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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y ASEO DE
INMUEBLES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA MORAL DENOMINADA
“LIMPIARTE SERVICIOS DE LIMPIEZA DOMESTICA PROFESIONAL S.A. DE
C.V.” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. AIVAR PEREZ VELAZQUEZ, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA PRESTADORA”, Y POR LA
OTRA _______________________________________A QUIEN EN LO SUCESIVO SE
LE DENOMINARA “EL CLIENTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I.- DECLARA “LA PRESTADORA”:
a) Ser una persona moral mexicana según consta en la escritura pública número
46357, de fecha 14 de julio del año 2015, pasada ante la fé del Lic. Ernesto
Guevara Loarca, Notario Público número 17, en la ciudad de Querétaro, acta
constitutiva que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de
Comercio, y que su representante legal cuenta con la personalidad y
facultades para celebrar el presente contrato según el carácter de
representante legal que se acredita con el acta constitutiva antes citada.
b) Que su domicilio se encuentra ubicado en calle paseo del nogal No. 4,
interior 9, colonia paseos del bosque, corregidora, Querétaro, con número
telefónico 4426882361, y cuenta con el RFC LSL150714S29.
c) Que cuenta con la capacidad, infraestructura, servicios y recursos necesarios
para dar cabal cumplimiento a las obligaciones contenidas en el presente
contrato.
d) Que cuenta con personal capacitado y responsable para atender las quejas y
reclamaciones que se originen de la prestación del servicio o del bien
adquirido, para lo cual se señala el teléfono 4426882361, con un horario de
atención al público de las 9 horas a las 18 horas, de lunes a viernes.
II.- DECLARA “EL CLIENTE”:
a) Llamarse como ha quedado plasmado en el proemio de este contrato.
b) Que es su deseo obligarse en los términos, condiciones y cláusulas del
presente contrato, manifestando que cuenta con la capacidad legal para la
celebración de este contrato.
c) Que
su
domicilio
se
encuentra
ubicado
en
_____________________________________________________________
_______________________________________y estar inscrito en el
Registro Federal de Contribuyentes, teléfono ____________.
III.- AMBAS PARTES DECLARAN Y CONVIENEN QUE PARA EFECTOS DEL
PRESENTE CONTRATO SE DEFINEN Y DETALLAN LOS SIGUIENTES:
TERMINOS Y CONDICIONES:
1) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
SERVICIO DE LIMPIEZA.- Es el acto de limpiar de forma superficial
(LIMPIEZA SUPERFICIAL) y con PRODUCTOS ESPECIALIZADOS
las diferentes ÁREAS, SUPERFICIES, y MUEBLES que integran el
inmueble objeto del contrato, (estableciendo para efectos de este contrato
que la limpieza de dichas superficies será de manera superficial y no a
profundidad sin que se utilicen productos corrosivos por lo que si las
superficies se encuentran manchadas de alguna sustancia abrasiva o
colorante no podrá exigirse la limpieza profunda y el resultado dependerá
según el estado de deterioro que presente la superficie sin responsabilidad
alguna para LA PRESTADORA).
2) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
NATURALEZA Y DURACION DEL SERVICIO.- El servicio tiene una
naturaleza de orden esporádica y no continua en el tiempo (es decir no es de
uso diario ni cuenta con un periodo de tiempo definido pues se acopla a las
necesidades del cliente las cuales dependerán de la superficie de su casa y el
número de habitaciones según la tabla de precios que se anexa al presente
contrato como ANEXO 1), la duración dependerá de la superficie y
habitaciones y por ningún motivo será mayor a 5 horas.
3) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
LIMPIEZA SUPERFICIAL.- Es el acto de retiro de suciedad y polvo en
seco mediante escoba, aspiradora, paño de micro fibra o plumero (según la
superficie, área o mueble lo requiera), posteriormente se procede a lustrar
con agua y/o producto especializado mediante trapeador, mop, paño de
micro fibra, cepillo o esponja (según la superficie, área o mueble lo
requiera). De ninguna manera el servicio implica limpieza de manchas
específicas que requieran productos corrosivos o solventes y si la superficie,
área o mueble presentan manchas diferentes a polvo o requieren limpieza
profunda o especializada esta tendrá un costo extra.
4) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
LIMPIEZA PROFUNDA.- Es el acto de remover residuos de sustancias
químicas u orgánicas tales como suciedad excesiva, lodo, pintura, vino,
chocolate, sangre, lácteos, grasas o aceites, insecticidas , pesticidas, agentes
corrosivos, lubricantes, colorantes en general, maquillaje, perfumes,
lociones, crema, alimentos o bebidas etcétera, es decir todas aquellas
sustancias que generan una mancha ajena al uso convencional y que no
puede ser retirada con los productos de limpieza domestica definidos en este
contrato como PRODUCTOS ESPECIALIZADOS.
5) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
PRODUCTOS ESPECIALIZADOS.- estos son los productos
concernientes a limpiar las áreas, superficie y muebles que se utilizaran por
LA PRESTADORA, los cuales son: limpiador multiusos, limpiador de
vidrios y cristales, limpiador de madera, limpiador de acero inoxidable,
cloro, desinfectante de baño, liquido removedor de sarro, aromatizante,
líquido para mop, limpiador multiusos de superficies, detergente y
detergente para trastes, estos son los productos que se obliga a usar LA
PRESTADORA y cualquier otro producto que se requiera para limpiar las
áreas, superficies y muebles deberá ser proporcionado por EL CLIENTE,
así también LA PRESTADORA se obliga a realizar la limpieza con
productos especializados y bajo el las condiciones y recomendaciones de
limpieza que establece el fabricante de los muebles o de la superficie en el
manual del usuario, y si EL CLIENTE no cuenta con dichas condiciones y
recomendaciones y las entrega a LA PRESTADORA y resulta que la
superficie requiere un cuidado especial el daño que se cause no será
imputable a LA PRESTADORA.
6) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
ÁREAS .- Los pisos zoclos y paredes, (en paredes solo aplica limpieza con
paño seco y plumero en paredes no más de 2.20 metros), de las recamaras,
los baños, la cocina, el comedor, la sala, estancia, escaleras y balcón
(siempre y cuando cuente con las medidas necesarias para que no se ponga
en riesgo la integridad del personal tales como barandal alto 1.40 metros o
más, piso sólido y con superficie anti-derrapante y no se encuentre a más de
tres metros de altura), patio trasero y delantero con piso de concreto o
material solido (siempre y cuando no existan artefactos o animales que
pongan en riesgo la integridad del personal tales como maquinaria, animales
domésticos, hiervas o insectos) dicha limpieza solo se realizara en las partes
descubiertas de las zonas antes descritas es decir por ningún motivo se
moverán muebles.
7) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
SUPERFICIES.- Los recubrimientos o materiales de composición sólida
que se encuentren estrictamente dentro de las áreas descritas en el numeral
anterior, tales como pisos, azulejo, loseta, duela, piso laminado o
recubrimientos cerámicos o vinílicos, (dichas superficies serán limpiadas con
PRODUCTOS ESPECIALIZADOS y bajo las recomendaciones de
limpieza del fabricante, si el cliente no cuenta con dichas recomendaciones y
las entrega a LA PRESTADORA y resulta que la superficie requiere un
cuidado especial, el daño que se cause no será imputable a LA
PRESTADORA). Dentro de estas superficies bajo ningún supuesto se
incluyen inmobiliario de jardín o terraza tales como parrillas, comedores y
muebles de jardín, juegos, herramientas o estantes de almacenaje, estos
artículos tendrán costo extra y será pactado por las partes.
8) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
MUEBLES.- Se entiende por muebles todos los artículos utilizados de
forma habitual para decorar, guardar, posar o almacenar utilizados en el
interior de una casa (es decir que por ningún motivo se incluirá en el costo
los muebles que se encuentren en las áreas antes descritas si se observa a
simple vista que el fin no es el uso de la casa habitación, sino más bien con
fines de almacenaje, entonces el costo se pactara por las partes dependiendo
del número de artículos).
9) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
GARANTIA DE CALIDAD.- Es la obligación que adquiere LA
PRESTADORA de realizar el servicio según las especificaciones detalladas
en los presentes términos y condiciones, en modo y con los productos
señalados, y si EL CLIENTE acredita que el servicio no cumplió con dichas
condiciones LA PRESTADORA le rembolsara la cantidad pagada por
dicho servicio siempre y cuando se haya pagado el total del servicio. Esta
garantía tiene que hacerse valer al momento de recibir el servicio, llenando
un formato con el supervisor anexando fotografías y contestando las
preguntas del formulario, una vez presentada la solicitud si es procedente
según las pruebas anexadas a la solicitud LA PRESTADORA tendrá 2 días
hábiles para pronunciarse respecto la devolución notificándole vía correo
electrónico si procede o no la devolución por garantía de calidad.
10) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
SERVICIO SAFECLEAN.- Es la opción que tiene EL CLIENTE de
aceptar que se instalen cámaras de video vigilancia al momento del servicio
para poder monitorear al personal y de esta manera aplique la garantía de
robo o destrucción. Dichas grabaciones serán propiedad exclusiva de EL
CLIENTE, y serán entregadas en formato digital al momento de finalizar el
servicio por lo que el resguardo y almacenamiento de dicho contenido es
responsabilidad de EL CLIENTE.
11) PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE ENTIENDE POR
GARANTIA DE ROBO Y DESTRUCCION.- es la obligación que
adquiere LA PRESTADORA de reparar el daño causado por su personal en
sus bines ya sea por robo o destrucción accidental o intencional, siempre y
cuando aparezca en la videograbación el momento en el cual el personal de
LA PRESTADORA causa dicho daño, y este se hará efectivo siempre y
cuando EL CLIENTE haya aceptado el SERVICIO SAFECLEAN y
acuda a las autoridades correspondientes a interponer la denuncia
correspondiente y acredite mediante documento idóneo la propiedad del
objeto, y se determine judicialmente la responsabilidad penal del personal de
LA PRESTADORA, esta garantía solo será aplicable en los hechos que
ocurran durante el periodo de tiempo que dure el servicio y sobre los
daños que sean causados directamente por el personal de LA
PRESTADORA y nunca por daños causados por terceros ajenos a LA
PRESTADORA, y estará limitada a un monto no mayor a $1,000.00 por
artículo, (el valor será determinado por avaluó que realice la autoridad penal
correspondiente y se tomara en cuenta el deterioro del bien, dicho pago se
realizara 10 días posteriores a que se dicte sentencia condenatoria
ejecutoriada y se deberá presentar copia certificada de la misma para recibir
dicho pago).
EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES SE SUJETAN AL CONTENIDO DE LAS
SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- LA PRESTADORA se obliga a proporcionar el servicio de limpieza y aseo
objeto del presente contrato con el personal, equipo y materiales necesarios para tal efecto.
Dichos servicios consisten en lo especificado en el capítulo de TERMINOS Y
CONDICIONES del presente contrato en lo relativo a SERVICIO DE LIMPIEZA. El
servicio se prestara con 2 elementos (técnico de limpieza y un supervisor), y el precio
dependerá de la superficie de la casa y el número de habitaciones según la tabla que se
anexa como (ANEXO 1), y en ningún caso será mayor a 5 horas.
SEGUNDA.- EL CLIENTE y LA PRESTADORA, acuerdan que la prestación del
servicio materia del presente contrato, se circunscribe única y exclusivamente en el
inmueble ubicado en______________________________________________________.
En caso de que se requieran trabajos no contemplados en este contrato, LA
PRESTADORA deberá informar previamente a EL CLIENTE. De los servicios que sean
necesarios y su costo, con la finalidad de que este ultimo los autorice.
TERCERA.- El precio de los servicios que se expresan en este contrato es por la cantidad
de: $__________________________________________________, que será pagado por
adelantado o al momento de recibir terminado el servicio, expidiendo LA PRESTADORA
la factura correspondiente. El pago será en efectivo en el domicilio de EL CLIENTE,
salvo que las partes acuerden o acepten otra forma distinta, como pudiese ser en cheque,
tarjeta de crédito o depósito bancario.
CUARTA.- Será responsabilidad de LA PRESTADORA organizar, planear, programar y
ejecutar en forma permanente y continua los trabajos necesarios para desarrollar un servicio
de limpieza general, a fin de conservar en estado de uso y aspecto las áreas que se expresan
en el capítulo correspondiente de TERMINOS Y CONDICIONES del presente contrato,
LA PRESTADORA conviene en implantar en una forma adecuada y autónoma dentro del
mismo domicilio la organización correcta y eficaz del servicio, EL SERVICIO DE
LIMPIEZA se prestara el día _________________ de las _____ horas. A las _____ horas.
QUINTA.- LA PRESTADORA se obliga a designar a sus representantes para supervisar
los servicios objeto del presente contrato y para que EL CLIENTE trate con ellos los
asuntos relacionados con los servicios.
SEXTA.- EL CLIENTE conviene en tomar las medidas que sean necesarias para facilitar
los servicios encomendados a LA PRESTADORA, dichas medidas serán determinadas de
común acuerdo con los representantes de LA PRESTADORA.
SÉPTIMA.- LA PRESTADORA se hace responsable de los daños o desperfectos que se
ocasionen al inmueble y mobiliario que se encuentren en las áreas donde se presten los
servicios, derivados de la mala calidad de los materiales utilizados en la prestación del
servicio, lo anterior según lo establecido en el capítulo de
TERMINOS Y
CONDICIONES del presente contrato.
OCTAVA.- LA PRESTADORA directamente se responsabiliza de indemnizar a EL
CLIENTE, en caso de que se ocasionen daños o desperfectos al inmueble o mobiliario que
se encuentren en las áreas de trabajo, donde se presten los servicios, siempre y cuando estos
sean provocados por causas imputables al personal de LA PRESTADORA, lo anterior
según lo establecido en el capítulo de TERMINOS Y CONDICIONES del presente
contrato.
NOVENA.- LA PRESTADORA se obliga a atender de inmediato las observaciones que le
haga EL CLIENTE en relación con la conducta o incumplimiento en el trabajo de
determinado miembro de su personal. En cuyo caso deberá adoptar las medidas que se
estimen pertinentes para corregir la anomalía señalada por EL CLIENTE.
