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de la trata de personas en México
Rodolfo Casillas R. (Coordinador)
Ensayos actuales sobre
Derecho penal internacional y europeo
Kai Ambos
Ley Federal para la Prevención
e Identificación de Operaciones
con Recursos de Procedencia Ilícita
(Comentada)
Ramón García Gibson
Derechos para las víctimas del delito.
Equilibrar la justicia
Irvin Waller
Directrices criminológicas y jurídicas para
el tratamiento de la delincuencia organizada
transnacional en el continente americano
y
Azucena Rodríguez Valencia
Álvaro Vizcaíno (Coordinadores)
Análisis criminológico
de la investigación ministerial
Martín Gabriel Barrón Cruz
La infancia y la justicia en México
II. Elementos para garantizar el efecto útil
del interés superior del niño víctima del delito
La reforma constitucional de 2008 trajo consigo nuevas estrategias para
combatir el delito de secuestro, una de las actividades ilícitas que golpean
cada día con mayor frecuencia a la sociedad. Por este motivo, se creó la Ley
General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, la
cual tiene el claro objetivo de sentar las bases y los ejes de acción para el
combate a dicha problemática nacional.
En este contexto, el ingeniero Miguel Óscar Aguilar Ruiz presenta el
Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las
Unidades Especializadas en Combate al Secuestro; una obra en la que
el lector encontrará la propuesta de un programa académico para capacitar en materia de Criminalística a los servidores públicos que integran
dichas Unidades Especializadas. En la presente obra se analizan diversos tópicos relacionados con la investigación del delito de secuestro, entre los que destacan los panoramas legislativo, científico y pedagógico lo
suficientemente claros para conocer todo lo relacionado con las acciones
que las autoridades deberán llevar a cabo en la capacitación del personal
ministerial, policial y pericial. Esta obra está dirigida tanto a los especialistas en el tema, como a los interesados en conocer las circunstancias
y el método de investigación criminalístico de este delito.
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Protocolo de capacitación
criminalística para el personal
adscrito a las Unidades
Especializadas en
Combate al Secuestro
Miguel Óscar Aguilar Ruiz
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COLECCIÓN CRIMINALÍSTICA
El penalista
Alberto Enrique Nava Garcés
Protocolo de capacitación criminalística
para el personal adscrito a las Unidades
Especializadas en Combate al Secuestro
Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las
Unidades Especializadas en Combate al Secuestro Miguel Óscar Aguilar Ruiz
Otras publicaciones
del Inacipe
Miguel Óscar aguilar ruIz
Es ingeniero en comunicaciones y electrónica por
el ipn y maestro en Criminalística por el cleu. En el
ámbito laboral, se ha desempeñado como Director
de Capacitación Especializada de la Academia Nacional de Seguridad Pública del snsp, Director General de Servicios Periciales de la pgjdf y Director
General de Coordinación de Servicios Periciales
de la pgr. Es docente en diversas Universidades
e Institutos de Investigación como el Inacipe y la
Universidad Anáhuac.
Es coautor de obras como La investigación criminal, editado por Porrúa e Investigación criminalística en hechos de tránsito terrestre, que mereció
dos ediciones, ambas del Inacipe.
Entre otras actividades académicas que desempeña y distinciones recibidas, cabe destacar la de
Presidente y miembro de honor tanto de la Academia Iberoamericana de Criminalística y Estudios
Forenses (aicef), como de la Academia Mexicana
de Criminalística; asimismo, es Miembro de número de la Academia Mexicana de Ciencias Penales y de la Academia Americana de Ciencias
Forenses, Consejero científico criminalístico en el
proyecto científico elct de la Interpol y la Academia Internacional de Escrituras y Documentos
(aieed).
Actualmente es profesor investigador invitado
del Inacipe y asesor forense en el International Criminal Investigative Training Assistance Program
(icitap) del Departamento de Justicia de EUA.
