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LXVII Reunión Científica de la sociedad Centro de Rehabilitación y Medicina Física.
“Rehabilitación y actividad pericial”
Carlos Mora Jordá [email protected]
Servicio de Rehabilitación de H. C. D. Gómez Ulla
DEPENDENCIA
Pensiones contributivas
Gran Invalidez
El trabajador afecto de
Incapacidad Permanente Absoluta
que necesita la ayuda de otra persona
para realizar los actos más esenciales
de la vida tales como vestirse,
desplazarse, comer o análogos.
Pensiones no contributivas
La persona con
pensión de Invalidez no contributiva,
y minusvalía igual o superior al 75%
15 puntos o más en baremo específico
ATP
percibirán un incremento del 50%,
en la cantidad que corresponde
Se incrementa en un 50%, la cantidad
que corresponde por
Incapacidad Permanente Absoluta
por pensión de invalidez no contributiva
La Ley de Dependencia establece en España un nuevo derecho social, de
carácter universal y subjetivo que garantiza atención y cuidados a las
personas dependientes
Se crea el cuarto pilar del Estado de Bienestar Social,
junto los ya existentes: Sistema Educativo, Pensiones y Sanitario
Ley 39/2006, de 14 de
diciembre,
de Promoción de la
Autonomía Personal y
Atención a las personas
en situación de
dependencia
BOE nº 299 de 15 de
diciembre de 2006
Real Decreto
504/2007, de 20 de
abril,
se aprueba el baremo
de valoración de la
situación de dependencia
BOE nº 96, de 21 de
abril de 2007
Corrección de errores,
publicada en
BOE nº 119, de 18 de
mayo de 2007

El Estado regula las condiciones básicas y respeta las
competencias de las CCAA asumidas en materia de asistencia
social. Para ello se establecen diversos niveles de protección:
 Un nivel mínimo de protección garantizado por la
Administración General del Estado.
 Un régimen de cooperación y financiación entre la
Administración General del Estado y las CCAA mediante
convenios.
 Un tercer nivel adicional de protección, desarrollado por
las CCAA.
Utilizando como referente la
Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud,
adoptada por la Organización Mundial de la Salud se crea
BAREMO DE VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA




El grado y niveles de dependencia se determinan mediante la aplicación de un
baremo único para todo el Estado
El baremo valora la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma
las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y
supervisión para su realización por personas con discapacidad intelectual o
con enfermedad mental
La valoración se realiza teniendo en cuenta los informes sobre la salud y
entorno en el que viva el solicitante, así como las ayudas técnicas, ortesis y
prótesis prescritas y necesarias para la persona dependiente
Quienes tengan reconocida la pensión de gran invalidez o la necesidad de
asistencia de tercera persona, tendrán reconocido el requisito de
encontrarse en situación de dependencia
(Modificado por RD 174/2011 de 11 de Febrero)
PENSIÓN DE GRAN INVALIDEZ
BAREMO AYUDA TERCERA
PERSONA
Grado I Nivel 1
15 a 29 puntos
Grado I Nivel 2
30 a 44 puntos
Grado II Nivel 2
45 a 72 puntos
Grado III Nivel 2
SÍ: la
persona valorada es capaz de
realizar la tarea sin el apoyo de otra
persona.
NO:
la persona valorada necesita el apoyo
de otra persona.
NO APLICABLE.




