Download Mesa 5 Iglesia, Estado y sociedad. Marco jurídico y libertad religiosa

Document related concepts

Persecución del cristianismo en México wikipedia , lookup

Guerra Cristera wikipedia , lookup

Cuestión religiosa wikipedia , lookup

Historia de la Iglesia católica en México wikipedia , lookup

Concordato entre el Estado español y la Santa Sede de 1851 wikipedia , lookup

Transcript
México, D.F., 13 de mayo de 2009.
Versión estenográfica de la Mesa 1: Iglesia, Estado y sociedad.
Marco jurídico y libertad religiosa, durante los trabajos de las
Jornadas de Historia “Iglesia, Independencia y Revolución”,
organizado por la Universidad Pontificia de México y llevado a
cabo en el auditorio de dicha Universidad, en esta ciudad.
Presentador: Vamos a dar inicio a esta mesa. Cabe señalar que
iniciamos con la segunda parte de nuestras Jornadas de Historia. En
la anterior reflexionábamos sobre la presencia de la iglesia en el
movimiento de Independencia y en este segunda parte la línea
temática que se nos propone es ver la Revolución Mexicana y su
relación con la iglesia.
Esta primer mesa lleva por título “Iglesia, Estado y Sociedad. Marco
Jurídico y libertad religiosa”.
Es moderada por el doctor Mario Ángel Flores Ramos, profesor de la
Universidad Pontificia de México, del Instituto Superior de Estudios
Eclesiásticos y Director de la Comisión de Cultura de la Arquidiócesis
Primada de México, a quien le cedo la palabra.
Sr. Mario Ángel Flores Ramos: Muchas gracias. Me da mucho gusto
compartir esta mesa con especialistas del prestigio y amplio
conocimiento académico en los temas de derechos humanos, de
libertad religiosa y conocedores de la historia y la jurisprudencia
mexicana.
Debo decir además que tengo el privilegio de contar con la amistad de
ellos y de mi parte cuentan con el mi más amplia consideración por
sus trabajos e investigaciones en los temas que nos ocupan.
El marco de fondo de nuestra reflexión es la Revolución Mexicana.
Uno de los capítulos más controvertidos y significativos de nuestra
conciencia y de nuestra historia. Por una parte están los hechos que la
motivaron, la Dictadura Porfirista y la injusticia social imperante.
Por otra parte están los acontecimientos en los que se desenvuelve,
que pone al desnudo el alma mexicana: Violencia, traiciones, falta de
2
proyectos, inconsistencias, movimientos populares con una enorme
carga de generosidad y de entrega, la presencia siempre importante
de la mujer mexicana y su carácter invencible, idealismos utopías,
líderes mesiánicos, políticos corruptos, héroes y villanos envueltos en
los mitos y leyendas al más puro estilo del surrealismo mexicano.
A esto debemos añadir el apéndice revolucionario, constituido por el
movimiento popular en defensa de la religiosidad mexicana, no
siempre apoyado y comprendido en su momento por la jerarquía
eclesiástica.
Finalmente, está la interpretación de todos estos acontecimientos a
partir del Estado revolucionario y sus distintos caudillos, hasta llegar al
agotamiento del esquema hacia la última década del siglo XX.
Muchos son los aspectos positivos que podemos destacar de la
implementación de la ideología postrevolucionaria tanto en la cultura
como en la política y el desarrollo económico del México del siglo XX:
Los muralistas, los escritores, los poetas, los grandes diplomáticos, la
cinematografía, los empresarios exitosos. Pero queda pendiente la
motivación fundamental de tal revolución: La democracia y la justicia
social.
Muchos son también los aspectos negativos que podemos señalar de
toda esta época del régimen mexicano autoritario: La corrupción, el
paternalismo, el corporativismo sindical, la manipulación social, la falta
de libertad de expresión, la dobles ante las leyes vigentes y las
prácticas imperantes.
Hemos tenido que llegar hasta la agonía del régimen revolucionario
para vislumbrar la democracia, y no hemos visto todavía una salida
fácil para alcanzar la justicia social.
Uno de los temas pendientes de la democracia y la participación social
ha sido el de la libertad religiosa, junto a ello con otros derechos
fundamentales. Desconocidos de facto por la Constitución liberal del
siglo XIX y ratificadas sin más por el Constituyente del 17. Aquí
queremos centrar la reflexión de esta mesa en el marco de tantos
otros temas de la llamada Revolución Social de México.
3
Esta mesa “Iglesia, Estado y Sociedad, Marco Jurídico y Libertad
Religiosa”. Escucharemos, en primer lugar, la reflexión del maestro
Raúl González Schmal, “La regulación del fenómeno religioso en la
Constitución del 17”.
Tiene la licenciatura en derecho por la Universidad Nacional Autónoma
de México, la maestría en derecho otorgada por la Universidad
Iberoamericana y una maestría en derecho constitucional, que obtuvo
en la UNET de España.
Es candidato a doctor en derecho por la UNET España y doctorando
en derecho eclesiástico del estado por la Universidad Pontificia de
México.
Ha sido director del Departamento de Derecho de la Universidad
Iberoamericana, miembro del Capítulo Mexicano de la Academia
Iberoamericana de Derecho Constitucional.
Es miembro del Consejo Directivo del Instituto Mexicano de Doctrina
Social Cristiana, participa en el Consejo Editorial de las Revisas
Cuestiones Constitucionales de la UNAM, Jurídica de la Ibero,
Cuestión Social y Signo de los Tiempos del Indosop, Revista
Iberoamericana
del
Derecho
Eclesiástico,
del
Consorcio
Iberoamericano de Libertad Religiosa.
Entre sus publicaciones destacan Derecho Eclesiástico del Estado
Mexicano, editado por Porrúa, Programa de Derecho Constitucional
del sello Noriega Editores y de la Iberoamericana, la libertad religiosa
en el convenio europeo de derechos humanos, Porrúa.
Además, autor de números artículos y capítulos de libros en obras
colectivas, nacionales e internacionales.
Ponente en números congresos, conferencista en muchas
instituciones, se desempeña actualmente como profesor numerario de
derecho constitucional y derecho eclesiástico del Estado Mexicano, en
la Universidad Iberoamericana.
Doy la palabra al maestro Raúl González Schmal.
4
Sr. Raúl González Schmal: Agradezco en primer término, muy
cumplidamente a la Universidad Pontificia de México y a todas las
instituciones que se unieron para convocar y organizar estas jornadas
de historia, en especial, al director de la Facultad de Historia, al doctor
Juan Carlos Casas García, quien ha hecho una magnifica labor de
organización y de coordinación.
Agradezco también, la presentación del doctor Mario Ángel Flores y
pues, simplemente aclarar que cuando él mencionó que era yo
doctorando de la Universidad Pontificia de México, pues más bien diría
yo que soy fosilando de la Universidad, pues porque ya ha pasado
mucho tiempo y nada de que concluyo.
Le decía yo en alguna ocasión, al doctor Jaramillo, que como no me
den el doctorado ya muy próximamente y como sigan pasando los
años y siga bajando yo de peso, pues me lo darán ya ante la
presencia de San Pedro.
Bueno, también me siento muy alagado y muy honrado de alternar con
dos, eso sí auténticos historiadores, amigos, la doctora García Ugarte
y el doctor Jorge Adame Godar.
En el tema que pretendo desarrollar, “La regulación del fenómeno
religioso en la Constitución de 1917” se ponen dos términos en
relación con el enunciado de mi tema, por una parte el fenómeno
religioso y por la otra, la Constitución Mexicana vigente.
A partir de estos dos datos, mi objeto sería intentar explicar el cómo, el
qué, el por qué y para qué, el Estado por medio de su ley fundamental
establece determinadas normas jurídicas que van a regular tales o
cuales aspectos del hecho religioso.
Sobre esto hay una pregunta previa que es preciso responder, tiene
competencia el estado para regular el fenómeno religioso y
suponiendo que la respuesta fuera afirmativa, la siguiente pregunta
sería: la competencia del estado es ilimitada para regular el ejercicio
de la religión o en otros términos, en función del ejercicio de su
soberanía, solamente el estado podría autolimitarse en materia
religiosa o bien el propio estado y hablamos del estado de derecho
obviamente, está limitado en forma inmanente en su competencia.
5
Para legitimar su función debe sujetarse a valores y principios supra
constitucionales incontrovertibles, hay que empezar por establecer
como lúcidamente lo hace Javier Almada, el supuesto teórico de que
la regulación del fenómeno religioso por parte del ordenamiento
constitucional del estado no se legitima porque el estado tenga
competencia directa o interna en materia religiosa.
En línea de principio el estado carece de esa competencia directa o
interna en materia religiosa, dónde puede estar entonces la
competencia del estado en esta materia religiosa, la competencia
aparece cuando el fenómeno religioso da lugar a relaciones jurídicas o
son propias de la comunidad política y civil o tienen relevancia en ella,
de ahí que el derecho constitucional de la religión, no tenga por objeto
el fenómeno religioso en sí, sino la proyección civil, la proyección
externa, la proyección social del fenómeno religioso.
Nos encontramos entonces con que lo religioso en su vestimenta
social es objeto de normas propias y autóctonas por parte de las
confesiones religiosas entre las que destaca la iglesia católica, normas
que reciben en este caso el nombre tradicional de derecho canónico,
pero el fenómeno religioso puede también puede ser objeto del
derecho del estado en cuanto a que tiene relevancia civil, que es
aspecto propio de la competencia del estado y entonces estamos en
presencia del derecho eclesiástico del estado, cuya única doctorado
en América Latina está aquí en la Universidad Pontificia.
El factor religioso entonces tiene una especificidad propia que lo
diferencia de los otros fenómenos sociales, es autónomo y previo al
estado y exige un estudio y tratamiento jurídico desde perspectivas
formales propias que es lo que justifica la autonomía de toda disciplina
jurídica.
Pues bien, de lo que se trata ahora es de analizar ese hecho religioso,
ese hecho social religioso desde la perspectiva jurídica, la tendencia
natural asociativa del sentimiento religioso es un principio
antropológico y sociológico que se encuentra expresado por ejemplo,
no solo en la sociología general, en la sociología religiosa, sino
concretamente por ejemplo en un documento del Concilio Vaticano II,
6
la dictates humane que dice: las comunidades religiosas son exigidas
por la naturaleza social, tanto del hombre como de la religión misma.
