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Modificación, suspensión y
extinción del contrato
Prof. Gómez Armario
1
MODIFICACIÓN del contrato
 Movilidad geográfica
 Movilidad funcional
 Modificación sustancial de las
condiciones de trabajo
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2
Movilidad funcional
 Dentro del grupo profesional o categorías
equivalentes. No exige causa
 Fuera del grupo profesional o entre
categorías no equivalentes. Deben existir
razones perentorias e imprevisibles y sólo
por el tiempo imprescindible.
 Movilidad extraordinaria
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Movilidad geográfica
 Traslados. Cambio de centro, cambio de residencia.
-
Deben existir razones que lo justifiquen
Hay que distinguir si el traslado es
individual o colectivo.
- Opciones del trabajador :
Acepta , percibiendo una compensación por gastos.
Se traslada y recurre la decisión
Extinguir el contrato con indemnización de 20d/año
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Movilidad geográfica (II)
 Desplazamientos. Traslado temporal,
cambio de residencia.
- Deben existir razones que lo justifiquen
- Preaviso de cinco días en desplazamientos
superiores a tres meses
- Opciones del trabajador
:
Acepta y le pagan viaje y dietas
Desplazarse y recurrir
No cabe la extinción indemnizada del traslado
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Modificación sustancial de las
condiciones de trabajo
 Deben existir razones que lo justifiquen.
 Debe afectar a las siguientes materias:
jornada, régimen de trabajo a turnos,
sistema de remuneración, sistema de
trabajo.
 Puede extinguir el contrato con derecho a
una indemnización de 20d/año
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SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
 Existen diferentes situaciones en las que un
trabajador interrumpe sus obligaciones
derivadas
del
contrato
y,
consecuentemente, a la percepción del
salario.
 El trabajador, en la mayoría de los casos,
tendrá derecho a la reincorporación una vez
haya cesado la causa que motivo la
suspensión
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Causas de suspensión
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
Mutuo acuerdo
Causas consignadas válidamente en el contrato
Incapacidad Temporal
Maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción y
acogimiento
Ejercicio de cargo público
Excedencia forzosa
Privación de libertad
Suspensión de empleo y sueldo
Fuerza mayor
Derecho de huelga
Cierre legal de la empresa
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Incapacidad temporal
 El trabajador se encuentra impedido debido
a causas relacionadas con la salud.
 Debe de estar afiliado y en alta. Tiene que
tener 180 días cotizados dentro de los cinco
años anteriores.
 Tiene derecho a un subsidio económico.
 La duración será de 12 meses prorrogable
por otros 6 si se presume el alta por
curación en ese período
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Maternidad
 La duración es de 16 semanas (2
semanas más en los partos mútiples
por cada hijo).
 El período se distribuirá a opción de
del interesado/a, respetando que, al
menos 6 semanas sean postparto y
para la madre.
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Excedencias
 Forzosa. Elección para un cargo público
Duración: mientras dure el ejercicio
Computa a efectos de antigüedad y tiene
reserva del puesto.
 Voluntaria. Necesidad del trabajador.
Requisitos y duración: antigüedad de un año,
no inferior a 2 ni superior a 5.
No computa a efectos de antigüedad y no
existe reserva de puesto, sino un derecho
preferente de colocación en caso de vacante en
un puesto similar.
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Excedencias (II)
 Por cuidado de familiares. Puede
ser:
- Para atender a un hijo menor de 3 años.
- Para atender a un familiar ,hasta el segundo grado
por consanguinidad o afinidad, que no pueda valerse
por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
Máximo 1 año.
 Computa a efectos de antigüedad, tiene derechos a
curso de Formación.
 Durante el primer año tiene reserva de puesto.
Pasado dicho tiempo sólo tiene derecho a un puesto
del mismo grupo o categoría equivalente
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