Margarita Griesbach y Ricardo Ortega
Instituto Nacional de Ciencias Penales
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colección criminalística
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DIRECTORIO
Jesús Murillo Karam
Procurador General de la República
y Presidente de la H. Junta de Gobierno del Inacipe
Mariana Benítez Tiburcio
Subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la pgr
y Secretaria Técnica de la H. Junta de Gobierno del Inacipe
Rafael Estrada Michel
Director General
del Instituto Nacional de Ciencias Penales
Alejandro Porte Petit
Encargado de la Secretaría General Académica
Jorge Martínez Iglesias
Encargado de la Secretaría General de Extensión
Marysol Morán Blanco
Encargada de la Dirección de Publicaciones
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miguel óscar aguilar ruiz
PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN
CRIMINALÍSTICA PARA EL
PERSONAL ADSCRITO A LAS
UNIDADES ESPECIALIZADAS EN
COMBATE AL SECUESTRO
con la colaboración de
Nayeli Villagran Suárez
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Primera edición, 2013
Edición y distribución a cargo del
Instituto Nacional de Ciencias Penales
www.inacipe.gob.mx
[email protected]
D.R. © 2013 Instituto Nacional de Ciencias Penales
Magisterio Nacional 113, Col. Tlalpan,
Del. Tlalpan, C.P. 14000, México, D.F.
ISBN 978-607-7882-74-9
Se prohíbe la reproducción parcial o total, sin importar
el medio, de cualquier capítulo o información
de esta obra, sin previa y expresa autorización
del Instituto Nacional de Ciencias Penales,
titular de todos los derechos.
Diseño de portada: Victor Garrido
Impreso en México • Printed in Mexico
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Contenido
Invitación a la lectura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
Antecedentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
Estructura de las Unidades Especializadas
en Combate al Secuestro (uecs) . . . . . . . . . . . . . . 10
Área ministerial, 11; Área policial, 12; Área pericial, 12.
Marco Organizacional de las Unidades Especializadas
en Combate al Secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Alcance . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
Objetivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Principales funciones de los participantes. . . . . . . . . . . . . . . 23
Agente del ministerio público. . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
Policía investigadora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
Peritos de campo y de laboratorio. . . . . . . . . . . . . . . 24
Marco jurídico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
La investigación criminalística del delito de secuestro. . . . . 27
Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
Secuestro, 27; Tipos de secuestro, 27; Indicio y/o evidencia, 29; Lugar de los hechos, 30; Lugar del enlace, 30; Lugar del hallazgo, 30; Cadena de custodia, 30;
Protocolo, 31.
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VIII
Protocolo de capacitación Criminalística
Los indicios y/o evidencias criminalísticos relacionados
con el delito de secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Generalidades, 31; En la víctima, 32; En el presunto
responsable del secuestro, 32; En lugares abiertos, 33;
En lugares cerrados, 34; En vehículos, 35; Valor investigativo de los indicios y/o evidencias, 35.
Las especialidades periciales que intervienen en la
investigación criminalística del delito
de secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
Introducción, 44; Análisis de Voz, 46; Antropología
Forense, 47; Audio y Video, 50; Balística Forense, 51;
Criminalística de Campo, 53; Documentos Cuestionados (Grafoscopía y Documentoscopía), 54; Fotografía
Forense, 56; Genética Forense, 57; Identificación Dactiloscópica, 57; Identificación Fisonómica, 58; Identificación Vehícular (Hechos de Tránsito), 60; Informática
Forense y Telecomunicaciones, 61; Medicina Forense,
62; Odontología Forense, 64; Poligrafía Forense, 65;
Psicología Forense, 66; Química Forense, 67; Retrato
Hablado, 69.
La cadena de custodia aplicada al delito de secuestro. . . . . . 71
Antecedentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72
Diez reglas básicas de la cadena de custodia . . . . . . . 76
Modelo de capacitación criminalística para el personal adscrito
a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro . 79
Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79
Modelo de capacitación criminalística para el agente
del ministerio público adscrito a las Unidades
Especializadas en Combate al Secuestro. . . . . . . . 80
Programa curricular, 81; Asignaturas, 81; Especialidades, 93.
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contenido
IX
Modelo de capacitación criminalística para los
agentes de policía adscritos a las Unidades
Especializadas en Combate al Secuestro. . . . . . . . 108
Programa curricular, 110; Asignaturas, 110.
