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Transcript
Comité Económico y Social Europeo
SOC/283
Flexiguridad
Bruselas, 22 de abril de 2008
DICTAMEN
del Comité Económico y Social Europeo
sobre la
"Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y
Social Europeo y al Comité de las Regiones – Hacia los principios comunes de la flexiguridad:
Más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la seguridad"
COM(2007) 359 final
_____________
SOC/283 - CESE 767/2008 EN-GL/gf/ca
Rue Belliard 99 - B-1040 Bruselas - Tel. +32 (0)2 546 90 11 - Fax +32 (0)2 513 48 93 - Internet http://www.eesc.europa.eu
ES
-1El 27 de junio 2007 la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo, de
conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, sobre la
"Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité
Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Hacia los principios
comunes de la flexiguridad: Más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la
seguridad"
COM(2007) 359 final.
La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, responsable de preparar los
trabajos del Comité sobre el tema, aprobó su dictamen el 2 de abril de 2008 (Ponente: Sr. Janson;
coponente: Sr. Ardhe).
En su 444° Pleno, celebrado los días 22 y 23 de abril de 2008 (reunión del 22 de abril), el Comité
Económico y Social Europeo aprobó el siguiente dictamen por 147 votos a favor, 1 en contra y
8 abstenciones.
*
*
*
1.
Conclusiones y recomendaciones
1.1
El CESE acoge con satisfacción las aportaciones que han realizado el Parlamento Europeo, el
Consejo y los interlocutores sociales al debate de la flexiguridad. En un mundo cambiante es
esencial debatir, a nivel de la UE y de los Estados miembros, de qué modo el equilibrio entre
la flexibilidad y la seguridad puede contribuir a la creación de más y mejores puestos de
trabajo.
1.1.1
El CESE ya ha puesto de relieve que el concepto de flexiguridad no significa un recorte
unilateral e ilegítimo de los derechos de los trabajadores. Los interlocutores sociales ya han
pedido a los Estados miembros que revisen y, si es necesario, ajusten el diseño de la
legislación laboral, los sistemas de protección del empleo y, de acuerdo con los interlocutores
sociales, las prácticas de negociación colectiva, con objeto de, por ejemplo, "garantizar un
equilibrio óptimo entre flexibilidad y seguridad en todas las relaciones laborales [y]
proporcionar una seguridad adecuada para los trabajadores en todas las modalidades de
contrato para abordar mercados laborales segmentados".
1.2
Los debates sobre la flexiguridad han dado lugar asimismo a nuevos debates en los Estados
miembros y a una acción concertada en algunos de ellos. Este hecho pone de relieve la
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-2importancia de que los interlocutores sociales participen activamente en el debate y el proceso
decisorio.
1.3
El CESE subraya que la flexiguridad no puede verse al margen de los demás desafíos que
afronta la Unión Europea. La mundialización, el rápido desarrollo de nuevas tecnologías y el
desafío demográfico, así como los retos medioambientales, están cambiando el mercado
laboral europeo. La flexiguridad debería formar parte de la respuesta que damos a estas
tendencias y presiones externas e internas, buscando un equilibrio justo entre trabajadores y
empleadores.
1.4
El CESE considera que Europa debe centrarse en su capacidad de innovación, la alta calidad
de sus productos y servicios, en su mano de obra cualificada y su modelo social, y que debe
contender con sus competidores mundiales en el terreno de la calidad. Esto debería reflejarse
en las Directrices de Empleo. El CESE desearía que los debates sobre flexiguridad y,
especialmente, los relativos a los puestos de trabajo de calidad, produjeran cambios en las
directrices.
1.5
Por último, el Comité expone algunas recomendaciones sobre la aplicación de la flexiguridad.
