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ACCOMPAÑAMIENTO DE MEDIDAS
COMUNITARIAS RELATIVAS A LOS CUIDADOS
HACIA UNA CARTA EUROPEA DE LOS
DERECHOS DE LOS PACIENTES
E. RIAL-SEBBAG, F. TABOULET
CALASS, Bruxelles 11-13 sept.2008
INTRODUCTION
 La salud es una competencia histórica de la
Unión
 Competencia reforzada en dos ejes
• Profesionales de la salud
• Salud pública
¿¿¿Qué lugar para los derechos de los pacientes ???
INTRODUCCION
 Derechos de los pacientes : corolario sobre la
cuestión de la movilidad
Importancia afirmada del lugar de la palabra del
individuo "en recurso de cuidados" Dictamen CESE
15/01/2008)
 Contribución para los ciudadanos europeos +++
 ¿Qué método de gobernanza ?
•
•
Construcción del modelo
Las proposiciones comunitarias
I La construcción de un método de gobernanza
A / LA PROTECCION DE LOS LOS DERECHOS
HUMANOS
 Los precedentes internacionales
 Consejo de Europa
• Numerosas recomendaciones del Consejo de ministros (ex
deberes jurídicos de los médicos para con sus pacientes)
La Convención de Oviedo (1997)
•
 Parlamento Europeo
• Numerosas resoluciones
Confirmación del carácter absoluto de la
dignidad humana en referencia a los cuidados
sanitarios
B / LA PROTECCION COMPLEMENTARIA DE LOS
DERECHOS SOCIALES
 Declaración sobre (! y no por !) la promoción
de los derechos de los pacientes en Europa,
OMS 1994 (derechos sociales e individuales)
« Estos derechos sociales se refieren también a la
igualdad de acceso a los cuidados sanitarios para el
conjunto de la población de un país (…) y la
eliminación de obstaculos injustificados »
« Estos derechos sociales son de uso colectivo »
EX DE DERECHOS GARANTIZADOS
 Derechos individuales
•
•
No se pueden limitar salvo por razones de salud
pública o de orden público
Integridad de la persona ; respeto de la vida privada ;
respeto de las convicciones religiosas
 Derechos sociales
• Derecho a recibir cuidados adaptados
• Derecho a cuidados de calidad
• Derecho a ser tratado con dignidad
II La aparición de un modelo comunitario de
protección híbrida
¿Un hibridación natural?
 Al lado de los métodos de acciones de la
Unión (aproximación de las legislaciones,
desregulación, coordinación etc...)
 Consulta de los interlocutores sociales
 Aprobación de una Carta no resultante de las
instituciones comunitarias pero apoyada por
ellas y haciendo referencia a valores éticos
comunes
Los precedentes en derecho comunitario
 Carta europea para el derecho de los
pacientes (Resolución Parlamento europeo
19/01/1984)
 El Parlamento tiene una tradición en materia
de derecho de la salud y protección de los
derechos individuales
 Carta esencialmente dirigida hacía los
derechos humanos
Dictamen del CESE 15/01/2008 sobre « Los
derechos del paciente »
Una contribución teniendo en cuenta la política
de Salud Pública
 Cambio de orientación para tener en cuenta esta
cuestión: de los derechos humanos a los
derechos de los usuarios de salud
 Integración de la dimensión consulta pública
 Integración del paciente como protagonista de
su salud
 Carta europea de los derechos fundamentales
(artículo 35)
 Carta Europea de los derechos de los pacientes
adoptada por Active Citizenship Network
Active Citizenship Network
 Asociación de ciudadanos
(www.activecitizenship.net)
 1er draft 2002
• Motivación: cuidados trasfonterizos y desigualdades
en los Estados miembros
• Certificado por el dictamen del CESE
• Garantizar varios derechos
• 18 de abril 2008 de proclamación del día europeo
de los derechos de los pacientes y previa
presentación de la Carta
• Ver también el documento "Patients' rights:
• " getting the perfect balance"(junio de 2008)"
Los Derechos garantizados (14)
 Derecho a las medidas de
prevención;
 de acceso;
 a la información;
 al libre consentimiento ;
 a la libertad de elección;
 a la intimidad y a la
confidencialidad;
 al respeto del tiempo de los
pacientes;
 al cumplimiento de las normas
de calidad;
 a la seguridad;
 a la innovación;
 a no sufrir inútilmente;
 al tratamiento personalizado;
 a la reclamación;
 a compensaciones económicas
 + 3 derechos de
ciudadanía activa
 Derecho a realizar
actividades de interés
general
 Derecho a realizar
actividades sobre defensa
de los derechos
 Derecho a participar en la
elaboración de las
políticas en el sector de la
salud
NUDOS DE CONFUSION
 Derechos de los pacientes o derecho a los cuidados
 Derechos sociales versus derechos de la persona
humana
 Derechos de los pacientes o derechos de los usuarios
del sistema de salud
Derechos complementarios pero
obligaciones diferentes
El HILO PARA SALIRSE
 Atenerse a los derechos fundamentales
comúnmente protegidos
 Apostar sobre un enfoque colectivo de los
derechos
 Acomodarse de una ética culturalmente
dependiente
PROPUESTAS CONCLUYENTES
 La aprobación de esta Carta va en el sentido de
un mejor equilibrio
• Entre los Estados miembros
• Entre los profesionales de salud y los pacientes
 Riesgos
• Confusión de las clases entre distintas formas de Derechos
• Aspectos formales contemplados por las instancias de la
Unión como un pretexto para no legislar
CON TODO MI AGRADECIMIENTO