SP. Supervisión/ Preparación. La persona valorada sólo necesita que
otra persona le prepare los elementos necesarios para realizar la
actividad y/o le haga indicaciones o estímulos, sin contacto físico,
para realizar la actividad correctamente y/o evitar que represente
un peligro.
FP. Asistencia física parcial. La persona valorada requiere que
otra persona colabore físicamente en la realización de la actividad.
FM. Asistencia física máxima. La persona valorada requiere que
otra persona le sustituya en la realización física de la actividad.
ES. Asistencia especial. La persona valorada presenta trastornos
de comportamiento y/o problemas perceptivos-cognitivos que
dificultan la prestación del apoyo de otra persona en la realización
de la actividad.
F: no ejecuta físicamente
- En caso de discapacidad intelectual o enfermedad mental:
C: no comprende la tarea y/o
la ejecuta sin coherencia y/o
descoordinación
I: no muestra iniciativa para la realización de la tarea
Grado I dependencia moderada (25 a 49 puntos).
Grado II dependencia severa (50 a 74 puntos).
Grado III Gran dependencia
(75 a 100 puntos).
Regula revisiones de oficio a los
Tres grados de dependencia,
6, 12, 18, 24 y 30 meses.
aunque sin niveles en cada grado
A los 36 meses, los menores son
evaluados con el baremo general
Se centra en:
- Variables de desarrollo:
Actividades motóricas y adaptativas
- Necesidades de apoyo:
Peso al nacer, necesidad de soportes para
funciones vitales y medidas de movilidad
PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE EVALUACIÓN
A SERVICIOS SOCIALES
Informe médico e
VALORACIÓN
Informe social
GRADO Y NIVEL
DE DEPENDENCIA
SERVICIOS Y
LOS QUE TENGA
PROGRAMA
INDIVIDUAL DE
ATENCIÓN
DERECHO
(PIA)
PRESTACIONES A
El Programa Individual de Atención (PIA)
determinará que servicios y/o prestaciones son
más adecuadas para cada persona dependiente y
tendrá en cuenta:
1) El grado y nivel
2) La opinión del propio usuario, o en su caso,
de su familia o entidades tutelares, sobre
las posibles alternativas de intervención.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Prevención de situaciones de dependencia
 Teleasistencia
 Ayuda a domicilio
 Centro de día y de noche
 Atención residencial
PRESTACIÓN ECONÓMICA
 Cuando no se pueda prestar el servicio
(Prestación económica vinculada a la contratación del servicio)
 Cuidadores no profesionales
(Compensación económica por cuidados en el entorno familiar)
 Asistencia personalizada a personas con gran dependencia






El primer año (2007) personas valoradas un grado III
(gran dependencia)
El segundo y tercer año (2008-2009) personas
valoradas con un grado II (dependencia severa) nivel 2
El tercer y cuarto año (2009-2010), personas
valoradas con un grado II nivel 1
El quinto y sexto año (2011-2012), personas valoradas
con un grado I (dependencia moderada), nivel 2
El séptimo y octavo año (2013-2014), personas
valoradas con un grado I, nivel 1.
Con el RD-L 20/2012 la aplicación del grado I se retrasa a
2015.
Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio de 2012
- Reducción de un 15% la paga a los cuidadores familiares de los
dependientes, a los que exigirá unos conocimiento mínimos para
concederles la asignación con el fin de dar prioridad a los cuidados
profesionales.
- Simplificación del sistema en tres grados de dependencia:
● Grado III. Gran Dependencia.
● Grado II. Dependencia Severa.
● Grado I. Dependencia Moderada.
- Modificación de la intensidad hora/mes para el servicio de Ayuda a
Domicilio
Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio de 2012
752.005
Pendiente atención un 27% del
total de personas con derecho
(305.941).
1.612.729 personas solicitantes
BOE 3 de Agosto de 2012
- Administración General del Estado
· Nivel mínimo garantizado:
En función del nº de personas dependientes según su grado y nivel
· Nivel acordado de financiación
Con la base de unos criterios de reparto consensuados en el
seno del Consejo Territorial.
- Comunidades Autónomas
- Usuarios por la vía del copago.
Su eliminación de los PGE para 2012 supuso:
suprimir
283 Millones
(305,4 si consideramos Navarra y el País Vasco)
Grandes dependientes (266,57 €/mes para el nivel 2 y 181,26 €/mes para el nivel 1 :
493.000 personas en marzo de 2011
417.000 personas en mayo de 2012
Se desconoce si la disminución constante de los expedientes se debe
únicamente a bajas causadas por fallecimiento
Cada euro de gasto en política social
Genera casi 44 céntimos de recaudación (tasa de retorno media del 44%).
(IRPF. IVA, Cotizaciones Sociales)
EL gasto en política social crea aproximadamente 30 empleos
por millón de euros.
Media de los sectores del Territorio que se sitúa en poco más de 17 empleos
por millón de euros de actividad.
Si se incluye el ahorro derivado de las prestaciones por desempleo y la
cotización a la seguridad social de los cuidadores,
este retorno asciende a 0,66.
Media (varía según comunidades)
Informe del Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
(2009 y 2010):
123.000 puestos de trabajo directos,
considerados sobre el “gasto nuevo”
42.000 puestos indirectos.
En materia de atención a la dependencia,
todos los servicios y prestaciones se
traducen directamente en actividades
productivas generadoras de empleo y de
retornos económicos
por vía de las cotizaciones sociales y de
impuestos, tanto directos como indirectos.
Todos salvo
las Prestaciones Económicas por Cuidados en
el Entorno Familiar
- Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio de 2012