El CESE
•
•
•
•
•
recomienda que la Comisión examine las diversas contribuciones y puntos de vista
sobre la Comunicación de la Comisión, y que consulte a los interlocutores sociales de
los Estados miembros a todos niveles;
anima a la Comisión a que supervise el proceso de aplicación de la flexiguridad y a que
establezca una plataforma para el intercambio de mejores prácticas que incluya a los
interlocutores sociales; apoya la implicación activa de los interlocutores sociales en el
diseño y ejecución de políticas de flexiguridad en los Estados miembros en todas las
etapas del proceso;
pone de relieve la suma importancia de la confianza mutua entre los actores
implicados;
subraya que las políticas macroeconómicas sanas que estimulan el crecimiento del
empleo, así como un entorno empresarial favorable que apoye y explote plenamente las
posibilidades de crecimiento, son condiciones previas importantes para el buen
funcionamiento de la flexiguridad; anima a Estados miembros y a la UE a que
constituyan y mantengan un marco jurídico que conduzca a la adaptabilidad, que sea
sencillo, transparente y previsible, y que refuercen y defiendan los derechos de los
trabajadores –y que se respeten y puedan defenderse ante los tribunales–, y a que
promuevan en toda la Unión un marco jurídico estable para la negociación colectiva y
el diálogo social, en la aplicación de la flexiguridad;
señala que los sistemas generales de bienestar pueden mejorar la movilidad
asegurándose de que los trabajadores no se vean perjudicados cuando afrontan cambios
que afectan a su lugar de trabajo; para anticiparse al cambio y atenuar sus
consecuencias es importante respetar las normas nacionales y de la UE sobre
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-3-
•
•
•
•
información y consulta; subraya la importancia de asignar recursos económicos a la
flexiguridad, en especial a las ayudas públicas y privadas destinadas a los trabajadores
en fase de transición hacia otro puesto de trabajo;
pone de relieve que todas las políticas pertinentes deben reforzarse mutuamente;
desearía comprobar que se lleva a cabo un planteamiento integrado a varios niveles;
dada la naturaleza multidimensional de la flexiguridad, es importante esforzarse por
integrar diversos niveles de políticas;
sostiene que deben tenerse en cuenta nuevos riesgos, y que en la aplicación de la
flexiguridad es preciso recompensar las transiciones, si bien no deben abolirse por
sistema los contratos de trabajo permanentes;
opina que en un plazo de cinco años la Comisión debería prever una evaluación de las
prácticas de flexiguridad en los Estados miembros y su incidencia sobre el nivel de
empleo en los Estados miembros y en la UE;
2.
Antecedentes
2.1
La flexiguridad viene siendo una cuestión controvertida ya desde que se aprobaron las
primeras Directrices de Empleo. Sin embargo, el debate actual empezó en enero de 2006 con
una reunión informal del Consejo sobre flexiguridad. El Consejo Europeo de primavera
de 2006 pidió a los Estados miembros que dedicaran una atención especial al desafío clave de
la flexiguridad. En dos cumbres sociales tripartitas, coincidentes con las cumbres europeas de
diciembre de 2006 y de marzo de 2007, se discutió la cuestión de la flexiguridad. La
Comisión publicó una Comunicación sobre flexiguridad en junio de 2007 que fue discutida y
tratada por el Parlamento Europeo y por el Consejo siendo unánime la Decisión del Consejo.
Además, en octubre de 2007 los interlocutores sociales concluyeron un análisis conjunto
sobre los desafíos clave que afrontaban los mercados laborales europeos, que incluyó unas
recomendaciones sobre la flexiguridad. El CESE acoge con satisfacción todas las
1
contribuciones y especialmente el análisis conjunto de los interlocutores sociales europeos .
2.2
El debate sobre la flexiguridad ha dado lugar también a debates en los Estados miembros y,
últimamente, a una acción concertada en algunos de ellos. El CESE acoge con satisfacción
estos debates y actividades pero subraya la importancia crucial de que los interlocutores
sociales participen activamente en el debate y el proceso decisorio.
1
"Key Challenges Facing European Labour Markets: A Joint Analysis of European Social Partners", octubre 2007.
URL:http://www.ceep.eu/media/right/publications/key_market_challenges_facing_european_labour_markets.
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-42.3
Tomando como base –todavía válida– el dictamen del CESE sobre flexiguridad aprobado en
2
julio de 2007 , el presente dictamen tiene por objeto:
•
•
presentar los puntos de vista del CESE sobre aspectos importantes con el fin de facilitar la
aplicación de la flexiguridad en los Estados miembros y analizar las consecuencias para
las políticas de la UE;
abundar en los puntos de vista del CESE acerca del papel fundamental de los
interlocutores sociales y subrayar en mayor medida el papel de la sociedad civil en este
proceso.
