Download Investigando la motivación por la norma de las personas que viven

Document related concepts

Criminología wikipedia , lookup

Muestreo teórico wikipedia , lookup

Programa para el análisis cualitativo asistido por computador wikipedia , lookup

Centro de Investigación Social Independiente wikipedia , lookup

Derecho penal wikipedia , lookup

Transcript
>>Atas CIAIQ2016 >>Investigação Qualitativa em Ciências Sociais//Investigación Cualitativa en Ciencias Sociales//Volume 3 Investigando la motivación por la norma de las personas que viven en barrios marginales. Un estudio etnográfico 1
Pilar Tarancón Gómez1, Nicolás García Rivas y Sarah Amira de la Garza2 1
Centro de Investigación en Criminología de la Universidad de Castilla-­‐La Mancha, España. [email protected]; [email protected] 2
Hugh Downs School of Human Communication de Arizona State University, EEUU. [email protected] Resumen. El propósito de este artículo es presentar la fase inicial de una investigación cualitativa, basada en el método etnográfico, que se está desarrollando en un barrio marginal de una ciudad española conocido como “Las 600 viviendas”. Considerando diversos factores de riesgo que relacionan la marginalidad social con el delito, se busca identificar, en particular, cómo asumen y entienden las personas que viven en este barrio las normas penales -­‐la motivación por la norma-­‐. Tras la delimitación del fenómeno a estudiar, se introduce el diseño metodológico de la investigación, que plantea ideas relevantes para discusión. Palabras clave: Barrios marginales, delincuencia, Derecho penal, investigación cualitativa, método etnográfico. Investigating “motivation by the law” amongst residents in marginalized communities: An ethnographic study Abstract. This article reports a qualitative study, using ethnographic methods, currently underway in a marginalized Spanish community known as “Las 600 viviendas”. Considering a variety of risk factors for crime associated with social marginality, we seek to identify, in particular, how persons living in this community understand and adopt criminal laws (motivation by law). Following the definition of the studied phenomenon, the methodological research design is introduced, which raises significant ideas for discussion. Keywords: Marginalized neighborhoods, social marginality, delinquency, criminal law, qualitative research, ethnographic methods. 1. Introducción A continuación se expone el planteamiento teórico de la investigación -­‐la formulación del problema-­‐, que aborda los siguientes temas: el nexo entre delito y marginalidad, y las posibles respuestas del Derecho Penal. 1.1. Delincuencia y marginalidad social Desde el siglo XIX, a nivel criminológico se han desarrollado numerosas teorías que han puesto de relieve las influencias sociales en la explicación de la delincuencia (Smith, Zhang & Barberet, 2011). De forma muy sucinta1 cabe decir que estas teorías parten de la idea que las personas que viven en una situación de pobreza, desigualdad y/o segregación social están más expuestas a desarrollar conductas delictivas, considerando diversos factores relacionados con la falta de recursos económicos y la desorganización social, pero también con las consecuencias que tiene en los individuos la vivencia de 1 Para una revisión amplia del tema, consúltese Redondo & Garrido (2013, capítulos 6 y 9). 679 >>Atas CIAIQ2016 >>Investigação Qualitativa em Ciências Sociais//Investigación Cualitativa en Ciencias Sociales//Volume 3 tales circunstancias, como pueden ser los sentimientos de injusticia, la tensión, la falta de control, la ruptura con los vínculos sociales y las normas morales imperantes en la sociedad, entre otros. En los barrios marginales, donde convergen todos estos factores de riesgo, más otros relacionados con el desempleo, la falta de educación, el consumo de drogas, los flujos migratorios (Liamputtong, 2007), la situación se problematiza, y puede incidir en el desarrollo de subculturas delictivas (Cloward & Olhin, 1960). En resumen, una situación que mantiene a quienes viven en estos suburbios urbanos al margen de las ciudades y, asimismo, al margen de las normas y de los valores sociales colectivos. En la comunidad científica se destaca la modernidad de estos planteamientos (Redondo & Garrido, 2013), dado que, en la actualidad, la intervención en estos sectores desfavorecidos -­‐en la