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CETU
Contribución Empresarial
a Tasa Única:
Principales Características y
Ventajas
1
I. Objetivo
El objetivo de la presente Administración, plasmado en el Plan
Nacional de Desarrollo 2007-2012, es el desarrollo humano
sustentable. Para alcanzarlo, es necesario:
•
Reforzar el combate a la pobreza,
•
Mejorar el acceso y la calidad de los servicios de educación y salud,
•
Facilitar el acceso a la vivienda digna,
•
Generar empleos a través de mayor crecimiento económico,
•
Impulsar la infraestructura social y productiva, enfatizando la orientada a
reducir la desigualdad regional.
2
I. Objetivo
Para lo anterior, se requiere de una Reforma Hacendaria Integral
que permita contar con mayores recursos y asegure que estén
mejor empleados por los tres órdenes de gobierno para saldar la
deuda social y revertir la desigualdad:
•
Uno de cada cinco mexicanos no tienen ingresos que cubran su
alimentación.
•
Mientras que en algunos estados la mortalidad infantil es de 10 niños por
cada mil, en otros estados esta cifra es tres veces mayor.
•
Diez millones de mexicanos carece de agua potable.
•
Solo el 23% de la fuerza laboral tiene estudios superiores a la
secundaria.
•
En las zonas de mayor marginación la esperanza de vida es de 66 años
mientras el promedio nacional es de diez años mas.
3
I. Objetivo
Es relevante recordar que como país contamos con cuatro
impuestos principales:
1.
2.
3.
4.
•
•
•
•
Sobre la Renta;
Al Valor Agregado;
Especial sobre Producción y Servicios; y,
A las Importaciones.
Los dos primeros explican más del 90% de nuestra recaudación. Ambos se
caracterizan por tener bases angostas, muchas excepciones y como resultado su
cumplimiento es sumamente complejo.
En los otros dos, la recaudación se ha reducido i) conforme varios productos y
servicios han sido eliminados de la base del IEPS y ii) a partir de la apertura
comercial en la que estamos inmersos.
Un sistema tributario sano en un país que ha optado por insertarse de manera plena
en los mercados internacionales no puede descansar en Impuestos Especiales o en
Impuestos a las Importaciones.
Nuestro país tendrá que trabajar los esquemas vinculados a fortalecer el Impuesto
Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado con el objeto de tener bases más
amplias.
4
I. Objetivo
En materia tributaria, el objetivo de la reforma hacendaria es sentar las bases para
alcanzar una estructura tributaria sana que permita con el tiempo sustituir a los
ingresos petroleros, enfrentar los compromisos adquiridos y satisfacer las
necesidades urgentes de infraestructura social y física, a través de una estructura
equitativa que promueva la competitividad, favorezca la creación de empleos y
minimice las distorsiones al obtener recursos.
Este reto nos define una agenda de corto y mediano plazo. En un horizonte de 20
años, el país deberá sustituir los casi 10 puntos del PIB vinculados al petróleo que
hoy recibe. Eso implica que habría que adelantar a un ritmo ligeramente superior a
3 puntos porcentuales del PIB por sexenio.
Las reformas fiscales propuestas que generarían una recaudación de 1.8% del PIB
en los siguientes 3 años son:
– Introducir la Contribución Empresarial a Tasa Única.
– Gravar con el Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios a la
organización de juegos con apuestas y sorteos.
– Gravar con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a las
pinturas en aerosol.
En las siguientes láminas se detallan las características, ventajas y principales
preguntas relacionadas con la Contribución Empresarial a Tasa Única.
5
III. Características Principales.
Cálculo
•
La Contribución Empresarial a Tasa Única tiene una base amplia, que cierra
espacios a la evasión, a la elusión y a los privilegios fiscales.
•
Este gravamen interactúa con el Impuesto Sobre la Renta, fija el monto mínimo a
pagar para el contribuyente, y sustituye al Impuesto al Activo.
