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LA ASISTENCIA MEDICA EN EL PROCESO DE MORIR Dra. Sofía Ortiz1 Mucho se ha escrito sobre eutanasia, sedación terminal y suicidio médicamente asistido, pero se encuentra bastante menos literatura sobre el rol de los médicos en las etapas finales de la vida. Jonsen en su libro “Clinical Ethics” (1) usa la expresión “Medically assisted dying” que se podría traducir como “Morir médicamente asistido”, pero engloba en ella solo la eutanasia y el suicidio médicamente asistido (SMA). Este artículo pretende referirse a la asistencia médica en el proceso de morir, es decir a todo tipo de acompañamiento médico que implique alivio del sufrimiento en las etapas finales de la vida, incluyendo por ejemplo a los cuidados paliativos. Lo primero que llama poderosamente la atención al revisar el tema de la participación médica en el proceso de morir, es la tremenda confusión de conceptos que se encuentran en la literatura. En primer lugar están las diversas definiciones y adjetivaciones de la palabra eutanasia (voluntaria, no voluntaria, involuntaria, directa e indirecta, activa y pasiva), y luego la falta de claridad respecto a las diferencias entre ésta y la limitación de esfuerzo terapéutico, la sedación paliativa o el rechazo de tratamiento, por ejemplo (2, 3). Por lo anterior, parece necesario precisar la definición de eutanasia que se usará en este ensayo, y que es la propuesta por el Instituto Borja de Bioética (4): “Eutanasia es toda conducta de un médico, u otro profesional sanitario bajo su dirección, que causa de forma directa la muerte de una persona que padece una enfermedad o lesión incurable con los conocimientos médicos actuales que, por su naturaleza, le provoca un padecimiento insoportable y le causará la muerte en muy poco tiempo. Esta conducta responde a una petición expresada de forma libre y reiterada por el enfermo, y se lleva a cabo con la intención de liberarlo de este padecimiento, procurándole un bien y respetando su voluntad.” Volviendo al tema de este artículo, la asistencia médica en el proceso de morir, lo primero que se debe señalar es que la participación médica en el final de la vida debe, además de respetar la autonomía del paciente, ser coherente con los fines de la medicina propuestos por el Hastings Center (5): aliviar el dolor, curar a los enfermos y cuidar a aquellos incurables, evitar la muerte prematura y buscar una muerte tranquila. Por lo tanto 1 Magíster Interuniversitario de Bioética siempre debería ir orientada a favorecer una muerte en paz, con el mínimo posible de dolor y sufrimiento y que atienda al concepto de muerte digna que tengan el paciente y sus cercanos significativos. La asistencia médica en el morir debería comenzar entonces por la oferta y disponibilidad real de adecuados cuidados paliativos (CP), oferta con la que desgraciadamente muy pocos enfermos cuentan en Chile, más aún si dentro de los CP se incluye no solo el alivio del sufrimiento físico sino también el apoyo psicológico, espiritual y social. Para lograr disponer de adecuados CP, se necesita evidentemente financiamiento, pero antes se necesita probablemente cambiar el enfoque de la formación de los profesionales sanitarios y en particular de los médicos que con frecuencia consideramos la muerte como un fracaso y no como parte ineludible de la vida, y a los CP como lo que queda cuando “no hay nada más que hacer”. En este sentido, diversos autores plantean que se debe devolver a la muerte su lugar en la vida y generar espacios de discusión sobre estos temas tanto al interior de las familias como en la sociedad en general (6, 7). Esto favorecería la reflexión previa sobre lo que se espera para la propia muerte, la toma de decisiones en calma, en plena capacidad y con el conocimiento, apoyo y participación de quienes eventualmente actuarán como subrogantes, como una “naturalización” de la muerte en el sentido de aceptarla como parte inevitable de la vida y no pretender que ésta se prolongue a cualquier costo. Abrir este tema podría permitir además que los CP no sean vistos por los enfermos como la expresión del abandono y de la desesperanza, sino como un acompañamiento orientado a alcanzar el máximo bienestar posible en la etapa final de la vida. La existencia de CP efectivamente accesibles para todos quienes los necesiten es un requisito ineludible para poder plantearse seriamente la despenalización de la eutanasia