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comisiones obreras
de Castilla-La Mancha
PROPUESTA DE CCOO CASTILLA-LA
MANCHA POR UN PACTO REGIONAL
DE INMIGRACION
1
Plaza Horno de la Magdalena, nº 1
45001-Toledo
Teléfono: 925 28 97 97
internacional (CSI)
Afiliada a la confederación europea de sindicatos (CES) y a la confederación sindical
comisiones obreras
de Castilla-La Mancha
INTRODUCCION
En el Diálogo de Alto Nivel Dedicado a la Migración Internacional y el Desarrollo,
en octubre de 2013, los Estados miembros adoptaron por unanimidad una Declaración
en la que reconocen la contribución importante de la migración al desarrollo y llaman a
una cooperación más amplia para afrontar los retos de la migración irregular y facilitar
un flujo de personas seguro, ordenado y regular. La Declaración también enfatiza la
necesidad de respetar los derechos humanos de los migrantes y de promover las
normas internacionales de trabajo. Además, condena de manera firme las
manifestaciones racistas e intolerantes y resalta la necesidad de mejorar la percepción
pública sobre los migrantes y la migración.
El artículo 9 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los
grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan
o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida
política, económica, cultural y social. Muchos migrantes tienen la posibilidad de
trasladarse, vivir y trabajar en condiciones seguras y dignas. Sin embargo, otros se ven
obligados a trasladarse debido a la pobreza, la falta de un trabajo decente, las
violaciones de los derechos humanos, un conflicto armado, la persecución y la
degradación del medio ambiente. Cuando no existen posibilidades de migración
normal, los migrantes recurren a mecanismos de migración irregular. En sus nuevos
hogares, muchos migrantes encaran la explotación, la discriminación y la xenofobia, al
tiempo que en la mayoría de los casos no se les reconocen sus aportes a la sociedad
que los acoge.
Es necesario resaltar los efectos positivos de la inmigración y destacar el papel
esencial de la integración y la diversidad cultural como motores de desarrollo y
cohesión social. Además de tener en cuenta los aspectos económicos y sociales de la
integración, debemos considerar igualmente los aspectos relacionados con la
diversidad cultural y religiosa, la ciudadanía, los derechos políticos y la participación de
los inmigrantes en todos los ámbitos de la sociedad. La participación plena de los
inmigrantes en la vida económica, social y política de sus pueblos y ciudades
constituye un elemento de primer orden para la consecución de los objetivos de
convivencia.
La promoción de la igualdad de oportunidades, la participación activa de los
inmigrantes, el papel determinante de los medios de comunicación en el campo de la
sensibilización sobre el hecho migratorio o la cooperación con los países de origen de
los inmigrantes deben encontrarse entre las medidas que se adopten para conseguir
una integración plena.
la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, que recoge de manera explícita algunos
derechos a los ciudadanos residentes en nuestro país procedentes de otros países, ha
sufrido diversas modificaciones, establece en su artículo 2 ter, dedicado a la
integración de los inmigrantes, que los poderes públicos promoverán la plena
integración de los extranjeros en la sociedad española, y que las Administraciones
Públicas incorporarán el objetivo de la integración con carácter transversal a todas las
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políticas y servicios públicos, promoviendo la participación económica, social, cultural y
política de las personas inmigrantes en los términos previstos en la Constitución,
Estatutos de Autonomía y demás leyes.
Este precepto constituye un mandato explícito a las Administraciones Públicas y,
por tanto, a las Comunidades Autónomas, de adopción de las medidas que sean
necesarias para la plena integración de los inmigrantes. En particular, exige a las
Administraciones Públicas que garanticen la escolarización en la edad obligatoria, el
aprendizaje del castellano y el favorecimiento del acceso al empleo de los inmigrantes.
El Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica
4/2000, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.
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SITUACION
Según los últimos datos oficiales sobre el padrón del Instituto Nacional de
Estadística a 1 de enero de 2013 en Castilla –La Mancha viven exactamente 220.919
extranjeros: esto significa que el 10,51% del total de la población castellano
manchega es extranjera. De ellos aproximadamente 115.256 corresponden a
ciudadanos de países miembros de la UE, esto es, el 52,17 % del total de extranjeros,
cuya seguridad jurídica y libertades de establecimiento, trabajo y movilidad son más
amplias.
Los extranjeros de países terceros –105.663– suponen el 47,83% del total de la
población extranjera. Sobre ellos se puede afirmar con total rigor y rotundidad que la
inmensa mayoría se hallan en situación plenamente legal y estable en España,
hallándose asimismo gran parte de ellos en situación de residencia de larga duración,
esto es, un status jurídico que prácticamente les equipara a los residentes
comunitarios.
Esta población extranjera es fundamentalmente población trabajadora con una
edad media de 31 años, que llegó a España cuando el sobrecalentamiento de nuestra
economía requería la incorporación intensiva de fuerza de trabajo especialmente para
los sectores que posteriormente colapsaron con el devenir de la crisis. También
destaca el creciente número de personas que están saliendo al exterior en busca de
nuevas oportunidades afectadas por la crisis que según datos del INE durante el
primer semestre del 2013, abandonaron España 7.096 inmigrantes.
Los datos de afiliación a la Seguridad Social publicados en el mes de marzo 2014
sobre personas extranjeras revelan un abandono en políticas activas de empleo sobre
este colectivo en Castilla-La Mancha. Cabe señalar que de las 260.156 personas
desempleadas en nuestra región 29.174 son extranjeras de los cuales solo 11.874 que
cobran prestaciones (5.444 prestación contributiva y 6.403 subsidio) esto supone que
el 59,29 % están desprotegidas.
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ACTUACIONES INMEDIATAS
1. Atención e información
 Campañas agrícolas
 Salida al extranjero
“Contra la explotación y las mafias acude a CCOO”
2. Foro de inmigración:
La reactivación de las actividades del Foro Regional para la Integración de la
Población Inmigrante constituido el 24 de febrero 2009, como órgano de consulta,
información y asesoramiento en materia de integración socio-laboral de las personas
inmigrantes y que tendrá como primer cometido trabajar en la elaboración de un Plan
Regional para la Integración de las Personas Inmigrantes.
3. Elaboración de un pacto Regional por la Inmigración
4. Garantía de Asistencia Sanitaria gratuita
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EJES
El artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, dice que:
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así
como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el
vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios;
tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad,
invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia
por circunstancias independientes de su voluntad.
La integración socio-laboral de las personas inmigrantes “debe ser un objetivo
estratégico regional”, por eso, desde Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha
exigimos al gobierno regional tomar las medidas adecuadas para apoyar al colectivo de
inmigrantes en los siguientes ámbitos:
1.
Integración en la sociedad
2.
Educación
3.
Salud y asistencia sanitaria
4.
Empleo
5.
Vivienda
1. Integración en la sociedad

