Download Exportar Jurisprudencia - del Poder Judicial de Rio Negro

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia
Poder Judicial de Río Negro
Voces: JUICIO SUCESORIO: EFECTOS - LEGITIMACION PROCESAL - DETERMINACION
DE LOS BIENES - JUEZ COMPETENTE - CITACION DE TERCEROS - DECLARATORIA DE
HEREDEROS
Nro. y Texto Sumario: <15666> Debe destacarse que el proceso sucesorio no se agota en la
determinación de quienes son los sucesores, sino que comprende, además, la determinación
objetiva y subjetiva de los bienes dejados por el causante, y en todo caso la legitimación es una
decisión que corresponde al magistrado que conoce de ese proceso sucesorio y por eso no se
confunde con el resto de las acciones (art. 690, ler. párrafo del Cód. Procesal), siendo el Juez
competente en el juicio sucesorio el que dispone sobre la citación de interesados y sobre la
declaratoria de herederos. (Medina, Graciela, "Proceso Sucesorio", Tomo I, Pág. 202 y sgtes).
(Voto del Dr. Sodero Nievas).
Carátula: STJRNSC: SE. <38/03> "B., N. B. C/ B. DE Q., B. y Otra S/ USUCAPION S/
CASACION" (Expte. N* 18182/03 - STJ - ),(02-07-03). SODERO NIEVAS - BALLADINI - LUTZ
Sumarios Relacionados: no contiene
Referencia Normativa: <cpcc>;<art. 690>