las organizaciones de la sociedad civil y los
movimientos sociales, han elaborado propuestas, cartas, y declaraciones de derechos,
entre las que podemos citar las referidas al derecho a la ciudad:
El artículo«Por ciudades, villas y poblados justos, democráticos y sustentables» (no
declaración ni carta, pero hito en la condensación de las propuestas de la sociedad
civil) en la Cumbre de la Tierra organizadapor Naciones Unidas en Río de Janeiro,
1992. La Carta Europea de la Mujer en la Ciudad, presentada en la II Conferencia de
Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos, (Hábitat II) en Estambul en 1996.Las
resoluciones de la Asamblea Mundial de Pobladores, en Ciudad de México, 2000. La
Carta por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad, II Foro Urbano Mundial, Barcelona,
2004. La Carta Europea de Salvaguarda los Derechos Humanos en la Ciudad, la cual
fuepresentada en Saint-Denis, Francia 2000. Las Declaraciones del Foro Mundial de
Autoridades Locales, en el Marco de los Foros Sociales Mundiales, desde 2002 hasta
2009, y del Foro Mundial Urbano – Barcelona, Octubre de 2004. La Carta de
Derechos Humanos en la Ciudad en Brasil, antecedente civil del Estatuto de la Ciudad,
2001. Y la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, primera versión Porto Alegre,
Brasil, 2003. Segunda versión. V Foro Social Mundial, Porto Alegre Brasil, 2005.
(Elaboración Propia. Fuente Libro El Derecho a la Ciudad en el Mundo).
Dichas propuestas, cartas y declaraciones constituyen un patrimonio de gran valor para
visibilizar el derecho a la ciudad y reformular derechosciudadanos correspondientes a
55
nuestra época donde se tenga como centro de su contenido a sus sujetos destinatarios,
sin embargo, aun su carácter y eficacia inmediata es muy limitada.
3.1Carta Mundial del Derecho a la Ciudad: principios y contenido
La Carta Mundial del Derecho a la Ciudad se origina debido al crecimiento de la vida
urbana y los modos de vida que en ella se construyen, y que son influyentes en el modo
como establecemos vínculos hombres y mujeres en las ciudades, las cuales son el centro
donde vive la mitad de la población mundial y donde se desarrollan diversos modelos de
desarrollo que determinan las condiciones materiales y sociales de existencia.
Según su preámbulo los modelos de desarrollo en los países periféricos y empobrecidos
han generado entre otras consecuencias, la concentración de la renta y del poder, la
depredación del ambiente, la aceleración de los procesos migratorios, la segregación
social y espacial, y la privatización de los bienes comunes y del espacio público.
Estas situaciones han generado la proliferación de grandes áreas urbanas en condiciones
de pobreza, precariedad y vulnerabilidad, poniendo en riesgo la seguridad humana de
hombres y mujeres, y en especial de estas últimas en las ciudades, al limitárseles sus
medios de supervivencia para la vida, es decir, seguridad económica, seguridad
alimentaria, seguridad en salud, seguridad medioambiental, seguridad económica,
seguridad personal, y seguridad política, todas ellas necesarias para vivir en condiciones
de dignas y de seguridad humana, enfoque desde el cual se especifican los alcances de
su de derecho a la ciudad.
En este contexto, la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad, ha sido el resultado de
constantes procesos y reivindicaciones de los movimientos sociales y las organizaciones
no gubernamentales a nivel mundial, y especialmente Latinoamericanas, quienes desde
la década del 80, interesados en darle plena vigencia y efectividad a este nuevo derecho
humano mediante su promoción, reconocimiento legal, implementación, regulación y
puesta en práctica, comenzaron a proclamar la urgencia de asignar el rol que las
ciudades debían de jugar como lugar donde se garantizará a todos los habitantes el
56
disfrute colectivo de las riquezas, la cultura, los bienes y el conocimiento que de ella
hacen parte.
Dirigidos a alcanzar este propósito, el Derecho a la Ciudad, fue definido en el artículo
primero de la Carta como un derecho colectivo, que incluye el usufructo equitativo de
las ciudadespor parte de sus habitantesdentro de los principios de sustentabilidad,
democracia, equidad y justiciasocial, y confiere legitimidad a la acción y organización
de los grupos vulnerables que buscan alcanzarel pleno ejercicio del derecho a la libre
autodeterminación y un nivel de vidaadecuado al interior de las ciudades:
Todas las personas tienen Derecho a la Ciudad sin discriminaciones de género,
edad, condiciones de salud, ingresos, nacionalidad, etnia, condición migratoria,
orientación política, religiosa o sexual, así como a preservar la memoria y la
identidad cultural en conformidad con los principios y normas que se establecen
en esta Carta (Artículo 1, Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad 2005).
En este orden de ideas, se considera la ciudad como un espacio colectivo, culturalmente
rico que pertenece a todos sus habitantes, quienes tienen el deber de respetar a las
minorías, la pluralidad étnica, racial, sexual y cultural, deberes en los cuales incluimos
el respeto a la diversidad de géneros y diversidad de opción sexual, de todos aquellos
que están en la ciudad de forma permanente o transitoria.
En este sentido, el Derecho a la Ciudad por sí solo no existe, ni significa lo mismo para
hombres y mujeres,sino que es interdependiente con todos los otros derechos humanos
existentes, derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales,
reglamentados y con fuerza de normativa vinculante y preferente en todos los
ordenamientos jurídicos del mundo. Su naturaleza de macro derecho, es decir, que
contiene y realiza el ejercicio de otros derechos, incluye:
el derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias; el derecho de
libertad de reunión y asociación; el derecho a ejercer plenamente la ciudadanía
a partir de la participación en la planeación, construcción y gestión de la
ciudad; el desarrollo socialmente consciente del hábitat, es decir el goce de la
57
salud pública, el agua potable, la energía eléctrica, el transporte público; el
derecho a contar con servicios sociales como alimentación y vestido; el derecho
a la vivienda adecuada y digna; el derecho a la educación pública de calidad y
a la cultura; el derecho a la información; el derecho a la participación
ciudadana; el derecho a la convivencia pacífica; el derecho al acceso a la
justicia para resolución de los conflictos y el acceso a la justicia y la protección
de los intereses de los ciudadanos; el derecho a la libre expresión; el derecho a
un medio ambiente sano, al disfrute y preservación de los recursos naturales; y
el derecho a la herencia histórica y cultural de la ciudad.
Estos derechos dan cuenta de su carácter complejo, no refiriéndose a la ciudad como
hoy la conocemossino a la que soñamos y deseamos construir, en sus dos acepciones la
primera de ella referida a su carácter físico, es decir la ciudad como metrópoli, urbe,
villa, o poblado “que está organizando institucionalmente como unidad local de
gobierno”, y la segunda la ciudad como espacio político conformada por el conjunto de
instituciones y actores que intervienen en su gestión, en los que se encuentran las
autoridades gubernamentales, los cuerpos legislativo y judicial, y las organizaciones y
movimientos sociales.
A esta posición adicionamos la presentada a lo largo de este capítulo que considera la
ciudad como una construcción social compleja y producto cultural, en la cual se tejen
las relaciones de género, por elloconsideramos apremiante incluir el enfoque de género
en todos los aspectos que el derecho a la ciudad considera, y que tiene que ver con su
planeación, producción, uso y consumo, gestión gubernamental, participación
ciudadana.
Igualmente se sugiere complementar en su conceptualización las diversas relaciones
sociales, de convivencia, condiciones de seguridad ciudadana, y manejo de los espacios
públicos, que realizan hombres y mujeres en la ciudad, necesario para proteger, mejorar
y dar sentido social al patrimonio ambiental, cultural y construido en la ciudad, hasta
lograr de forma completa la efectividad de los derechos humanos en su interior.
58
La definición del derecho a la ciudad parte de la definición de principios y fundamentos
estratégicos, los cuales son el centro de su contenido, y que requieren ser repensados
desde el rol que cumplen y se espera que cumplan las mujeres en la ciudad, estos son:
El ejercicio pleno de la ciudadanía y gestión democrática de la ciudadde todas las
personas, hombres y mujeres deben de encontrar en las ciudades condiciones necesarias
para su realización política, económica, cultural, social y ecológica, a partir la
elaboración de sus políticas públicas, a través de participación directa o a través de sus
representantes.
Función social de la ciudad y de la propiedad urbana, que incluyelos bienes que de
ella hacen parte garantizando a todos sus habitantes el usufructo pleno de los recursos
que ella ofrece, concretándose en: 1) la formulación e implementación de las políticas
públicas de interés social y cultural colectivo; 2) la participación en la realización de
proyectos e inversiones en beneficio de la comunidad urbana; 3) el uso de los bienes
públicos y privados de la ciudad en razón del interés social, cultural y ambiental; el
acceso a la propiedad del territorio; y el goce de condiciones de seguridad urbana.
Igualdad de oportunidades y no discriminación dehombres y mujeres para que
habiten la ciudad de forma permanente o transitoria, principio que profundizaremos en
el apartado siguiente sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres.
Protección especial de grupos y personas en situación de vulnerabilidadtales como
pobreza, amenazadas por desastres naturales, víctimas de la violencia, discapacitados,
migrantes forzados y refugiados, por encontrarse en situación de desventaja respecto al
resto de habitantes de la ciudad, y objeto prioritario de atención las personas mayores,
los niños/as , y las mujeres en especial las jefas de hogar.
Compromiso social del sector privado e impulso de la economía solidaria y
políticas impositivas progresivas, promoviendo que los agentes del sector privado
participen en programas sociales con el propósito de desarrollar la solidaridad y la
igualdad plena entre los habitantes de la ciudad, necesarias para garantizar una justa
distribución de los recursos.
59
La concertación en estos fundamentos axiológicos del derecho a la ciudad, amplía la
mirada del enfoque tradicional que sobre la calidad de vida de las personas en las
ciudades se ha tenido, el cual en palabras de Leticia Márquez Osorio (2005) se centró en
las condiciones de la vivienda y el barrio, sin abarcar la calidad de vida a escala de
ciudad y las diferentes formas de apropiación que de ella hacen hombres y mujeres. Por
el contrario, ésta visión implica, tal y como se establece en el preámbulo de la Carta,
una nueva manera de entender la calidad de vida en la ciudad, que incluye además de lo
anterior:
1) La justa distribución de los beneficios y responsabilidades resultantes del proceso de
urbanización; 2) El cumplimiento de la función social de la ciudad y de la propiedad; 3)
La distribución de la renta urbana;4) La democratización del acceso a la tierra y a los
servicios públicos para todos los ciudadanos, especialmente aquellos con menos
recursos económicos y en situación de vulnerabilidad, todos ellos necesarios para
construir un modelo sustentable de sociedad y vida urbana.
3.1 Facetas y elementos del Derecho a la Ciudad
Retomando los estudios y análisis realizados sobre el derecho a la ciudad encontramos
el realizado por Lucas Correa(2009) quien propone como línea analítica del estudio del
derecho a la ciudad hacer claridad sobre su objeto, contenido, naturaleza y objeto al
interior de la clasificación internacional de los derechos humanos, dividendo para ello el
derecho a la ciudad en las siguientes facetas: 1)El usufructo equitativo de los bienesy
oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes;2) El mandato de
construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad; 3)El goce efectivo de
los derechos humanos en los contextos urbanos.
La primera faceta, el usufructo equitativo de los bienes, y oportunidades que la
ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, convierte a la ciudad en el lugar de las
oportunidades y goce de los derechos, donde hombres y mujeres puedan disfrutar
plenamente de la vida urbana renovada propuesta por Lefebvre, convirtiéndose en un
lugar para la realización y desarrollo humano, y no en un lugar de penurias y carencias.
60
Este usufructo equitativo de la ciudad, conforme a los planteamientos de Jordi Borja
prestados por Lucas Correa
implica el disfrute de su espacio físico urbano y los
derechos a permanecer en ella, a movilizarse, a disfrutar de la centralidad accesible, del
entorno bello, del espacio público significante, en el cual sea posible sentirse seguro y
se disfruten de relaciones fundadas en la convivencia pacífica. Implica la posibilidad
individual de definir a su interior su proyecto de vida libremente, y el derecho a no vivir
alejado, ni en espacios invisibles y sin cualidad, además de la oportunidad de participar
e incidir en los ámbitos reales de decisión y gestión.
La segunda faceta, el mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos
de ciudad, consiste en tener poder real deagenciamientoe incidencia en el manejo de los
asuntos de la ciudad, es decir, poder ser parte de los procesos de discusión y acción de
la ciudad. Su realización incluye la participación activa, la cual no consiste
exclusivamente, en incluir y tomar encuenta a las comunidades en los procesos de
discusión, gestión e implementación de los asuntos de ciudad, sino que la impone como
corresponsabilidad de los ciudadanos/as, colectividades y organizaciones sociales tomar
parte activa de los asuntos que en ella se desarrollan, aportando a su construcción
mutua y colectiva.
Finalmente, La tercera faceta comprende el goce efectivo de los derechos humanos en
los contextos urbanos,siendo ella una apuesta por la realización armónica de los
derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y colectivos de las
personas y grupos residentes en la ciudad, que se materializa en circular libremente y
sin peligro, tener derecho a los servicios sociales, contar con una vivienda digna,
espacios de ocio y recreación, un trabajo digno, educación, entre otros.
En cada una de estas facetas se sintetiza a groso modo, la naturaleza compleja del
derecho a la ciudad, el cual involucra dimensiones políticas, sociales, económicas y
culturales, que parten de la noción de ciudad como una realidad socio cultural compleja
que se produce, crea, y transforma, y que debe ofrecer a sus habitantes espacios sociales
con oportunidades iguales de vivir con dignidad, independiente de las características
sociales, culturales, étnicas, de género y edad.
61
Las tres fases del derecho a la ciudad retoman la esencia de los contenidos del derecho
a la ciudad expresados en la Carta Mundial, los cuales son relativos a los siguientes
derechos: ejercicio de la ciudadanía y a la participación en la planificación, producción
y gestión de la ciudad; producción social del hábitat; desarrollo urbano equitativo y
sustentable; información pública; manifestación y uso democrático del espacio público;
acceso a la justicia; seguridad pública y convivencia pacífica, solidaria y multicultural;
agua y acceso al suministro de los servicios públicos domiciliarios; transporte público y
la movilidad urbana; vivienda; trabajo; y al derecho a un ambiente sano y sostenible;
entre otros que se asocien a la vivencia de lo urbano como garantía para el disfrute de
hombres y mujeres de contextos urbanos renovados.
El cumplimiento de sus contenidos, hará posible que las personas que viven en las
ciudades, hombres y mujeres, disfruten de ciudades justas, libres de todo tipo de
discriminación de género, edad, raza, condiciones de salud, ingreso, nacionalidad, etnia,
condición migratoria, orientación política, religiosa o sexual, siendo las prácticas
discriminatorias a su interior, constitutivas de su desconocimiento y violación.
4. El derecho a la ciudad, de las mujeres: declaraciones internacionales su y
contenido
Es una Carta abierta a futuras y nuevas propuestas. Este es el camino construido
por las organizaciones de mujeres y feministas en el mundo para alcanzar
Muchos de los derechos que estuvimos históricamente excluidas
(Carta por el Derecho de las mujeres de la ciudad, 2004)
Dadas las anteriores reflexiones sobre el concepto de ciudad como escenario complejo,
no neutral, donde se construyen y reconstruyen un determinado sistema de género, y las
conceptualizaciones recientes del derecho a la ciudad, relacionadas con el ejercicio
pleno de la ciudadanía, la función social de la ciudad y la propiedad urbana, y la
participación en la gestión democrática de la ciudad, promovidas por movimientos
sociales urbanos, realizaremos nuestra propuesta de definición del derecho a la ciudad,
de las mujeres, concepto central del desarrollo de la investigación que permitirá analizar
como las mujeres de la ciudad de Cartagena lo comprenden, viven y disfruta, y las
62
conciencia que del tienen las autoridades locales para desarrollarlo y protegerlo a partir
de sus decisiones político-administrativas.
Retomaremos las reflexiones académicas de las mujeres, así como la normativa
internacionaly las declaraciones de sus derechos para dar respuesta, de manera concreta,
a la pregunta ¿Qué significa el derecho a la ciudad para las mujeres?,¿Viven las
mujeres la ciudad de forma diferente?, ¿Ha cambiado la forma en que ellas habitan la
ciudad?definiciónque propondremos desde el enfoque de las realidades, posibilidades y
necesidades de los sujetos de derechos, indispensable para que las mujeres disfruten de
una “Buena vida” en las ciudadesy encuentren en ellas las condiciones necesarias para
su seguridad humana.
Durante los últimos 50 años, la vida cotidiana de las mujeres en las ciudades ha
experimentado cambios, entre los cuales se encuentra su incorporación al mundo laboral
remunerado, alternando la vida doméstica y del hogar, y permitiéndoles su exploración
progresiva en la vida pública generando diversas transformaciones económicas,
culturales y políticas, entre las que se destaca las doble o triple jornada de trabajo
(remunerado, doméstico y comunitario); el acceso a la educación superior, la
participación en cargos de elección popular, la defensa de sus derechos sexuales y
reproductivos; la feminización de la vejez y el retraso progresivo y una reducción
significativa de la nupcialidad y la maternidad; el incremento de los hogares
unipersonales y monoparentales que tienen como referencia a la mujer; la inmigración
de estas a otros países, entre otros.
Todos estosdan cuentacomo las ciudades no son habitadas por ciudadanos homogéneos,
sino que son complejas y dinámicas, que han ido creciendo reflejándose en ellas un
amplio abanico de intereses económicos, sociales y políticos, así como de necesidades
diferenciadas entre sus habitantes, hombres, mujeres, ancianos y ancianas, jóvenes,
ancianos y ancianas, entre otros, en palabras de Shelley Buckingham:
Naturalmente, no existe un prototipo humano homogéneo singular que pueda
servir de base para definir cuáles son las necesidades de la gente y, a su vez,
cómo deben satisfacerse a través de la articulación de sus respectivos derechos.
El proceso de definir la particular necesidad humana de tener un nivel de vida
63
adecuado debe considerar una multitud de identidades diferentes y cruzadas que
habitan en un contexto particular, y cómo su identidad social moldea las
formasen que viven y crean el entorno (Shelley Buckingham, 2010: 61).
En dicho orden de ideas, el género es entre tantas, una sola categoría que diferencia en
la identidad pero que afecta a todas las personas del planeta, aunque de manera distinta.
Es producto de las funciones y roles construidos por la sociedad, la misma que crea,
usan, y habita las ciudades, y los cuales se traducen en desigualdades,resultado de las
relaciones de poder patriarcal.
En coherencia con el planteamiento (Shelley Buckingham, 2010) consideramos que las
personas no son neutrales, sino que, son construidas socialmente a través de categorías
de género a la cual incluimos también las categorías de raza y clase, que hacen que los
espacios productos sociales no neutrales, y expresión de los diferentes actores, hombres
y mujeres, de acuerdo a las funciones que la sociedad le otorgue en la creación de la
vida diaria.
Lo anterior es el fundamento para entender las particularidades del derecho a la ciudad,
de las mujeres, pues serán sus experiencias diarias en las ciudades el resultado directo
de las interpretaciones sociales de género y espacio. Resultando de esta manera
imprescindible que, todo debate acerca de los derechos humanos, y en este caso el
derecho colectivo a la ciudad, incorpore un análisis de género para examinar a fondo las
desigualdades que existen,identificando y satisfaciendo cada una de sus facetas1)
usufructo equitativo de los bienes, y oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a
sus habitantes; 2) mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de
ciudad; y 3) goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos conforme
a sus particularidades, historias y contextos.
En este sentido, es importante entender como la consagración de los derechosde las
mujeres en los instrumentos internacionales y su consideración como derechos
humanos ha sido un avance en modificar las condiciones de universalidad de los
derechosy un resultado en la toma de conciencia de la situación de las mujeres en el
mundo. Es así como el decreto de la década internacional de la mujer por parte de la
Organización de las Naciones Unidas entre 1975 y 1985 reviste gran importancia
64
simbólica y un hito en el reconocimiento jurídico, y adecuación de los derechos de las
mujeres conforme a sus condiciones sociales, políticas e históricas. Según Florence
Thomas (2006) fue la manera de recordarle a un mundo aún tan masculino, que las
mujeres representan más de la mitad de la humanidad, y que sus aportes al desarrollo
aunson desconocidos e invisibles en la mayoría de los índices y estadísticas de los
estados.
Desde este pronunciamiento de laOrganización de las Naciones Unidas, se recomienda
integrar formalmente a las mujeres al desarrollo, y en particular al desarrollo de las
ciudades, prestando mayor atención a sus condiciones de vulnerabilidad y
reconociéndoles como una población visible en cuanto población especifica con
necesidades particulares.
Entre los hitos en la especificidad de los derechos de las mujeres, los cuales son los
antecedentes de su derecho a la ciudad, y que por práctica jurídica, éste debe no sólo
contenerles sino ser coherente con cada uno de sus postulados, encontramos los
siguientes referentes normativos:
Las Conferencias Internacionales sobre la Mujer han tenido lugar en México (1975), en
Copenhague (1980), en Nairobi (1985), en Beijing (1995) y en Nueva York (2000 y
2005); la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer en 1979; la Cumbre Mundial de la Tierra, Rio de Janeiro, 1992; La
Conferencia Internacional de Derechos Humanos, Viena 1993; La Conferencia
Internacional de Población y Desarrollo, el Cairo 1994; La Cumbre Mundial de la
Alimentación, Roma 1996; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar Y
Erradicar La Violencia Contra La Mujer "Convención De Belem Do Para" Brasil 1994.