•
La contribución, en su caso, será pagada por las empresas y las personas físicas
con actividad empresarial.
•
La base gravable de la contribución es la diferencia entre los ingresos y los gastos
del contribuyente y se calcula sobre una base de efectivo. Los ingresos se
acumulan cuando se cobran y las deducciones tienen lugar al momento en que se
pagan.
•
Los ingresos considerados en la contribución corresponden a los que recibe el
contribuyente cuando vende o renta bienes o servicios, por ejemplo, en el caso de
una farmacia la venta de medicamentos, la renta de un vehículo o propiedad y la
prestación de un servicio de asesoría.
•
Los gastos deducibles son los que realiza el contribuyente cuando compra o renta
un bienes o servicios para realizar su actividad. Entre estos destaca toda la
inversión, la compra de insumos, combustibles y la contratación de un contador.
6
III. Características Principales.
Cálculo
•
A la base gravable se le aplicará una tasa del 19%.
•
Contra el monto que resulte del cálculo de la contribución, se podrán acreditar:
1. El impuesto sobre la renta del contribuyente;
2. El impuesto sobre la renta retenido a terceros (asalariados) y enterado.
3. El impuesto sobre la renta retenido a los trabajadores de menores ingresos
antes de la aplicación del subsidio para el empleo (antes crédito al salario)
4. El nuevo crédito al empleo, que se incorpora para asegurar que este
gravamen no represente un incremento en el costo de la mano de obra de
los trabajadores de menores ingresos.
•
Siempre que el cálculo de la contribución resulte menor a la suma de los 4
conceptos anteriores, el contribuyente no tendrá que realizar pagos adicionales.
7
III. Características Principales.
Impacto
• Como se detalla a continuación la base de la CETU se puede determinar:
1. A partir de la base del ISR, calculada con la recaudación por este impuesto
y las tasas promedio observadas;
2. Agregando la depreciación y los intereses y deduciendo la inversión.
•
Al aplicarse a dicha base la tasa correspondiente (19%) se obtiene una
recaudación de 4.9% del PIB, equivalente a la que se obtiene por ISR.
Recaudación ISR (% PIB)
Tasa Promedio del Impuesto
a) ISR empresas
b) ISR asalariados
c) ISR otros
2.2
0.28
Cálculo de la base del ISR
(% del PIB)
=
7.9
=
18.3
=
3.6
=
29.8
=
16.5%
2.2
0.12
0.5
0.14
Base total
Tasa efectiva*
4.9**
29.8
Base de la CETU = Base ISR + Depreciación + Intereses – Inversión = 29.8 + 7.4 + 1.5 – 13 = 25.7
Recaudación CETU = Base de la CETU * Tasa CETU = 25.7 X 0.19 = 4.9% PIB
* Tasa efectiva calculada como recaudación total por ISR (% del PIB) entre base del ISR (% del PIB).
** Incluye recaudación de IMPAC
8
III. Características Principales.
Impacto
Para la empresa promedio*, que actualmente cumple con el pago de sus
obligaciones fiscales, la CETU no resultará en una carga adicional. La
misma situación es posible observarla entre contribuyentes distintos:
Ingresos
Promedio
Economía
$
100.0
Promedio No
Promedio
Financieras Profesionistas
$
100.0 $
100.0
Gastos
Insumos
Nómina
Depreciación
Intereses
$
$
$
$
$
69.2
42.3
19.7
6.4
0.9
$
$
$
$
$
79.5
51.6
20.0
7.9
-
$
$
$
$
$
43.4
25.60
12.90
4.00
0.90
Inversiones
$
14.1
$
13.5
$
11.70
Base ISR
(Ingresos - Gastos)
ISR (28%)
$
30.8
$
20.5
$
56.6
$
8.6
$
5.7
$
15.8
43.6
$
34.9
$
62.7
8.3
8.6
2.7
0.5
-
$
$
$
$
$
6.6
5.7
2.2
0.4
-
$
$
$
$
$
11.9
15.8
2.2
0.4
-
Base CETU
$
(Ingresos - Insumos - Inversión)
CETU (19%)
$
menos ISR propio
$
menos ISR retenido
$
menos Crédito al Empleo
$
CETU a pagar
$
En los tres casos, el ISR propio y el retenido a sus trabajadores es mayor a la
carga fiscal asociada con la CETU, incluso sin aplicar el crédito al empleo.