Modelo de capacitación criminalística para peritos
adscritos a las Unidades Especializadas
en Combate al Secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 122
Programa Curricular, 123; Asignaturas, 124, Especialidades, 130.
Conclusiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137
Glosario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139
Referencias bibliográficas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144
Legislación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146
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Invitación a la lectura
El secuestro es uno de los delitos que más lastiman a la sociedad. Un fenómeno de tal magnitud, lleva inevitablemente a
construir nuevas estrategias y nuevos protocolos de actuación
por parte de las autoridades para poder enfrentarlo con eficacia
y oportunidad.
Es deber del Estado enfrentar a la delincuencia organizada
partiendo de ejes establecidos dentro de las propias instituciones.
Cabe decir que cualquier acción que decida implementarse debe
estar encaminada al resguardo tanto de la seguridad como de los
derechos humanos.
Como consecuencia de la reforma constitucional del 18 de
junio de 2008, se insertó la definición de delincuencia organizada en el artículo 16 de nuestra Carta Magna, así como en
el artículo 73, fracción XXI; lo cual faculta al Congreso de la
Unión para legislar en esta materia. Es decir, lo que antes era
una competencia compartida entre la Federación, las entidades
federativas y el Distrito Federal, se convirtió en materia exclusivamente federal.
Todos los casos a partir de entonces debían ser investigados,
procesados y sentenciados por autoridades federales.1 Lo anterior tuvo como efecto la promulgación en el mes de noviembre
de 2010 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos
en Materia de Secuestro.
De la mutación del delito de secuestro se derivaría, también,
que en el mes de noviembre de 2011, el Consejo Nacional de
Seguridad, a través del Acuerdo número XXXI, resolviera la
necesidad de instrumentar a las Unidades Especializadas en el
1 Cfr.
Rodolfo Félix Cárdenas, Nueva política criminal para el combate al
delito de secuestro, México, ubijus, 2010, pp. 18-29.
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Protocolo de capacitación Criminalística
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Combate al Secuestro (uecs), así como realizar un análisis de la
demanda de las mismas.2
Lo anterior concluyó en que la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada emitiera la
circular núm. C/002/12, donde instruyó la evaluación y profesionalización del agente del ministerio público, policías federales y
ministeriales, así como de los peritos adscritos a las mencionadas
Unidades,3 acotando la rigurosidad de los procesos de evaluación
y control de confianza para dicho personal. Todo lo anterior con
el objetivo de convertirlas en un factor predominante en el combate al secuestro.
Una vez establecidas las herramientas necesarias en el marco
jurídico, el compromiso de la actual administración al mando del
presidente Enrique Peña Nieto es muy claro: reducir las tasas
del delito de secuestro en un 50% para que se perciba un verdadero
cambio en la seguridad interna y una renovada imagen al exterior.
Lo anterior en atención a que en los primeros dos meses de este
año se denunciaron 236 secuestros ante Procuradurías estatales.4
El Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (uecs)
es un documento que lleva implícita la experiencia de Miguel
Óscar Aguilar Ruiz, quien ha dirigido por más de 15 años distintas áreas de servicios periciales y cuenta con una experiencia
de décadas como académico, impartiendo cátedra en distintos
temas de Criminalística, además de ser capacitador de peritos,
policías y agentes del ministerio público en el Instituto Nacional
de Ciencias Penales.
Ante esta eminente historia de éxito, es para mí una inmerecida distinción la oportunidad de escribir estas líneas para una
obra que sin duda contribuye al desarrollo institucional de las
Unidades Especializadas en el Combate al Secuestro (uecs). El
2 Diario
Oficial de la Federación, 18 de noviembre de 2011.
17 de enero de 2012.
4 Información basada en la denuncias recibidas por el Sistema Nacional
de Seguridad, 2013.
3 Íbidem,
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invitación a la lectura
3
protocolo que el autor presenta a los lectores ofrece una visión
clara y completa de las uecs, ya que lo mismo define los roles de
los participantes, que una descripción del marco jurídico aplicable.
La obra se enfoca en la investigación criminalística del delito
de secuestro: describe detalladamente el procesamiento del lugar de los hechos y/o del hallazgo, los protocolos relacionados
con la cadena de custodia de las evidencias, así como la aplicación de las ciencias y técnicas criminalísticas en la investigación
de este ilícito.