Recapitulando diríamos que la relevancia jurídica del hecho religioso
va inscrita en la relevancia social, hay un antiguo aforismo que lo
conoce por supuesto el doctor Adame Codar como gran romanista y
latinista que es que dice: hube societas ibijus, donde está la sociedad
es un principio, jurídico y sociológico, donde está la sociedad está el
derecho, porque el derecho es el que estructura al grupo social y lo
organiza.
La teoría de los ordenamientos jurídicos primarios de Santi romano,
produjo la obsolescencia de los planteamientos liberales
decimonónicos, en el modo de plantear las relaciones entre la iglesia y
el estado, teoría y autor que por cierto es poco conocido en México, ni
siquiera se ha publicado, no obstante que es de principios del siglo
pasado, su obra en México ni en América Latina, me parece.
Conforme a dicha doctrina, los ordenamientos jurídicos primarios, el
derecho canónico, lo propio cabe decir del ordenamiento de otras
confesiones religiosas, no puede considerarse derecho estatal, ni
siquiera a títulos de estatutos de una asociación privada, sino un
derecho distinto del estado.
Con arreglo a esta doctrina el derecho canónigo, por decirlo de alguna
forma, sube de categoría, pasar a ser considerado, independiente,
soberano, pero precisamente por tener esas características, por ser un
derecho no estatal el Estado no tiene por qué aplicarlo del mismo
modo que el Estado no aplica las normas de un país extranjero.
Si bien se habla de la soberanía del Estado y de la soberanía de la
iglesia, esta expresión tan a veces polémica, ambigua, polivalente que
es el de la soberanía, los norteamericanos son tan prácticos que no la
utilizan en su Constitución y en su Derecho Constitucional, pero
nosotros estamos dentro de este esquema y esta tradición, yo
recuerdo, perdóneme la digresión, que estaba yo estudiando derecho
cuando anunciaron una conferencia del maestro Manuel Herrera
Hilazo, en mi opinión pues es el más grande constitucionalista que ha
habido en México en el Siglo XX, junto con Francisco Pena Ramírez,
en mi modesta opinión y además un gran expositor, un gran orador. Y
7
entonces se anunció la conferencia de él como: La Soberanía del
Estado o el Estado y la soberanía.
No creo exagerar si les digo que me impactó tanto y por otra razón
que ustedes en un momento van a saber, que casi les puedo repetir la
conferencia, llegó el maestro, ya estaba en sus últimos años, se fue a
la tribuna, al podium y entonces después de desparramar la vista, de
crear esa sensación que creaba él, ese hálito de gran orador dijo: me
han pedido que desarrolle el tema del Estado y la soberanía y yo les
digo que hablar de soberanía del Estado es una verdadera estupidez,
porque el único que tiene la atribución de la soberanía es Dios.
El Estado, señoras y señores, no es más que la sociedad dividida
entre gobernantes y gobernados.
Muchas gracias.
Se acabó la conferencia, eso fue todo cuando pensamos que iba a
empezar, y entonces yo puedo decir que asistí a un record Guiness de
la micro-conferencia más breve que se ha hecho en la historia.
Entonces, tengo que saltar y saltar, yo mismo me metí un gol.
Entonces, a la luz de todas estas consideraciones y otras que les
ruego que las intuyan porque no las puedo explicitar, a todas las
anteriores consideraciones teóricas entorno al factor religioso y la
ciencia jurídica o más sencillamente entre la religión y el derecho,
procede ahora abordar el estudio de cómo se vincularon ambas
realidades sociales en el ordenamiento jurídico constitucional de 1917,
reexaminar la forma en que Constitución de 1917 ha regulado el hecho
social de la religión en sus dos épocas atingentes a la materia, la del
texto original de 1917 y las reformas de 1992, que no van a ser objeto
del estudio de su contenido; pero entonces hay que aclarar esto: es la
misma Constitución formal, con dos esquemas, con dos modelos, con
dos marcos jurídicos respecto a la regulación de la materia religiosa.
¿Cuál fue la visión sobre esta materia del Constituyente de Querétaro
que se plasmó en la Constitución que emanó de él y específicamente
de la religión católica y de la iglesia católica? No sería empero
adecuado metodológicamente abordar de lleno el texto original de la
8
ley fundamental de 1917, sin conocer los antecedentes históricos
inmediatos que la condicionaron.
El estudio del derecho constitucional debe hacerse conjugando el
método sistemático con el histórico, ningún derecho está tan
necesitado de la visión histórica como el derecho constitucional y
especialmente el derecho constitucional de la religión o derecho
eclesiástico del Estado.
Nadie ignora que la Constitución de 1917 es un producto histórico de
la denominada Revolución Mexicana.
Paradójicamente hablando del preámbulo del Constituyente de
Querétaro, las celebraciones del Centenario de la Independencia
marcaron el inicio del desplome del Porfiriato y el proceso que
marcaría su descenso en unos años más.
El primero de julio, en la ciudad de San Luis Missouri, los opositores
integrados en el Partido Liberal Mexicano, lanzan su programa del
manifiesto del Partido Liberal Mexicano en el que además de los
puntos en materia de reivindicaciones sociales, que ese no es un tema
en el que me tenga que meter se proponía, entre otros puntos
atingentes a la cuestión religiosa, la multiplicación, cito, de escuelas
primarias y la clausura de las que pertenezcan al clero.
Viene después el Plan de San Luis con dos Francisco I. Madero, que
prácticamente no menciona, para nada, la cuestión religiosa. Pero ya
en su libro de “La sucesión presidencial”, encomia la figura y la
actuación de Porfirio Díaz por los gestos de reconciliación de cierta
tolerancia, modus vivendi entre la iglesia y le Estado durante la época
del Porfiriato.
José Miguel Romero de Solís señala que Madero manifestó a algunos
prelados que estaba personalmente convencido de la inviabilidad de
las Leyes de Reforma. Lo mismo expresó, agrega dicho historiador en
su campaña electoral por Durango, cuando se pronunció en contra de
dichas leyes, rompiendo así con la tradición del liberalismo mexicano
que las tenía por sagradas e intangibles.
9
Quirarte, a su vez comenta que durante le régimen maderista la iglesia
y los católicos gozaron de mayor cantidad de libertades, pues Madero
quiso lograr para México un régimen político digno de un país
civilizado. A Martín Quirarte me estoy refiriendo en el problema
religioso y que también los trata en su libro “La visión de la historia de
México”.
Madero, por su parte, dice Jean Meyer, había alentado a los católicos
mucho antes de llegar al poder. El 10 de diciembre escribía: La unión
de ustedes con nosotros aumentará la fuerza y el prestigio de ambos
partidos.
Viene entonces al triunfo de Madero, y con esta actitud positiva hacia
los católicos la fundación en 1911 el Partido Católico Nacional. Por
primera vez los católicos se asocian, se reúnen en un partido político
formal y en las primeras elecciones en las que participan obtienen un
éxito realmente inesperado, porque obtienen o ganan tres o cuatro
gubernaturas, varias senadurías, varias diputaciones federales y
locales.
Vendría después, abrevio muy rápidamente, desgraciadamente la
usurpación de Victoriano Huerta, que trató de cobijarla bajo
formalismos constitucionales desde un punto de vista de la técnica
constitucional, pues fue perfecta, no les digo por qué, porque también
me agotaría ya el tiempo. Pero todas las formalidades que establecía
la Constitución se siguieron, y entonces llegó como un Presidente
desde el punto de vista estrictamente jurídico constitucional, como un
Presidente legítimo. Desde el punto de vista de la moral y de la ética
política, naturalmente fue un usurpador que se valió de toda una serie
de elementos para consumar su traición, no se le puede llamar de otra
forma.
Viene entonces la usurpación de Victoriano Huerta y va a derivar en
una división del Partido Católico, no me voy a meter en esto, además
porque mañana, tengo entendido, que uno de las políticas va a
desarrollar el tema del Partido Católico. El hecho es que el Partido
Católico se dividió. La mayor parte estuvieron en favor de Madero, la
mayor parte de los obispos inclusive el golpe de Huerta, aunque la
carta que recupera Meyer, la carta de los obispos, que creo aquí el
doctor Adame me corregirá se dictó se expidió en la dieta de Zamora,
10
que estaba celebrándose por esos días. Otra parte estuvieron en favor
de Huerta.
El hecho es que la percepción más generalizada fue en el sentido de
que sin hacer distinciones los católicos estaban en favor de Huerta.
Dice, precisamente, Adame Goddard, la mayoría de los políticos
maderistas, pero el apoyo dice Adame, que estos católicos prestaron
al gobierno de Huerta no puede concluirse, que todos los católicos en
bloque simpatizaron con el huertismo.
La mayoría de los políticos maderistas –sigue diciendo Adame-,
pensaban como Luis Cabrera, nada menos que como Luis Cabrera el
mayo ideólogo de la Revolución y desde luego, ideólogo del
carrancismo lo traslada, hasta le da la declaración a su libro el doctor
Adame, el 5 de marzo de 1913 publicada en “El Imparcial” dice:
“Creo que si el gobierno provisional –o sea, el gobierno de Huertasalva al país de complicaciones internacionales y adopta de lleno una
política de reformas, hará la paz y podrán perdonarse de los hechos.
Esto decía Luis Cabrera y por otro lado, todos los poderes federales:
el Poder Judicial, el Poder Legislativo, el Ejército, los gobernadores de
los estados con excepción del de Coahuila, todos apoyaron a Huerta,
todos aceptaron las renuncias que habían obtenido mediante la
violencia respecto de Madero y Pino Suárez.
Triunfa en un momento dado, la facción carrancista. Como sabemos,
una vez que Huerta se apodera del gobierno, Venustiano Carranza lo
desconoce, se levanta en armas y se constituye el Ejército
Constitucionalista y entonces, en este momento, va a empezar a tener
triunfos, pero también va a fraccionarse los grupos revolucionarios,
Y entonces, están por un lado, los carrancistas, los villistas, los
zapatistas, los orozquistas, los gonzalistas –que no era pariente mío- y
otros muchos, al grado de que cuenta este historiador José Valadez,
que en alguna ocasión él le pregunta a un cabo del Ejército Villista,
¿Qué por qué estaba ahí?, ¿Qué por qué pertenecía a las huestes
villistas si él lo había conocido en las huestes carrancistas?
Y le dice: “mire, patrón. Todos somos de los mesmos, na'más que
andamos un poco devedidos”.
