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25º CONGRESO INTERNACIONAL DEL NOTARIADO
MADRID – ESPAÑA
INSTRUÇÕES PARA PARTICIPAÇÃO DE TRABALHOS
CALENDÁRIO:
JULHO/2007 – data final para entrega dos trabalhos ao Coordenador Nacional.
Os trabalhos deverão conter resumo em espanhol, francês e inglês.
OUTUBRO/2007 – 03 a 06 de outubro realização do Congresso em Madrid
TEMA I
“El documento notarial como instrumento de desarrollo en la sociedad”
Esquema elaborado por el Coordinador Internacional para su uso como guión
de los diferentes ponentes nacionales
PARTE PRIMERA
EL DOCUMENTO NOTARIAL
- Concepto, contenido y efectos.
- La autoría del documento y el control de legalidad como elementos esenciales.
- El problema de la utilización del nombre de “notario” por otros profesionales,
en particular el “notario público” de tipo anglosajón.
- Cuestiones de actualidad relacionadas con el documento público notarial:
· documento público electrónico. Novedades tras el Congreso de México
· otros documentos emanados de profesionales productores de efectos
especiales: el documento del abogado, el documento del mediador.
· otras cuestiones de interés
PARTE SEGUNDA
LA CONTRIBUCIÓN DEL DOCUMENTO NOTARIAL AL DESARROLLO EN LA
SOCIEDAD
- Desarrollo jurídico: la configuración de las instituciones jurídicas a través de la
práctica notarial.
- Desarrollo social: contribución a la pacificación. El efecto antilitigioso. La
contribución del notario mediador.
- Desarrollo tecnológico: la aportación de las nuevas tecnologías a la función
notarial y la contribución de la función notarial a las nuevas tecnologías.
- Desarrollo de las relaciones internacionales: el papel de la UINL. El Notariado,
institución mundial
- Desarrollo del crédito territorial: la propiedad inmueble como garantía del
crédito por medio de un Registro Público basado en un título notarialmente
producido y controlado.
- Desarrollo económico: la seguridad jurídica como elemento favorecedor de la
economía.
- Desarrollo sostenible: la colaboración de la actividad notarial con la
sostenibilidad.
- Otros aspectos de interés
PARTE TERCERA
EL VALOR ECONÓMICO DE LA SEGURIDAD JURÍDICA
- Estudio, análisis y, en su caso, crítica, de los informes “Doing Business” del
Banco Mundial 2004, 2005 y 2006 en cuanto afecta a la profesión notarial
- La necesidad de la seguridad jurídica
- Diferentes sistemas para su organización
· seguridad económica: seguro del título
· seguridad privada: participación de profesionales
· seguridad a posteriori: el control judicial de la ilegalidad
· seguridad jurídica preventiva: el sistema notarial latino-germánico
- Los costes de transacción en los diferentes sistemas
- Las externalidades económicas positivas de la seguridad jurídica preventiva.
- Algunas cuestiones derivadas de la relación entre la función notarial y los
planteamientos económicos:
· ¿Es posible un análisis coste-beneficio de la intervención notarial? Modelos o
métodos aplicables para ese análisis.
· Seguridad jurídica y mercado. La aplicación a la función notarial de las reglas
del mercado. Aspectos negativos y positivos.
· La calidad del producto notarial como factor básico en la evolución favorable
de nuestra función. Peligros y desafíos.
- El Notariado como institución de equilibrio: entre modernidad y tradición;
entre el Estado y el mercado; entre la salvagurda de los intereses públicos y la
defensa de los derechos de los ciudadanos.
- Otras cuestiones de interés en esta materia
Coordinador Internacional
Salvador Torres Escámez
C/ General Segura, 8, 1º
E-04004 Almería (ESPAÑA)
Tel.- 00 34 950232500
Fax.- 00 34 950270190
e-mail: [email protected]
[email protected]
CONSIDERACIONES PRACTICAS.
No hay una norma estatutaria sobre la extensión de las ponencias. La práctica
suele situarlas entre las 100-150 páginas.
Una vez elaboradas las Ponencias, deben enviarse al Coordinador Internacional
junto con unas breves conclusiones y un resumen en español, francés e inglés.
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TEMA II:
“La actividad notarial en los medios rurales y urbanos”
I.- INTRODUCCIÓN
El avance, a la velocidad vertiginosa de la tecnología en general, y de la
aplicada a las comunicaciones en especial, nos enfrenta a los problemas
derivados del proceso de globalización en el que nos encontramos inmersos y
en el que muchos de los presupuestos básicos de nuestra concepción del
derecho entran en crisis.
