Download sección 504 de la ley de rehabilitación
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
SECCIÓN 504 DE LA LEY DE REHABILITACIÓN A presentation of the Center for Independence of the Disabled, New York – Queens (c) CIDNY 2011, SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 1 ¿Qué es la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación? • Es una ley federal de derechos civiles que prohíbe discriminar por razones de incapacidad. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 2 Educación superior • A pesar de que la Sección 504 cubre temas más amplios que la educación superior sólo nos concentraremos en la educación superior. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 3 ¿Quiénes se consideran personas con discapacidades? Alguien: • Con una "deficiencia" mental o física que "limita sustancialmente" una o más de las "actividades principales de la vida"; • Que tiene "antecedentes de dicha deficiencia"; o • Que se "considera que tiene dicha deficiencia". CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 4 ¿Qué es una deficiencia? Cualquier discapacidad, enfermedad prolongada o trastorno que reduce o limita sustancialmente su capacidad para aprender en un ambiente educativo por problemas de aprendizaje o acceso a servicios, o cualquier conducta o problema de salud. No es necesario que la enfermedad sea obvia. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 5 ¿Cómo se determina que "limita sustancialmente"? Depende de la naturaleza y gravedad de su enfermedad discapacitante. La discapacidad suya deberá compararse con los estudiantes de la misma edad y sin discapacidades. La comparación deberá realizarse con el beneficio de la medicación u otras medidas (modificaciones neurológicas de adaptación, tecnología de asistencia o adaptaciones). CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 6 ¿Qué se entiende por "antecedentes de dicha deficiencia"? • Esto significa tener documentación que certifique que usted está discapacitado. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 7 ¿Qué se entiende por "se considera que tiene dicha deficiencia"? • Cuando se considera a alguien como portador de una deficiencia aunque no tenga esa discapacidad. Por ejemplo, si una persona es homosexual y se presupone que es VIH positivo. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 8 ¿Qué debo hacer si necesito una adaptación razonable en la escuela? • Deberá averiguar dónde está la Oficina de Estudiantes con Discapacidades de su escuela y solicitar los servicios. • Es necesario que explique cuál es su discapacidad. • Deberá presentar prueba médica de su discapacidad. Algunas escuelas aceptarán su Plan de Educación Individualizado (IEP). • Necesita solicitar una "adaptación razonable". CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 9 ¿Cuáles son algunos ejemplos de "adaptación razonable"? • • • • • • • Prolongación de horarios para exámenes o tareas; Salón privado; Persona para tomar notas; Libros grabados; Clases asistidas por computadora; Impresiones ampliadas; Ubicación accesible de las salas de clases, etc. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 10 ¿Cómo deben aplicar esta ley las escuelas? • Las escuelas deberán establecer específicamente sus políticas y procedimientos. • Deberá atender a las necesidades de cada estudiante sobre la base de la naturaleza de su discapacidad. • El estudiante deberá recibir igualdad de oportunidades para competir con los estudiantes que no tienen ninguna discapacidad. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 11 ¿Cuándo no se autoriza el ingreso de un estudiante a una clase? • Cuando el estudiante interrumpe el desarrollo normal de la clase y afecta la capacidad de los demás estudiantes para aprender. • Cuando las adaptaciones crean dificultades excesivas o alteraciones importantes. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 12 ¿Cuáles son sus derechos si se le niega una adaptación razonable? • Examinar antecedentes pertinentes. • Solicitar una audiencia imparcial. • Obtener los servicios de un abogado o representante que esté presente en la audiencia. • Presentar una queja ante el coordinador 504 de la escuela que investigará la queja. • Presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles de la región. CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 13 ¿Cuál es el domicilio y el número telefónico de la Oficina de Derechos Civiles? Michael Carter, Gerente Regional Oficina de Derechos Civiles Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos Jacob Javits Federal Building 26 Federal Plaza – Suite 3312 New York, NY 10278 212-264-3313 CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 14 Contacto de ayuda Center for Independence of the Disabled, NY – Queens 137-02 A Northern Blvd. Flushing, NY 11354 (646) 442-1520 (Tel) (866) 948-1064 (VP) (718) 886-0427 (TTY) CIDNY-Queens SECCIÓN 504 DE LA LEY DE EHABILITACIÓN 15