11
Bueno, entonces, esta fue la situación real, la fractura de las fuerzas
revolucionarias, el millón de muertos que dicen que costó la
Revolución fue después, paradójicamente, de que había triunfado la
Revolución, el millón de muertos fue de 14 a 16.
Antes había habido 25 mil muertos, que son muchos muertos, pero no
tienen nada que ver con el millón que vinieron después entre las
propias facciones revolucionarias.
Para beneficio de ustedes, voy a referirme nada más al último tramo
previo, inmediatamente, a las reformas del Constituyente de 1992,
Constituyente Permanente que le llaman, constituyente originario es el
que hace la Constitución, del que emana la Constitución y el que
reforma la constitución, como saben, se le denomina “Constituyente
Permanente” o “constituyente derivado” o “constituyente instituido”, de
muchas formas, pero al fin y al cabo constituyente.
Algunos, para mí, de los hechos más relevantes sobre la cuestión
religiosa que desembocaron en las reformas constitucionales de 1992
son los siguientes:
En primer lugar creo, en 1970, que por primera vez un Presidente de
México, en este caso, don Luis Echeverría va al Vaticano a ver, a
visitar al Papa. No había relaciones, por supuesto, no había
reconocimiento de la iglesia, pero Echeverría, pues, toma la decisión
de ver al Papa, inclusive, se contaba y se sigue contando una
anécdota que, naturalmente, no es real, pero que por otro lado, como
que refleja muy bien la mentalidad y la fama de Echeverría de
Presidente folklórico, dicen que cuando llegó a ver a su santidad,
estaba así el piso muy bien encerado, y entonces el Papa le dijo:
Bonasera señore Presidente, y que Echeverría le contestó: sí, muy
buenas su Santidad, pero muy resbalosa.
El 21 de diciembre del 79 otra fecha crucial se confirma la primera
visita del Papa, me interesó este dato, el Presidente López Portillo
anota en su diario, López Portillo escribía un diario que después lo
publica como sus memorias.
12
Bueno en este diario dice, hablando del 21 de diciembre de 79: se
confirma que viene el Papa, en unos minutos recibo a Monseñor
Prigione, la situación es complicada, la ley de cultos, la devoción del
pueblo, los masones, unos grupos de izquierda se oponen, los
comunistas lo quieren, cual debe ser mi posición, cuales los actos que
se autorizan, todo delicado y en gran caja de resonancia, se ve que
estaba angustiado el presidente ante ese acontecimiento que le iba a
tocar vivir.
El 26 de enero llega el Papa y López Portillo escribe en su diario: llegó
hace unas horas el Papa, resolví recibirlo, pues era una gran cosa
para quien dice que había perdido la fe a los 14 años por sus
profundas lecturas Hegel, eso lo llegó a decir don José.
Llegó hace horas el Papa, resolví recibirlo, me llevé a Monsi,
brevemente le di la bienvenida, le desee que su misión de paz,
concordia y esfuerzo por la justicia tuviera éxito y lo dejé en manos de
las jerarquías y de los fieles de su iglesia, parece que ha sido
tremendo el recibimiento, en una hora el Papa llegará a Los Pinos, la
mamacita del señor presidente le había pedido que llevara al Papa a
Los Pinos y el presidente como era el 10 de mayo, día de la madre, le
concedió esa petición.
Primero de diciembre de 1988, es la famosa toma de posesión de
Carlos Salinas de Gortari, habían concluido las elecciones pues hasta
ese entonces más competidas en la historia del país y una buena
parte de los ciudadanos quizá la mayoría, percibían que no había
ganado Salinas sino Cuauhtémoc Cárdenas y había pues algunas
razones para esta conclusión, entre otras, es que por primera vez en
la historia post revolucionaria en la historia del partido oficial, un
candidato del PRI como fue Salinas, perdió en su ciudad, en México,
perdió en su distrito y horror, perdió en su propia casilla.
Entonces como era posible que si en su propia casilla perdió, los
chontales de Tabasco, abrumadoramente iban a votar por él; y
entonces qué hace Salinas, invita a la jerarquía de la iglesia católica a
presenciar su toma de posesión, se especuló que en realidad lo que
necesitaba él, que lo hizo en función de dos razones, dos motivos
primero que necesitaba legitimar su presidencia tan cuestionada y en
segundo, como ahora se sabe, él tenía la decisión dentro de su
13
esquema de la modernidad, como lo entendía él, de establecer
relaciones diplomáticas con la Santa Sede sin modificar la
Constitución Mexicana y eso lo hubiera podido hacer perfectamente en
función de la personalidad jurídica de la iglesia.
El Papa le dijo: nones, o se reforma previamente la Constitución o no
hay relaciones.
Llegamos al final del proceso y al final de mi perorata, el 28 de febrero
de 1992, como saben, se expiden las reformas constitucionales, se
reforman los artículos tabúes que veían sobre la cuestión religiosa que
trataban la cultura religiosa, el artículo tercero, el artículo quinto, el
artículo 24, el articulo 27, fracción II y IIII y el artículo 130 de la
Constitución.
Varios meses después, en junio, se emite la ley de asociaciones
religiosas y culto público, que es la ley reglamentaria de los artículos,
no del tercero, porque el tercero tiene su propia ley reglamentaria, no
del quinto, porque el quinto ya no tiene nada que ver con la materia
religiosa, pero sí reglamentaria del artículo 24, del artículo 27, fracción
II y del artículo 130. Concluye pues así el proceso que desarrolla a lo
largo de 85 años para que surja un nuevo marco sobre la materia
constitucional.
Indudablemente hay un cambio sustancial en la Constitución,
indudablemente hay una modificación en el proceso histórico, como
me parece que lo leí en la propia doctora García Ugarte, que ella
enfatiza mucho en que efectivamente fue un cambio histórico en el
país de mucha más relevancia de lo que en principio se puede pensar.
Ahora bien, de cualquier manera, no obstante el cambio, no se puedo
o no se quiso llegar a la protección del derecho a la libertad religiosa
que es todo el sentido que tiene el derecho constitucional de la
religión, es decir, el derecho pleno a la libertad religiosa, esa
inmunidad de conciencia de que habla el Vaticano Segundo, para que
nadie pueda ser obligado a actuar conforme a su conciencia y nadie
pueda ser obligado a actuar en contra de su conciencia.
Y termino diciendo que es muy necesario que tengamos en
consideración que este derecho a la libertad religiosa no es
14
únicamente derecho a la libertad religiosa de los católicos, como a
veces se percibe, sino de todos. Es un derecho humano que está
fundamentado en la naturaleza humana, esto lo dice el propio concilio
Vaticano Segundo y que, por lo tanto, corresponde desde luego a los
católicos, pero también corresponde a los cristianos no católicos,
corresponde a los creyentes no cristianos y corresponde también a los
no creyentes.
Gracias.
Sr. Mario Ángel Flores Ramos: Escuchamos ahora la participación
de Jorge Adame Goddard, “La formación de la conciencia social
mexicana 1867-1914”.
El doctor Jorge Adame Goddard, licenciado en derecho por la escuela
Libre de Derecho, doctor en historia por el Colegio de México.
Ejerce la docencia en la Universidad Autónoma de México y en la
Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana.
Miembro del Sistema Nacional de Investigadores nivel tres, ha recibido
el premio de investigación jurídica Ignacio M. Altamirano, otorgado por
el Gobierno del Estado de Guerrero y la UNAM.
Y el premio Cruz, al mérito en la investigación jurídica, otorgado por el
Instituto Mexicano de Cultura.
Es árbitro para la solución de controversias derivadas de la aplicación
del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
Autor en las líneas de derecho romano, filosofía social y derecho
mercantil internacional, de más de 80 artículos publicados en revistas
y obras científicas y de siete libros, entre los que destacan: El
pensamiento político y social de los católicos mexicanos 1867-1910, y
el libro Décimo Octavo del Digesto; El Contrato de compra-venta
internacional, filosofía social para juristas y Contratos Internacionales
en América del Norte. Todos publicados por la UNAM en coedición
con Magrao Gill.
Escuchamos al doctor Adame.
15
Sr. Jorge Adame Goddard: Pues agradezco, en primer lugar, a los
organizadores, al doctor Casas García, que me haya invitado para
estar en esta reunión, a todos ustedes por su presencia. A mis
colegas, amigos aquí en la mesa. El tema que me propongo esbozar
es cómo se formó la conciencia social en México, considerando como
conciencia social esa responsabilidad que actualmente se reconoce
que tenemos todos los habitantes por el desarrollo de todos los demás
ciudadanos.
Es una conciencia que se opone a la conciencia liberal, individualista,
en la cual se entiende que cada quien se rasca con sus propias uñas.
Quiero plantear de esto partiendo de una interpretación de lo que
significó la lucha entre liberales y conservadores o podríamos decir la
guerra civil de la primera mitad del siglo XIX en México, no es una
guerra simplemente por facciones políticas por partidos políticos, me
parece que hay algo mucho más serio, y es una lucha entre dos
posiciones contradictorias. Por una parte, la posición de los
conservadores que procuraban una organización política, en la cual se
respetaran los derechos de la iglesia conforme a un nuevo esquema.
No quería el esquema del Regio Patronato Indiano Colonial. En eso no
eran conservadores, en eso eran totalmente innovadores, querían un
sistema diferente.
Pero además una organización política que estableciera como religión
oficial la religión católica, lo cual significa también el reconocimiento de
que el orden político está sujeto a la ética cristiana. De modo que se
trata de un orden político que está sujeto a una ética aparte a la propia
Constitución y a las leyes que emanen del poder público. Esta era,
digamos, la posición conservadora.
La posición liberal es diferente. Para el liberalismo se trata de la
organización de un modo de ser política soberano, y se entiende por
soberano que no reconoce ninguna otra autoridad o ningún otro poder
por encima del mismo.
De modo que el Estado liberal es aquel Estado que no tiene más ética
que su propia ley, empezando por la Constitución y las demás leyes
secundarias. Por lo tanto, en este esquema la relación con la iglesia se
16
entiende como una relación de subordinación, de continuar con el
Regio Patronato Indiano, como lo interpretaban los autores regalistas
del siglo XVIII y principios del XIX. En este sentido eran
profundamente conservadores, querían mantener el orden colonial.
Pero además aceptando la libertad de cultos. Es decir, la posibilidad
de que vinieran otras confesiones religiosas y se establecieran en el
país sujetas también al control del Estado, y por lo tanto como se trata
de un Estado soberano, ese Estado no reconoce ningún principio ético
por encima de la ley. Nada está por encima de la Constitución, y por
eso la Constitución se convierte en una especie de texto sagrado. Por
eso se habla de los derechos que consagra la Constitución, la
Constitución no consagra nada, simplemente establece, define ciertos
derechos.
