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Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario.
Términos y expresiones para la intervención social, socioeducativa y sociolaboral
desde un enfoque integrado de género en la Asociación de Educadores Las Alamedillas
COMITÉ DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
Asociación de Educadores Las Alamedillas
Ref. 2016.01
Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario
Términos y expresiones para la intervención social, socioeducativa y sociolaboral
desde un enfoque integrado de género en la Asociación de Educadores Las Alamedillas
Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario.
Términos y expresiones para la intervención social, socioeducativa y sociolaboral
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COMITÉ DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
Asociación de Educadores Las Alamedillas
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Presentación
Como sabéis, el cuidado de la calidad de los servicios de la entidad ha descansado –desde los orígenes de la
entidad hace 20 años- en el cuidado de sus profesionales: grupos de calidad y cuidado, acuerdos laborales
internos, cercanía de coordinador/a de programa y profesionales de sede, supervisión, etc.
Algunos de los resultados de ese esfuerzo continuo por el cuidado de trabajadoras y trabajadores han sido:
La constitución del Comité de Prevención de Riesgos Laborales y el especial cuidado de la prevención de
riesgos psicosociales, mediante encuentros, investigaciones, cuestionarios…
La implementación del Modelo de Calidad EFQM, especialmente a través de los cuestionarios de
satisfacción de empleados/as y clientes nos han permitido seguir mejorando.
La constitución del Comité de Igualdad y Conciliación de la vida personal y profesional, y la elaboración de
sendos planes, ha comportado revisar, sistematizar y procurar la mejora de las medidas que, en esos
aspectos, implementa la entidad.
El Comité –paritario- está compuesto por cuatro personas: Coordinadora de RRHH, Coordinador
Pedagógico y dos personas del Comité de Empresa.
La recepción de premios y distintivos en materia de Igualdad y Conciliación visibilizan el trabajo realizado:
Mención de Honor 2013 Mediana
Empresa X Premio Madrid Flexible
Consejería de Asuntos Sociales de la
Comunidad de Madrid entregado el 17 de
junio de 2014.
Distintivo Igualdad en la Empresa, año
2014, publicado en el BOE Orden
SSI/918/2015, de 6 de mayo publicado el
martes 19 de mayo de 2015.
Con motivo del día 8 de marzo, queremos compartir esta Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en
nuestro trabajo diario. Términos y expresiones para la intervención social, socioeducativa y sociolaboral desde un
enfoque integrado de género en la Asociación de Educadores Las Alamedillas. En su elaboración, además de las
personas que conforman el Comité se han implicado otros y otras profesionales de la entidad.
Confiamos contribuya no sólo a mejorar el lenguaje y la expresión, sino los sentimientos y valores de los y las
profesionales que trabajan con personas.
Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario.
Términos y expresiones para la intervención social, socioeducativa y sociolaboral
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COMITÉ DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
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Ref. 2016.01
Guía
(Documento)
Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario.
Términos y expresiones para la intervención social, socioeducativa y sociolaboral
desde un enfoque integrado de género en la Asociación de Educadores Las Alamedillas
COMITÉ DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
Asociación de Educadores Las Alamedillas
Ref. 2016.01
El Comité de Igualdad y Conciliación de la Asociación de Educadores Las Alamedillas pretende colaborar
en la construcción de una cultura de igualdad de género en la entidad y, desde ésta, hacia las pesonas
con quienes intervenimos, nos coordinamos… hacia la sociedad.
Con ese objetivo presentamos este documento, que consta de tres partes:
Un glosario con las palabras y expresiones que más se utilizan cuando se aplica el Enfoque
Integrado de Género, resumido de diversas fuentes, con el objetivo de entender y mejorar la
igualdad.
Un listado de los términos (Banco de palabras) más utilizados en nuestras actuaciones (y
documentos) sociales, socioeducativas y/o sociolaborales1.
Bibliografía y enlaces web.
Creemos que, en la medida que compartamos vocablos, conceptos, significados y valores sobre igualdad
de género, (y, por consecuencia, eliminemos términos discriminatorios) avanzaremos en la promoción
de una cultura institucional para la igualdad de género. En este sentido, y aunque este documento no lo
va a contemplar, el Comité también hace un llamamiento a cuidar –en perspectiva de género- las
imágenes corporativas de la entidad.
Cuidado: el lenguaje expresa sentimientos, y esto supone que es el “yo” quien se implica en la
actualización de una lengua que reproduce la realidad social, y es el “yo” quien motiva el cambio
cultural.
Es cierto, una de las principales vías para crear cultura es cuidar el uso de un lenguaje neutro, no sexista
ni androcéntrico. No podemos olvidar que, aunque hoy la Unión Europea nos recuerde que la igualdad
es uno de sus cinco valores fundamentales, somos herederos de culturas y usos de la lengua que no
siempre se han caracterizado por ello… esto es, pues, un proceso: no nos volvamos locas y locos en una
apresurada “caza de brujas”, pero tampoco “nos durmamos en los laureles”.
La lengua reproduce la realidad social en que vivimos; si queremos una sociedad más igualitaria
debemos cuidar el lenguaje que utilizamos, un lenguaje que no menosprecie, invisibilice, humille o
estereotipe a nadie.
Cuando hablamos de género, diremos que el lenguaje es sexista si no incluye o menosprecia a las mujeres.
En este sentido -y como ejemplo- caben dos breves reflexiones: Una sobre la dicotomía público/privado,
que con frecuencia constriñe a la mujer al ámbito doméstico o pasivo y al hombre al público o activo:
referirnos a un determinado papel (mujer, esposa, ama de casa…) acentúa y fundamenta esa percepción y
condiciona su desarrollo en otros ámbitos; otra sobre el sexismo lingüístico (uso del masculino como neutro
universal), que nos invita a buscar palabras o expresiones que incluyan la igualdad…
1
Es importante que nos ayudes a actualizar el listado y el documento, para seguir mejorando juntos.
Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario.
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desde un enfoque integrado de género en la Asociación de Educadores Las Alamedillas
COMITÉ DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
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Glosario
Para entender y mejorar
La IGUALDAD
(También la de género)
Guía para la incorporación del lenguaje no sexista en nuestro trabajo diario.
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COMITÉ DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
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Acción positiva
Se refiere a la aplicación de políticas, planes, programas y acciones (temporales)
diseñados y encaminados a hacer efectivo el derecho constitucional a la igualdad, a
combatir los efectos de la discriminación de un grupo determinado (mujeres, personas
en riesgo de exclusión, grupos desfavorecidos…), mediante su empoderamiento.
La expresión “acción positiva sobre la desigualdad de género” aplica medidas que
buscan corregir situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres.