El sistema jurídico, como regulador de la sociedad, tiene una función política
que cumplir: la de servir como canal para advertir los cambios, proyectar las
modificaciones necesarias, recabar la energía para ejercer la acción correctora y
encauzarla luego por las vías más adecuadas al resultado apetecido.
Pero hay otro nivel más amplio y es el que relaciona el derecho con la sociedad.
El concepto clave es lograr el equilibrio. Equilibrio entre las instituciones
jurídicas y las normas que las ponen en acción, equilibrio entre el sistema social
y las variaciones del entorno.
El sistema sociocultural se ve sacudido por una ola incesante de cambios, ve
dificultada la creación de las normas que habitualmente guían y ordenan las
conductas humanas y de allí surgen los problemas que se plantean en sus
relaciones, ya que la sociedad post-industrial se basa en la información, lo que
provoca situaciones problemáticas totalmente novedosas. Las mutaciones que
nos afectan son tan veloces y radicales que todo lo que nos parece natural
puede parecer insensato de aquí a veinte años. No hay que partir del pasado,
sino del futuro. Son nuestras opciones relativas al futuro y una planificación
global lo que debe guiar de ahora en adelante todas las acciones del presente.
Se habla de la libertad de comercio basada en una economía de mercado
formada por el libre juego de la oferta y la demanda y como complemento se
habla de la “libertad formal” en la constitución de toda nueva situación jurídica
que responda a esa orientación.
Es cierto que Estados Unidos es la principal potencia económica mundial y por
consiguiente, es lógico que su política económica se ajuste al sistema jurídico
anglosajón, que bajo el referido sistema de libertad formal limita la “seguridad
jurídica” a lo que puedan resolver a posteriori los jueces o magistrados. Pero
nuestro sistema ha buscado siempre la “seguridad jurídica preventiva”,
desarrollada durante la etapa de formación de cada acto jurídico.
Al Estado le interesa la intervención notarial como factor de tranquilidad social y
a los contratantes les interesa obtener la seguridad jurídica desde el mismo
momento en que contratan porque el notario los asesora, los orienta y aconseja
sobre sus derechos y obligaciones aplicados al caso concreto a realizar.
El notariado, frente a ataques como el del Banco Mundial mediante sus
informes “Doing Business 2004-2005 y 2006”, debe dejar de actuar a la
defensiva y poner en conocimiento de la sociedad a la que pertenece, las
ventajas que le aporta la intervención notarial en todos sus asuntos jurídicos no
contenciosos.
Debido a la influencia en concreto del círculo legal anglosajón, son considerados
como un obstáculo, por ejemplo, los honorarios de los notarios, así como la
incorporación del procedimiento del derecho registral inmobiliario y notarial, no
sólo en el campo del derecho mercantil sino también en el del derecho
inmobiliario. Entendido correctamente, el notariado no es un freno a la
economía sino que fomenta la economía. Consigue mediante su actividad
relaciones claras y distintas y sirve así a la aceleración de los desarrollos y
estipulaciones contractuales económicas.
Un estamento profesional intermedio como el Notariado puede desempeñar
funciones de intermediación y puntos de encuentro entre pueblos con
tradiciones, costumbres y creencias diferentes.
Con esta perspectiva, la capacidad del notariado de unirse y regenerarse en
todo el mundo a partir de sus principios fundamentales, superando las fronteras
nacionales y dando una aportación concreta y visible a la construcción de un
espacio jurídico mundial que se proyecte más allá de las áreas continentales,
constituye, nuestro mayor desafío, de cuyo resultado depende la posibilidad de
construirnos una presencia válida en la sociedad del futuro.
II.- ENFOQUE GENERAL:
1) Primeramente examinar la posible correspondencia entre el tema del
Congreso y las características del ordenamiento territorial de su país. Posibles
ámbitos: Urbano, Suburbano, Rústico o Rural, Turístico (enumeración no
taxativa);
2) Conforme lo expresado en el punto anterior, exponer las características
típicas de la problemática que se plantea en cada uno de esos sectores,
destacando la realidad actual y las soluciones jurídico-notariales que se hayan
aplicado o que se encuentren en trámite de ser adoptadas;
3) Inversamente, la inexistencia de problemas o la total superación de los
mismos. Sistemas o métodos que se hubieren utilizado o estuvieren en trámite
de ser utilizados.