Finalmente, el ingeniero Aguilar Ruiz propone un modelo de
capacitación criminalística para los agentes del ministerio público, policías y peritos, definiendo el programa curricular mediante
el cual se podrá contar con personal mejor capacitado y especializado en combatir el flagelo ocasionado por el secuestro.
Deseamos el mayor de los éxitos a esta obra del ingeniero
Aguilar Ruiz, pues evidentemente redundará en que las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia cuenten
con personal preparado para atender de forma eficaz y oportuna
a las víctimas y familiares de quienes lamentablemente han padecido a causa de tan grave delito.
Comisario Jefe
Maestro Álvaro Vizcaíno Zamora
Coordinador del Sistema de Desarrollo
de la Policía Federal e investigador invitado
del Inacipe
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Introducción
El secuestro es uno de los más graves delitos que atentan contra la integridad humana. Se define como la acción de retener en
forma indebida a una persona y exigir una suma de dinero a
cambio de su rescate o de alguna otra condición para su puesta
en libertad.
Jurídicamente se le considera un delito grave y una violación
al derecho a la libertad individual y a otros derechos fundamentales, tal y como lo establece la resolución 2002/2010 del Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones
Unidas.
El secuestro se ha descrito como uno de los negocios ilícitos
de crecimiento más rápido en el ámbito mundial.1 Actualmente
está aumentando en varios países y es considerado por los grupos
organizados de delincuentes y terroristas un medio de acumulación de capital, ya que explota las situaciones de deterioro social,
económico y corrupción y se desarrolla con facilidad en estos
medios. En países como México, el secuestro se ha generalizado en todas las entidades federativas, lo que ha generado una
disminución significativa en la confianza en la autoridad, con
repercusiones tanto sociales como económicas que generan una
percepción de inseguridad en la ciudadanía, ya que una de las
principales responsabilidades de cualquier Gobierno es precisamente mantener la seguridad, la paz y el orden público, lo que
conlleva brindar protección a la ciudadanía y medios de prevención contra la delincuencia.
En este contexto, la obligación del Estado mexicano de prevenir
y combatir el delito del secuestro implica no sólo la formulación
1 Cfr.
Rachel Briggs, The Kidnapping Business, Londres, Foreign Policy
Centre, 2001.
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Protocolo de capacitación Criminalística
apropiada de políticas públicas, de instrumentos jurídicos, sino
también la necesidad de que cada Estado de la Federación cuente
con las estructuras institucionales que permitan responder a este
fenómeno delictivo de manera eficaz.
La coordinación nacional que debe existir entre los tres niveles de Gobierno es particularmente importante para hacer frente
al secuestro, ya que, como las estadísticas lo muestran, este delito
se puede cometer en cualquier entidad federativa, lo cual indica
que la lucha contra el secuestro es compleja.
La Organización de las Naciones Unidas ha recomendado a
los países con altos índices de secuestro la creación de órganos
nacionales de coordinación específicos en los que estén representados todos los organismos pertinentes, de tal manera que se
facilite coordinar las tareas para asegurar la máxima eficacia en la
investigación de este delito, puesto que así se permite compartir
información y experiencia, y aplicar prácticas adecuadas de manera homologada.
Al adoptar esas recomendaciones, México demuestra su voluntad política, pues en la actualidad, por medio de la Secretaría
de Seguridad Pública Federal, hoy Comisión Nacional de Seguridad y de la Procuraduría General de la República, a través de la
Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, se han logrado
establecer organismos especializados, a los que se denomina Unidades Especializadas en Combate al Secuestro, a los cuales nos
referiremos más adelante.
En el pasado, los secuestros estaban dirigidos hacia los estratos
económicos altos y a personajes de la vida pública; sin embargo,
ante las medidas de seguridad adoptadas por este sector de la
población, los delincuentes actualmente enfocan sus acciones en
contra de las clases media y media alta.
Hoy en día, varios presuntos secuestradores y otros delincuentes que se encuentran presos en los penales han tratado de continuar su carrera delictiva mediante la extorsión por vía telefónica,
otro de los delitos con más auge en México.
