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PRESTACIONES
SOCIALES
SECTOR
CONSTRUCCION
TALLERES DATALAING
2003 / 2004
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA:
Ley Orgánica del Trabajo (LOT): marco
jurídico que rige las situaciones y relaciones
jurídicas derivadas del trabajo como hecho social
(Gaceta No. 5152 del 19-06-97).
Convención Colectiva (CCTIC): acuerdo
laboral (Laudo 2001-2003) suscrito entre los
Patronos, representados por la Cámara de la
Construcción y los trabajadores de la
construcción representados por el Sindicado del
Sector.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA:
Tabulador: Tabla de salarios básicos vigentes
(Anexo a la Convención Colectiva)
Salario: Artículo 133 LOT: “Se entiende por
salario la remuneración, provecho o ventaja,
cualquiera fuere su denominación o método de
cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo,
que corresponda al trabajador por la prestación de
su servicio y entre otros, comprende las
comisiones, primas, gratificaciones, participación
en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono
vacacional, así como recargos por días feriados,
horas extras o trabajo nocturno, alimentación y
vivienda”.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
Salario Normal: Es el salario devengado en
la semana respectiva o en el mes anterior. Se
calcula utilizando la Tabla de Salarios Mínimos
del Tabulador de la Construcción, que aparece
en el Contrato Colectivo de la Construcción, o
de ser el caso, en el Tabulador Unico de
Nómina Diaria de la Convención Colectiva
Petrolera.
Salario Base, Básico u Ordinario: Salario
fijo devengado diariamente por el trabajador de
conformidad con lo indicado en el tabulador.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
MANO DE OBRA EN LA CONSTRUCCION:
Mano de Obra: es el costo del trabajo manual
que se requiere para la ejecución de una tarea
en la construcción, la misma figura en todas las
actividades (partidas) de una obra.
Oficio: identificación establecida en la
Convención Colectiva, según el tabulador, lo
cual está acorde con la denominación,
especialización o calificación de los trabajadores
de la Construcción.
Denominación: es el rango o tipo del
trabajador, según sus calificación, ejemplo:
Obrero de Primera.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
EJEMPLO DE “DENOMINACION DE OFICIOS Y DESCRIPCION DE
TAREAS (CCTIC)”
OFICIO NÚMERO: 1-1.
DENOMINACION: Obrero de Primera
GRADO DE INSTRUCCION RECOMENDABLE: Saber leer y escribir
EXPERIENCIA REQUERIDA: Ninguna
CONOCIMIENTOS:
• Identificar el nombre de las herramientas e implementos más usuales
en las construcciones • Conocer el nombre de cada material y los
elementos más importantes de las obras.
TAREAS TIPICAS:
• Excavar con el pico y la pala o con otras herramientas, siguiendo el
nivel y los alineamientos que se le indiquen • Cargar y movilizar
carretillas con los materiales para la preparación del concreto; esta
operación incluye el pesaje de la carretilla cargada en la balanza
dosificadora • Separar las piedras demasiado grandes del material de
relleno en los terraplenes o engranzonados • Romper pavimentos y
excavar en roca con martillo neumático • En general toda labor que
requiera un esfuerzo físico acompañado de un discernimiento
elemental.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
Contrato de Trabajo: (Artículo 67-LOT):
El contrato de trabajo es aquel mediante el cual
una persona se obliga a prestar servicios a otra
bajo su dependencia y mediante una
remuneración.
Artículo 68. El contrato de trabajo obligará a lo
expresamente pactado y a las consecuencias
que de él se deriven según la Ley, la costumbre,
el uso local y la equidad.
Artículo 70. El contrato de trabajo se hará
preferentemente por escrito, sin perjuicio de que
pueda probarse su existencia en caso de
celebrarse en forma oral.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
Contrato de trabajo a tiempo Indeterminado, Artículo 73-LOT:
El contrato de trabajo se considerará celebrado por
tiempo indeterminado cuando no aparezca expresada
la voluntad de las partes, en forma inequívoca, de
vincularse sólo con ocasión de una obra determinada
o por tiempo determinado.
Contrato de trabajo a tiempo determinado, (Artículo 74-LOT):
El contrato celebrado por tiempo determinado
concluirá por la expiración del término convenido y no
perderá su condición específica cuando fuese objeto
de una prórroga.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
Contrato de Trabajo para una Obra, de acuerdo al
Artículo 75 LOT (A Tiempo determinado):
El contrato para una obra determinada deberá
expresar con toda precisión la obra a ejecutar por el
trabajador. El contrato durará por todo el tiempo
requerido para la ejecución de la obra y terminará con
la conclusión de la misma. Se considerará que la obra
ha concluido cuando ha finalizado la parte que
corresponde al trabajador dentro de la totalidad
proyectada por el patrono
En la industria de la construcción, la naturaleza de los
contratos para una obra determinada no se desvirtúa,
sea cual fuere el número sucesivo de ellos.
