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Composición de texto histórico
• 1- Leer los textos con calma y subrayar las ideas principales de cada uno.
• 2-A partir de los documentos elaborar una composición sobre el período histórico
o el ámbito temático al que pertenecen los documentos propuestos. En la
redacción hay que abordar las cuestiones que se plantean en el encabezado del
examen.
• 3-No se trata de responder a preguntas aisladas o de analizar cada documento
por separado, sino de realizar una composición coherente y argumentada, en la
que se demuestren los conocimientos sobre el tema y se utilicen los documentos,
valorándose también la corrección de la expresión escrita.
• 4-El hilo conductor del relato tienen que ser las ideas principales de cada
texto/documento, las cuales deberán de enlazarse de manera coherente.
TRATADO DE FONTAINEBLEAU (27 de octubre de 1807)
Art. 2.°: La provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes, se darán en toda propiedad y soberanía al Príncipe de la Paz, para
que las disfrute con el título de Príncipe de los Algarbes.
Convención secreta anexa
Art. I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco mil hombres de infantería, y de tres mil hombres de
caballería entrará en España y marchará en derechura a Lisboa: se reunirá a este cuerpo otro de ocho mil hombres de
infantería y de tres mil de caballería de tropas españolas con treinta piezas de artillería.
Art. III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas por la España, y sus sueldos pagados por la Francia durante todo
el tiempo de su tránsito por España.
-Contexto: Carlos IV, Godoy y Revolución francesa. Napoleón y bloqueo a Inglaterra.
-Precedentes: Guerra de la Convención y Paz de Basilea.
-Consecuencias: Invasión de facto, Motín de Aranjuez, abdicaciones de Bayona, José I, 2 de mayo.
Tras el estallido de la Revolución Francesa en 1789 las reformas borbónicas se paralizan y España interviene militarmente contra Francia ocupando el Rosellón y el País Vasco
francés. Sin embargo, el contraataque de los franceses que llegaron a las puertas de San Sebastián fuerza al primer ministro Godoy a firmar la paz con Francia (Paz de Basilea) y
aliarse con Napoleón contra Inglaterra, alianza que, entre otros desastres, llevó a la derrota de nuestra escuadra en Trafalgar. Ante la imposibilidad de invadir las Islas Británicas,
Napoleón decreta un bloqueo contra las Islas que Portugal se niega a cumplir y, con el pretexto de invadirlo, las tropas francesas entran en España tras autorizar el primer ministro
Godoy su presencia y la colaboración del ejército español en la invasión de Portugal, seducido por la promesa de Napoleón de hacerlo "príncipe de los Algarbes" (texto nº 1).
Sin embargo, el viaje de las tropas francesas se convierte en una auténtica invasión, ya que van dejando guarniciones en las villas que atraviesan y una columna se dirige hacia
Cataluña demostrando claramente que no pretendían tan sólo invadir Portugal. Godoy comprende entonces el engaño de Napoleón e intenta convencer al Rey Carlos IV de retirarse
hacia Cádiz o hacia América si fuera necesario. Carlos IV duda, y el pueblo, alentado por el partido fernandino, se amotina (Motín de Aranjuez, 19 de marzo de 1808), depone a
Carlos IV y nombra rey a su hijo Fernando, estando a punto de linchar a Godoy. Napoleón llama entonces a Carlos y a Fernando a Bayonne (sur de Francia) con la excusa de arbitrar
en la disputa entre ambos. Allí, los retiene y les obliga a entregarle el trono español que concede a su hermano José Bonaparte, el cual reinará en España como José I contando con
el apoyo de parte de la nobleza y de algunos burgueses e intelectuales, los denominados afrancesados, pero rechazado por el pueblo español que el 2 de mayo de 1808 se levanta
en Madrid contra los franceses atacando a la guardia mameluca que pretendía sacar a los infantes de Madrid para llevarlos a Francia.