III.- PAUTAS A DESARROLLAR:
TITULACIÓN MASIVA DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DOMINIAL O
REGULARIZACIÓN DOMINIAL.
La pobreza se manifiesta de diversos modos. Uno de los hechos más
perturbadores es que la mayoría de los sectores pobres del mundo, viven fuera
del estado de derecho, en lo que suele denominarse, sector informal o fuera de
la ley. Es por ello que para reducir la pobreza, es esencial expandir el estado de
derecho en beneficio de todos los ciudadanos, ricos y pobres, hombres y
mujeres, habitantes del campo o la ciudad, ya sean miembros de mayorías
étnicas, aborígenes, inmigrantes o pertenecientes a otras minorías.
Es un desafío clave, garantizar a los sectores carenciados, el derecho a la
propiedad, en particular en los casos en que también deben protegerse los
derechos consuetudinarios y tradicionales.
Es muy importante que cada ponente pueda aportar al seno de la comisión la
realidad de su país y sus experiencias concretas.
Asegurar el derecho de propiedad a personas de bajos recursos y de sectores
marginados, constituye un medio para fortalecerlos social y económicamente,
permitiendo la posibilidad de acceder a créditos e inversiones bajo condiciones
justas. Por ejemplo, en Brasil, el 70 % de la población carece de título. Esta
realidad plantea la necesidad de instrumentos y políticas más eficaces e
iniciativas más sólidas. Los esfuerzos conjuntos de cooperación internacional,
compromiso político y sociedad civil pueden ser el elemento clave para alcanzar
este objetivo.
La exitosa experiencia peruana fue esencialmente un programa de
otorgamiento de títulos de propiedad en masa en zonas suburbanas. En las
áreas rurales o rústicas de muchos países en desarrollo, la titularidad de la
tierra y la formalización de los derechos de propiedad sobre la misma produce
una serie compleja de desafíos. En los niveles de ingresos bajos y en ausencia
de mecanismos de seguridad social para los pobres rurales, ya que les provee
los medios básicos de subsistencia, hay una tendencia a restringir la
comercialización de la tierra.
Problemas que hay que enfrentar:
a. Conflictos en materia de derechos de propiedad. Las autoridades deben estar
preparadas para dirimir cuestiones en las que surgen conflictos de dominio o
titularidad.
b. Otorgamiento de títulos. Tiempo. Costo.
c. Problemas técnicos. Normas de ordenamiento territorial y de uso del suelo.
Relevamiento catastral, planimétrico o cartográfico.
d. Problemas legales, administrativos y políticos. Identificación de los titulares y
los hogares con derecho a regularizar su titularidad. Organismos especializados.
Ambiente de administración y regulatorio adecuados. Provisión de obras de
infraestructura (agua y energía) a precios razonables.
e. Económicos. El sector de locación informal está creciendo en importancia
económica en la mayoría de los países en desarrollo. Los recursos limitados de
los hogares pobres excluyen a la mayoría de dichos hogares del acceso a la
tierra y a la vivienda a precios de mercado. En España el Observatorio de la
Vivienda impulsada por el notariado, ha considerado temas clave: a) el déficit
estadístico en materia inmobiliaria; b) la carestía de la vivienda, la evolución del
mercado y las divergencias en los diagnósticos; c) la legislación y la gestión del
suelo; d) la alternativa entre vivienda en propiedad y vivienda en locación; e) el
modelo de ciudad; f) los aspectos sociales; g) la necesidad de un pacto de
estado entre los poderes públicos y la sociedad civil.
f. Normas ambientales. Tratar de corregir la voracidad de las leyes del mercado
global con normas ambientales, aceptables para los ricos y que beneficien
sobre todo a los pobres.
g. Regulación legal o reconocimiento de la informalidad. En este punto las
experiencias muestran distintas ópticas, que ven desde el reconocimiento del
poseedor, sin límites o condicionamientos hasta la expropiación, sea que se
trate de bienes informales del dominio público o privado.
La participación del notariado. Papel del notario.
Si es fácil llegar a la conclusión que el notario no puede ser indiferente al
llamamiento desesperado de estas poblaciones que carecen de lo estrictamente
necesario, no es, tan fácil determinar el papel que podría ejercer en esta
batalla.
Esta vocación a la cruzada contra la pobreza, no tiene solamente un lado
humanitario, que debe seguir siendo prioritario.También contiene las semillas
de la defensa personal de este bienestar y esta civilización que debe
construirse y defenderse.