3.
Puesta en práctica de la flexiguridad
3.1
El CESE acoge positivamente las diversas aportaciones al debate de flexiguridad. En un
mundo cambiante es esencial discutir de qué modo el equilibrio entre flexibilidad y seguridad
puede contribuir, a nivel de la UE y de los Estados miembros, a la creación de más y mejores
puestos de trabajo.
3.2
Desafíos para el mercado laboral
3.2.1
La flexiguridad no puede considerarse al margen de los desafíos que afronta la Unión
Europea. La mundialización, el rápido desarrollo de las nuevas tecnologías y el desafío
demográfico están modificando el mercado laboral europeo. Sin embargo, el CESE desea
señalar que es probable que los desafíos medioambientales repercutan en los mercados
laborales. La flexiguridad debería formar parte de una respuesta a estas tendencias y presiones
externas e internas, aspirando a un equilibrio justo entre progreso social, medioambiental y
económico.
3.2.2
El CESE opina que los desafíos medioambientales afectarán a los mercados laborales de
Europa. Aumentarán las presiones para ahorrar la energía e introducir sistemas para lograr un
medio ambiente más sostenible. Sin embargo, pueden también estimular la innovación
tecnológica contribuyendo a un crecimiento económico y al crecimiento del empleo.
3.2.3
El Comité ha señalado que el cambio climático puede acentuar las distorsiones y fracturas
3
sociales actuales , tanto en la UE como en otras partes del mundo. También ha señalado que
el objetivo debe ser el de gestionar el proceso de adaptación y mitigar sus consecuencias sin
generar desempleo y distorsiones sociales4.
2
3
4
Dictamen del CESE de 11 de julio de 2007: La flexiguridad (dimensión de la flexibilidad interna - la negociación colectiva y el
papel del diálogo social como instrumentos para la regulación y reforma de los mercados de trabajo), (ponente: Sr. Janson,
DO C 256 de 27.10.2007).
Véase http://www.etuc.org/a/3356 Climate change and employment.
Dictamen del CESE de 24 de octubre de 2007: El cambio climático y la estrategia de Lisboa (ponente: Sr. Ehnmark; NAT/362,
DO C 44, 16.2.2008, punto 1.11)
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-5-
3.2.4
La mundialización y la integración resultante de los mercados están afectando a los mercados
laborales de Europa. Están cambiando las pautas de consumo, de producción e inversión.
Estas evoluciones no son ineluctables y es posible influir en ellas o configurarlas. La
legislación sobre salud y seguridad y sobre los derechos de los trabajadores mejora la vida
laboral y configura normativas mundiales. Las normas sobre productos pueden mejorar la
competitividad siempre que se tenga debidamente en cuenta la adaptabilidad de las empresas.
Sin embargo, los mercados laborales europeos tendrán que ajustarse para resolver los desafíos
de un mundo globalizado. En muchos aspectos, Europa se ha beneficiado de la
mundialización. El mercado único ha contribuido a que en la UE surjan empresas que son
competitivas a nivel mundial. La UE ha podido así vender productos y servicios en el sector
más alto de la cadena de valor.
3.2.5
La mundialización y el cambio tecnológico no han socavado el crecimiento del empleo en
Europa. Durante el período 1995-2005 la UE experimentó un desarrollo neto del empleo de
18,5 millones de puestos de trabajo. El número de puestos de trabajo perdidos debido a
ajustes relacionados con el comercio es pequeño si se compara con el índice global de
creación de empleo en la economía. De hecho, la apertura de los mercados puede acrecentar
las posibilidades de empleo, como se ha visto con los progresos recientes en la Unión
Europea.
3.2.6
Pero la mundialización puede generar también una mayor vulnerabilidad. Las empresas se
ven expuestas a una mayor competencia. Puestos de trabajo que antes se consideraban
protegidos se ven ahora expuestos a la competencia internacional. Servicios que se
consideraron durante muchos años algo local pueden proporcionarse ahora desde el otro lado
de las fronteras. Las reconversiones se producen con mayor frecuencia y a ritmo más rápido.