Articulación eficaz de medios y formas de colaboración para aprovechar la
totalidad de los recursos públicos de que disponen o puedan disponer, garantizando su
aprovechamiento responsable, coordinado y eficiente.

Aplicación de la política de integración de los inmigrantes de forma transversal e
integradora.

Garantía de la igualdad de trato entre los inmigrantes y los ciudadanos
castellanomanchegos, de acuerdo con lo que establezca la normativa reguladora de
los distintos derechos y deberes.

Promoción y fomento de la participación de los inmigrantes en los asuntos
públicos, para el conocimiento y cumplimiento de sus derechos y deberes y para la
defensa de sus intereses legítimos, a través de los cauces legalmente establecidos.

Promoción del respeto a la dignidad de los inmigrantes, a la interculturalidad y
al carácter bidireccional de las relaciones entre las personas y las comunidades,
estableciendo medidas que faciliten el entendimiento y el acercamiento social y la
máxima interrelación y conocimiento mutuo.

Promoción del conocimiento y del respeto de los inmigrantes a la sociedad
castellanomanchega y sus costumbres, y de ésta a los inmigrantes.

Adaptación continúa de la política de inmigración de los poderes públicos de
Castilla-La Mancha a la realidad del fenómeno de la inmigración.
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
Favorecimiento de la plena integración e igualdad efectiva de trato y
oportunidades de las mujeres inmigrantes en la sociedad de Castilla-La Mancha.

Atención integral necesaria a los menores no acompañados dirigida a proteger
su bienestar y desarrollo en todos los órdenes.

Garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito de la inmigración a
través del desarrollo de actividades que favorezcan este principio. Las políticas en
materia de integración, promoción y protección de los derechos de los inmigrantes han
de contribuir a la promoción de la igualdad de género y a la no discriminación de
mujeres y niñas inmigrantes.