En este contexto, podemos afirmar que cada caso de secuestro
no es sólo un delito grave, sino también un incidente de carácter
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introducción
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crítico y una amenaza para la vida. Es una violación a la libertad
individual que socava los derechos humanos.
Hay suficientes pruebas de que las víctimas nunca se recuperan plenamente del trauma asociado con este delito. El secuestro
también tiene repercusiones devastadoras en los familiares, los
amigos íntimos, etc. Crea también temores y dudas en las comunidades y puede tener consecuencias adversas para la economía y
la seguridad de los Estados.
En la actualidad, las estadísticas refieren que el delito de secuestro ha aumentado en las ultimas dos décadas; no obstante,
en México, algunos hechos importantes se han documentado
desde la década de los setenta. El secuestro se ha convertido en
un negocio rentable para los delincuentes y algunos servidores
públicos coludidos, quienes, ante la desorganización institucional, operan con la mayor impunidad, al grado incluso de terminar
con la vida de las víctimas, aun cuando se paga el rescate.
Las diferencias en las leyes, la falta de monitoreo en las cifras
y la ausencia de una estrategia integral y nacional para erradicar
esta práctica han multiplicado el número de bandas dedicadas
a esta actividad, por lo que la sociedad está cada vez más preocupada y cansada de tolerar tanta impunidad.
La estructura orgánica que se ha instituido en las dependencias
policiales y de procuración de justicia ha sido analizada con objeto de conocer los recursos humanos especializados con los que
se cuenta para enfrentar este delito. Cuantitativamente, también
se ha revisado el número de secuestros que anualmente se reporta
en la información generada por las Procuradurías Generales de
Justicia y entregada al Sistema Nacional de Seguridad Pública,
así como en la Estadística Judicial que el Instituto Nacional de
Estadística, Geografía e Informática año con año presenta.
En la actualidad, se han realizado diversos estudios jurídicos y
aprobado reformas a los códigos penales en relación con la pena
impuesta a los secuestradores, ya que hasta ahora la pena por el delito de secuestro es, en líneas generales, mayor cuanto más tiempo
transcurra sin que el autor del mismo dé cuenta y razón del paradero de la víctima. La consideración del delito se agrava asimismo
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Protocolo de capacitación Criminalística
si el autor del secuestro es una autoridad, un servidor público o
ha simulado serlo (por el obvio abuso de autoridad o de aparente
autoridad que ello representa), o si la víctima es menor de edad;
sin embargo, si los secuestradores no son detenidos, todos los supuestos jurídicos anteriores resultan insuficientes.
Antecedentes
A partir de la reforma constitucional de 2008 y de la creación de
la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia
de Secuestro, se propusieron diversos ejes tendientes a resolver o,
por lo menos, disminuir este importante delito que tanto afecta
a la sociedad mexicana. Así, se establecieron los siguientes criterios que permitirían lograr resultados favorables en los próximos
tiempos:
1) Unificación Nacional de los tipos penales y de las sanciones
para el delito en materia de secuestro.
2)Establecimiento, en el plano nacional, de medidas de protección, atención y asistencia a las victimas de ese delito y a sus
familiares.
3)Instauración de un sistema nacional de apoyo a víctimas u
ofendidos y testigos de cargo.
4)Creación de un fondo de apoyo para víctimas y ofendidos.
5)Creación de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro.
Este último apartado quedó plasmado en los compromisos
establecidos en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia
y la Legalidad de 21 de agosto de 2008, en la XXIII reunión
del Consejo Nacional de Seguridad Pública donde se firmó el
Acuerdo Nacional señalado, entre autoridades de los tres niveles
de Gobierno y de los tres poderes de la Unión, así como representantes de la sociedad civil, sindicatos, organizaciones religiosas, medios de comunicación, entre otros. El acuerdo se publicó
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introducción
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en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008 y en
él se plasmaron tiempos de ejecución y responsables para el cumplimiento de cada uno de los puntos.
Se establecieron tres grandes temas que comprenden a los
gobernadores, presidentes municipales, secretarios de Estado,
empresarios, medios de comunicación, etc., a quienes se les asignaron responsabilidades concretas con el fin de mejorar las condiciones de seguridad y prevenir la violencia que se presenta en el
territorio nacional, específicamente en relación con el secuestro.