En general, los trabajadores que se ve desplazados por razones comerciales y que encuentran
un nuevo empleo reciben salarios más bajos. Por ello, la mundialización significa para
muchas personas perder ingresos al cambiar de trabajo. De hecho, la cuota de la economía
correspondiente a los salarios ha disminuido. Los interlocutores sociales han señalado además
que, en comparación con los EE.UU., la UE ha creado más puestos de trabajo en sectores
situados en el extremo más bajo de la escala de crecimiento de la productividad mientras que
5
el empleo en sectores que experimentaban altos aumentos de productividad ha disminuido .
3.2.7
Las mutaciones en el mercado laboral han dado lugar a una creciente proporción de trabajo a
tiempo parcial y a plazo fijo. Este tipo de empleos puede haber contribuido a facilitar la
entrada en el mercado laboral y a aumentar los niveles de empleo en Europa. Pero los
trabajadores temporales suelen ser menos productivos, reciben menos formación por parte
5
Véase nota 1.
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-66
7
del empleador y son más propensos a sufrir accidentes laborales . También corren el riesgo
de no salir del empleo temporal. Poco más de la mitad de quienes contaban con contratos
temporales reciben un contrato permanente tras seis años de trabajo, contra más de las tres
cuartas partes de quienes empezaron a trabajar con un contrato permanente8.
3.2.8
Para hacer frente a los desafíos demográficos es preciso crear nuevos servicios y
oportunidades de empleo, por ejemplo, en la atención a la infancia y a las personas de edad
avanzada. En este contexto Europa necesita también mejorar en cuanto a la organización
laboral, la igualdad de sexos y el equilibrio entre vida y trabajo.
3.2.9
Las políticas fiscales de muchos países de la UE tienden a relajarse cuando la coyuntura es
favorable y a ser restrictivas en la parte más baja del ciclo empresarial. Esto sucede
especialmente en los países más grandes de la zona del euro. Además, la deuda pública sigue
siendo alta en varios países de la UE habida cuenta del envejecimiento demográfico9.
3.3
Estrategia de empleo y flexiguridad
3.3.1
En la aplicación de las políticas de flexiguridad en los Estados miembros, las Directrices de
Empleo indicarán a los Estados miembros a qué clase de mercados laborales y de economía
debe aspirar Europa. La opinión del CESE sobre este tema es clara: Europa debe centrarse en
su capacidad de innovación, en la alta calidad de sus productos y servicios, en su mano de
obra bien formada y en su modelo social, y debe competir con sus rivales a nivel mundial en
calidad sin participar en una carrera por rebajar salarios y normas sociales en la que Europa
tiene forzosamente que salir perdiendo10.
3.3.2
Varias Directrices de Empleo podían servir de base para un debate sobre la flexiguridad. El
CESE desearía ver cambios en las directrices que reflejen sus recomendaciones,
especialmente, en lo que respecta al trabajo de calidad, tal como se recoge en su dictamen
sobre las directrices para las políticas de empleo11.
6
7
8
9
10
11
"Assessing the impact of labour market policies on productivity: a difference-in-differences approach". OECD Social,
Employment and Migration Working Papers No. 54, 2007. URL: http://www.oecd.org/dataoecd/27/20/38797288.pdf. Solo existe
versión inglesa.
European Working Conditions Survey (Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo).
"Joint Analysis", véase nota 1.
Idem.
Dictamen del CESE de 13 de septiembre de 2006: Calidad de la vida profesional, productividad y empleo en el contexto de la
globalización y los cambios demográficos (ponente: Sra. Engelen-Kefer; DO C 318, 23.12.2006, punto 1.1).
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros (en virtud del
artículo 128 del Tratado CE)" (SOC/303) (ponente: Sr. Greif (programado para marzo de 2008). El nuevo paquete de Directrices
de Empleo para 2008-2010 propuesto por la Comisión en diciembre de 2007 es idéntico al paquete previo (2005-2008).
