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¿Qué falta para la implementación del Acuerdo de Paris? 26/09/2016 AGENDA 1) 2) 3) 4) La adopción del Acuerdo de París De la adopción a la implementación ¿Qué falta para la implementación?: Panorama general Los temas prioritarios en detalle 01. LA ADOPCIÓN DEL ACUERDO DE PARÍS UN CONTEXTO FAVORABLE El Acuerdo de París fue negociado durante ocho años por 195 países y adoptado el 12 de diciembre del 2015 durante la 21° Conferencia de las Partes (COP21). Entre los factores que contribuyeron a su adopción destacan: • Los compromisos climáticos (en la forma de contribuciones tentativas determinadas a nivel nacional o INDC por sus siglas en inglés) presentados formalmente por la mayoría de países del mundo antes de la COP21, según lo comprometido un año antes en la COP20 de Lima. • El acuerdo previo China - Estados Unidos entre el Presidente Obama y el Presidente Xi Jinping. • Las iniciativas de más de 2,200 ciudades del mundo, compromisos corporativos de 2,034 empresas y de algunos estados sub nacionales como California y Quebec. • El trabajo de facilitación sin precedentes realizado por Perú antes, durante y después de la COP20 que sentó las bases para el éxito en París. • La excelencia de la diplomacia francesa, reconocida por la mayoría de los negociadores, que actuó de forma transparente y estructuró todo lo anterior a la COP21, mostrando una gran capacidad de escuchar e incorporar las necesidades de los países. • La presión de una coalición de países desarrollados y países en desarrollo compuesta por 100 países incluyendo a la Alianza de Pequeños Estados Insulares, llamada la Coalición de Alta Ambición. EL ACUERDO DE PARIS: META GLOBAL DE TEMPERATURA El histórico Acuerdo de París tiene como objetivo mantener el incremento de la temperatura del planeta “muy por debajo de los 2°C” respecto a los niveles preindustriales; y proseguir con los esfuerzos para limitar ese aumento a 1.5 °C y evitar así los efectos catastróficos para los países más vulnerables, como las islas del Pacífico. PRINCIPALES LOGROS DEL ACUERDO DE PARIS La COP21 produjo un documento que tiene dos partes importantes: una “Decisión” llamada 1/CP.21 (21 páginas en su versión en español), que contiene como anexo el “Acuerdo de París” propiamente dicho (18 páginas). Constituyen un plan de trabajo hasta el 2030 y se distinguen por: • Comprometer a todos los países a controlar o reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a través de compromisos climáticos nacionales o contribuciones nacionalmente determinadas (NDCs). Los países reportarán sus avances de manera transparente y presentarán cada 5 años nuevos compromisos cada vez más ambiciosos. • Elevar la importancia política de adaptarse a los efectos del cambio climático, incorporando por primera vez una meta global de desarrollo resiliente al clima. • Reafirmar la obligación de los países desarrollados de apoyar financieramente los esfuerzos de mitigación y adaptación de los países en desarrollo, así como contribuir con transferencia de tecnología y construcción de capacidades. El preámbulo del Acuerdo dispone una hoja de ruta para el objetivo de aportar 100.000 millones de dólares anualmente a partir del 2020. Antes del 2025 se establecerá un nuevo objetivo de financiamiento que se espera será mayor. • Abrir nuevas oportunidades de negocio para aquellos países con alto potencial de reducción de emisiones permitiendo el uso de “resultados de mitigación de transferidos internacionalmente”, es decir la comercialización de permisos o reducciones de emisiones de manera voluntaria con el consentimiento de los gobiernos participantes. • Mantener el principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadas, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias nacionales. El documento oficial (Decisión y Acuerdo) se puede descargar aquí y el Acuerdo por separado aquí. PRINCIPALES LOGROS DEL ACUERDO DE PARIS: INFOGRAFÍA Descargue la infografía aquí. 02. DE