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DIPLOMADO “TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA EN EL DISTRITO
FEDERAL”
MÓDULO V DATOS PERSONALES
Lina Ornelas (IFAI)
5 de Septiembre de 2008
DERECHO COMPARADO
Argentina







Reconocimiento del derecho de protección
de datos a nivel constitucional
Ámbito de aplicación
Sujetos obligados
Principios y derechos consagrados
Naturaleza jurídica de la autoridad
protectora de datos personales
Atribuciones de la autoridad
Registro de protección de datos
Canadá







Reconocimiento del derecho de protección
de datos a nivel constitucional
Ámbito de aplicación
Sujetos obligados
Principios y derechos consagrados
Naturaleza jurídica de la autoridad
protectora de datos personales
Atribuciones de la autoridad
Registro de protección de datos
España


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
Reconocimiento del derecho de protección
de datos a nivel constitucional
Ámbito de aplicación
Sujetos obligados
Principios y derechos consagrados
Naturaleza jurídica de la autoridad
protectora de datos personales
Atribuciones de la autoridad
Registro de protección de datos
Francia

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
Reconocimiento del derecho de protección
de datos a nivel constitucional
Ámbito de aplicación
Sujetos obligados
Principios y derechos consagrados
Naturaleza jurídica de la autoridad
protectora de datos personales
Atribuciones de la autoridad
Registro de protección de datos
Portugal







Reconocimiento del derecho de protección
de datos a nivel constitucional
Ámbito de aplicación
Sujetos obligados
Principios y derechos consagrados
Naturaleza jurídica de la autoridad
protectora de datos personales
Atribuciones de la autoridad
Registro de protección de datos
MARCO JURÍDICO MEXICANO
EN MATERIA DE PROTECCIÓN
DE DATOS PERSONALES
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
 Artículo
6 constitucional
 Reforma al artículo 16
constitucional
 Reforma al artículo 73
constitucional
Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública
Gubernamental
Objetivos de la LFTAIPG
 Ámbito de aplicación
 Sujetos obligados
 Clasificación de los datos
personales como información
confidencial (artículo 18 fracción
II)

Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública
Gubernamental
Capítulo IV Protección de Datos Personales:







Principios rectores
Importancia del consentimiento del titular
Excepciones al principio del consentimiento
Sistema Persona
Derecho de acceso a datos personales
Derechos de rectificación o corrección
Recurso de revisión ante negativa de acceso o
corrección de datos personales
Lineamientos de Protección de Datos
Personales









Objeto y ámbito de aplicación
Elementos de los datos personales
Definición de sistema de datos personales
Principio de licitud
Principio de calidad
Principio de información
Principio de seguridad
Principio de custodia y cuidado
Principio del consentimiento
Lineamientos de Protección de Datos
Personales





Leyenda de información
Disociación de datos
Medidas de seguridad y documento de
seguridad
Contratación de terceros para el
tratamiento de datos personales
Transmisiones y las obligaciones de los
sujetos obligados al realizar éstas
Recomendaciones sobre Medidas de
Seguridad aplicables a los Sistemas
de Datos Personales




Objeto
Niveles de seguridad
Sistemas de datos personales físicos y
automatizados
Medidas de seguridad mínimas e indispensables:
•
•
•
•
•
•
Uso de claves de acceso
Control de acceso a instalaciones
Procedimiento de actualización
Uso de bitácoras en las operaciones cotidianas
Procedimiento de incidentes
Procedimiento de cancelación
Leyes Estatales de Protección de
Datos





Colima
Jalisco
Guanajuato
Tlaxcala
DF
Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública (IFAI)
 Naturaleza
jurídica
 Integración
 Requisitos
para ser comisionado
 Nombramiento
 Duración de su encargo
 Atribuciones en materia de
protección de datos
Sistema Persona
 En
qué consiste
 Datos del sistema que informa
cada sujeto obligado
 Obligación a cargo de los sujetos
obligados de actualizar los datos
del Sistema Persona
Perspectivas
El reconocimiento del derecho a la
protección de datos personales y los
principios y derechos ARCO a nivel
constitucional (reformas artículos 16
y 73)
 Una ley de protección de datos
 Una autoridad independiente dotada
de atribuciones de sanción e
inspección en materia de protección
de datos