línea de lo planteado durante los años 90 por el “Proyecto Áreas de Chicago”, uno de los ejemplos más relevantes en la materia (Medina, 2010)-­‐ se centra en el desarrollo de programas preventivos que buscan atajar estos problemas relacionados con la marginación y la tensión social, promoviendo la integración mediante un conjunto amplio de medidas dirigidas a la reducción de la pobreza, la promoción de la educación, de la salud, de las habilidades personales y sociales de estas personas, con el objetivo de que acepten esas normas y valores colectivos. No obstante, la realidad muestra que los problemas descritos son muy difíciles de solventar; los barrios marginales siguen formando parte de nuestra organización o “desorganización” social. Por esta razón, desde diversas disciplinas, enfoques y cuestiones, es fundamental investigar estos asuntos. Concretamente, es necesario seguir ampliando la comprensión y el conocimiento sobre el conjunto de factores de riesgo que convergen en estas áreas más desfavorecidas, con la finalidad de promover maneras de intervenir más eficaces, que mejoren las condiciones de vida y las expectativas de dichas personas y, con ello, la cohesión y la paz social (Desmond, 2016). Dentro de esta problemática, la investigación planteada tiene como objetivo analizar estas cuestiones “desde dentro” (Taylor y Bogdan, 1984), a partir de las opiniones y las experiencias de las personas que viven bajo estas circunstancias. Se busca aprehender los roles, los valores, las motivaciones que subyacen tras los significados que ellos mismos asignan a las facetas del fenómeno a estudiar: la delincuencia, la marginación y la pobreza, las instituciones de control, entre otras. En lo que concierne a la intervención del Derecho penal, que cumple un papel esencial en la solución de los problemas que se construyen en las sociedades contemporáneas (Díez-­‐Ripollés, 2004; Redondo, 2009), dilucidar este tema es importante, en el sentido que se expone en el punto siguiente. 1.2. La motivación del ciudadano por la norma como criterio para la responsabilidad penal: integración de los conflictos individuales y sociales en la solución de los problemas penales En el ámbito del moderno Derecho penal se preconiza una función “positiva” de la prevención, orientada hacia la asunción de los valores inmanentes a la norma jurídica penal por parte del ciudadano. Dicha prevención general (positiva) se distancia de la tradicional función meramente intimidatoria de la pena (prevención general negativa) y, desde luego, de la función resocializadora plasmada en el art. 25.2 CE (prevención especial), que no es –sin embargo-­‐ la única finalidad “constitucional” de la pena según ha dictaminado reiteradamente nuestro Tribunal Constitucional. 2 La función de prevención positiva de la pena reúne en sí misma la doble vertiente de la norma jurídica penal como norma de valoración (los intereses dignos de protección son elevados a la categoría de bienes jurídicos penales) y como norma de determinación (la función del Derecho penal como 2 SSTC 160/2012, de 20 de septiembre, FJ 3, 167/2003, de 29 de septiembre, FJ 6 y 299/2005, de 21 de noviembre, FJ 2) 680 >>Atas CIAIQ2016 >>Investigação Qualitativa em Ciências Sociais//Investigación Cualitativa en Ciencias Sociales//Volume 3 herramienta de control social expresa la necesidad de valorar si el individuo fue motivado por la norma y pese a ello cometió el delito). Dicha función de prevención general positiva asigna a la pena el papel de restaurador del desequilibrio valorativo provocado por el delito, en un sentido muy similar al que antaño preconizase Hegel (Feijoo, 2007; Jacobs, 2000; Mir, 2015; Muñoz, 1983). Pero en la doctrina se cuestiona por una amplia mayoría esa función “positiva” del Derecho penal. Se dice que su papel se circunscribe a la protección de los intereses vitales para la convivencia social, mediante el castigo de la lesión o la puesta en peligro de bienes jurídicos (dimensión valorativa de la norma jurídica penal) y que su función de determinación, siendo evidente, no puede cerrar el paso a la asunción de un modelo de responsabilidad criminal que tenga en cuenta factores que contradicen el mensaje normativo por un déficit de socialización individual provocado por el incumplimiento flagrante por parte del Estado de su función “social”, como encargado de “remover los obstáculos que