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-73.3.3
El CESE se ha pronunciado en varias ocasiones sobre el proceso revisado de Lisboa y sobre
12
las nuevas Directrices de Empleo . El Comité acogió con satisfacción el nuevo
planteamiento integrado y el ciclo plurianual, pero también señaló que:
−
−
−
en algunos ámbitos se producen incoherencias entre las grandes orientaciones sobre
políticas económicas y las Directrices de Empleo;
el éxito dependerá sobre todo de los Estados miembros, que deben asumir sus
responsabilidades en serio y efectivamente llevar a la práctica a nivel nacional las
prioridades acordadas;
es preciso implicar de verdad a los parlamentos nacionales, a los interlocutores sociales y
a la sociedad civil en todas las etapas de coordinación de la política de empleo.
3.3.4
El CESE ha señalado también que una de las claves del éxito de los Programas Nacionales de
Reforma es la implicación más amplia posible de todos los agentes sociales pertinentes –en
especial, los interlocutores sociales– en todas las fases del proceso, y que es preciso reforzar
el papel de los interlocutores sociales13. El Comité desea asimismo poner de relieve la
importancia de consultar en este contexto a los consejos económicos y sociales nacionales.
3.4
El concepto de flexiguridad
3.4.1
La flexiguridad puede desempeñar un papel importante en el logro de los objetivos de la
estrategia renovada de Lisboa, configurando reformas y opciones de políticas nacionales. Sin
embargo, ni el concepto ni los componentes de la flexiguridad son nuevos. Las primeras
Directrices de Empleo, aprobadas en el contexto de la estrategia europea del empleo en 1998,
invitaban ya a los interlocutores sociales a buscar un equilibrio entre flexibilidad y seguridad.
3.4.2
El CESE desea recalcar que no hay una única solución válida para todos y que la
combinación correcta será diferente en cada Estado miembro. El CESE ha subrayado ya que
el debate se ha limitado sobre todo a aumentar la flexibilidad externa y a buscar el modo de
compensar ese aumento reforzando las políticas de mercado laboral o disposiciones en
materia de seguridad social. Sin embargo, el objetivo debe ser el de centrarse en otras
dimensiones más eficazmente para crear situaciones beneficiosas para todos14. La
flexiguridad también implica decidir el equilibrio de derechos y obligaciones entre
12
13
14
Dictamen del CESE de 31 de mayo de 2005: Directrices de empleo: 2005-2008 (ponente: Sr. Malosse; DO C 286, 17.11.2005);
dictamen del CESE de 17 de mayo de 2006 Propuesta de Decisión del Consejo - Directrices para las políticas de empleo de los
Estados miembros (ponente: Sr. Greif; DO C 195, 18.08.2006) y dictamen del CESE de 24 de abril de 2007 sobre las Directrices
para políticas de empleo (ponente: Sra. O'Neill, DO C 168 de 20.7.2007).
Dictamen del CESE de 17 de mayo de 2006 en Propuesta de Decisión del Consejo - Directrices para las políticas de empleo de
los Estados miembros, ponente: Sr. Greif (DO C 195, 18.8.2006).
Dictamen del CESE de 11 de julio de 2007: La flexiguridad (dimensión de la flexibilidad interna – la negociación colectiva y el
papel del diálogo social como instrumentos para la regulación y reforma de los mercados de trabajo), (ponente: Sr. Janson;
DO C 256 de 27.10.2007; punto 1.1.)
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-8empleadores y trabajadores cuando es preciso negociar paquetes de reforma equilibrados y
15
justos .
3.4.3
La flexiguridad es utilizada, entre otras instancias, por la Comisión al evaluar los Programas
Nacionales de Reforma y por la Presidencia para debatir los desafíos del mercado laboral. La
flexiguridad se ha convertido en un marco para evaluar los mercados laborales de los Estados
miembros. La Comisión debe tomar en consideración todas las evoluciones y aportaciones
recientes. Para evaluar las diferentes situaciones previas –a menudo muy complejas– de los
diversos Estados miembros es esencial una estrecha colaboración con los actores interesados.
Antes que los gobiernos presenten sus Programas Nacionales de Reforma es preciso consultar
a los interlocutores sociales.