Las opiniones de un afrancesado en 1808 (José Mª Blanco Whyte)
Yo estaba convencido de que si el pueblo pudiera permanecer tranquilo bajo la forma de gobierno a que estaba acostumbrado mientras el
país se libraba de una dinastía de la que no era posible esperar ninguna mejoría, la humillación política de recibir un nuevo rey de manos de
Napoleón quedaría ampliamente compensada con los futuros beneficios de esta medida. En efecto, en pocos años la nueva familia real se
identificaría con el país. Muchos de los españoles más ilustrados y honestos se habían puesto del lado de José Bonaparte. Se había
preparado el marco de una Constitución que, a pesar de la forma arbitraria con que había sido impuesta, contenía la declaración explícita del
derecho de la nación a ser gobernada con su propio consentimiento y no por la voluntad absoluta del rey. La Inquisición, fuente y causa
principal de la degradación del país, iba a ser abolida inmediatamente, y lo mismo sucedía con las Ordenes religiosas, aquel otro manantial
de vicios, ignorancia y esclavitud intelectual. De esta forma, en menos de medio siglo, el país, libre de impedimentos para el desarrollo
natural de su capacidad para el bien, quedaría completamente regenerado. Estas eran mis opiniones durante la ansiosa espera que siguió al
horrible dos de mayo de 1808.
-Comentario: quiénes eran los afrancesados y por qué razones.
-Estatuto de Bayona de 1808.
-Consecuencias: división de los españoles entre afrancesados y patriotas, y de éstos últimos entre absolutistas o
conservadores y liberales.
Los afrancesados, cuya postura queda reflejada en el texto nº 2, eran algunos nobles, y también arribistas que pretendían enriquecerse con el nuevo régimen. Sin embargo, en su
mayor parte fueron intelectuales liberales (Moratín, Goya, Whyte...) que creían que con José I “el país se libraba de una dinastía de la que no era posible esperar ninguna mejoría”
(los borbones), y que los franceses iban a traer a España los ideales de Libertad, Igualdad y Fraternidad de la Revolución francesa. Muchos, sin embargo, fueron desencantándose o
cambiaron de bando a lo largo de la guerra al constatar las represalias indiscriminadas del ejército francés.
El levantamiento madrileño del 2 de mayo, alentado por los partidarios de Fernando, fue duramente reprimido por las tropas francesas del mariscal Murat y todos los detenidos con
armas fueron fusilados sin juicio en la colina de Príncipe Pío al amanecer del día 3 de mayo. Ésta y otras medidas (prohibición de reuniones, represalias para quienes atacaran a las
tropas francesas) intentaban aplastar la rebelión, pero no lo consiguieron ya que cuando la noticia de lo ocurrido en Madrid se difundió por España, la rebelión contra los franceses
se extendió, parte del ejército proporcionó armas al pueblo y éste, organizado en partidas guerrilleras y dirigido por Juntas locales y provinciales, inició una guerra contra los
franceses que, gracias al apoyo inglés y a la derrota de Napoleón en Rusia, obligó al emperador a retirase de España en 1814 y devolver el trono a los Borbones en la persona del
príncipe Fernando (Carlos IV había enfermado durante el exilio en Bayonne), que reinará con el nombre de Fernando VII.
Constitución de Cádiz de 1812
Artículo 3: La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de
establecer sus leyes fundamentales.
Artículo 14: El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Artículo 15: La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
-Contexto: Cádiz: liberales y absolutistas conservadores.
-Características de la Constitución, fuentes de inspiración y repercusión posterior.
-Artículos presentados: Soberanía Nacional, monarquía constitucional, compromiso entre liberales y
absolutistas : La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey
En el curso del conflicto, los liberales no afrancesados decidieron convocar unas Cortes que, reunidas en Cádiz, elaboraron una Constitución que se
promulgó el 19 de marzo de 1812, siendo conocida como la Constitución de Cádiz (popularmente La Pepa). Se trata de un texto liberal inspirado en la
Constitución francesa de 1792 que establece la existencia de una monarquía constitucional y una cosoberanía de las Cortes y el Rey. En los artículos
recogidos en el texto nº 3 se plantea una de las grandes cuestiones de la política de la época: la de la soberanía o fuente de la autoridad.
