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Transcript
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección General de Publicaciones
(S-1549/08)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTÍCULO 1.- Rotulado nutricional de grasas insaturadas. Todo
alimento envasado que contenga grasas insaturadas deberá colocar
en forma clara, visible y legible en su rotulado nutricional el contenido
en gramos de las grasas insaturadas especificando la cantidad en
gramos correspondiente a los ácidos monoinsaturados y a los ácidos
poliinsaturados. En este último caso deberá aclarar la cantidad en
gramos correspondiente a los ácidos grasos omega tres (3) y a los
omegas seis (6).
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Salud de la Nación, o el organismo que
en futuro lo reemplace, es la autoridad de aplicación de la presente
Ley.
ARTÍCULO 3.- Las industrias dedicadas a la fabricación de los
alimentos mencionados en la presente Ley tienen un plazo de cinco
(5) meses desde la entrada en vigencia de la misma, para dar
cumplimiento con lo normado.
ARTÍCULO 4.- Transcurrido el plazo de cinco (5) meses previsto en la
presente Ley, la Autoridad de Aplicación sancionará con multa a los
fabricantes del alimento que no declare en el rótulo nutricional del
producto lo establecido en la presente Ley y al vendedor de alimentos
que no tengan en el rótulo nutricional lo dispuesto en la misma;
procediendo al retiro y decomiso de dichos alimentos.
ARTÍCULO 5.- Una vez decomisado el alimento se procederá a su
inmediata destrucción.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Liliana T. Negre de Alonso.FUNDAMENTOS
Señor Presidente
Las grasas o lípidos son los elementos de nuestra alimentación que
más importancia tienen en la prevención de las enfermedades
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cardiovasculares. Sin embargo, no todas las grasas son iguales ni se
comportan de la misma manera en nuestro organismo.
Las grasas están compuestas por ácidos grasos, moléculas
constituidas por una unión de átomos de carbono, hidrógeno y
oxígeno. Pero, no todas las uniones son iguales y, justamente por ello
se dividen en: saturadas e insaturadas (éstas últimas a su vez se
subdividen en monoinsaturadas y poliinsaturadas).
Las grasas saturadas provienen del reino animal -excepto el aceite de
coco y el de cacao- y son sólidas a temperatura ambiente. Su
consumo está relacionado con un aumento del colesterol sanguíneo y
con la aparición de enfermedades cardiovasculares.
Las grasas insaturadas se subdividen en ácidos monoinsaturados y
los poliinsaturados. Estos provienen en general del reino vegetal (a
excepción del pescado que es muy rico en ácidos poliinsaturados),
son líquidos a la temperatura ambiente y su consumo está asociada
con mayores niveles de colesterol bueno.
Los ácidos poliinsaturados poseen dos o más pares de átomos de
carbono “insaturados” y cuenta con el beneficio de disminuir el
colesterol total y la concentración de LDL (colesterol malo). Sin
embargo, este tipo de grasas tienen el inconveniente de que se oxidan
con facilidad, interviniendo en procesos de formación de radicales
libres que son nocivos para la salud humana. Aunque el organismo
puede inactivar tales procesos por medio de sustancias antioxidantes,
no es prudente abusar de las grasas poliinsaturadas.
(www.zonadiet.com/alimentacion/l-aceite.htm).
Los ácidos grasos pueden ser comparados con cadenas de longitud
variable, cuya rigidez fluctúa según diferentes parámetros. En cuanto a
los ácidos poliinsaturados, sus cadenas contienen pliegues que crean
puntos de rigidez, por esta razón, las moléculas no pueden
comprimirse de manera tan estrecha, de suerte que son más fluidas.
La fluidez es una de las propiedades responsables del carácter líquido
de los aceites vegetales. En cuanto a los ácidos monoinsaturados, se
clasifican entre los dos tipos de ácidos grasos (monoinsaturados y
poliinsaturados) pues sus cadenas no contienen más que un solo
punto de rigidez. Esa es la razón por la cual el aceite de oliva, es
líquido a temperatura ambiente, pero se solidifica en el refrigerador. El
término omega, cada vez más en boga en estos últimos años,
proviene del modo en que los científicos identifican el lugar donde se
sitúa el primer punto de rigidez en la cadena del ácido graso. Estos
lugares están enumerados a partir del extremo de la cadena. De esta
manera un ácido poliinsaturado omega 3 u omega 6 es una grasa
cuyo primer punto de rigidez se encuentra en la posición 3 o 6. Por
2
esa misma razón, los ácidos grasos monoinsaturados suelen
denominarse omega 9, ya que el único punto de rigidez en su cadena
llega en la posición 9 (Dr. Richard Béliveau y Dr. Denis Gingras (2007),
Los Alimentos contra el Cáncer – La Prevención del Cáncer a través
de la Alimentación, Ed. El Ateneo, p. 147).
Para que el consumidor pueda realmente comprender de qué forma la
calidad y cantidad de las grasas presentes en los alimentos afecta a
su salud, tiene que tener acceso a la información.
La información a la que los consumidores tienen acceso a través de
los rótulos (etiquetas), es fundamental en el momento de compra.
Pues le permite conocer las características particulares de los
alimentos, su forma de preparación, manipulación y conservación, sus
propiedades nutricionales y su contenido.
El tipo de información no esta librado al azar, ya que está legislado
cómo la misma debe ser brindada por el productor al consumidor.