Las acciones o medidas serán razonables y proporcionadas en relación con el objetivo
2
perseguido en cada caso
Acción Protectora
Su finalidad, como su propio nombre indica, es proteger a quien consideremos debe ser
protegido por su perfil personal y/o social, familiar… Desde un enfoque de género, a las
mujeres; en este sentido, parte de corregir la concepción tradicional del rol de la mujer.
Acoso
Laboral: Tipo de violencia que se caracteriza por el ejercicio de poder en una relación de
subordinación de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral. Puede expresarse en
omisiones y/o en conductas verbales o físicas. Puede guardar relación con la asignación
de roles, funciones y tareas.
Por razón de sexo: cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una
persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad, y de crear un
3
entorno intimidatorio, degradante u ofensivo .
Sexual: comportamiento de naturaleza sexual o de connotaciones sexistas, no deseado
4
por la víctima, que afecta a la dignidad de mujeres y de hombres . Si se vincula con el
ámbito laboral puede afectar a la víctima y a su desempeño.
Tratado
Adhesión: acto por el cual un Estado -que no ha firmado un tratado- expresa su
consentimiento en llegar a ser parte de él. Tiene los mismos efectos jurídicos que la
5
ratificación, la aceptación o la aprobación .
Adopcion: acto formal por el cual las partes negociadoras establecen la forma y el
6
contenido de un tratado o lo sreglamentos derivados de éste .
Agente de igualdad de
oportunidades
2
Figura profesional con tres objetivos principales: velar para que mujeres y hombres
tengan las mismas obligaciones y oportunidades; trabajar para aplicar el art. 14 de la
Constitución (la igualdad como derecho fundamental), y luchar para que las diferencias
existentes entre las mujeres y los hombres no se conviertan en desigualdades.
Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, art. 11.
LOIEMH, art. 7.2
Resolución del Consejo, de 29 de mayo de 1990, DO C 157, de 27.6.1990.
5
Naciones Unidas. “Manual de tratados”, Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos; Convención de Viena de 1969, Art. 1, apartado
b, párrafo 1 y Art.15
6
Convención de Viena de 1969, Art.9; Naciones Unidas, “Manual de tratados”. Ob.cit. pp. 49-50
3
4
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Agresor o agresora
Persona que inflige cualquier tipo de violencia (también la de género) contra otra
persona.
Ámbito
Privado: Espacio vinculado a la persona y familia, a lo doméstico. Desde un enfoque de
género –y por deformación cultural- la mujer es posicionada con un papel protagónico
no valorado. Por intereses económicos se extrapola a intereses colectivos con
dinámicas externas al estado y a la producción mercantil.
Público: Espacio vinculado a la producción y a la política. Desde un enfoque de género
se ha asociado a espacios tradicionalmente masculinos.
Análisis
(por género, de género, desde la perspectiva de género, en función de género...)
Desde una perspectiva de género, se refiere al estudio de igualdad o discriminación de
distintas variables y su aplicación a hombres y mujeres en entidades, empresas,
sociedad…; así pueden observase roles, condiciones, necesidades, índices de
participación, acceso a los recursos y desarrollo, control de activos, poder de toma de
decisiones, responsabilidades, oportunidades, tareas, etc.
7
Androcentrismo
Sistema de pensamiento que pone al hombre como centro y medida de todas las cosas.
Todo es explicado desde una perspectiva masculina, infravalorando o negando las
aportaciones de la mujer.
Atención a la infancia
Concepto amplio que abarca la prestación de servicios tanto públicos como privados,
individuales o colectivos, destinados a cubrir las necesidades de los niños y de los
7
padres .
Atención a personas
dependientes
Prestación de asistencia a personas jóvenes, enfermas, de edad avanzada o
discapacitadas que dependen de otra persona.
Barreras invisbles
Actitudes resultantes de las expectativas, normas y valores tradicionales que impiden la
capacitación y empoderamiento del otro (de la mujer desde una perspectiva de género)
en la toma de desisiones y en la participación social.
Beneficiarias y
Beneficiarios
Personas cuya situación (perfil, problema, necesidad…) es la razón de una intervención
que les permita alcanzar beneficios.
Recomendación 92/241 del Consejo, de 31.3.1992, DO L 123.
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Brecha
De género: Diferencia entre las tasas masculina y femenina en la categoría de una
variable (recursos, acceso al poder…). Constatarla (estadísticamente) significa que existe
una desigualdad a corregir.
Salarial: diferencias salariales entre mujeres y hombres, tanto en el desempeño de
trabajos iguales como la producida en los trabajos “feminizados”.
Tecnológica: designa las desigualdades entre mujeres y hombres en la formación y en el
uso de las nuevas tecnologías
Carga de la prueba
Normalmente, la persona denunciante debe demostrar que ha sido víctima de algo.
En el ámbito de la igualdad de trato entre hombres y mujeres una sentencia establece
que la carga de la prueba debe recaer en la parte demandada cuando se aporten
indicios de dicha discriminación: corresponde al demandado demostrar que no ha
8
contravenido el principio de igualdad.
Centro de acogida
Coeducación
Comercio sexual
Comisión
Interministerial de
Igualdad entre Mujeres
y Hombres
Comunicación no
sexista
En perspectiva de género, lugar seguro al que pueden acudir mujeres y niños víctimas
de la violencia doméstica (refugio, centro de crisis, hogar de mujeres).
Método que consiste en educar conjuntamente. Se aplica tanto en los ejecutores
(mujeres y hombres) como en los contenidos (no sexistas ni discriminatorios). No puede
identificarse con “escuela mixta”, “grupos mixtos”, etc.
Comercio con seres humanos, en gran parte mujeres y niños, con fines de explotación
sexual.
Órgano colegiado responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas
por los departamentos ministeriales con la finalidad de garantizar el derecho a la
igualdad entre mujeres y hombres y promover su efectividad. (LOIEMH, art. 76)
Transmisión verbal y corporal de sentimientos, pensamientos,
conocimientos… mediante códigos no sexistas ni discriminatorios.
opiniones,
Incluir la perspectiva de género implica visibilizar la presencia de las mujeres.
Sugerencias prácticas: utilizar el colectivo genérico en lugar del masculino como neutro
plural; eliminar las palabras que tienen distinto significado cuando se usan para
hombres que cuando se usan para mujeres.
8
Sentencia de 17.10.1989, asunto C-109/88, Danfoss, apartado 16, p. 3199 de la Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal [1989]; Directiva
97/80/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo
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Conciencia de género
Proceso de toma de conciencia sobre el origen histórico, social y cultural en que se
fundamentan las diferencias y desigualdades de género. También contempla la
capacidad de solventar las desigualdades entre mujeres y hombres.