* Los ejemplos reflejan la composición de gastos de operación, nómina, depreciación, intereses e inversiones de la
economía y de cada sector en particular. La estructura salarial corresponde al promedio de la economía, con una tasa
de retención promedio de ISR del 13.6% y un crédito al empleo de 2.75% en promedio.
9
III. Características Principales. Costo
mano de obra
•
La CETU no implica una carga fiscal adicional para los trabajadores porque esta
contribución no grava a los asalariados.
•
Si bien los sueldos y salarios no se deducen de la base del impuesto, se proponen
tres elementos importantes para incentivar y apoyar al empleo:
•
El subsidio para el empleo (antes Crédito al Salario), que beneficia a los
trabajadores de menores ingresos y al que hoy se destinan alrededor de 40 mil
millones de pesos se podrá acreditar contra la CETU (0.4% del PIB).
•
Se propone un nuevo crédito al empleo para los trabajadores de hasta 4.8
veces el salario mínimo. Este nuevo crédito permite acreditar contra la CETU
alrededor de 40 mil millones de pesos adicionales (0.4% del PIB).
•
El acreditamiento por parte de las empresas de las retenciones que
efectivamente hayan enterado por concepto del impuesto sobre la renta de sus
trabajadores (2.2% del PIB).
•
El apoyo para el empleo de estos mecanismos suma más de 300 mil millones de
pesos.
•
La aplicación de los créditos antes comentados permite tener un control más
adecuado respecto a la determinación de la CETU que la deducción de salarios. Lo
anterior en la medida en que dichos créditos corresponden a las retenciones que
realizan los empleadores y que deben enterar a la Secretaría de Hacienda por los
salarios que les pagan a sus trabajadores.
10
IV. Ventajas de la CETU
Entre los principales beneficios de la CETU se encuentran:
•
Es una contribución general que establece un piso al pago de
contribuciones. Como tal se aplicará evitando las exenciones que han
distorsionado al sistema tributario.
•
No afecta a los llamados “contribuyentes cautivos” que ya tienen una carga
considerable. Al incorporarse como una contribución mínima, no afectará a los
contribuyentes que tengan una carga mayor.
•
Simplicidad. El cálculo del impuesto es simple y consiste sólo en aplicar la tasa
única a la diferencia de ingresos de la empresa menos insumos e inversión.
•
Favorece la inversión y la productividad. La deducibilidad de las inversiones
reforzará los incentivos para elevar el acervo de capital de las empresas y con ello
la productividad de la mano de obra.
•
Favorecerá la creación de empleos. Una mayor inversión llevará a mayor
generación de empleos.
11
IV. Ventajas de la CETU
Es una contribución general que
establece un piso al pago de
contribuciones.
•
Se fortalece el ISR, uno de los pilares del sistema impositivo nacional, para
lograr niveles de recaudación de este impuesto más acordes a los estándares
internacionales.
•
Se sustituye el IMPAC que, como impuesto de control, ya cumplió su función. El
nuevo gravamen, a diferencia del que sustituye, es más amigable hacia la
inversión y más favorable a la competitividad de la economía nacional.
•
Se introduce un gravamen, que por su base amplia y tasas relativamente bajas
es un buen instrumento como impuesto mínimo.
12
IV. Ventajas de la CETU
No afecta a los llamados
“contribuyentes cautivos” que ya tienen
una carga considerable.
•
La CETU mantiene la carga fiscal de los contribuyentes cumplidos. La
contribución de estos contribuyentes no se verá afectada, en promedio, pues el
nuevo gravamen no representa una carga adicional respecto al ISR que se paga
en la actualidad.