TERMINOLOGIA LABORAL
BASICA:
Contrato de Trabajo para una Obra o Actividad
específica (Aplicando la LOT):
Es un contrato de Obra tal como se indica
anteriormente, pero se debe definir en el contrato la
actividad a cumplir (Para ser más específico con la
determinación del tiempo y el objeto).
Ejemplo de actividades: Pintura en la Obra “A”, Friso de 400 m2 en
la obra “X”, etc.
Artículo 59:
“En caso de conflicto de leyes, prevalecerán las del
Trabajo.......Si hubiera dudas en la aplicación de una determinada
Norma, se aplicará la más favorable al trabajador....”
TERMINOLOGIA BASICA:
Contrato de Obras definido en el Artículo 1630 del Código
Civil: “es aquel mediante el cual una parte se compromete a
ejecutar determinado trabajo, por si solo o bajo su dirección,
mediante un precio que la otra se obliga a satisfacer”.
Para poder llevar un contrato al ámbito del Código de
Comercio, es recomendable que la contratación se haga entre
personas
Jurídicas
(Firmas
personales,
empresas,
asociaciones, etc.), es decir que en el contrato se identifiquen
con RIF cada una de las partes.
El Código de Comercio en su Artículo 4 establece “Los simples
trabajos manuales de los obreros ejecutados individualmente,
ya sea por cuenta propia o en servicio de algunas de las
empresas o establecimientos enumerados en el Artículo 2 (Las
empresas Constructoras son una de ellas), no constituyen acto
de comercio.
Horario de Trabajo en la
Construcción
Jornada Máxima de trabajo (Art. 195 de la LOT):
DIURNA:
8 horas diarias – 44 horas Semanales
Jornada: la cumplida entre las 5 am y las 7 pm
NOCTURNA: 7 Horas diarias – 40 Horas semanales
Jornada: la cumplida entre las 7 am y las 7 pm
MIXTA:
7 ½ Horas – 42 Horas Semanales
Jornada: las horas nocturnas no deben exceder de 4 hrs de la Jornada
Horario Diurno Generalizado en la Construcción (44 horas semanales)
1er. Horario de ejemplo:
LUNES a JUEVES:
7 am a 12 m y de 1 pm a 5 pm
(9 horas diarias para no trabajar el sábado) = 36 Horas
VIERNES:
7 am a 12 m y de 1 pm a 4 pm (8 horas)
Puede variar pero respetando las 44 horas máximas
2do. Horario: de Lunes a Sábado
(No recomendado trabajar los sábados, a menos que sea necesario, en cuyo caso se debe prever las faltas de
algunos trabajadores)
LUNES a VIERNES:
SABADO:
7 am a 12 m de 1 pm a 4 pm (8 Hr diarias = 40 Horas)
8 am a 12 m (4 horas)
PRINCIPALES FACTORES INCIDENTES
EN LOS COSTOS LABORALES
ADICIONALES AL SALARIO
(PRESTACIONES)
CONVENCION COLECTIVACCTIC
2001-2003 (HASTA INCIO DE 2004)
Avalada por el Ministerio del Trabajo y tiene
rango Legal de acuerdo a la Ley Orgánica del
Trabajo (LOT), siendo publicado el último
laudo (2001-2003) en la Gaceta Oficial No.
37.265 del 21-8-2001: otorga beneficios y
pagos que deben cubrir los patronos
(Permanece vigente hasta que se apruebe uno
nuevo, generalmente dentro de los 6 meses
después de vencido)
NOTA: LA VEREMOS SEPARADAMENTE
a.-Cotizaciones al Seguro Social Obligatorio
(IVSS):
Art. 66. Ley del Seguro Social
Obligatorio:
“ La cotización será, ….de un 11% del
salario…para las empresas clasificadas
en el riesgo mínimo; 12% para las de
riesgo medio y 13 % para las clasificadas
en riesgo máximo. El reglamento definirá
la distribución de las empresas entre los
diferentes riesgos contemplados en este
artículo”
b.- IVSS para Cubrir Invalidez
b.- Cotizaciones al IVSS para cubrir
Invalidez, Incapacidad Parcial, Vejez,
Muerte y Nupcias: la cotización para el
patrono será del 4% y el trabajador
aportará el 2% para un total del 6%
Articulo 49 de la Ley del Seguro Social y al
Artículo 110 del Reglamento General de la Ley
del Seguro Social (Gaceta No. 2.814 del 25-02-93)
Otras leyes sociales
Ley Orgánica del Sistema de
Seguridad Social Integral (LOSSSI)
La Asamblea Nacional aprobó el 0612-2002 la Ley Orgánica del Sistema
de Seguridad Social Integral (LOSSSI)
(Sustituirá al actual régimen de beneficios
sociales para los trabajadores)
c.- Cotizaciones por el Paro
Forzoso:
Art. 17. Reglamento de Contingencia de
Paro Forzoso (Gaceta 5.392 del 22-10-99)
“ La cotización será el 2,50 % del
salario …....., el patrono aportará el
80% del 2,5% (Equivale a 2%) y el
trabajador el 20% restante (0,50 %).
d.- Cotizaciones al INCE
Art. 10. Ley del I.N.C.E.