Integrar la migración en la agenda de desarrollo, que la migración es una
prueba de relevancia para el debate sobre el desarrollo y de gobernanza justa y eficaz,
exige una acción coordinada a todos los niveles del gobierno tanto regional como
nacional, incorporar la migración en planes nacionales de desarrollo, y programas de
reducción de la pobreza:
- Un colectivo amplio de inmigrantes suele trabajar en empleos de menor calificación,
lo que puede causar su segregación. Además, los contratos suelen tener peores
condiciones en términos de salarios y estabilidad. (Campañas informativas in situ
dirigidas a inmigrantes sobre todo los temporeros durante las campañas agrícolas y
aumento de controles por parte de la inspección de trabajo para luchar contra el fraude
a la seguridad social y la explotación).
- El grupo más importante donde hay que poner una especial atención es el de
los desempleados de larga duración (superior a un año) y que superan cierta edad,
el segundo conjunto de colectivos se caracteriza por el de aquellas personas cuya
experiencia laboral es muy pobre o incluso inexistente (marginados, inmigrantes y
gente con baja cualificación) y el tercer grupo serían los jóvenes recientemente
incorporados al mercado de trabajo. Otros grupos de segunda línea son los
considerados como inactivos (especialmente se refieren a las mujeres) y los
receptores de rentas sociales, a los que se empuja hacia el empleo como mecanismo
de integración social:
1º. Actuación directa que incida sobre el mercado de trabajo para aumentar el empleo
o reducir el paro, tales como los incentivos económicos (bonificaciones, subvenciones,
etcétera...) a la contratación.
2º. La mejora sustancial y cualitativa de los procesos de ajuste a corto y medio plazo
entre la oferta y la demanda de trabajo, ya sea mediante la formación de los activos, la
mejora de la intermediación entre los flujos de oferta y demanda en el mercado de
trabajo, e incluso una más fluida información de este mercado.
- Dotación de medios y recursos suficientes para el establecimiento de planes de
acompañamiento y de integración sociolaboral (lengua, derechos laborales, regulación
colectiva, protección social, etcétera…)
- Son también necesarios programas de información de prevención de riesgos
laborales.
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
Mejorar la percepción pública de los migrantes que es necesaria para combatir
la discriminación, la xenofobia y la intolerancia contra los migrantes y sus familiares
mediante la creación de una mayor conciencia pública acerca de la experiencia de los
migrantes y las contribuciones que hacen a los países de origen y destino. Dichos
esfuerzos podrían ser promovidos entre los sectores publico, privado, los sindicatos,
los medios de comunicación, basado en las últimas evidencias disponibles y poner de
relieve la responsabilidad de los derechos de los migrantes.
2. Educación

Promover el acceso de los niños y jóvenes inmigrantes a la enseñanza no
obligatoria, tanto en la educación infantil como al bachillerato, a la formación
profesional y al acceso a la Universidad, así como al sistema público de becas y
ayudas, Y favorecer el acceso de los jóvenes y adultos inmigrantes a los programas de
educación de adultos, principalmente de las mujeres, a fin de favorecer su desarrollo
personal, evitar su aislamiento y facilitar su integración social.

promover la formación en educación intercultural para el profesorado y
personal docente de todos los niveles educativos, prioritariamente en el de la
educación obligatoria, buscando siempre la implicación de padres, asociaciones de
madres y padres de alumnos, alumnos y equipos directivos de los centros.

Promover el acceso y permanencia en la escolarización obligatoria.
3. Salud y asistencia sanitaria

Promover el conocimiento y la información sobre el acceso y funcionamiento del
sistema sanitario y adaptar la atención sanitaria a las peculiares necesidades sanitarias
de los inmigrantes.

Prestar atención especial a las particulares necesidades de prevención y
promoción de la salud de los inmigrantes, especialmente mujeres, menores y personas
con discapacidad.

Potenciar la capacitación y conocimiento del personal sanitario de las
características sociales y culturales de los inmigrantes.

Facilitar el acceso a la asistencia sanitaria gratuita a los inmigrantes irregulares
porque su situación económica vulnerable no le permite pagar la cuota derivada de la
suscripción del convenio especial de asistencia sanitaria y su desatención genera un
riesgo de epidemias para el conjunto de la sociedad.
4. Empleo

Facilitar a los migrantes el acceso a los programas de información en materia
de empleo y reconocimiento de títulos y competencias profesionales, de formación
profesional, de ocupación, de orientación y de intermediación laboral y demás
actuaciones formativas y de fomento del empleo, en los términos establecidos en las
normativas aplicables.