Conciliación
Supone propiciar las condiciones para lograr un adecuado equilibrio entre las
responsabilidades personales, familiares y laborales.
Ha aparecido ligado a la mujer, aunque se reenfoca hacia la corresponsabilidad en el
entorno privado: reparto de las responsabilidades domésticas favoreciendo la
participación de las mujeres en el ámbito público. Así, los ámbitos privado y público se
complementan.
Condición de la mujer
Construcción de la
masculinidad y
feminidad
Este es un término a ir eliminando de este glosario, pues normalmente incluye aquellos
factores y mecanismos sociales, económicos y culturales que mantienen a la mujer en
una situación desventajosa y subordinada en relación con el hombre.
Cultural: Características -aprendidas, adquiridas y modificables- aplicables a la
masculinidad y/o feminidad… Conjunto de atributos cultural e históricamente
determinados que caracterizan y definen la condición genérica (masculina y femenina)
de manera contrastada.
Social: Características y atributos que son reconocidos como masculinos o como
femeninos, así como el valor que se les asigna en una determinada sociedad o grupo
social.
Datos desagregados por
sexo
Recogida de datos e información estadística desglosada por sexo, que hace posible un
análisis comparativo que, a su vez, permite desarrollar experiencias cada vez más
participativas y equitativas desde el punto de vista del género.
Democracia Equitativa
o Paritaria
Un concepto de sociedad integrada a partes iguales por mujeres y por hombres,
especialmente visible en la representación equilibrada (entre el 40% y 60%) de ambos
9
sexos en las funciones políticas.
Derechos
Civiles y políticos: tienen por objeto la tutela de la libertad, la seguridad y la integridad
física y moral de la persona, así como de su derecho a participar en la vida pública. Por
su naturaleza son considerados derechos de carácter individual, inmediatamente
exigibles y cuyo respeto representa para el Estado una obligación de respuesta.
De las mujeres: aun cuando se integran en los derechos humanos, no sólo recuerda la
visibilización de la mujer sino el conjunto de intereses y necesidades que constituyen
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Glosario Europeo de términos relativos a la igualdad entre hombres y mujeres. La LOIEMH lo señala en la disposición adicional 2ª.
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una ampliación de los derechos humanos de forma especíica para la población
femenina.
Privados: Se reconocen a una persona y son resultantes de otras relaciones y
situaciones.
Económicos, sociales y culturales: se refieren a la existencia de condiciones de vida y
de acceso a los bienes materiales y culturales en términos adecuados a la dignidad
inherente a –normalmente- colectivos.
Reproductivos: son un conjunto de derechos relativos a las decisiones sobre la propia
vida reproductiva de manera libre e informada y ejercer el control voluntario y seguro
de la fertilidad, libre de discriminación, coerción y/o violencia. Implica el derecho a
disfrutar de los niveles más altos de salud sexual y reproductiva.
Desarrollo
Con enfoque de género: concepto que se refiere a la construcción de relaciones de
equidad y solidaridad entre géneros como condición para la realización personal y el
desarrollo integral.
Sostenible: se trata de un modelo de desarrollo centrado en la búsqueda del
mejoramiento de la calidad de la vida humana, sin rebasar la capacidad de carga de los
ecosistemas de la Tierra, de manera que naturaleza y sociedad se beneficien.
Diferencia de
retribución
De retribución: diferencia de sueldo medio entre hombres y mujeres.
Entre género y sexo: el primero (masculino o femenino) es una categoría construída
social y culturalmente, se aprende; el segundo es una categoría físico-biológica que
alude a diferencias entre macho y hembra.
Dignidad en el trabajo
Derecho al respeto, y, en particular, a un lugar de trabajo libre de acoso sexual o de otro
10
tipo .
Discriminación
Contra las mujeres/De sexo. Se usan indistinta y equivocadamente estos conceptos:
Contra las mujeres/De género.
Contra la mujer es “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que
tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o
ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales en la esfera
política, social, cultural y civil, o en cualquier esfera, sobre la base de la
11
desigualdad del hombre y la mujer” .
Cuando decimos de género, la comparten tanto hombres como mujeres en el
marco de relaciones políticas y económicas dominantes. Especialmente sensible
en la mujer, sujeta ambién al “dominio genérico de los hombres de las familias
10
11
Resolución 90/C del Consejo 157/02, de 29 de mayo de 1990, DO C 157
Glosario de género y salud. USAID
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de las comunidades a las que pertenecen” : embarazo, edad, discapacidad,
condiciones de salud, estado civil…
Directa: trato diferencial de inferioridad, marginación o subordinación a una persona
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por motivos de género .
En materia de empleo y ocupación: distinción, exclusión o preferencia de trato que,
ocurrida con motivo o con ocasión de una relación de trabajo, se base en un criterio de
raza, color, sexo, religión, sindicación, opinión política o cualquier otro que se considere
irracional o injustificado, y que tenga por efecto alterar o anular la igualdad de trato en
el empleo y la ocupación.
Horizontal: significa que a las mujeres se les facilita el acceso a empleos o estudios que
se presuponen típicamente femeninos –servicios o industria de menor desarrollo-, al
tiempo que encuentran obstáculos y dificultades para asumir ocupaciones
que,socialmente, se siguen considerando masculinas, ligadas a la producción, la ciencia
y los avances de las tecnologías.
Indirecta: situación en la que una ley, un reglamento, una política o una práctica,
aparentemente neutrales, tienen un impacto desproporcionadamente adverso sobre
los miembros de uno u otro sexo, a menos que la diferencia de trato pueda justificarse
14
por factores objetivos .
Positiva: fórmula mediante la cuál se buscar garantizar la igual presencia y participación
de hombres y mujeres en cualquier ámbito de la vida social a través de la
implementación de cuotas para la participación.
Vertical o “techo de cristal: aquella que establece límites a las posibilidades de ascenso
laboral de las mujeres. Este fenómeno reconoce que se registra una democratización en
el acceso a diversos puestos de trabajo por parte de las mujeres, pero advierte que los
puestos relacionados con las posibilidades de decisión siguen siendo patrimonio de los
hombres.
Diversidad
Valores, actitudes, perspectivas culturales, creencias, procedencias étnicas, orientación
sexual, competencias, conocimiento y experiencias de vida de las personas de un
colectivo dado.
Cultural: implica la aceptación y el compromiso de respetar y promover las diferencias
entre personas y gru-pos humanos, garantizando un marco de convivencia
De género: plantea la necesidad de incorporar los valores de género como un modo útil
de abordar la complejidad y ambigüedad de diferentes entornos
Diversificación de
opciones profesionales
12
Se refiere al acceso en igualdad de condiciones a la formación y al empleo, para el
desempeño de trabajos y tareas tradicionalmente de un sexo, y que constriñen el
ejercicio de la igualdad de oportunidades. Conlleva la promoción de cambios de actitud,
especialmente en edad escolar y/o de formación.