o del SMA, ya que sólo si se dispone de este tipo de atención es posible establecer, hasta cierto punto, que quienes soliciten la eutanasia o la asistencia al suicidio no lo hagan por razones sociales o de imposibilidad de acceso a tratamiento. Por otro lado, y como se indica más arriba, el fin del acompañamiento médico en el proceso de morir, debe ser lograr una “muerte digna”. Pero qué se entiende por muerte digna?. Es claro que el significado de la expresión es tremendamente subjetivo. Se entiende, por ejemplo, que para un católico profundamente creyente, el sufrimiento puede tener un sentido trascendente. Para esa persona entonces el sufrimiento al final de la vida puede ser una forma de aproximarse a Dios y constituir una manera aceptable de morir. También habrá quien considere que morir dignamente significa conservar hasta el último momento la propia identidad, el sentido de sí mismo y la capacidad de razonar y de tomar decisiones; o quien vivencie como intolerable la dependencia física o el dolor y opte por abreviarlo si no lo puede aliviar. Lo fundamental entonces es que, a la hora de determinar cuál será la mejor forma de morir, se atienda a las expectativas del paciente en particular al que se está tratando y se respeten sus creencias y su autonomía. Dado que la medicina no siempre puede curar o aliviar el dolor y que todos tenemos creencias y valores diversos, no parece que, desde una ética de mínimos, existan argumentos válidos para excluir del ámbito de la autonomía del paciente la posibilidad de disponer de su propia vida en determinadas circunstancias. De la misma manera, tampoco parece posible imponer esta opción a quien no la desee o a quien por sus creencias la considere inmoral o simplemente inapropiada. Finalmente, no se trata de imponer a otro un sufrimiento que considere insoportable, ya sea el sufrimiento físico provocado por la enfermedad, o el sufrimiento derivado de traicionar las propias creencias y exponerse por ejemplo al castigo de Dios por disponer de un bien del que sólo Él puede disponer. Beauchamp y Childress (8) plantean que causar la muerte de una persona es moralmente inapropiado cuando se priva a esa persona de oportunidades y bienes, pero no cuando esa persona libremente autoriza su muerte mediante una decisión autónoma (es decir voluntaria, libre e informada), según la cual el cese del sufrimiento y el dolor a través de la muerte constituye para ella un bien. Es indiscutible que, si bien como profesionales de salud estamos obligados a honrar la decisión autónoma de un paciente de rechazar tratamiento, nada nos puede obligar a cumplir con su solicitud de acelerar su muerte. Sin embargo, y nuevamente citando a estos autores, el tema no es la eventual obligatoriedad de atender a una solicitud de este tipo, sino su posible permisibilidad en determinadas circunstancias. Esta permisibilidad solo puede derivar de la validez de la solicitud, que debe acreditarse mediante el cumplimiento estricto de algunos requisitos éticos y también legales. Estos requisitos serían al menos: 1. La solicitud del enfermo voluntaria, informada y realizada por un enfermo competente, explícita y reiterada. Se podría objetar que un enfermo terminal, sufriente, tiene gravemente mermada su autonomía, lo que sin duda ocurre en cierta medida. Por este motivo, entre otros, es que aparece como necesario que la muerte recupere su espacio en la vida y que estos temas se discutan abiertamente, de manera que las decisiones se tomen, aún en etapas avanzadas de la enfermedad, luego de un proceso de reflexión y maduración previo y no bajo la presión de la proximidad de la muerte. En caso que este proceso no se haya llevado a cabo será necesario, para evaluar la validez de la solicitud, tener en cuenta además del estado mental actual del paciente y su capacidad de tomar decisiones y argumentarlas apropiadamente, la coherencia de esta solicitud con sus expresiones previas de voluntad y sus opiniones respecto a situaciones similares. 