impidan la igualdad real de los individuos y de los grupos”, según expresa el art. 9.2 de nuestra Constitución (Asúa, 2004; García-­‐Rivas, 1996). Así pues, habrá que determinar si el sujeto accedió vitalmente al mensaje normativo en condiciones tales que no cabría exigirle una conducta distinta (estado de necesidad -­‐art. 20.5 CP-­‐, error de prohibición invencible –art. 14.3 CP) o bien cabe atenuar su responsabilidad por los efectos contradictorios con ese mensaje normativo, procedentes de distintos factores tanto individuales (causas de inimputabilidad –ART. 20.1ª, 2ª y 3ª, delincuencia por convicción) como sociales (pertenencia a comunidades minoritarias, contexto de precariedad económica en el que se inscribe el delito cometido, etc.). Sería asumible, pues, un concepto “individual” de culpabilidad (García-­‐Rivas, 1996) que ajuste el reproche normativo a la biografía del delincuente y, sobre todo, al contexto social y familiar en el que se inserta dicha biografía, y no tanto a categorías más abstractas como la “fiabilidad cognitiva” (Jakobs, 2000) que se insertan en una aséptica teoría de los sistemas para “explicar” el comportamiento del sistema penal sin reclamar al mismo tiempo su democratización. Concluyendo, bajo estas premisas, y en relación con el tema objeto de estudio, interesa investigar cómo afectan las circunstancias marginales antes descritas a la motivación normal de quienes las sufren. Dicho de otro modo, cómo se entienden y asumen las normas penales en estos ambientes, teniendo en cuenta la situación “anómica” que pueden provocar (Merton, 1964). 2. Método Este estudio se encuentra en una fase inicial, en la cual, tras la descripción del fenómeno a investigar, se está diseñando el planteamiento metodológico más adecuado para explorarlo, que presenta ideas relevantes para discusión, tal y como se detalla a continuación. 2.1. El enfoque etnográfico como estrategia metodológica de investigación Para realizar una primera aproximación a dicho fenómeno, se está planificando un estudio etnográfico en el barrio conocido como “Las 600 viviendas” (Albacete, España). Este núcleo urbano se caracteriza urbanísticamente por estar construido en los márgenes de la periferia de la ciudad, compuesto por viviendas de construcción pública de ínfima calidad y habitado en general por personas de muy escasos recursos económicos, y gran demanda de asistencia social. 681 >>Atas CIAIQ2016 >>Investigação Qualitativa em Ciências Sociais//Investigación Cualitativa en Ciencias Sociales//Volume 3 Cabe decir que, dentro de las metodologías cualitativas, el enfoque etnográfico es uno de los más utilizados en la investigación en criminología (Miller & Ventura, 2015). Algunos de los trabajos más relevantes al respecto fueron conducidos durante los años 90 por los investigadores de la “Escuela de Chicago” (Anderson, 1923; Foote, 1971; Sutherland, 1937). Éstos, preocupados, entre otros temas, por la relación entre las subculturas del crimen y las instituciones de control, y advirtiendo que los métodos cuantitativos eran insuficientes para describir la complejidad de los procesos sociales y personales en juego, adoptaron nuevas perspectivas para encarar sus investigaciones. A partir de ahí, se ha desarrollado una importante corriente criminológica que, de acuerdo con tales postulados, enfatiza la necesidad de incorporar la mirada subjetiva y fidedigna de lo que estudiamos, valorando que las personas viven, perciben y explican el crimen de una forma singular, y de tal manera hay que recogerlo (Meuser y Loschper, 2002). De acuerdo con estos planteamientos, se considera que la perspectiva etnográfica es el más adecuada para dar respuesta a los interrogantes que esboza el presente trabajo, en tanto se presume que en el contexto objeto de estudio, “el barrio de las 600 viviendas”, coexiste una pluralidad de realidades subjetivas y culturales difíciles de aprehender a través de métodos de investigación más estructurados. Así pues, su identificación y comprensión requiere de la inmersión de los investigadores en el campo, en interacción con los vecinos de este barrio (Pedraz, Zarco, Ramasco & Palmar, 2014). 