3.5
Componentes en la aplicación de la flexiguridad
3.5.1
El CESE ha puesto de relieve ya que el concepto de flexiguridad no significa un recorte
unilateral e ilegítimo de los derechos de los trabajadores, idea que rechaza16. Los
17
interlocutores sociales europeos han pedido a los Estados miembros que revisen, y si es
necesario, ajusten el diseño de la legislación laboral, los sistemas de protección de trabajo y,
de acuerdo con los interlocutores sociales, la práctica de la negociación colectiva con objeto
de:
•
•
•
•
•
•
15
16
17
"garantizar un equilibrio óptimo entre flexibilidad y seguridad en todas las relaciones
laborales;
proporcionar una seguridad adecuada para los trabajadores en todas las modalidades de
contrato para abordar mercados laborales segmentados;
desarrollar medidas complementarias de seguridad en el empleo que promuevan
transiciones a puestos de trabajo productivos y enriquecedores;
aumentar la seguridad jurídica y la transparencia, tanto para los empleadores como para
los trabajadores en lo que se refiere al alcance, la cobertura y la aplicación de la
legislación laboral;
aplicar y respetar a nivel nacional los principios y normas de las directivas sociales
europeas, incluidas las que se derivan de un acuerdo marco entre los interlocutores
sociales europeos, así como de los principios básicos de igualdad de trato y de no
discriminación;
promover relaciones de empleo estables y prácticas sostenibles en el mercado laboral;
Ibíd., punto 4.1.
Ibíd., punto 1.4.
Véase nota 1.
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-9•
establecer el marco para desarrollar prácticas en el lugar de trabajo que mejoren el
equilibrio entre el trabajo y la vida promoviendo así la plena utilización del potencial
productivo de la mano de obra europea".
3.5.2
El Comité está de acuerdo en la importancia de unas estrategias de formación continua
globales y de una mejor inversión en recursos humanos considerando que son cruciales para
lograr la estrategia de Lisboa. Sin embargo, las cifras de Eurostat muestran que el progreso ha
sido escaso o nulo en lo que respecta a una mayor participación de los trabajadores en la
formación continua. La importancia de la formación continua para mejorar las cualificaciones
de los trabajadores, sus oportunidades profesionales y productividad se ha subrayado en
varios dictámenes recientes del CESE. Aunque en el pasado se han realizado muchos
compromisos respecto a la formación continua, en la práctica queda mucho por hacer por
parte de los Estados miembros y de otras instancias. En 2002 los interlocutores sociales
europeos acordaron un Marco de acciones para el desarrollo de las competencias y
cualificaciones a lo largo de la vida.
3.5.3
El CESE considera que los sistemas de bienestar inclusivos, combinados con políticas activas
de mercado laboral mejoran las posibilidades de encontrar trabajo y fomentan la innovación y
una mayor productividad en industrias vulnerables que son cruciales para la futura
competitividad de Europa. Una parte importante de la flexiguridad consiste en subsidios de
desempleo con elevados índices de reemplazo que son eficaces y orientados al empleo,
proporcionando nuevas posibilidades de encontrar trabajo en empleos de calidad, al mismo
tiempo que aumentan la seguridad en el empleo. Por tanto, no solo se trata de ofrecer niveles
"adecuados" de reemplazo, sino también de asegurarse de que se mantiene un nivel de vida
adecuado sin dejar de ser sostenibles, vinculándolos con estrategias de activación y con
servicios de empleo de alta calidad.
3.5.4
18
El CESE ha subrayado ya anteriormente la importancia de la igualdad de sexos . Deben
aplicarse políticas que sirvan para conciliar la vida profesional, privada y familiar, así como
medidas que permitan a mujeres y hombres sacar el máximo partido de su potencial
profesional y hacerse económicamente independientes. El CESE anima al Instituto Europeo
para la Igualdad de Género a que supervise la flexiguridad desde la perspectiva de género.
