Download medios de participación de las trabajadoras y los trabajadores en la

Document related concepts

Tesorería de Seguridad Social wikipedia , lookup

Derecho al trabajo wikipedia , lookup

Derecho laboral de Venezuela wikipedia , lookup

Derecho laboral wikipedia , lookup

Accidente de trabajo wikipedia , lookup

Transcript
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
MEDIOS DE PARTICIPACIÓN DE LAS TRABAJADORAS Y LOS
TRABAJADORES EN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL EL
CONTEXTO JURÍDICO LABORAL VENEZOLANO.
Manuel Luis Rojas Fuenmayor
Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín.
[email protected]
Verónica Migdalia González.
Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín.
[email protected]
RESUMEN
El objetivo principal de la investigación fue analizar los medios de participación de
las trabajadoras y los trabajadores en la responsabilidad social empresarial dentro
del contexto jurídico laboral venezolano. Como objetivo se plantearon: Identificar
los medios de participación en la responsabilidad social empresarial; examinando
los medios de participación directos e indirectos de las trabajadoras y los
trabajadores. Metodológicamente fue un estudio documental, descriptivo, con un
diseño no experimental, documental, bibliográfico; como técnica de recolección de
datos se empleó el análisis documental. Para el análisis de los datos recolectados,
se aplicó la hermenéutica jurídica, por medio del método lógico; gramatical y
exegético. El estudio fue fundamentado en el Libro Verde de la Comisión de las
Comunidades Europeas (2001); Bestratén, M y Pujol, L. (2006), Teixido, S,
Chavarri, R y Castro A (2002); Guedez. V. (2006), entre otros; legalmente se
fundamento en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999),
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012),
Reglamento de la LOT (2006), la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo (2005). Entre las principales conclusiones se pudo
determinar la importancia que tienen las trabajadoras y los trabajadores en la
responsabilidad social empresarial, así como que no existe legislación especial
alguna en Venezuela sobre responsabilidad social empresarial, por lo que se
recomienda impulsar acciones en este sentido; se logra la identificación de los
medios de participación directos en indirectos que tienen las trabajadoras y los
trabajadores como actores primordiales en la responsabilidad social de la
empresa.
Palabras claves: Medios de participación, responsabilidad social empresarial,
contexto jurídico laboral venezolano.
ABSTRACT
The main objective of the research was to analyze the mass participation of
workers and employees in corporate social responsibility within the Venezuelan
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1042
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
labor law context. As target raised: Identify the means of participation in corporate
social responsibility, to explore ways of direct and indirect participation of workers
and employees. Methodologically was a desk study, descriptive, non-experimental
design, film, literature, and data collection technique was employed documentary
analysis. For the analysis of the data collected, the legal interpretation was applied
by means of logical method, grammatical and exegetical. The study was based on
the Green Paper of the Commission of the European Communities (2001);
Bestraten, M and Pujol, L. (2006), Teixido, S, Chavarri, R and Castro A (2002);
Guedez. V. (2006), among others, is legally based on the Constitution of the
Bolivarian Republic of Venezuela (1999), Labor Law, Workers and Workers (2012),
Regulation of the Labor Law (2006), the Law on Prevention , Conditions and
Working Environment (2005). Key findings could determine the importance of
working men and women in corporate social responsibility, and there is no any
special legislation in Venezuela on corporate social responsibility, so it is
recommended to promote actions in this sense, is achieved identification of the
means of direct participation are indirect workers and employees as primary
stakeholders in corporate social responsibility.
Keywords: media participation, corporate social responsibility, Venezuelan labor
law context.
Introducción
En Venezuela a partir de la aprobación de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela del año 1999 (CRBV), se consagran normas rectoras
acerca de la responsabilidad social; en su articulado hace referencia a aquellos
aspectos o elementos que la conforman y que hacen referencia al ámbito social,
económico,
salud,
familia
y
comunidad,
participación
protagónica,
corresponsabilidad, entre otros.
Estos postulados, se han concretado a través de normativas y en los planes de
desarrollo del gobierno nacional.
El objetivo de esta investigación es analizar los medios de participación de los
trabajadores y las trabajadoras en la responsabilidad social empresarial dentro del
