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SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD PÚBLICA
REGISTRO PÚBLICO VEHICULAR
Enero 2013
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
Ley del Registro Público Vehicular
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
5.1 CARACTERÍSTICAS DE LAS ETIQUETAS, ELEMENTOS DE
SEGURIDAD.
21.5 centímetros
Papel
Seguridad
14 centímetros
Holograma 1.5
cm de diámetro
Folio
Constancia
campo 11
MICROTEXT
O
Capacidad
de
imprimirse
en
impresora
láser
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
10.5 centímetros
Antena de
diseño
exclusivo
7 centímetros
ID_
Constancia
campo 12
Elementos
holográficos
de seguridad
Folio
Constancia
campo 11
Intransferible
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
A ) DE LA ACTIVACIÓN
Activación solo por el Sujeto Obligado, Entidad o Dependencia Federal
correspondiente.
Solo aquel Sujeto Obligado, Entidad Federativa o Dependencia Federal a quien haya
sida asignada la constancia de inscripción puede dar los avisos de alta o realizar la
activación de la misma en el sistema.
Aplicación específica para uso del componente.
Para poder hacer la grabación del chip se requiere integrar el componente un
desarrollo de software propio para el grabado, es decir, la persona que solo tenga el
componente no podrá utilizarlo sin que realice la integración de éste a una aplicación.
Activación solo a través de los sistemas.
Los avisos de activación (en funcionamiento) del chip de la constancia de inscripción
solo se pueden emitir a través de los mecanismos de seguridad del área de sistemas
(usuarios registrados). Es decir solo aquellos usuarios que estén dados de alta como
usuarios permitidos para la operación podrán actualizar los datos de la base de datos
del REPUVE vía las conexiones del área de sistemas.
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
5.2 CARACTERISTICAS DE LA TECNOLOGIA NECESARIA PARA LA LECTURA Y
GRABADO DE CONSTANCIAS.
Compatible con el estándar
ISO/IEC 18000-6C
Frecuencia de operación
902 - 928 MHz
Capacidad de integración con sistemas back-end
APIs para desarrollar aplicaciones, comandos avanzados, etc.
Robustez ante condiciones ambientales y de uso
En portales
En oficina
De uso manual en exteriores
Capacidad de actualización mediante firmware
Funcionalidades avanzadas del protocolo
Capacidades de comunicación
Puertos de I/O (entrada/salida)
Comunicación con el host (Ethernet fijo o inalámbrico, Serial, etc.)
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
A) EL COMPONENTE O LIBRERÍA REPUVE
Es
desarrollado
y
distribuido
exclusivamente por la Dirección General
del
Registro
Público
Vehicular
(DGREPUVE); consiste de una librería
de software que puede o no estar
acompañada
de
archivos
de
configuración que serán requeridos para
el funcionamiento del equipo en conjunto
con el componente.
Las
funciones
principales
del
componente o librería REPUVE son las
de
grabar, leer y autenticar
las
constancias de inscripción del Registro
Público Vehicular; actualmente el
componente
REPUVE
ha
sido
desarrollado para los siguientes equipos
de RFID fijos y
portátiles:
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
B) REQUERIMIENTOS PARA GRABACIÓN, LECTURA Y VALIDACIÓN DE LAS
CALCOMANÍAS REPUVE
•
Equipo de Radiofrecuencia Fijo
Equipo de Radiofrecuencia Móvil
•
•
•
•
•
•
Equipo informático
•
•
Cables y enlaces de
telecomunicaciones
•
•
Compatible con el estándar ISO/IEC
18000-6C
Frecuencia de operación
902 - 928 MHz
Capacidad de actualización mediante
firmware
Funcionalidades avanzadas del protocolo
Capacidades de comunicación
Comunicación con el host (Ethernet fijo o
inalámbrico, Serial, etc.)
Computadora para adquisición y control
de la información del equipo RFID.