De esta manera, su garantía y cumplimiento por parte de los Estados inspiró las
discusiones sobre el derecho a la ciudad de las mujeres, quienes antes de que existiera la
Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad proponen los siguientes documentos: La
Carta Europea de la Mujer en la Ciudad, Bruselas 1995 y la Carta por el Derecho de las
Mujeres en la Ciudad
65
La primera de ellas, la declaración del Derecho a la Ciudad, de las Mujeres: Carta
Europea de la Mujer en la Ciudad, ha sido un documento de buenas prácticas de las
Organización de las Naciones Unidas (ONU)concebida por las organizaciones de
mujeres en Europa fundada en el proyecto de investigación “La Ciudad, la Ciudadanía
y el Género” en la cual se identificó como aspectos prioritarios para la vida de las
mujeres en la ciudad: su participación en la planeación urbana y desarrollo sostenible, el
ofrecerles condiciones de su seguridad y movilidad, y proveerles equipamientos locales
y viviendas adecuadas, todos ellos contenidos iníciales para el disfrute de su derecho a
la ciudad, al respecto señala “Debemos admitir el factor género en la ciudad como la
fuente de una nueva cultura compartida, y debemos participar en la definición de una
nueva filosofía del ordenamiento territorial (Carta Europea de la Mujer en la Ciudad,
1996)
Con estos propósitos, las organizaciones declarantes de la Carta Europea en 1995
formularon esta propuesta por considerar a las ciudades lugares donde se han
perpetuado las discriminaciones entre hombres y mujeres, y que por diversas
condiciones históricas y socio culturales aún persistían, determinado de manera
definitiva los mecanismos de creación y gestión de las ciudades, además del
ordenamiento de los espacios urbanos.
De acuerdo a estaCarta, la cual no nombra directamente el derecho a la ciudad, de las
mujeres, pero establece sus contenidos generales,considera que en las ciudades se debe
garantizar el goce pleno de sus derechos humanos, implicando así la garantía de un
medio ambiente sano, posibilidades para el acceso al empleo,proximidad y calidad de
los servicios comunitarios, que facilitan las actividades de la economía del
cuidado,además de el acceso y participación en los centros de decisiones, la oferta de la
cultura y las actividades de ocio, y finalmente el disfrute de ciudades seguras.
Conforme a la explicación realizada sobre cada una de las facetas del derecho ciudad a
partir del análisis realizado a la Carta Mundial en el 2004, la cual nombró el derecho a
la ciudad, encontramos que la Carta Europea a pesar de no nombrarlo, incluye una
visión inicial de lo que se debe entender por el derecho a la ciudad, de las mujeres, con
el desarrollo y garantía de las garantía de las siguientes facetas:mandato de construcción
66
colectiva y participativa de los asuntos de ciudad, y goce efectivo de los derechos
humanos en los contextos urbanos, recogidas en los siguientes doce puntos:
La Igualdad de Oportunidades, las mujeres en la ciudaddeben de contar con iguales
oportunidades en los escenarios, educativos, formativos y decisión sobre el
ordenamiento territorial, el espacio urbano, la vivienda, la movilidad y la seguridad,
promoviéndose en ellos la toma de decisiones que favorezcan la aparición de nuevas
relaciones de solidaridad. Para ello, será condición sine qua non,la ciudadanía activa
yplena de las mujeres, eliminando para el goce del derecho a la ciudad, los obstáculos
que limitan el acceso de las mujeres a la vida pública, siendo su corresponsabilidad
participar en todas las instancias de representacióndonde se toman las decisiones
políticas y económicas que forjan la ciudad, en especial de aquellos relativos a los temas
de empleo, vivienda, coexistencia social, valores culturales y calidad del medio
ambiente.
En este mismo sentido, el derecho a la ciudad, de las mujeres, incluye el establecimiento
de formas de gobierno democrático y paritarioy su efectivaparticipación en todos los
niveles de decisión sobre temáticas como: ordenamiento del territorio, espacio urbano,
vivienda, transporte y medio ambiente, donde puedan exponer sus argumentos, los
cuales no han sido escuchados en la evolución de las ciudades, convirtiendo así en
prioridad política, sus necesidades cotidianas en el proyecto urbano, el cual tiene como
gran desafíola renovación democrática, a partir de procesos que supongan una mayor
participación de las mujeres en la toma de decisiones.
De otro lado consideran indispensable que las mujeres gocen de condiciones de
seguridad y movilidad, con posibilidades de acceder a los medios de transporte y
desplazarse libremente y con toda seguridad en horas diurnas y nocturnas, evitando el
riesgo de aislamiento y ser blanco de agresiones y víctimas de la violencia,en este
sentido, la ciudad debe permitir el desarrollo de lavida cotidiana de las mujeres donde
puedan satisfacer sus necesidades, y disfrutar de sus entornos de vida, mientras disfrutan
del desarrollo duradero, el cual incluye disfrutar de una ciudad con calidad medio
ambientaly un entorno de vida apropiados, que tenga en cuenta sus necesidades, y la
proximidad de los servicios sociales que hacen más llevaderas las obligaciones, que aun
en la mayoría de los casos asumen las mujeres.
67
Finalmente, sugiere la Carta la inclusión del factor género en la planeación,
organización y gestión de la ciudad, el cual debe influir en la definición de una nueva
filosofía del ordenamiento territorial, quefacilite nuevas alternativas para la planeación
urbana, contemplando para su inclusión la educación y la experimentación local,
apoyada en la realizacióndeinvestigaciones y peritajes que determinen en qué medida
han sido discriminadas las mujeres en los programas y políticas públicas y en la
modificación de los mismos conforme a nuevas estrategias de gestión políticoadministrativas. De igual modo, analiza la función de los medios de comunicación,
con el fin de que en las ciudades no se difunda mensajes con estereotipos de género, y
sean usados para divulgar globalmente esta carta.
Esta declaración inicial da cuenta como las diferencias de género llevan a modos
diferentes de vivir la ciudad, y de entender cómo a su interior, hechos como la pobreza y
la desigualdad afecta de manera diferencial a hombres y mujeres. Su redacción es la
primera respuestas que nos conduce a una mirada diferencial del derecho a la ciudad
alejándonos de la mirada universalista y general de los derechos humanos, hasta
convertirlo en una estrategia jurídica y política para diezmar, en primer lugar, las
manifestaciones de injusticia distributiva consistente en las posibilidades de acceso a los
recursos, bienes y servicios que la ciudad ofrece y a los cuales todas las franjas de
población urbana no acceden de igual manera,y en segundo lugar, para disminuir la
injusticia institucional que limita el potencial de las y los ciudadanos para participar en
las decisiones sobre sus propios derechos, intereses y necesidades.
Posterior a la Carta Europea redes de mujeres en América Latina propone la Carta por el
Derecho de las Mujeres a la Ciudad, 2004 presentada en el II Foro Urbano Mundial de
Barcelona, en la cual incluye los temas de preocupación mundial desde la visión de las
mujeres, y a partir de la cual se proponen el desafío de habitar en ciudades equitativas y
democráticas “Tenemos derecho a exigir igualdad cuando la desigualdad nos
inferioriza, pero tenemos el derecho de reivindicar las diferencias cuando la igualdad
nos descaracteriza, nos oculta o nos desconoce”(Declaración Redes Feministas de A.
Latina y el Caribe CEPAL, México, 2004).
Su formulación nace de la identificación de los siguientes problemas de las dinámicas
urbanas a nivel mundial y situado en los contextos locales.
68
1. El acelerado proceso de urbanización de las ciudades como principales
asentamientos humanos.
2. La concentración de la riqueza y la generalización de la pobreza como
condición de vida de muchas mujeres en el mundo.
3. La división de las ciudades y ciudadanos según su ubicación en el mundo,
siendo las ciudades del tercer mundo lugares para ciudadanas y ciudadanos
excluidos, carentes en muchas de ellas, de los derechos sociales y económicos
básicos.
4. La implementación del modelo neoliberal y su impacto en la vida de las
mujeres, el cual las considera mano de obra barata para el funcionamiento de
la economía global, y quienes han asumido el costo social de la privatización de
los servicios públicos, estos últimos responsabilidad de los Estados y que
benefician directamente la vida de las mujeres.
Tendientes a superar estos problemas, los contenidos de la Carta del Derecho a la
Ciudad de las Mujeres del 2004, aportan a una nueva interpretación del mundo y de la
sociedad, cuestionando la subordinación de las mujeres como sustento de las relaciones
sociales, definiendo nuevos derechos y contenidos a sus vidas como son la democracia,
la ciudadanía y la participación. Realiza una definición explícita del derecho a la ciudad,
de las mujeres y formula alternativas para el logro de sus derechos interdependientes,
tales como el derecho a la educación, salud, trabajo remunerado, participación política,
decidir sobre sus cuerpos, y el acceso a los bienes y servicios de la ciudad.
De esta manera el derecho a la ciudad, de las mujeres comienza a inspirar sus
contenidos en los siguientes principios realizables, incidencia en la gestión
democrática en la ciudad, el cual se alcanza con el protagonismo de las mujeres en la
participación en el poder local para la planificación urbana y territorial y el ejercicio de
su ciudadanía activa para el control ciudadano en las inversiones y el gasto público, y la
sustentabilidad de las ciudades, beneficiándose ellas del acceso a los servicios
públicos urbanos, agua potable, contextos seguros y con posibilidades de movilidad. Y
goce de un medio ambiente sano, y acceso a la tenencia segura de la vivienda por las
mujeres
69
Esta Carta y la definición de sus principios, es un hecho de gran relevancia porque
permite colocar en la agenda social y de los gobiernos, los temas de preocupación de la
comunidad mundial desde la visión de las mujeres, no obstante, las brechas entre sus
enunciados y el cumplimiento de los mismos aun son relevantes, en primer lugar porque
aun los mecanismos para efectivizarlos son débiles, y en segundo porque la asignación
de recursos técnicos y económicos para llevarlos adelante y monitorear su cumplimiento
son escasos.
5. Definición del derecho a la ciudad, de las mujeres: facetas, enfoque y
contendidos
El derecho a la ciudad es interligado e interdependiente a todos los
derechos humanos internacionalmente reconocidos, concebidos
integralmente. Luego, incluye el derecho a la tierra, a los medios de
subsistencia, al trabajo, a la salud, educación, cultura, habitación,
protección social, seguridad, medio ambiente sano, saneamiento,
transporte público, entretenimiento e información
(Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad Suscripta por distintas
organizaciones y movimientos sociales.FSM, Porto Alegre 2002).
La definición del derecho a la ciudad, de las mujeres que sea complementario y
analítico de lo establecido por las Cartas Internacionales que lo contienen, implica la
teorización de las tres facetas propuestas a partir de las particularidades de las mujeres,
asumiendo las críticas de la teoría feminista a la definición de los derechos y
abandonando el discurso liberal de los derechos humanos, convirtiendo en alternativa la
des -universalización, des-abstracción, y des-generalización de los derechos humanos.
La CartaMundial por el Derecho a la Ciudad, de las mujeres suscrita por distintas
organizaciones y movimientos sociales considera limitantes a la primera faceta de la
definición del derecho a la ciudad, usufructo equitativo de los bienes y oportunidades
que la ciudad tiene para ofrecera sus habitantes lassiguientes:
70
1. La consideración en las políticas urbanas y habitacionales de un concepto
limitado de vivienda, que no considera la relación de ésta con el empleo, los
servicios públicos, las redes de infraestructura, la calidad ambiental, que
influencian directamente la vida de las mujeres al ser las principales
responsables de la economía del cuidado.
2. Las medidas de privatización del agua excluye del acceso al servicio a quienes
no puedan pagarla, poniendo en peligro la vida y la salud de la población.
3. Las limitaciones en el acceso, propiedad y tenencia de la vivienda por parte de
las mujeres, en especial de aquellas de sectores empobrecidos, solas con hijos,
desplazadas por conflictos armados ó por desastres naturales. Así mismo sufren
limitaciones y discriminaciones para el acceso a la tenencia segura a la
vivienda, y no cumplen fácilmente con los criterios de elegibilidad para el
acceso a la vivienda subsidiada o subvencionada.
4. La habitación en asentamientos informales sin servicios de saneamiento básico,
en zonas de riesgo ambiental, y la construcción de viviendas con materiales
inadecuados y peligrosos para la salud humana.
La precisión de dichas limitaciones implica que el beneficio y uso de los bienes y
posibilidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, en especial a las mujeres,
los cuales deben de estar dirigidos a su sustentabilidad, con conciencia de los roles y
papeles que ellas cumplen a diario en la ciudad tales como: las condiciones de la
economía del cuidado, responsabilidad en las actividades domésticas, e intermediación
de las necesidades familiares, las cuales hace de ellas las principales usuarias de estos
servicios y equipamientos urbanos, así como las nuevos bienes y oportunidades que
comienzan a requerir a partir de las modificaciones que sus vidas cotidianas producto de
las nuevas interacciones urbanas que se desarrollan entre la tensión exclusión-inclusión.
Igualmente la incidencia de las mujeres en el mandato deconstrucción colectiva y
participativa de los asuntos de ciudad, significa que las mujeres tengan poder de
participación influyente en la gestión democrática de la ciudad, en las decisiones sobre
su planificación urbana y territorial, en el control sobre el gasto público, superando las
siguientes barreras que las alejan del derecho de participar para crear y recrear la
ciudad:
71
1. La inequidad en el porcentaje de participación de las mujeres en los máximos
cargos ejecutivos y de decisión política en los gobiernos de las ciudades.
2. La baja corresponsabilidad de los hombres en el ámbito reproductivo.
3. La debilidad operativa y presupuestal ó inexistencia de las institucionalidades
de género en las ciudades.
4. La naturalización del trabajo doméstico y privado asignado históricamente a
las mujeres, y la realización del trabajo no remunerado y voluntario,
particularmente en los sectores más empobrecidos de las ciudades, por las
mujeres.
5. La ausencia de políticas públicas especificas para las mujeres.
6. La reducción y privatización de los servicios sociales y servicios públicos, y el
cumplimiento de estos por las mujeres como extensión de su trabajo no
remunerado.
7. La ausencia de las mujeres en las decisiones vinculadas a la planificación
territorial y urbana, y al entorno físico donde viven, trabajan y sueñan.
8. La neutralidad de los presupuestos públicos respecto al género, negando la
existencia de diferencias sociales, culturales y de sexo, desconociendo por lo
tanto las necesidades y requerimientos de las mujeres, y sus aportes económicos
a través del trabajo no remunerado en el ámbito privado y comunitario.
Tener mandato deconstrucción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad,
representa a las mujeres su participación a través de los mecanismos tradicionales de la
democracia representativa y de los no tradicionales como son: la movilización social, la
resistencia pacífica y la confluencia de fuerzas sociales, para incidir en el poder local y
en los espacios de decisión, presentando y exigiendo la satisfacción diferencial de sus
necesidades prácticas e interés estratégicos, tendiente alcanzar en los gobiernos el
alcance de beneficios para todas y todos en la ciudad con plena responsabilidad de la no
neutralidad de los espacios, ni la homogeneidad en las formas de vivencia y apropiación
de la ciudad de hombres y mujeres.
En este sentido, particularmente para construir colectiva y participativamente los
asuntos de ciudad, la participación de las mujeres y la presentación de sus necesidades
en estos niveles de decisión requiere:la sensibilidad de sus representantes a los temas de
género, el conocimiento de sus equipos de las necesidades e intereses de las mujeres, y
72
su participación directa en la formulación y ejecución de políticas que promueva su
plena participación e igualdad en la planificación de los asentamientos humanos.
Dicha actuación incluye de manera especial su participación en la planificación urbana
y territorial, para incidir en la construcción, mejoramiento y mantenimiento de los
asentamientos humanos, y la participación en el control de las inversiones y el gasto
público,para incidir directamente en la gestión democrática de la ciudad y en la
definición de las prioridades económicas, sociales y culturales, alcanzado los beneficios
de la asignación y distribución de los recursos públicos, al respecto la Carta considera:
Para participar es necesario tener las condiciones para hacerlo, no basta la
libertad y el derecho. Un tratamiento igualitario en un contexto de desigualdad
puede significar reforzar inequidades. Sabemos que las necesidades no se
dirimen en un plano de igualdad, prevaleciendo las necesidades de los que
tienen mayor poder (social y de género).y en consecuencia legitimando como
intereses colectivos sus propios intereses (Carta por el Derecho a la Ciudad de
las Mujeres, 2004).
Finalmente,La CartaMundial por el Derecho a la Ciudad, de las mujeres 2004 considera,
además, de las limitaciones expuestas otras que afectan y limitan el derecho a la ciudad
de las mujeres, relacionándolas directamente con el goce efectivo de los derechos
humanos en los contextos urbanos, última faceta de realización del derecho a la
ciudad, de las mujeres, estos son:
1. La inseguridad urbana y las consecuencias de respuestas represivas y
autoritarias, ha generado un ambiente de violencia en las ciudades limitando en
especial a las mujeres el acceso, uso y apropiación, de sus espacios urbanos,
elevándose los niveles de violencia basada en género.
2. Las limitaciones a su movilidad y desplazamiento hacia los diferentes lugares de
la ciudad, y el consecuente aislamiento de las mujeres más pobres de las
centralidades urbanas.
3. Los condicionantes del transporte público que condicionan las decisiones de las
mujeres respecto a las actividades a realizar, los costos económicos y el uso de
73
tiempos, toda vez que en su mayoría van acompañadas de niños, enfermos y
ancianos.
4. La contaminación de las zonas urbanas generan efectos diferentes en la salud de
las mujeres y menores, en razón de su diferente susceptibilidad a los efectos
tóxicos de sustancias químicas, y exposición a las mismas debido al carácter de
las tareas que frecuentemente realizan, y emplearse en actividades mal
remuneradas y sin medidas de protección.
5. La ausencia de vinculación entre prevención del delito y las condiciones de
diseño de la ciudad, y su planificación física.
Todos estos efectos limitan las condiciones delas mujeres para su movilidad en la
ciudad, dado que no son consideradas las diferencias de hombres y mujeres en las
políticas de transporte público. De otro lado son obstáculos para el disfrute de
condiciones deseguridad de las mujeres en la ciudad, toda vez que se ha
invisibilizando cómo la inseguridad afecta específicamente a las mujeres, no sólo en el
ámbito privado, sino las prácticas de violencia basada en género en las ciudades y sus
calles, donde sus habitantes realizan conductas agresivas y violentas que las afectan
tales como: ofensas, acoso sexual, violaciones, en espacios privados, públicos, medios
de transporte, y atracos, que hace parte de una criminalidad que no siempre es
denunciada y menos aun sancionada.
Las anteriores situaciones generales a los contextos de las ciudades y las pistas que
ofrece sobre lo que debe incluir el derecho a la ciudad,
de las mujeres para la
realización de sus facetas y el disfrute de los contextos urbanos en igualdad de
oportunidades, justifica hacer un aporte a su definición desde los postulados y enfoque
de la seguridad humana, entendiéndola como condición necesaria y principal para el
reconocimiento, garantía, y satisfacción del derecho a la ciudad de las mujeres.
6. Derecho a la Ciudad, de las Mujeres y su relación con el enfoque de
seguridad humana.
Las anteriores consideraciones sobre los contenidos de la definición del derecho a la
ciudad de las mujeres según las cartas internacionales que comienzan a nombrarlo,
74
precisan qué su reconocimiento requiere de nuevas conceptualizaciones que lo
complementen y fortalezcan, incluyendo la reinterpretación de prácticas culturales que
permitan a las mujeres una nuevas forma de sentirse y habitar las ciudades, sintiéndose
en ellas seguras y con condiciones para disfrutar de una “Buena Vida”, concepto a partir
del se realiza sus aportes a su definición a partir del enfoque de seguridad humana.
En este sentido, hace parte del derecho a la ciudad y en especial del derecho a la ciudad,
de las mujeres, la posibilidad de disfrutar de una vida digna en las ciudades, al respecto
tomamos la distinción que ha realizado la Corte Constitucional Colombiana,
corporación que con sus conceptos ha aportado a la definición de los derechos humanos
y ha salvaguardado el cumplimiento de los preceptos constitucionales a la luz del los
principios inspiradores del Estado Social de Derecho, quien en sus jurisprudencias T881 de 2002yC-075 de 2007 define el principio de dignidad humana como principio
rector de todo el ordenamiento jurídico colombiano, en las siguientes dimensiones:
1. La posibilidad de vivir como se quiera, consiste en vivir sin interferir en la órbita
de los derechos de los demás,de modo que cada cual elija el plan vital que prefiera sin
afectar la órbita de los derechos ajenos, de esta manera, el derecho a la ciudad, de las
mujeres implica la garantía a su autonomía individual para elegir su proyecto de vida y
determinarse a sí mismas, siendo de esta manera una urgencia el replanteamiento de las
relaciones de género en las ciudades, y la adopción por parte de las autoridades
públicas,de medidas afirmativas tendientes a que realmente las mujeres puedan auto
determinarse económica, fisca y sexualmente.
2. La posibilidad de vivir bien, en otras palabras, la realización del derecho a la
ciudad, de las mujeres, implica que ellas cuenten con ciertas condiciones materiales de
existencia,y gocen de manera real y efectiva de los bienes y servicios que ofrece la
ciudad. En este sentido, la ciudad debe de garantizarles los medios y recursos para que
desarrollen un papel activo en la sociedad, y vivan en ellas condiciones de bienestar,
entre lo que se encuentra gozar con los mínimos patrimoniales para la satisfacción de
sus necesidades vitales,salud, educación, alimentación, vestido, ocio, cultura y
recreación.
75
3. La posibilidad de vivir sin humillaciones,consiste en preservar su integridad física
y moral y espiritualpermitiéndoles escoger el plan de vida que deseen sin que este
condicionado por estereotipos de género que denigren su existencia en las ciudades.
Dadas las anteriores distinciones, proponemos establecer como pilar axiológico del
derecho a la ciudad, de las mujeres, la dignidad humana, indispensable para que en los
contextos urbanos se les proporcione las condiciones necesarias para su seguridad
humana que les garantice disfrutar de “buena vida”, alcanzable a partir de la satisfacción
de sus necesidades básicas y estratégicas.
La cual da contenido axiológico al planteamiento realizado en el aparte anterior sobre
las facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres según la interpretación de las cartas y
declaraciones internacionales que lo definen y que se centran en: 1) promover y
garantizar su incidencia en la gestión democrática de la ciudad, a partir de su
participación en los poderes locales y en los procesos de planificación urbana y
regional;y 2) participar en el control ciudadano, entre otras manifestaciones que las
incluyan en la realización plena de su ciudadanía; ambas otorgándoles oportunidad y
responsabilidad en la sustentabilidad de las ciudades, facilitándoles el acceso a los
servicios públicos domiciliarios, los servicios públicos urbanos, contextos seguros,
movilidad, vivienda, salubridad pública, entre otros.