Esta lucha, como todos sabemos, termina con la supremacía del
Partido Liberal, con la organización de un modo de ser político
soberano que se afirma como independiente de cualquier confesión
religiosa y de cualquier principio ético que no sea la propia
Constitución. Esto es, digamos, llevando las cosas a su más radical
sentido. Quizá no lo afirmaban de esa manera, pero está implícito en
la organización política liberal.
Este Estado liberal realizó una política que tuvo consecuencias muy
negativas en ciertos aspectos, fue propio del Estado liberal la
desamortización de los bienes de corporaciones eclesiásticas, pero
también civiles. Y esta desamortización significó el desvincular
muchas propiedades que eran de corporaciones eclesiásticas, no
digamos de la iglesia, porque no era la iglesia la propietaria de todo.
Sino que en la iglesia hay muchas personas jurídicas.
Y había los conventos, los seminarios, las universidades, los asilos,
los hospitales, que como personas jurídicas tenían sus propias tierras.
No eran todas tierras de la iglesia.
Bueno, todos esos bienes de corporaciones eclesiásticas se
nacionalizaron. Pero también los bienes de corporaciones civiles.
Corporaciones civiles como las comunidades de indios, como las
tierras de los pueblos de indios, como los bienes de corporaciones de
asistencia social, etcétera.
17
Esta idea de desvincular la propiedad de entidades colectivas con el
fin de trasladarlo a las personas privadas, para que fuera productiva, la
idea es hay que hace eficiente la explotación de la tierra, tiene que
circular los bienes de manos muertas.
Bueno, pues esta idea sirvió para que se formaron grandes latifundios.
De modo que ahora sí, hay pocos particulares que son propietarios de
una gran extensión de tierra y ya no se trata de corporaciones que
tienen un fin público, sino de individuos que son propietarios
particulares.
Entonces, esta fue una de las consecuencias del liberalismo, dio lugar
a la formación de grandes latifundios y todo mundo lo reconoce. Se lo
achacan a Porfirio Díaz, pero realmente no es problema de Porfirio
Díaz, es el problema de esta política liberal de desvinculación de la
tierra, de los grupos, de las corporaciones eclesiásticas y civiles.
Se da también por efecto del liberalismo, pues, la libertad en las tasas
de interés. Las tasas de interés habían sido del 6 por ciento anual. Eso
era la tasa de interés que establecía y que normalmente se aplicaba
en todo el mundo.
Cuando viene el liberalismo económico se decreta la libertad de las
tasas de interés. De modo que ya los que poseen el dinero, pueden
vender su dinero al precio que más les convenga, el precio son los
intereses.
El dinero se convierte en una mercancía sujeta a la ley de la oferta y la
demanda y, por lo tanto, aumentan las tasas de interés, lo que era
común que se prestara al 6 por ciento, ya con el liberalismo se presta
al 24 por ciento. Esto encarece el crédito, permite la acumulación de
dinero en pocas manos y el acceso a crédito queda muy restringido,
es también algo reconocido en la historia económica del liberalismo,
no solamente en México, sino en general, en el mundo.
Se da también un fenómeno de incipiente industrialización que lleva la
formación de los grupos de trabajadores, habiéndose previamente
extinguido los gremios, las corporaciones de artesanos independientes
con su propia empresa, etcétera.
18
Se da también una exaltación de los derechos individuales. Todo esto
es visto, en cierta manera, como progreso, es que el que es pobre no
progresa porque no quiere, que se ponga a trabajar y progresará.
Si realmente ejerce sus derechos individuales podrá salir de la
situación en que está. Esa es la maravilla del liberalismo, que cada
quien trabaje, que cada quien haga el esfuerzo, que entre todos
compitamos y así se podrá tener un mejor aprovechamiento de los
recursos naturales, ésta es la idea liberal.
Los católicos se dieron cuenta que esto producía pues un problema,
problema que, entonces, llamaron el pauperismo y el pauperismo
significaba la miseria o la pobreza, pero no la pobreza que siempre ha
existido y que siempre existirá, sino una miseria como
institucionalizada, una miseria que es resultado de la organización o
desorganización social.
Pudieron ellos hacer una crítica al pauperismo y ¿cómo es que
pudieron hacer esto? Pues, porque reconocían que aparte de la
Constitución, aparte de la legislación liberal, existen principios de una
ética que es independiente y que tiene su propia validez, aunque no la
reconozcan las leyes.
Ellos volvieron a la ética cristiana y así se desarrolló la doctrina social
cristina moderna, digamos, de la época moderna, a partir de la rerum
novarum, que es la doctrina social cristina, simplemente, aplicación de
los principios de ética cristina a la organización social y a los
problemas sociales.
Gracias a esta referencia a una ética independiente del poder del
Estado, se da por una parte, la formación de una doctrina de
organización social, se da la posibilidad de criticar el orden social
existente y se da en México un esfuerzo sostenido y organizado para
difundir la doctrina social en México.
Este esfuerzo que se da, principalmente a partir del año 1892 y
durante los años del siglo XX, hasta 1914. Pues es un esfuerzo que da
muchos resultados, hay una serie de congresos, hay una cantidad de
publicaciones, hay movimientos sociales, círculos católicos obreros,
19
hay asociaciones de estudiantes, llega a la formación del partido
católico nacional, hay una liga agraria.
Todo esto es resultado de la difusión de esa doctrina social de la
iglesia. Qué es lo que hace esta doctrina, pues por una parte critica el
sistema liberal, qué es lo que critica del sistema laboral, pues son
muchas cosas, pero por una parte, con una crítica que pudiéramos
hacer válida hoy, critica el pauperismo, es decir la miseria resultante
de las instituciones, y cómo es que puede criticar el pauperismo si está
consagrado en la constitución el principio de la libertad económica y la
libertad de asociación y la libertad de las tasas de interés, etc.
Pues porque hay un principio que habla de la dignidad de la persona
humana y ese principio indica que toda persona debe tener los medios
necesarios para vivir dignamente y conforme a ese principio vemos
que esta realidad no está bien, de modo que por su referencia a la
ética lo critican y lo critican de manera muy acertada, dicen: este
sistema ha permitido la formación de grandes corporaciones, grandes
corporaciones que concentran la riqueza, capaces de imponer precios,
imponer salarios, grandes corporaciones que limitan la concurrencia,
que incluso dominan a los gobiernos, hay que salvarlos cuando tienen
problemas.
Este sistema ha dado lugar a la acumulación de riqueza en muy pocas
manos, en contra del principio universal de los bienes, o sea, es una
crítica que podeos repetir hoy, está pasando exactamente, si no
exactamente, está pasando lo mismo en las circunstancias actuales.
Otro de los puntos importantes de esta crítica que también es válida
hoy, es que reduce el progreso humano al progreso meramente
económico, el liberalismo simplemente lo que procura es la eficiencia,
el mejor aprovechamiento de los bienes, que haya más utilidades y si
vemos como se mide la economía actualmente es con el mismo
rasero, la economía crece cuando produce más bienes, no cuando
satisface más adecuadamente las necesidades humanas, sino cuando
produce más bienes.
Cuando nos dicen que la economía está bien es porque estamos
produciendo más aunque no se satisfagan las necesidades, una
economía que realmente se oriente a la satisfacción de las
20
necesidades humanas, podrá decir que crece cuando hay menos
analfabetas, cuando hay menos pobres, cuando hay menos personas
sin asistencia social, cuando hay menos personas sin trabajo, pero no,
aquí la economía es producir más y el que produzca más ese va bien.
Cómo es posible entonces hacer esta critica pues por deferencia a un
principio de la ética, de que el hombre no solo es materia, el hombre
tiene un espíritu y ese espíritu está destinado a la vida eterna y por lo
tanto la sociedad es el medio para que el ser humano alcance su
desarrollo material y también alcance su vida eterna.
Esta deferencia a la ética no solamente hizo crítica del sistema liberal
sino que también hicieron unas propuestas de reformas concretas, la
idea de los pensadores en esta época es hay que reorganizar todo el
orden social para fundamentarlo sobre principios cristianos, es una
idea general, pero señalaron cosas en concreto que después fueron
recogidos por el movimiento revolucionario y por la misma constitución
de 1917.
Toda la cuestión de la relación de los trabajadores con las empresas,
fue tratada con profusión, con detalle, con profundidad, en estos
congresos católicos, semanas católicas, hojas de propaganda católica,
etc., ahí se habla de la jornada máxima de trabajo, de días de
descanso, condiciones de higiene y seguridad, de salario suficiente
para el trabajador y su familia, de reparto de utilidades, de solución de
las controversias mediante arbitraje laboral.
Se habla también de los principios de armonía del capital con el
trabajo, también se ocuparon de los problemas agrarios y ahí hablaron
de la necesidad del reparto agrario, de fraccionar los latifundios para
fomentar la propiedad privada, de la necesidad de restituir a los
pueblos de las tierra que habían tenido y que la reforma les quitó, de la
necesidad de capacitar a los indígenas para el trabajo, de la necesidad
de ayudar a los indígenas en su situación social.
Aquí hay una cosa interesante que creo que es un valor en México y
que ha sido despreciado y se decían estos: se habla de que los
hacendados tienen obligaciones respecto de los indígenas
principalmente, de los campesinos, pero principalmente los indígenas
y tienen obligaciones de ayudarlos a evitar la embriaguez, de
21
ayudarles a evitar la usura de las que son muchas víctimas, de evitar
los sistemas de raya, que se han explotadores de los indígenas, de
ayudarlos a que tengan asistencia social, a que tengan escuelas, a
que tengan trabajo, a que tengan vivienda digna y alguien podrá decir:
política asistencialista, le quieren dar por caridad lo que les
corresponde por justicia, pues política asistencialista, pero si se lleva a
cabo es un gran bien y en muchas haciendas se llevó a cabo.
Por eso no conviene quedarnos con la idea esa de que el hacendado
era necesariamente un explotador. El hacendado también seguía
muchas veces este principio de una política cristiana o de un trato
cristiano hacia sus propios jornaleros.
Quiero para que se vea el contraste señalar lo que ocurrió en
Australia, en la misma fecha, los mismos años, en Australia la
población indígena eran considerados como animales, no eran
considerados ciudadanos, sino fauna, hasta 1978.