•
La nueva contribución genera recursos adicionales al ampliar la base e incluir en
ella a contribuyentes que en la actualidad tienen tratamientos de privilegio, o
bien que utilizan la complejidad del ISR para realizar planeaciones agresivas y
eluden el impuesto. También, el nuevo gravamen permite incorporar en la base a
empresas que en la actualidad evaden el impuesto, por lo que tiene
características de control.
13
IV. Ventajas de la CETU
Simplicidad.
•
El cálculo del impuesto es sencillo y los componentes de la contribución son de
fácil identificación.
•
Las definiciones de los distintos conceptos que considera la contribución están
basadas en la plataforma jurídica, tanto del ISR como del IVA, por lo que son de
conocimiento general y han sido validados jurídicamente por los tribunales.
•
Este impuesto es de sencilla aplicación al tener muy pocas excepciones o
exenciones y al no tener prácticamente ningún tratamiento preferencial o
específico.
•
Este gravamen no requiere de cálculos complicados ni de ajustes por inflación,
por lo que se simplifica su cumplimiento.
14
IV. Ventajas de la CETU
Favorece la inversión y la
productividad.
•
El tratamiento que se da a la inversión constituye un aliciente a ésta y al
incremento de la productividad de la mano de obra.
•
Al permitirse la deducción inmediata y total de la adquisición de bienes del activo
fijo y de los inventarios se logra eliminar la afectación del impuesto sobre la
rentabilidad de la inversión.
•
Este impuesto, grava de manera eficaz las rentas económicas, las ganancias
monopólicas y los rendimientos extranormales dado que en estos casos los
rendimientos obtenidos exceden a la deducción de los gastos de inversión en
valor presente.
15
IV. Ventajas de la CETU
Favorecerá la creación de
empleos.
•
El nuevo impuesto crea las condiciones para promover la competitividad de las
empresas nacionales y favorece la ampliación de la planta productiva, por lo que
se favorece la creación de empleos mejor remunerados.
•
Se establecen en el nuevo gravamen diversos mecanismos orientados a
proteger las fuentes de trabajo y el salario de los trabajadores, sobre todo los de
menores ingresos:
– Se hace extensivo a la CETU el beneficio del Crédito al Salario aplicable en
el ISR.
– Se establece un Crédito al Empleo, que beneficiará a aquellos trabajadores
que reciben entre 1 y 4.8 veces el salario mínimo.
– Se permite acreditar contra la CETU el total de ISR retenido por la empresa
por concepto de sueldos y salarios.
16
V. Principales Preguntas
¿De donde proviene la recaudación
de la CETU?
•
Las empresas cumplidas seguirán pagando lo mismo, pues la carga fiscal del
nuevo impuesto es equivalente a la que se paga actualmente por concepto del
ISR, sumando, tanto la contribución de las empresas, como el impuesto que es
retenido por éstas por distintos conceptos gravados.
•
La recaudación de la CETU va a provenir, de reducir el costo fiscal de los
tratamientos preferenciales y de reducir la evasión. Hoy en día, el presupuesto
de gastos fiscales del ISR asciende a 3.0% del PIB, por otro lado, el ITAM estima
que la evasión en el ISR asciende a 2.1% del PIB, por lo que sumando estos dos
conceptos se estima que la erosión en la recaudación del ISR es del orden del
5.1% del PIB.
•
La recaudación estimada a través de este gravamen, por 1.8% del PIB, va a
permitir reducir en poco más de una tercera parte la brecha entre la recaudación
real y la potencial del ISR.
•
Por todas estas razones, la carga fiscal en el ISR de las empresas cumplidas no
se verá incrementada.
17
V. Principales Preguntas
¿Afectará la CETU a las pequeñas y
medianas empresas?
•
La CETU no discrimina en contra de las empresas de menor tamaño.
•
La CETU incide sobre las empresas que no cumplen cabalmente sus
obligaciones fiscales.
