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Proyecto de Ley N° 7938
SOAT – Negligencia Médica
Congresista: Natale Amprimo
Crítica
Asociación Medica Peruana
Fundamentos
La presente iniciativa legislativa....
 Propone garantizar el derecho al paciente a
obtener una indemnización del profesional de
la salud que en el ejercicio de su profesión
pudiera haberle acusado daños por error,
negligencia, impericia u omisión.
 Critica de la AMP.- Establece una garantia
económica, partiendo del supuesto que el
profesional de la salud no tiene los ingresos
(sueldos) para una indemnización. Si los
sueldos no alcanzan ni para el seguro.
 Los profesionales de la salud deben reparar
el daño sufrido por su paciente, cuando éste
se produce debido a actos causados como
consecuencia de las conductas señaladas
precedentemente.
 Critica de la AMP.- Los médicos siempre
reparan los daños sufridos por sus paciente,
más aun si estos son producidos por la
atención médica
Fundamentos
 Que a efectos de garantizar una oportuna y adecuada indemnización para
los pacientes y/o sus deudos, resulta imprescindible establecer la
obligación para los profesionales de la salud, de contar con un seguro de
riesgo médico. Así la necesidad de establecer un seguro busca proteger al
paciente por el daño causado y la posibilidad de una inmediata reparación.
 Critica de la AMP.- Esta ley confunde los perjuicios que podrían
ser indemnizados.
 Un tipo de seguro es el que indemniza el perjuicio económico
causado por los gastos de la reparacìón del daño ocasionado al
paciente (Caso SOAT).
 Otro tipo de seguro es para indemnizar el perjuicio económico
causado al paciente o deudos por la imposibilidad de reparar el
daño.
 Hay daños inevitables y necesarios, que no se indemnizan
(iatrogenia), a pesar que luego pueden ser reparados. Ejemplo:
Cicatriz post operatoria que requiere cirugia plástica.
Efecto de la Vigencia de la Norma
sobre la Legislación Nacional
 Trae como consecuencia la modificación del
artículo 15° de la Ley N°26842, Ley General de
Salud.
 Critica de la AMP.- Crea legalmente una
intermediación financiera innecesaria,
favoreciendo a tres compañias de seguros
privados. Ya que tanto los médicos, y EsSalud,
Minsa o las EPS, tienen la capacidad técnica y
económica para reparar el daño sufrido por el
paciente, lo que no ocurre con los choferes y el
SOAT.
Análisis Costo Beneficio
 La aprobación de la presente iniciativa no generará egresos, ni
gastos al Erario Nacional. En cuanto al beneficio es muy
relevante para la sociedad en su conjunto, pues cubre a las
personas que acuden al tratamiento médico de los riesgos que
las afectan y se garantiza el debido respaldo económico al
médico asegurado, para resarcir los daños corporales que se
ocasionen a los pacientes con motivo de la actividad profesional
médica.
 Critica de la AMP.- La obligación de indemnizar al paciente es
por Ley, solidaria entre el médico y la Institución (Minsa,
EsSalud, FFAA y Policiales, EPS, etc.), por lo que éstas
instituciones tambien estarán obligadas a contratar un seguro de
indemnización como ocurre en todos los países donde se ha
implantado. Lo cual encarecerá la atención y con los recursos
existentes se reducirá la capacidad de la atención de pacientes
a cargo de los hospitales del Estado.
Proyecto de Ley que crea el Seguro
de Responsabilidad Civil Médica
 Considerando: Que, el artículo 1° de la
Constitución Política del Perú establece que;
“La defensa de la persona humana y el
respeto de su dignidad son el fin supremo de
la sociedad y del Estado”
 Que en el mismo sentido, el inciso 1° del
artículo 2° (Derechos de la Persona),
reconoce el derecho de toda persona a la
integridad psíquica y física
Proyecto de Ley que crea el Seguro
de Responsabilidad Civil Médica
Que, a mayor abundamiento, el
artículo 7° precisa que “todos tienen
derecho a la salud, la del medio
familiar y la de la comunidad: así
como el deber de contribuir a su
promoción y defensa.
Proyecto de Ley que crea el Seguro
de Responsabilidad Civil Médica
 Conforme lo señalan los literales I y II del
Título Preliminar de la Ley General de Salud,
LeyN°26842 “La salud es una condición
indispensable del desarrollo humano y medio
fundamental para alcanzar el bienestar
individual y colectivo” y “La protección de la
salud es de interés público. Por lo tanto es de
responsabilidad del Estado regularla, vigilarla
y promoverla”.
Proyecto de Ley que crea el Seguro
de Responsabilidad Civil Médica
 Que nuestra legislación no contempla norma que
regule un seguro de responsabilidad civil médica para
los profesionales de la salud respecto del daño físico
causado a sus pacientes, ya sea por negligencia,
impericia, omisión o errores profesionales culposos”
 Critica de la AMP.- Lo que propone el
Congresista Amprimo en el mejor de los
casos es que si el paciente es el que corre el
riesgo, quien debería comprar el seguro
debería ser el propio paciente. Tal como
ocurre en los vuelos aéreos.