2. La presencia de una enfermedad incurable y progresiva que provoque un sufrimiento insoportable. En este punto, podría aceptarse que la enfermedad no sea necesariamente terminal en el sentido de provocar la muerte a corto plazo, sino más bien ser irreversible y progresivamente deteriorante, afectando así la capacidad del paciente de “ejercer” su vida biográfica, o su autonomía entendida desde la perspectiva de Kant interpretada por Begoña Román, en el sentido de tener el deber de vivir para hacer de su vida un proyecto con sentido (9). Respecto al sufrimiento insoportable, el sufrimiento exclusivamente psíquico causado por enfermedades mentales crónicas probablemente debería excluirse como posible causa para solicitar eutanasia o SMA. Esta exclusión podría parecer injusta y discriminatoria, sin embargo, mientras no surja una mejor solución al problema, parece preferible pecar por exceso que por falta de precaución. Para terminar, dos cuestiones relevantes relativas a los temas vinculados a la asistencia médica en el proceso de morir. En primer lugar, es importante que la asistencia tanto en el proceso de morir como en la muerte misma en caso de eutanasia o SMA, sea una asistencia médica, e idealmente del médico que ha acompañado al paciente a lo largo de su enfermedad y que por lo tanto lo conoce bien. Se objeta que el Juramento Hipocrático obliga a actuar en beneficio de los enfermos y a no dar “una droga mortal, aun cuando sea solicitada”; sin embargo la medicina de hoy poco tiene en común con la medicina de la Antigua Grecia y es posible que el propio Hipócrates considerara cambiar su manera de pensar respecto a cuál es el real beneficio de los enfermos si se viera enfrentado a esta nueva realidad. Además, una buena manera de garantizar que procedimientos como la eutanasia o el suicidio asistido se lleven a cabo velando por cumplir la voluntad del enfermo para minimizar su sufrimiento, es que la realicen médicos. La segunda cuestión es el temor a la “pendiente resbaladiza”. Sin embargo se debe señalar que los estudios realizados respecto a este tema en lugares en que la eutanasia o el SMA están permitidos, entregan resultados contradictorios dependiendo de quién los realice (8). Se plantea que la despenalización de la eutanasia o el SMA dará pie a abusos, pero lo cierto es que los “abusadores” no reflexionan sobre la conveniencia ética o legal de sus acciones y por tanto los abusos probablemente van a continuar ocurriendo, con o sin legislación. Desde esa perspectiva, lo fundamental es que en caso de legislarse, la ley sea precisa y específica y deje el menor espacio posible para interpretaciones. El tema de la participación médica en la muerte y el proceso de morir da espacio para infinitas reflexiones. Por motivos de espacio, ellas no se tratarán aquí, aunque muchos temas quedan en el tintero, entre ellos la eutanasia en niños y la discusión sobre las diferencias existentes desde el punto de vista moral entre sedación paliativa, eutanasia y SMA por mencionar algunos. Independientemente de la posición personal que se tenga sobre el tema de la eutanasia y el SMA, es necesario insistir en que la despenalización en nuestro país no sería oportuna en este momento debido, entre otras cosas, a lo lejos que estamos de cumplir con estándares de atención adecuados en CP. Esto no debería constituir impedimento sin embargo para iniciar una discusión orientada, por ejemplo, a definir con precisión lo que se entenderá por eutanasia. Para terminar, una cita de B.K.S. Iyengar, maestro de yoga recientemente fallecido: “Vive felizmente y muere majestuosamente.” Bibliografía: 1. Jonsen AR, Siegler M, Winslade WJ. Clinical Ethics: A Practical Approach to Ethical Decisions in Clinical Medicine. 7th ed. Mc Graw - Hill; 2010. 2. Ugarte Palacios C. Documento de trabajo: Eutanasia - Clínicas y Entidades de Salud Privadas A.G. 2006. 3. Dickens BM, Boyle JM, Ganzini L. Euthanasia and assisted suicide. In: Singer P, Viens A, editors. The Cambridge Textbook of Bioethics. 1st ed. Cambridge University Press; 2008. p. 72–7. 4. Instituto Borja de Bioética. Hacia una posible despenalización de la eutanasia: Declaración del Institut Borja de Bioética (UEL). Bioet Debat. 2005;(Enero - Marzo). 5. Hastings Center. Los fines de la medicina. El establecimiento de unas prioridades nuevas. Cuadernos de la Fundació Victor Grífols i Lucas. 2005. 6. Sanz Ortiz J. ¿Puede ser confortable el final de la vida? 7. Masiá J. Dignidad humana y situaciones terminales. An Sist Sanit Navar. 2007;30 (Supl 3):39–56. 8. Beauchamp TL, Childress JE. Nonmaleficence. Principles of Biomedical Ethics. 7th ed. New York: Oxford University Press; 2013. p. 150–201. 9. Román B. Euthanasia: between personal moral and civic ethics. In: Kure J, editor. Euthanasia - The “Good Death” Controversy in humans and animals. Rijeka, Croatia: InTech; 2011. p. 81–92.