(Según Gaceta Oficial No. 34.563 del 28-09-90):
“Una contribución de los patronos,
equivalente al dos por ciento (2%) del
total de los sueldos, salarios, jornadas y
remuneraciones de cualquier especie,
pagados al personal……..
e.- Ley de Política Habitacional:
Art. 19. Ley de Política Habitacional
(Gaceta No. 37.066 del 30-10-2000)
“El aporte de los empleados y
obreros será del uno por ciento
(1%) de su remuneración mensual
básica y el de los empleadores o
patronos del dos por ciento (2%) del
monto erogado por igual concepto”
ANTECEDENTES AL CONCEPTO DE
PRESTACIONES:
Generalmente los Contratantes le
han ofrecido a los contratistas, una
estimación (%) fundamentada en
una obra con un período anual de
ejecución,
de
características
estandarizadas y tipificadas, donde
la mayoría de las Cláusulas que lo
determinan, encajan cómodamente
para ése tiempo de ejecución y por
ende, es más fácil su obtención.
COSTUMBRES…….
Generalmente los constructores y
principalmente, las Instituciones
Públicas, por costumbre, usan el
factor como si fuese una
Constante Fija para todas las
Obras de Construcción, con el
problema que todas ellas:
Con el problema que todas ellas:
NO tienen el mismo tiempo de
duración (Lapso),
NO tienen la misma cantidad de
trabajadores,
NO se realizan en la misma localidad,
NO se ejecutan en un sólo turno de
trabajo,
NO tienen las mismas condiciones
climáticas,
NO todas son urbanas
Factor de Prestaciones Sociales
(FPS)
Valor numérico establecido en forma
porcentual que representa los costos
adicionales al salario de los trabajadores
que intervienen en una obra, causados al
Constructor por reivindicaciones sociales
legítimamente
alcanzadas
por
los
trabajadores, bien sea a través de la Ley del
Trabajo, demás Leyes y Reglamentos
Nacionales o Regionales aplicables, a
través de las Convenciones Colectivas
suscrita entre Patronos,
Sindicatos y
trabajadores
asociados
o
acuerdos
particulares Trabajador / Patrono.
% DE PRETACIONES SOCIALES
QUE SERA ESO?????
Fórmula General para calcular el
FCAS
Simplificando la anterior fórmula, esta quedaría:
DIAS TOTALES PAGADOS
F.C.A.S. = ------------------------------------------------------DIAS EFECTIVAMENTE TRABAJADOS
- 1
Expresado en porcentaje se denomina Factor de Prestaciones:
F.P.S. (%) =
DIAS TOTALES PAGADOS
---------------------------------------------------- - 1
X 100
DIAS EFECTIVAMENTE TRABAJADOS
FPS= FACTOR DE PRESTACIONES EN %
FCAS= FACTOR DE COSTOS ASOCIADOS AL SALARIO
Fórmula General para calcular el
FCAS
Para su obtención se divide el número total de salarios devengados
durante el tiempo de ejecución de la obra, entre los días de
trabajo efectivos realizados en el mismo período.
DIAS CONTRATADOS + DIAS PAG. ADICIONALES
F.C.A.S.=
-1
DIAS CONTRATADOS - DIAS NO TABAJADOS
DIAS TOTALES PAGADOS = DIAS CONTRATADOS + DIAS PAGADOS ADICIONALES
DIAS EFECT. TRABAJADOS = DIAS CONTRATADOS – DIAS NO TRABAJADOS
Nota: Los días contratados equivalen al lapso de la obra (Tiempo calendario)
Cada obra tiene su Propio
Factor:
Merece ser estimado por el costo directo
que representa. Se deberían dejar estas
arraigadas costumbres y sustituirlos por
la buena práctica: conocer de antemano,
el costo social que generará la obra, en
función de la diversidad de variables que
lo influyen, logrando una oferta o
licitación más objetiva .....
... y si el factor se lo imponen
(190%),
Podrá saber, si lo beneficia o no y
buscar oportunamente, soluciones o
alternativas con las otras variables
que participan en los costos de
construcción y evitarse así males
mayores.
! Otra vez pa’ la paila ¡
CONCLUSIONES * RECOMENDACIONES
No existe un FCAS fijo para todas las obras.
Si lo imponen, verifique si le conviene o no.
Un presupuesto es un pronóstico de costos,
donde se manejan muchas “suposiciones”
que pueden no suceder, trate de no abusar en
lo conservador.
Al preparar una licitación o presupuesto,
conozca el rango de valores de su factor, esto
le permitirá decidir y optimizar la oferta.
GRACIAS POR SU ATENCION