Bueno, a los indígenas aborígenes australianos, esa época, en la
segunda mitad del Siglo XIX, dijeron: es imposible civilizarlos, no
hagamos esfuerzos por ellos, no nos encarguemos, no impongamos
obligaciones, vamos a hacer una cosa, vamos a mandar brigadas a las
zonas donde hay aborígenes para recoger a los niños menores de
cuatro o de cinco años y a todos esos niños los traemos y los
insertamos en instituciones educativas para que se adapten, para que
aprendan el inglés y sepan vivir como personas civilizadas.
Bueno, esa fue la política. En cambio, la política hacia los indígenas
que trajo aquí los misioneros españoles, era una política de que el
misionero va al lugar donde están los indígenas, se adapta a su vida y
los va a acercando poco a poco, no los saca de su entorno.
Y esta misma política que se tenía para los misioneros, para los
encomenderos, se seguía de algún modo para los hacendados, que
hubo abusos, hubo abusos, pero no hay que descartarla
inmediatamente como algo totalmente negativo.
En fin, estas ideas de reforma en el trabajo, de reforma en la
propiedad agraria fueron recogidas por la Constitución en los Artículos
120 y el Artículo 27 Constitucional.
22
Creo que se pueden tomar algunas conclusiones, es simplemente un
panorama, no puedo entrar en muchos detalles, pero hay una cosa
importante, la referencia que tienen los mexicanos o las personas, los
pensadores a una ética cristiana permitió la crítica de liberalismo
económico que no conoce más ética que la ley, eso es algo que hay
que mantener.
Otra conclusión, la difusión de la doctrina social de la iglesia movió la
opinión pública en ese sentido de la responsabilidad que tienen todos
por el bien de todos y la responsabilidad de promover el desarrollo de
los grupos más vulnerables, concretamente de los obreros y de los
indígenas y de los propietarios del campo.
Entonces, todo este movimiento de opinión pública fue recogido por la
revolución y fue incorporado a la Constitución en los Artículos 123 y
27, es algo que tenemos que reconocer como algo propio, es una
aportación importante de la iglesia mexicana o de la vida de los
católicos en México.
No podemos dejar que se nos diga que la iglesia mexicana
simplemente fue retardataria, que simplemente estaba de lado de los
hacendarios, que simplemente apoyaba el régimen de Porfirio Díaz, no
es verdad.
Todo este movimiento de reforma social permitió que se hiciera esta
reforma a favor de los trabajadores y a favor de los indígenas. Los
medios de difusión que tenía la doctrina social de la iglesia eran
muchísimos mayores, muchos más amplios que los que tenía el
partido liberal o los partidos anarquistas, que lo que tenía Flores
Magón o los que tenían los otros pensadores de este tipo.
Otra conclusión es que la preponderancia del estado laico continuó,
aquí no hubo progreso. Entonces, el mismo estado laico que se
impuso se volvió a imponer y este estado laico que no reconoce una
ética está de nuevo presente en la Constitución de 1917, ahí incluso
se habla de la soberanía del Estado respecto de las iglesias, de modo
que se establece que el Estado tiene un poder para gobernar la vida
de las iglesias.
23
La Revolución, en muchos aspectos fue mucho más agresiva en
contra de los derechos de la iglesia que lo que fue la misma Guerra de
Reforma y la misma Constitución de 1857.
Como se establece un Estado laico, y ese Estado laico es el que
convoca a la Constitución, al Constituyente de 1917 se excluyó
expresamente la participación de todos aquellos pensadores que
hubieran estado ligados al Partido Católico Nacional. De modo que se
excluyó a todos aquellos que promovieron esta toma de conciencia
social, se los excluyó del Constituyente de 1917.
Sin embargo, no obstante excluidos sus ideas quedaron en el Artículo
27 y en el Artículo 123.
Quisiera terminar con una prospectiva, es decir, ante las voces
actuales que pretenden reestablecer el concepto de Estado laico en el
sentido de un Estado que no está sujeto a ninguna ética, sino
únicamente a la ley. Así lo dijo un Secretario de Gobernación. El
Estado no tiene más ética que la ley, y lo acaba de decir el Regente de
la ciudad de México: El derecho está por encima de la ética. No
podemos dejar que esto cunda, no podemos dejar que esto se afirme
impunemente. Tenemos que mantener la referencia a una ética.
Creo que para que esa referencia sea más efectiva conviene
desvincular la ética de la fe, y hablar de una ética natural, de la ley
natural la cual es el fundamento común de la ética cristiana, pero
también de la ética musulmana o de la ética judía, incluso de la ética
de las grandes religiones orientales.
Mantener esa referencia a una ética es condición indispensable para
poder criticar el sistema vigente, para poder tener una salida a aquello
que en un momento dado no sea adecuada, para poder mantener la
idea de justicia como un ideal de lucha y no simplemente como un
sometimiento a la legislación que impone el Estado liberal con el
supuesto apoyo de las mayorías.
Muchas gracias.
Sr. Mario Ángel Flores Ramos: Escucharemos ahora una tercera
participación. La doctora Martha Eugenia García Ugarte, que nos
24
hablará de las disputas iglesia-Estado por la publicación de los
decretos de tolerancia y libertad religiosa en torno al siglo XIX y la
primera parte del siglo XX.
Es doctora en Historia por la Universidad Iberoamericana. Ejerce la
docencia a nivel superior y postgrado en la Facultad de Estudios
Superiores de la UNAM y el Instituto Mora.
Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, a nivel tercero.
Realizó un estudio sobre el estado de Querétaro, analizando a los
hacendados durante el siglo XIX.
Desde hace algún tiempo desarrolla investigaciones en torno al
liberalismo y la iglesia católica en México del periodo 1831-1840.
Analizando las relaciones establecidas entre los liberales, los
conservadores y la jerarquía católica en la Arquidiócesis de México.
Entre sus publicaciones están “Pelagio Antonio Labastida y Dávalos,
Obispo de Puebla y Arzobispo de México. Un acercamiento
biográfico”, “En guía de fondo de Pelagio Antonio Labastida y
Dávalos”, “El liberalismo y la iglesia católica en México 1821-1856”,
publicado por el IMDOSOC.
Coordinó con René de la Torre el texto de “Los rostros del
conservadurismo mexicano”, y con Margarita Moreno Bonet “La
génesis de los derechos humanos en México”. Además de numerosos
artículos en revistas especializadas.
Realiza actualmente una investigación sobre la figura y pensamiento
del Arzobispo Labastida y Dávalos.
También se desempaña como investigadora titular C, definitiva en el
Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM. Escuchamos a la
doctora.
Sra. Martha Eugenia Flores Ramos: Muy buenas tardes ya, me
sumo al agradecimiento a los organizadores, al padre Casas García y
a los demás, y al padre Casas García, porque tuvimos un encuentro
25
efímero en el archivo del Vaticano bastante interesante, él sabe a lo
que me refiero.
Por lo demás, estoy como en una situación bastante interesante,
porque me presidieron dos juristas, historiadores, amantes de la
historia y tengo la fortuna o la desfortuna o la mala fortuna de que
siempre estoy en lado contrario, sobre todo, cuando empiezo temas de
investigación.
Acabo de terminar –platicaba ahorita con Jorge- un tema que me llevó
más de 10 años. De hecho, Liberalismo, Iglesia Católica, lo publiqué
en 1999, fue el primer acercamiento a un personaje que es fascinante
y que según Jorge se lo robé y sí, lo robé y lo confieso y estoy feliz de
haberlo robado, que es don Antonio de Labastida y Dávalos.
Es muy interesante, porque a la hora que lo escuchaba y sobre todo,
esto de las haciendas, todo el papel que jugó el arzobispo de México
regresando de su segundo exilio, pero eso sería cambiar el tema,
seguro que sería más fascinante porque lo platico más rico, ¿por qué?
Porque es mi tema ahorita y éste es un tema que apenas acabo de
empezar y tiene que ver con la idea de continuar la influencia de don
Pelagio más allá de su época, pero, bueno.
Preparé una introducción un poquito larga para dar una visión general
y luego ya, detenerme un poquito en la etapa primera de la Revolución
y que la mirada, me parece que es un poquito diferente a lo que
usualmente se dice, porque veo los procesos no desde la población,
no de los liberales, sino de los obispos en turno.
Les voy a leer y después les cuento, porque contado es mucho más
bonito que leído.
“Las relaciones iglesia-estado en México durante el siglo XIX, no se
puede hablar del siglo XX. Perdón, interrumpí la lectura, de la
Revolución Mexicana sino se inserta en el proceso del porfiriato y en
general, del Siglo XIX.
Fue tan importante la reforma liberal y la defensa que se hizo desde
1833 hasta 1874, en esa espléndida carta pastoral colectiva de los
26
obispos que se adjudicaron el padre Alcalá y el padre Limón, no se
puede hablar del siglo, primero XX sin hablar de estos años.
Entonces, mi idea es presentarles el texto cuando se publique, si se
publica habla del siglo XIX e introduce lo del siglo XX. En este sentido,
es un poquito pesado y bastante largo, por eso escribí una
introducción pensando que no iba a poder estar y que alguien lo iba a
tener que leer.
Entonces, aclarado eso: “Las relaciones iglesia-estado en México
durante el siglo XIX, se encuentran insertas en el centro de dos
preocupaciones centrales: obtener el patronato real y definir la
tolerancia religiosa. Se trata de objetivos históricos inmersos en la
problemática de la construcción del estado y de una iglesia autónoma,
independiente, fueron definidos en momentos de gran controversia
ideológica y profunda transformación de la sociedad mexicana en
general y de la mentalidad católica, en particular.
En algunos casos, las diputas precedidas de una guerra de papel,
desembocaron en la violencia armada, en otros, las discusiones
subidas o no de tono, fueron asumidas por los cuerpos legislativos y
registradas e interpretadas en leyes y decretos que fueron, a su vez,
sujetos a debate.
Cada uno de los objetivos ha tenido su momento histórico, el primero,
el de obtener el reconocimiento del derecho a la nación a heredar el
patronato real que disfrutaban los reyes de España, ampliamente
abordado por el padre Alcalá, concluye al momento del triunfo liberal
sobre el imperio de Maximiliano en 1867.
El último intento de establecer un concordato con la Santa Sede es el
de Maximiliano, a partir del triunfo liberal del 67, el asunto dejaría de
ser un motivo de preocupación para el gobierno.