El Poder Ejecutivo asumió los siguientes compromisos:
III. Apoyar a las entidades federativas en el combate a los delitos
más sensibles para la sociedad, de acuerdo con las competencias de
cada orden de Gobierno. En especial se apoyará el fortalecimiento
o en su caso la creación y formación de Unidades Estatales para el
Combate al Secuestro.
[…]
XVIII. Implementar un modulo de información sustantiva en el
sistema único de información criminal de plataforma México para
el registro, seguimiento y combate al delito de secuestro.
En ambos puntos, la Procuraduría General de la República y la
Secretaría de Seguridad Pública, actualmente Comisión Nacional de Seguridad, en coordinación con las entidades federativas,
elaborarán una estrategia nacional e integral contra el secuestro,
en la que se incluirá la elaboración de programas tipo, de acuerdo
con la realidad de las entidades federativas, y el diseño de cursos,
talleres y seminarios de capacitación para cada entidad, e insertará mecanismos de capacitación continua. Asimismo, se pondrá
en operación un módulo de información específica relacionada
con el delito de secuestro. Para dichos acuerdos se fijó un tiempo
de ejecución de seis meses.
Por otro lado, el Congreso de la Unión se comprometió a legislar para impedir la preliberación y demás beneficios en delitos
como el secuestro y en otros cometidos con violencia; también
asumió el compromiso de impulsar la elaboración de una Ley
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General del Delito de Secuestro. Todo ello quedó plasmado en
los siguientes acuerdos:
XXXI. Impulsar la Ley de Sanciones Penales y prever reglas para
impedir la preliberación y otros beneficios en delitos como el secuestro y otros cometidos con violencia.
XXXII. Impulsar una Ley General del Delito de Secuestro.
En ambos acuerdos, el Congreso de la Unión se comprometió, además, a legislar una reforma al marco jurídico vigente y
presentar una iniciativa, dictaminar y votar una Ley General
del Delito de Secuestro, otorgando como tiempo de ejecución
el primer periodo ordinario del tercer año de la LX legislatura
federal.
Finalmente, los Gobiernos de las entidades federativas asumieron el compromiso de conformar, desarrollar o fortalecer
en seis meses, según el caso, las Unidades Especializadas en
Combate al Secuestro, en conformidad con el Acuerdo XLVIII:
“Conformación, desarrollo y fortalecimiento de Unidades Especializadas en Combate al Secuestro”.
Los titulares de los ejecutivos de las entidades federativas
se comprometieron a crear unidades integradas a partir de la
aplicación de mecanismos de evaluación y control de confianza certificados, para desarticular bandas dedicadas al secuestro
y a adscribir un enlace permanente a la Unidad de Coordinación e Intercambio de Información Policial de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, hoy Comisión Nacional de
Seguridad.
Estructura de las Unidades Especializadas
en Combate al Secuestro (uecs)
Como parte de la estrategia nacional e integral contra el delito de
secuestro, se propuso la presente estructura como un modelo de las
Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (figura 1).
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introducción
unidad
especializada
en combate al
secuestro
centro de
atención a
víctimas
Área ministerial
Conducción y mando
Ejercicio de la Acción
Penal
agentes del
ministerio
público
11
Área policial
artículo
21
Constitucional
manejo de
crisis y
negociación
Investigación Recopilación
de elementos de prueba
(inteligencia)
análisis
táctico
Procesamiento
de información
sustantiva
Atención a
Integración y
perfeccionamiento de la familiares de
la víctima
Averiguación Previa o
carpeta de investigación
investigación
policial
Validación de
información
sustantiva
Servicios
periciales
operaciones
especiales
Cumplimiento
de órdenes
ministeriales
y judiciales
Figura 1. Estructura de las uecs.
Fuente: Estrategia Nacional e Integral contra el delito de secuestro. Informe secuestro 2009,
México Unido contra la delincuencia, A.C.
La estructura modelo incluye un Centro de Atención a Víctimas, un área ministerial con sus respectivos servicios periciales
y un área policial que se encarga del manejo de crisis y negociación, análisis táctico, investigación policial y operaciones especiales.