Glosario Racismo.En: Internet [URL]: http: / / www.fao.org
LOEIMH, art. 6.1, 7.3, 8 y 9.
14
Directiva 76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero de 1976, DO L 39 de 14.2.1976. LOIEMH, art. 6.2
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División sexual del
trabajo
Alude a una forma de organización social y asignación diferenciada de actividades,
tareas y trabajos según el sexo.
Doble jornada
Se refiere a la doble carga de trabajo que soportan actualmente las personas que,
además del empleo, asumen las tareas domésticas y el cuidado de la familia, sin que
otras personas compartan dichas responsabilidades. Casi siempre tiene como sujeto a la
mujer.
Dominación de género
Empoderamiento
Capacidad de controlar y decidir sobre la vida del otro género; y que, por tanto,
establece relaciones no equitativas entre hombres y mujeres.
La RAE lo define como el proceso de “hacer poderosa/o o fuerte a una persona o grupo
social desfavorecido”, comienza por hacer consciente a la persona de sus derechos,
capacidades, intereses, interacciones… para que tomen decisiones más acertadamente.
Término acuñado en la IV Conferencia Mundial de las Mujeres de Beijing (Pekín) en
1995, para referirse al aumento de la participación de las mujeres en los procesos de
toma de decisiones y acceso al poder. Tiene dos dimensiones:
Individual: La necesidad de que las mujeres tomen conciencia del poder que
tienen individual y colectivamente para lograr la recuperación de su dignidad
como personas.
Social: Se refiere a la necesidad de que las mujeres estén presentes en los
lugares donde se toman las decisiones.
Enfoque integrado de
género
(mainstreaming,
transversalidad de
género o perspectiva de
género)
“El mainstreaming de género es la organización (la reorganización), la mejora, el
desarrollo y la evaluación de los procesos políticos, de modo que una perspectiva de
igualdad de género se incorpore en todas las políticas, a todos los niveles y en todas las
15
etapas, por los actores normalmente involucrados en la adopción de dichas políticas” .
En julio de 1997 el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) definió
el concepto de la tranversalización de la perspectiva de género en los siguientes
términos: "Transversalizar la perspectiva de género es el proceso de valorar las
implicaciones que tiene para los hombres y para las mujeres cualquier acción que se
planifique, ya se trate de legislación, políticas o programas, en todas las áreas y en
todos los niveles. Es una estrategia para conseguir que las preocupaciones y
experiencias de las mujeres, al igual que las de los hombres, sean parte integrante en la
elaboración, puesta en marcha, control y evaluación de las políticas y de los programas
en todas las esferas políticas, económicas y sociales, de manera que las mujeres y los
hombres puedan beneficiarse de ellos igualmente y no se perpetúe la desigualdad. El
objetivo final de la integración es conseguir la igualdad de los géneros."
Es una forma de observar la realidad en base a las variables sexo y género y sus
manifestaciones en contextos determinados; se basa en el reconocimiento explícito del
15
Grupo de Expertos (/as) del Consejo de Europa:
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género como construcción social y cultural de procedencia histórica, que puede y debe
ser transformada. Contribuye a la humanización de la sociedad y sus objetivos son: la
integración del principio de igualdad de oportunidades en todas las políticas y prácticas
cotidianas públicas, evitar los desequilibrios y desigualdades existentes en la sociedad,
acabar con las discriminaciones (de sexo, etnia, discapqacidad, etc.)…
Equidad
Acto de justicia social y económica basado en una noción ética, política y práctica que
supera a una acción redistributiva. Virtud que hace dar a cada cual lo que le pertenece.
Comporta el aumento de las capacidades y habilidades, la redefinición de los derechos
de las personas, el respeto a las diferencias y a la cultura…
De género: establecimiento y fortalecimiento de mecanismos destinados a impulsar la
igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades de mujeres y hombres;
revalorar el papel de la mujer y del hombre en el seno familiar, y en los ámbitos
institucional y social; eliminar la discriminación individual y colectiva hacia el hombre y
la mujer u otras minorías.
Entre hombres y mujeres: Imparcialidad en el trato a hombres y mujeres
Espacio privado
Periodos de tiempo (y lugares) que pueden dedicarse a actividades personales.
Estadísticas
desagregadas por sexo
Fuentes de información cuantitativa diseñadas para visibilizar la situación de un sexo
respecto al otro, en un determinado contexto y temporalización.
Estereotipo
Idea o creencia que determina un modelo de conducta social basado en opiniones
preconcebidas, en función de una variable (grupo de pertenencia, sexo, etc.). Están
socioculturalmente compartidas y permiten clasificar y juzgar, casi siempre
epeyoratovamente.
De género: Creencias socialmente construidas para hombres y mujeres.
Estrategia dual
(Integración de la
perspectiva de
género/transversalidad):
Etnocentrismo
16
integrar sistemáticamente las situaciones, prioridades y necesidades respectivas de
mujeres y hombres en todas las políticas, con vistas a promover la igualdad entre
hombres y mujeres y recurrir a todas las políticas y medidas generales con el fin
específico de lograr la igualdad, teniendo en cuenta activa y abiertamente, desde la fase
de planificación, sus efectos en las situaciones respectivas de unas y otros cuando se
16
apliquen, supervise y evalúen
Creencia de que la cultura propia es superior a las demás.
Comunicado de la Comisión COM9667 final de 21.2.1996)
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Evaluación con enfoque
de género
Control sobre cualquier propuesta de política para verificar que se hayan evitado
posibles efectos discriminatorios y para promover la igualdad y la equidad. Se basa en
los criterios de: promoción de la participación equitativa y visualización de los
obstáculos que las imposibilitan.
Más específicamente: examen de propuestas políticas para analizar si afectan a las
mujeres de forma diferente que a los hombres, al objeto de adaptarlas para neutralizar
los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres.
Feminismo
Conjunto de corrientes de pensamiento, teorías sociales y prácticas políticas que se
posicionan en abierta crítica de las relaciones sociales no igualitarias, que provienen
principalmente de la experiencia femenina, y que proclaman la promoción de los
derechos de las mujeres.
Feminización de la
pobreza
Categoría de análisis sobre la tendencia al aumento de la incidencia y prevalencia de la
pobreza entre las mujeres.
Flexibilización
Conjunto de medidas que permiten eliminar restricciones y adaptarse a la realidad
objetivo (hacia el empleo, la inclusión social, la igualdad de género, la concliación
personal y laboral, etc.)
Género
Maculino o femenino.