El segundo objetivo, el de la definición de la tolerancia religiosa y estoy
clara por qué uso “tolerancia”, tuvo una trayectoria azarosa y fue
adquiriendo diferentes matices desde la primera vez que fue planteado
en las discusiones del Congreso Constituyente de 1823-1824, la
discusión que suscito en 1831, la publicación de un político que no es
mexicano, pero que representa al país en Londres, 1825 ante su
27
majestad británica, Vicente Rocafuerte, la defensa que hace José
María Luis Mora de la necesidad de definir la tolerancia en 1835
cuando ya había perdido una reforma, la primera reforma liberal en el
Congreso de 1842 se vuelve a discutir la necesidad de establecer un
decreto sobre la tolerancia en 1848 inmediatamente después de la
derrota y los tratados de paz frente al ejército invasor de los Estados
Unidos en 1856-1857 durante la celebración del Congreso
Constituyente en la discusión del famoso Artículo 15 que finalmente
desapareció de la constitución, hasta este momento se tiene una
definición apegada a la necesidad de la inmigración extranjera.
Cuando finalmente se publica el decreto de tolerancia por primera vez
en el país, el 4 de diciembre de 1860 previo al triunfo de los liberales
sobre los conservadores en la Guerra de Reforma ya se tiene un
acercamiento diferente.
La definición de tolerancia entendida como libertad de cultos ha sido
acompañada de conflictos sociales desde el momento de su definición
hasta la actualidad.
También es cierto que esa conflictividad tuvo diferentes compañías de
1870 a 1910, la tolerancia se acompañó con la difusión masiva del
protestantismo en las diferentes regiones de la república, la disputa
entre el estado y la iglesia católica y las religiones protestantes en
particular de los metodistas por el control de la educación, la fundación
y proyección de las asociaciones masónicas a partir de la década de
los 70s y los conflictos entre los funcionarios civiles, municipales y
estatales con la jerarquía católica en su correspondiente nivel,
párrocos y obispos.
De 1910 a 1940 con la exacerbación de los sentimientos anticlericales
de los revolucionarios mexicanos y la presencia de una jerarquía
católica ultra montana por primera vez en el país, que añoraba llevar a
cabo las gestas heroicas de la segunda generación de obispos del
Siglo XIX, los grandes, los conflictos entre la iglesia católica y el
estado, interrumpieron en forma violenta.
En ese contexto se definió el contenido de la Constitución Política
formulada en Querétaro en 1917 y la defensa católica de la libertad de
28
su iglesia que derivó en el movimiento armado católico en contra del
gobierno del General Plutarco Elías Calles en 1926.
El movimiento armado católico dividió a la iglesia, a los pastores y a
los laicos y dejó debilitada la institución frente al estado y frente a la
sociedad, el proceso de recuperación apenas iniciado en 1940 tomó
un largo período, sus secuela todavía podían sentirse en la etapa
posterior al Concilio Vaticano II y después de la publicación de los
documentos de la Conferencia Episcopal Latinoamericana celebrada
en Puebla en 1979 bajo los auspicios del pontificado de Juan Pablo II.
La jerarquía católica en cada uno de los momentos históricos
mencionados identificaba que las reformas eclesiásticas que se
pretendían llevar a cabo desde 1825 hasta 1917 tenían el propósito de
fortalecer al estado en detrimento de la institución religiosa.
En su defensa de la libertad y autonomía de la iglesia tan seriamente
atacada durante los tres procesos reformistas llevados a cabo en el
país, el de 1833, 1834, 1856, 1874 y 1910, 1917 los obispos
rechazaron con energía y pasión las propuestas que afectaban de
manera directa su inserción en el espacio público, su estabilidad
económica o eclesiástica y también el orden social católicos y
principalmente sus valores y cultura.
Sin embargo llama la atención que el proyecto ley sobre tolerancia
religiosa que se concebía como parte integral de la democracia y el
sistema político que buscaba garantizar las libertades individuales, no
formara parte del primer proyecto reformista, incluso a pesar de que la
materia derivó en una de las discusiones más apasionadas del
Congreso Constituyente de 1856, no formó parte del paquete de
reformas del primer período de gobierno del Plan de Ayutla, ni de las
conocidas leyes de reforma de 1859. El decreto que establecía la
tolerancia de religiosa fue promulgado el 4 de diciembre de 1860, poco
antes del triunfo liberal sobre el grupo conservador.
Para entonces la percepción que se tenía sobre la tolerancia religiosa
se había modificado, ya no se presentaba vinculada o vinculado el
decreto a un proyecto de colonización como todavía lo hizo o se hizo
en el Congreso Constituyente de 1856, el decreto de diciembre de
1860 asentaba la primacía del Estado sobre todo culto y la separación
29
iglesia-estado, derogaba la inmunidad eclesiástica e impulsaba la
instalación de otras expresiones religiosas.
Bajo su lógica se fomentó la formación de una iglesia mexicana
nacional sin vínculos con la Santa Sede, y el establecimiento de
escuelas oficiales que transmitieran una educación laica.
Siguiente a ese postulado, el inicio del gobierno de Benito Juárez en
1861, se suprimió la enseñanza religiosa y confesional, mientras se
establecía o se deseaba establecer un sistema de educación pública
positivista y cívica, moral, civil, el catecismo de Nicolás Pizarro, las
obras de Nicolás Pizarro, publicadas por la UNAM por cierto, eran
parte vital de esta formación, por esas vías sumadas al
establecimiento del Registro Público se pensaba que se terminaría de
dominar al clero católico y sobre todo transformar la mentalidad del
ciudadano mexicano, se desprendería de los valores de la catolicidad
que la ataban al pasado y adoptaría los nuevos valores cívicos que
permitirían insertar al país en la tan añorada modernidad.
A partir de la época de los 70´s, del Siglo XIX, porque los 70´s del
Siglo XX también fueron fascinantes, como se veía en la ponencia del
doctor Schmal, ya lo vamos a doctorar, cuando efectivamente la
difusión protestante en la década de los 70´s del Siglo XIX, cuando
efectivamente la difusión protestante, la educación oficial y la
Constitución de la Iglesia de Jesús que cristalizaba el proyecto de
fundar una iglesia mexicana y la formación de las logias masónicas se
extendían por todo el país, los liberales más radicales empezaron a
considerar que la apertura del país a otros cultos posiblemente había
sido un error.
Ninguna sospecha causaba en su momento escuchar a Ignacio
Ramírez, el nigromante sostener que la Iglesia de Jesús o la Iglesia
Episcopal Mexicana era la alternativa que tenía el gobierno de México
para liberarse de la influencia de la iglesia católica y también de la
fragmentación protestante.
Proponía que en el país debería de haber y cito, porque es fascinante
viniendo del nigromante, “Una verdadera iglesia que sin dejar de ser
católica-cristiana, llenara las aspiraciones del pueblo garantizando su
acatamiento y obediencia a las leyes del supremo gobierno de la
30
nación, debemos seguir el ejemplo de Inglaterra, pues se hace
necesaria la reforma religiosa, pero al referirnos a ésta no queremos
en México que se admita como tal un movimiento protestante, no mil
veces no, esto sería aumentar el mal, el protestantismo en México es
un parásito infecundo, es un sistema extranjero introducido en el país
como negocio mercante”. Está hablando el nigromante, ¿no?
Quiero decir que la Iglesia de Jesús cuando regresa el Obispo
Labastida en 1871 tiene la desgracia de saber que uno de los
canónicos el padre Aguas, del arzobispado de México se convierte a
esta religión, hace una diatriba increíble, también el padre Palacios,
hay varios sacerdotes del arzobispado de México que se pasan a esta
religión y es cuando a partir de 1872 empiezan a visitar todas las
parroquias del arzobispado de México que entonces no era este
arzobispado, era mucho más grande a pesar del fraccionamiento de
1863, se dedican a recorrer todo el arzobispado y empieza en ese
momento en 1872 a 1874 una presencia más fuerte de los
protestantes, continuamente la correspondencia de los párrocos al
arzobispo es: ¿señor qué hacemos? Ya no eran tácticas prudentes, ya
eran mucho más agresivos los protestantes, sobre todo los del padre
Aguas y el padre Palacio y mandaban continuamente cartas a los
párrocos diciendo ustedes curan almas, ustedes se tienen que
convertir, no puede estar al servicio de estos obispos, por supuesto el
arzobispo excomulgo al padre Aguas, pero la difusión de la Iglesia de
Jesús continuó todavía hasta principios del siglo XX cuando se divide,
por cuestiones de autoridad se hacen anglicanos, es un proceso muy
interesante, pero que no viene al caso. Pero para que tengan una idea
de lo que era la Iglesia de Jesús y el impacto que tuvo en la expansión
del protestantismo en la Arquidiócesis de México.
Ante el ataque sistemático a los valores tradicionales de la catolicidad
durante el gobierno de Sebastián Lerdo de Tejada la jerarquía católica
se vio obligada a diseñar un proyecto pastoral que permitiera
recuperar su presencia social, revitalizar la vida cristiana y recursar la
educación católica de la juventud y la niñez, que era disputada por las
escuelas protestantes y las oficiales.
Al margen de las diversas actitudes que tomaron los obispos frente a
la expansión protestante quiero decir que la tolerancia religiosa se
instaló en el país en medio de conflictos locales y en ocasiones con la
31
protección del Estado, así sucedió en Querétaro y en otros lugares del
país.
Bajo la cobertura del Decreto de Tolerancia Religiosa pedían la
protección del Estado, porque eran apedreados, eran perseguidos.
Esto no ha terminado, recientemente, sobre todo con la población
inmigrante de Estados Unidos cuando regresan a localidades si son
comunidades rurales o indígenas, que tienen un código de usos y
costumbres, hay un conflicto social muy fuerte, porque los inmigrantes
regresan con una religión distinta a la católica, porque cuando emigran
los que los acogen son los protestantes. Esto ya fue identificado por la
iglesia católica. De hecho el seminario que existe en este momento de
estudiantes, de seminaristas de Estados Unidos un poco como
preparar la acogida a estos inmigrantes.
Pero cuando regresan a las comunidades, como con una visión
diferente enfrentan a sus propios compañeros de vida, y entonces se
vuelven las famosas expulsiones, la creación de nuevos grupos, como
el caso que se dio en la montaña de Guerrero, no tan tarde como hace
cinco o seis años.