LA ADOPCIÓN A LA IMPLEMENTACIÓN PRÓXIMOS PASOS HACIA LA ENTRADA EN VIGOR DEL ACUERDO Luego de su adopción en la COP21, el Acuerdo debe entrar en vigor para nacer a la vida jurídica internacional y ser efectivo. El proceso cuenta con 3 etapas clave: • Firma: El libro que contiene el Acuerdo de París en los seis idiomas oficiales de Naciones Unidas se abrió para la firma el 22 de abril de 2016 en la sede de la ONU en Nueva York, y se podrá firmar hasta el 22 de abril del 2017. Cuando un país firma el tratado, manda una señal de respaldo hacia él, pero la única obligación que conlleva es no ir en contra del objetivo del Acuerdo. Los países que no firmen podrán ratificar el Acuerdo posteriormente, en cuyo caso el término legal es “adhesión”. • Ratificación: A diferencia de la firma, no existe un plazo perentorio para la ratificación, adhesión, aceptación o aprobación, que son los actos que obligan legalmente a un país a cumplir con las obligaciones contenidas en el Acuerdo de París. El proceso interno para la ratificación dependerá del sistema legal de cada país. • Entrada en vigor: El Acuerdo entrará en vigor 30 días después de la fecha en la que al menos 55 países u organizaciones de países que sean Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio climático (CMNUCC), y sumen al menos el 55% de las emisiones de GEI globales, hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. El Secretario General de Naciones Unidas actuará como Depositario del Acuerdo. Lea más: Guía para informar adecuadamente sobre el Acuerdo de París. PRÓXIMOS PASOS HACIA LA ENTRADA EN VIGOR DEL ACUERDO Descargue la infografía aquí. 61 países han ratificado oficialmente el Acuerdo Representan el 47.79% de las emisiones de GEI globales 55 Partes 55% GEI Umbral para la entrada en vigor del Acuerdo Adaptado de la CMNUCC por ConexiónCOP. Información al 28/09/2016 de http://unfccc.int/2860.php LA COP22: AVANZANDO HACIA LA IMPLEMENTACIÓN La COP22 se llevará a cabo en Marrakech (Marruecos), del 07 al 18 de noviembre del 2016. Es considerada la COP de la implementación del Acuerdo de París, ya que sentará las bases para la operación efectiva del tratado. Los organizadores han planteado como meta enfocarse en aumentar la ambición (actualmente representada por los compromisos nacionales que de acuerdo a la ciencia no nos aseguran no exceder los 2°C de calentamiento), promover la implementación de la CMNUCC y del Acuerdo de París y proveer apoyo a los países en desarrollo. Así, han planteado como prioridades para la conferencia: 1. 2. 3. 4. 5. Fortalecer la acción en mitigación y adaptación en todos los países antes del 2020. Apoyar la acción doméstica para dar efecto a los compromisos nacionales (NDCs) Llevar adelante iniciativas colaborativas como parte de una agenda de acción más intensa en sectores como agua, energía, ciudades sostenibles, bosques. Movilizar apoyo financiero, tecnológico y de fortalecimiento de capacidades antes y después del 2020. Fomentar la acción concreta, es decir los proyectos, programas, políticas nacionales y sectoriales que reduzcan emisiones y vulnerabilidad frente al cambio climático En Marruecos, los países deberán acordar un nuevo plan de trabajo para el siguiente año (asumiendo que el Acuerdo entra en vigor en 2017), para asegurar que todas las tareas planteadas por el Acuerdo de Paris se completen a tiempo. Fuente: Discurso de la Presidencia de la COP22 del 25 de mayo del 2016 (en inglés). 