3.5.5
La movilidad geográfica y la movilidad profesional de los trabajadores son herramientas
necesarias para asegurar que los mercados laborales son eficaces y para aliviar los
desequilibrios entre demanda y oferta laboral, reduciendo cuellos de botella en profesiones y
sectores específicos. La movilidad geográfica puede contribuir a una convergencia al alza de
las condiciones de trabajo y de vida. Además, la movilidad geográfica y profesional posee
también repercusiones significativas en los niveles de crecimiento y empleo. Durante los
18
Dictamen del CESE de 11 de julio de 2007: La flexiguridad (dimensión de la flexibilidad interna - la negociación colectiva y el
papel del diálogo social como instrumentos para la regulación y reforma de los mercados de trabajo) (ponente: Sr. Janson;
DO C 256 de 27.10.2007)
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- 10 últimos años, los Estados miembros con niveles generales más altos de movilidad han
registrado también tasas elevadas de crecimiento económico y tasas reducidas –o
sensiblemente reducidas– de desempleo. Esto indica que existe una relación entre los niveles
de movilidad y el buen funcionamiento económico y del mercado de trabajo.
3.6
La flexiguridad y las diversas partes interesadas
3.6.1
El CESE subraya la importancia del diálogo social y de implicar activamente a los
interlocutores sociales a todos niveles pertinentes en el diseño y la ejecución de las políticas
19
de flexiguridad . Tal como señaló el CESE en su anterior dictamen, para cualquier debate
sobre la flexiguridad, es esencial reforzar los sistemas de relaciones laborales a nivel europeo
y nacional.
3.6.2
La flexiguridad requiere un clima de confianza y diálogo de amplia base entre todas las partes
interesadas, en el que todos estén dispuestos a asumir la responsabilidad de introducir
cambios para llevar a cabo políticas socialmente equilibradas. Esto incluye también las
posibilidades de supervisar y evaluar la ejecución así como los resultados de las políticas.
3.6.3
La sociedad civil desempeña también un papel en la ejecución de la flexiguridad. Las ONG
sin fines lucrativos proporcionan servicios esenciales para quienes padecen precariedad o
sufren marginación, y contribuyen a la conciliación de la vida familiar y profesional. Las
asociaciones educativas fomentan y proporcionan formación continua para adultos. La
sociedad civil organizada puede contribuir a incrementar la calidad del empleo y atenúa los
problemas que afrontan los grupos más vulnerables, que sufren discriminación en el mercado
laboral europeo (jóvenes, personas mayores, mujeres, emigrantes y personas con
discapacidad).
4.
Recomendaciones
4.1
El CESE insta a la Comisión a que examine las diversas contribuciones y puntos de vista
respecto a la Comunicación de la Comisión, y otras evoluciones recientes. Los Estados
miembros y los interlocutores sociales de todos niveles desempeñan también un papel a la
hora de configurar el concepto de flexiguridad en su aplicación. Esto es esencial dado que la
flexiguridad se utiliza en el proceso de evaluación de Programas Nacionales de Reforma de
los Estados miembros.
4.2
El CESE insta a la Comisión a que, cuando los Estados miembros incorporen los principios
comunes en sus Programas Nacionales de Reforma proporcionando una combinación de
políticas nacionales según sus condiciones y prácticas, supervise el proceso en su conjunto y
cree una plataforma para el intercambio de mejores prácticas y evaluación comparativa en la
que participen especialmente los interlocutores sociales pero también la sociedad civil
19
Ibíd., punto 4.1.
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- 11 organizada. Por tanto, el CESE acoge favorablemente la creación por parte de la Comisión de
una misión de investigación para la flexiguridad.
4.3
El CESE apoya una implicación activa de los interlocutores sociales en el diseño y la
aplicación de las políticas de flexiguridad en todas las etapas del proceso. Previamente el
CESE había subrayado la necesidad de "un diálogo social sólido y vital que permita a los
interlocutores sociales participar de forma activa así como negociar, influir y asumir la
responsabilidad sobre la definición y las características, además de evaluar los resultados de
20
la flexiguridad .
4.4
La confianza mutua es muy importante entre las instancias implicadas. La sociedad civil
organizada puede desempeñar un papel importante para incrementar la confianza y también
para proporcionar vías de acceso a quienes se hallan más alejados del mercado laboral.
4.5
Para que funcione la flexiguridad son importantes condiciones previas una política
macroeconómica sana que estimule el crecimiento del empleo y un entorno empresarial
favorable que apoye y explote plenamente las posibilidades de crecimiento
4.6
El CESE anima a los Estados miembros y a la UE a que a que constituyan y mantengan un
marco jurídico que conduzca a la adaptabilidad, que sea sencillo, transparente y previsible, y a
que refuercen y defiendan los derechos de los trabajadores –y que se respeten y puedan
defenderse ante los tribunales–, y a que promuevan en toda la Unión un marco jurídico
estable para la negociación colectiva y el diálogo social, en la aplicación de la flexiguridad.