«El género se refiere a los papeles sociales construidos para la mujer y el hombre
asentados en base a su sexo y dependen de un particular contexto socioeconómico,
político y cultural, y están afectados por otros factores como son la edad, la clase, la
17
raza y la etnia» .
18
“No se nace mujer, se llega a serlo” . Es un concepto sociocultural que se refiere al
conjunto de valores, sentimientos, actitudes, comportamientos, capacidades, roles...
asignados culturalmente a una persona por el hecho de nacer de un sexo u otro en
función de lo que en cada sociedad y en cada momento histórico se considere que debe
ser y hacer una mujer o un hombre. En oposición a las diferencias biológicas, son
diferencias aprehendidas. Su no asunción puede suponer rechazo social).
Género y promoción al desarrollo: proceso de mejoramiento ambiental, social,
económico, cultural y político con capacidad de satisfacer el conjunto de necesidades
reproductivas, productivas, emocionales y creativas de hombres y mujeres en su
conjunto.
Género y desarrollo sostenible: no solamente busca la satisfacción de necesidades
básicas, sino también la participación de hombres y mujeres en la construcción de
formas de interacción para asegurar la base de los recursos naturales, de tal forma que
la población actual no comprometa la capacidad productiva, social y ecológica de las
17
18
IV Conferencia Mundial sobre la Mujer. Beijing, 1995
Simone de Beauvoir
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futuras generaciones con el propósito de satisfacer sus propias necesidades actuales.
Hogares encabezados
por mujeres
Hogares en los cuales no hay hombres (debido a divorcio, migración, viudez, etc.) u
hogares en los que los hombres, aunque estén presentes, no contribuyen a sus
ingresos.
Homofobia
Se refiere a la aversión, odio, miedo, prejuicio o discriminación contra hombres o
mujeres con orientación sexual diferente a la heterosexual; incluye a las demás
personas que integran a la diversidad sexual: lésbico, gay, bisexual, transexual,
transgénero, travesti e intersex (LGBTTTI). Incluye la lesbofobia.
Horario flexible
Fórmulas de jornada laboral que ofrecen una gama de posibilidades que permiten
conciliar las dimensiones personal, familiar, laboral…
Hostigamiento sexual
Acción que va dirigida a exigir, manipular, coaccionar o chantajear sexualmente a
personas del sexo opuesto o del mismo sexo. Provoca efectos perjudiciales en el
ambiente laboral y educativo, afectando el desempeño y cumplimiento, así como el
bienestar personal. Es un comportamiento que no es deseado por la víctima.
Identidad
Conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad que los caracterizan
frente a los demás. Son mecanismos que la persona internaliza (formas específicas de
pensar, sentir y actuar que definen los roles que desempeñarán a lo largo de su vida).
La biología determina a mujeres y hombres, la sociedad determina la identidad
femenina o masculina.
Igualdad
Se refiere a la situación real igualitaria en donde las mujeres y los hombres comparten
igualdad de derechos económicos, políticos, civiles, culturales y sociales
De género: situación en la que mujeres y hombres tienen las mismas posibilidades u
oportunidades en la vida de acceder y controlar recursos y bienes valiosos desde el
punto de vista social. Es un derecho que se apoya en el concepto d ejusticia social.
Implica la ausencia de discriminación por razón de sexo.
De oportunidades: “La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres
es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y
19
observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas” . Situación en la
que las mujeres y los hombres tienen iguales oportunidades para realizarse intelectual,
física y emocionalmente, desarrollando sus capacidades potenciales sin distinción de
género, clase, sexo, edad, religión y etnia. Ausencia de toda barrera sexista para la
participación económica, política y social.
19
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De sexo: relación de equivalencia en el sentido de que las personas tienen el mismo
valor, independientemente de su sexo.
De trato: Presupone el derecho a las mismas condiciones sociales de seguridad,
remuneraciones y condiciones de trabajo, tanto para mujeres como para hombres.
Principio informador de ordenamiento jurídico que se integra en él y ha de observarse
en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. Supone la ausencia de toda
discriminación por razón de sexo, ya sea directa o indirecta
Impacto de género
Consiste en identificar y valorar los diferentes resultados y efectos de una norma o una
política pública en uno y otro sexo, con objeto de neutralizar los mismos para evitar sus
posibles efectos discriminatorios.
Insensible a las
diferencias de género
Políticas, programas o instituciones que no tienen en cuenta las particularidades de
hombres y mujeres.
Interculturalidad
Intervención
Relación respetuosa entre culturas.
Actuación planificadadestinada a solucionar determinados problemas de desarrollo y a
lograr objetivos específicos en un determinado marco temporal.
Invisibilización de las
mujeres
Concepto muy utilizado en ciencias sociales para designar un conjunto de mecanismos
culturales que llevan a omitir la presencia de determinado grupo social (mujeres):
“Desvalorización que hace la sociedad de las actividades realizadas por las mujeres,
considerándolas como naturales”.
Lenguaje sexista
Modo de hablar que legitima y reproduce relaciones injustas entre los sexos, mediante
formas de expresión que generalmente devalúan e invisibilizan al otro sexo (a las
mujeres y lo femenino cuando se usan formas lingüísticas androcéntricas).
Machismo
Fenómeno sociocultural que exalta los valores masculinos y su poder, superioridad y
dominio sobre las mujeres.
Maltrato de la mujer
Situación de violencia ejercida contra las mujeres mediante agresiones verbales, físicas
y/o psíquicas por parte de sus cónyuges, parejas o ex parejas.
Marca de excelencia en
Igualdad
Es el reconocimiento para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la
igualdad entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas
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empresariales que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de
los recursos humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres.
Misoginia
Actitud de odio o desprecio a las mujeres por el solo hecho de ser mujeres
Modelo de Igualdad en
perspectiva de género
Modelo que tiene como objetivo la calidad de vida de toda la población. Ello requiere la
plena integración (con igualdad de oportunidades) de los hombres y mujeres en las
actividades remuneradas y no remuneradas.
Necesidades
estratégicas de género
Todo aquello que hay que remediar para superar la posición subordinada de un sexo a
otro, para lograr un cambio en la posición o status social: necesidades relacionadas con
las mejoras en la igualdad de mujeres y hombres y que deben tener efectos colaterales
positivos y perdurables en el tiempo.
Necesidades prácticas
de género
Necesidades que mujeres y hombres identifican en el contexto de sus papeles
socialmente aceptados en la sociedad y que con frecuencia se relacionan con las
condiciones de vida.
Participación
Se refiere al protagonismo de hombres y mujeres mediante el acto voluntario, motivado
por el interés y el deseo de hacer presencia, opinar, comentar, sugerir y tomar
decisiones, en acciones y procesos que buscan favorecer las condiciones de vida.
