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LA PAC
• 1) EL PROTECCIONISMO AGRARIO Y
LA PAC
• 2) EFECTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS
DE LA PAC
• 3) LA LÓGICA DE SUS REFORMAS
• 4) EL FUTURO DE LA PAC
1) EL PROTECCIONISMO AGRARIO Y LA
PAC
1.1)¿Por qué se protege al sector
agrario?
•
•
•
•
* Características de los mercados agrarios
* Poder de las organizaciones agrarias
* Freno a la emigración campo-ciudad
* Protección de medio ambiente
1) EL PROTECCIONISMO AGRARIO Y
LA PAC
1.1) ¿Por qué se protege al sector agrario?
• * acortar las diferencias de ingresos entre el sector
agrario y el resto de los sectores
1) EL PROTECCIONISMO AGRARIO Y
LA PAC
• 1.2) ¿Cómo
se protege al sector
agrario?
• Vía transferencias presupuestarias o
“fijando” precios interiores más elevados
que en los mercados mundiales
1) EL PROTECCIONISMO AGRARIO Y
LA PAC
• 1.3) ¿Cómo
se mide la protección al
sector agrario?
• La OCDE (oecd.org) :
• la Estimación del Apoyo al Productor (EAP o
Producer Support Estimate, PSE). UE ( 3537%). USA (18-19%)
• se suma las transferencias de origen
presupuestario y la diferencia entre el precio
interior y el mundial multiplicado por la cantidad
producida (apoyo al precio de mercado o market
price support)..
*La EAP ha disminuido muy poco desde los 80.
*La composición de la protección ha variado poco
2) EFECTOS POSITIVOS Y
NEGATIVOS DE LA PAC
•
•
•
•
•
* Sobre los mercados mundiales
* ¿sobre el medio ambiente?
* sobre la modernización de los
estructuras agrarias
* sobre el desigual apoyo a las estructuras
agrarias y a los productos agrarios
* sobre los consumidores
• * sobre los contribuyentes : como
promedio, cada ciudadano
contribuye con 2 euros por
semana a la financiación de la
PAC
3) LA LÓGICA DE SUS REFORMAS
3.1) La reforma de 1992:
*los pagos compensatorios
• las medidas de acompañamiento
3.2) La reforma de 1999:
*las ayudas directas incrementan su importancia
pero sin eliminar el protagonismo de los precios
3.3) La ampliación de la UE (mayo 2004) y la PAC
UE- 15
UE-25 Aumento
Candidatos
(%)
Agricultores
(millones)
6,8
3,8
10,6
56
Superficie
(millones. Ha)
132
38,5
170,5
29
Explotaciones
(millones)
7
5,2
12,2
74
3.4) Lo pactado con los nuevos EM:
*Limitar las ayudas directas a recibir por
éstos
* Dinero destinado sobre todo a
desarrollo rural
* No aplicarles los precios de garantía
* Acceso a las subvenciones a las X
* Fijación de cuotas en el sector lácteo
3.5) La reforma de 2003:
*En lugar de ayudas directas una ayuda única
por explotación agraria pero sin estar
vinculada a la producción (disociación o
desvinculación de la ayuda). Realidad :
disociación no total
* Condicionalidad de la ayuda : Medio
ambiente, salubridad alimentaria, sanidad
animal y vegetal, bienestar animal,
seguridad en el trabajo
*Potenciación del segundo pilar de la PAC
(desarrollo rural)
* Se ha aplicado un límite a la cuantía de las ayudas
que se puede recibir (modulación suave).
Excepciones : Regiones ultraperiféricas, recibir
menos de 5000 euros y los nuevos EM
4) EL FUTURO DE LA PAC
4.1) La importancia del desarrollo rural
Según la definición de la OCDE, que se basa
en la densidad de población, las regiones
rurales representan el 92 % del territorio de
la UE. Un 19 % de la población de la Unión
Europea vive en regiones
predominantemente rurales, y un 37 % en
regiones significativamente rurales. Estas
regiones generan el 45 % del valor añadido
bruto (VAB) y el 53 % de los puestos de
trabajo de la UE.
Algunos de sus indicadores
socioeconómicos, incluidos los indicadores
estructurales, tienden a quedarse
rezagados respecto a los de las zonas no
rurales. En las zonas rurales:
*la renta per cápita equivale aproximadamente
a dos terceras partes de la de las otras,
*la tasa de actividad de las mujeres es menor,
en general,
*el sector de los servicios está menos
desarrollado,
*los niveles de formación superior que se
alcanzan son inferiores, en general,
y *el porcentaje de domicilios que tiene acceso
a Internet de banda ancha es más reducido
4.1) La importancia presupuestaria del desarrollo
rural
2007:
4.1) La importancia presupuestaria del desarrollo
rural (2008)
2008:
Desarrollo rural en el período 2007-2013
La futura política de desarrollo rural se
centra en tres ámbitos fundamentales: la
economía agroalimentaria, el medio
ambiente y la economía y la población
rurales, en sentido amplio.
Nuevo Fondo centrado en el Desarrollo Rural
Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo, de 20
de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al
desarrollo rural a través del Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
El FEADER contribuirá a la promoción de un
desarrollo rural sostenible en toda la
Comunidad como complemento de las políticas
de apoyo al mercado y a los ingresos aplicadas
en el marco de la política agrícola común, la
política de cohesión y la política pesquera
común (art 3).
El FEADER financiará, en gestión compartida entre
los Estados miembros y la Comunidad la
contribución financiera de la Comunidad en
favor de los programas de desarrollo rural
realizados de conformidad con la legislación
El primer pilar lo financia el
FEAGA: la realidad el primer
pilar seguirá siendo el más
importante
4.2) la importancia de los nuevos objetivos:
• mejorar la calidad de los alimentos europeos;
• garantizar la inocuidad alimentaria;
• asegurar la protección del medio ambiente en beneficio
de las futuras generaciones;
• mejorar las condiciones sanitarias de los animales y su
bienestar;
• conseguir todos estos objetivos a un coste mínimo para el
presupuesto comunitario
4.3) Los nuevos desafíos:
-Gestión adecuada de los agrocombustibles
-Demanda de productos agrarios por parte de los
países emergentes
-Mejorar la gestión de la PAC
-Cheque británico y PAC en el marco de la reforma del
presupuesto de la UE
4.4) El Tratado de Lisboa y la PAC
-Más fácil tomar decisiones en materia agraria, pero a
partir de 2014.Hoy mayoría cualificada: desde el 1
de enero de 2007, con 255 votos (73.9% del
total: 345). A lo que hay que añadir que estos
votos representen al menos 14 de los 27 Estados
miembros y al menos el 62% de la población de
la UE-27.
El Tratado de Lisboa, además de no contemplar
la asignación de un número de votos a cada
Estado miembro, trae consigo una modificación
sustancial de lo que se considera mayoría
cualificada, si bien esta modificación entrará en
vigor a partir del 1 de noviembre de 2014 o
incluso en 2017, al establecer que ésta se
definirá como un mínimo del 55% de los
miembros del Consejo que representen a
Estados miembros participantes que reúnan
como mínimo el 65% de la población de dichos
Estados.
-Más participación del Parlamento
-Eliminación de la distinción entre Gastos
Obligatorios y Gastos no Obligatorios