La base de todos los modelos de flexiguridad es una política capaz de garantizar elevados
niveles de protección social, la asunción de responsabilidades por parte de unos servicios
públicos debidamente financiados, y un marco jurídico de negociación colectiva y de diálogo
social estables. En este contexto, las normas laborales de la OIT y la legislación de la UE, al
ser transparentes y previsibles, constituyen bases importantes.
4.7
Los sistemas de protección social general pueden mejorar la movilidad garantizando que los
trabajadores no se vean perjudicados al afrontar cambios que afectan a su lugar de trabajo.
Cumplir las normas nacionales y de la UE en cuanto a información y consulta de los
trabajadores es importante para anticiparse a los cambios y atenuar sus consecuencias. En un
dictamen previo el CESE propuso que se revisara la Directiva sobre los comités de empresa
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europeos y la Comisión ha puesto en marcha hace poco una segunda fase de consultas que
brinda a los interlocutores sociales la oportunidad de abrir negociaciones con objeto de revisar
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Dictamen del CESE de 11 de julio de 2007: La flexiguridad (dimensión de la flexibilidad interna - la negociación colectiva y el
papel del diálogo social como instrumentos para la regulación y reforma de los mercados de trabajo), (ponente: Sr. Janson,
DO C 256 de 27.10.2007) punto 1.3.
Dictamen del CESE de 13 de septiembre de 2006: Los comités de empresa europeos: un nuevo papel para promover la
integración europea, ponente: Sr. Iozia (DO C 318 de 23.12.2006).
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- 12 la legislación existente. El Comité anima asimismo al Consejo y a la Comisión a que traten de
sacar adelante la legislación pendiente en el ámbito social.
4.8
El CESE subraya la importancia de asignar recursos económicos a la flexiguridad. Llevar a
cabo la flexiguridad sin invertir en reforzar las instituciones, en las políticas activas del
mercado laboral y en la formación continua no favorecerá el surgimiento de un mercado
laboral de elevada calidad. Conviene, a este respecto, extender la seguridad a los puestos de
trabajo precarios. Las políticas deben centrarse en integrar en el mercado de trabajo a las
mujeres, los jóvenes y las personas mayores. La flexiguridad debe aplicarse con un
planteamiento holístico y coherente. A este respecto, resulta esencial asignar los recursos
adecuados a fondos europeos tales como el Fondo Social Europeo (FSE) y el Fondo Europeo
de Desarrollo Regional (FEDER).
4.9
El CESE pone de relieve que todas las políticas pertinentes deben reforzarse mutuamente. El
crecimiento, los puestos de trabajo, la cohesión social y el medio ambiente son igualmente
importantes e interactúan entre sí. El crecimiento sostenible depende de unas mayores
aspiraciones de bienestar y de la mejora del medio ambiente.
4.10
El CESE hace un llamamiento por un planteamiento integrado, a varios niveles. Dada la
naturaleza multidimensional de la flexiguridad, es importante buscar una integración de los
diversos niveles de las políticas. Es necesaria una política más coherente para abordar el
problema, una interacción mayor entre los diversos actores y niveles para mejorar la cohesión
económica y social.
4.11
El CESE sostiene que en la aplicación de la flexiguridad deben tenerse en cuenta los nuevos
riesgos y que las transiciones deben recompensarse. La mundialización aumentará los riesgos
para los trabajadores y para las empresas. Tener en cuenta esos nuevos riesgos será esencial
para afrontar el desafío de la mundialización. Resulta crucial promover la movilidad laboral
de manera positiva, de alta calidad, invirtiendo en las personas y mejorando la portabilidad de
derechos.
Bruselas, 22 de abril de 2008.
El Presidente
del
Comité Económico y Social Europeo
El Secretario General
del
Comité Económico y Social Europeo
Dimitris DIMITRIADIS
Patrick VENTURINI
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