De tal manera que el derecho a la ciudad, de las mujeres es un derecho colectivo propio
y definible según las especificidades y particularidades de ellas como grupo
poblacional, que la habitan, acceden y usan, suponiendo no solamente usar lo que ya
existe en los espacios urbanos, sino también, definir y crear lo que debería existir con el
fin de satisfacer la necesidad humana de llevar una vida decente, traducida en
condiciones de “Buena Vida” y dignidad.
En razón de ello, además del postulado axiológico de “buena vida”, aportamos a la
definición del derecho a la ciudad, la inclusión de las dimensiones del enfoque de
seguridad humana, que introduce los elementos fácticos para que las mujeres puedan
usar de forma libre y segura lo que la ciudad lesofrece, e incidan en la creación y
recreación de aquellos elementos de los cuales carece en condiciones de equidad.
76
El enfoque de seguridad humana define cuales son las condiciones con las cuales deben
contar las ciudades para la garantía y satisfacción de cada una de sus faceta del derecho
a la ciudad, de las mujeres identificadas en los contenidos de las cartas internacionales
1) usufructo equitativo de los bienes y oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a
sus habitantes; 2) mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de
ciudad; y 3) goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos, siendo
ella la principal condición fáctica para el disfrute las mujeres, de condiciones de vida
digna y “Buen Vivir” en las ciudades.
El enfoque de seguridad humana definido por el Programa Nacional de las Naciones
Unidas PNUD en su informe sobre Desarrollo Humano en el año de 1994, hace de la
seguridad en las ciudades una prioridad para defenderlas de las amenazas no militares
tales como: debilidad de la democracia en los estados, aumento de la pobreza, la
inequidad, la violencia y la criminalidad urbana.
Esta nueva mirada de la seguridad,fundada en el derecho internacional y el respeto
prioritario por los derechos humanos,ha sido impuesta a nivel mundial como un tema
prioritario de los programas políticos de la región y la vida en sus ciudades, y ha
obligado para su consecución, a la toma de decisiones innovadoras para la atención de
las necesidades y preocupaciones de grupos excluidos y vulnerables, para lograr que se
pueda vivir en un mundo libre de temor donde las personas, hombres y mujeres se
sientan protegidos con calidad de vida y vida digna.
Dada la importancia de garantías materiales para la satisfacción del derecho a la ciudad,
de las mujeres, nos remitiremos algunos aspectos esenciales sobre el alcance de este
enfoque, que asimila la seguridad de los Estados con “la calidad de vida y la dignidad
humana en términos de libertad, acceso al mercado y oportunidades sociales”. Y que
ha obligado a los gobiernos del mundo a comprometerse con la defensa de todas
aquellas amenazas para la paz y la seguridad, entre las establecemos de manera
especial para las mujeres: la inequidad entre hombres y mujeres, la feminización de la
pobreza, la violencia basada en género, y su débil participación y representación
política.
77
6.1 Antecedentes, concepto y dimensiones del enfoque de seguridad humanapara
su inclusiónen la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres.
El concepto de seguridad humana surge a mediados de los noventa como un nuevo
paradigma para replantear los tradicionales conceptos de seguridad que inspiraron la
acción de los países durante el siglo pasado. Se ha fundamentado en la protección de la
dignidad humana –Vivir como se quiera, Vivir Bien, y Vivir sin Humillaciones- , los
cuales son el sustento axiológico de nuestra propuesta de definición de derecho a la
ciudad, de las mujeres, con el fin de establecer los nuevos desafíos para la seguridad
desde la perspectiva de las personas y los ciudadanos.
Siguiendo los postulados del Programa de Seguridad Humana de FLACSO-Chile, los
cuales son presentados por Claudia F. Fuentes Julio y Francisco Rojas Aravena,
presentados en el texto “Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y
Educacionales” (UNESCO, 2005), presentaremos las principales conceptualizaciones
sobre seguridad humana, vinculadas a dos informes sustanciales con objetivo de ilustrar
ampliamente su inclusión como enfoque en la definición del derecho a la ciudad, de las
mujeres:
El primero de los informes es La Responsabilidad de Proteger de la Comisión
Internacional sobre Intervención y Soberanía del Estado en el año 2001, en el cual se
describir la intervención humanitaria y la responsabilidad de la comunidad internacional
frente a poblaciones cuyos derechos humanos son gravemente vulnerados. En éste la se
define la seguridad humana como protección de las libertades vitales de las personas, y
sugiere la creación de acciones y políticas basadas en la protección ypotenciación de los
individuos para 1) promover el entendimiento público de la seguridad humana y de los
imperativos que esta perspectiva conlleva; 2) desarrollar el concepto de seguridad
humana como una herramienta operativa para la formulación y aplicación de políticas; y
3) proponer un programa de acción con miras a determinar las medidas más
convenientes para enfrentar las amenazas a la seguridad humana (Fuentes & Rojas,
2005: 28).
A partir de este primer informe se crea en el marco de la Cumbre del Milenio la
Comisión de Seguridad Humana, quien elabora el 2003 el segundo informe La
78
seguridad humana, ahora, en el cual se considera como principales estrategias para
alcanzarla: la proteccióno aislamiento de las personas de los peligros, y el
empoderamiento de las personas para que participen plenamente en la toma de
decisiones en sus localidades, pretensiones similares a las que hemos realizado sobre el
derecho a la ciudad, de las mujeres y sus condiciones de “Buena Vida”, en este informe
se define la seguridad humana como:
“la seguridad humana significa proteger las libertades vitales. Significa
proteger a las personas expuestas a amenazas y a ciertas situaciones,
robusteciendo su fortaleza y sus aspiraciones. También significa crear sistemas
que faciliten a las personas los elementos básicos de supervivencia, dignidad y
medios de vida. La seguridad humana conecta diferentes tipos de libertades:
libertad frente a las privaciones, frente al miedo y libertad para actuar en
nombre propio” (Fuentes & Rojas, 2005: 29)
Estos informes dan cuenta de una nueva perspectiva de seguridad, no dependiente
exclusivamente de las fuerzas militares, y que se vincula con la complejidad de los
problemas mundiales y sus repercusiones sobre millones de
hombres y mujeres,
quienes habitan masivamente las ciudades y quienes comienzan a ser amenazados por:
1) problemas ambientales, la criminalidad en las ciudades, el narcotráfico, el lavado de
dinero, la esclavitud y servidumbre de las personas; 2)brechas en el desarrollo por las
grandes dificultades para superar la pobreza y los graves desequilibrios y desigualdades
en la distribución de los recursos económicos;3) impactos de la mundialización y las
relaciones de interdependencia entre los estados, que ha alterando su soberanía y los ha
inscrito en el nuevo sistema mundial; desplazándosede esta manera el debate de la
seguridad territorial hacia la seguridad basada en el desarrollo humano, el acceso a la
alimentación, el empleo y la seguridad ambiental determinantes para la vivencia urbana
y la vivencia de los nuevos derechos colectivos en construcción como lo es el derecho a
la ciudad y el derecho a la ciudad, de las mujeres.
Previo a estos informes que profundizaron el concepto de seguridad humana,
encontramos el documento “Nuevas Dimensiones de la Seguridad Humana” del
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD en 1994, que intenta por
79
primera vez analizar el tema globalmente difundiendo el cumplimiento de dos
condiciones básicas para garantizar la seguridad humana de las sociedades humanas, la
primera eliminar el temor en la población y la segunda eliminar sus carencias, toda vez
en la mayoría de las personas el sentimiento de inseguridad se focaliza más en las
preocupaciones de la vida cotidiana, en especial en las ciudades en las cuales viven más
de la mitad de la población mundial, que en el temor de una guerra en el mundo, al
respecto dice
“la seguridad humana está centrada en el ser humano. Se preocupa por la
forma en que la gente respira en sociedad, la libertad con que puede ejercer
diversas opciones, el grado de acceso al mercado y a las oportunidades
sociales, y a la vida en conflicto o en paz. La seguridad humana significa que la
gente puede ejercer esas opciones en forma segura y libre, y que puede tener
relativa confianza en que las oportunidades que tiene hoy no desaparecerán
totalmente mañana” (citado por Fuentes & Rojas, 2005: 34)
Esta concepción amplia de la seguridad supone una preocupación universal por la vida
y la dignidad humana, de hombres y mujeres, que se encuentra representadas en
dimensiones que poseen un carácter integrador e indivisible, tal y como ocurre con las
facetas del derecho a la ciudad, y que son diferentes con las concepciones tradicionales
de seguridad, limitadas a la defensa del territorio, el poder militar y el carácter
defensivo.
En este sentido, éste enfoque explicativo aporta a la conceptualización del derecho a la
ciudad, de las mujeres porque centra el tema de la seguridad en las personas y en sus
condiciones de desarrollo, más que en las estructuras androcentricas establecidas en la
sociedad, con tal fin establece siete dimensiones (PNUD, 1994) coincidentes y
concurrentes con los presupuestos del goce y disfrute del derecho a la ciudad, de las
mujeres, ellas son:
1) dimensión económica: consiste en la disponibilidad de ingresos básicos procedentes
del trabajo o del Estado, y de los mecanismos de ayuda familiar y comunitaria, entre sus
principales amenazas se encuentra: el aumento del desempleo, reducción de los salarios
reales, aumento de la inflación, pérdida de los bienes productivos, aumento de
80
disparidad de ingresos entre ricos y pobres.2)dimensiónalimentaria: consiste en la
disponibilidad de alimentos y recursos con los cuales acceder a ellos. Entre sus
principales amenazas se encuentra: deterioro del consumo, agotamiento de las reservas
alimentarias, aumento de los precios de alimentos, descenso de la producción per cápita
de alimentos y aumento de la dependencia de importaciones. (Diccionario de Acción
Humanitaria, 2009)
3) dimensión de salud: consiste en la posibilidad de contar con un cuerpo sano y
disfrutar de un entorno en condiciones de salubridad y cobertura del sistema sanitario,
entre sus principales amenazas se encuentra: aumento de insalubridad, propagación de
epidemias, deterioro del sistema sanitario, y empeoramiento del acceso al agua potable.
4) dimensión medio ambiental: consiste en disfrutar de los beneficios del desarrollo
sostenible, en gozar de
un ambiente sano y con equilibrio ecológico, entre sus
principales amenazas se encuentran: el deterioro de los ecosistemas local y mundial y el
agotamiento de los recursos (Diccionario de Acción Humanitaria, 2009).
5) dimensión personal:es la ausencia de violencia física, verbal ó psicológica, entre sus
principales amenazas se encuentra el incremento de diferentes tipos de violencia física,
represión política, agresiones extranjeras, conflictos civiles étnicos o religiosos,
delincuencia, malos tratos a mujeres y niños, narcotráfico, entre otras afectaciones a los
individuos.
6)dimensión comunitaria: es la protección dada al individuo por la comunidad, familia
o grupo étnico, es la protección física, ayuda material, sentimiento de grupo e identidad
cultural, entre otras., entre sus principales amenazas se encuentra: prácticas opresivas
por parte de comunidades tradicionales, mano de obra forzada, trato cruel a la mujer,
discriminación étnica, y deterioro del tejido cívico.
7) dimensión política: consiste en el respeto a los derechos fundamentales del
individuo y el goce de las garantías democráticas,sus principales amenazas son: el
incremento de la represión política (encarcelamientos, torturas, desapariciones,
censura), violaciones de derechos humanos, y autoritarismo; desintegración del Estado
81
nación por rivalidades (étnicas, religiosas, políticas), escalada del gasto militar, entre
otras (Diccionario de Acción Humanitaria, 2009).
El contenido y cumplimiento de estas dimensiones no se limita a la ausencia de los
conflictos sino al tratamiento y evitación de los mismos para no poner en peligro a las
comunidades, es por ello que su procura en los espacios urbanos se traduce en la
posibilidad de realización del derecho a la ciudad, y los esfuerzos por adecuar los
contenidos de estas dimensiones según las particularidades de cada uno de los grupos
poblacionales tal y como son las mujeres. Dichas dimensiones son garantías fácticas
para que las mujeres usufructúen los bienes y oportunidades que ofrece la ciudad,
participen en su funcionamiento y gestión, y gocen de los derechos humanos.
6.2 Recomendaciones para la vivencia del derecho a la ciudad de las mujeres,
desde el enfoque de seguridad humana y su inclusión en políticas públicas de
ciudad
El logro de los presupuestos fácticos de la seguridad humana, presentados en las
anteriores siete dimensiones de la seguridad humana, es la vivencia de las mujeres de su
derecho a la ciudad, la cuales analizándolas desde las necesidades e interés estratégicos
de las mujeres, los presupuestos teóricos de los estudios de género sobre la ciudad, los
contenidos de la Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004), y el
enfoque de seguridad humana se sintetizan en los siguientes recomendaciones para la
vivencia del derecho a la ciudad:
1)condiciones de seguridad en los espacios públicos urbanos, 2) infraestructura y
transporte público adecuado, 3) posibilidades de acceso a la tenencia de la propiedad y
proximidad entre sus viviendas, 4) rompimiento de la dicotomía de la esfera pública y
privada, y 5) participación en la toma de decisiones, gobernanza y planificación
(Shelley Buckingham, 2010)
6.2.1. Condiciones de seguridad en los espacios públicos urbanos
El uso de los espacios públicos y urbanos en condiciones de seguridad es fundamental
para la vida de las mujeres, teniendo en cuenta que ellos ocurren diversas prácticas de
82
violencia basadas en género, las cuales están asociadas a las relaciones de poder
patriarcal y de dominación que prevalecen en las sociedades, generándose
representaciones de peligro. A pesar que gran parte de esta violencia ocurredentro del
hogar o la esfera “privada”, los espacios urbanos presentan peligro para la vida de
muchas mujeres e incluyen otras manifestaciones que atentan contra su seguridad
humana, toda vez que son un espacio no neutral.
Su característica de no neutralidad del espacio por las relaciones patriarcales que en
ellas se producen son las que generan mayores riesgos para la violencia de las mujeres,
en especial para la violencia sexual, creándose para ellas “ciudades prohibidas”
conformadas por zonas peligrosas, limitando el goce completo de los espacios que la
ciudad les ofrece. Al respecto Shelley Buckingham (2010) considera que “al limitar su
movilidad a causa del temor, las mujeres reproducen involuntariamente la dominación
masculina sobre el espacio”, convirtiéndose así la seguridad de las mujeres en el
espacio, en un reto que desafía la dominación masculina y el patriarcado en general.
Garantiza “Ciudades seguras para todos serán ciudades seguras para las mujeres”,
lo cual justifica tener presente en el diseño de políticas de seguridad urbanas que a
todos los sectores sociales para prevenir la violencia ejercida sobre las mujeres y las
niñas/os en la ciudad, basadas en nuevas formas de cuidado y protección, desde un
enfoque preventivo y no represivo.
Por consiguiente, los contenidos de la Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la
Ciudad (2004) propone:primero integrar la seguridad urbana como atributo del espacio
físico en la planificación de la ciudad, la cual debe de vivirse y sentirse en: espacios
públicos, entornos barriales, centros de las ciudades, calles, periferias urbanas, y en
todos los entornos urbanos. Y segundo la promoción de campañas de sensibilización
sobre la violencia contra las mujeres en el marco de los derechos humanos, dirigidas a la
población en general que involucre a distintos sectores sociales, comunidades
educativas, medios de comunicación, con el fin de cuestionar los estereotipos culturales
que legitiman conductas violentas contra las mujeres.
83
6.2.2. Infraestructura y transportes públicos adecuados
Para garantizar condiciones de seguridad humana, para las mujeres en las ciudades, y
con ello su derecho al goce y disfrute de la ciudad, se demanda de infraestructura y
transportes públicos adecuados y seguros, apropósito de que el riesgo de violencia e
inseguridad para las mujeres, normalmente aumenta en las noches en calles y parques,
espacios en los cuales se encuentran vulnerables cuando cuentan con iluminación
inadecuada, escasa disponibilidad y frecuencia de los medios de transporte, de esta
manera será necesario medios de transporte seguros, asequibles, prioridad para que las
mujeres puedan ejercer totalmente sus derechos a una ciudad segura.
Análogamente, la planificación urbana debe procurar que los edificios, calles, parques,
avenidas, placas deportivas, centros de comercio, entre otros cuenten: con buena
iluminación, teléfonos públicos para situaciones de emergencia, señalización apropiada
para indicar los recorridos del transporte público, servicios de emergencia y de
información de la ciudad. En particular, se requiere una infraestructura de transporte
público que conecte a las mujeres con los servicios públicos, las fuentes de empleo, y
sus hogares, y adicional a ello, que sean accesibles para niños/as y personas adultas
cuyos principales cuidadores son las mujeres.
En este sentido Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004)
considera como derecho de las mujeres el acceso al transporte público, seguro y
adecuado a los requerimientos de movilidad de las mujeres, considerando necesario la
generación de información desagregada por sexo sobre los desplazamientos en la
ciudad, representada en estudios sobre el origen y destino de los viajes, que orienten
políticas de transporte público y respondan a las necesidades diferenciadas hombres y
mujeres, facilite el uso, disfrute y apropiación de la ciudad.
6.2.3. Acceso a la tenencia y propiedad de los bienes de la ciudad, y proximidad
entre viviendas y servicios y empleo
Aunque de manera casi unánime se ha reconocido a las mujeres, por los ordenamientos
jurídicos de los países, el derecho a la propiedad susceptible de adquisición por
cualquiera de los modos de adquirir dominio establecidos en las legislaciones civiles de
84
la mayoría de los países de tradición romano germánica: sucesión por causa de muerte,
ocupación, prescripción, y accesión, aun persisten prácticas culturales que limitan la
efectiva aplicación de esta leyes, entre ellas la administración del patrimonio de familia,
la sexualización de los ingresos, consistente en la preponderancia del ingreso del
hombre proveedor, y los bajos y nulos ingresos de las mujeres que obstaculizan su
acceso a créditos de financiación para la adquisición de inmuebles en las ciudades.
La Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004), considera como
garantía del derecho a la ciudad de las mujeres el acceso a la tenencia segura de la
vivienda y a los servicios urbanos, reconociendo que, más allá de las legislaciones en las
cuales se establecen que hombres y mujeres tienen iguales derechos, se requiere de la
transformación de la cultura (prácticas tradicionales) que permitan subvertir situaciones
de subordinación e inequidad.
En este orden de ideas acude a la implementación de políticas de vivienda que
contemplen, en primer lugar, la inserción social diferenciada de las mujeres,
contemplando planes acordes con las distintas situaciones de vulnerabilidad de las
mujeres: dedicadas a la economía informal, desplazadas por conflictos armados,
inmigrantes, mujeres únicas responsables de sus hogares, entre otros.
Y en segundo lugar, que incluyan perspectivas de diversidad cultural y étnica,
sugiriendo incluso desarrollar una política de descentralización funcional, que considere
la distribución equitativa en el territorio de los servicios y equipamientos urbanos,
contemplando en proyectos habitacionales el acceso a los servicios interdependientes de
la vivienda, tales como servicios sociales, centros de trabajo, guarderías, centros de
salud, y otros que eleven su calidad de vida, en las que se priorice la creación de
infraestructuras, servicios y equipamientos destinados a la población dependiente
(niños/as, ancianos/as, y discapacitados/as) cuyo cuidado ha sido y continúa siendo
responsabilidad de las mujeres, superando de esta manera las barreras arquitectónicas
que obstaculizan el uso de la misma, y excluye a personas con discapacidades
transitorias o permanentes, ancianas/os, y otros.
Al mismo tiempo, que se demanda control sobre la prestación de los servicios públicos,
en especial el acceso al agua potable y saneamiento ambiental, justificado en el impacto
a la salud de las mujeres, quienes están más expuestas por las actividades domésticas y
85
comunitarias, socialmente impuestas al uso de los servicios públicos, lo que genera
corta pizas, al encarecimiento de las prestaciones, mayor calidad en los servicios
públicos, ymecanismos para su acceso como subsidios y tarifas diferenciadas.
Finalmente, la ubicación de la vivienda es un tema importante cuando se considera el
hábitat de las mujeres en las ciudades, en palabras de Shelley Buckingham (2010) al ser
ella las principales responsables del trabajo reproductivo –como el cuidado de niños y
personas mayores y del hogar– y su reciente participación en las actividades
productivas, hace que ellas requieran cercanía con los servicios que necesitan con su uso
diario en la ciudad, toda vez que, facilita la satisfacción de sus necesidades y el
cumplimiento de sus roles dentro de la ciudad.
6.2.4 Rompimiento de la dicotomía de esferas públicas y privadas en la ciudad
La comprensión del derecho a la ciudad, de las mujeres sugiere el análisis de la
separación entre las esferas públicas y privadas, en las cuales se ubican sus necesidades
particulares relacionadas con su trabajo productivo y reproductivo. El disfrute del
derecho a la ciudad, de las mujeres impone como reto romper esta dicotomía, que ha
atravesado la historia de las mujeres , y que ha obstaculizado el uso igualitario de la
ciudad, las cuales están diseñadas actualmente para favorecer el trabajo productivo
impulsado por la economía.
Ésta perpetuación dicotómica de los espacios, hacen que las ciudades sean poco
amigables para las actividades del trabajo reproductivo, especialmente desempeñado por
las mujeres, y que debe ser analizado desde la perspectiva de su impacto directo sobre la
capacidad del trabajo productivo en la esfera pública, valorando cómo el cuidado del
hogar, de los niños, de personas mayores, y de los esposos o parejas, sirve de apoyo
para que estos individuos sean productivos en sus emprendimientos económicos,
académicos, sociales y políticos fuera del hogar (Shelley Buckingham, 2010).
Al respecto, la Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004) exige
una transformación cultural en las ciudades que reviertan las situaciones de inequidad
social y subordinación de género en todos los ámbitos de la vida, que comprometa a
86
hombres y mujeres en la creación de ciudades justas, equitativas y solidarias, necesarias
para la generación de una nueva conciencia social, sobre la división del trabajo, los
obstáculos de la ciudadanía plena de las mujeres, y la recreación de nuevas relaciones
sociales de género.
Tal fin requiere de la participación de los gobiernos locales, para priorizar la
capacitación de funcionarios/as, técnicos y profesionales, en la temática de género, que
permitantransversalizar el diseño de las políticas públicas, programas y proyectos
urbanos. Así mismo, y de manera directa, vincular: al sector educativo para
responsabilizarlo de la promoción del enfoque de género como parte constitutiva del
conocimiento disciplinar, y el desarrollo de investigaciones que aporten a transformar
la visión androcéntrica de las ciudades, y a los medios de comunicación para la difusión
de los principios de una nueva cultura, basada en la equidad entre hombres y mujeres y
en a no exclusión de las mujeres en la ciudad.