Actuaciones públicas de integración en el ámbito del empleo que se
establezcan por los poderes públicos, sin perjuicio del cumplimiento por los inmigrantes
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de los requisitos establecidos en la normativa vigente, se dirigirán prioritariamente a la
consecución de las siguientes finalidades:

Fomentar el acceso al empleo por cuenta propia o ajena de los inmigrantes,
favoreciendo la igualdad de trato efectiva en las condiciones laborales y de
seguridad social.

Garantizar que la condición de inmigrante no signifique impedimento ni
discriminación en el acceso al empleo.

Garantizar su participación en condiciones de igualdad en los cursos de
formación en técnicas de búsqueda de empleo, habilidades sociales, en
tecnologías de la información, planes de formación y actuaciones formativas
específicas, adaptadas a sus necesidades:
1) Programa para la realización de acciones de orientación, e
inserción laboral dirigidas a inmigrantes: Su finalidad es conseguir la
integración laboral de la población inmigrante; pueden participar
desempleados inscritos como demandantes en el Servicio Público de
Empleo y personas ocupadas.
2) Programa de atención socio-laboral a inmigrantes desempleados:
Este programa está dirigido a acompañar al inmigrante hasta que se
incorpore al mercado laboral, para ello se realizan tareas de orientación
y formación.
3) Programa de formación a inmigrantes: Su finalidad es conseguir que
la población inmigrante adquiera la formación necesaria para potenciar
la inserción laboral, propiciar el reciclaje y perfeccionamiento
profesional. Pueden acceder a estas ayudas, las entidades y
Corporaciones Locales.
5. Vivienda

Los poderes públicos dirigirán sus actuaciones públicas de integración
en el ámbito de la vivienda a la consecución de los siguientes objetivos:

Favorecer el acceso a la vivienda en igualdad de condiciones, tanto en alquiler
como en propiedad, mediante el fomento de vivienda de protección pública y el
fomento del alquiler social, así como de alojamientos protegidos, a los que
tendrá acceso la población inmigrante que resida legalmente en la Comunidad.

Garantizar a los inmigrantes que residan legalmente en la Comunidad el
derecho a solicitar cualquier tipo de ayuda oficialmente convocada para acceder
a una vivienda, en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que el
resto de ciudadanos de Castilla-La Mancha, con especial consideración de
aquellos inmigrantes que presenten necesidades de asistencia social urgente.

Promover la información, orientación, difusión adecuada al colectivo inmigrante
sobre las líneas de acceso a una vivienda, bien en compra, o alquiler, así como
las ayudas públicas a las que pueden optar según las distintas modalidades.
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COORDINACION Y SEGUIMIENTO
La coordinación, el impulso y la dirección de las políticas migratorias, la formación de
profesionales implicados con la inmigración, el conocimiento del castellano como
herramienta esencial y básica de integración y la colaboración con las Entidades
Locales y Entidades sin ánimo de lucro financiando sus proyectos de participación y
sensibilización en materia de inmigración estaría a cargo de la consejería que tenga
atribuidas las competencias en materia de políticas migratorias y las Comisiones
provinciales que integran las administraciones locales y los agentes sociales.
EL Foro Regional para la Integración de la Población Inmigrante constituido el 24 de
febrero 2009 es el órgano de consulta y participación, información, seguimiento y
asesoramiento en relación con las competencias que en materia de inmigración
corresponden a la Comunidad Autónoma. Las actuaciones tanto públicas como
privadas dirigidas a la integración de los inmigrantes, previo informe del Foro Regional
para la Integración de la Población Inmigrante, estarán coordinadas por la
Administración de la Comunidad de Castilla- La Mancha a través del impulso y
establecimiento de redes, como conjunto organizado de medios cuya finalidad es
articular de manera eficaz los medios y recursos disponibles para su aprovechamiento
responsable y eficiente. Formarán parte del mismo, al menos, representantes de las
Administraciones Públicas con competencias que afecten al colectivo de inmigrantes
en el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha y representantes de las
organizaciones y agentes sociales de apoyo a la inmigración en la comunidad, que se
determinen reglamentariamente. Así mismo formarán parte del Consejo representantes
de las organizaciones representativas de los inmigrantes.
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