Maternidad-Paternidad
responsable
Capacidad de mujeres y hombres para engendrar hijos(as) y el compromiso de
criarlos(as), brindándoles una vida de atención, mantenimiento, protección, educación,
gula y dedicación que se requieren para educarlos como hombres y mujeres.
Patriarcado
“El poder de los padres: un sistema familiar y social, ideológico y político con el que los
hombres –a través de la fuerza, la presión directa, los rituales, la tradición, la ley o el
lenguaje, las costumbres, la etiqueta, la educación y la división del trabajo determinan
cuál es o no el papel que las mujeres deben interpretar con el fin de estar en toda
20
circunstancia sometidas al varón”
Permiso parental
Parental: Derecho individual -y, en principio, no transferible- de todos los trabajadores,
hombres y mujeres, a ausentarse del trabajo por motivo de nacimiento o adopción de
20
Movimiento feminista
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21
un hijo .
Por maternidad: Licencia a la que tiene derecho una mujer antes o después del parto,
por un tiempo ininterrumpido determinado por la legislación y las prácticas
nacionales22 La Ley 39/99 de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral regula que el
permiso por maternidad –derecho exclusivo de la madre‐es un derecho que puede ser
cedido al padre una vez agotadas las semanas obligatorias de permiso para la madre.
Perspectiva de género
Es un enfoque de análisis que permite analizar y comprender las características que
definen a las mujeres y a los hombres, así como sus semejanzas y diferencias. Analiza
las posibilidades y oportunidades de ambos, sus expectativas, las complejas y diversas
relaciones sociales que se dan entre ambos géneros, así como los conflictos
23
institucionales y cotidianos que deben enfrentar y las maneras en que lo hacen.
La perspectiva de género supone considerar sistemáticamente las diferentes
condiciones, situaciones y necesidades en las que viven mujeres y hombres, en todas las
políticas y en los momentos de la intervención: diagnóstico, planificación, ejecución y
24
evaluación .
Plan de Igualdad
Compromiso institucional de previsión y coordinación de un conjunto de acciones
positivas que tienen como objetivo promover las condiciones para la igualdad real y
efectiva de las personas (trabajadoras/es).
Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las
estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de
25
sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados .
Planificación sensible al
género
Enfoque activo de la planificación en el que se toman en cuenta, como variable o
criterio clave, las diferencias entre mujeres y hombres, y que procura incorporar
explícitamente todo relativo a las diferencias hombre‐mujer en políticas y acciones.
Posición de la mujer
Hace referencia a las características socio-económicas que configuran los niveles
materiales de vida determinando la discriminación de las mujeres en relación a los
hombres.
Principio de
Igualdad: Principio jurídico que ampara la igualdad entre los sexos y condena la
discriminación. Viene a recordar que todas las personas somos iguales ante la ley. Es
sinónimo del principio de no discriminación.
Igualdad de oportunidades: Necesidad de establecer medidas dirigidas a tratar de
21
Directiva 96/34/CE del Consejo, de 3 de junio de 1996, DO L 145 de 19.6.1996. Legislación española diversa. Pueden revisarse los Acuerdos
internos de entidad.
22
Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, DO L 348 de 28.11.1992.
23
Agencia Española de Cooperación Internacional, 2007
24
IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing, 1995
25
LOIEMH, art. 46.1
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manera más favorable a aquellos colectivos que todavía soportan diferentes tipos de
discriminación
Programa
Grupo de proyectos o servicios relacionados dedicado a la resolución de problemas
específicos de desarrollo y destinado a lograr objetivos similares o relacionados en un
período de tiempo específico.
Proyecto
Intervención planificada diseñada para tratar problemas específicos de desarrollo a
través de la consecución de objetivos específicos con un presupuesto determinado y un
período de tiempo establecido.
Publicidad ilícita
Aquella publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y
derechos reconocidos en la Constitución.
Relaciones de género
Manera en que la cultura (sociedad) define los derechos, responsabilidades y las
identidades (femenino/masculino) y determina el tipo de relaciones sociales entre
mujeres y hombres (que, a su vez, influencian las condiciones de vida).
Relativismo cultural
Principio que afirma que todos los sistemas culturales son intrínsecamente iguales en
valor, y que los rasgos característicos de cada uno tienen que ser evaluados y explicados
dentro del sistema en el que aparecen.
Relator especial de las
Naciones Unidas para la
condición de la mujer
La Relatoría Especial sobre la condición de la mujer, con inclusión de sus causas y
consecuencias, se creó en 1994, por resolución de 1994 / 45 tras la propuesta de la
Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de Viena.”Tiene el mandato principal de
buscar y recibir información sobre la violencia de la que las mujeres son objeto, con
atención a sus causas y efectos, debiendo dar eficaz respuesta a dicha información”.
También le compete recomendar medidas orientadas a acabar con la violencia contra la
mujer, erradicar sus causas y reparar sus consecuencias. Es pues un “mecanismo
temático” de la comisión de importancia para el movimiento de mujeres.
Reparto de
responsabilidades
Rol
Es la distribución de los actos asumidos por voluntad propia entre dos o más personas.
Con frecuencia se asocia reducido al “reparto de cargas domésticas”. Conlleva una tarea
de sensibilización.
Papel, función o representación que juega una persona dentro de un sistema (empresa,
sociedad…), basado en un sistema de valores y costumbres que determina –a ojos de la
sociedad- el tipo de actividades que ésta debe desarrollar.
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De género: Es el conjunto de comportamientos, actitudes y actividades que una
sociedad espera que realice una persona en función de su sexo al interactuar con el
mundo que le rodea en un momento determinado.
Segregación en el
trabajo
Concentración de mujeres y de hombres en tipos y niveles diferentes de actividad y de
empleo.
Horizontal: Concentración del número de mujeres y/o de hombres en sectores y
empleos específicos. Es lo que conocemos por “trabajos típicamente femeninos”
(secretarias, enfermeras, maestras…) y “trabajos típicamente masculinos” (mecánicos,
conductores…).
Vertical: Concentración de mujeres y de hombres en grados y niveles específicos de
responsabilidad o de puestos. A veces se utiliza el término “techo de cristal”.
Sensibilización
Proceso de comunicación social, se basa en el manejo de emociones o sensaciones
(superficiales y personales) para transmitir un mensaje.
Respecto al género: Proceso que promueve en hombres y mujeres el reconocimiento y
aceptación de que los roles son determinados por la historia, la sociedad y la cultura y
que pueden ser modificables.
Sexismo
Término que contempla que uno de los sexos es superior al otro.
