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EL D.S. Nº 052-2010-EM
COMPROMISO PREVIO CON EL
DESARROLLO SOSTENIBLE
OFICINA GENERAL DE GESTIÓN SOCIAL (OGGS)
Director: José Luis Carbajal Briceño
2
ANTECEDENTES: EL D.S. Nº 042-2003-EM
LA PRIMERA NORMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
•
Estableció un marco de referencia social sobre el cual los titulares mineros
deben desarrollar sus actividades, extendiendo el mismo para los
contratistas y consultores mineros.
•
Estableció el compromiso de los titulares mineros, para el cumplimiento de
los principios plasmados en la norma. Sentó las bases del componente
social requerido para la aprobación de los estudios ambientales.
•
•
Fijó la obligación de todos los titulares mineros de presentar DDJJ de las
actividades de desarrollo sostenible realizadas en el ejercicio anterior.
Permitió difundir información sobre la contribución del Sub sector Minero.
3
PRINCIPIOS DEL D.S. Nº 042-2003-EM
•
•
•
•
•
•
Realizar las actividades productivas con una política ambiental que
busca la excelencia.
Actuar con respeto a las instituciones locales, sus autoridades, su
cultura y costumbres manteniendo una relación propicia.
Mantener diálogo continuo y oportuno con las autoridades regionales y
locales, la población y sus organismos representativos alcanzándoles la
información correspondiente sobre las actividades mineras a desarrollar.
Lograr con las poblaciones del área de influencia de la operación minera
una institucionalidad para el desarrollo local en caso se inicie la
explotación de recursos, elaborando estudios y colaborando en la creación
de oportunidades de desarrollo posterior a la actividad minera.
Fomentar preferentemente el empleo local, brindando oportunidades de
capacitación requeridas.
Adquirir preferentemente bienes y servicios locales para el desarrollo
de las actividades mineras y la atención del personal, en condiciones
razonables de calidad, oportunidad y precio creando mecanismos de
concertación apropiados.
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¿PORQUE MODIFICAR EL D.S Nº 042-2003-EM?
•
Para orientar las acciones voluntarias de los titulares, con una estrategia de
gestión social.
•
Para fortalecer el concepto de responsabilidad social con el de desarrollo
sostenible, que ya incorpora la ISO 26000.
•
Para procurar la articulación e integración de la responsabilidad social con la
política social del Estado, con el fin de contribuir de manera conjunta al
cumplimiento de los objetivos del milenio, especialmente lucha contra la
pobreza (ISO 26000).
•
Promociona las relaciones armoniosas entre los actores y facilitar la
iniciativas de gestión social de las empresas.
•
Privilegiar el diálogo y la búsqueda de concertación, como herramienta para
la prevención de conflictos sociales.
5
EL D.S Nº 052-2010-EM
• Proyecto que surgió en el año 2008 a raíz de la dación de la
R.M. Nº 167-2008-MEMDM que crea el Anexo IV de la DAC
(Declaración jurada de actividades de desarrollo sostenible).
• Mereció un proceso de diálogo e intercambio de opiniones
con la SNMPE y Grupo de Diálogo Minero.
• Prepublicado en la página web del MINEM el 07 de julio del
2009, recibiendo comentarios de empresas e instituciones.
• Publicado el 18 de agosto del 2010 en el diario oficial El
Peruano.
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CONTENIDO DEL D.S. 052-2010-EM
I.
Los principios
II.
Cumplimiento de los principios en los estudios ambientales
III. Fecha de entrega del Anexo IV (declaración jurada de
actividades de desarrollo sostenible) con la fecha de
entrega de la DAC.
IV. Deberes y compromisos de las partes.
V.
V. Difusión de la información contenida en el Anexo IV.
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I. LOS PRINCIPIOS DEL D.S. N° 052-2010-EM
1.
Enfoque de Desarrollo Sostenible: Contribución al desarrollo sostenible y
procurar la participación activa y conjunta de y con la población de las áreas de
influencia.
2.
Excelencia ambiental y social: Búsqueda de la gestión social y ambiental
con excelencia y el uso y manejo responsable de los recursos naturales para
impulsar el desarrollo sostenible.
3.
Cumplimiento de acuerdos: asumidos en convenios, actas, contratos y
estudios ambientales por parte de todos los involucrados.
4.
Relacionamiento responsable: Respeto a personas e instituciones,
autoridades, costumbres y cultura locales y la promoción de acciones que
fortalezcan la confianza, a través de procesos participativos y de prevención y
gestión de conflictos, así como la utilización de mecanismos alternativos de
solución de conflictos.
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I. LOS PRINCIPIOS DEL D.S. N° 052-2010-EM
5.
Empleo local: Fomento preferente de la contratación local de acuerdo a los
requerimientos el titular en las diversas etapas del ciclo minero y de forma
consensuada con la población.
6.
Desarrollo económico: Contribución a través de la adquisición preferente de
bienes y servicios locales y la promoción de iniciativas empresariales que
busquen la diversificación de las actividades económicas de la zona.
7.
Dialogo continuo: y oportuno con las autoridades locales, la población del
área de influencia y sus organismos representativas, bajo un enfoque
intercultural de modo que permita la participación de todos los actores.
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II. CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS EN LOS
ESTUDIOS AMBIENTALES
Los principios deben plasmarse en los estudios ambientales a nivel
de planes o programas en función de las características y alcance
del proyecto y las características de la población.
Debe considerarse:
•
•
•
•
Una clara identificación de la población involucrada.
Cronogramas de ejecución de las actividades.
Responsabilidades.
Montos de inversión.
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II. CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS EN LOS
ESTUDIOS AMBIENTALES
 Representa un avance en función a las exigencias del componente
social contenidas en los Planes de Relaciones Comunitarias (PRC).
 Es la base para poder efectuar el seguimiento de los compromisos
sociales a cargo de OGGS.
 Es la base de la fiscalización social de los estudios a cargo de
OEFA.
 Su inclusión debe estar en función de los impactos determinados en
el estudio. Ejem. Reglamento SEIA dispone que los DIA no cuentan
con PRC.
 Criterios ya contenidos en la Guía de Relaciones Comunitarias y en
los Términos de Referencia de los Estudios Ambientales de
exploración (RM Nº 167-2008-MEM/DM).
11
PRECISIONES EN TORNO A ESTA DISPOSICION


