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COMISIÓN EUROPEA
COMUNICADO DE PRENSA
Bruselas, 7 de enero de 2014
Fondos Estructurales y de Inversión:
la Comisión impulsa el papel de los interlocutores
en la planificación y el gasto
La Comisión Europea ha adoptado hoy un conjunto común de normas para mejorar la
consulta, la participación y el diálogo con sus interlocutores (autoridades regionales,
locales, urbanas y otras autoridades públicas, sindicatos, asociaciones de empresarios,
ONG y organismos responsables de fomentar la inclusión social, la igualdad de género y la
no discriminación) sobre la planificación, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de
los proyectos financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
Estos fondos son: el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social
Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(Feader) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).
Este código de conducta europeo sobre el principio de asociación exige a los
Estados miembros que refuercen la cooperación entre sus autoridades responsables del
gasto de los Fondos Estructurales y de Inversión y los interlocutores de los proyectos, a fin
de que sea más fácil compartir información, experiencia, resultados y buenas prácticas en
el periodo de programación 2014-2020 y contribuir así a garantizar que el dinero se gaste
de manera eficaz.
«Queremos asegurarnos de que los Estados miembros trabajen en asociaciones
constructivas con las partes interesadas representativas para planificar y aplicar los
programas financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión, a fin de maximizar el
impacto de ese dinero», ha declarado el comisario Andor.
El código de conducta, que adopta la forma de un Reglamento de la Comisión
jurídicamente vinculante, establece objetivos y criterios para garantizar que los Estados
miembros apliquen el principio de asociación. Esto significa que los Estados miembros
están obligados a:
 garantizar la transparencia en la selección de quienes representen a las autoridades
regionales, locales y otras autoridades públicas, a los interlocutores sociales y
económicos y a los organismos de la sociedad civil como miembros de pleno derecho
en los comités de seguimiento de los programas;
 presentar interlocutores que dispongan de la información adecuada y de tiempo
suficiente (requisito previo para un verdadero proceso de consulta);
 garantizar que sus interlocutores se impliquen eficazmente en todas las fases del
proceso, desde la preparación hasta la aplicación, incluyendo la supervisión y la
evaluación, de todos los programas;
 apoyar el refuerzo de las capacidades de los interlocutores para mejorar sus
competencias y capacidades con miras a su participación activa en el proceso, y
IP/14/5
 crear plataformas para el aprendizaje mutuo y el intercambio de buenas prácticas y
de enfoques innovadores.
El Reglamento establece los principios que deben aplicar los Estados miembros, pero les
deja un amplio margen de maniobra para que organicen de manera precisa las
modalidades prácticas de participación de los interlocutores correspondientes en las
distintas etapas de la programación.
Contexto
La asociación, uno de los principios clave de la gestión de los fondos de la Unión Europea,
supone la estrecha cooperación de las autoridades públicas nacionales, regionales y
locales de los Estados miembros con el sector privado y otras partes interesadas. Hasta
ahora, a pesar de que forman parte de la política de cohesión, las observaciones de las
partes interesadas indican que su aplicación ha variado considerablemente entre los
diferentes Estados miembros, en función de si el marco institucional y la cultura política en
un Estado miembro ya era favorable a la consulta, la participación y el diálogo con las
partes interesadas pertinentes.
Las nuevas normas, en forma de Reglamento de la Comisión jurídicamente vinculante y
directamente aplicable (denominado «acto delegado»), refuerzan, por tanto, la asociación
contemplada en el artículo 5 del Reglamento por el que se establecen disposiciones
comunes relativas al FEDER, el FSE, el Fondo de Cohesión, el Feader y el FEMP para el
periodo 2014-2020.
Más información
En el sitio de la Dirección General de Empleo:
Página de László Andor: http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/andor/index_en.htm
Siga a László Andor en Twitter: http://twitter.com/LaszloAndorEU
Suscríbase por correo electrónico al boletín gratuito de la Comisión Europea sobre empleo,
asuntos sociales e inclusión: http://ec.europa.eu/social/e-newsletter
http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=89&newsId=2019&furtherNews=yes
Personas de contacto:
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