Existe ante todo una función de información y sensibilización que las
instituciones notariales deben cumplir, a los efectos que los notariados de los
distintos países tomen conciencia de la existencia de la gravedad del fenómeno.
Hay también una función de exhortación y asistencia que debe traducirse en un
verdadero y activo programa de responsabilización a través de la organización
de seminarios. El notariado podrá y deberá aportar el resultado
de su experiencia específica, que podrá revelarse valiosa, en particular, a nivel
comparativo internacional y en particular en cuanto al acceso a la propiedad de
los terrenos. Puedo dar como ejemplo, la Regularización dominial, llevada a
cabo en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, en base a una Ley
Nacional, una Ley Provincial y un convenio del Estado provincial (a través de un
órgano administrativo) con el Colegio de Escribanos
y por medio de escrituras-actas en el protocolo.
Simplificación de las reglamentaciones comerciales.
Otro de los mecanismos que el Banco Mundial, considera viable para la lucha
contra la pobreza, es permitir el acceso a formas de organización simplificadas
que permitan a quienes menos recursos tienen, hacer uso de sus derechos de
manera colectiva a través de la división del trabajo y la distribución productiva
de responsabilidades dentro de sus propias empresas.
Una regulación legal adecuada para los sectores de bajos recursos, permite
combinar el trabajo con la tecnología y la inversión y de esta manera obtener
logros económicos y al mismo tiempo poder acceder a créditos y capital con la
garantía de propiedades con título.
Según surge del “Doing Bussines 2006 (Creating Jobs), los países que más
reformaron su legislación en el año 2004 con la finalidad de facilitar la apertura
de empresas son: Serbia y Montenegro (que terminan de independizarse),
Georgia, Vietnam, Eslovaquia, Alemania, Egipto, Rumania, Letonia y Pakistán.
Obviamente, la información mencionada, no se encuentra debidamente
actualizada o no fue consultada.
En noviembre del año 2000, en Panamá, en el “Seminario Iberoamericano
sobre Políticas Públicas de Apoyo a Pymes y de la II Reunión de Trabajo del
Programa Iberpyme, los representantes de los gobiernos de Argentina, Bolivia,
Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, España,
Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal,
Uruguay y Venezuela, luego de un intenso y fructífero intercambio de
experiencias, concluyeron: “Que el intercambio de experiencias entre los países
de la región constituye la oportunidad fundamental para enriquecer la visión
sobre las soluciones a los grandes problemas de los países de la región y
revisar en profundidad la experiencia de los países iberoamericanos en el
diseño y aplicación de las políticas públicas específicas para PYMES”.
De la Revista Internacional 105 (1° semestre-año 2003), surge que: “Hoy y a
nivel mundial se reconoce la importancia de las pequeñas y medianas empresas
(PYMES), las cuales desempeñan un papel fundamental en el
entramado económico europeo del que constituyen más del 90% del parque
empresarial y 2/3 del empleo. La comisión europea ha previsto acabar con la
doble imposición mediante un mecanismo de base imponible única del
impuesto de sociedades, sean grandes o medianas empresas, que se
beneficiarán con esta medida a través del “Estatuto de la Sociedad Europea”.
El comité económico y social europeo, ha insistido en dictámenes recientes en
la necesidad de una forma jurídica europea para las PYMES, instando a crear
nuevas normas para regular a las pequeñas y medianas empresas.
En España, la Ley de Sociedad Limitada Nueva Empresa se aprobó bajo Número
7/2003, la que permite su constitución por vía telemática. Es más fácil de
constituir y simplificada. También contempla esta ley, modificaciones
importantes que benefician el marco de las empresas familiares, con la
introducción de la autocartera y las participaciones sin voto. El notariado que
abordó el tema de las Pymes, en la X Jornada Notarial Iberoamericana,
celebrada en Valencia-España en el año 2002, expresó en sus conclusiones: “El
notariado asume nuevas tecnologías como medio de agilización de los trámites
de constitución de sociedades y resalta que la notaría es el centro natural de
conexión con todas las administraciones públicas en su creación y
funcionamiento. En la RIN 106-107 (2° semestre-2003 y 1° semestre 2004),
informan que las Pymes se han convertido en un nuevo motor del desarrollo de
la economía china, que superan 8 millones y ocupan el 99% de todas las
empresas del país. Finalmente en Argentina, la Ley 24.467 ha incorporado un
nuevo tipo en nuestro panorama societario, las Sociedades de Garantía
Recíproca, orientado a las pequeñas y medianas empresas y creada con la
única y exclusiva finalidad de permitirle y facilitarle a esas empresas el acceso
al crédito. En este tema resultarían interesantes las experiencias que nos
puedan brindar aquellos países que rápidamente están emergiendo de la
pobreza o de economías dirigidas. En este punto y relacionado con los informes
del Banco Mundial, sería
relevante que especificaran si el documento notarial es utilizado, cualquiera sea
su soporte, y si conservan el original en su protocolo.