contexto jurídico laboral venezolano. Metodológicamente es un estudio
documental, descriptivo, con un diseño no experimental, documental, bibliográfico;
como técnica de recolección de datos se empleó el análisis documental. Para el
análisis de los datos recolectados, se aplicó la hermenéutica jurídica, por medio
del método lógico; gramatical y exegético. Para ello, se realizó una revisión de
documentos normativos y aportes teóricos.
La investigación a su vez consta de tres partes la primera referida a la
introducción, una segunda parte donde se desarrolla el objeto del estudio, la tercera
referente a los resultados y conclusiones.
Medios de participación directos del trabajador
Sindicatos
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1043
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
El derecho que los trabajadores y trabajadoras tienen de asociarse libremente
en sindicatos está consagrado en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y
las Trabajadoras (LOTTT), del año 2012, Título VII: Del Derecho a la Participación
Protagónica de los Trabajadores, Trabajadoras y sus Organizaciones Sociales,
artículo 353.
Este derecho constituye el medio a través del cual los trabajadores logran su
participación, directa o indirecta, en las actividades de la empresa
Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (2007) los vínculos de los
sindicatos con la comunidad y la forma en que los representantes sindicales
pueden ayudar a lograr el bienestar colectivo, son necesarios para insertar a los
trabajadores en acciones de responsabilidad social empresarial.
Comités de seguridad y salud laboral
Con base legal en los artículos 2, 86 y 87 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela del año 1999; 46, 47,48 y 49 de la Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo del año 2005
(LOPCYMAT). Así como el Convenio 155 de la OIT sobre Seguridad y Salud en el
Trabajo y Recomendación 164 de la OIT, sobre Seguridad y Salud en el Trabajo,
se crean los Comités de Seguridad y Salud Laboral.
La definición de los mismos se encuentra en el artículo 46 de la mencionada
Ley Orgánica y los concibe como un órgano paritario y colegiado de participación
destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y
actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. El legislador
venezolano da importancia a la participación del trabajador en la toma de
decisiones, en cuanto a su seguridad y salud laboral dentro de su medio ambiente
de trabajo y, a su vez, permite descargar al patrono en este aspecto, permitiendo
la participación protagónica y responsable del trabajador.
Los comités sirven de instrumento para que los trabajadores puedan accionar
sus derechos en materia de prevención, higiene y seguridad laboral, mecanismo
que facilita la comunicación y fortalece la participación del
trabajador en acciones de responsabilidad social en la empresa.
Delegados de prevención
La LOPCYMAT (2005), incorpora en su texto la figura de los delegados de
prevención; elemento clave en el arraigo de una filosofía preventiva en el
tratamiento de los riesgos laborales, reconociendo el derecho a la participación
individual y colectiva.
La figura del delegado de prevención constituye la piedra angular sobre la que
se asienta la capacidad de iniciativa para cambiar las condiciones de trabajo y
medio ambiente en un sentido favorable a la salud de los trabajadores.
En el plano internacional el Convenio 155 sobre Salud y Seguridad de los
Trabajadores de la OIT ratificado por Venezuela y la recomendación 164 de este
convenio, establecen el derecho de consulta y cooperación de los trabajadores en
la prevención y control de los riesgos laborales que puedan afectar su seguridad y
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1044
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
salud, incluyendo el nombramiento de ―delegados de seguridad de los
trabajadores‖.
Diálogo Social
Para la OIT el diálogo social tiene una definición amplia que refleja la
extensa variedad de procesos y prácticas que se encuentran en los distintos
países. Comprende negociaciones y consultas o intercambio de información entre
los representantes de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores, sobre
cuestiones de interés común relativas a las políticas económicas y sociales.
La importancia del diálogo social radica en lo útil que puede ser esta
herramienta para lograr negociaciones exitosas entre los distintos sectores, tales
como fortalecer las estrategias de participación del trabajador en responsabilidad
social empresarial.
El objetivo de esta participación y de esta cooperación es facilitar el logro de
acuerdos relativos a la creación de riqueza, el progreso social y económico, la
seguridad social, la estabilidad y la igualdad, de modo que la combinación de
todos ellos produzca un resultado socialmente aceptable.
Medios de participación indirectos del trabajador
 Directrices del Estado
