Download sección 504 de la ley de rehabilitación

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
SECCIÓN 504
DE LA LEY DE REHABILITACIÓN
A presentation of the Center for Independence of the Disabled, New York –
Queens
(c) CIDNY 2011, SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
1
¿Qué es la Sección 504 de la
Ley de Rehabilitación?
• Es una ley federal de derechos civiles que prohíbe discriminar
por razones de incapacidad.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
2
Educación superior
• A pesar de que la Sección 504 cubre temas más amplios que
la educación superior sólo nos concentraremos en la
educación superior.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
3
¿Quiénes se consideran
personas con discapacidades?
Alguien:
• Con una "deficiencia" mental o física que "limita
sustancialmente" una o más de las "actividades principales de
la vida";
• Que tiene "antecedentes de dicha deficiencia"; o
• Que se "considera que tiene dicha deficiencia".
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
4
¿Qué es una deficiencia?
Cualquier discapacidad, enfermedad prolongada o trastorno
que reduce o limita sustancialmente su capacidad para
aprender en un ambiente educativo por problemas de
aprendizaje o acceso a servicios, o cualquier conducta o
problema de salud.
No es necesario que la enfermedad sea obvia.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
5
¿Cómo se determina que
"limita sustancialmente"?
Depende de la naturaleza y gravedad de su enfermedad
discapacitante.
La discapacidad suya deberá compararse con los estudiantes
de la misma edad y sin discapacidades. La comparación
deberá realizarse con el beneficio de la medicación u otras
medidas (modificaciones neurológicas de adaptación,
tecnología de asistencia o adaptaciones).
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
6
¿Qué se entiende por "antecedentes
de dicha deficiencia"?
• Esto significa tener documentación que certifique que usted
está discapacitado.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
7
¿Qué se entiende por "se considera que
tiene dicha deficiencia"?
• Cuando se considera a alguien como portador de una
deficiencia aunque no tenga esa discapacidad. Por ejemplo, si
una persona es homosexual y se presupone que es VIH
positivo.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
8
¿Qué debo hacer si necesito una
adaptación razonable en la escuela?
• Deberá averiguar dónde está la Oficina de Estudiantes con
Discapacidades de su escuela y solicitar los servicios.
• Es necesario que explique cuál es su discapacidad.
• Deberá presentar prueba médica de su discapacidad. Algunas
escuelas aceptarán su Plan de Educación Individualizado (IEP).
• Necesita solicitar una "adaptación razonable".
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
9
¿Cuáles son algunos ejemplos
de "adaptación razonable"?
•
•
•
•
•
•
•
Prolongación de horarios para exámenes o tareas;
Salón privado;
Persona para tomar notas;
Libros grabados;
Clases asistidas por computadora;
Impresiones ampliadas;
Ubicación accesible de las salas de clases, etc.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
10
¿Cómo deben aplicar esta ley las escuelas?
• Las escuelas deberán establecer específicamente sus políticas
y procedimientos.
• Deberá atender a las necesidades de cada estudiante sobre la
base de la naturaleza de su discapacidad.
• El estudiante deberá recibir igualdad de oportunidades para
competir con los estudiantes que no tienen ninguna
discapacidad.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
11
¿Cuándo no se autoriza el ingreso
de un estudiante a una clase?
• Cuando el estudiante interrumpe el desarrollo normal de la
clase y afecta la capacidad de los demás estudiantes para
aprender.
• Cuando las adaptaciones crean dificultades excesivas o
alteraciones importantes.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE
EHABILITACIÓN
12
¿Cuáles son sus derechos si se
le niega una adaptación razonable?
• Examinar antecedentes pertinentes.
• Solicitar una audiencia imparcial.
• Obtener los servicios de un abogado o representante que esté
presente en la audiencia.
• Presentar una queja ante el coordinador 504 de la escuela
que investigará la queja.
• Presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles de la
región.
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
13
¿Cuál es el domicilio y el número
telefónico de la Oficina de Derechos Civiles?
Michael Carter, Gerente Regional
Oficina de Derechos Civiles
Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados
Unidos
Jacob Javits Federal Building
26 Federal Plaza – Suite 3312
New York, NY 10278
212-264-3313
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
14
Contacto de ayuda
Center for Independence of the Disabled, NY – Queens
137-02 A Northern Blvd.
Flushing, NY 11354
(646) 442-1520 (Tel)
(866) 948-1064 (VP)
(718) 886-0427 (TTY)
CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN
15