Ley que crea el Seguro Obligatorio
de Responsabilidad Civil Médica
 Art.1°Modificase el inciso a) del artículo 15° de la LGS, por
el siguiente texto: “Art.15°.Toda persona, usuaria de los
servicios de salud tiene derecho:
a)Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad, así
como a recibir una indemnización por el daño causado, en
los casos de error, negligencia, impericia u omisión, que
causen lesiones, invalidez temporal o permanente o muerte,
para lo cual quienes desempeñan actividades profesionales
propias de la medicina, odontología, farmacia o cualquier
otra relacionada con la atención de la salud, deberán contar
con un seguro obligatorio por responsabilidad en el ejercicio
profesional, de acuerdo a las condiciones que se
establezcan por Decreto Supremo”.
Critica de la AMP.- El derecho a recibir indemnización
ya esta establecido en el Código Civil y es para todos
los profesionales, por lo cual es innecesario su
ubicación en la Ley General de Salud.
Esta Ley crea una obligación a los profesionales de la
salud, por lo cual no debería estar en un artículo
dedicado a los derechos del paciente, sino en los
requisitos para ejercer la profesión (Artículo 22), pero
dicha inclusión violaría el derecho del acceso a las
prestaciones de salud, y del ejercicio profesional
establecidas en los artículos 12 y 14 de la Constitución
Política
Análisis de la AMP
 Los médicos siempre tienen responsabilidad
profesional en el ejercicio del acto médico en
el área Administrativa, Penal y Civil.
 El Código Civil prevee la necesidad de
indemnizar a los pacientes por los daños
causados, por lesiones dolosas o culposas,
por lo tanto este proyecto de ley sería
redundante y más bien ocasionaría los
siguientes problemas:
Análisis de la AMP:
Análisis del Costo Beneficio
 Este seguro encarecerá el sistema de salud, no es
verdad que no generará egresos, ni gastos al Erario
Nacional por lo siguiente:
1.De acuerdo al artículo 48° de la LGS “El
establecimiento de salud o servicio médico de apoyo
es solidariamente responsable por los daños y
perjuicios que se ocasionen al paciente...”
Nota: Por lo tanto cualquier daño sufrido por los
pacientes atendidos en Essalud, Ministerio de Salud,
F.F.A.A. y Policiales, tendrá que ser resarcido de
manera solidaria, las instituciones con los
profesionales de la salud.
Análisis de la AMP:
Análisis del Costo Beneficio
 Con relación a lo mencionado que éste seguro es
“un beneficio es muy relevante para la sociedad
en su conjunto...”, no es cierto dado que:
1.Este nuevo gasto del Seguro Obligatorio se
extrapolará en los costos de atención
perjudicando a la sociedad peruana en su
conjunto.
2.Los Médicos y los Profesionales de la salud
realizarán actividades de salud más costosas
tratando de aplicar una medicina defensiva que
evite los riesgos de las indemnizaciones.
Análisis de la AMP
La situación de EEUU y los seguros
médicos
 El Presidente Bush actualmente está solicitando al
congreso cambiar las leyes para evitar la enorme
cantidad de “demandas chatarra” dado que han
condicionado la práctica de una medicina defensiva
encareciendo en forma alarmante el sistema de salud.
 Actualmente en los EEUU algunos estados tienen
problemas para la atención de los pacientes porque
existe una deserción de médicos (Obstetras,
Cirujanos, etc.) quienes se están dedicando a otras
actividades abandonando la práctica clínica para evitar
juicios
“Demandas Chatarra”: Demandas sin sustento legal
Conclusiones
 1.-Es un proyecto de ley confuso, ambiguo, confunde
tipos de seguros y daños.
 2.-En el SOAT el seguro lo compra el propietario para el
vehículo, el chofer y su brevet están excluidos de esa
obligación, en cambio en el SOAT médico, el seguro lo
compra el médico y excluye a la Institución, es como si el
Chofer profesional comprase el seguro sin tener auto.
 3.-Se crea una barrera adicional y se encarece el ejercicio
profesional, sin diferenciar los diversos tipos de
especialidades y realidades socioeconómicas del ejercicio
profesional del médico. (Emergencias, lugares alejados,
población indigente donde sería más caro)
 4.- La profesión médica en el Perú es confiable, lo que
equivale a 33 millones de actos médicos al año, y sólo
250 denuncias muchas de las cuales injustificadas y todas
dependen de las condiciones laborales inadecuadas.
(2002) (Equipos, insumos, infraestructura y
medicamentos).
 5.- Este Proyecto incrementará los gastos generales en
salud, debido a la indemnización solidaria de los
hospitales y médicos, además se incentivará el reclamo
por indemnizaciones (justas o no), que no dependen del
médico. (Ejemplo: Diálisis en Piura).
 6.-La práctica de la medicina defensiva significará una
explosión de los gastos en salud y por otro lado la omisión de
atención médica por falta de equipos, insumos, infraestructura
y medicamentos. (Tal como ocurre en los EE.UU)
 7.-La cuantificación del incremento del gasto en salud para el
sector público, Essalud, Minsa, FFAA, FFPP, Municipios, etc,
debería incorporarse en modo obligatorio en el dictamen. Este
estudio deberá hacerlo la comisión de Economía y presupuesto.
(Recordemos el impacto del SOAT en los patrulleros,
bomberos, vehiculos oficiales, etc).
La Asociación Médica Peruana propone
que se archive definitivamente el
proyecto Amprimo.