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TAREA No. 2 EL ESTADO, SU ESTRUCTURA EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS. Integrante: JAVIER EDURADO VEGA a. Identifique las principales características del Estado Liberal y del Estado de Derecho y defina como estas características se relacionan con la responsabilidad social del Estado. ESTADO LIBERAL: Lo que caracteriza este sistema político es el papel que juega el Estado Liberal como un instrumento en el triple proceso que se ha dado en llamar Revolución Burguesa, Revolución Industrial y Revolución Liberal, de transformación social, económica y política en beneficio de la Liberta, Igualdad, la separación de poderes y la separación entre el gobierno y la iglesia. El Estado liberal pretende ser, un estado mínimo (minarquismo), que no interviene en economía (al contrario que el mercantilismo propio del Antiguo Régimen), y que solamente garantiza el ejercicio de la libertad individual, por ejemplo garantizando la existencia de un mercado libre sin restricciones y un ejercicio ilimitado de la propiedad privada. Por eso es tan importante que sus primeras medidas sean la Desamortización, la Desvinculación o la supresión de los gremios (que incluye la prohibición de los sindicatos obreros). Al contrario que la Monarquía absoluta, donde la palabra del rey es ley, el Estado Liberal se define como un Estado de Derecho, en que se ofrece al individuo la seguridad jurídica de no estar sometido a la arbitrariedad del poder. Instituciones como la tortura judicial desaparecen. Otras nacen, como la policía, pues lo que continúa existiendo y perfeccionándose es vigilar, castigar y la represión de las conductas que se definen como antisociales, incluyendo la represión política de individuos y grupos no integrados en el sistema político o social. Según Foucault, el nacimiento o triunfo simultáneo de instituciones como la cárcel, la escuela y el ejército nacionales indica claramente que el ideal de libertad es el de hacer que cada uno acabe encontrando su sitio según sus méritos y capacidades (no según el nacimiento como en la sociedad estamental), sitio del que no podrá quejarse ni los demás deberán sentirse culpables por ello, ya que habrá demostrado gracias a la igualdad de oportunidades que es el que merece. ESTADO DE DERECHO: Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público. Sin embargo, no basta con que exista una autoridad pública sometida al derecho. Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de Derecho, el ordenamiento jurídico del respectivo Estado, debe reunir una serie de características que dan origen a un Estado de Derecho real o material. El concepto de estado de Derecho se explica por dos nociones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material. Las críticas que se dirigen al Estado de derecho pare de diversas franjas ideológicas (socialistas, doctrina social de la Iglesia, por ejemplo) y las partes de la masa es aquella de haber reconocido sólo en abstracto los derechos humanos fundamentales, sin tratar la actuación concreta de tales derechos. Por lo tanto, se ha realizado en todos los estados liberales de facto una situación que de hecho contrastaba con las proclamaciones de derecho prevista por los textos constitucionales vigentes. Estas deficiencias se subsanan con la introducción de los principios del Welfare State (Estado Social) y la creación del Estado democrático. Un estado de derecho es donde la ley es el instrumento preferente para guiar la conducta de los ciudadanos. La transparencia, predecibilidad y generalidad están implícitas en él. Esto conlleva a que se facilite las interacciones humanas, permite la prevención y solución efectiva, eficiente y pacífica de los conflictos; y nos ayuda al desarrollo económico sostenible y a la paz social. Para un Estado de Derecho efectivo es necesario: que el derecho sea el principal instrumento de gobierno. que la ley sea capaz de guiar la conducta humana. que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente. b. Proponga en palabras del grupo una definición de Estado Social de Derecho. ESTADO SOCIAL DE DERECHO El Estado Social o en términos más recientes Estado Social de Derecho, es un sistema que se propone fortalecer servicios y garantizar los derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad entre los cuales se pueden mencionar: Asistencia sanitaria. Salud Educación pública. Trabajo y vivienda dignos, Indemnización de desocupación, subsidio familiar. Acceso practico y real a los recursos culturales: (bibliotecas, museos, tiempo libre). Asistencia del inválido y del anciano. Defensa del ambiente natural. Garantiza los denominados derechos sociales mediante su reconocimiento en la legislación. Igualmente el estado Social de Derecho debe proveer por la integración de las clases sociales menos favorecidas, evitando la exclusión y la marginación, de compensación de las desigualdades, de redistribución de la renta a través de los impuestos y el gasto público. Utiliza instrumentos como los sistemas de educación y sanidad (en mayor o menor grado públicos o controlados por el estado, obligatorios o universales y gratuitos o subvencionados), financiados con cotizaciones sociales. Se tiende a la intervención en el mercado y la planificación de la economía, todo ello en contra