Impresora laser para impresión de la
constancia de inscripción
Cable coaxial para la conexión entre lectora y
antena.
Cable para la conexión del equipo RFID y el
equipo de cómputo.
Enlaces.
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
Software
Energía Eléctrica.
Estructura de portal*
* Opcional
 Aplicativo que integre en componente REPUVE del
equipo de RFID para el grabado y lectura de las
constancias de inscripción (puede ser desarrollado por
el SO o contratado con alguna empresa).
 Aplicativo que lleve el control y administración de las
constancias de inscripción, de aquellas que son
grabadas, dañadas, etc. (puede ser desarrollado por lel
SO o contratado con alguna empresa).
 Se deberá tener acceso a energía eléctrica para
alimentar el equipamiento.
 Se deberá contar con una adecuada acometida
eléctrica evitando fluctuaciones.
 Batería de respaldo para la protección del equipo en
caso de falla de energía.
 Deberá ser de una altura libre de 5.5 metros.
 Preferentemente de metal galvanizado para prevenir la
corrosión
 Deberá contar con cimentación y calibre adecuados al
terreno y resistencia de material al viento.
 Las antenas colocadas en el portal deberán tener una
inclinación entre 15° y 20° con respecto a la vertical.
 Los equipo electrónicos instalados en deberán estar
protegidos contra la intemperie
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
5.3 PROCESO DE SOLICITUD DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN
A) SOLICITUD DE CALCOMANÍAS PARA PRUEBAS
La solicitud de calcomanías para pruebas se deberá de realizar ante el Secretariado Ejecutivo, de
manera oficial mediante escrito libre dirigido a la Dirección General del
Registro Público Vehicular, preferentemente en hoja membretada, indicando lo siguiente:
•
•
•
•
El motivo de la solicitud;
Marca y modelo del equipo de RFID que será utilizado, para las pruebas de grabación y
lectura de las constancias;
Cantidad de calcomanías requeridas.
Indicar el nombre de la persona que está autorizada para su recepción o entrega.
Sólo se podrán entregar un máximo de 30 calcomanías por Sujeto Obligado. En caso de que el
Sujeto Obligado requiera una cantidad mayor por causa justificada, el Secretariado Ejecutivo
podrá entregar calcomanías adicionales.
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
La entrega física de las calcomanías, se hará en las instalaciones del Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para lo cual la persona
autorizada a recibir las mismas, deberá presentar la siguiente documentación
para acreditar su personalidad como el responsable para la gestión de las
referidas calcomanías:
• Copia simple del poder notarial que avale al solicitante como
representante legal del Sujeto Obligado. (si ya se había presentado este
documento con anterioridad y no ha sufrido cambios, no es necesario)
• Identificación oficial con fotografía de la persona acreditada. En su caso,
carta poder de la persona que recoge constancias de prueba a nombre
del representante legal con su respectiva identificación oficial.
La entrega de las calcomanías será resuelta en un plazo no mayor a cinco días
hábiles una vez recibida la solicitud y se realizará mediante un oficio del
Secretariado Ejecutivo.
5. ETIQUETA DE RADIOFRECUENCIA
B) DEVOLUCIÓN DE CALCOMANÍAS SOLICITADAS PARA PRUEBAS
Las calcomanías solicitadas para pruebas, deberán de ser reintegradas al Secretariado
Ejecutivo en el estado que éstas se encuentren, mediante un escrito firmado por el
representante o apoderado legal.
En caso de que la calcomanía y/o el formato de la misma hayan sido destruidos
durante la prueba y no sea posible la devolución, se deberá anexar el documento
administrativo correspondiente firmado por los testigos del hecho.
En caso de que las calcomanías hubieran sufrido alguna pérdida o robo, se deberá de
notificar ante las autoridades competentes y se deberá de adjuntar copia de la
averiguación previa al escrito de devolución de las calcomanías donde se indiquen los
hechos.
