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TAREA No. 2
EL ESTADO, SU ESTRUCTURA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS
HUMANOS.
Integrante: JAVIER EDURADO VEGA
a. Identifique las principales características del Estado Liberal y del
Estado de Derecho y defina como estas características se relacionan con
la responsabilidad social del Estado.
ESTADO LIBERAL:
Lo que caracteriza este sistema político es el papel que juega el Estado Liberal
como un instrumento en el triple proceso que se ha dado en llamar Revolución
Burguesa, Revolución Industrial y Revolución Liberal, de transformación social,
económica y política en beneficio de la Liberta, Igualdad, la separación de
poderes y la separación entre el gobierno y la iglesia.
El Estado liberal pretende ser, un estado mínimo (minarquismo), que no
interviene en economía (al contrario que el mercantilismo propio del Antiguo
Régimen), y que solamente garantiza el ejercicio de la libertad individual, por
ejemplo garantizando la existencia de un mercado libre sin restricciones y un
ejercicio ilimitado de la propiedad privada. Por eso es tan importante que sus
primeras medidas sean la Desamortización, la Desvinculación o la supresión de
los gremios (que incluye la prohibición de los sindicatos obreros).
Al contrario que la Monarquía absoluta, donde la palabra del rey es ley, el
Estado Liberal se define como un Estado de Derecho, en que se ofrece al
individuo la seguridad jurídica de no estar sometido a la arbitrariedad del poder.
Instituciones como la tortura judicial desaparecen. Otras nacen, como la policía,
pues lo que continúa existiendo y perfeccionándose es vigilar, castigar y la
represión de las conductas que se definen como antisociales, incluyendo la
represión política de individuos y grupos no integrados en el sistema político o
social.
Según Foucault, el nacimiento o triunfo simultáneo de instituciones como la
cárcel, la escuela y el ejército nacionales indica claramente que el ideal de
libertad es el de hacer que cada uno acabe encontrando su sitio según sus
méritos y capacidades (no según el nacimiento como en la sociedad
estamental), sitio del que no podrá quejarse ni los demás deberán sentirse
culpables por ello, ya que habrá demostrado gracias a la igualdad de
oportunidades que es el que merece.
ESTADO DE DERECHO:
Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la
norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico
vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando
se aplica en la realidad con base en el poder del estado a través de sus
órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser
humano y del orden público.
Sin embargo, no basta con que exista una autoridad pública sometida al
derecho. Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de
Derecho, el ordenamiento jurídico del respectivo Estado, debe reunir una serie
de características que dan origen a un Estado de Derecho real o material. El
concepto de estado de Derecho se explica por dos nociones: El Estado de
Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material.
Las críticas que se dirigen al Estado de derecho pare de diversas franjas
ideológicas (socialistas, doctrina social de la Iglesia, por ejemplo) y las partes
de la masa es aquella de haber reconocido sólo en abstracto los derechos
humanos fundamentales, sin tratar la actuación concreta de tales derechos.
Por lo tanto, se ha realizado en todos los estados liberales de facto una
situación que de hecho contrastaba con las proclamaciones de derecho
prevista por los textos constitucionales vigentes. Estas deficiencias se
subsanan con la introducción de los principios del Welfare State (Estado Social)
y la creación del Estado democrático.
Un estado de derecho es donde la ley es el instrumento preferente para guiar la
conducta de los ciudadanos. La transparencia, predecibilidad y generalidad
están implícitas en él. Esto conlleva a que se facilite las interacciones
humanas, permite la prevención y solución efectiva, eficiente y pacífica de los
conflictos; y nos ayuda al desarrollo económico sostenible y a la paz social.
Para un Estado de Derecho efectivo es necesario:
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que el derecho sea el principal instrumento de gobierno.
que la ley sea capaz de guiar la conducta humana.
que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente.
b. Proponga en palabras del grupo una definición de Estado Social de
Derecho.
ESTADO SOCIAL DE DERECHO
El Estado Social o en términos más recientes Estado Social de Derecho, es un
sistema que se propone fortalecer servicios y garantizar los derechos
considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para
participar como miembro pleno en la sociedad entre los cuales se pueden
mencionar:
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Asistencia sanitaria.
Salud
Educación pública.
Trabajo y vivienda dignos,
Indemnización de desocupación, subsidio familiar.
Acceso practico y real a los recursos culturales: (bibliotecas, museos,
tiempo libre).
Asistencia del inválido y del anciano.
Defensa del ambiente natural.
Garantiza los denominados derechos sociales mediante su
reconocimiento en la legislación.
Igualmente el estado Social de Derecho debe proveer por la integración de las
clases sociales menos favorecidas, evitando la exclusión y la marginación, de
compensación de las desigualdades, de redistribución de la renta a través de
los impuestos y el gasto público.
Utiliza instrumentos como los sistemas de educación y sanidad (en mayor o
menor grado públicos o controlados por el estado, obligatorios o universales y
gratuitos o subvencionados), financiados con cotizaciones sociales. Se tiende a
la intervención en el mercado y la planificación de la economía, todo ello en
contra de los principios del liberalismo clásico.
c. En coherencia con el desarrollo de los puntos a) y b) lea el texto del
artículo 1° de la Constitución Nacional interprételo y defina cual es su
significado con relación a los derechos humanos para el Estado
colombiano.