TRANSMISIÓN DE INMUEBLES. DERECHOS DE USO Y GOCE.
CONCESIONES. GARANTÍAS INMOBILIARIAS.
La diversidad de inmuebles que podemos encontrar en ambientes urbanos,
suburbanos, rústicos o rurales, ya se trate de viviendas, de turismo, de
explotaciones agrarias, industriales, fabriles o forestales, pueden
proporcionarnos una fuente de información y confrontación de los diferentes
sistemas documentales y de registración o inscripción.
Este tema se encuentra directamente conectado con las conclusiones del XV
Congreso Internacional de Derecho Registral (CINDER), celebrado en Fortaleza,
Brasil en noviembre de 2005.
Sus conclusiones, tanto relacionadas con el registro y desarrollo del crédito
inmobiliario como con la registración de la titulación en masa o regularización
dominial, apuntan a prescindir de la intervención notarial en forma similar a las
opiniones que surgen de los informes del Banco Mundial.
La lucha entablada en algunos países entre notarios y registradores, da una
enorme relevancia en este tema a las ponencias e informes de los diferentes
países que integran la Unión Internacional del Notariado.
No es el objetivo, tratar este último punto del temario en forma exhaustiva,
todo lo contrario. Es necesario, contrarrestar los ataques infundados, que
pretenden eliminar en los casos mencionados, al documento notarial,
considerándonos prescindibles como meros funcionarios autenticadores. Es
suficiente una enunciación sintética, que enuncie la situación fáctica actual en
cada país participante.
Relacionado con este tema recomiendo la lectura de las Resoluciones números
12 y 13 del Consejo Permanente de la U.I.N.L., aprobadas en Fez, Marruecos el
1 y 2/5/2006.
Es por ello y sintéticamente que solicito de Uds., puedan incluir a título
informativo:
· Tipo de documento notarial que se requiere para la transferencia de dominio
de la propiedad inmueble formal. Forma de acceso al Registro. Sistema de
registración: ¿genera oponibilidad y prioridad o es
convalidante?
· Tipo de instrumento utilizado para titulación en masa o Regularización
Dominial de los lotes informales. ¿Documento notarial, documento privado o
documento administrativo? Forma de acceso al
Registro. ¿Se trata del mismo Registro Inmobiliario del punto anterior o se ha
creado un Registro Especial?
· Garantía hipotecaria sobre inmuebles. Tipo de Documento requerido para su
constitución. Forma de Acceso al Registro. Sistema Registral y sus
características.
· Idéntico requerimiento respecto de otro tipo de garantías registrables.
Fideicomiso en garantía, lease back y cualquier otro tipo de garantía que se
utilice en los países miembros.
· Derecho de uso y goce. ¿Se utiliza? En caso afirmativo, forma de
instrumentación. ¿Interviene el notario? Formas de transmisión. ¿Se registra?
· Derecho de Concesión. ¿Se utiliza? En caso afirmativo, forma de
instrumentación. ¿Interviene el notario? Formas de transmisión.
· ¿Se encuentran reguladas en su país las garantías mobiliarias? En caso
afirmativo: características, instrumentación y sistema de registración.
Informo a los ponentes que conforme lo resuelto en la reunión de la Comisión
de Temas y Congresos, reunida en Fez el 1 y 2/5/2006, han acordado:
a) Que la extensión de las ponencias es de 50 páginas.
b) Que las ponencias deben ser científicas, de reflexión y aplicación
práctica para la sociedad.
Agrego como Coordinadora que lo solicitado en el punto b) por la Comisión
respectiva, apunta a la “contribución pasada, presente y futura del Notariado a
la Sociedad, y de modo especial proyectar esa contribución para el siglo XXI, a
lo largo de todo el mundo, destacando su importancia”.
Coordinadora Internacional: Carmen S. E. Magri
Alvear 260-4° “G”
1640 Martínez-Provincia de Buenos Aires
República Argentina
Teléfonos: 54-11-4798-4529/9782
E-mail: [email protected]
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