Las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro plantean un marco organizacional en tres niveles de mando, tanto en
el área ministerial como en la policial, en los que se parte de una
base operativa, se continúa con mandos medios y termina en la
alta dirección. De manera específica, a continuación se describen
brevemente las principales funciones desarrolladas por estas áreas.
Área ministerial
En la base operativa de esta área se encuentran los agentes del
ministerio público encargados de tomar las declaraciones, desahogar las pruebas, realizar la solicitud de dictámenes periciales,
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Protocolo de capacitación Criminalística
implementar las medidas cautelares y, en su caso, ejercer la acción penal.
Los mandos medios del Ministerio Público están conformados por fiscales o coordinadores de las uecs, los cuales realizan
las funciones de conducción y dirección de operativos, práctica
de las diligencias para integrar las investigaciones, determinar las
averiguaciones previas y supervisión de las medidas cautelares con
base en la normatividad vigente y en los protocolos ministeriales
de actuación.
La alta dirección será la encargada de dirigir, conducir y supervisar la integración de las averiguaciones previas; también será la
encargada de establecer la coordinación con otras áreas de investigación de su propia institución, o bien, de instituciones federales y
estatales. Generalmente, esta responsabilidad recaerá en el titular
de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro.
Área policial
La base operativa de la policía estará integrada por células que
tendrán como principales objetivos la planeación operativa a efecto
de lograr las detenciones de presuntos responsables, las puestas a
disposición, el manejo de información y la liberación de víctimas.
Los mandos medios de la policía tendrán a su cargo la planeación táctica por medio de grupos que intervengan en el manejo
de crisis, la investigación de campo y de gabinete, así como en
situaciones de reacción.
El área de la alta dirección policial estará encargada de la planeación estratégica a través de unidades para el manejo de crisis,
investigación de campo, de gabinete y reacción. En términos
generales, su función principal será la investigación.
Área pericial
Los peritos seguirán dependiendo de las Direcciones Generales
de Servicios Periciales de las Procuradurías Generales de Justicia
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introducción
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Estatales o de la Procuraduría General de la República y su intervención será a solicitud expresa del agente del ministerio público adscrito a las uecs; no obstante, actuarán de acuerdo con
su especialidad y realizarán, debido a la naturaleza de su función, sus análisis en los laboratorios de Criminalística de sus
instituciones.
De manera esquemática, y tomando como fuente la Estrategia
Nacional e Integral del Delito de Secuestro, se plantea el marco
organizacional de las Unidades Especializadas en Combate al
Secuestro (figura 2).
Marco Organizacional de las Unidades
Especializadas en Combate al Secuestro
Para dar cumplimento a la estrategia nacional e integral contra el
delito de secuestro, se plantearon diversas acciones que a continuación se describen:
1) Desarrollo personal.
2)Adopción de perfiles y criterios generales para la elección de
personal.
3)Adopción de criterios generales para la evaluación de personal.
4)Criterios generales para la capacitación.
5)Adopción de protocolos de actuación operativa, jurídica y policial para la atención del delito de secuestro.
En cumplimiento con el Acuerdo XLVIII relacionado con la
conformación, desarrollo y fortalecimiento de las uecs, la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, integrada por el
procurador de la República, los procuradores generales de justicia de los 31 estados de la Federación, del Distrito Federal, de
Justicia Militar y de la Secretaría de Seguridad Pública Federal,
hoy Comisión Nacional de Seguridad, acordaron, mediante la
suscripción de las bases de colaboración en materia de combate
al delito de secuestro, la estrategia nacional e integral contra el
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Protocolo de capacitación Criminalística
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delito de secuestro, que articula los esfuerzos institucionales de
los tres órganos de Gobierno para reforzar la lucha contra este
delito, en los siguientes ejes:
Área
Área
ministerial
Investigación,
policial
conducción y mando
Titular
Investigación
de unidad
Planeación
Dirección y supervisión para la integración
de las Averiguaciones previas
Consolidar la coordinación con las áreas de
la PGR y Procuradurías de los Estados
estratégica
Unidades
Manejo de crisis
Investigación de gabinete
Investigación de campo
Reacción
alta
dirección
Coordinador y/o
fiscales
Dirigir la práctica de diligencias
para la integración de las
investigaciones
Conducir operativos
Dirigir acciones para
determinar las averiguaciones
y supervisar medidas
cautelares
Planeación
legislación
vigente
protocolos
de actuación
mandos
medios
protocolos de
actuación
táctica
Grupos:
Manejo de crisis
Investigación de gabinete
Investigación de campo
Reacción
Ejecución
base
operativa
Agentes
del ministerio público
Toma de declaraciones
Desahogo de pruebas
Solicitud de peritajes
Medidas cautelares
Ejercicio de la acción penal
Planeación
operativa
Células
Liberación de víctimas
Detección de PR
Puesta a disposición
Evidencias
Figura 2. Esquema Organizacional de las uecs.