de los principios del liberalismo clásico. c. En coherencia con el desarrollo de los puntos a) y b) lea el texto del artículo 1° de la Constitución Nacional interprételo y defina cual es su significado con relación a los derechos humanos para el Estado colombiano. El artículo 1º de la Constitución erige al Estado Social de Derecho como principio medular de nuestra organización política. El concepto de Estado Social de Derecho nació en Europa en la segunda mitad del siglo XX, como una forma de organización estatal encaminada a “realizar la justicia social y la dignidad humana mediante la sujeción de las autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales de orden constitucional”. En esa medida, el presupuesto central sobre el cual se construye este tipo de organización política es el de una íntima e inescindible interrelación entre las esferas del “Estado” y la “sociedad”, la cual se visualiza ya no como un ente compuesto de sujetos libres e iguales en abstracto. El papel del Estado Social de Derecho consiste, así, en “crear los supuestos sociales de la misma libertad para todos, suprimir la desigualdad social”. Con el término ‘social’ se señala que la acción del Estado debe dirigirse a garantizarles a los ciudadanos condiciones de vida dignas. Es decir, con este concepto se resalta la voluntad de la Constituyente en torno al Estado y no se reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales.” El Estado cuenta con facultades amplias de intervención en la economía, las cuales han de estar orientadas a lograr los fines generales del Estado y los fines especiales de la intervención económica enunciados principalmente en el artículo 334 de la Constitución. Entre estos fines especiales se destacan el de “asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos” (art. 334 de la C.P., inc. 2°). El alcance del principio de Estado Social de Derecho respecto de la relación entre las autoridades y la persona individualmente considerada es bastante amplio, y se ve reforzado por los principios fundamentales de la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad (art. 1° de la C.P.) y la igualdad (art. 13 de la C.P.). Bajo el primer principio fundamental, la dignidad humana, las autoridades públicas no pueden tratar al ser humano como una cosa o mercancía, ni ser indiferentes frente a situaciones que ponen en peligro el valor intrínseco de la vida humana, entendida ésta no ya como el derecho a no ser físicamente eliminado sino como el derecho a realizar las capacidades humanas y a llevar una existencia con sentido, en un ambiente libre de miedo frente a la carencia de lo materialmente necesario e indispensable para subsistir dignamente. El principio fundamental del trabajo sobre el que igualmente se funda el Estado Social de derecho (art. 1° de la C.P.) justifica, entre otras, la intervención del Estado en la economía, como ya se anotó, “para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos” (artículo 334 inciso 2 C.P.). De esta forma, el Estado Social, por medio de la política económica y social adoptada por las autoridades competentes, pasa a ser agente de estímulo a la creación de empleo en el mercado laboral, todo ello dentro del marco constitucional de protección especial al trabajo (artículos 25 y 53 C.P.). La solidaridad, como tercer pilar del Estado Social de Derecho, es un principio fundamental del que se derivan múltiples principios –por ejemplo, los de equidad y progresividad tributaria (artículo 363 C.P.)–, derechos –por ejemplo, a la seguridad social (artículo 48) o deberes –por ejemplo, a obrar con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas, todos ellos aplicables tanto al Estado como a los particulares. El principio y derecho fundamental a la igualdad –en sus múltiples manifestaciones, incluyendo la igualdad de oportunidades, la igualdad real y efectiva o las acciones afirmativas a favor de grupos discriminados o marginados y de personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (artículo 13, C.P.)–, representa la garantía más tangible del Estado Social de derecho para el individuo o para grupos de personas expuestos a sufrir un deterioro de sus condiciones de vida como sujetos de una sociedad democrática –donde todas las personas merecen la misma consideración y respeto en cuanto seres humanos. Es a partir precisamente del artículo 13, en concordancia con los artículos 1, 2, 11 y 85 de la Constitución que la jurisprudencia constitucional ha reconocido desde un principio el derecho fundamental al mínimo vital, el cual adquiere especial relevancia en el contexto de la intervención del Estado en la economía, en virtud del artículo 334 Superior. d. Identifique mediante una gráfica o diagrama los órganos estatales que en el orden nacional y distrital están encargados de la defensa y protección de los Derechos Humanos. En mi parecer todos los órganos Estatales del orden Nacional y Distritales están encargados de la protección de los derechos humanos, ya que en cierta medida todos los organismos partiendo desde el Congreso, Ministerios, organismos de Control, Institutos, Empresas industriales y comerciales y Corporaciones (Nivel Nacional), así como los organismos del Nivel Distrital están Obligados a proteger ay respetar los Derechos Humano en la medida que estos ornaos estén involucrados.