Pero también al mismo tiempo de que se dan estos conflictos por la
implantación del protestantismo, también surgió que de eso se trata la
tolerancia, de abrir el país a nuevas expresiones religiosas y no sólo a
la católica, pero también este proceso, esta sería de conflictos en el
siglo XX, principios del siglo XX surgió una nueva catolicidad, una
generación de católicos dirigidos por una jerarquía joven bien formada
y apegada a las disposiciones pontificias, quienes tomarán la defensa
de la iglesia desde la nueva plataforma política definida por el Papa
León XIII en su encíclicas inmortale dei sapiencia cristiane y reru
novarum.
Pero sobre todo quiero decirles que la disposición de León XIII en
1885 de que el católico participe en los puestos públicos ya había sido
definida por el arzobispo Labastida en 1875, 1876 y lo logra en 1877,
en el sentido de que como habían las Cartas Pastorales de todos los
obispos, habían condenado con la excomunión a todos los que
juraban la Constitución o que juraran las nuevas disposiciones de las
reformas que introduce Lerdo de Tejada. Entonces el obispo Labastida
se preocupa porque la catolicidad iba a quedar fuera del gobierno.
32
Creo que este es un aspecto que en la historia le hemos dado poca
atención.
Entonces dispone, busca el apoyo de Pío Nono, en el momento en
que Pío Nono está recluido en el Vaticano y negado a todo diálogo con
esos estados liberales que tanto daño le están haciendo la iglesia.
Pero el arzobispo Labastida en este momento dice: No, el católico
tiene que participar en los puestos públicos, tiene que estar en los
congresos, tiene que estar en los gobiernos locales y tiene que estar
en los municipios, que ya estaban siendo ocupados por gente que era
protestante.
Entonces en este momento que el decide manda una protesta a Roma
para que se la aprueben y pueda ser apoyada por todos los obispos, si
viene de Roma era ortodoxa la propuesta y lo único que agregó era
que el católico podía asumir los puestos siempre que hiciera
mentalmente el propósito de defender y luchar por el bien de la iglesia
en la medida de sus posibilidades. Si no entraba en esa medida de
sus posibilidades su conciencia podía estar tranquila y los obispos no
los podían excomulgar.
El Vaticano tiene una serie, una ristra de documentos de todos los
católicos que se sentían lastimados en su conciencia, por haber
adquirido los bienes de la iglesia en 1856, desde canónigos hasta
hermanos de religiosas, etcétera.
Pero en este momento dicen: nosotros no queremos ya más
excomuniones y esto es lo que hace el arzobispo Labastida, es
exactamente la estrategia que va a proponer León XIII en 1885. No
importa que sean estados liberales, pero tienen que entrar para
espirarle el espíritu católico. Esto lo hace Labastida desde 1800,
bueno, empieza a funcionar en todo el país, desde 1877.
Posiblemente, esa discusión, el contemporáneo, hay un artículo
estupendo de Alan Nike, en torno a si el porfiriato fue liberalconservador o fueron conservadores liberales tenga que ver con esto.
La política de conciliación de Díaz con la iglesia, también tiene que ver
con esto.
33
El arzobispo Labastida, supuestamente distante por la separación
iglesia-estado, estaba perfectamente al tanto de todo lo que fraguaba
el gobierno antes de que se saliera de las oficinas públicos, por los
católicos que estaban en las posiciones importantes.
Creo que este es un estudio que tenemos que realizar y como creo
que ya me va a tocar, me parece que ya van a ser los cinco minutos,
les termino contando la historia más fácilmente.
Efectivamente, cuando muere el señor Labastida que tenía el control
de la iglesia, yo creo que León XIII se sentía profundamente
indignado, porque desde 1888 quiere organizar el Concilio Prenario
Latinoamericano y le pide a Labastida, que organice las juntas
provinciales en México y Labastida le dice: na, nai, y no pudo.
Y junto a Labastida todo el equipo pastoral, o sea, todos los obispos
del país le dicen a León XIII: no, nos ha costado mucho la conciliación
para venir a perderla por una reunión que puede asustar al gobierno,
que es lo que va a sostener después el arzobispo de Oaxaca Rojio
Bilo de los que sobreviven a la Revolución.
Entonces, ¿qué es lo que hace? Cuando muere Labastida, la iglesia
pierde el control, que es la única etapa en que cuenta con una
dirigencia nacional hasta 1856 los obispos y Brian lo dice en un
artículo, incluso, que no recuerdo dónde, están dispersos, toman
acciones diferentes.
Pero hasta 1856, los obispos tenían una orientación muy ortodoxa,
pero a partir de la ley desarmortización es el caos, el obispo Espinosa
en Guadalajara dice: señores, pobres católicos, permitamos y llega
acuerdos con ellos, cuando la santa sede estaba diciendo que no.
Entonces, el gran amigo de él, Pedro Barajas y el delegado apostólico
Clemente, le dice: señor Espinosa usted está fuera, eso no está
permitido. Entonces tiene que, reconciliar, reconsiderar –mejor dichosus posiciones frente a esto.
Realmente, la reforma liberal, sobre todo la ley, la primera que afectó
los bienes de las corporaciones civiles y religiosas, generó un conflicto
34
muy serie en la conciencia de los católicos, tanto de los laicos como
de la iglesia.
Luego ya con la ley del 59, pues ya fue, el efecto fue mucho más
drástico, pero la santa sede se ve obligada a cambiar de política, al
punto que cuando en 1909 se va elegir el suceso en el arzobispado de
México, se decide que ningún antiguo puede ser electo. Con eso se
elimina al arzobispo de Oaxaca, al de San Luis Potosí que no tenía
ninguna posibilidad, porque era muy insidioso, pero se escoge a José
Mori del Río, que no era el candidato para el momento y ahí es el
último inciso del estudio en donde se ve cómo fue que lo empiezan a
participar desde 1912 en Puebla, cuando se va a formar, se forma un
partido católico y luego, como el arzobispo de Michoacán y el de
México, deciden que hay que concentrar todas las fuerzas e impulsar
el partido católico.
Pero lo que es notable desde 1902 hasta 1914, cuando sale el
arzobispo José Mora del Río, es la influencia que tuvieron los
delegados apostólicos en el país, no en balde durante todo el siglo XIX
los obispos se negaron a tener delegaciones apostólicos, porque
asumían que era el Papa mismo, incluso, decía el arzobispo de la
Garza, el más moderado de los obispos en el siglo XIX, a mediados
del siglo XIX, incluso, se sentía más que el Papa mismo.
Entonces, sí realmente la Revolución Mexicana es un proceso muy
interesante porque nos presenta una jerarquía joven que quería ser
más grande que lo grande del Siglo XIX, una tarea que se propusieron
enorme y no lo consiguieron, el desastre de Huerta como se mide,
como se mide del apoyo desigual, irregular sí afectó a la iglesia y lo
más grave es que de José Mori del Río, la denuncia de que sí había
financiado el levantamiento contra Madero llegaron por medio de las
cartas del mismo delegado apostólico.
Entonces realmente es una etapa que tenemos que revisar de nueva
cuenta, igual creo que es preciso revisar la formación del partido
católico pero en las parroquias, nos hace falta hacer una investigación
a nivel parroquial que nos de la presencia, porque sabemos como
pensaban los líderes del partido católico, es impresionante, sus juntas
están muy detalladas, la correspondencia con los obispos es hermosa
porque eran dueños de hacienda la mayoría, eras gente de propiedad
35
y de trabajo, pero cómo pensaban los que estaban abajo en las
comunidades parroquiales que eran estimuladas por los párrocos y los
obispos, excepto el de Yucatán que dijo: yo no me meto en eso porque
no puedo y no lo hizo, todo lo demás sí.
Entonces esta presencia parroquial en la acción católica, política, la
del partido católico yo creo que la tenemos que reconstruir y creo que
ya me ajusté a los cinco minutos, muchas gracias.
Sr. Mario Ángel Flores Ramos: Agradecemos a nuestros
conferencistas por estas reflexiones, también por el rigor en el tiempo
que nos da oportunidad de dialogar con ellos algunos minutos más, ya
tendremos oportunidad de leer su aportación completa, pero ahora
podemos aprovechar indistintamente con alguno de los tres, alguna
pregunta, algún diálogo en torno a lo que hemos escuchado en torno a
este tema alrededor de los acontecimientos sociales de la Revolución
Mexicana y la presencia, la participación de la iglesia, si hay alguna
pregunta, que sea breve, directa y dirigida a alguno de los ponentes en
torno al tema que hemos escuchado.
Pregunta: Mi comentario es para los tres y es sobre la iglesia,
digamos ahorita qué podemos hacer nosotros por el derecho y por la
ética por así decirlo, nuestras normas son éticas fundamentalmente y
podemos tomar a partir de este momento de la iglesia los diez
mandamientos, más el mandamiento de amor del Nuevo Testamento;
de la época de la independencia los Sentimientos de la Nación, 23
artículos extraordinarios, de la Revolución Mexicana la constitución de
1917 y le agregamos la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre de 1948, son 30 artículos, en total 200 artículos que nos
pueden servir muchísimo, gracias.
Pregunta: Mi pregunta es dirigida al doctor Adame Goddard, ya se
había mencionado al principio de las conferencias el importante papel
que jugó la mujer, en este sentido yo quisiera recordar la Unión de
Damas Católicas Mexicanas, una organización que surge en 1912 y
dado que el período de su conferencia está enmarcada hasta el año
de 1914, yo quisiera preguntarle si usted tiene conocimiento de qué
estaba haciendo esta organización, cómo funcionó, apoyó o no apoyó
y en qué medida apoyó al gobierno de Huerta.
36
Sr. Jorge Adama Goddard: Bueno una observación respecto de la
primera intervención, entonces efectivamente creo que para mantener
la idea de una ética independiente del poder del estado, hace falta
sobre todo acudir a la ética natural por supuesto que pueden ayudar
los sentimientos de la nación, la constitución, etc.
En cuanto a los derechos humanos, los derechos humanos es lo que
es políticamente correcto y actualmente los derechos humanos tratan
de convertirse en la ética común de la humanidad, de modo que todo
se puede criticar desde el punto de vista si respetan o no respetan los
derechos humanos, pero en realidad no hay una idea clara de qué son
los derechos humanos y se trata además de una perspectiva
incompleta, porque la perspectiva ética es sobre todo de deberes, la
perspectiva ética significa solidaridad, deber de uno respecto del otro.
En cambo la perspectiva de los derechos humanos es excesivamente
individualista, yo exijo, a mí que me den, yo reclamo, yo ejercito mis
derechos, y no reconoce la responsabilidad yo doy, yo comparto, yo
aporto, yo pago impuestos, genero fuentes de trabajo, etc.