Con frecuencia se utiliza como sinónimo de machismo (rechazo violento o desinterés y
menosprecio por todo lo femenino); también define el mecanismo mediante el cual se
conceden privilegios o se discrimina a una persona sólo en razón de su sexo o identidad
sexual.
Sexo
Son las características físicas, biológicas, anatómicas y fisiológicas de los seres humanos,
que los definen como macho y hembra. Se reconoce a partir de datos corporales
genitales; el sexo es una construción natural, con la que se nace.
«El género es la forma en que todas las socieda-des del mundo determinan las
funciones, actitu-des, valores y relaciones que conciernen al hombre y a la mujer.
Mientras el sexo hace referencia a los aspectos biológicos que se derivan de las
diferencias sexuales, el género es una definición de las mujeres y los hombres construido
26
culturalmente y con claras repercusiones políticas» .
26
Sistema de géneros
Conjunto de estructuras socioeconómicas y políticas que mantiene y perpetúa los roles
tradicionales masculino y femenino, así como lo que tradicionalmente ha sido atribuido
a mujeres y hombres.
Socialización
Aquellos procesos psicosociales en los que el individuo se desarrolla como persona y
ONU, en los trabajos preparatorios de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer
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como miembro de la sociedad. En este proceso se adquiere o construye la identidad
personal y social como parte del grupo social al que pertenece, el individuo se configura
como persona, con sus rasgos y características personales..
Sororidad
El concepto de sororidad proviene del latín “soror”, “hermana”, que se distingue del
“frater” que se refiere al pacto entre hermanos, entre iguales.
Alude a la hermandad entre mujeres, y por lo tanto puede definirse como el pacto
asumido por las mujeres para disminuir la brecha que existe entre su condición propia y
la de los hombres. Se utiliza para referirse a una nueva forma de relación entre mujeres,
como hermanas iguales, que rompe con las relaciones que tienen como base la ética de
competencia que el orden patriarcal ha establecido como modelo entre los seres
humanos.
Sostenibilidad
Patrón de comportamiento que asegure a cada una de las generaciones futuras, la
opción de disfrutar por lo menos del mismo nivel de bienestar de sus antecesores. Se
hace énfasis en la equidad intergeneracional del desarrollo y el acceso, uso y manejo
adecuado de los recursos naturales.
Tasa de participación
Es el índice de participación de un grupo determinado expresado en porcentaje de la
participación global.
Techo de vidrio
Barrera invisible resultante de un complejo entramado de estructuras en organizaciones
(casi siempre referida a las dominadas por varones, que impide que las mujeres
accedan a puestos importantes).
Techo de cristal
Trabajo productivo y
reproductivo
Dos categorías complementarias:
El trabajo productivo indica aquellas actividades humanas que producen bienes o
servicios y que tienen un valor de cambio, por lo tanto que generan ingresos. Parece
quererse contraponer a quienes son “improductivos”.
El trabajo reproductivo constituye un conjunto de tareas necesarias para garantizar el
bienestar y supervivencia de las personas que componen el hogar, y y se entiende en
dos niveles fundamentales:
La reproducción biológica: la gestación, el parto y la lactancia del niño.
La reproducción social: mantenimiento del hogar y la reproducción de hábitos,
normas que, incluye la crianza, la educación, la alimentación, atención y
cuidado de los miembros y organización y, leyes, costumbres y valores de un
grupo social determinado.
Con frecuencia este segundo se ha identificado con “improductividad”.
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Transfobia
Discriminación hacia personas, transexual, transgénero, travesti e intersex.
Transversalización
Proceso de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y para los hombres
cualquier acción que se planifique, ya se trate de legislación, políticas y programas, en
todas las áreas y en todos los niveles de manera que los hombres y mujeres puedan
beneficiarse con la finalidad de alcanzar la igualdad de género.
Trata de personas
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas,
recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al
fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la
concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una
persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.
“El reclutamiento, transporte, transferencia, albergue o recibo de personas, por medio
de amenazas o el uso de la fuerza u otras formas de coerción, rapto, fraude, engaño, o
abuso de poder o de una posición de vulnerabilidad o por dar o recibir pagos o
beneficios, para lograr el consentimiento de una persona que tiene el control sobre otra
persona, para propósitos de explotación. La explotación incluirá, como mínimo, la
explotación de la prostitución de terceros u otras formas de explotación sexual, trabajos
forzados o servicios, esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, servidumbre o la
extirpación de órganos. El consentimiento de una víctima de trta de personas para la
explotación deliberada, será irrelevante en los casos en que se haya utilizado alguno de
27
los medios mencionados arriba” .
Tráfico de mujeres. Comercio de mujeres, para convertirlas en “esclavas modernas”,
donde pueden comibanarse dos propósitos: como mano de obra barata o bien para la
explotación sexual. En el fondo el tráfico de mujeres implica la privación de su libertad
individual, lo cual atenta contra sus derechos humanos.
Tratado
El Tratado es un término genérico que abarca todos los instrumentos vinculantes con
arreglo al derecho internacional, cualquiera que sea su designación formal, concertados
entre dos o más personas jurídicas internacionales.
La Convención de Viena de 1969 define un tratado como “un acuerdo internacional
celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en
un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su
denominación” (Art.2, párr.1, apartado b). En ese sentido, las convenciones, los
acuerdos, los protocolos y los canjes de cartas o notas pueden todos ellos constituir
tratados. Sin embargo normalmente el término “tratado” se utiliza para instrumentos
de cierta importancia y solemnidad.
Trato preferente
27
Trato dado a una persona o un grupo de personas, de modo que puedan alcanzar más
beneficios, derechos, oportunidades o mejor acceso o situación que otra persona o
grupo. Puede utilizarse de manera positiva, mediante una acción positiva destinada a
eliminar una práctica discriminatoria previa, o negativa, si se pretende mantener
Organización Internacional para las Migraciones
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diferencias o ventajas de una persona o conjunto de personas sobre otras.
Triple rol
Expresión normalmente aplicada a la participación femenina en funciones productivas,
reproductivas y de gestión comunal (trabajo productivo, trabajo reproductivo y trabajo
comunitario).
Violencia de género
Cualquier acción u omisión contra una persona, derivada de su condición de género,
orientación y/o preferencia sexual y que resulte en daño o sufrimiento psicológico,
físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte.
“Constituye violencia de género todo acto de violencia, basado en la pertenencia de la
persona agredida al sexo femenino, que tenga o pueda tener como resultado un daño o
sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales
actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida
28
pública como en la privada” .
Violencia contra las mujeres: “Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo
femenino que tenga o pueda tener como resultado daño o sufrimiento físico, sexual o
psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la
29
privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada” .
