Download LEY Nº 9781 - Cámara de Diputados de Entre Ríos

Document related concepts

VIH/sida en Argentina wikipedia , lookup

Wan Yanhai wikipedia , lookup

House of numbers wikipedia , lookup

Pandemia de VIH/sida wikipedia , lookup

Virus de la inmunodeficiencia humana wikipedia , lookup

Transcript
LEY Nº 9781
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de LEY:
Art. 1º - Créase el Sistema de Soporte Alimentario HIV (Virus Inmunodeficiencia
Humana) – SIDA (Síndrome Inmunodeficiencia Humana), que estará constituido
por un conjunto de nutrientes, vitaminas y oligoelementos necesarios e
indispensables para reducir los efectos del bajo peso y desnutrición que sufren las
personas portadoras del HIV–SIDA.
Art. 2º - Impleméntase en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, el Sistema de
Soporte Alimentario HIV-SIDA, cuyos destinatarios son aquellas personas de
escasos recursos económicos, portadoras del virus o que padezcan la enfermedad
y se encuentren bajo tratamiento ambulatorio y/o en internación en hospitales
públicos de esta Provincia.
Art. 3º - El Poder Ejecutivo a través de los organismos competentes en el área de
Salud y Acción Social, deberá arbitrar los medios para tender la ejecución del
mencionado sistema en todos los casos comprendidos en las previsiones de la
presente ley.
Art. 4º - Facúltase al Poder Ejecutivo a adecuar las partidas presupuestarias
necesarias para atender la implementación del sistema creado por la presente.
Art. 5º - Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Paraná, 4 de julio de 2007
Orlando V. Engelmann Presidente H. Cámara Diputados
Ramón A. De Torres Secretario H. Cámara Diputados
Pedro G. Guastavino Presidente H. Cámara Senadores
Sigrid Kunath Secretaria H. Cámara Senadores
Paraná, 8 de agosto de 2007
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese y dése al Registro
Oficial y archívese.
JORGE P. BUSTI
Adán H. Bahl
Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, 8 de
agosto de 2007. Registrada en la fecha bajo el Nº 9781. CONSTE – Adán
Humberto Bahl.