6.2.5 Participación en la toma de decisiones, gobernanza y planificación
Finalmente, es componente del derecho a la ciudad, desde los planteamientos centrales
de las dimensiones de la seguridad humana, es la posibilidad de que las mujeres
participen en la creación o recreación de la ciudad, haciendo imprescindible su voz en la
planificación urbana, la gobernanza local y los procesos de toma de decisiones relativos
a sus ambientes urbanos. Para ello se debe garantizar su participación igualitaria en
todos los niveles de gobierno, y espacios sociales dónde se piensa la ciudad, ejerciendo
plenamente su ciudadanía y con el fin de impulsar a su interior, los cambios necesarios
para arribar a la igualdad entre los géneros y formación de modos de vida equitativos
entre hombres y mujeres.
87
Capítulo III: Disfrute del Derecho a la Ciudad de las Mujeres en Cartagena de
Indias Distrito Cultural y Turístico: estudio de caso de las políticas públicas y sus
contenidos sobre la seguridad de las mujeres en la ciudad
Este capítulo presenta una aplicación práctica de los contenidos esbozados en los
capítulos anteriores sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres desde el enfoque de
seguridad humana, a partir de la presentación de una ruta metodológica de análisis del
contexto y de los contenidos de las políticas públicas a la luz de los contenidos
generales del derecho a la ciudad, de las mujeres, definidos en el texto, con el fin de
identificar cómo la ciudadanía imagina el derecho a la ciudad, de las mujeres y de qué
manera éste es reconocido por las instituciones de la administración pública local.
Inicia con la presentación metodológica de la ruta de análisis, la cual articularlos
presupuestos axiológicos del derecho a la ciudad, de las mujeres y las relaciones de
estos con las facetas del derecho a la ciudad y las dimensiones del enfoque de seguridad
humana.Posteriormente analiza el disfrute del derecho a la ciudad, de las mujeres en el
Distrito Turístico de Cartagena de Indias y los contenidos de Política Integral de
Convivencia y Seguridad Ciudadana de Cartagena De Indias 2008, y la Política Pública
de Mujeres para la Equidad de Género Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros
Derechos 2008-2019, que son oportunos para su satisfacción.
Las preguntas orientadoras de este capítulo final y con las cuales se concluye el
abordaje del problema de investigación son: ¿Qué entienden por derecho a la ciudad las
mujeres cartageneras? y de ¿Qué manera las políticas públicas de seguridad y
convivencia ciudadana y de equidad de género, permiten su goce del derecho a la
ciudad garantizando su seguridad humana?, preguntas que son abordadas desde los
saberes de las mujeres entrevistadas, representantes de la administración pública, y del
movimiento social de mujeres, y el análisis de los documentos de política pública.
1. Ruta para el análisis del reconocimiento del derecho a la ciudad, de las mujeres.
Elementos para identificar en las Políticas Públicas.
Los planteamientos axiológicos, teóricos y conceptuales, del capítulo anterior, el
derecho a la ciudad, de las mujeres implica la existencia de garantías para que ellas
88
habiten, usen, accedan a los espacios públicos de la ciudad, y además puedan participar
en la definición de su transformación y evolución, permitiéndoles encontrar en ella la
satisfacción de sus necesidades humanas y disfrutar de una vida digna y en condiciones
de seguridad, tanto humana como y ciudadana.
Durante el abordaje temático, hemos precisado que no es factible tener miradas
homogéneas sobre la ciudad, sino que es necesario pensar la ciudad como un escenario
de encuentro y desencuentro entre los géneros, que se analizaconforme a sus prácticas
particulares, toda vez que ella no es un espacio neutro que disfrutan de igual manera
hombres y mujeres. Por tal razón, nos abocamos a proponer un marco explicativo del
derecho a la ciudad, de las mujeres, que sea útil para el diseño y planificación de
políticas públicas y tienda al alcance de la equidad entre los géneros.
El punto de partida ha sido entender la ciudad como obra, creación y espacio en el cual
las mujeres han y siguen adquiriendo, conciencia de su ser, modo de estar y pertenecer a
un lugar concreto, de esta manera los espacios públicos y privados transforman su
experiencia individual y colectiva, siendo fuerza creadora de lo propuesto como derecho
a la ciudad, de las mujeres.
Asumiendo el reto de definir y analizar en una política específica, qué es y cómo se
alcanza el derecho a la ciudad, de las mujeres, el punto inicial es entender que una
política pública que lo reconozca y garantice es una política de ciudad, toda vez que
sus contenidos trasciendan los problemas de la ciudad de lo meramente territorial y
funcional para concentrarse en sus dinámicas y en sus actores, hombres y mujeres
protagonistas, hasta hacer de ella una obra humana, en la cual se subviertan o perpetúen
los sistemas de subordinación entre los géneros y sexos existente en su interior, al
respecto dicen Lucas Correa (2011):
“Como creación humana la ciudad halla en la presencia física de hombres y las
mujeres, sus acciones y cotidianidades, deseos y frustraciones, su razón de ser,
situación debe ser tenida en cuenta de forma decisiva por las políticas de
ciudad. La ciudad está unida a los hombres y las mujeres, no puede pensarse
una sin los otros, por lo tanto pensar la ciudad es pensar al hombre y a la
89
mujer, y pensarlos a ellos es pensar la ciudad” (Lucas Correa, 2011: 37 citando
a Malaver, 1996)
Proponer el análisis de políticas públicas, implica observar si sus contendidos responden
a los desafíos de las políticas de ciudad, las cuales son un avance que hacen ver la
ciudad como un derecho para las mujeres. Los componentes definidos para este marco
explicativo son: 1) Análisis axiológico desus componentes de la política pública; 2)
Identificación de la idea de ciudad orientadora de la política pública; y 3) Revisión de
contenidos de la política pública conforme a la luz de las facetas del derecho a la
ciudad, de las mujeres y las dimensiones de la seguridad humana.
1.1. Primer momento: análisis axiológico de los componentes de la política pública
Para afirmar en el estudio deuna política pública,sí ésta facilita ó no el derecho a la
ciudad, de las mujeres, se debe iniciar con identificar su contenido axiológico, es decir,
los principios y valores que la inspiran como proceso de legitimación social, los cuales
siguiendo a Roth, están conformados:
“uno o varios objetivos colectivos considerados necesarios o deseables y por
medios y acciones que son tratados, por lo menos parcialmente, por una
institución u organización gubernamental con la finalidad de orientar el
comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una
situación percibida como insatisfactoria o problemática” (Roth, 2003: 27).
En este sentido, el valor que debe inspirar las políticas objeto de análisis, es en primer
lugar, el desmontar y eliminar las inequidades entre los géneros, incluyendo todas las
formas de subordinación y dominio, que determinan las relaciones, funciones y
obstáculos, que enfrentan los hombres y las mujeres para desarrollarse como personas,
en contextos de igualdad de oportunidades al interior de la ciudad. Y en segundo lugar
la dignidad humana, definida como “Buena Vida” tal y como ha sido presentadaen este
trabajo de tesis. En coherencia con lo anterior, aproximarse al contenido axiológico de
las políticas públicas locales, nacionales y regionales, es contemplar dentro de sus
contenidos, objetivos, medios y acciones que les permitan a las mujeres habitar y
90
disfrutar las ciudades en condiciones de dignidad, contando en ellas con posibilidades
reales para:
1) Vivir como quieran, escogiendo su plan de vida al interior de las ciudades,
autodeterminándose física, emocional, económica, y sexualmente. 2) Vivir
bien, contando y disfrutando, al interior de la ciudad de todas las
condiciones materiales de existencia para la satisfacción de sus necesidades
vitales, prácticas y estratégicas. Y finalmente, 3) Vivir sin humillaciones
basadas en su género, que les permita reafirmar la identidad femenina sin
censura, ni discriminación por lo establecido por el orden de género,
construido por normas y reglas, formales e implícitas, construidas y
reproducidas en la ciudad, entre las cuales destacamos el asumir la
restricción sobre los lugares, sus usos y consumos, así como las
prescripciones y sanciones, diferenciales para hombres y para mujeres, con
base en el orden establecido.
El análisis de estos contenidos axiológicos en las políticas públicas, desde la mirada del
derecho a la ciudad, de las mujeres, que estamos proponiendo, se inspira en cómo desde
un análisis de política pública, se identifican logros o se descubren retrocesos en la
forma de planificación de la ciudad por no incluir la perspectiva de género, la cual debe
de favorecer emancipación y empoderamiento de hombres y mujeres, como ha sido
planteado por Carolina Moser:
“El objetivo de la planificación de género es emancipar a la mujer de su
subordinación y llevarla a alcanzar la igualdad, la equidad y el
empoderamiento. Esto varía ampliamente según los diferentes contextos,
dependiendo del grado en que las mujeres (como categoría) tengan un estatus
subordinado respecto de los hombres (como categoría). La base de
conocimientos explorada en recientes debates feministas y del desarrollo aporta
la lógica conceptual para varios principios claves. Estos, a su vez, se traducen
en herramientas y técnicas para un proceso de planificación de género. Estos
principios analíticos se vinculan a roles y a necesidades de género, así como al
control de los recursos y a las decisiones tomadas en el hogar, la sociedad civil
y el Estado”. (Carolina Morse, 1998: 2)
91
1.2 Segundo momento: identificación de la idea de ciudad de los actores de la
política pública
La identificación de la idea de ciudad, es el segundo componente propuesto en este
marco explicativo de la política
pública de ciudad, que reconozca y garantice el
derecho a la ciudad, de las mujeres. Entender qué se entiende y cómo se comprende la
ciudad, para los hombres y las mujeres, se infierede las agendas propuestas y decididas,
en sus percepciones sobre la ciudad, en las actividades, programas y proyectos que
materializan las disposiciones de las políticas públicas las cuales determinan el rol
asumido por hombres y mujeres en los contextos urbanos, evaluando las implicaciones
del significado que tiene sus papel en su desarrollo social, económico y político, como
actores sociales con necesidades y potencialidades diferentes y diferenciables.
Así mismo, da cuenta de ello la idea de ciudad que se encuentra intrínseca en los
antecedentes de la política pública, indagándose en: 1) la idea de ciudad de la autoridad
gubernamental que se desprende de los planes de gobierno y desarrollo, documentos de
organización territorial y espacial de la ciudad, entre otros; 2) en la percepción de
ciudad de los actores sociales, identificable a partir del planteamiento de losproblemas a
los cuales se ven enfrentados,indagadles en las agendas públicas y percepciones
ciudadanas. 3) la definición de los objetivos y metas que expresan los contenidos de la
política pública; y finalmente 4) en la propuesta de programación estratégica que
contiene la política, indagando si hay beneficios diferenciales para hombres y mujeres
en la ciudad, presentados en los contenidos del plan de acción y desarrollo de la política.
Conforme a lo anterior, es indispensable examinar cada uno de las etapas del Policy
Cicle (Roth, 2003) analizando a la luz de sus postulados, previamente definidos de las
políticas de ciudad: 1) cómo se identifican los problemas y demandas de las mujeres al
interior de los contextos urbanos; 2) qué acciones y soluciones se proponen para
alcanzar la seguridad humana y ciudadana de las mujeres; 3) cómo las mujeres
participan en la toma de decisiones e implementación de cada uno de los componentes
de las políticas públicas.
92
1.3 Tercer momento: revisión de contenidos de la política pública conforme a las
facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres
La garantía y reconocimiento del derecho a la ciudad en las políticas públicas, debe
estar dirigida en los siguientes aspectos: 1) el establecimiento de mecanismos y
herramientas para que las mujeres incidan en planes, programas, leyes y acciones
públicas, y 2) en la designación de bienes y servicios, para las mujeres dentro de la
ciudad que les facilite la realización de su derecho conforme a las tres facetas
propuestas:usufructo equitativo de los bienes y oportunidades que la ciudad les ofrece,
participación y gestión en los asuntos de ciudad, y goce de su derechos humanos en los
contextos urbanos.
En tal sentido, una política pública que reconozca y garantice el derecho a la ciudad, de
las mujeres, debe estipular en sus contenidos, elementos, estrategias, y acciones
dirigidas a “desmontar y eliminar las inequidades entre los géneros y todas las formas
de subordinación y dominio. [Para] modificar las relaciones, funciones y obstáculos
específicos que enfrentan hombres y mujeres para desarrollarse como personas” (Loria,
2002).
Para ello es necesario identificar las estrategias que establece la política para responder
a las necesidades humanas e intereses de las mujeres al interior de la ciudad y las
condiciones mínimas para asegurar la subsistencia de una persona, sobre las cuales
existe la responsabilidad pública de su satisfacción. Se encuentran divididas en dos
grandes grupos:
El primero conformado por las necesidades prácticas, en las cuales ubicamos las
demandas que surgen de la vida cotidiana de las mujeres, al interior de los contextos
urbanos, en razón de los roles que les son asignados dentro de la ciudad por la división
sexual del trabajo, estas son el cuidado y educación de los hijos, las tareas domésticas,
el sostenimiento de las redes familiares, la prestación de servicios a la comunidad, la
vinculación con los sistemas de salud y educativos y de otras condiciones materiales de
vida, las cuales varían en la ciudad, según su lugar de habitación, clase social,
diferencias raciales, grupo social al cual pertenecen, diferencias de edad, nivel
educativo, entre otras. El segundo integrado porintereses estratégicos que son aquellos
93
que modifican dentro de las ciudades las estructuras de poder, subordinación de
hombres a mujeres, y condicionan su participación en el desarrollo de la vida urbana.
Conforme a la interacción propuesta entre los conceptos de derecho a la ciudad y sus
facetas; derecho a la ciudad, de las mujeres y sus aspectos diferenciables para cada
contexto; dignidad humana y “buena vida”; y las siete dimensiones de la seguridad
humana, se sugiere el siguiente cuadro de análisis para leer los contenidos de las
políticas públicas e identificar sí efectivamente con ellos se reconoce y garantiza el
derecho a la ciudad, de las mujeres que les asegure su pervivencia en la sociedad
creando contextos de igualdad de oportunidades, en los que se redefina y revalore lo
femenino en los contextos urbanos.
Esquema 1. Vivir Bien: primera faceta del derecho a la ciudad, de las mujeres
usufructo equitativo en la ciudad.
Componente
Axiológico
Primera Faceta
del Derecho a
la Ciudad
Dimensiones de seguridad humana, aspectos a
reconocer y garantizarse en la ciudad a las mujeres
Acceso a Servicios Públicos.
Vienda Adecuada.
Vivir Bien
¿Cuentan las
mujeres en la
ciudad con
condiciones
materiales para
llevar una vida
satisfactoria?
Uso Democrático del Espacio Público
Usufructo
equitativo de los
bienes que la
ciudad tiene para
ofrecer a sus
habitantes
Necesidades Prácticas -Fisicas Satisfechas:
Alimento y vestuario, Vivienda, su
equipamiento y servicios, Otros bienes
durables, Salud, Transporte
Núcleo social básico (familia y/u otros)
94
Esquema 2 Vivir como se quiere: segunda faceta del derecho a la ciudad, de las
mujeres, participación en los asuntos de ciudad
Componente
Axiológico
Segunda Faceta
del Derecho a la
Ciudad
Dimensiones de seguridad humana, aspectos a reconocer y
garantizarse en la ciudad a las mujeres
Participacion ciudadana. Ejercicio de control Social.
Organización Política y comunitaria. Participación en
la planificacion territorial y urbana. Existencia de una
política pública de género
Vivir como se
quiera eligiendo
su plan de vida en
la ciudad, con
autodeterminacio
n fisica,
económica y
sexual
Mandato de
construccion
colectiva y
participación en
los asuntos de
ciudad
Necesidades Prácticas Satisfechas: Seguridad, solidaridad,
integración social , Forma de vida vecinal y urbanización,
Libertades individuales garantizadas; organización de la
vida individua, participación en decisiones de diversos tipos
y niveles, Propiedad personal; garantías y límites,
Participación en Política de desarrollo regional para el país,
Política para el tamaño y estructura de población,
Estructura institucional: características de las instituciones.
Esquema 3 Vivir Sin Humillaciones Tercera faceta del derecho a la ciudad, de las
mujeres, Goce Efectivo de los Derechos Humanos en los contextos urbanos.
Componente
Axiológico
Vivir Sin
Humillaciones
con identidad
femenina,
integridad fisica
y moral en
ciudades libres
de estereotipos
de género y sin
violencia de
género.
Tercera a
Faceta del
Derecho a la
Ciudad
Goce efectivo de
los Derechos
Humanos en los
Contextos
Urbanos.
Dimensiones de seguridad humana, aspectos a reconocer y
garantizarse en la ciudad a las mujeres
seguridad pública. Transporte público y movilidad,. Empleo
Ambiente Sano y Sostenible. Acceso a eduación de Calidad.
Acceso a la eficiente adminisytración de justicia. Acceso a
servicos culturales y recreativos suficentes.
Necesiades Prácticas Satisfechas: Acceso a información y
comunicación globales, Igualdad en la distribución del producto
y el prestigio, Educación y entretenimiento, Ocio recreativo y
deporte, Ocio creativo, innovador, científico, artístico, artesanal,
Imagen del mundo, Métodos de resolución de conflictos sociales
95
2. Estudio de caso de las políticas públicas y sus contenidos sobre la seguridad de
las mujeres en la Ciudad de Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico.
Siguiendo la ruta de análisis propuesta se realizael análisis de la situación de la
seguridad humana y ciudadana de las mujeres en la ciudad de Cartagena, a continuación
se presenta a partir de las voces de las mujeres sus percepciones sobre la seguridad en la
ciudad y su mirada del derecho a la ciudad, y los contenidos de las políticas públicas de
seguridad y convivencia ciudadana, y de mujeres para la equidad de género
“Cartageneras en Pleno Goce de nuestros Derechos”. Para su elaboración se realizaron
entrevistas a mujeres líderes cuyo perfil agrupa las voces de las mujeres integrantes del
movimiento social de mujeres y la administración pública.
Rubiela Valderrama Hoyos, feminista trabajadora social y funcionaria de la Secretaría
de Educación Distrital. Fundadora de la Red de Mujeres, integrante de la Mesa del
Movimiento Social e Mujeres, y coordinadora del diseño de la Política Pública de
Equidad de Género de la ciudad de Cartagena “Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros
Derechos. Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de
Cartagena 2008-2009”. Gloria Elena Gil Zea, feminista, fundadora de la red de
mujeres, abogada del colectivo de abogadas Elenita Gonzales, e integrante de la
organización Asodemuc y la Mesa del Movimiento Social e Mujeres. Carolina León
Núñez, trabajadora social y especialista en gerencia de servicios sociales, coordinadora
de la Oficina de la Mujer de la ciudad de Cartagena, y Duvina Torres Coe, abogada,
integrante del Consejo Distrital y del partido de la U.
2.1Aspectos generales del contexto: posibilidades para vivir bien sin humillaciones
y como se quiere, por las mujeres en la ciudad de Cartagena
La ciudad de Cartagena de Indias es la capital del Departamento de Bolívar, ubicada
sobre el Mar Caribe al norte del país, ha sido reconocida por ser destino turístico y
patrimonio histórico y cultural de la humanidad. Se configura como Distrito Turístico y
Cultural, dividido en tres localidades: Histórica y Caribe Norte, Virgen y Turística, e
Industrial y de la Bahía, en las cuales según proyecciones realizadas por el
Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en el 2010 tuvo una población
total de 944.250 habitantes, de los cuales el 52 % mujeres (489.409) y 48% hombres
96
(454.841) pertenecientes a diferentes grupos étnicos -negros, mestizos y raizales,
predominando la población afrocolombiana, la cual según los datos del Censo General
2005 corresponde al 35% de la población Cartagenera, siendo 50,8% mujeres. Al
respecto, las mujeres opinan que:
“La ciudad tiene sectores de gran marginalidad donde hablar de derechos y
calidad de vida es algo exótico, tanto los niños y las mujeres no saben que
significa, ellas tienen necesidades tan básicas que hablar de derechos resulta
algo extraño, para ellos no es tan importante eso, para ellos lo importante es
resolver su día a día. ¿Qué van a comer? Así sea una sola comida al día, ni
siquiera hablamos de ropa, eso no les preocupa, les preocupa el día a día, el
techo, así sea una casa, una casa en muy mal estado y el día a día de la
alimentación” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres).
Encontramos en la ciudad dos ciudades existentes en el mismo espacio urbano, la
ciudad turística e histórica en la cual se concentra la mayor parte del ingreso y la gran
ciudad popular habitada por el 90% de la población, conformada en un 51% por estratos
socio económico, 1 y 2 que se encuentra en condiciones de pobreza y miseria. Y la otra
ciudad, conformada por el 10% restante, y por la gran masa de población flotante
derivada del turismo, quienes son los principales usuarios y destinatarios de los
servicios que ofrece la ciudad.
En este contexto se indagó por las acciones que han sido dirigidas a la protección y
prevención de la violencia de género en la ciudad de Cartagena y las garantías
necesarias para garantizar a las mujeres la seguridad ciudadana, desde el enfoque de
seguridad humana, para tal fin se realizó la revisión de documentos públicos, y se
aplicaron entrevistas semi estructuradas a mujeres representativas de las autoridades
oficiales y del movimiento social de mujeres, a quienes se les formularon las siguientes
preguntas: ¿Qué entienden las mujeres por el derecho a la ciudad? con el fin de ampliar
la significación planteada del mismo, y explorar como la ciudad de Cartagena es un
espacio seguro para ellas.
97
Ante la pregunta ¿Cómo definiría usted el derecho a la ciudad, de las mujeres en la
ciudad de Cartagena?, dicen que es primera vez que escuchan hablar de éste derecho,
pero coinciden en identificarlo con el disfrute participativo y democrático de la ciudad,
incluyendo espacios públicos y escenarios para la participación social y económica, “es
el derecho a disfrutar la ciudad en su plenitud”(Mujer -Movimiento Social de
Mujeres).Coinciden en opinar que el derecho a la ciudad, incluye “espacios públicos
seguros y plenamente habilitados para el goce de sus derechos”, siendo ella, un lugar
donde puedan generar ingresos y participar en su construcción sociopolítica, ultima
situación que es determinante para habitarla en condiciones de seguridad humana.