En la ideología liberal, el poder no viene de Dios, como en el absolutismo, sino del pueblo. Se elabora así el concepto de “soberanía nacional” presente
en todas las constituciones liberales desde la Constitución americana de 1768 y la francesa de 1792. Se hace por tanto necesario consultar a la nación
sobre las decisiones legislativas y por toda Europa surgen parlamentos (en España Cortes) con representantes elegidos por la población. Sin embargo, el
sufragio está generalmente limitado en estos momentos a los propietarios (sufragio censitario), es decir a aquellos ciudadanos que tuvieran
determinadas propiedades o pagaran determinados impuestos, ya que se consideraba que los no propietarios carecerían de interés en conservar el
sistema político.
La Constitución de Cádiz, una de las más avanzadas de la época en las libertades personales y modelo para textos posteriores, permite el sufragio
universal masculino para mayores de 25 años, pero indirecto (se elegían compromisarios, los cuales escogían a los diputados) y con limitaciones
censitarias para poder ser elegido diputado.
Manifiesto de “Los Persas”. Madrid, 12 de abril de 1814.
Era costumbre en los antiguos Persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su Rey, a fin de que la experiencia de los
asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V. M. no necesitaba igual ensayo en los seis
años de su cautividad, del número de los Españoles que se complacen al ver restituido a V. M. al trono de sus mayores, son los que firman esta
reverente exposición con el carácter de representantes de España; mas como en ausencia de V. M. se ha mudado el sistema que regía al
momento de verificarse aquélla, y nos hallamos al frente de la Nación en un Congreso que decreta lo contrario de lo que sentimos, y de lo que
nuestras Provincias desean, creemos un deber manifestar nuestros votos y circunstancias que los hacen estériles (…).
No podemos dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto, en cuanto permita el ámbito de nuestra representación, y nuestros votos
particulares, con la protesta de que se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V. M. ni por las Provincias:
aunque por consideraciones que acaso influyan en el piadoso corazón de V. M. resuelva en el día jurarla: porque estimamos las leyes
fundamentales que contiene, de incalculables y transcendentales perjuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes especiales
legítimamente congregadas, en libertad, y con arreglo en todo a las antiguas leyes.
-Contexto: Derrota de Napoleón en Rusia y retirada francesa. Regreso de Fernando.
-Restauración absolutista den Europa.
En España, tras la retirada de las tropas francesas en 1814, regresa Fernando VII, hasta entonces retenido en Francia, y los diputados de las cortes de Cádiz que durante la Guerra de
la Independencia habían redactado y aprobado la Constitución de 1812 pretenden que el rey jure la Constitución y se establezca en España un régimen de monarquía liberal y
constitucional. El Rey, sin embargo, anula la Constitución y restaura el absolutismo contando con el apoyo de la nobleza (Manifiesto de los Persas), de las potencias de la Santa Alianza
y del pueblo que grita en las calles ¡Vivan las cadenas, muera la Constitución! (texto nº 4). Tras la derrota de Napoleón, por toda Europa rebrota el absolutismo y las grandes
monarquías europeas se alían para mantener la monarquía absoluta e intentar impedir nuevas revoluciones.
Los absolutistas españoles son conscientes de que durante la Guerra de la Independencia se ha producido una revolución liberal "en ausencia de V. M. se ha mudado el sistema", que
para ellos representa "lo contrario de lo que sentimos", por lo que piden al Rey que anule la Constitución de Cádiz y que se convoquen unas nuevas Cortes "con arreglo en todo a las
antiguas leyes".
Manifiesto de Fernando VII. “Marchemos francamente, y yo el primero...”. (10 de Marzo de 1820)
Españoles: Cuando vuestros heroicos esfuerzos lograron poner término al cautiverio en que me retuvo la más inaudita perfidia, todo cuanto vi y escuché,
apenas pisé el suelo patrio, se reunió para persuadirme que la nación deseaba ver resucitada su anterior forma de gobierno (…).
No se me ocultaba sin embargo que el progreso rápido de la civilización europea, la difusión universal de luces hasta entre las clases menos elevadas, (…)
habían suscitado ideas y deseos desconocidos á nuestros mayores, resultando nuevas é imperiosas necesidades; ni tampoco dejaba de conocer que era
imposible dejar de amoldar á tales elementos las instituciones políticas.
Pero mientras yo meditaba maduramente con la solicitud propia de mi paternal corazón las variaciones de nuestro régimen fundamental, que parecían mas
adaptables al carácter nacional, (…) me habéis hecho entender vuestro anhelo de que se restableciese aquella Constitución que entre el estruendo de
armas hostiles fue promulgada en Cádiz el año de 1812 (…). He oído vuestros votos, y cual tierno padre he condescendido á lo que mis hijos reputan
conducente á su felicidad. He jurado esa Constitución por la cual suspirabais, y seré siempre su mas firme apoyo. Ya he tomado las medidas oportunas para
la pronta convocación de las Cortes.
(…) Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional; y mostrando a la Europa un modelo de sabiduría, orden y perfecta moderación en
una crisis que en otras naciones ha sido acompañada de lágrimas y desgracias, hagamos admirar y reverenciar el nombre español, al mismo tiempo que
labramos para siglos nuestra felicidad y nuestra gloria.
Esta situación se mantiene hasta 1820 cuando, tras varios intentos fallidos, algunos militares liberales, encabezados por el teniente coronel Riego, se pronuncian contra el absolutismo y
exigen al Rey que ponga en vigor la Constitución de 1812, lo cual hace Fernando publicando un manifiesto en el que, aparentemente convertido al liberalismo, justifica la restauración
absolutista por la peticiones de la nobleza y el pueblo ("todo cuanto vi y escuché, apenas pisé el suelo patrio, se reunió para persuadirme que la nación deseaba ver resucitada su anterior
forma de gobierno") y declara cínicamente: “Marchemos francamente, yo el primero, por la senda constitucional…” (texto nº 5). Comienza así el “trienio liberal” (1820-23) que con Riego en
el gobierno tomará importantes medidas como la supresión de la Inquisición, la reducción del diezmo a la mitad y disposiciones para eliminar las vinculaciones, los mayorazgos y comenzar
la desamortización de los bienes de la Iglesia.
La mayor parte de estas medidas, sin embargo, no llegaron a entrar en vigor ya que el Rey conspira en secreto contra el gobierno que él mismo ha nombrado y entra en contacto con la
Santa Alianza para que envíe un ejército a España y restaure el absolutismo. El ejército de la Santa Alianza integrado por 132.000 soldados (los Cien Mil hijos de San Luis) llega a España en
1823, el gobierno es depuesto y sus miembros encarcelados. Fernando VII declara nulos y sin valor todos los actos del gobierno constitucional, afirmando que había sido forzado a aceptarlos
contra su voluntad. Inmediatamente comienzan la represión y las depuraciones pese a las promesas de perdón general. En apenas un mes se ejecuta a 112 personas –el general Riego entre
ellas- y las cárceles se llenan de los liberales que no pueden exiliarse a tiempo (unos 10.000). El ejército fue virtualmente disuelto y se abrió expediente a la totalidad de los oficiales al
tiempo que se perseguía a los miembros de las milicias populares creadas por el gobierno del Trienio liberal. La situación era de tal gravedad que incluso las potencias de la Santa Alianza
recuerdan a Fernando VII sus promesas de perdón y le piden que detenga la represión pero ésta continúa y todavía en 1825 es ejecutado “El Empecinado”, uno de los guerrilleros que más se
había destacado en la Guerra de la Independencia, y en 1831 se condena a muerte a Mariana Pineda por el único delito de haber bordado en su casa una bandera verde y blanca para los
constitucionalistas. No es de extrañar que los historiadores liberales hayan calificado a esta etapa como la Década ominosa (nefasta, detestable). En los meses siguientes a la llegada del
ejército del Duque de Angulema se anulan las leyes promulgadas durante el Trienio: se restablecen los mayorazgos y señoríos, se cierran universidades y periódicos y se devuelven los bienes
de la iglesia. No se restableció, sin embargo, la Inquisición, cuya supresión se convirtió, a la postre, en la única herencia del trienio liberal.