03. ¿QUÉ FALTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN?: PANORAMA GENERAL ¿QUÉ FALTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN?: Mucho trabajo en poco tiempo Los órganos de la CMNUCC son grupos de trabajo que toman decisiones (COP, CMA), apoyan el trabajo de los anteriores desarrollando los diferentes temas y proponiendo decisiones (SBSTA, SBI, APA), o buscan promover la acción en temas específicos (TEC, AC, PCCB). Todos los órganos estarán ahora al servicio del tratado: • • La CMA (Conferencia de las Partes que sirve como Reunión de las Partes del Acuerdo de París) será el órgano que tomará las decisiones bajo el Acuerdo de París, una vez haya entrado en vigor. El APA (Grupo de Trabajo Ad-hoc sobre el Acuerdo de París), creado en la COP21, ha sido encargado con los arreglos de preparación para la entrada en vigor del Acuerdo. Debe por ejemplo regular el marco de transparencia establecido en el tratado. • El SBSTA (Órgano de Asesoramiento Técnico y Científico) seguirá trabajando en los temas técnicos como las guías de contabilidad de emisiones y de financiamiento, reglas para nuevos mecanismos, entre otros. • El SBI (Órgano de Implementación/Ejecución) seguirá evaluando el nivel de implementación de las decisiones tomadas por la CMNUCC. Por ejemplo, el SBI evalúa el nivel de apoyo financiero brindado a los países en desarrollo. • El AC (Comité de Adaptación), el TEC (Comité de Tecnología) y el nuevo PCCB (Comité de Paris para el Fortalecimiento de Capacidades) también jugarán un rol importante en la preparación para la implementación del Acuerdo. A pesar de que la fecha exacta de la primera reunión del CMA no se conoce ya que depende de la entrada en vigor del Acuerdo, es claro que hay mucho trabajo por hacer porque la calidad de reglas y procedimientos que desarrollen los países definirán el éxito del Acuerdo de Paris. ¿QUÉ FALTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN?: Definiciones, guías y procedimientos De acuerdo al Instituto de Recursos Mundiales (WRI), existen 7 áreas clave en las que los países deberían enfocarse antes de la primera reunión de las partes del Acuerdo de Paris (CMA): 1. 2. 3. Dar lineamientos específicos a los países para aumentar la ambición: En el Acuerdo se establece que cada 5 años los países deberán presentar nuevos NDCs, que deberán ser cada vez más ambiciosos. Además, se reunirán para hacer un balance conjunto de la medida en que se está cumpliendo (o no) la meta de los 2°C, comenzando en 2018 y luego cada 5 años. Estos mandatos y procesos deben ser “reglamentados” a través de, por ejemplo, procedimientos y criterios detallados de evaluación para el balance global, indicadores de seguimiento del nivel de avance y detalles de cómo presentar las siguientes NDCs. Asegurar transparencia y responsabilidad: El Acuerdo establece un “marco de transparencia” para hacer seguimiento al progreso de los países en el cumplimiento de sus compromisos (NDCs). Las reglas, procedimientos y manuales para la operación de este marco son importantes para establecer las responsabilidades específicas de los países y para mejorar el entendimiento común. Actualmente ya existe un marco en la CMNUCC para monitorear, reportar y verificar las emisiones, la acción y el apoyo financiero pero se espera mejorarlo en el marco del Acuerdo al mismo tiempo que se da flexibilidad a los países en desarrollo cuyas capacidades de monitoreo y reporte son menores. Leer más. Hacer seguimiento al financiamiento climático: Es un gran reto asegurar que el financiamiento climático esté fluyendo y cumpliendo con los objetivos. El Acuerdo ha solicitado al SBSTA desarrollar para el 2018 reglas de contabilidad para que los países hagan seguimiento al financiamiento público destinado al cambio climático. Los países desarrollados además están comprometidos a continuar reportando cada 2 años el financiamiento que han provisto y movilizado, y comenzar a reportar sobre el financiamiento público que esperan proveer en los siguientes años. El APA debe determinar la información específica que los países deben reportar, cuándo y cómo se revisará. ¿QUÉ FALTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN?: Definiciones, guías y procedimientos De acuerdo al Instituto de Recursos Mundiales (WRI), existen 7 áreas clave en las que los países deberían enfocarse antes de la primera reunión de las partes del Acuerdo de Paris (CMA): 4. 5. 6. 