Afirman que las mujeres no están disfrutando de la ciudad, por dos motivos, el primero
de ellos es no contar con ingresos suficientes, y el segundo es el sentimiento de
inseguridad que la ciudad les genera, lo cual explica el gran tiempo que pasan en sus
lugares de habitación u otros lugares privados, y frecuentes visitas a centros comerciales
u otros espacios semi privados, identificados como los “principales espacios públicos
de la ciudad”, al respecto opinan:
“las personas sólo se sienten seguras en los centros comerciales porque hay un
vigilante en cada puerta”, “queremos ir a la playa, a un teatro, a museos, al
Castillo de San Felipe, pero acá la mayoría de personas no conocen los museos,
no conocen los parques del centro histórico, y las playas están divididas, unas
para los turistas y otras para las cartageneras/os” (Mujer-Movimiento Social de
Mujeres).
A pesar de la novedad que les suscita hablar del derecho a la ciudad, identifican
claramente las corresponsabilidades que implica su disfrute, entre las cuales destacan el
ejercicio de los deberes políticos y el sentido de pertenencia sobre la ciudad:
“hablaría también de derechos y deberes con la ciudad, el Derecho a la Ciudad
es poder disfrutarla en su plenitud, pero también es tener sentido de pertenencia
hacia ella. Cartagena es una ciudad discriminatoria, los lugares son
restringidos y dedicados al turismo nacional e internacional,
se nombran
lugares para el turista y otros para los cartageneros. La falta de inclusión en la
98
ciudad no les permite a hombres y mujeres tener sentido de pertenencia hacia
ella” (Mujer -Movimiento Social de Mujeres).
Las principales corresponsabilidades identificadas por ellas son: la conservación del
medio ambiente, la participación cívica en el control social y en los entes donde se
deciden los asuntos de ciudad, lo cual les implica trabajar en su formación sociopolítica
para pensar con sentido crítico, propositivo y divergente el desarrollo de la ciudad:
“el disfrutar la ciudad implica el conocimiento de unos deberes, si conocemos
nuestros derechos no conocemos nuestros deberes, falta amor y sentido de
pertenencia por la ciudad, falta inclusión social e inclusión de todos y todas en
los espacios urbanos” (Mujer -Movimiento Social de Mujeres); “ las mujeres
nos tenemos que arriesgar para ingresar donde se toman las decisiones,
solamente llegando a estos espacios es posible la transformación de una cultura
de la indiferencia y de pocas oportunidades, es necesario liderazgos donde las
mujeres logremos demostrar que somos capaces de construir la ciudad que
soñamos” (Mujer-Concejal).
Consideran que existen formas diversas de habitar la ciudad de hombres y mujeres,
siendo los primeros quienes han construido su lugar de prestigio en los espacios
públicos, mientras que las mujeres lo han hecho desde la casa, la cual es
su
circunscripción principal. No obstante, comienzan a estar más presentes en la ciudad,
dejando su anonimato de amas de casa dedicadas al cuidado, transeúntes o vendedoras
ambulantes y dan la lucha constante en aquellos lugares de los cuales han sido
excluidas, sin haber tenido siquiera la ocasión de ocuparlos; al respecto opinan:
“los hombres y las mujeres se encuentran en la ciudad de Cartagena en
condiciones diferentes, no es lo mismo una ciudad pensada para los hombres
que una ciudad pensada para las mujeres, no es lo mismo una ciudad habitada
por hombres que una ciudad que va a estar también habitada por mujeres,
niñas, en condición de discapacidad, afro, desplazadas” (Mujer- Funcionaría
Pública).
Coinciden en que el mejoramiento de su calidad de vida en la ciudad, y las nuevas
formas de relacionarse en ella con los varones, va más allá de sugerir transformaciones
99
puntuales y ven necesario un total replanteamiento de la ciudad y de los espacios donde
se deciden sus políticas, al respecto opinan:
“Para garantizar oportunidades de igualdad e inclusión, es necesario
transformar los espacios de decisión, iniciando por el Consejo de la Ciudad,
integrado por 17 hombres y sólo dos mujeres, una de las alternativas para
cambiar nuestro entorno es posicionamiento y en este sentido reconocimiento,
para ello es necesario estudiar, trabajar y hacer las cosas con amor” (Mujerintegrante del Consejo de la Ciudad).
Las anteriores percepciones son fundamentales, toda vez que el derecho a la ciudad
según los destinatarios de la norma y las condiciones de quienes disfrutan la ciudad,
sean hombres o mujeres, sigue siendo una construcción colectiva, y un compromiso por
el otorgamiento a las mujeres de los beneficios que los asentamientos urbanos ofrecen,
con miras a lograr ciudades democráticas y equitativas.Se intentó contrarrestar el
planteamiento teórico realizado en el capítulo segundo indagando por aquellos
elementos que las mujeres de la ciudad de Cartagena de Indias Distrito Cultural y
Turístico, incluirán en la definición de este derecho que las motive a usarla, gozarla
crearla y recrearla, estos son:
 Una ciudad con espacios accesibles e infraestructura adecuada, que pueda ser
disfrutada colectivamente.
 Una ciudad con dinámicas plurales y diversas, que incluya a las mujeres con
discapacidad, negras, lesbianas, y otras minorías identitarias, donde se les garantice
posibilidades para vivir sin exclusiones.
 Una ciudad que permita a las mujeres alcanzar autonomía económica, con
oportunidades para generar ingresos en empleos que les proporcionen estabilidad y
movilidad laboral.
 Una ciudad menos mercantilizada y consumista, con lugares y servicios accesibles
económicamente, que les permitan disfrutar de restaurantes, cafés, centros culturales,
servicios de transporte, espacios arquitectónicos, ofreciendo alternativas y precios
diferenciales para turistas y residentes.
 Una ciudad con espacios seguros, con entornos arquitectónicos adecuados,
iluminados, reconfigurando las construcciones físicas tales como: calles sin salida,
100
vías poco iluminadas, playas seguras, y parques públicos típicamente dominados por
actividades masculinas (Algunas de estas son el juego del dominó, las partidas de
softball y futbol; el consumo de licor, las fiestas de picos, entre otras) los cuales
propician sentimientos de miedo en mujeres que los transitan.
 Una ciudad que les permita conocerla y disfrutarla, apropiando y resinificando su
patrimonio e historia, con el fin de crear identidades sociales en ella. Una ciudad que
cuente con ofertas culturales, artísticas y recreativas inclusivas en todos los sectores
sociales.
 Una ciudad con una administración pública eficiente y transparente en la gestión de
su patrimonio y bienes públicos. En la cual sean atendidas sin discriminación y
diferencia en las instituciones públicas y privadas, ofreciéndoseles un servicio ágil y
oportuno, que les generé seguridad jurídica al momento de acudir ante sus
autoridades encargadas de coordinar y gestionar los asuntos públicos.
 Una ciudad con servicios completos, suficientes e integrales para las mujeres que
permitan la redistribución de las cargas del trabajo doméstico; les ofrezca atención
especializada y ofertas culturales, recreativas, educativas, adecuadas.
 Una ciudad con garantías jurídicas y un sistema de administración de justicia
fortalecido, sensibilizado y ágil para la protección de sus derechos, contando con
acceso rápido y oportuno a la protección policiva cuando sientan que se encuentran
en peligro, y sean efectivas sus denuncias.
 Una ciudad que ofrezca alternativas y soluciones a temas prioritarios para las
mujeres en la ciudad, tales como la prevención y atención de laviolencia sexual y la
violencia económica, planes de subsidios, acceso a servicios públicos, calles
pavimentadas, equipamientos urbanos usables, entre otros.
 Una ciudad que elimine la división entre centro turístico y periferia, contando con
medidas arquitectónicas, sociales y culturales, orientadas a elevar la calidad de vida,
estableciendo mayor equilibrio entre las zonas de localidades y los centros turísticos,
entre las cuales se encuentra mejorar la iluminación, pavimentación de vías, y la
creación y conservación de zonas de esparcimiento y descanso en condiciones de
seguridad ciudadana y ambiental.
Todas estas ideas, se encuentran incluidas en las tres facetas determinantes del derecho
a la ciudad y proponen nuevas formas de convivencia igualitaria para las mujeres,
101
necesarias para que vivan en condiciones de dignidad gozando de nuevas formas de
convivencia igualitaria. A pesar de no existir conocimiento, difusión, reglamentación,
de este derecho colectivo, que nace, acepta y legitima el imaginario social, de todas las
personas que viven, acceden y hacen uso de la ciudad, haciendo diferentes su
características según las condiciones del contexto urbano, identificamos que las mujeres
lo relacionan con el derecho a crear y definir lo que debería existir, uniendo a su
contenido la satisfacción de las necesidades de las personas para tener una vida decente
en el entorno urbano, que transforma su vida y conciencia:
“El movimiento de mujeres han sido fuerte en la ciudad, el Movimiento Social
de Mujeres ha trabajado en la defensa y promoción de derechos, se han atrevido
a tomarse una plaza, hacer una marcha, el estar juntas con la administración
en algunos espacios importantes de la ciudad, en recintos donde nosotras nunca
imaginamos que estaríamos y que tomamos conciencia de hacerlo, todo esto es
parte de un proceso para decir que la ciudad de Cartagena es también para las
mujeres y requiere ser pensada por y para nosotras”(Mujer-Funcionaría
Pública).
En éste sentido, las mujeres de la ciudad comienzan a tomar conciencia de su género y
las limitaciones que representa ser mujer en la ciudad, poco a poco comienzan a
disfrutarla a pesar de las prohibiciones existentes en sus espacios públicos para
transitarlos en ciertos sectores, las restricciones para acceder a ofertas culturales y
recreativas diversas, entre otras limitaciones que excluyen a unas mujeres más que a
otras en especial a las mujeres de estratos 1 y 2 quienes son doblemente discriminadas
por su condición económica y por el color de la piel:
“Las mujeres populares sólo encuentran espacio de goce y disfrute en los pikos
(fiestas populares con sonidos móviles, de alto nivel, donde se escucha
champeta, ritmo caribeño influenciado por la salsa y el reggae que transmite el
sentir, formas de vida y de interpretar la realidad de la clase popular de la
ciudad) allí están expuestas a constantes acosos y situaciones de violencia
generadas por rencillas a causa del licor y celos. Ésta es su única alternativa
porque aun no las hemos motivado para que acedan
recreativos en la ciudad” (Mujer-Movimiento Social).
102
a otros espacios
Opuesto a éste sector de mujeres, se encuentran aquellas que han accedido a la
educación superior, siendo en este momento universitarias y académicas, de clase media
y media alta, quienes en mayor medida se movilizan y hacen presencia en los espacios
de ciudad cuestionando con sus ideas y conductas renovadas las prácticas machistas y
androcéntricas, que han sido fuertemente arraigadas en la costa Caribe.
Así mismo, se indagó sobre prácticas y acciones simbólicas realizadas por las mujeres
o en las que han participado, que fuesen significativas para ellas por ser formas de
resinificar el espacio público y ejercer de alguna manera su derecho a la ciudad, entre
ellas se encuentran las actualmente lideradas por la institucionalidad de género –Unidad
de Género del Distrito-, las impulsadas por el equipo coordinador de la política pública,
y las gestadas por el movimiento social de mujeres y otras organizaciones sociales estas
son:
 Las acciones que corresponden al segundo eje de la “Política Pública de Mujeres
para la Equidad de Género en el Distrito de Cartagena 2008-2019” una vida libre de
violencia cuyo propósito “es garantizar a las mujeres una vida libre de violencias, a
través de acciones de prevención, atención, protección y acceso a la justicia.
 Las actividades realizadas en el marco de la Campaña “Oye Man no le Pegue a la
Negra” financiada por el Programa Integral de Violencias Contra la Mujer MDGF
durante el cual “se han realizado cuñas radiales y se ha llevado a la plaza telones
para que hombres y mujeres dejen su firma pactando su no agresión, para no
maltratar más a las mujeres, principales víctimas de violencia” (Mujer-Funcionaría
Pública). Otras acciones realizadas en el marco del Programa son: la creación de
Hogares de Acogida para la protección de mujeres víctimas de la violencia
intrafamiliar, y el Diplomado en Calidad de Atención y Violencia de Género
dirigidos a operadores de justicia para el tratamiento según criterios de calidad de la
violencia basada en género en la ciudad, entre otras.
 La Escuelas de Formación de las Mujeres y su incidencia en la secciones de
Gobierno al Barrio, en el cual las mujeres de las localidades participan activamente
enaspectos que son competencia de las alcaldías locales, presupuestos participativos
103
y otros “las mujeres en las mesas de trabajo han incidido para que se movilicen
recursos y se inscriban proyectos al interior de la Secretaría de Planeación, a ellas
les motivan mucho los temas que tienen que ver con el desarrollo al interior de sus
comunidades, y lo referente a centros de salud, juntas de acción comunal, jardines
infantiles, los centros para el adulto mayor”(Mujer-Funcionaria Pública).
 Las acciones para el conocimiento, promoción y fortalecimiento de sus derechos,
entre ellas se encuentran: el conocimiento y la promoción de sus derechos por las
organizaciones sociales y las comisiones de igualdad en las Juntas de Acción
Comunal, la toma masiva de espacios públicos, entre ellas las celebraciones del 8 de
marzo, las acciones de incidencia política, organizadas por la Mesa del Movimiento
de Mujeres, y la noche de mujeres del 8 de marzo, decretada por el gobierno distrital.
 La asignación de subsidios para madres sustitutas y comunitarias para sufragar
servicios públicos, y otros beneficios a madres cabeza de hogar del Programa
Familias en Acción39.
 Las nuevas oportunidades de acceso a la educación técnica, tecnológica y
universitaria a través de los CERES- Centros de Educación Regional Superior-,
ubicados en los barrios de la ciudad.
 Las asignaciones de cabildeo ante el ente rector de la política pública de vivienda
urbana COORVIVIENDA para exigir prioridades en el tema de vivienda para las
mujeres, logrando que se establezcan criterios para la entrega de vivienda de interés
social, la asignación a madres cabeza de familia, con hijos, y con bajos ingresos.
 Las acciones de incidencia en las administración pública, el posicionamiento de los
temas de la mujer en la institucionalidad de género existente, y las acciones de
cabildeo para la creación de la Secretaría de la Mujer como instancia rectora de la
Política de Equidad De Género, con funciones de coordinación, regulación,
ejecución, monitoreo y asesoría en los componentes de la política.
39
Iniciativa del Gobierno Nacional para entregar subsidios de nutrición a los niños menores de siete años
y un subsidio escolar a los niños entre 7 y 18 años que pertenezcan a las familias del nivel 1 del SISBEN,
el cual se realiza a través de las madres quienes, por lo general, tienden a distribuir los ingresos de la casa
hacia el consumo de alimentos, educación y salud.
104
 Por otro lado, se destaca la creación deotras institucionalidades para la defensa de los
derechos de las mujeres tal y como el Comité Distrital de Trata de Personas,
ordenando por disposición del Gobierno Nacional para prevenir y proteger a las
víctimas de este delito, el cual destaca en la ciudad por fomentar la
interinstitucionalidad de una temática de la cual se ha hablado mucho en la ciudad.
Estas acciones dan cuenta de cómo la existencia de la Política Pública de Equidad de
Género en la ciudad y la exigencia de su cumplimiento, ha potenciado el ejercicio del
derecho a la ciudad, de las mujeres, cuya formulación ha permitido orientar su
actividad política, y con ella su capacidad de organización y movilización, tomando
conciencia de los roles asumidos, para ubicar en la agenda pública sus necesidades,
problemas y expectativas en la ciudad, a través del uso de mecanismos de participación
ciudadana “tradicionales” como el voto, la vinculación a partidos y movimientos
políticos; y formas de participación “no tradicionales” como la movilización, la
militancia, la resistencia política, la reflexión académica, entre otras.
Entre las acciones de ejercicio pleno de su ciudadanía y goce de su derecho a la ciudad,
consideran las siguientes:

Gestiones del Movimiento Social de Mujeres, para incluir sus inquietudes y
propuestas en los contendidos de los Planes de Desarrollo Distrital formulados
por candidatos a la alcaldía de la ciudad, en especial durante las últimas
administraciones.

Participación en el diseño y formulación de la política pública “Cartageneras en
pleno Goce de nuestros derechos”, la definición de sus ejes: mujeres con
autonomía económica, las mujeres decidimos sobre nuestros cuerpos, una vida
libre de violencias, las mujeres decidimos sobre el ejercicio del poder, y
Cartagena libre de una cultura machista, y el cumplimiento de sus componentes

Las acciones de cabildeo para la creación de la Secretaría de la Mujer

Capacitaciones en la normativa que protegen los derechos de las mujeres, y en
especial la difusión de la Ley 1257 de 2008.
105

Presencia
en
los
cuerpos
colegiados,
asambleas,
concejos,
juntas
administradoras locales, equipos de personal de la alcaldía distrital, entre otras.

Gestión y participación comunitaria en especial en las zonas de menores
recursos.
Finalmente, advierten que la ciudad debe disfrutarse sin distinciones, por hombres y
mujeres, contando con condiciones económicas y de acceso similar, a todos los bienes
culturales que les ofrece la ciudad, e incrementado su incidencia y participación, en la
planeación, gestión, y organización de la ella, al respecto opinan:
“Pensaría en este momento que no se requiere algo diferencial, si no que
hombres y mujeres puedan gozar de igual manera la ciudad, gozando de los
espacios de la ciudad sin que les pase nada” (Mujer-Movimiento Social de
Mujeres) Situación que demuestra que la ciudadanía del común aun no tiene la
suficiente conciencia de las inequidades que presenta la ciudad que impiden
disfrutarla.
“ Existe poca participación de las mujeres en cada uno de estos aspectos, la
gran masa de mujeres de la ciudad es indiferente, sin embargo el Movimiento
Social de Mujeres que representa a las mujeres organizadas, ha tratado de
incidir, hemos logrado en avanzar en esos temas, salvo en el de seguridad, pues
cuando se estaba trazando la política de seguridad, nosotras insistimos en
conocer el documento, estudiarlo, hacer propuestas, pero el tema se ha
manejado muy cerradamente y no se han tenido posibilidades para que seamos
incluidas” (Mujer-Movimiento Social)
Sobre el ejercicio de su ciudadanía plena su poder de mando en los asuntos de la ciudad
las mujeres opinan:
“Las mujeres en la participación han sido tímidas, aunque se han logrado
avances, ejemplo de ello es la existencia de las organizaciones de mujeres, pero
debemos ser mucho más decisivas para lograr que nos escuchen en los asuntos
de planeación, cultura, proyectos productivos, proyectos de ciudad y
convivencia, de tal manera se logrará la equidad. No queremos que sea una
106
sociedad matriarcal, porque esa historia ya pasó, sino una sociedad en la que
nosotros nos pongamos de acuerdo, donde hombres y mujeres puedan construir
lo que deseamos, soñando el desarrollo. Sé que eso se lo podemos transmitir a
los hombres, hijos, maridos, amigos, de esta manera las mujeres podemos
liderar procesos de transformación de la ciudad y de su cultura patriarcal”
(Mujer-Distrital Concejal)
2.2 El disfrute del derecho a la ciudad de las mujeres cartageneras:
facetas,posibilidades y limitaciones
Presentadas las percepciones que las mujeres tienen del Derecho a la Ciudad, de cómo
es imaginado por ellas, reconocido por las instituciones de la administración pública
local, y disfrutado en clave de ciudadanía plena, en este apartado se incluyen algunos
datos del contexto de las mujeres a partir de los elementos axiológicos del derecho a la
ciudad, la distinción de sus facetas, y los contenidos de las políticas públicas, teniendo
como norte la aplicación de la ruta de análisis propuesta, para analizar las políticas
públicas y las acciones político administrativas, centrando nuestra atención en las
acciones políticas que se han propuesto para garantizar la seguridad ciudadana.
2.2.1 Limites a la primera faceta del derecho a la ciudad: usufructo de los bienes y
oportunidades que la ciudad ofrece a sus habitantes.
En la consulta de datos del informe de la Alianza Cartageneras (2008), encontramos que
el 68% de los hogares de la ciudad se encuentra bajo la línea de pobreza, siendo estos
losque tienen el nivel más alto de hijos e hijas, nivel educativo más bajo, y mayor
número de jefaturas femeninas, hechos que sin lugar a dudas, limitan el disfrute del
derecho a la ciudad, de las mujeres; al respecto opinan:
“Si miramos los hogares de la ciudad existe pobreza en la mayoría de los que
están encabezados pormujeres, ellas tienen menos oportunidades de empleo, y
están más ocupadas pero en empleos subnormales y en las ventas callejeras y
eso no redunda en beneficios para su calidad de vida. Cuando ellas van a
ocupar un espacio laboral formal también la remuneración es menor, siendo su
calidad de vida menor” (Mujer-Movimiento Social).
107
En el desarrollo de la investigación se identifica Laprecariedad de recursos de las
mujeres en la ciudad, como principal limitación parael goce de la primera de las
facetas del derecho a la ciudad, al respecto se halla que ellas no hacen uso democrático
del espacio porque no cuentan con las garantías mínimas para vivir bien, tales como:
acceso a servicios públicos, viviendas adecuadas, alimento, vestuario suficiente,
servicios de seguridad, transporte, y salud que les propicie condiciones para hacer un
uso democrático del espacio público. Sobre ésta limitación las mujeres entrevistadas
opinan:
“La calidad de vida en general tanto en lo ambiental y en lo económico, como
en oportunidades de participación, son bastantes bajas, supremamente bajas. La
calidad de vida es bastante precaria, el gobierno actual ha hecho un esfuerzo
enorme por superar la situación, pero realmente no se logra, porque primero,
en cuatro años no se logra, y segundo eso requiere unos recursos y una apuesta
política muy fuerte. Éste gobierno se lo propuso a través del Plan de
Emergencia Social Pedro Romero, pero realmente el plan ni se oye nombrar, así
que es muy poco lo que se ha podido hacer. Se camina por las barriadas
populares y encuentras absolutamente la misma pobreza, parece que por allí no
hubiese pasado nada. En la otra Cartagena, en la cual vive una minoría de
cartageneras, las personas tienen todas las posibilidades de vivir en los lugares
de desarrollo de la ciudad” (Mujer-Movimiento Social).