Violencia familiar: Toda forma de violencia física, sexual o psicológica que pone en
peligro la seguridad o el bienestar de un miembro de la familia. Contempla: el uso de la
fuerza física, el chantaje emocional, las amenazas, la violencia sexual, el maltrato
infantil, los abusos sexuales… contra cualquier persona que conviva bajo el mismo
techo.
Violencia física/Maltrato físico: Todo acto de agresión intencional en el que se utilice
alguna parte del cuerpo, algún objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o
causar daño a la integridad física del otro, encaminado hacia su sometimiento y control;
Violencia intragénero: Es aquella que en sus diferentes formas se produce en el seno de
las relaciones afectivas y sexuales entre personas del mismo sexo, como un ejercicio de
poder, siendo el objetivo de la persona que abusa dominar y controlar a la víctima.
Violencia patrimonial: Es cualquier acto u omisión que afecta el estatus material de la
víctima: transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos,
documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos
económicos destinados a satisfacer necesidades…
Violencia psicológica: Acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, consistente
en negligencia, abandono, descuido reiterado, celos, insultos, humillaciones,
devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas,
rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas.
Violencia virtual: Se refiere a la violencia que no se experimenta físicamente sino a
través de las tecnologías de información y comunicación (TIC), que ocasiona daño
psicológico y emocional.
Violencia/Maltrato institucional: Es la relativa a los actos u omisiones de las
28
29
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, art. 1.
Naciones Unidas, 1980
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autoridades y funcionarios de las instituciones que discriminen o tengan como fin
dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos, así como la
puesta en práctica de reglamentaciones destinadas a prevenir, atender, investigar,
sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.
Violencia/Maltrato psicoemocional: Patrón de conducta consistente en actos u
omisiones repetitivos cuyas formas de expresión pueden ser: prohibiciones, coacciones,
condicionamientos, intimidaciones, amenazas, actitudes devaluatorias, de abandono, o
celos para el control, manipulación o dominio de la pareja…
Violencia/Maltrato sexual: Patrón de conducta consistente en actos u omisiones
reiteradas que degradan o dañan el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por
tanto atentan contra su libertad, dignidad e integridad física.
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TÉRMINOS
ALAMEDILLENSES
Banco de palabras
PARA MEJORAR el Enfoque
Integrado de Género
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Cuando decimos… Podemos decir…
Adolescente
Adolescentes
Alumnos
Coordinador
Descendientes
Educador Social
Hombres
Jefe
Jóvenes
Menor
Monoparental
Niño
Orientador Sociolaboral
El/La adolescente
Adolescencia
Alumnado
Coordinador/a
Persona responsable de la coordinación
El/La profesional que ejerce la coordinación
Descendencia
Educador/a Social
El/La profesional socioeducativo
El/ La profesional de Educación Social
Humanidad
Seres humanos
Personas varones
individuos
Jefe/Jefa de..
La persona que ejerce la jefatura…
Juventud
El/La menor
Persona o familia con cargas familiares no
compartidas.
Monomarental no existe en el diccionario
Niño/niña
Orientador/a Sociolaboral
El/La profesional que orienta laboralmente
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Cuando decimos… Podemos decir…
El/la profesional de Orientación Sociolaboral
Padres
Profesiones, cargos
Trabajador
Trabajador Social
Un caso de alta
Usuario
Varón y Hembra
Vecinos
Padres/Madres
Progenitores
Médica, Ingeniera, Jueza, abogada, concejala…
Personal médico, personal administrativo…
Trabajador/a
Personal que trabaja
El/La profesional
Trabajador/a Social
El/la profesional de Trabajo Social
Una familia de alta
Una persona de alta
Altas en intervención
Usuario/a
Persona receptora del servicio x.
Beneficiario/a
Cliente?depende...??
Hombre/es y Mujer/es
Vecindario
Residentes
Habitantes
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Podem os además añadirir fórmulas que existen para superar el lenguaje sexista aunque no sean
palabras concretas. La propuesta es la siguiente:
1.- Uso de genéricos reales:
Los funcionarios: El funcionariado
Los empresarios: El empresariado
Los alumnos: El alumnado
Los ciudadanos: La ciudadanía
Los profesores: El profesorado
2.- Uso de nombres abstractos para cualidades o acciones:
Tutor: Tutoría
Jefe: Jefatura
Director: Dirección
3.- Anteponer la palabra persona a la expresión sexista o discriminatoria:
Minusválido: Persona discapacitada
Solicitante: Persona solicitante
Inmigrante: Persona inmigrante /población inmigrante
Los mayores: Las personas mayores
Los concejales: La corporación municipal
Los madrileños: La población madrileña
4.- El uso de los dos géneros gramaticales:
Los trabajadores y las trabajadoras
Los niños y las niñas
5.- Omitir los determinantes y pronombres con marca de género o sustituirlos por otro sin marca de
género (cada, quién, quienes, etc):
Los funcionarios y contratados asistieron a ….
Los solicitantes deben….
Funcionariado y personal contratado
asistieron a …
Cada solicitante (la persona solicitante, la
familia solicitante) debe…..
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6.- Recurrir a pronombres sin marca de género
Los que participan deben...
Quienes participan deben….
7.- Eludir el sujeto y sustituirlo por la forma se
El solicitante deberá cumplimentar el impreso
Se cumplimentará el impreso
8.- Sustituir el verbo ser y estar
Quien trabaja aquí está obligado a:
Quien trabaja aquí tiene la obligación de
9.- Referirse a las mujeres como seres autónomos omitiendo coletillas como novia de, mujer de, etc.
10.-Evitar estereotipos:
Las mujeres de la limpieza: Personal de limpieza
Médicos y enfermeras: Personal sanitario
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BIBLIOGRAFÍA
WEBGRAFÍA
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Ref. 2016.01
Agrupación de Desarrollo “Compromiso por la Conciliación. Ideas para la comunicación no sexista. Guadalajara 2004.
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76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero de 1976, DO L 39 de 14.2.1976), a los regímenes legales de seguridad social (Directiva
79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, DO L 6 de 10.1.1979), a los regímenes profesionales de seguridad social
(Directiva 86/378/CEE del Consejo, de 24 de julio de 1986, DO L 225 de 12.8.1986), a quienes ejerzan una actividad autónoma,
incluidas las actividades agrícolas (Directiva 86/613/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1986, DO L 359 de 19.12.1986), a la
trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia (Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de
1992, DO L 348 de 28.11.1992) y al permiso parental (Directiva 96/34/CE del Consejo, de 3 de junio de 1996, DO L 145 de
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Asociación de mujeres juristas Themis
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Federación de mujeres progresistas
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desde un enfoque integrado de género en la Asociación de Educadores Las Alamedillas
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