ALGUNOS CASOS DE TENSIÓN
ENTRE EL DERECHO DE ACCESO
A LA INFORMACIÓN Y EL
DERECHO A LA PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES
Derecho de acceso a la información VS.
derecho de protección de datos
 Tensión
entre el ejercicio pleno
del derecho de acceso a la
información y el derecho a la
protección de datos
personales:
 Prueba de interés público
 Algunos casos:
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Currículum Vitae de servidores públicos:
El IFAI ha determinado que el curriculum vitae
contiene datos personales, pues generalmente
en él se señalan, entre otros datos, el
domicilio particular, el número telefónico, la
fecha de nacimiento y el estado civil.
El criterio ha sido que debe elaborarse una
versión pública de este documento, pues los
antecedentes laborales y la preparación
académica, entre otros, acreditan la idoneidad
del servidor público en el cargo que ocupa.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Estado de salud del Presidente de la
República:
El IFAI determinó que no se cumplía
con el principio de razonabilidad para
determinar que el estado de salud
del Titular del Ejecutivo Federal
debía
considerarse
información
pública.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Expedientes
médicos
instituciones de salud públicas:
en
El IFAI ha determinado que el
paciente debe tener acceso a su
expediente médico, pues es titular
de la información relativa a su estado
de salud.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Fotografía de servidores públicos:
El criterio adoptado por el IFAI ha sido
considerar la fotografía de servidores públicos
como un dato personal, pues nada hace más
identificable a una persona que su imagen,
aunado al hecho de que en nada se contribuye
a la transparencia gubernamental o a la
rendición de cuentas publicando dicha
información.
No obstante, el análisis del IFAI ha considerado
excepciones.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Estados de cuenta bancarios de
servidores públicos:
El IFAI ha determinado que se trata
de datos personales, pues es
información relativa a su patrimonio,
a menos, que se trate de información
relativa a una cuenta corporativa
integrada con recursos públicos.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Calificaciones en el caso de becas
otorgadas por el Estado Mexicano:
En el caso de becas, el IFAI ha considerado
que la rendición de cuentas se da a través
de las constancias de terminación de
estudios o la obtención del grado
correspondiente, así como mediante los
informes
que
los
becarios
rinden
periódicamente a la institución que les
otorgó la beca, y no mediante la difusión
en lo particular de sus calificaciones.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Calificaciones de exámenes derivados
del servicio civil de carrera:
En el caso de un concurso de ingreso,
únicamente se considera pública la
calificación del ganador.
En el caso de exámenes derivados de la
capacitación que recibe un servidor
público, las calificaciones son públicas,
pues acreditan su desempeño como tal.
Protección de datos personales vs. rendición
de cuentas: Casos de debate en el IFAI
Firma de servidores públicos:
El debate consiste en determinar si la
firma de un servidor público que no
hace constar un acto de autoridad
debe considerarse pública o bien, es
un dato personal.
CASOS
INTERNACIONALES
Caso Virginia Tech Estados Unidos
El 16 de abril de 2007, en el Tecnológico de
Virginia, mueren 32 personas en manos de un
estudiante surcoriano, quien se suicida
posteriormente
La organización EPIC realizó un reporte en el
cual determina que las autoridades
administrativas del Tecnológico de Virginia se
equivocaron al no tomar acciones para evitar o
disminuir la tragedia, debido a que tenían
conocimiento de la salud mental del homicida
Caso Virginia Tech Estados Unidos
Asimismo, en esta mala decisión influyó la
pésima comprensión de las leyes de privacidad
por parte de las autoridades del Tecnológico, al
no dar acceso a este tipo de información
Las leyes de privacidad federal y del Estado de
Virginia dan acceso a datos personales y
específicamente a información médica cuando:
i) el titular lo solicite; ii) existe necesidad de
intercambiar información médica para
continuar un tratamiento y iii) existe un peligro
inminente a la salud y seguridad de las personas
Caso L´affaire Gubler
En noviembre de 1981, el Presidente Francois
Miterrand fue diagnosticado con cáncer de
próstata por su médico personal el Dr. Gubler
El mandatario solicitó expresamente que se
considerara su dolencia como parte de su
derecho a la confidencialidad y como secreto de
estado, debido a que el conocimiento público
de su afección podría afectar el normal
desenvolvimiento de la administración
Caso L´affaire Gubler Francia
En enero de 1996, días después de la muerte del
presidente, el Dr. Gubler publicó un libro
llamado “El gran secreto”, en el cual revela la
naturaleza y tratamiento de la enfermedad
La familia de Miterrand interpuso una demanda
ante el Tribunal de Gran Instancia de París, en
razón de que la publicación del libro constituía
una violación al derecho de privacidad y al
secreto profesional del médico
El Tribunal declaró la existencia de dichas
violaciones y prohibió la publicación del libro
www.ifai.org.mx
01800 TEL IFAI
01800 835 4324
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TEL. 50 04 24 00