El alto nivel de pobreza de las mujeres en Cartagena, les trae como consecuencia la
imposibilidad del “buen vivir”, es decir, de vivir con plena satisfacción de sus
necesidades vitales y gozar de los bienes que la ciudad ofrece a sus habitantes.La
ausencia de condiciones materiales de existencia, es decir de recursos y autonomía
económica para satisfacerlas en la ciudad, equivale al desconocimiento de sus derechos
en el espacio urbano, escenario preferente para la vivencia, goce y disfrute de
prerrogativas económicas, sociales y culturales reconocidos internacionalmente por los
estados, traduciéndose en condiciones de inseguridad humana y limitaciones objetivas
de las mujeres para vivir como quieran, con libertad y autonomía de decidir sobre sus
proyectos de vida.
108
Según las apreciaciones de las mujeres entrevistadas, los beneficios que ofrece la ciudad
en la mayoría de los espacios públicos céntricos con equipamientos urbanos, están
dedicados a actividades turísticas, lo cual ha promovido la creación de otros puntos
céntricos, menos embellecidos y con insuficiencias aun en su dotación, que hacen parte
de “otra ciudad”, dentro de la misma, toda vez que su dinámica turística deja con pocas
alternativas a quienes residen en ella; algunas causas de estoson: la insuficiencia de los
servicios públicos, la ausencia de controles y regulación diferenciales en los precios y
tarifas para acceder a los lugares y servicios de la ciudad, y otras garantías que permitan
acceder a las oportunidades y bienes públicos que la ciudad tiene para ofrecer a sus
habitantes, tales como playas, parques, bibliotecas, baluartes, entre otras.
“Esta ciudad es supremamente excluyente y mucho más en términos
económicos, tu para sentarte en un café en el centro histórico, ubicado en una
plaza, tienes que llevarte 50.000 pesos en el bolsillo, siempre tienes que tener
dinero (…)
aunque puedo por mi posición económica acceder a algunos
lugares de la ciudad, a uno le da pánico salir porque siempre te cobran mucho,
como si una fueras turista” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres).
Las pocas posibilidades de las mujeres para obtener ingresos económicos suficientes y
permanentes, explican la insatisfacción de algunas de sus necesidades básicas y el
desencanto por no poder realizar sus expectativas de autonomía económica,las cuales
les procuran condiciones para vivir bien, sin humillaciones de tipo económico. El hecho
objetivo que explica dicha condición de las mujeres de la ciudad Cartagena, el cual
puede ser recurrente en otros contextos, es su precaria participación en el mercado
laboral, caracterizado por contar con una alta tasa global de participación de 65%
hombres y 35% mujeres, (Cartageneras en Cifras, 2008. Pág.26)quienes en pocas
ocasiones cuentan con condiciones suficientes y alternativas variadas para realizar
trabajos dignos, de los cuales puedan generar ingresos suficientes y alcanzar autonomía
económica, y una conciencia libre de esquemas patriarcales;al respecto las mujeres
entrevistadas opinan que:
“Las mujeres se están fortaleciendo para mejorar sus condiciones de vida en su
entorno, participan en actividades económicas, pero requieren de mayor
capacitación y profesionalización, de unas competencias y saberes, de una
formación en artes y oficios, que les permita realizar alguna actividad
109
económica que les provea recursos. Las ofertas de capacitación ofrecidas por
las instituciones y el gobierno local, no son efectivas porque tratan de masificar
a las mujeres, por ejemplo capacitan a 300 mujeres en peluquería, pero no
todas las mujeres tienen las competencias ni las capacidades para ser
peluqueras, y no las capacitan para ser independientes, lo cual evidencia que
falta planeación y diseño en las ofertas para las mujeres” (Mujer-Movimiento
Social de Mujeres).
Las pocas posibilidades de vincularse a un empleo digno, hace evidente el porqué
mujeres con vida laboral activa, se encuentran en condiciones de informalidad laboral
en las ciudades haciendo del intercambio mercantil su forma de uso y apropiación del
espacio público más representativa, con la pretensión de generar recursos para su
supervivencia, entre ellas se encuentran las ventas ambulantes y el turismo sexual,
actividades que están lejos de dignificarlas y las excluye de la vivencia de otras
prácticas sociales tales como el ocio y la recreación en el espacio urbano.
Las tendencias del mercado laboral de las mujeres en la ciudad de Cartagena, son
similares a las que tienen las mujeres en grandes urbes, ellas son más en el comercio
callejo, en el las labores de servicio al cliente en restaurantes y hoteles, en la prestación
de servicios sociales y personales propios de labores del cuidado, destinando su mano
de obra en gran medida al sustento de los servicios turísticos de la ciudad de los cuales
no reciben sus beneficios, y que supone para muchos de los visitantes la prestación de
servicios de cuidado, situación que hace suponer a los clientes que entre los servicios
ofrecidos pueden requerirlas como prostitutas, lo cual ha perfilado a la ciudad como
una zona de turismo sexual.
Encontramos que poco es su desempeño en el industrial, portuario, empresarial y
manufacturero, principal impulsador del desarrollo de la ciudad,el cual garantiza
estabilidad laboral, trabajo remunerado, y beneficios de la seguridad social.
En palabras de las mujeres entrevistadas, la falta de ingresos e igualdad de
oportunidades “convierte a las mujeres en la ciudad en dependientes socialmente,
resignadas a condiciones de humillación y exclusión, que impiden que piensen en forma
diferente y se acomoden a las beneficios que reciben, situación que no motiva su
110
participación” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Por el contario, su dependencia
económica ha ampliado la brecha existente entre hombres y mujeres, justificando
formas de vida y condiciones de existencia no igualitarias y discriminatorias, arraigadas
en la cultura y generan diferencias estructurales en la calidad de vida de hombres y
mujeres; sobre el tema ellas opinan:
“Los hombres en la ciudad tienen mayor calidad de vida que las mujeres, tienen
más oportunidades, más posibilidades, están ocupando en estos momentos más y
mejores espacios que las mujeres a nivel laboral, están ocupando en estos
momentos más y mejores espacios que las mujeres en escenarios de decisión y
participación política, en los gremios, en la academia. Las mujeres tienen ahí un
gran reto para equiparar las cargas” (Mujer-Funcionaría Pública)
Al indagar por su derecho a la propiedad de bienes muebles e inmuebles, de la vivienda,
derechos que hacen parte del derecho a la ciudad, consideran las mujeres que la
dinámica inmobiliaria de la ciudad de Cartagena impide que ellas cuenten con viviendas
propias, construidas y ajustadas a
sus necesidades; generalmente, los títulos de
propiedad son de los hombres y/o hacen parte del patrimonio de familia lo cual ha
facilitado, no en pocas ocasiones, que sean desplazadas de ellas por el actuar de sus
compañeros, siendo los principales motivos riñas violentas, ventas, e hipotecas, y el
maltrato físico y psicológico, y otras manifestaciones alas cuales se ven expuestas en
contextos de violencia intrafamiliar.
Lo anterior da cuenta de cómo hombres y mujeres en la ciudad ejercen su derecho a la
propiedad de manera diferente, apropiándose el varón de la vivienda mediante su
presencia en ella, mientras que las mujeres lo hacen a través del cuidado que otorga a
sus pertenencias y las labores domésticas que les permiten mantenerlas habitables y
embellecerlas, lo cual da cuenta de las dificultades de las mujeres para asumirse como
propietarias, siendo ello un rezago disposiciones normativas que: no les permitía
administrar su riqueza, negaban sus derechos hereditarios, limitaban su acceso a la
propiedad, entre otras situaciones constitutivas del desmedro de sus derechos
patrimoniales, y que han trasladado en el imaginario femenino el goce del derecho a la
propiedad asumiendo sus labores domésticas.
111
Resaltan las mujeres entrevistadas lo oportuno que sería en la asignación de viviendas
de interés social que los títulos sean realizados a nombre de ellas como medida para
deslegitimar la práctica patriarcal de asignar el derecho de propiedad a los hombres; al
respecto señala una de las entrevistadas
“En el Barrio Revivir de los Campanos, que son viviendas de interés social para
la población desplazada, las viviendas eran asignadas a los hombres y ellos en
poco tiempo comenzaron a botar a las mujeres e hijos/as de sus casa, hemos
trabajado como equipo coordinador de la política pública, con la
administración pública para que los subsidios para vivienda sean entregados a
las mujeres, no porque de ellas depende la unión del hogar, sino para que no
queden desprotegidas y con la carga familiar por el actuar de sus compañeros”
(Mujer-Movimiento Social de Mujeres).
Entre las principales limitaciones impuestas por cultura machista, se encuentran las
referidas a la carencia de ingresos ya evidenciada como obstáculo para su “buen vivir” y
al “Vivir como quieran”, sobre las limitaciones a la tenencia de bienes muebles e
inmuebles y acceso de la propiedad:
“la mayoría de los propietarios son hombres, somos muy pocas las mujeres que
podemos decir que contamos con una propiedad que nos sirva de recurso para
garantizar nuestro proyecto de vida, aún no tenemos las mismas capacidades
económicas para decir que somos propietarias, las familias tradicionalmente
han transmitido la propiedad a los hombres, ellos son quienes figuran en los
títulos y toman las decisiones dentro de los bienes, el hombre es el que manda,
es el mayor generador de ingresos, cuando mueren los padres las propiedad
quedan en manos de los hijos hombres, transmitiéndose así este machismo
cultural”. (Mujer-Movimiento Social de Mujeres).
Finalmente, se concluye que tal y como ha sido puesto en evidencia por los
movimientos sociales que propugnan por el reconocimiento del derecho a la ciudad, de
las mujeres, sus derechos aún no han sido suficientemente considerados en la
112
planeación de la ciudad y organización del territorio. Afirman no ser consultadas por las
entidades encargadas de la reorganización del territorio, quienes desconocen que son
ellas, por ser mayoría poblacional y desarrollar las actividades de cuidado doméstico,
las principales afectadas por la ausencia de acueductos y alcantarillado. No obstante,
esta situación no les ha impedido tomariniciativas para mejorar sus condiciones de vida,
y en el peor de los casos las ha obligado a adaptarsu estilo de vida a la precariedadde la
ciudad.
“Mujeres de la ciudad de Cartagena son quienes han gestionado acueductos,
centros de vida, tomando iniciativas para la pavimentación de las calles, lo que
pasa es que ese reconocimiento aun no les ha llegado” (Mujer-Movimientos
Social de Mujeres).
2.2.2 Limites a la segunda faceta del derecho a la ciudad: mandato de construcción
colectiva y participativa de los asuntos de ciudad.
Identificamos como principal limitante del ejercicio de la ciudadanía plena de las
mujeres en la ciudad la cultura machista, fuertemente arraigada en las ciudades a pesar
de ser las mujeres quienes dominen las ciudades numéricamente, en ellas poco son
tenidas en cuenta sus necesidades de vida, trabajo, seguridad, movilidad y
representación, las cuales no se hacen visibles al momento de formular políticas
organizativas de los asentamientos urbanos.
El predominio en la ciudad de Cartagena de la cultura machista, no ha permitido
integralmente a las mujeres Vivir como ellas quieran eligiendo su plan de vida en la
ciudad y participando de la construcción de los asuntos de ciudad, aspectos que
integran la segunda faceta del derecho a la ciudad, y que son desconocidos con la
generación, creación y perpetuación de prácticas ofensivas, llevadas a cabo en pro del
mantenimiento de un orden social que somete y discrimina a las mujeres.
Para entender los efectos de la cultura machista típica de la ciudad, y en especial en las
ciudades del Caribe, se recurre a las siguientes estrategias presentadas por Teresa del
113
Valle (1997): la primera ha sido naturalizar la presencia masculina en los cimientos del
poder de la ciudad , estrategia que ha sido asumida preferentemente por los varones y
traducida en mecanismos de poder y prestigio para su beneficio, ejemplo de ello es su
incidencia en los órganos de decisión y gestión de la ciudad, y la instauraciónen ella de
sus proyectos sociales, económicos y de ocio.
La segunda estrategia, usada en ocasiones por las mujeres, ha sido generar el
inmovilismoproducto de la desigualdad social, que obstaculiza con frecuencia la fluidez
de los roles tradicionales que ejercen las mujeres, evitando el cambio de los roles
tradicionalmente femeninos, deteniendo con ello la posibilidad de ejercer nuevos roles.
Ambas estrategias les impiden a las mujeres asumir su autonomía en el espacio público,
decidiendo resguardar sus expectativas de vida en los espacios interiores y domésticos.
La preocupación por librar a la ciudad de una cultura machista se considera eje
estratégico de la política pública de equidad de género, cuya implementación a
contribuido, especialmente en el área de violencia contra las mujeres, a la visibilización
de la problemática en las instancias institucionales, judiciales y organizacionales. Estos
actores han puesto en evidencia las situaciones de inseguridad y las principales
violencias a las cuales están expuestas las mujeres en la ciudad, y en especial en los
espacios urbanos en los cuales 58,0% de las mujeres son víctimas a maltratos físicos,
26.0% a maltratos verbales, 8,0% a maltratos sexuales, 6,0% agresiones psicológicas, y
finalmente 2.0% a agresiones económicas (Alianza Cartageneras, 2008), cuyos motivos
originadores son poco denunciados e inhiben a las mujeres en la elección de sus
proyectos de vida, confinándolas a una vida marcada de humillaciones.
De otro lado, en razón de su mandato en la construcción colectiva y participativa de los
asuntos de ciudad, encontramos que en el período 2008 al 2010 las mujereshan tenido
mayor participación en los espacios de dirección y deliberación pública, ocupando
puestos estratégicos de poder, desde los cuales comienzan a ejercer control socialy
político, que les ha permitido dirigir la organización política y comunitaria, e incidir
políticamente hasta lograr:
1) la formulación de una política pública de equidad de género “Cartageneras en Pleno
Goce de Nuestros Derechos. Política Pública de Mujeres para la equidad de género en
114
la ciudad”; 2) ocupar puestos de elección y dirección local, tales como alcaldía
municipal, secretarías de despacho, juntas administradoras locales y concejo municipal,
no obstante, consideran que aun su participación ha sido insuficiente en estos espacios
y no alcanza las cuotas mínimas de participación femenina establecidas en la Ley 581
de 2000:
“sólo existen dos mujeres en las Juntas Administradoras Locales (JAL) de un
total de 27 ediles, y en el Concejo únicamente dos mujeres de un total de 19
Concejales. No obstante, no debe desconocerse que la elección de una mujer a
la Alcaldía ha permitido la conformación del gabinete con participación de
mujeres, camino para alcanzar la Ley de cuotas” (Cemci, 2008).
A pesar de las debilidadespresentadas en el cumplimiento del mandato de construcción
colectiva de los asuntos de ciudad, desde tiempos anteriores las mujeres participan y
fortalecen su incidencia en la construcción de asuntos de ciudad, por sus capacidades
asociativas y de representación colectiva, de lo cual ha sido ejemplo el Movimiento
Social de Mujeres, y la Red de Empoderamiento al cual pertenecen aproximadamente
cincuenta y nueve organizaciones sociales, artículadas a plataformas de trabajo, para
incidir y aportar a la construcción de la ciudad que sueñan y desean.
2.2.3 Limites a la tercera faceta del derecho a la ciudad: goce efectivo de los
derechos humanos en los contextos urbanos.
Además de los obstáculosa la vivencia de las facetas del derecho a la ciudad, la
discriminación
de las mujeres por razones de género, condición socioeconómica,
opción sexual, nivel de formación, lugar de habitación, profesión, arte u oficio
realizado, y la subvaloración de la representación de lo femenino, son situaciones
que se convierten en obstáculos para Vivir sin humillaciones, sin violencia y libre de
los estereotipos de género gozando efectivamente de la realización de sus derechos
humanos en el contexto urbano.
Vivir sin humillaciones, implica para las mujeres de la ciudad de Cartagena el goce de
sus derechos humanos, disfrutando en el espacio público de condiciones de seguridad
humana, incluyendo: condiciones de transporte público formal que garanticen su
115
movilidad, disfrute de un medio ambiente sano, acceso a ofertas educativas suficientes y
de calidad, existencia de espacios para el ocio y la recreación, y acceso a un sistema de
administración de justicia eficiente, que tramite con celeridad y prontitud las quejas
elevadas para la protección de sus derechos humanos.
La ciudad de Cartagena, ha sido históricamente racista y excluyente, su sociedad ha
marginalizado por décadas la población afro descendiente, la cual resulta ser
mayoritaria en la ciudad, situación que ha puesto a las mujeres en condiciones de
habitantes invisibles, víctimas de una intersección de situaciones de discriminación
relacionadas con su raza, género y posición económica.
Éste escenario discriminatorio, hace a las mujeres cartageneras más sensibles a vivir con
humillaciones en el contexto urbano, limitando la expresión de su identidad femenina
por los estereotipos de género existentes, muchos de ellos presentes, en el proyecto
colonial euro céntrico que las marginó y trató como esclavas de segunda categoría cuyo
costo era inferior a los esclavos hombres por el hecho de ser mujeres.
“todavía se discrimina tanto por raza como por género, se discriminan
frecuentemente por el color de la piel para ingresar a ciertos lugares (…) las
mujeres dedicadas al servicio doméstico son tratadas como esclavas,
legitimando en nuestra cultura relaciones de servilismo que limitan el
pensamiento femenino” (Mujer Movimiento Social).
El pensamiento colonial dominante yla poca valoración que en éste se hace de la mujer,
aun es causa que limita su potencial para participar y construir asuntos de ciudad y
justifica la exposición de sus vidas a constantes humillaciones, además de ello existen
pocas investigaciones y falta conocimiento sobre los imaginarios y formas de vida de
las mujeres afro de Cartagena, y hace falta escucharles en los rumbos de desarrollo de la
ciudad; sobre este asunto opinan:
“En Cartagena aun existe el servilismo, las mujeres son empleadas en oficios
domésticos, la mayoría de ellas son mujeres de color” (…) además, “En el
mercado laboral y en las partidos políticos, hay sesgos coloniales, toda vez que
la mayoría de las mujeres de Cartagena son morenas, negras y descendientes de
116
afros, rechazadas por su contextura la cual no está definida en los perfiles
clasistas de esta ciudad” (Mujer Movimiento Social de Mujeres).
Finalmente, las mujeres hablan de otras situaciones que les impiden vivir sin
humillaciones en la ciudad: alta deserción del sistema educativo, el marcado
desconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos, el alto índice de embarazo
adolescente, la tradición de matrimonios a temprana edad, las pocas oportunidades para
disfrutar del ocio creativo y recreativos, y la vivencia personal de las diversas
manifestaciones de violenciafísica, psicológica, sexual, patrimonial, basada en género.
Sobre las posibilidades de cambiar este escenario, las mujeres entrevistadas venuna
esperanza en la nueva generación de mujeres, ellas son quienes acceden a la educación,
fortalecen la academia, se movilizan políticamente y acceden a trabajo independiente, lo
cual les permite incursionar en otras actividades y construir nuevos modelos de vida con
mayores posibilidades. Son ellas quienes se están empoderando y tienen apertura para
modificar este patrón cultural; no obstante son conscientes de que esta situación no es la
que viven la mayoría de mujeres populares; al respecto opinan “el empoderamiento les
llega hasta poderse tomar igual una cerveza, emborracharse, jugar toda la tarde
dominó (su juego ha sido considerado una actividad esencialmente masculina en los
barrios) y salen de sus actividades, de disfrute de los fines de semana, lascuales son
rallar coco, y atender a sus hijos y a los hombres mientras juegan dominio” (MujerMovimiento Social de Mujeres).
2.3 La idea de ciudad, de las mujeres, orientadora para la formulación de políticas
públicas
El segundo componente propuesto para el análisis de políticas públicas y acciones
político administrativas que garantiza el derecho a la ciudad en la ciudad, de las
mujeres y su seguridad ciudadana en Cartagena, consiste en identificar en primer lugar,
la idea de ciudad de los actores gubernamentales, y en segundo
la percepción de la
ciudad que tienen los actores sociales, en especial las mujeres.
Al preguntarles a las mujeres sobre qué idea tienen de ciudad y cómo en ella se
vivencian los derechos a la seguridad, movilidad, empleo, propiedad, ambiente sano,
117
educación, salud, justicia, encontramos como punto común de sus respuestas afirmar
que son desconocidos, violados, y vulnerados en los espacios urbanos,impidiendo en la
ciudad de Cartagena su disfrute del derecho a la ciudad y el alcance de las siete
dimensiones de la seguridad humana; sus opiniones sobre el ejercicio de estos derechos
son:
Derecho a la Justicia: existe ineficacia y morosidad del sistema de administración de
justicia para atender los requerimientos de las mujeres lo cual impide que la ciudad sea
un espacio para el goce pleno de sus derechos humanos, opinan al respecto “cuando a
las mujeres se les vulneran sus derechos (en el ámbito público o privado) no tienen con
qué pagar un abogado que las represente, los operadores de justicia aun piensan que si
una mujer fue golpeada es porque ella se lo buscó”.(Mujer-Movimiento Social).
Ellas consideran que el acompañamiento institucional es precario por no contar con los
suficientes recursos humanos, financieros y físicos “Las mujeres llegan a la comisarias
de familias a denunciar y no encuentran un espacio adecuado, no encuentran al
funcionario allí para hacer la denuncia, entonces cuando acceden a la justicia y no
encuentran herramientas ellas se van y no denuncian” (Mujer-Funcionaria Pública).
Derecho a la Movilidad: es un derecho que las mujeres de la ciudad desconocen, ellas
tienen limitaciones que configuran la “ciudad prohibida” toda vez que existen lugares
que no son para ellas, además de las limitaciones para movilizarse por donde les plazca;
entre estos están las restricciones de visitar los lugares a determinadas horas porque
están solos ó son peligrosos por la presencia de personas vinculadas a grupos al margen
de la ley ( guerrilleros y paramilitares) y pandillas urbanas, y las presiones territoriales
de grupos armados y desmovilizados que comienzan a ganar territorio en la ciudad.
A ello se le suma las deficiencias en los medios de transporte público tales como buseta
y taxis, no son seguros para ellas, y los medios de transporte informal como son los
taxis-colectivos y las
moto-taxis, son usados frecuentemente por las mujeres sin
importar la edad, por economía, rapidez y alternativas de interconexión entre los
barrios, “conocemos casos de algunas mujeres han sido llevadas por motaxistas a
lugares solitarios y apartados para violarlas o atracarlas. En las motos no tienen
118
protección están en funcionamiento sin regulación, sin seguro obligatorio, son una
fuente de riesgo para las mujeres” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres).