Las políticas y lineamientos fundamentales enunciados por los gobiernos o
estados constituyen la referencia clave al momento de caracterizar los
documentos que fundamentan la participación de los distintos actores sociales en
la responsabilidad social.
En este aspecto se destaca el Acuerdo Marco de Corresponsabilidad para
la Transformación Industrial celebrado por el ejecutivo nacional venezolano,
de fecha 24 de mayo del 2005, fundamentado, primeramente, en el artículo 308 de
la CRVB (1999) establece la obligación del Estado de proteger y promover la
pequeña y la mediana industria, las cooperativas, así como la empresa familiar, la
microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el
ahorro y el consumo, bajo forma de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el
desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular.
El propósito del Estado es buscar la participación de los integrantes de ambos
sectores, como sujetos principales del acuerdo; buscando beneficios que permitan
mejorar la productividad de la empresa y su relación con el entorno, en
corresponsabilidad con el desarrollo social del estado y permitir a los trabajadores
una participación protagónica dentro de la empresa y mejorando las condiciones
de vida para él y su familia.
El artículo 62 de la CRVB (1999) prevé el derecho de los ciudadanos a
participar libremente en los asuntos públicos a través del sufragio. El artículo 63
establece la inserción en la formación, ejecución y control de la gestión pública. El
artículo 70 prevén los medios de participación política, social y económica, para
que los ciudadanos puedan participar en instancias de cogestión, autogestión y
cooperativas; fundamenta la llamada contraloría social y la cogestión obrera, en el
ámbito de las empresas estatales. Este además del artículo 118, esta centrado
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1045
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
específicamente en el ámbito laboral y el artículo 299 está referido al régimen
socioeconómico, que destaca la justicia social, la solidaridad, la productividad.
Estos principios inspiran las formas de cogestión obrera, que busca mayor
participación de los trabajadores en los entes económicos, a los fines de resolver
posibles inequidades en las relaciones laborales surgidas en contra de la masa
trabajadora.
 Familia
La CRBV (1999) considera el trabajo como un hecho social; el estado amplía
su protección no solo al trabajador sino también a la familia. Los artículos 75 y 91
establecen la protección del Estado a la familia y el derecho del trabajador o
trabajadora a un salario suficiente para subsistir con dignidad él y su familiar. El
artículo 87 establece el derecho y deber de trabajar de todas las personas. De
igual manera la LOTTT (2012) en su artículo 330, establece la creación de las
condiciones materiales, sociales y culturales requeridas para el desarrollo integral
de la familia y la comunidad.
 Sociedad civil
La CRVB (1999) en el artículo 132, consagra el deber de las personas de
participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país; el artículo
135 establece que los particulares deben participar en conjunto con el estado para
lograr el bienestar social común en virtud de la solidaridad, responsabilidad
social y asistencia humanitaria. El legislador venezolano integra a la sociedad
civil para que ejerzan un rol protagónico y participativo
como garantes del cumplimiento de las obligaciones del estado.
Consejos Comunales
El artículo 2 de Ley Orgánica de los Consejos Comunales Venezolana (2009)
define los consejos comunales como instancia de participación, articulación e
integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los
ciudadanos y ciudadanas, que permiten el ejercicio de la gestión de políticas
públicas por parte del pueblo. El articulo 4 numeral 8, define a las organizaciones
comunitarias como aquellas que existen o pueden existir en las comunidades y
que agrupan a un conjunto de ciudadanos y ciudadanas en base a objetivos e
intereses comunes y entre los cuales están los sindicatos y las organizaciones de
trabajadores y trabajadoras. Los consejos comunales se constituyen en una pieza
angular del ejercicio de la democracia participativa.
Con la creación de esta nueva estructura el trabajador puede insertarse en su
comunidad como un factor determinante en el o para el desarrollo esta, lo que a su
vez permitiría el fomento de alternativas que pueden ser ejecutadas por la
empresa donde labora.
CONCLUSIONES
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1046
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
En esta materia los medios directos son aquellos que se relacionan
directamente con el entorno interno de la empresa; se identifican los sindicatos;
comités de seguridad y salud laboral; delegados de prevención y diálogo y
concertación social.
Las asociaciones sindicales juegan un papel fundamental en las relaciones
trabajador-patrono-estado.