2.2. Trabajo de campo En concreto, la aproximación que se está proyectando se basa en el diseño de “naturalistic Inquiry” descrito por Lincoln y Guba (1985), que apunta a un proceso de reflexividad continua. En esta fase inicial, los investigadores se están preparando para la inmersión en el campo, examinando profundamente sus experiencias, creencias y conocimientos; las preconcepciones relativas al objeto de estudio. Una vez en el campo de observación, las cuestiones a estudiar se irán delimitando mediante la coordinación e integración de notas de campo, de “memos” (Corbin y Strauss, 1990), observaciones reflexivas y conversaciones cotidianas con los vecinos de dicho barrio (los participantes naturales del ambiente). Los temas y preguntas que surjan determinarán las técnicas que hay que utilizar para comprender mejor los problemas investigados. En este proceso, los participantes son considerados en el marco de la investigación como expertos subjetivos y culturales (parecida a la tradición del ‘informante’ en la metodología etnográfica antropológica). El fin de la investigación, utilizando métodos de análisis de situaciones (Clarke, 2005), análisis relacional o axial, es incorporar nuevas comprensiones, y soluciones, sobre el fenómeno objeto de estudio. Referencias Anderson, N. (1923). The hobo. The sociology of the homeless man. Chicago: Chicago Press. Asúa, A. (2004). Criminología y multiculturalismo. Medidas internacionales y propuestas de tratamiento jurídico para la erradicación de la mutilación genital femenina, en EGUZKILORE, 18, 83-­‐101. 682 >>Atas CIAIQ2016 >>Investigação Qualitativa em Ciências Sociais//Investigación Cualitativa en Ciencias Sociales//Volume 3 Clarke, R. V. (2005). Seven misconceptions of situational crime prevention. En Nick Tilley (ed.), Handbook of Crime Prevention and Public Safety. Portland: Willan Publishing. Cloward, R. & Olhin, L. (1960). Delynquency and opportunity. A theory of delinquent gangs. New York: Free Press. Corbin, J. & Strauss, A. (1990). Grounded Theory Research: Procedures, Canons, and Evaluative Criteria. Qualitative Sociology, 13(1)3-­‐21. Desmond, M. (2016). Evicted: Poverty and Profit and the American City. New York: Crown. Díez-­‐Ripollés, J.L. (2004). El nuevo modelo de la seguridad ciudadana. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, 06(03). Feijóo, B. (2007). Retribución y prevención general. Un estudio sobre la teoría de la pena y las funciones del Derecho penal. Montevideo: B de F. Foote, W. (1971). La sociedad de las esquinas. Diana: México. García-­‐Rivas, N. (1996). El poder punitivo en el Estado democrático, Cuenca: Ediciones de la UCLM. Hesse-­‐Biber, S. & Leavy, P. (2010). The Practice of Qualitative Research. Thousand Oaks: Sage. Jakobs, G. (2000). Sociedad, norma y persona en una teoría de un Derecho penal funcional, en Bases para una teoría funcional del Derecho penal, trad. Manuel Cancio Meliá y Bernardo Feijóo Sánchez. Lima: Palestra editors. Liamputtong, P. (2007). Researching the vulnerable. Thousand Oaks: Sage. Lincoln, Y. & Guba, E. (1985). Naturalistic Inquiry. Thousand Oaks: Sage. Medina, J. (2010). Políticas de seguridad ciudadana en el contexto urbano y prevención comunitaria. La experiencia anglosajona. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, 12(02). Merton, R. (1964). Teoría y Estructura Sociales. México: Fondo de Cultura Económica. Meuser, M. & Loschper, G. (2002). Qualitative research in criminology. Forum: Qualitative Social Research (3). Miller & Ventura (2015). Edge ethnography and naturalistic inquiry in criminology. En H. Copes & J. Mitchell Miller (Eds.), The routledge Handbook of Qualitative Criminology, (89-­‐102). New York: Routledge. Mir, S. (2015), Derecho penal. Parte General, 10ª ed. Editorial Reppertor. Muñoz, F. (1983), Derecho penal y control social. Jerez de la Frontera: Fundación Universitaria de Jerez. Pedraz, A., Zarco, J., Ramasco, M. & Palmar, A. (2014). Investigación Cualitativa. Barcelona, España: Elsevier. Redondo, S. (2009). Intolerancia cero. Barcelona, España: Sello. 683 >>Atas CIAIQ2016 >>Investigação Qualitativa em Ciências Sociais//Investigación Cualitativa en Ciencias Sociales//Volume 3 Redondo, S. & Garrido, V. (2013). Principios de Criminología. Valencia: Tirant lo Blanch. Smith, C., Zhang, S. & Barberet, R. (2011). Routledge handbook of international criminology. New York: Routledge. Sutherland, E. (1937). The Professional Thief. Chicago, Estados Unidos: University of Chicago Press. Taylor, S., & Bogdan, L. (1984). Introduction to qualitative research methods: the search for meaning. New York: Wiley. 684