Derecho al Medio ambiente:se considera desconocido a pesar de los avances en
cobertura de la presentación de servicios públicos domiciliarios y el mejoramiento en
los sistemas de recolección de basuras, manejo de residuos, y tratamiento de agua. No
obstante, aun la prestación de estos servicios es insuficiente en la ciudad, entre ellas se
destacan las deficiencias en los sistemas de acueducto y alcantarillado, circunstancia
que han aceptado las mujeres, quienes son las principales afectadas de vivir
en
condiciones insalubres en los sectores populares.
Derecho al Empleo:además del trabajo informal y el desconocimiento de sus derechos
laborales, las mujeres consideran queno están
lo suficientemente capacitadas para
acceder al mercado laboral, el cual se caracteriza por la inestabilidad y precariedad en
general, sobre este tema opinan:
“Cuando se crean oportunidades, liderando procesos en los cuales las mujeres
puedan participar, y tengan ingresos van a mejorar sus condiciones de vida, la
generación de ingresos les va a permitir tener un entorno saludable, van a tener
la oportunidad de prepararse, de tener una mejor alimentación. Tener ingresos
permite librarse de la sumisión, del maltrato, y de la relegación, porque siempre
dependen de la otra persona, sea su esposo, su padre, su amigo o su amante
para poder salir adelante” (Mujer-Concejal)
Derecho a la Propiedad: la gran mayoría de mujeres en la ciudad carecen de bienes
materiales, muebles e inmuebles, carecen de patrimonio propio e ingresos que les
permita ser autónomas económicamente, principal situación que hace que acepten la
violencia ejercida contra ellas como modo de supervivencia.
Derecho a la Salud: aun en la ciudad las mujeres no cuentan con hábitos de vida
saludable, han comenzado a tomar conciencia sobre ello asumiendo el cuidado de su
propio cuerpo como un derecho. A pesar de la existencia de centros médicos
especializados, la atención a servicios de salud especializados para las mujeres aun es
poca, se resalta la existencia de programas de atención para mujeres embarazadas
119
“mujer sana y madre activa” y las acciones realizadas para la prevención del embarazo
adolescentes.
Derecho a la Seguridad:este derecho de las mujeres se ve vulneradopor múltiples
razones, entre ellas resaltan: 1) su consideración como ciudadanas pasivas en la ciudad
y no como actoras, situación que las hace más vulnerables a las situaciones de violencia
“Nuestros espacios no son los ideales para las mujeres, no hay lugares para
las mujeres de la tercera edad, las mujeres dedicadas a la prostitución son
perseguidas todo el tiempo y sobornadas por las autoridades de policía para
que ellas les presten servicios sexuales” (Mujer-Funcionaria Pública).
Así mismo, la explotación sexual unida a la oferta turística, es una situación no
controlada suficientemente por las autoridades públicas quienes comienzan a
convertirse en sujetos pasivos de ésta conducta, la cual aumenta año tras año,
incrementándose significativamente en espacios públicos tales como calles, parques y
avenidas, tanto del centro turístico como de las localidades que albergan la población
más vulnerable de la ciudad:
“se cree que las mujeres nativas de Cartagena están en ese plan de transar
servicios sexuales, los turistas creen que porque una mujer es de color se
encuentra dispuesta a acostarse por dinero, el ver a las mujeres como objetos
sexuales se ha convertido en una fantasía turística” (Mujer-Movimiento Social).
(…)“ en nuestro contexto es inconcebible que una mujer se desplace sola por
ejemplo a las diez u once de la noche, colocando a quien lo hace en situaciones
de riesgo, una ciudad segura es aquella en la que nosotras podamos salir a
cualquier hora del día sin peligro de ser acosadas, robadas, o abusadas ”
(Mujer-Movimiento Social de Mujeres).
Al mismo tiempo, la ciudad es insegura para las mujeres por ser las principales víctimas
de los delitos contra el patrimonio económico, ejemplo de estos son: los atracos
callejeros, efectuados con o sin armas blancas, las extorsiones y pago de deudas con
intereses diarios superiores a los establecidos legalmente, entre otros susceptibles de
atribuírseles a paramilitares desmovilizados, quienes han comenzando a actuar
organizadamente, situación que ha sido tímidamente tratada por las autoridades locales
120
“los paramilitares vinieron a tomarse a Cartagena, la ciudad se paramilitarizó, se han
presentado muchos asesinatos en la ciudad y esto antes no ocurría de la misma
manera como está pasando ahora” (Mujer-Movimiento Social).
La presencia de desmovilizados ha aumentado la percepción de inseguridad de barrios,
zonas y localidades, toda vez que han generado situaciones nuevas en los espacios
urbanos tales como: control del vestuario, vidas y proyectos de vida, relaciones de
pareja, y amenazas a organizaciones sociales, en especial al movimiento social de
mujeres por la difusión de la Resolución 1325 del 31 de octubre del 2000, emitida por el
Consejo de Seguridad de NacionesUnidas que reivindica la participación de las mujeres
en la solución pacífica de los conflictos, a través de los procesos de diálogo y
negociación de la paz en los escenarios de postconflicto.
“las chicas no pueden usar blusas que muestren su ombligo, en varias zonas de
la ciudad éste les fue quemado con ácido (…) está influyendo en las relaciones
de pareja de las chicas de la ciudad, estos nuevos señores llegan con armas,
dinero, con motos de alto cilindraje, y muchas de sus parejas han sido
asesinadas en diferentes sectores de la ciudad”, por último se resaltan los
controles sobre sus horarios y rutas de salida”. (Mujer-Movimiento Social).
Adicional a ello, los homicidios en los espacios urbanos es de 5.1 mujeres por cada 100
mil habitantes (Cartagena en Cifras, 2008) sobre ello opinan que cada vez las mujeres
“son víctimas de asesinos a sueldo, que en la mayoría de los casos, ajustan deudas
económicas y venganzas personales” (...) “por no tener recursos suficientes las mujeres
comienzan a prestar dinero para pagar los gastos de alimentación de sus hijos y
comprar el diario, sufren para pagar sus deudas y si no lo hacen les quitan la vida”
(Mujer-Movimiento Social) (..) Otro tipo de homicidios se atribuye a los casos de
violencia intrafamiliar identificados por ocurrir en sus lugares de residencia.
Opinan que la ciudad tiene muchos lugares inseguros para ellas tales como: lugares
solitarios, sin iluminación, carentes de instalaciones físicas y de presencia institucional,
algunos de estos son las paradas de bus, parques, parajes solitarios, calles específicas del
centro histórico de la ciudad, playas y otros alejados del centro histórico amurallado,
121
por lo cual concluyen que la ciudad no tienen espacios suficientes para ellas “en las
localidades hay muchos sectores, caminos y cruces que son imposibles para las
mujeres, porque ese sector es propiedad de alguna padilla o de algunos consumidores
de drogas, esos sectores están vedados para nosotras” (Mujer-Movimiento Social de
Mujeres).
Estas circunstancias particulares, dan cuenta de cómo la ciudad es insegura para las
mujeres, opinan “La seguridad en Cartagena hoy tiene grandes dificultades, y en
especial para las mujeres,existen situaciones de intolerancia e irrespeto por su
condición de ser mujer, siendo frecuente la desvalorización de lo femenino. Igualmente,
la debilidad de gobernabilidad y falta de autoridad en muchas circunstancias las hace
víctimas y víctimarias de la violencia urbana, no obstante, sigue siendo la principal
causa de su inseguridad su pobreza” (Integrante-Consejo Distrital).
Finalmente, se encuentra una causa adicional que no depende de las condiciones
objetivas de seguridad de la ciudad, sino que es su percepción - seguridad subjetiva -,
referidas a sus miedos y temores para enfrentarse al espacio público y a la vivencia de
las dinámicas urbanas,ella es el
no sentirse suficientemente empoderadas para el
ejercicio de sus derechos en la ciudad:
“Las mujeres al no sentirse empoderadas de sus derechos, acuden a cualquier
institución de la ciudad y/o en los diferentes espacios urbanos, no se sienten
ciudadanas, acuden con temor, y en vez de exigir un derecho actúan como si
estuvieran pidiendo un favor, lo anterior se debe a la falta de formación y a las
malas prácticas políticas heredadas de quienes han manejado la ciudad”
(Mujer-movimiento social de mujeres)
2.4 Contenidos de la política pública y condiciones de seguridad ciudadana de las
mujeres en la ciudad de Cartagena
Finalizado el análisis de cada uno de los componentes axiológicos del derecho a la
ciudad, los cuales corresponde en términos generales a los contenidos de la dimensiones
de seguridad humana, de las mujeres: económica, alimentaria, salud, medioambiental,
personal, ciudadana y política, y cómo sus obstáculos representan factores de riesgo
122
para la seguridad ciudadana de las mujeres y el goce de sus principales , se analizarán
los contenidos del Diagnóstico y Estratégico de Política Integral de Convivencia y
Seguridad Ciudadana En Cartagena De Indias, Colombia40 y sus recomendaciones para
la formulación de la Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana, y los ejes
de la Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género, Cartageneras en Pleno
Goce de Nuestros Derechos (2008-2019).
En el estudio sobre seguridad ciudadanase propone: 1)plan maestro de equipamientos de
justicia, convivencia y seguridad ciudadana; 2) acciones integrales de prevención de la
violencia; 3) fortalecimiento policial y de justicia; 4) disuasión y control del crimen; y
5) promoción de una cultura cívica que estimulará el cumplimiento voluntario de
normas, la confianza en las autoridades y en los demás y la defensa por los intereses
públicos.
Como resultado de la investigación se encontró que dicho documento no fue debatido ni
elevado a acto administrativo emitido por el Concejo Distrital, siendo resultado de un
gran esfuerzo técnico y financiero, cuyo propósito es aportar a la ciudad para que ésta
sea un espacio que posibilite la vida, integridad, libertad y patrimonio de sus habitantes,
a través de prevenir, reducir y atender los factores que generan la inseguridad para
disminuir los indicadores de seguridad objetiva y cambiar la percepción que de la
inseguridad como fenómeno multicausalque va desde la violencia accidental hasta el
crimen organizado.
Entre los hallazgos del Diagnóstico de Convivencia y Seguridad Ciudadanalos
problemas de seguridad en la ciudad, comparada con otras del contexto
latinoamericano, superan el nivel intermedio existente en temas de inseguridad
ciudadana y constituyen obstáculos para la realización del derecho a la ciudad, de las
mujeres, estos son:
40
Diagnóstico y de Convivencia y Seguridad Ciudadana de Cartagena de Indias
(2008)”elaborado para la Alcaldía de Cartagena Distrito Cultural y Turístico por el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
123
1) La amplia percepción de inseguridad que existe en la ciudad, generada por las
siguientes causas: desempleo, situación económica, falta de educación,
drogadicción, ineficacia policial, desigualdades sociales, pérdida de valores,
falencias en el sistema de administración de justicia, violencia intrafamiliar, y la
actividad de desmovilizados, quienes se han reinsertado a la vida civil
abandonado la lucha armada y se han dedicado a la delincuencia general.
2) La existencia de espacios públicos peligrosos e inseguros, y en algunos lugares
marginales e inhabitados, por ser en ellos donde se consume y traficadrogas y
alcohol, y
permanecen las pandillas dedicadas a los asaltos de casas de
habitación y establecimientos de comercio.
3) Dinámicas de seguridad urbana que generan en hombres y mujeres, pero en
especial en éstas últimas, falta de confianza en las autoridades, y sensación de
miedo al recorrer los espacios públicos.
Así mismo, el Diagnóstico de Convivencia y Seguridad Ciudadana (2008) coloca en
evidencia otros factores asociados al crimen y a la violencia urbana, algunos de ellos
coincidentes con los obstáculos que limitan la realización del derecho a la ciudad, de las
mujeres y su goce en condiciones de seguridad humana, estos son:
A) Déficit de capital social y aceptación social del incumplimiento de normas: a
pesar de existir un conocimiento de las normas de convivencia se encuentra en la ciudad
arraigada a la cultura de su incumplimiento, y de la desconfianza en los otros/as para
que las cumplan, por razones de: negligencia, desconocimiento de los alcances de la
norma, y consideración de que sus contenidos no se corresponden con el interés general.
B) Riesgo en grupos poblaciones de convertirse en víctimas y victimarios: se hace
especial énfasis en la juventud por estar expuestos a drogas, alcohol y porte ilegal de
armas, no obstante, no se hace alusión alguna a las mujeres como grupo en riesgo en
los espacios urbanos.
C) Existencia de contextos socio urbanos inseguros:la ciudad se encuentra en un
estado crítico y supera los promedios de los países latinoamericanos, por tener espacios
124
mal iluminados y/o sin uso, deteriorados, sin mantenimiento, con alta presencia de
ventas informales, poca señalización, con congestión de tráfico, inseguridad en el
transporte público formal e informal, existencia de zonas subnormales, entre otras
situaciones, que facilita en ellos el surgimiento de prácticas violentas, en especial en el
transporte público (taxis, buses, y moto-taxis), generando sensación de miedo y temor
para recorrerlos.
D) Debilidad institucional:se traducen en el reducido cuerpo de policía e ineficacia en
su actuar, además de la ineficiencia del sistema judicial lo que genera en los ciudadanos
y ciudadanas, desconfianza en las autoridades, bajo nivel de denuncia, e incitación a
promover acciones en su propia defensa, aceptando el uso de armas y otras actividades
de violencia privada.
Además de los anteriores factores generalizados para toda la población, se hace alusión
directa a la violencia intrafamiliar identificada como problemática de seguridad
ciudadana, siendo uno de los principales peligros en el ámbito privado para el disfrute
del derecho a la ciudad, de las mujeres en el ámbito público, sobre ello consideran:
“la violencia física en la ciudad en muchas ocasiones ha llegado hasta el
asesinato, el problema que existe en la ciudad y que tiene que ver con la
seguridad de las mujeres, es que ellas aun no identifican cual es la violencia
física, dicen que sus parejas, esposos y compañeros, solamente las sacude o
estruja, pero todo esto es un casi me pega” (Mujer -Movimiento de Mujeres).
La propuesta de Política Pública de Convivencia y Seguridad Ciudadana en la ciudad de
Cartagena propone las siguientes acciones: 1) fortalecer el capital social y la cultura
ciudadana; 2) reducir los factores de riesgo de ser víctima o victimario tales como el
expendio y uso de alcohol, otras drogas y armas ; 3) reducir, atender, prevenir y realizar
seguimiento a las víctimas de la violencia doméstica, las violencias juveniles y violencia
contra la mujer; 4) generar contextos socio-urbanos seguros; 5) mejorar la eficiencia y
eficacia de las autoridades policiales y de justicia y 6) reducir el crimen organizado
(Propuesta Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana, 2008)
125
Con estas se pretende hacer de la ciudad un lugar “indispensable para contribuir a una
situación social libre de amenazas, donde las personas pueden gozar plenamente y
ejercer integralmente sus derechos, deberes y libertades (...) administrando el conjunto
de riesgos o conflictos, concretos o previsibles, que lesionen aquella libertad o el goce
pleno de esos derechos, mediante su prevención, atención, seguimiento, control o
represión” ( PPISC, 2008), lo cual la ajusta a los postulados del concepto de seguridad
humana el cual hemos considerado fundamento y garantía para el disfrute del derecho a
la ciudad.
Es relevante en el marco conceptual de la propuesta la definición de los conceptos de
desarrollo humano, objetivos del milenio, y su alusión directa al tema de seguridad
humana para definir y lograr la seguridad ciudadana. Afirmando que los atentados
contra la vida, la libertad, la integridad y el patrimonio de los seres humanos/as
obstaculizan la lucha contra la pobreza y las condiciones de seguridad económica,
alimentaria, medioambiental, personal, comunitaria y política:
“La seguridad ciudadana deviene entonces una condición necesaria –aunque no
suficiente- de la seguridad humana que, finalmente, es la última garantía del
desarrollo humano. Por consiguiente, las intervenciones institucionales
destinadas a prevenir y controlar el fenómeno del delito y la criminalidad
urbana (políticas de seguridad ciudadana) buscan responder a las amenazas a
la seguridad provenientes de la violencia y en particular de la violencia
cotidiana, la que se genera al interior de la familia, de la colonia, o que
padecen los ciudadanos como resultado de situaciones de riesgo o de la
actividad de organizaciones criminales asociadas a delitos de mayor entidad y
que pueden ser prevenidos o enfrentados con políticas locales” ( PPISC-,
2008:7).
Se propone que los programas establecidos en el Plan de Desarrollo de la ciudad
aprobados por el Concejo de la ciudad se rediseñen dirigiéndose hacia dos grandes
estrategias, la primera modificar el comportamiento ciudadano y con ello mejorar la
aceptación social de incumplimiento de las normas y la violencia asociada a los jóvenes
en riesgo, y la segunda mejorar la eficacia policial y la percepción de seguridad de los
126
ciudadanos en lugares con alta percepción de inseguridad y concentración de delitos, y
superar la debilidad institucional.
No obstante, en las estrategias y acciones propuestas no se plantea un abordaje desde el
enfoque de género con acciones específicas que garantice la seguridad ciudadana de las
mujeres en los espacios urbanos, y mucho menos aborda otras dimensiones de la
seguridad humana para las mujeres en la ciudad. Sin embargo, se hacen
recomendaciones específicas para prevenir, tratar y sancionar la violencia intrafamiliar
y prevenir los delitos sexuales.
Finalmente
el
Diagnóstico
de
Convivencia
y
Seguridad
Ciudadana
(2008)planteaprogramas y recomendaciones generales para el disfrute de la ciudad en
términos seguros, estableciendo responsabilidades directas a las autoridades públicas
para que actúen en defensa de la seguridad en los espacios urbanos.
2.4.1 Los principales programas en estado de ejecución son:
Programa de cultura ciudadana Vales Almirante Padilla, su objetivo es “Contribuir
al buen uso, goce y disfrute del espacio público a través de la promoción de prácticas
ciudadanas
orientadas
al
respeto por
las
normas,
autorregulación
de
sus
comportamientos y al ejercicio responsable de sus derechos y deberes para mejorar la
convivencia y la percepción de seguridad de la ciudadanía cartagenera”.
Programas de fortalecimiento institucional, sus objetivos son “el fortalecimiento
institucional de la gestión de la convivencia y la seguridad ciudadana, equipamientos de
Seguridad y equipamientos de justicia”.
Programa para la recuperación de zonas con altos índices de inseguridad, su
objetivo es “Controlar las acciones delincuenciales y poner a disposición de la justicia a
sus actores. Esta intervención debe garantizar la presencia y operatividad permanente de
la policía”.
127
Las principales recomendaciones que se establecen para la seguridad de la ciudad
son:
1) Recomendaciones para el control delictivo del homicidio:realización de estudios
criminológicos y victimológicos para precisar las causas de la violencia; fortalecimiento
de la investigación criminal y la inteligencia; identificación de los factores de
conflictividad en riñas y situaciones de violencia intrafamiliar; implementar medidas
administrativas para reducir los riesgos de violencia tales como límite en los horarios de
funcionamiento de establecimientos de comercio, redadas y batidas en sitios de alta
conflictividad, estrategias para el control de armas cortopunzantes; entre otras.
2) Recomendaciones para reducir los lesionados y los muertos:identificación de
sitios de alta siniestralidad por accidentes de tránsito y aplicación de correctivos y
sanciones de transito; reducir la corrupción de los agente transito; realizar campañas
para mejorar la cultura ciudadana en la vía pública; mejorar la iluminación de los
corredores viales, y los paseos peatonales para que los ciudadanos puedan disfrutar y
movilizarse en las ciudades.
3) Recomendaciones para reducir los suicidios: formulación de acciones para su
prevención; creación de una línea de atención a posibles suicidas y reducir los tiempos
de atención; y desarrollo de estudios epidemiológicos sobre este tema.
4) Recomendaciones para el control del robo a personas: mejorar la presencia
policial; promover la investigación criminal detectando, deteniendo y poniendo a
disposición de la justicia a los delincuentes; ubicar cámaras en la ciudad, garantizar el
adecuado funcionamiento del alumbrado público; realizar campañas de medidas de
seguridad orientadas hacia los ciudadanos, con el fin de que asuman comportamientos
seguros en el espacio público, cuando llevan consigo dinero o cuando disfrutan de la
ciudad.
5) Recomendaciones para el control del robo a residencias: establecer la
caracterización geográfica de las zonas donde se concentra este delito, en aspectos
como: desorden, existencia de medidas de seguridad en las casas y conjuntos
residenciales, organización de la comunidad, vulnerabilidades; afinar la inteligencia y la
investigación criminal para desvertebrar las bandas delincuenciales dedicadas a esta
actividad, generar conocimiento y lazos de solidaridad entre los vecinos para que
128
cualquier ciudadano que observe algún movimiento sospechoso o poco usual, pueda
avisar a sus vecinos y a las autoridades.
6) Recomendaciones para el control de los hurtos y robos de vehículos y
motos:realizar campañas educativas para que los ciudadanos desarrollen ciertas
medidas de seguridad cuando van en los vehículos y motos o a la hora de dejarlos en la
calle, divulgación medios de información. (Volantes, emisoras, televisión, prensa),
instalación de puestos de control y retenes para la revisión técnica de vehículos y motos
y detectar posibles vehículos y motos robadas, capacitación del personal uniformado
para realizar control de vehículos y motos, e identificación minuciosa de los mismos,
entre otras.
7) Recomendaciones para el control de las lesiones personales:realización de
estudios criminológicos por la policía y por las instituciones involucradas en el análisis
y atención de conflictos entre particulares, familiares y comunitarios, para identificar las
causas y factores que inciden sobre la comisión de las lesiones; identificar los factores
de conflictividad que pueden provocar lesionados por riñas, conflictos entre particulares
y violencia intrafamiliar y en asocio con las instituciones que atienden los problemas de
violencia intrafamiliar y que promueven la resolución pacífica de conflictos, trabajar
estrategias propender por la implementación de soluciones integrales y concertadas de
los conflictos identificados.