El artículo 1º de la Constitución erige al Estado Social de Derecho como
principio medular de nuestra organización política. El concepto de Estado
Social de Derecho nació en Europa en la segunda mitad del siglo XX, como
una forma de organización estatal encaminada a “realizar la justicia social y la
dignidad humana mediante la sujeción de las autoridades públicas a los
principios, derechos y deberes sociales de orden constitucional”. En esa
medida, el presupuesto central sobre el cual se construye este tipo de
organización política es el de una íntima e inescindible interrelación entre las
esferas del “Estado” y la “sociedad”, la cual se visualiza ya no como un ente
compuesto de sujetos libres e iguales en abstracto.
El papel del Estado Social de Derecho consiste, así, en “crear los supuestos
sociales de la misma libertad para todos, suprimir la desigualdad social”. Con el
término ‘social’ se señala que la acción del Estado debe dirigirse a
garantizarles a los ciudadanos condiciones de vida dignas. Es decir, con este
concepto se resalta la voluntad de la Constituyente en torno al Estado y no se
reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las
personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para
contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las
oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los
apremios materiales.”
El Estado cuenta con facultades amplias de intervención en la economía, las
cuales han de estar orientadas a lograr los fines generales del Estado y los
fines especiales de la intervención económica enunciados principalmente en el
artículo 334 de la Constitución. Entre estos fines especiales se destacan el de
“asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos,
tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos” (art. 334 de la C.P.,
inc. 2°).
El alcance del principio de Estado Social de Derecho respecto de la relación
entre las autoridades y la persona individualmente considerada es bastante
amplio, y se ve reforzado por los principios fundamentales de la dignidad
humana, el trabajo, la solidaridad (art. 1° de la C.P.) y la igualdad (art. 13 de la
C.P.).
Bajo el primer principio fundamental, la dignidad humana, las autoridades
públicas no pueden tratar al ser humano como una cosa o mercancía, ni ser
indiferentes frente a situaciones que ponen en peligro el valor intrínseco de la
vida humana, entendida ésta no ya como el derecho a no ser físicamente
eliminado sino como el derecho a realizar las capacidades humanas y a llevar
una existencia con sentido, en un ambiente libre de miedo frente a la carencia
de lo materialmente necesario e indispensable para subsistir dignamente.
El principio fundamental del trabajo sobre el que igualmente se funda el Estado
Social de derecho (art. 1° de la C.P.) justifica, entre otras, la intervención del
Estado en la economía, como ya se anotó, “para dar pleno empleo a los
recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de
menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos”
(artículo 334 inciso 2 C.P.). De esta forma, el Estado Social, por medio de la
política económica y social adoptada por las autoridades competentes, pasa a
ser agente de estímulo a la creación de empleo en el mercado laboral, todo ello
dentro del marco constitucional de protección especial al trabajo (artículos 25 y
53 C.P.).
La solidaridad, como tercer pilar del Estado Social de Derecho, es un principio
fundamental del que se derivan múltiples principios –por ejemplo, los de
equidad y progresividad tributaria (artículo 363 C.P.)–, derechos –por ejemplo,
a la seguridad social (artículo 48) o deberes –por ejemplo, a obrar con acciones
humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las
personas, todos ellos aplicables tanto al Estado como a los particulares.
El principio y derecho fundamental a la igualdad –en sus múltiples
manifestaciones, incluyendo la igualdad de oportunidades, la igualdad real y
efectiva o las acciones afirmativas a favor de grupos discriminados o
marginados y de personas que por su condición económica, física o mental, se
encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (artículo 13, C.P.)–,
representa la garantía más tangible del Estado Social de derecho para el
individuo o para grupos de personas expuestos a sufrir un deterioro de sus
condiciones de vida como sujetos de una sociedad democrática –donde todas
las personas merecen la misma consideración y respeto en cuanto seres
humanos. Es a partir precisamente del artículo 13, en concordancia con los
artículos 1, 2, 11 y 85 de la Constitución que la jurisprudencia constitucional ha
reconocido desde un principio el derecho fundamental al mínimo vital, el cual
adquiere especial relevancia en el contexto de la intervención del Estado en la
economía, en virtud del artículo 334 Superior.
d. Identifique mediante una gráfica o diagrama los órganos estatales que
en el orden nacional y distrital están encargados de la defensa y
protección de los Derechos Humanos.
En mi parecer todos los órganos Estatales del orden Nacional y Distritales
están encargados de la protección de los derechos humanos, ya que en cierta
medida todos los organismos partiendo desde el Congreso, Ministerios,
organismos de Control, Institutos, Empresas industriales y comerciales y
Corporaciones (Nivel Nacional), así como los organismos del Nivel Distrital
están Obligados a proteger ay respetar los Derechos Humano en la medida
que estos ornaos estén involucrados.