No deroga ninguna obligación de los titulares mineros.
Los compromisos o principios precisados por la norma se comprueban en
tres momentos:
 Al momento de solicitar un petitorio minero como declaración jurada.
 Al momento de elaborar el estudio ambiental para la realización de






actividades de exploración y explotación.
En el anexo IV de la DAC.
Los compromisos se convierten en tangibles y verificables al momento de
insertarse en los estudios ambientales en forma de planes o programas
conforme al Plan de Relaciones Comunitarias.
Ello no limita la obligación de documentar dichos compromisos dentro de
los estudios (contratos, actas, convenios,etc).
El estudio ambiental no es el momento de presentar la declaración jurada
de compromiso previo, sino de evidenciar la existencia de dichos
compromisos.
Esta disposición garantiza que los compromisos asumidos por los titulares
se cumplan porque da herramientas para el seguimiento y la fiscalización.
La disposición original del D.S. N 052-2010-EM, no obligaba al titular a la
presentación de documentos.
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III. FECHA DE ENTREGA DE LA DECLARACIÓN ANUAL
(ANEXO IV)

Los titulares mineros presentan la información de inversión social
relacionada con los principios del D.S. Nº 052-2010-EM, a través del
Anexo IV : Declaración Jurada Anual de Actividades de Desarrollo
Sostenible.

Dicho Anexo utiliza el sistema de registro de información de la
Declaración Anual Consolidada (DAC).

El D.S. N 042-2003-EM, fijaba la obligación de presentar la declaración
anual al 30 de setiembre de cada año, fecha distinta a la de la DAC.

EL D.S. N 052-2010-EM, precisa que el Anexo IV se presenta en la
misma fecha que la fijada para la DAC.
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IV. DEBERES Y COMPROMISOS DE LAS PARTES
 Cumplimiento y respeto de los compromisos y acuerdos
asumidos a traves de de convenios, actas, contratos, etc.
 En caso de incumplimiento de alguna de las partes deberá
pririzarse:
 El diálogo
 Luego los mecanismos alternativos de solución de conflictos.
 Como ultimo recurso la via judicial o administrativa.
 El deber es de todas las partes interesadas:
 Los titulares mineros .
 Las poblaciones involucradas.
 Las autoridades nacionales, regionales y locales.
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V. DIFUSION DE LA OBLIGACION CONTENIDA EN
EL ANEXO IV

El Anexo IV utiliza el sistema de registro de información de la Declaración
Anual Consolidada pero no tiene el carácter de confidencial ya que no es
parte del formato aprobado por la Dirección General de Minería para la
DAC.

La información presentada por los titulares mineros de acuerdo al principio
de transparencia, es divulgada por el MINEM a través de publicaciones
conjuntas con el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú desde el año
2008.

Todo interesado puede solicitar directamente al MINEM, la información
contenida en el Anexo IV de acuerdo a la norma de transparencia y acceso
a la información.

La misma suerte sigue la información que se recaba a través del PMSP y
los Fondos Sociales.
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Oficina General de Gestión
Social
GRACIAS!!