Fuente: Estrategia Nacional e Integral contra el delito de secuestro. Informe secuestro 2009,
México Unido contra la delincuencia, A.C.
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introducción
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1) Unidades Especializadas en Combate al Secuestro.
2) Plataforma informática y tecnológica.
3) Prevención del delito.
4) Lineamientos para un marco normativo adecuado.
5) Reclusión de secuestradores en penales de alta seguridad.
En relación con las uecs, a finales de 2009 se publicaron los
decretos para su creación en las 32 entidades federativas y se planteó el establecimiento de protocolos de actuación para el personal
ministerial, policial y pericial conforme a lineamientos que uniformen la investigación de este delito para alcanzar la efectividad
en la persecución del secuestro. Asimismo, se establece la mejora
continua en el intercambio de información entre autoridades federales y las uecs con el fin de impactar en las bandas delictivas.
En la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, los
procuradores del país adoptaron un acuerdo para la firma de una
carta compromiso de permanencia mínima del personal sustantivo (ministerial, policial y pericial) de las uecs. Por otra parte,
la Procuraduría General de la República emitió el oficio circular
número C/002/12, por medio del cual se instruye a las áreas de
esa institución encargadas del combate al secuestro a que se apeguen a las disposiciones establecidas en la Conferencia Nacional
de Procuración de Justicia. Dicho ordenamiento fue publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2012. Finalmente, la Procuraduría General de la República recomendó
replicar en todas las entidades federativas del país la adopción de
la carta compromiso para la permanencia mínima del personal
sustantivo adscrito a las Unidades Especializadas en Combate
al Secuestro.
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PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN
CRIMINALÍSTICA PARA EL
PERSONAL ADSCRITO A LAS
UNIDADES ESPECIALIZADAS EN
COMBATE AL SECUESTRO
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ALCANCE
Establecer un protocolo de capacitación en materia de Criminalística aplicable al personal sustantivo (ministerial, policial y
pericial) que integra las Unidades Especializadas en Combate al
Secuestro, para lograr que dichas unidades puedan investigar y
atender de manera homogénea este delito en todas las entidades
federativas del país, a efecto de articular de manera armónica las
funciones de inteligencia y operación policial con la aplicación
del equipo tecnológico adecuado, con el auxilio de los expertos
en Criminalística y Ciencias Forenses y la dirección adecuada de
la investigación por medio del agente del ministerio público, y,
como consecuencia, lograr indagatorias que terminen en sentencias condenatorias para los delincuentes.
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OBJETIVOS
Dotar a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro
de herramientas científicas específicas para la investigación del
delito de secuestro que permitan establecer criterios generales
para la capacitación de los servidores públicos encargados de esta
importante misión, para que conduzcan a establecer una estrategia nacional e integral para la investigación del delito de secuestro.
La capacitación se desarrollará de manera conjunta entre
agentes del ministerio público, policías y peritos, con el fin de
homologar el uso de las principales herramientas de investigación y persecución del delito de secuestro. Se orientará a que el
personal sustantivo (ministerial, policial y pericial) obtenga la
certificación de cada uno de los integrantes, cumpliendo debidamente con las evaluaciones y lineamientos establecidos por la
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Los peritos deberán recibir una capacitación específica en las
especialidades que auxilian en este tipo de hecho y se complementará con conocimientos integrales del actuar de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro y con la adopción
de protocolos de actuación ministerial, policial y pericial para la
atención del delito de secuestro.
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