Los sindicatos sirven de escenario para negociar y concertar de forma pacífica
los conflictos.
Los elementos de la responsabilidad social empresarial trascienden las
actividades cotidianas de las empresas.
La investigación destaca la importancia de integrar a los trabajadores y
trabajadoras a través de los comités de seguridad y salud laboral.
Los delegados se destacan como lideres previsores de varias iniciativas
laborales, donde las políticas de responsabilidad social no son aisladas, sino que
forman parte de un conglomerado de acciones, con miras a satisfacer intereses
comunes.
Ahora bien, el diálogo social como estrategias comunicacionales entre
patronos, trabajadores y estado, resulto ser el medio mayormente utilizado por los
trabajadores, patronos y estado para la solución de conflictos no solo en materia
laboral, sino también sociales.
Se identificaron como medios indirectos, aquellos que en forma externa a
la empresa, le permiten al trabajador y a la trabajadora participar en la
responsabilidad social. Se encuentran aquí las directrices del estado, la familia, la
sociedad civil y sus organizaciones y los consejos comunales. Se realiza esta
segmentación de acuerdo con las organizaciones externas a la empresa, pero que
se encuentran directamente relacionadas con el trabajador y la trabajadora.
Lo dispuesto por el Estado sobre la materia, sirve de base al trabajador y a la
trabajadora para solicitar la obligación de su cumplimiento. El estado venezolano
redirecciona sus estrategias de responsabilidad social, a través de las figuras de
autogestión y cogestión, las mismas permiten incluir a los trabajadores y a las
trabajadoras en las decisiones de la empresa no solo desde el punto de vista
laboral, sino también económico, de dirección y social. El rol protagónico que
ejerce el trabajador y la trabajadora como miembros de la sociedad civil permite
que ésos se involucren y participen en las estrategias que puedan formular las
empresas y que favorezcan a la sociedad de la cual son parte.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. (2001) Libro Verde Fomentar
un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas. Bruselas.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. (1999).
Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 de la República Bolivariana de
Venezuela.
CHÁVEZ, N. (2001). Introducción a la Investigación Educativa. Maracaibo
DELGADO, J (2000). El Estado Social de Derecho. Revista Lex Nova . N°
240.Maracaibo, Venezuela: Colegio de Abogados del Estado Zulia.
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1047
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín
Decanato de Investigación y Postgrado.
DÍAZ, MANUEL (2007) Nuevas Modalidades y Tendencias del Sujeto Empleador
en Venezuela. Ponencia presentada en el Congreso
FINOL, T. y NAVA DE VILLALOBOS, H. (1995). Procesos y productos en la
investigación documental. Maracaibo. Editorial de La Universidad del Zulia.
GONZALÉS, T (2003) La Responsabilidad Social de la Empresa, Un Buen
Negocio. Disponible en: http://www.sappiens.com [Consultada: 29 de Junio de
2007]
GONZÁLEZ, L (2006) Trabajo y calidad de vida, articulo publicado en revista
electrónica
Cuba
Siglo
XXI.
Disponible
en:
http://www.nodo50.org/cubasigloXXI [Consultada: 29 de Enero de 2008]
LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES (2009) Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 39.335.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS
(2012) Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 6076.
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE
TRABAJO (2005) Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°.
38236.
LOVERA, A (2005). Empresas Recuperadas: cuando la clase obrera toma el control.
Publicación, desde dentro, revista de economía popular, Ministerio para la
Economía Popular. Año 2-N° 2. Caracas Venezuela.
MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) 1998. DECLARACION SOCIOLABORAL
Brasilia
Disponible
en:
www.cinterfor.org.uy/public/spanish/region/ampro/cinterfor/temas/worker/doc/
otros/iii/. [Consultada: 15 de Enero 2008]
MORENO, N. (2007). Política Social en el Marco del Desarrollo Endógeno y
Calidad de Vida. Universidad Rafael Belloso Chacin. Revista Electrónica Lex
Laboro Volumen III. Venezuela
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, Convenio 155 sobre Seguridad
y Salud de los Trabajadores (1981), ratificación registrada el 25-06-1984;
Gaceta Oficial Nº 3-312 Extraordinario del 10-01-1984.
Corporativa. Harvard Business Review on Corporate Responsibility Boston,
HBR Publishing Corporation. USA.
SERNA, María del Mar y ERMIDA URIARTE, Oscar (1994), El tripartismo, en
revista Derecho Laboral, t. XXXVII Nº 173-174,Montevideo
UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACÍN. (2004). Manual para Metodología de
la Investigación. Maracaibo. Material de apoyo para la cátedra seminario I.
EXTENSOS DEL EVENTO, 24 de noviembre de 2012.
Pp. 1048