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“EL VALOR DEL CONSENTIMIENTO
INFORMADO EN LAS TRHA.
DE LOS USOS Y PRACTICAS EN ARGENTINA”
Mariana Vazquez Acatto
Ejes del trabajo
O Normativo
O Practicas actuales / Resultados de
investigación
O Consideraciones para la redacción
de los formularios de CI
La Ley 26.862
“Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción
médicamente asistida.”
Sancionada: Junio 5 de 2013
Promulgada de Hecho: Junio 25 de 2013
ARTICULO 7° — Beneficiarios. Tiene derecho a acceder a los
procedimientos y técnicas de reproducción médicamente
asistida, toda persona mayor de edad que, de plena
conformidad con lo previsto en la ley 26.529, de derechos del
paciente en su relación con los profesionales e instituciones
de la salud, haya explicitado su consentimiento informado. El
consentimiento es revocable hasta antes de producirse la
implantación del embrión en la mujer.
¿Qué es el Consentimiento
Informado?
Ley 26.529
“Derechos del Paciente en su Relación con los
Profesionales e Instituciones de la Salud”.
(Sancionada: Octubre 21 de 2009 y Promulgada de Hecho: Noviembre 19
de 2009)
ARTICULO 5º — Definición.
Entiéndese por consentimiento informado la declaración de
voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus
representantes legales, en su caso, emitida luego de recibir,
por parte del profesional interviniente, información clara,
precisa y adecuada con respecto a:
a) Su estado de salud;
b) El procedimiento propuesto, con especificación de los objetivos
perseguidos;
c) Los beneficios esperados del procedimiento;
d) Los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles;
e) La especificación de los procedimientos alternativos y sus riesgos,
beneficios y perjuicios en relación con el procedimiento propuesto;
f) Las consecuencias previsibles de la no realización del
procedimiento propuesto o de los alternativos especificados;…
La investigación
Los usuarios
O ¿Cómo se abordó en el Centro Médico el tema del
Con donación
de gametas:
consentimiento
informado?
Se desprende la poca importancia dada al
consentimiento informado: algunos entrevistados
hacen referencia a “la palabra” de la clínica, de la
institución o del médico como garantía del anonimato
y del control médico de la muestra y el donante; otras
menciones, en cambio, sí remiten a la firma de
documentación exigida por el centro, a “garantías
médicas” o a la suscripción de “un consentimiento de
confidencialidad y anonimato de ambas partes”
La investigación
Los usuarios
O ¿Qué carencias encontró en el abordaje del tratamiento
médico?
O No hubo carencias a lo largo del tratamiento (47%)
Entre aquellos que sí identificaron carencias, la más frecuente
es la falta de acompañamiento psicológico como parte del
tratamiento ofrecido por los centros. Asimismo, aunque con
menor presencia, algunas respuestas apuntan a la relación
médico-paciente, destacando el trato impersonal o, incluso,
irrespetuoso (9%)
Los especialistas
Sí, nosotros pedimos consentimientos desde que abrimos. Te
“Yo
desde el día que empecé a trabajar en esto a
cuento, desde el 86’, 87’. En esa época era una novedad todo eso,
las
lestambién
aconsejo,
para
cadaque
tratamiento
creo clínicas
que fuimos
unos de
los pocos
los teníamos.y Yo
estuve movimiento
trabajando en Australia,
Australia
montón
cada
mínimo,envolver
a había
hacerun todo
el de
consentimientos,
en Estados Unidos
también.
hicimos
tema
del consentimiento.
O sea,
con Entonces
las clínicas
entre el australiano, el americano y el inglés, un consentimiento
que
asesoro
lo hacencon
desde
adaptado
para normalmente
la Argentina, obviamente
unos siempre
abogados y
(…).
Porque
hay gente
que vuelve
10 de
después
los fuimos
mejorando.
Por másdespués
que a lo de
largo
muchísimos
años nosotros
supimos que esos
consentimientos no
años
a hacerse
un tratamiento.
¡Consentimiento
tenían peso legal, sí tienen –creo yo- un peso de compromiso para
nuevo
todas las veces! (Abogado)
las partes muy particular, está en la cabeza, viste… (…) Y nosotros
lo volvemos a pedir para cada transferencia, en cada una yo le pido
a los médicos que lo hagan.” (Médico)
Los formularios
• Cantidad de formularios
• Firmado por los integrantes de la pareja. Algunos formularios
incorporan la de un “testigo” o la referencia a algún “familiar o
amigo”
• Formulas: “Hemos analizado en conjunto y en forma detallada con
el profesional responsable, el diagnóstico y tratamiento específico,
como asimismo la información general contenida en este
documento y hemos tenido la oportunidad de preguntar y aclarar
las dudas que se generaron en relación a los mismos.
• Incluyen la aclaración de que el consentimiento sólo es válido para
un ciclo de tratamiento y que recibieron copia de la
documentación.
• Monto de los honorarios médicos, los que se
“independientemente de si se logra o no el embarazo”
definen
• Información sobreabundante
• Responsabilidad civil: se liberan de la responsabilidad civil por
cualquier tipo de falla en el tratamiento, o la trasladan a personas
ajenas a la relación en la que se enmarca el consentimiento a
otorgar –como a la persona del donante de gametas. “Aquellos
receptores que tuvieren un hijo anormal podrían litigar por daños
contra el donante, si este último ocultó información relevante
sobre su historia familiar o personal que pudiera aumentar el
riesgo genético o de malformaciones en los nacidos. Por tal
motivo es relevante que usted informe sobre todos sus
antecedentes personales y familiares”
• La terminología utilizada: “cónyuge” o “esposo” “esposa”-lo que
limita el acceso a personas que no están unidas en matrimonioasí como refieren al sexo “mujer” “hombre” y a la sexualidad de
los pacientes “pareja homosexual”. También se refieren a «niños
normales», en referencia a la ausencia de enfermedad.