En el caso de que se hayan detectado calcomanías defectuosas, o bien hayan sufrido
algún accidente o siniestro se deberá de indicar en el escrito de devolución de las
calcomanías donde se indique el hecho.
Constancias de Inscripción
¿Para qué va a servir la constancia de
inscripción?
La
constancia
de
inscripción
servirá
principalmente para la identificación del vehículo
por radio frecuencia, a través de la colocación de
arcos en carreteras y zonas fronterizas, así como
en los principales puntos de las ciudades,
cruceros de mayor afluencia, centros de
concentración masiva, puntos de mayor
incidencia delictiva, los cuales permitirán la
lectura y registro de los vehículos que están
circulando, así como la más pronta detección y
localización a vehículos que tengan reporte de
ROBO o cualquier otra irregularidad que requiera
acción por parte de alguna otra autoridad,
adeudos de tenencias, infracciones, etc..
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN A DISTRIBUIDORAS DE VEHÍCULOS NUEVOS
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Constancias de Inscripción
De la misma manera, la constancia de inscripción será un instrumento
para otorgar certeza jurídica en relación a los vehículos. En el caso de los
vehículos usados, las Entidades Federativas o Dependencias Federales
deberán, mediante un proceso de verificación física y documental antes de
colocar un chip a un vehículo, garantizar su legalidad; es decir:

Que no está robado

Que no fue clonado

Que no tiene alteración en su Número de Identificación Vehicular
-
La validez de la documentación del mismo (factura, tarjeta de circulación)
-
Que la información de su propietario está actualizada
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Constancias de Inscripción
Si un vehículo tiene constancia ¿aparecerá como dato adicional en la página de
consulta del REPUVE?
Por el momento los datos de la constancia de inscripción no se mostrarán en las
consultas que se realizan a través de la página de consulta ciudadana, ni en el
sistema mediante el cual presentan su aviso de venta las distribuidoras, por lo que
las referencias de información seguirán siendo el Número de Identificación
Vehicular o el Número de Constancia de Inscripción (NCI) también conocido con
Número de Registro Público Vehicular (NRPV).
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Constancias de Inscripción
¿Dónde se colocará la constancia y qué características o
apariencia tiene?
La constancia será pegada en todos los vehículos que desde su
fabricación tengan parabrisas (aquí están excluidos los vehículos
que son carrozados después de que la ensambladora vendió el
chasis a un carrocero, así como las motos y remolques y
semirremolques), en un lugar visible y a simple vista parece una
etiqueta que contiene elementos de seguridad. En este momento
Volkswagen, Chrysler y Toyota la están pegando en la parte
superior del parabrisas.
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Constancias de Inscripción
¿Qué cuidados se deberá de tener con la constancia de inscripción?
Es de suma importancia que, aunque la colocación, grabado y pegado de las
constancias de inscripción no afecta la operación de las distribuidoras, éstas
tomen en cuenta que dicha constancia es un medio de identificación vehicular que
surte y tiene un efecto legal a partir de que se notifica al Secretariado Ejecutivo
mediante la inscripción que realizan las ensambladoras, y por lo tanto dichas
constancias son propiedad del gobierno federal, por lo que las Distribuidoras
deberán tomar en cuenta lo siguiente:
a) No deberán de intentar despegar la constancia de inscripción, dado que
esta sufrirá daños permanentes y visibles.
b)
No utilizar ningún tipo de solventes para limpiar la constancia.
c) No presionar por ningún motivo con metales, instrumentos pesados ó
pulso cortantes.
En caso de querer limpiar la constancia se puede realizar con un paño o lienzo
con la presión normal de la mano.
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Contactos
En caso de tener problemas con los envíos,
actualizaciones y consultas de información al
Registro Público Vehicular, llamar al Centro de
Atención Técnica de la Dirección General del
Sistema Nacional de Información sobre Seguridad
Pública, al teléfono: 01-800-2154-744 y de la zona
metropolitana al 5804-0299 ext. 12345 o al correo
electrónico [email protected]
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