DÉCIMA.- EL CLIENTE acepta que el personal asignado al servicio por parte de LA
PRESTADORA labore exclusivamente en el lugar mencionado en la cláusula segunda y,
por tanto, no desempeñara trabajo o funciones ajenas a las encomendadas en este contrato.
DÉCIMA PRIMERA.- LA PRESTADORA se obliga a utilizar en la prestación de los
servicios objeto de este contrato, los equipos, materiales, artículos, así como los sistemas de
limpieza necesarios que tengan las características y normas de calidad generalmente
aprobadas para su uso.
DÉCIMA SEGUNDA.- Previa autorización de las partes las técnicas y materiales
utilizados en el servicio de limpieza podrán ser modificados cuando así lo consideren
necesario.
DÉCIMA TERCERA.- LA PRESTADORA se obliga a efectuar todas las erogaciones
originadas por la prestación del servicio, tanto por concepto de administración interna,
como por pagos de su personal o compras del equipo y materiales necesarios para prestar
sus servicios.
DÉCIMA CUARTA.- LA PRESTADORA libera expresamente a EL CLIENTE de toda
responsabilidad obrero-patronal, en el cumplimiento de las obligaciones laborales, fiscales,
del IMSS e INFONAVIT, ya que reconoce que el personal que realizara los trabajos
pactados en el presente contrato depende única y exclusivamente de LA PRESTADORA.
DÉCIMA QUINTA.- LA PRESTADORA es responsable ante EL CLIENTE por el
incumplimiento de los servicios prestados, aun cuando subcontrate con terceros dicha
prestación.
DÉCIMA SEXTA.- La vigencia del presente contrato será por un servicio mismo que será
prestado el día _______________________ de las ______ horas a las _______ horas.
DÉCIMA SÉPTIMA.- No obstante lo pactado en la cláusula que antecede, cualquiera de
las partes podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato dando aviso por
escrito a su contraparte con 24 horas de anticipación a la fecha y hora en que se pactó el
servicio.
DÉCIMA OCTAVA.- EL CLIENTE y LA PRESTADORA convienen y aceptan que las
tarifas promocionales que sean publicadas mediante los medios electrónicos oficiales del
LA PRESTADORA, podrán modificarse sin previo aviso y se respetaran las tarifas siempre
y cuando se haya realizado el pago y se haya agendado el servicio.
DÉCIMA NOVENA.- En caso de que EL CLIENTE manifieste su inconformidad por
escrito y haga efectiva la GARANTIA DE CALIDAD se atendrán a lo establecido en el
capítulo de TERMINOS Y CONDICIONES del presente contrato.
VIGÉSIMA.- Causas de rescisión del presente contrato: I. Atribuibles a EL CLIENTE A)
La falta de pago de los servicios contratados. B) No adoptar las medidas necesarias para
facilitar los servicios. II. Atribuibles a LA PRESTADORA A) No proporcionar los
servicios con el equipo, materiales, artículos y sistemas de limpieza necesarios para la
prestación de los servicios y de acuerdo a las características y normas de calidad aprobadas
para su uso, de conformidad con lo estipulado en la cláusula décima primera y en los
TERMINOS Y CONDICIONES del presente contrato. B) No responder de los daños o
desperfectos a que se refieren las cláusulas séptima y octava del presente contrato. C) Por
no recabar la autorización de EL CLIENTE para llevar a cabo trabajos no contemplados
en el presente contrato. D) No atender en un término de tres días hábiles las observaciones
de EL CLIENTE de acuerdo a lo establecido en la cláusula novena de este contrato. E)
Incumplimiento a cualquiera de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA.- Para el caso de incumplimiento a cualquiera de las cláusulas
pactadas en este contrato, la parte que incumpla pagará a la otra el 20% del importe del
servicio.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la
vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación
o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la
jurisdicción de los Tribunales competentes del domicilio de EL CLIENTE señalado en el
presente contrato, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera
corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
Leído que fue por las partes el contenido del presente contrato y sabedoras de su alcance
legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de ________________ a los _____ días de mes
de _____ del año _____.
________________________
____________________
LA PRESTADORA
EL CLIENTE
ANEXO 1
Tabla de precios
Tarifa
(única
vez)
Tarifa
(periódica)
Horas
Tamaño
Habitaciones
Espacios
Baños
comunes
70m2 - 85m2
2
Sala,
1.5 a
comedor,
2
cocina
$280
$250
2.5
2
Sala
comedor,
cocina y
estancia
$380
$350
3.5
3
Sala
comedor,
cocina y
estancia
$480
$450
5
86m2 - 120 m2
120m2 - 150m2
2a3
4a6