8).Recomendaciones para enfrentar los delitos sexuales: trabajar con las familias
para que puedan detectar los posibles abusadores al interior de los hogares, así como
con las comunidades de los sectores más afectados para conseguir información respecto
a los victimarios; realizar trabajos conjuntos de investigación criminal y de inteligencia
para detectar a los violadores, capturarlos y judicializarlos; capacitar a los funcionarios
que atienden este tipo de problemáticas sin revictimizar a las víctimas; promover formas
de atención especial para los menores víctimas de este delito; realizar campañas para
que se denuncie este delito.
9) Recomendaciones para enfrentar y reducir la violencia intrafamiliar: fortalecer
las instituciones que tienen que atender este tipo de problemática social y el trabajo
interinstitucional entre los establecimientos del sector público y privado que trabajan en
el tema, para diseñar políticas integrales de atención de la violencia intrafamiliar y el
maltrato infantil.
129
Capacitar a los funcionarios para que el servicio sea cada vez de mayor calidad y acorde
con la problemática que se trata; realizar campañas de prevención y atención de la
violencia intrafamiliar y el maltrato infantil; generar cultura social para conversar,
concertar, proteger y guiar a la familia en todo lo relacionado con su problemática;
capacitar a líderes sociales que pueden contribuir a generar y reconocer espacios
sociales que promuevan la prevención, la detección, el tratamiento y solución de los
problemas de violencia intrafamiliar y el maltrato infantil; detectar y atender con
mecanismos alternativos de resolución de conflictos familiares e interpersonales;
brindar atención y asesoría individual y grupal en resolución pacífica de conflictos.
Finalmente se recomienda divulgar y promover la cultura de la convivencia pacífica en
los hogares y en las comunidades; generar espacios de participación comunitaria y de
programas y procesos de convivencia; conformar y apoyar redes comunitarias de
convivencia que cuenten con herramientas concretas de comunicación e intervención;
establecer gestión interinstitucional con las entidades que promuevan la convivencia y
la resolución pacífica de conflictos, en especial al interior de la familia.
El establecimiento de estos programas y estrategias han sido generales pero no incluyen
los aspectos diferenciales que requieren las mujeres para disfrutar contextos socio
urbanos seguros, confirmándose en sus contenidos la ausencia de un enfoque de género,
lo cual ha sido determinante para existencia de un contexto social potencialmente
inseguro para las mujeres, afectando el pleno goce de su derecho a la ciudad.
“La Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de
Cartagena 2008-2009 Cartageneras en pleno goce de nuestros derechos 2008-2019”,
la cual se encuentra definida desde el enfoque de derechos con el propósito de superar
las múltiples discriminaciones a las cuales han estado sometidas las mujeres” siendo un
compromiso la construcción de una ciudad más incluyente y democrática en la cual “ se
garantice el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres cartageneras,
propiciando la adecuación de las instituciones y la transformación de las prácticas
culturales que menoscaban sus derechos, a través de procesos y acciones articuladas
con los entes públicos y privados del Distrito, con el propósito de mejoramiento
integral de la condiciones de acceso al empleo e ingresos, la salud sexual y
reproductiva, una vida libre de violencias y la participación política y representación
de las mujeres” (Objetivo General de la Política Pública de Equidad de Género).
130
Para su cumplimiento se propone el desarrollo de los siguientes ejes de trabajo: 1) Eje
Económico “mujeres con autonomía económica”,2) Eje de Salud “las mujeres
decidimos sobre nuestros cuerpos”, 3) Eje de prevención de violencia “una vida libre
de violencias”, 4) Eje de participación política “las mujeres decidimos sobre el
ejercicio del poder”, 5) Eje de cultura “Cartagena Libre de la Cultura Machista”.
Cada uno de ellos incluye en diferentes aspectos de ciudad la mirada de las mujeres,
teniendo en cuenta sus necesidades y sus condiciones actuales en la ciudad.
El contenido de cada uno de los ejes aporta al logro de la propuesta del derecho a la
ciudad de las mujeres, y propende por hacer de la ciudad un espacio seguro para
alcanzar condiciones de seguridad humana, entre ellos se destacan los siguientes
propósitos:

Crear condiciones para el acceso de las mujeres al empleo digno y a la
generación de ingresos, en concertación con el sector privado y con las políticas
de desarrollo distritales y nacionales.

Garantizar a las mujeres a una vida libre de violencias, a través de acciones de
prevención, atención, protección, y acceso a la justicia, en coordinación con las
entidades nacionales, los diversos sectores sociales.

Asegurar la atención adecuada y oportuna a las mujeres en materia de salud, con
énfasis en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, para disminuir
la mortalidad materna, prevenir y atender los embarazos no deseados y las
enfermedades de transmisión sexual.

Generar condiciones para la participación y representación política y social de
las mujeres, especialmente en los espacios de toma de decisión del nivel público
distrital y local.

Contribuir al derecho que tienen todas las mujeres a gozar de una cultura libre de
machismo y discriminaciones, y al reconocimiento público de los aportes que
han realizado las mujeres en diversas esferas del desarrollo de la ciudad.
131
De los contenidos de los documentos analizados se concluye que la mirada a la
seguridad es una mirada restringida a la integridad física, personal y patrimonial, sin
valorarse el amplio espectro que significa la seguridad humana para garantizar la vida
digna, protegiendo a la población, diferenciándola conforme a grupos poblacionales, de
los efectos que genera la insatisfacción de sus necesidades básicas tales como: la
degradación medioambiental, desastres naturales, acelerado crecimiento demográfico, la
violencia sociopolítica, estableciéndose de tal manera limitaciones en el alcance y
realización del derecho a la ciudad de las mujeres y el goce de cada una de sus facetas.
Así mismo, la carencia en el Distrito Cultural y Turístico de la Cartagena de Indias de
una reglamentación depolítica de seguridad ciudadana, construida y agenciada por todos
los actores sociales de la ciudad con posibilidad de incluir su necesidades e interés
estratégicos en las agendas de discusión, no ha permitido, en primer lugar que se
avance en la identificación de la seguridad de las mujeres con sus situaciones en los
contextos de violencia intrafamiliar y su vulnerabilidad a los delitos sexuales, y en
segundo, se alcance la transversalización de las dimensiones de la seguridad humana,
las cuales concretan y posibilitan el goce del derecho a la ciudad en el contexto urbanos
No obstante dichas falencias, la participación de las mujeres en la Política Pública de
Mujeres para la Equidad de Género 2008-2019, y en la definición de sus ejes de acción
política y programación estratégica, les permitió adquirir conciencia de su papel en la
ciudad y cuestionar la perspectiva androcéntrica en la definición de las políticas
públicas característica en la ciudad.
132
Conclusiones
Durante el desarrollo de la investigación se encontró una variedad de investigaciones
teóricas, aplicadas y documentales, sobre las categorías de la investigación, y el
posicionamiento del tema de mujeres y ciudades a nivel latinoamericano como uno de
los principales avances de los estudios del feminismo y de género. No obstante, se
evidencia que la articulación entre ellas: mujeres, derecho a la ciudad, seguridad
ciudadana entendida desde el marco de la seguridad humana, y violencia contra las
mujeres en los espacios urbanos, no ha sido explorada, por lo que sería
importanteaprovechar la riqueza conceptual y práctica que ofrece la articulación de
estos enfoques como ejes interpretativos y propositivos de nuevos contenidos para la
formulación y seguimiento de políticas públicas.
De acuerdo con esta articulación conceptual, se concluye que el derecho a la ciudad
como derecho colectivo que tienen las personas que habitan, acceden y usan la
ciudad,no es universal a pesar de ser discutido globalmente, sus contenidos dependen
del contexto y la ciudad, así como de los destinatarios, hombres y mujeres, que se
relacionan y construyen en los espacios urbanos, identidades diversas. En otras palabras,
no supone únicamente el uso de lo que ya existe en los espacios urbanos, sino también
es la posibilidad de definir y crear lo que debería existir con el fin de satisfacer la
necesidades humanas para llevar una vida decente y digna, disfrutando de lo que ciudad
le ofrece, y participando en la creación o re-creación de aquellos elementos de los que
carece.
Al mismo tiempo, las luchas por el reconocimiento internacional de su obligatoriedad,
y la definición de su contenido en relación a los sujetos destinatarios del derecho, en
éste caso las mujeres como titulares, es una propuesta y un aporte al nuevo enfoque de
de derechos especiales según los grupos destinatarios de las normas, proponiendo
nuevos contenidos, a través del reconocimiento de las diferencias de género, desuniversalizando sus contenidos y elevando la conciencia sobre relaciones de poder
existentes, que limitan el goce y disfrute de los derechos.
De tal manera que, la crítica sobre su visión homogénea, teniendo como referente las
prácticas particulares de las mujeres, desde las cuales se les debe permitir habitar las
ciudades hasta encontrar en ellas condiciones necesarias para su seguridad humana, es
133
camino para alterar el sistema de relaciones de género y reconocer la ciudad como lugar
de encuentro entre ellos con igualdad de oportunidades y posibilidades.
Es así comose concilian las diferencias de género en la vida diaria y se deja de pensar el
espacio y las decisiones que en él se toman como neutras a los géneros, incluyendo las
particularidades que le dan vida a la ciudad, configurando su
ritmo, esencia y
trascendencia, además de ello, posibilitando el goce pleno de los espacios y derechos
colectivos, y asegurando condiciones de seguridad humana.
Finalmente, el estudio de las políticas en la ciudad en el Distrito Cultural y Turístico de
la ciudad de Cartagena de Indias Colombia, da cuenta de que las situaciones de
violencia de género en los contextos urbanos atenta directamente, contra la ciudadanía
de las mujeres y la igualdad de oportunidades para ejercer sus derechos en laciudad,
siendo verdaderos límites para su participación en la vida pública, el goce de sus
libertades democrática, y la garantía de su seguridad humana necesaria para “vivir
bien”, “vivir como se quiere” y “vivir sin humillaciones”.
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Mujeres entrevistadas:
RUBIELA VALDERRAMA HOYOS, feminista trabajadora social y funcionaria de la
Secretaría de Educación Distrital. Fundadora de la Red de Mujeres, integrante de la
Mesa del Movimiento Social e Mujeres, y coordinadora del diseño de la Política
Pública de Equidad de Género de la ciudad de Cartagena “Cartageneras en Pleno Goce
de Nuestros Derechos. Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el
Distrito de Cartagena 2008-2009”.
141
GLORIA ELENA GIL ZEA, feminista, fundadora de la red de mujeres, abogada del
colectivo de abogadas Elenita Gonzales, e integrante de la organización Asodemuc y la
Mesa del Movimiento Social e Mujeres.
CAROLINA LEÓN NÚÑEZ, trabajadora social y especialista en gerencia de servicios
sociales, coordinadora de la Oficina de la Mujer de la ciudad de Cartagena.
DUVINA TORRES COE, abogada, integrante del Consejo Distrital y del partido de la
U.
142
Anexos
Anexo 1: Guía de Entrevistas semiestructuradas
Objetivo del proyecto: Determinar si la política pública de seguridad ciudadana en la
ciudad de Cartagena de Indias D. C. y T. consideran y facilita el ejercicio y goce del
derecho a la ciudad, de las mujeres.
Objetivo de trabajo de campo: Analizar en las políticas públicas de seguridad
ciudadana y de equidad de género de la ciudad de Cartagena, las acciones dirigidas a la
protección y prevención de la violencia de género en los contextos urbanos, y sus
garantías para la seguridad ciudadana, desde el enfoque de seguridad humana.
Guía Número 1: Entrevista funcionaria pública de la Oficina de la Mujer de la
ciudad de Cartagena.
Persona Propuesta: Dra Carolina León encargada de la oficina de la Mujer.
Preguntas de identificación: nombre, formación, tiempo en la dependencia,
responsabilidades en ella.
1. ¿Qué piensa usted sobre la calidad de vida de la ciudad de Cartagena para
hombres y mujeres?
2. ¿Qué cree usted que significa el derecho a la ciudad?
3. ¿Cree usted que es posible tener derecho a este de manera diferencial por
hombres y mujeres?
4. ¿Cree que las mujeres en la ciudad ejercen su derecho a la ciudad? ¿De qué
manera lo hacen?
5. ¿Cómo las mujeres de la ciudad de Cartagena se encuentran participando en su
organización, planeación y gestión?,
6. ¿Cuál es su percepción sobre la apropiación y disfrute que las mujeres hacen de
la ciudad?
7. ¿Considera que existe al interior de la ciudad espacios físicos donde sean
excluidas las mujeres en razón de su género?
8. ¿Qué acciones, programas y políticas existen sobre mujeres y espacio público,
vivienda, servicios públicos, entre otras relativas a la satisfacción de las
necesidades vitales de las mujeres?
9. ¿Qué componentes de la política pública de género en la ciudad “ Cartageneras
en pleno goce de sus derechos” tiene que ver con la seguridad de las mujeres en
la ciudad y por qué?
10. ¿Considera usted que en la ciudad las mujeres tiene las posibilidades de gozar y
vivir su derecho humanos en la ciudad?
143
11. ¿Cuál de los siguientes derechos considera usted que es el derecho más
desconocido, violado o vulnerado a las mujeres dentro del espacio urbano:
seguridad, movilidad, empleo, propiedad, ambiente sano, educación, salud,
justicia, y por qué?
12. ¿Conoce usted la política de seguridad y convivencia ciudadana de la ciudad de
Cartagena? ¿tiene estas enfoque de género? ¿Qué planes y acciones concretas se
propone la política para la seguridad de las mujeres de la ciudad?
13. ¿Cuáles son las principales razones de inseguridad urbana en la ciudad?
14. ¿Cuáles son las principales razones por las cuales considera usted que las mujeres
se pueden sentir inseguras en la ciudad?
15. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad para las mujeres en la
ciudad de Cartagena?
16. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad social, económica,
personal, medio ambiental, y política de las mujeres?
17. ¿Cuáles son los principales lugares de la ciudad donde considera usted que las
mujeres se sienten inseguras?
18. ¿En los escenarios urbanos cuales son las principales causas de la violencia?
19. ¿Existen políticas y decisiones institucionales para prevenir y tratar la violencia
basada en género, en caso afirmativo cuáles son?
20. ¿Existen normas e instrumentos para medir e interpretar los índices de
inseguridad ciudadana de manera diferencial?
21. ¿Cómo sueña usted una ciudad para las mujeres? ¿Cómo sería la buena vida de
ellas en condiciones de seguridad?
Guía Número 2: Entrevista a funcionaria público de la Secretaría de Gobierno de
la ciudad de Cartagena.
Persona propuesta: Por definir
1. ¿Qué piensa usted sobre la calidad de vida de la ciudad de Cartagena para hombres
y mujeres?
2. ¿Qué cree usted que significa el derecho a la ciudad?
3. ¿Cree usted que es posible tener derecho a este de manera diferencial por hombres y
mujeres?
4. ¿Cuáles son los componentes principales de la política de seguridad y convencía
ciudadana?
5. ¿Cuál es la definición o enfoque de la administración sobre el concepto de seguridad
ciudadana?
6. ¿Qué acciones concretas están dirigidas hacia las mujeres y por qué?
7. ¿Cuáles son las principales razones de inseguridad en la ciudad y cómo estas afectan
directamente a las mujeres?
8. ¿Cuáles han sido los alcances, logros y limitaciones de esta política?
144
9. ¿Existen normas e instrumentos para medir e interpretar los índices de inseguridad
ciudadana de manera diferencial?
10. ¿Cómo sueña usted una ciudad para las mujeres? ¿Cómo sería la buena vida de ellas
en condiciones de seguridad?
Guía 3: Mujer Integrante del Movimiento Social de Mujeres.
Personas Propuestas: Rubiela Valderrama y Ciria Marrugo. Integrantes del Movimiento
de Mujeres de la Ciudad de Cartagena.
Preguntas de identificación: nombre, formación, tiempo en la dependencia,
responsabilidades en ella.
1. ¿Qué piensa usted sobre la calidad de vida de la ciudad de Cartagena para
hombres y mujeres?
2. ¿Qué cree usted que significa el derecho a la ciudad?
3. ¿Cree usted que es posible tener derecho a este de manera diferencial por
hombres y mujeres?
4. ¿Cree que las mujeres en la ciudad ejercen su derecho a la ciudad? ¿De qué
manera lo hacen?
5. ¿Cómo las mujeres de la ciudad de Cartagena se encuentran participando en su
organización, planeación y gestión?
6. ¿Cómo ha incidido el movimiento social de mujeres de la ciudad en la
planificación urbana de la ciudad y el control de las inversiones del gasto
público?
7. ¿Cuál es su percepción sobre la apropiación y disfrute que las mujeres hacen de
la ciudad?
8. ¿Considera que existe al interior de la ciudad espacios físicos donde sean
excluidas las mujeres en razón de su género? ¿Cuáles son estos?
9. ¿Tienen conocimiento sobre programas y políticas para la apropiación del
espacio público, vivienda, servicios públicos, entre otras relativas a la
satisfacción de las necesidades vitales de las mujeres?
10. ¿Ha sido efectiva la aplicación de la política pública en el componente de una
vida libre de violencias para las mujeres?
11. ¿Considera usted que en la ciudad las mujeres tiene las posibilidades de gozar y
vivir su derecho humanos libremente?
12. ¿Cuál de los siguientes derechos considera usted que es el derecho más
desconocido, violado o vulnerado a las mujeres dentro del espacio urbano:
seguridad, movilidad, empleo, propiedad, ambiente sano, educación, salud,
justicia, y por qué?
13. ¿Conoce usted la política de seguridad y convivencia ciudadana de la ciudad de
Cartagena? ¿tiene estas enfoque de género? ¿Qué planes y acciones concretas se
propone la política para la seguridad de las mujeres de la ciudad?
14. ¿Cuáles son las principales razones de inseguridad urbana en la ciudad?
145
15. ¿Cuáles son las principales razones por las cuales considera usted que las mujeres
se pueden sentir inseguras en la ciudad?
16. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad para las mujeres en la
ciudad de Cartagena?
17. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad social, económica,
personal, medio ambiental, y política de las mujeres?
18. ¿Cuáles son los principales lugares de la ciudad donde considera usted que las
mujeres se sienten inseguras?
19. ¿En los escenarios urbanos cuales son las principales causas de la violencia?
20. ¿Existen políticas y decisiones institucionales para prevenir y tratar la violencia
basada en género, en caso afirmativo cuáles son?
21. ¿Denuncia el movimiento situaciones de violación de los derechos de las mujeres
en la ciudad? ¿Qué casos han sido representativos?
22. ¿Cómo sueña usted una ciudad para las mujeres? ¿Cómo sería la buena vida de
ellas en condiciones de seguridad?
23.
Anexo 2: Derechos de Petición dirigidos a Instituciones Públicas
Derecho 1: Secretaria del Interior del Distrito de Cartagena
Cartagena de Indias, 13 de Mayo de 2010.
Doctora
Sindis Paola Meza Pineda
Secretaria del Interior del Distrito de Cartagena
Asunto: Derecho de Petición art. 23 C. P
Reciba un cordial saludo.
Yo Ana Milena Montoya Ruiz Ciudadano (a) colombiano (a) identificado con cedula
de ciudadanía número 32.244.119 del municipio de Envigado-Antioquia residente en la
ciudad de Cartagena, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23
de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del artículo 5
del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su despacho con
el fin de solicitarle:
1. Copia del Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la ciudad.
2. Copia del Programa de Fortalecimiento De La Gestión en Cuanto a Temas de
Convivencia y Seguridad Ciudadana.
3. Copia de la línea de base de Promoción Y Protección De Los Derechos
Humanos En El Distrito De Cartagena.
4. Copia de la línea de base Cartagena Por La Convivencia.
146
Así mismo, copia de los documentos que no tengan, que no tenga carácter de reservado,
que permitieron su elaboración.
Así mismo, solicito a ustedes información sobre las acciones, programas y proyectos
implementados por la administración en el tema de seguridad ciudadana, con énfasis
en la seguridad ciudadana para las mujeres en el periodo 2006-2010.
Motiva esta solicitud la realización del estudio académico denominado” El Derecho a
la Ciudad para las Mujeres en Cartagena” el cual está siendo elaborado en el marco
del trabajo de grado de los estudios de Maestría Género y Políticas Públicas, lo cual
justifica el fin exclusivamente académico del uso y manejo de la información por
ustedes amablemente suministrada.
Atenta a su respuesta, y de antemano agradeciendo la contestación de este derecho de
petición dentro del término legal
Atentamente,
Ana Milena Montoya Ruiz
C.C: 32.244.119 Envigado.
Dirección: Cra 44D Nª30-A-91 Barrio España. Fundación Universitaria Tecnológico
Comfenalco
Celular: 3012972594. Mail: [email protected]
Derecho 2: Secretaria de Participación y Desarrollo Social de Cartagena
Cartagena de Indias, 13 de Mayo de 2010.
Doctora
NUBIA CHAMS SANMARTÍN
Secretaria de Participación y Desarrollo Social de Cartagena
Asunto: Derecho de Petición art. 23 C. P
Reciba un cordial saludo.
Yo Ana Milena Montoya Ruiz Ciudadano (a) colombiano (a) identificado con cedula
de ciudadanía número 32.244.119 del municipio de Envigado-Antioquia residente en la
ciudad de Cartagena, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23
de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del artículo 5
147
del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su despacho con
el fin de solicitarle:
Información sobre la implementación de los Programas y Proyectos desarrollados por
la oficina de las mujer en el marco del desarrollo de POLÍTICA PÚBLICA DE
MUJERES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO, los cuales tengan énfasis en la
seguridad ciudadana, prevención de la violencia sexual y socio económica, de las
mujeres en el periodo 2006-2010.
Motiva esta solicitud la realización del estudio académico denominado” El Derecho a
la Ciudad para las Mujeres en Cartagena” el cual está siendo elaborado en el marco
del trabajo de grado de los estudios de Maestría Género y Políticas Públicas, lo cual
justifica el fin exclusivamente académico del uso y manejo de la información por
ustedes amablemente suministrada.
Atenta a su respuesta, y de antemano agradeciendo la contestación de este derecho de
petición dentro del término legal
Atentamente,
Ana Milena Montoya Ruiz
C.C: 32.244.119 Envigado.
Dirección: Cra 44D Nª30-A-91 Barrio España. Fundación Universitaria Tecnológico
Comfenalco
Celular: 3012972594. Mail: [email protected]
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