Tanto en la Constitución Nacional, como en diferentes leyes y en el
Código Alimentario Argentino, encontramos cómo se deben aplicar las
normas correspondientes a este tema.
A través del tiempo se han jerarquizado la protección de los derechos
de los consumidores para que puedan acceder a una información que
sea adecuada y veraz. De esta manera, los rótulos, envases y
envoltura de los productos alimenticios deben expresar con precisión y
claridad sus condiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de
identificación comercial.
La relación entre el etiquetado (rotulado) de los alimentos y su
vinculación con aspectos de la salud humana es cada vez más
importante a nivel mundial. Y mientras más educado e informada está
una persona, más exigible es el consumidor a la hora de solicitar
información.
Asimismo, esta tendencia va cobrando día a día mayor importancia
debido al desarrollo de nuevas gamas de alimentos funcionales y la
biotecnología.
En nuestro país, actualmente, en el rótulo nutricional de los alimentos
se exige declarar la cantidad de grasas totales, grasas saturadas y las
grasas “trans”. Ahora, cuando se incluya una declaración de
propiedades nutricionales (información nutricional complementaria)
con respecto al tipo y/o la cantidad de grasas y/o ácidos grasos y/o
colesterol, se debe indicar las cantidades de grasas saturadas, trans,
monoinsaturadas, poliinsaturadas y colesterol. Sin embargo, en el
caso de las grasas poliinsaturadas no es obligatorio declarar la
cantidad de ácidos omega 3 y omega 6.
3
En el transcurso de las últimas décadas, las materias grasas han
adquirido mala fama. Si bien esta opinión negativa es bien merecida
con respecto a cierto tipo de grasas, como las de origen animal o
incluso en el caso de las grasas “trans”, también es verdad que existen
materias grasas de muy buena calidad, que incluso tienen un rol
importante en el buen funcionamiento de nuestro organismo. En tal
sentido, no sólo debemos pensar en la cantidad de materia grasas
presentes en el régimen alimentario, sino también en su calidad. En
occidente la mayor carencia nutricional es la que concierne a los
ácidos grasos esenciales, los omega 3.
Suele decirse que los ácidos grasos poliinsaturados (omega 3 y
omega 6) son esenciales, porque el cuerpo humano no es capaz de
producirlos por sí mismo, en consecuencia deben incorporarse a
través de la alimentación. En relación a los ácidos grasos omega 6, no
existiría problema alguno ya que se encuentra presente en carnes,
huevos, hortalizas y aceites vegetales y por ende permiten aportar
suficiente ácido linoleico (LA).
Sin embargo, lograr un buen aporte en ácido omega 3 parece ser más
complicado en la sociedad moderna. Mientras la relación de ácidos
grasos omega 6 / omega 3, lograda por los primeros hombres, era más
o menos equivalente, es decir probablemente 1/1, esa relación se
estima en la actualidad 20/1.
Este desequilibrio puede tener repercusiones negativas y favorecer el
desarrollo de enfermedades crónicas, como las enfermedades
cardiovasculares y el cáncer, ya que los omega 6 son utilizados por el
cuerpo humano para fabricar moléculas que participan en la
inflamación, mientras que los omega 3 son esenciales para la
producción de moléculas antiinflamatorias (Dr. Richard Béliveau y Dr.
Denis Gingras (2007), Los Alimentos contra el Cáncer – La Prevención
del Cáncer a través de la Alimentación, Ed. El Ateneo, p. 145 - 147).
Estudios realizados por el Dr. Béliveau y Dr, Denis Gingras (publicados
en el año 2007) informan la existencia de una relación en el tipo de
régimen alimentario moderno con la aparición de determinados tipos
de cáncer. Sus estudios sugieren que determinados tipos de alimentos
tendrían un efecto positivo en la prevención de determinados cánceres
como así también en la disminución del crecimiento de células
cancerígenas. En tal sentido, la disminución del consumo de grasas
saturadas y un mayor consumo de grasas insaturadas ayudarían en la
lucha contra el cáncer. En el caso de éstas últimas hay estudios que
advierten que dentro de los ácidos poliinsaturados los ácidos omegas
6 tendrían un efecto pro cancerígenos y pro inflamatorios debido al
desequilibrio entre los omega 6 y 3. Es que los omega 3 tendrían un
efecto anti cancerígeno y antiinflamatorio (Dr. Richard Béliveau y Dr.
4
Denis Gingras (2007), Los Alimentos contra el Cáncer – La Prevención
del Cáncer a través de la Alimentación, Ed. El Ateneo p. 146).
En tal sentido, resulta muy importante que dentro del rotulado
nutricional de los alimentos se informe la cantidad de grasas
insaturadas especificando la cantidad de grasas monoinsaturadas (de
corresponder) y la de poliinsaturadas, y en este caso especificar la
cantidad correspondiente a ácidos omega 3 y ácidos omega 6, para
que el consumidor logre los equilibrios necesarios en su dieta que le
conduzcan a una mejor calidad de vida.
Como Legisladores de la República Argentina, debemos, velar por la
salud de sus habitantes. Una buena alimentación tiene un impacto
positivo en la salud pública. Pero para que esto sea posible es
necesario informar al consumidor, permitiendo el acceso a la
información de los últimos avances en materia de alimentos. De esta
forma, luchamos por la defensa de la vida. Este es el espíritu de
presente proyecto de ley.
Es por todos estos motivos que solicitamos a nuestros pares la
aprobación del presente proyecto de ley.Liliana T. Negre de Alonso.-
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