7. Crear un “ciclo de ambición” para la adaptación: Se encarga al Comité de Adaptación desarrollar un proceso para reconocer los esfuerzos de adaptación de los países y metodologías para evaluar las necesidades de adaptación. Este trabajo podría ser crítico para apoyar a los países a desarrollar sus comunicaciones periódicas sobre adaptación en formas que permitan dar un insumo valioso al balance global. Diseñar el primer comité dedicado al fortalecimiento de capacidades: El comité buscará asegurar que los países en desarrollo mejoren sus capacidades (por ejemplo de medición de emisiones o de llevar adelante políticas para la mitigación) para poder cumplir con sus responsabilidades bajo el Acuerdo. El comité supervisará un plan de 4 años para abordar brechas y necesidades en el tema. El SBI desarrollará los términos de referencia para el comité, esperando que se adopten en la COP22. Decidir cómo los países pueden alcanzar sus objetivos de mitigación de manera cooperativa: El Acuerdo permite a los países alcanzar sus objetivos de mitigación de manera cooperativa, potencialmente utilizando mecanismos de mercado (como esquemas de comercio de emisiones donde las empresas y países pueden vender sus permisos de emisión o reducciones excedentes) y mecanismos como políticas y asistencia financiera que no hacen uso de mercados. Estos enfoques cooperativos se desarrollarán bajo un nuevo mecanismo que deberá incentivar la mitigación a la vez que promueve el desarrollo sostenible. El SBSTA deberá determinar cómo operará el mecanismo antes de la primera reunión del CMA. Crear un nuevo marco de tecnología: El Acuerdo da una visión de largo plazo para desarrollar nuevas tecnologías y permitir su transferencia de países desarrollados a países en desarrollo para ayudar a los países a mitigar y adaptarse al cambio climático. Antes de la primera CMA, el SBSTA debe trabajar en los detalles del marco regulatorio para alcanzar este objetivo. ¿QUÉ FALTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN?: Prepararse internamente para cumplir con los compromisos nacionales (NDCs) Las NDCs son un elemento clave para una exitosa implementación del Acuerdo de París. La consultora internacional Ricardo Energy and Environment opina que existen 5 pilares para la implementación a nivel nacional de las NDCs: 1. 2. 3. 4. 5. Voluntad política y gobierno efectivo para mantener y asegurar responsabilidades de diversos actores –nacionales, sub nacionales, municipales, públicos y privados- dirigidos por instituciones capaces e idealmente con leyes de soporte. Estrategias de mitigación de largo plazo para reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a través de planes nacionales y sectoriales alineados con las prioridades de desarrollo y usando las políticas adecuadas para minimizar costos e impulsar cambios transformacionales. Planificación de adaptación que construya resiliencia a los impactos del cambio climático a largo plazo integrando la adaptación al desarrollo. Marcos de financiamiento climático que enlacen las necesidades con flujos de financiamiento y que incluyan estrategias para acceder fácilmente a estos flujos. Sistemas de medición, reporte y verificación para hacer seguimiento de la implementación, aplicar lecciones aprendidas y mejorar la capacidad de análisis y entendimiento de qué políticas funcionan mejor y por qué. Además, el involucramiento del sector privado nacional es fundamental para la implementación, ya que es donde se moviliza una mayor cantidad de recursos financieros, y donde ocurre la mayoría de las emisiones. 