Revocación
“Sé
perfectamente que estoy en todo momento en
condiciones de continuar o retirarme de la
participación de este programa hasta el momento
de
la
inseminación
de
los
óvulos,
comprometiéndome a concurrir para recibir la
transferencia de los embriones que surjan de este
procedimiento”
Destino de los embriones criopreservados
Falta de acuerdo entre los miembros de la pareja: En este caso el
centro
no puede
atender
dos peticiones
distintas.
parejaeldebe
En caso
de muerte
dea ambos
miembros
de la La
pareja,
llegar
a un de
acuerdo
antes de informar
al centro. lo determina
destino
los embriones
criopreservados
En caso de separación (o divorcio) de la pareja, el destino de los
(escoja una opción)
embriones criopreservados lo determina (escoja una opción):
• Los hijos mayores de edad (en caso de haberlos)
• El padre
familiar (____________________) – parentesco:
• •LaUn
madre
• El ………………………….
centro
El centro
En•caso
de muerte de uno de los miembros de la pareja, el destino
de decisión
de la pareja
de no realizar
deEn
loscaso
embriones
criopreservados
lo determina
(escojalauna opción)
• transferencia
El sobrevivienteintrauterina de los embriones
• crioconservados
El centro
en ningún momento, el destino será:
• Donación
• Investigación.
“Recomendaciones y guías para la implementación
de un programa integral de Técnicas de
Reproducción Humana Asistida en el Sistema de
Salud Argentino. Ley 26.862, Decreto Reglamentario
956/2013, Proyecto de Reforma del Código Civil en
materia de TRHA y una futura Ley Especial de
TRHA”
Personal
Consciente e informado
Actual
Manifiesto
Libre
Gratuito
Solicitado o Requerido
Recepticio
Específico
Obligatorio
Revocable
Requisitos
Código Civil y Comercial
LEY 26.994
Sancionado el 01/10/14,
promulgado el 07/10/14,
publicado el 08/10/14
EN VIGENCIA DESDE EL
01/08/2016
TRHA
Voluntad
Procreacional
Consentimiento
Informado
ARTÍCULO 560.- Consentimiento en las técnicas de
reproducción humana asistida.
El centro de salud interviniente debe recabar el
consentimiento previo, informado y libre de las personas
que se someten al uso de las técnicas de reproducción
humana asistida. Este consentimiento debe renovarse
cada vez que se procede a la utilización de gametos o
embriones.
O ARTÍCULO
561.- Forma y requisitos del
consentimiento. La instrumentación de dicho
consentimiento debe contener los requisitos
previstos en las disposiciones especiales,
para su posterior protocolización ante
escribano público o certificación ante la
autoridad sanitaria correspondiente a la
jurisdicción. El consentimiento es libremente
revocable mientras no se haya producido la
concepción en la persona o la implantación
del embrión.
ARTÍCULO 562.- Voluntad procreacional
Los nacidos por las técnicas de reproducción humana
asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la
mujer que también ha prestado su consentimiento previo,
informado y libre en los términos de los artículos 560 y
561, debidamente inscripto en el Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas, con independencia de quién
haya aportado los gametos.
PROYECTO DE LEY ESPECIAL
MEDIA SANCIÓN EN DIPUTADOS:
12 de Noviembre de 2014
Artículo 26 : Infracciones a la ley
O a)Omitir el deber de informar a los beneficiarios de las técnicas de
O
O
O
O
reproducción humana asistida acerca de los riesgos, posibles
resultados y cualquier otra información relevante que determine la
autoridad de aplicación;
b) Omitir el deber de informar a los aportantes de gametos para
terceros sobre el procedimiento a efectuar, las posibles molestias,
riesgos y efectos adversos de la técnica de obtención de gametos;
c) No solicitar el otorgamiento del consentimiento a las personas
beneficiarias de técnicas de reproducción humana asistida y a los
aportantes de gametos para terceros, de acuerdo a lo estipulado en
la ley 26.862 y reglamentación vigente;
d)Proceder a la utilización de técnicas de reproducción humana
asistida pese a la revocación del consentimiento del beneficiario, o
de su cónyuge, conviviente o pareja, o de ambos;
e) Proceder al uso de los gametos aportados por terceros pese a
haberse rescindido el convenio entre el centro de salud autorizado y
el aportante, en los términos previstos en el artículo 7° de la
presente ley.
A tener en cuenta…
O Trabajo interdisciplinario
O Cantidad – Calidad de la información
O Autonomía – Información – Riesgos particulares
O Carácter personal
O Responsabilidad – No garantía de resultado
O Lenguaje: Pcio de justicia – igualdad – Ley 26.743 -
Prohibición de limitación
O Derecho a la identidad – conocimiento de la
información
O Derecho a la vida privada y libertad
reproductiva
O Derecho a fundar una familia
O Derecho a la integridad física y mental
O Derechos reproductivos
O Derecho a acceder a la tecnología médica
O Derecho al goce del progreso científico
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