Entonces, por eso me parece que está bien, hay que aprovechar lo
que está aprovechable en la declaración de derechos humanos y en
esta teoría de los derechos humanos que es muy confusa, muy
ambigua, pero me parece que es primero importante reconocer la
idea de una ley natural, de una ética natural que no depende del poder
que está inserta en la naturaleza humana y común a todos los
hombres de cualquier credo, de cualquier raza, etc.
En cuanto a la pregunta concreta de la unión de damas católicas, sí
reconozco que tuve noticia de esa asociación no la he seguido en
detalle, pero según lo que recuerdo se trataba principalmente de
conseguir fondos para las obras sociales y las obras de beneficencia,
era básicamente eso hasta donde recuerdo. Pero es simplemente una
noticia, no puedo afirmar algún reconocimiento preciso sobre ello.
Pregunta: Para el licenciado González Schmal. La Constitución de
1917 que teóricamente pretendía continuar la del 57, se convierte en
una constitución que niega a la iglesia, pero la somete. Entonces,
entra en una paradoja jurídica que es finalmente la que va a generar el
37
conflicto inmediatamente posterior y hubo una evolución porque no era
el propósito de Carranza lo que luego derivó.
Entonces, quisiera que sí comentara un poco ese momento de la
conformación de ese orden jurídico del 17 que niega a la iglesia, pero
la somete.
Sr. Raúl González Schmal: En el proyecto de don Venustiano
Carranza, cuando convoca al Congreso Constituyente de 17,
efectivamente él asume la misma posición de la Constitución de 1857,
en cuanto a la separación de la iglesia y el Estado,
independientemente de que sea una concepción liberal o no la que
tenía la del 57, se reconocía la existencia de la iglesia católica. Y
entonces las leyes de reforma hablaban precisamente de separación
entre ambas instituciones, verdad.
En el Congreso del Constituyente, como la voz más, yo diría,
persuasiva los que hacían mayoría y también quizá los más
demagogos, pues echaron abajo esta parte del proyecto de don
Venustiano Carranza y en lugar de mantener por lo menos el principio
de la separación se mutó, se cambió por el de la sujeción de la iglesia
al Estado, pero no ya la iglesia como una persona moral, digamos,
sino simplemente a la iglesia como un grupo de facto.
Como sabemos también en la Constitución del 17 se suprimió la
personalidad jurídica de la iglesia, las asociaciones religiosas
denominadas iglesias carecen de personalidad jurídica decía el
Artículo 130.
Igual sucedió respecto a la cuestión de la educación. En el proyecto de
don Venustiano Carranza se establecía en su texto original que la
educación sería laica exclusivamente para las escuelas públicas.
Empezaba así, diciendo: habrá libertad de educación, pero será laica
para aquellas públicas, de tal manera que las escuelas privadas, las
escuelas no públicas había por supuesto una libertad de enseñanza
incluyendo la posibilidad de que la iglesia o las organizaciones
religiosas tuvieran escuelas, o bien escuelas laicas con posibilidad de
dar educación religiosa o instrucción religiosa.
38
En el Constituyente de Querétaro cambiaron también, echaron abajo
este proyecto de Carranza, y entonces establecieron la escuela laica,
pero la escuela laica tanto para las escuelas públicas como para las
escuelas privadas o escuelas oficiales y escuelas privadas. De tal
manera que con esto suprimieron la libertad religiosa o la libertad de
vocación y también la libertad religiosa, porque es una proyección en
las escuelas privadas.
De esta manera nos constituimos en el único país del mundo que
admitiendo o aceptando la educación privada prohíbe al mismo tiempo
la enseñanza religiosa en las escuelas privadas.
Entonces esto estuvo en vigor desde 1917 hasta 1992. El Artículo
Tercero de la Constitución ahí permaneció, aunque cuando llegó el
general Lázaro Cárdenas en 1934, un poco antes modificaron el
Artículo Tercero de la Constitución para establecer la educación
socialista, que también creó una serie de problemas y que cinco años
después fue nuevamente derogada esta disposición y regresó a la
escuela laica.
Ahora, en el Constituyente del 17 el laicismo no se consideraba
simplemente como una abstención, sino de cualquier creencia o de
cualquier instrucción religiosa, sino como una especie de
adoctrinamiento en la irreligión. Se dijo expresamente que no podían
considerar que el laicismo fuera simplemente una actitud de
neutralidad frente a las conciencias y frente a las convicciones
religiosas, sino tendría como propósito el destruir todos los fanatismos,
el destruir todos los prejuicios, el destruir toda la ignorancia que
produce la religión.
Esto lo dijo ni más ni menos quien era el autor del dictamen del nuevo
Artículo Tercero, que fue el general Mújica, que fue el jefe de los
radicales, que más intervenciones tuvo en el Constituyente.
Ya me pidieron hacer uso de la palabra y estoy otra vez en el abuso
de la palabra.
Pregunta: Aprovechando la intervención del doctor Schmal me uno al
doctorado que hace Martha Eugenia. Me gustaría preguntarle al doctor
Adame Goddard, este asunto de la ética natural me parece muy
39
importante, y me parece muy importante sobre todo con esta cuestión
que usted dijo de que el liberalismo económico no tiene más ética que
la ley. Me parece tremenda la ley y muy impactante, sobre todo
uniéndolo a lo que acaba de decir el maestro Schmal, porque creo y
creo haber entendido de su parte que esto ha derivado en la
actualidad en esta situación que estamos viviendo de falta de ética
total en todos sentidos.
Es decir, la educación laica, de la cual nos está hablando el doctor,
nos ha traído a no meternos en cuestiones éticas y mucho menos
morales, que es la práctica de la ética.
Entonces nos ha llevado a que no tengamos una buena conciencia o
pensar lo que ustedes mismo decía en el otro, sino en mí mismo nada
más, y eso es lo que vale porque es el individualismo.
¿Estoy entendiendo bien lo que usted trató de enfatizar cuando nos
dijo que es necesarísimo una ética natural?
Sr. Jorge Adame Goddard: Me parece que sí. De lo que es de
reconocer la existencia de principios de juicio, de reglas éticas que
tienen validez independientemente de la voluntad del legislador. No
podemos decir que la única ética es la ley. La ley es la ética mínima.
Por eso precisamente es coactiva. La mayor parte de los deberes
éticos no necesitan sanción coactiva. Es más cuando una sociedad
tiene que coaccionar y poner sanciones por incumplimiento de los
deberes éticos significa que es una sociedad en la cual la ética misma
se está devaluando y entonces es necesaria la coacción del estado.
Lo que se está viendo ahora, por ejemplo, en la formación de códigos
de ética; códigos de ética para el Poder Judicial, códigos de ética para
los funcionarios, códigos de ética, etcétera. Es simplemente poner
ciertas reglas de comportamiento, que las personas bien formadas
cumplen espontáneamente, ponerlos como reglas que, de alguna
manera, van a llevar a una sanción sino es jurídica es cuasi jurídica y
que llevarían, por lo tanto, a tratar de hacer todo coactivo, es más, yo
diría, a mayor cumplimiento de la ética mayor libertad y menor ley, a
mayor ética menor ley, a mayor ley menor ética.
40
Pregunta: Buenas tardes, es una pregunta para la doctora. Me
gustaría que ahondara un poco más sobre la relación que se da entre
la iglesia y el porfiriato. Gracias.
Sr. Mario Ángel Flores Ramos: Bueno, vamos a escuchar una vez
más la pregunta que no se comprendió y estamos también por llegar al
final de este diálogo con los participantes.
Pregunta: Si pudiera ahondar un poco más sobre la relación que se
da durante el porfiriato y la iglesia.
Sra. Martha Eugenia García Ugarte: Volvemos a empezar la
ponencia.
En realidad es una relación muy interesante, sobre todo, del arzobispo
Labastida. Cuando muere el arzobispo Labastida, yo creo que es muy
significativo en 1891 el cortejo fúnebre donde estaban todos los
funcionarios de Díaz, fueron, por supuesto, masacrados por la prensa
liberal, pero todos estaban presentes.
Y algo muy interesante, esto te da un indicador. Cuando en 1800, me
parece que es 1800, no me acuerdo, la encíclica de León XIII contra la
masonería, el arzobispo de México decide no publicarla para no
afectar la sensibilidad de don Porfirio.
Cuando don Porfirio se casa con Carmelita Romero Rubio, el
arzobispo la hace firmar un acuerdo, de que él es masón por
necesidades, pero, bueno, él no es, efectivamente, masón, es católico,
se puede casar por la iglesia.
Creo que había una excelente relación no solamente el arzobispo de
México, sino también el obispo de Oaxaca y también el obispo de San
Luis Potosí, Montes de Oca, de entre ellos.
Los jóvenes, los que empezaron a ser nombrados en la última década
del siglo XIX, los que fueron formados en el Pio Latinoamericano, los
que van a ejercer toda su fuerza política, organizativa y demás, desde
1902 hasta 1929. Todos ellos eran muy amigos antes de la Revolución
de don Porfirio Díaz.
41
A veces les pasaban informes de la situación política que había en las
regiones, o sea, había una muy buena relación, esto no implica, don
Porfirio nunca levantó las Leyes de Reforma, nunca desechó la
Constitución del 57 aunque gobernaba por un lado.
Creo que es una relación que hay que volver a revisar a partir de
documentos históricos y a partir de la participación de los católicos
como ciudadanos mexicanos, no como católicos, que eso va a
cambiar ya con los doctores de la iglesia, los obispos de la primera
etapa del siglo XX.
Ahí al contrario todo era católico, partido católico, organizaciones
católicas, la catolicidad se pone por delante, don Pelagio decía, no,
bajemos la catolicidad, pero, era un hombre muy pragmático, pero
logremos lo que deseamos.
¿Qué deseamos? Mayor respeto por la iglesia y entonces, se recupera
la estructura eclesiástica, se recuperan las libertades y la iglesia,
prácticamente, hacía lo que quería, bajo el concepto que ellos también
aceptaban y consideraban que era un atinado la separación iglesiaestado.
Sr. Mario Ángel Flores Ramos: Agradecemos la participación de
nuestros conferencistas en estas jornadas, su presencia en la
Universidad Pontificia y el señor rector, doctor Alfredo Vargas Alonso
entrega un reconocimiento por su participación, un pequeño detalle
también de parte de la Universidad. Muchas gracias a todos.
-0o0o0-