04. LOS TEMAS PRIORITARIOS EN DETALLE MITIGACIÓN En el tema de mitigación (es decir, la reducción de las emisiones de GEI), los temas más importantes se relacionan con la definición de las reglas para las NDCs: • • • Definir la información que deberán presentar los países en sus compromisos cada 5 años (a cargo del APA). Definir el proceso del registro de los compromisos (a cargo del SBI). Desarrollar las reglas para la contabilidad de las emisiones y de su reducción para el seguimiento de los avances en mitigación (a cargo del APA). Además se deben trabajar temas más específicos como el impacto de las medidas de respuesta (es decir, el impacto que la mitigación tiene en países con economías dependientes del petróleo o economías dependientes de actividades que generan una gran cantidad de emisiones, como Venezuela o Argentina): • Acordar un programa de trabajo para el foro de medidas de respuesta, que permita evaluar los impactos de la implementación del Acuerdo (a cargo del SBI y SBSTA) para los países afectados. También se debe definir el mecanismo cooperativo para la mitigación y el desarrollo sostenible (a cargo del SBSTA), que permitirá relacionar las acciones de reducción de emisiones con el desarrollo sostenible de los países. ADAPTACIÓN En el tema de la adaptación a los efectos del cambio climático, se pone mucho énfasis a las necesidades de los países en desarrollo y al apoyo que requerirán para poder adaptarse adecuadamente: • • Se pide al Comité de Adaptación (AC) desarrollar metodologías para aumentar la movilización de dinero para la adaptación. También se le pide evaluar todos los mecanismos que fueron creados para la adaptación bajo la CMNUCC y se usan actualmente, con el fin de mejorar su coherencia. Se pide al Fondo Verde para el Clima, la principal organización de financiamiento climático internacional, acelerar el apoyo para los países menos desarrollados y demás países en desarrollo para la elaboración de planes nacionales de adaptación. También se plantea reconocer los esfuerzos que los países en desarrollo ya hacen para la adaptación: • El AC desarrollará modalidades que permitan sistematizar, evaluar y reconocer esos esfuerzos. Además, se requiere definir el rol y funcionamiento de las “Comunicaciones sobre adaptación” que deberán presentar todos los países de manera periódica (a cargo del APA). TRANSPARENCIA Y EL BALANCE GLOBAL En el tema de transparencia, es decir, el monitoreo (seguimiento) y reporte de los avances de cada país para enfrentar el cambio climático, se busca crear un marco de reglas y procedimientos que permita saber si los países están en camino a alcanzar el objetivo de los 2°C a la vez que se genera confianza entre los involucrados: • • Para ello se pide al APA desarrollar modalidades, procedimientos y guías para el marco de transparencia, debiendo tomar en cuenta la flexibilidad que necesitan los países en desarrollo con menores capacidades para el monitoreo, seguimiento y reporte de la acción y del soporte recibido. Adicionalmente, se crea la Iniciativa de Fortalecimiento de Capacidades para la Transparencia para apoyar a los países en desarrollo en el cumplimiento del nuevo marco de transparencia. Relacionado con la transparencia está el balance global que deberán hacer periódicamente todos los países para analizar su avance en conjunto hacia la meta de los 2°C. Se ha planteado realizar un primer diálogo de este tipo en el 2018, el primer balance global oficial bajo el Acuerdo de Paris en el 2023, y luego cada 5 años. • • El APA deberá definir los insumos necesarios para el balance global así como las modalidades para realizarlo. Además el SBSTA deberá recomendar cómo el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), el grupo científico referente a nivel internacional sobre los temas de cambio climático, puede aportar información valiosa para el balance. CUMPLIMIENTO El Acuerdo de Paris establece un Mecanismo para facilitar la implementación y promover el cumplimiento, que consistirá de un Comité integrado por 12 expertos representantes de los países de la CMNUCC. Analizará el cumplimiento de los compromisos de los países (en particular de reducir emisiones, de presentar sus avances transparentemente, y de brindar apoyo financiero). El Mecanismo tendrá naturaleza facilitativa (es decir, no aplicará sanciones sino apoyará a los países en el cumplimiento). • El APA estará a cargo de desarrollar modalidades y procedimientos para el trabajo del Comité. Material de libre uso elaborado por ConexiónCOP con el apoyo de: