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Sexología y Obstetricia Medicolegal.
• Delito sexual: Es una figura delictiva “que
reconoce en su génesis el instinto sexual, o
expresa actos libidinosos, lascivos, obscenos o
lujuriosos que traducen una actividad sexual y
una satisfacción erótica. (Lancís y Sánchez).
Amparado por el Código Penal
CÓDIGO PENAL
Sexología y Obstetricia Medicolegal.
TITULOXI: Delitos contra el normal desarrollo de las
relaciones sexuales y contra la familia, la infancia y la
juventud.
Capítulo1: Delitos contra el normal desarrollo
de las relaciones sexuales.
Violación
Pederastia con violencia
Abuso lascivo
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VIOLACIÓN (Art. 298)
Acceso carnal con una MUJER, sea por vía normal o contra natura, siempre
que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
Uso de fuerza o intimidación.
Enajenación mental o trastorno mental transitorio.
Privada de razón, o carente de sentido por cualquier causa.
Incapacitada para resistir.
Carente de la facultad para comprender el alcance de sus actos o
dirigir su conducta.
MENOR DE 12 AÑOS.
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VARIEDADES DE LA VIOLACIÓN
Violación con violencia física
Existen lesiones en la víctima.
Ocurren cuando ofrece resistencia
y/o, el victimario trata de
inmovilizarla, acallarla o la golpea
para disminuir su fuerza o la
lesiona por la violencia del acto en
sí.
Violación sin violencia física
La víctima no es
lesionada pero
concurren alguna(s) del
resto de las
circunstancias
reflejadas en el Código
Penal.
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PEDERASTIA CON VIOLENCIA (Art. 299)
Es el acto de pederastia activa (coito anal), empleando:
Violencia o intimidación.
 Aprovechando que la víctima esté privada de razón o de sentido.
Incapacitada para resistir.
Siempre que la víctima sea menor de 14 años de edad.
Masculino = Masculino
Activo
Pasivo
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ABUSO LASCIVO (Art. 300)
Es cuando, sin ánimo de acceso carnal, se abuse lascivamente de una
persona de uno u otro sexo y para ello:
•El autor utiliza fuerza o intimidación .
•La víctima se encuentra en estado de enajenación mental o de
trastorno mental transitorio.
•Privada de razón o de sentido.
•Incapacitada para resistir.
•Carente de facultad para comprender el alcance de su acción o de
dirigir su conducta.
•La víctima sea menor de 12 años de edad.
Sexo # ó =
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C
O
N
D
U
C
T
A
M
É
D
I
C
A
Prestar asistencia médica.
Escribir en la Historia Clínica.
Preservar los indicios que pudieran ser necesarios
para la investigación.
Orientar a la familia para que haga la denuncia. Es a
instancia de partes.
En el área de salud:
Complementarios (embarazo, ETS).
Rehabilitación de la víctima y la familia.
CONDUCTA MÉDICA
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La contribución más importante es la PROMOCIÓN de hábitos
de vida saludable en la comunidad y la PREVENCIÓN de estas
conductas.
También es muy importante tu participación activa en la
REHABILITACIÓN de la víctima (lesiones, secuelas físicas y
psíquicas) y la familia.
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ERRORES MÁS FRECUENTES
 Examen de menores posibles víctimas de delito sexual que no lo amerita
su estado clínico.
 No se examina a posibles víctimas de delito sexual que su estado clínico
lo requiere.
 Comentar con la familia la opinión médica.
 No se orienta a la familia o a la víctima.
 Se “remite” directamente al Servicio de Medicina Legal.
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OBSTETRICIA MEDICOLEGAL
Estudia las cuestiones legales relacionadas con el embarazo, parto y
puerperio, además del aborto ilícito y las cuestiones referentes al
estudio medicolegal del producto de la concepción humano hallado
muerto.
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EMBARAZO
Estado en que se encuentra la mujer desde el momento de la
fecundación del óvulo hasta la expulsión del producto de la concepción
(9 meses).
DIAGNÓSTICO CLÍNICO
 Signos de probabilidad.
 Signo de certeza: Peloteo, movimientos y foco fetal.
 Medios Diagnósticos.
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IMPORTANCIA DEL EMBARAZO EN LO PENAL
Contribuye a probar la violación.
Elimina la sospecha de aborto ilícito.
Como atenuante o agravante de responsabilidad penal.
No se aplicará pena de muerte a una mujer embarazada en
el momento del hecho, ni en el momento del juicio oral.
Descartar un parto reciente o afirmarlo.
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IMPORTANCIA DEL EMBARAZO EN LO CIVIL
Se necesita para obtener dispensa si se desea contraer
matrimonio antes de los 300 días del divorcio anterior o
viudez.
Sí el diagnóstico es positivo, hay que definir la paternidad
legalmente de acuerdo a lo que establece el Código de
Familia.
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IMPORTANCIA DEL EMBARAZO EN LO LABORAL
Protección social a la mujer trabajadora durante la
maternidad (atención medica, lactancia y cuidado de los
hijos).
Beneficios que brinda el Decreto - Ley 2 3 4 de la
Maternidad de la Trabajadora.
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PARTO
Es la expulsión o la extracción del feto a término o viable,
por las vías naturales.
PUERPERIO
Periodo transcurrido entre la fecha del parto y el retorno a la
normalidad o involución de los órganos sexuales femeninos.
(40 días).
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Importancia del diagnóstico medicolegal del parto
Simulación de parto: “para fabricar un heredero”. El
minuciosos examen revela las evidencias .
Disimulación de parto: para rehuir la responsabilidad de
homicidio. Lo precede un embarazo oculto. O lo inverso.
Importante diagnosticar un parto reciente o puerperio.
Ayudan los exámenes de laboratorio.
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ABORTO PARA EL CLÍNICO
Es la interrupción del embarazo antes de las 20 semanas, cuando el
feto aun no es viable (no tiene madurez para vivir fuera del claustro
materno).
ABORTO PARA EL LEGISTA
Es la muerte intencional de un producto de la concepción, provocada en
cualquier momento del embarazo, con o sin expulsión del mismo fuera del
claustro materno.
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ABORTO ILÍCITO
Cuando fuera de las regulaciones de salud establecidas para
el aborto, con o sin autorización de la grávida; se cause el
aborto de esta o se destruya de cualquier manera el
embrión.
Artículo 267 del Código Penal
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Agravantes del aborto ilícito
 Se realiza por lucro.
 Se lleva a cabo fuera de las instituciones de salud.
 Es realizado por personal no médico.
 Sin fuerza ni violencia, pero sin consentimiento de la grávida.
 Con fuerza o violencia sobre la grávida.
 Si se ejerce violencia o lesiones sobre la grávida y se ocasiona el aborto
sin propósito de causarlo, pero conociendo del embarazo.
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Agravantes del aborto ilícito
 Si hay muerte de la grávida
 Si expende o facilita sustancia abortiva o idónea para
destruir el embrión.
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Conducta ante el aborto ilícito
Prestar asistencia médica.
Descartar que se trate de un aborto espontáneo (causas maternas
y/o fetales).
Examinar a la mujer buscando signos en los genitales, tales como
perforaciones en la vagina, o del cuello, fondo o pared posterior del
útero.
Escribir en la Historia Clínica.
Preservar los indicios que pudieran ser necesarios para la
investigación.
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BIBLIOGRAFÍA
Colectivo de autores. Medicina Legal. Editorial Ciencias
Médicas. Ciudad de la Habana, 1999.
ISCM-H. Vicerrectoría de Desarrollo. Problemas a
resolver por el Médico General Básico y su nivel de
actuación.
Principios de la Ética Médica. Editora Política, La Habana,
19 8 3.
Coletivo de autores. Temas de Ética Médica.