•
La CETU se calcula sobre la base de efectivo, por lo que resulta mucho más
sencillo de aplicar, lo que será un factor favorable a este tipo de empresas.
•
Los créditos fiscales que se otorgan al empleo favorecen a este tipo de
empresas que son las que de forma proporcional emplean mayor cantidad de
trabajadores.
•
La deducción de todo tipo de inversiones, es un aliciente que beneficia a estas
empresas.
•
Para los pequeños contribuyentes se contempla el mismo tratamiento que
actualmente les aplica para el caso del Impuesto Sobre la Renta.
18
V. Principales Preguntas
¿Afectará la CETU a las empresas
que se financian con deuda?
•
Si bien la CETU privilegia la capitalización de las empresas, no se verán
afectadas por el nuevo gravamen las empresas que tienen una estructura
razonable y un perfil de inversión consistente con la dinámica de la economía
nacional.
•
La CETU permite la deducción total de todos los gastos de inversión lo que más
que compensa la no deducibilidad de la depreciación y de los intereses.
•
Para ilustrar esta afirmación, baste considerar que la deducción de gastos netos
de intereses en el ISR a nivel agregado de la economía representa el 1.5% del
PIB, por su parte, la deducción por depreciación en el ISR representa el 7.4% del
PIB. En contraparte, la inversión bruta de las empresas que contribuyen al ISR
asciende a poco más de 13% del PIB.
•
En consecuencia, la deducción de 13% del PIB por concepto de Inversión Bruta
aplicable en la CETU más que compensa la eliminación de la deducibilidad de
los intereses netos y de la depreciación que representan cerca del 9% del PIB.
19
V. Principales Preguntas
Para una empresa promedio* pero con un mayor nivel de deuda, que
actualmente cumple con el pago de sus obligaciones fiscales, la nueva
contribución tampoco tendría impacto:
Ingresos
Promedio
Economía
$
100.0
Promedio
Endeudada
$
100.0
Gastos
Insumos
Nómina
Depreciación
Intereses
$
$
$
$
$
69.2
42.3
19.7
6.4
0.9
$
$
$
$
$
77.0
42.3
19.7
10.0
5.0
Inversiones
$
14.1
$
14.1
Base ISR
(Ingresos - Gastos)
ISR (28%)
$
30.8
$
23.0
$
8.6
$
6.5
43.6
$
43.6
8.3
8.6
2.7
0.5
-
$
$
$
$
$
8.3
6.5
2.7
0.5
-
Base CETU
$
(Ingresos - Insumos - Inversión)
CETU (19%)
$
menos ISR propio
$
menos ISR retenido
$
menos Crédito al Empleo
$
CETU a pagar
$
En este caso, la suma del ISR propio y el retenido a los trabajadores junto
con el Crédito al empleo superan la carga fiscal asociada con la CETU.
* El escenario base refleja la composición de gastos de operación, nómina, depreciación, intereses e inversiones de la
economía. La estructura salarial corresponde al promedio de la economía, con una tasa de retención promedio de ISR del
20
13.6% y un crédito al empleo de 2.75% en promedio.
V. Principales Preguntas
¿Afectará la CETU a empresas de
nueva creación?
•
Debido a que la CETU permite la deducción inmediata y total de la adquisición
de bienes de activo fijo y de los inventarios, las empresas de nueva creación no
se verán afectadas por la CETU, ya que podrán efectuar las deducciones
correspondientes a sus inversiones iniciales que normalmente son muy
importantes para este tipo de empresas.
•
Además, la ley de la CETU otorga un Crédito Fiscal por el exceso de las
deducciones respecto de los ingresos, mismo que se actualiza por inflación y
que puede ser utilizado durante los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.
•
En la CETU, a diferencia del IMPAC, no se requiere establecer períodos
preoperativos o de exención durante los primeros ejercicios para las empresas,
debido a que la deducción total de las inversiones logra este efecto.
21